Este documento discute la necesidad y propósito de la argumentación jurídica. Explica que es necesaria debido a la naturaleza ambigua del lenguaje legal, lo que puede dar lugar a interpretaciones legítimamente diferentes. La argumentación jurídica sirve para investigar las razones subyacentes a una decisión y revelar errores, con el objetivo de llegar a un resultado común aceptable. También abre espacio para considerar diferentes perspectivas y rechaza el autoritarismo en favor de resolver disputas mediante el diálogo.
1. ¿Por qué y para qué de la
argumentación jurídica?
Juan Camilo López Caballero
Ricardo Andrés Acosta Salas
José Antonio Araújo Pitre
TEORÍA DE LA ARGUMENTACIÓN
JURÍDICA
2. “Argumentar o razonar es una
actividad que consiste en dar razones
a favor o en contra de una
determinada tesis que se trata de
sostener o refutar”.
3. ¿Por qué es necesario argumentar?
Es necesario argumentar, en materia jurídica,
porque una importante cantidad de
disposiciones normativas contenidas en los
textos legales tienen una textura abierta
(producto de la ambigüedad, vaguedad,
lagunas, contradicciones del lenguaje jurídico
o por las diversas lecturas ideológicas
permitidas por los propios textos) que pueden
producir diferencias legítimas, y en
consecuencia disputas.
4. Paraíso de los conceptos
Rudolf von Ihering presupone que
el lenguaje jurídico es claro y
preciso, que “No se requiere ni se
hace esfuerzo alguno para
interpretar el término a la luz de las
diferentes cuestiones que están en
juego en las diversas reglas en que
se presenta”
5. Teorías de interpretación del Derecho
según Guastini
Hay casos de aplicación clara, pero también hay casos de aplicación
dudosa. Existen diversas posturas al respecto. Guastini alude a tres
teorías respecto a la interpretación del derecho. Las tres teorías son las
siguientes:
La teoría de la interpretación de la ilustración.
El escepticismo realista.
El neocognitivismo contemporáneo.
6. La teoría de la interpretación de la ilustración: los
textos normativos contienen un solo sentido, y la
ambigüedad, la vaguedad y mucho menos afirmar
que pueden surgir interpretaciones encontradas
por concepciones ideológicas no es aceptado. Esta
teoría parte de la idea de que el texto normativo
tiene un “sentido unívoco y susceptible de ser
conocido, y que desconoce por tanto la vaguedad
y lo equívoco de los enunciados normativos”
7. El escepticismo realista: todos los
textos normativos pueden dar origen
a una confrontación “se toma en serio
la equivocidad y la vaguedad del
lenguaje de las fuentes del derecho, y
extrae como consecuencia que, antes
de la interpretación, no existe algún
sentido objetivo en los textos
normativos”.
8. Neocognitivismo contemporáneo: hay textos
normativos claros, pero también ambiguos y
vagos. Es una especie de teoría intermedia
entre la teoría de la interpretación de la
ilustración y el escepticismo realista. Esta
realiza una clasificación en casos fáciles y
difíciles. Y es en los casos difíciles donde la
argumentación jurídica tiene un campo
fértil.
9. Los casos difíciles de derechos pueden surgir por
dos situaciones genéricas: por una situación
relativa a los derechos o por una situación
relativa a los hechos. La primera situación surge
por conflictos normativos o por conflictos de
asignación de sentido. A su vez, la segunda
situación surge en virtud del problema de
determinación de hechos o en virtud del
problema de la relevancia de hechos
11. Diferencias legítimas y disputas
No sólo es la característica de “caso difícil” lo
que ocasiona la necesidad de argumentar. A
la par de su dificultad existe también la
diferencia de soluciones que se pueden
ofertar para dichos casos difíciles con base
en una perspectiva determinada.
12. ¿Para qué se argumenta?
La argumentación es una
plataforma común de acuerdo
para una importante parte de la
humanidad. Estaríamos de
acuerdo que resolver nuestras
diferencias a través de un
proceso de argumentación es
legítimo a diferencia de
resolverlas, por ejemplo, a través
de escupitajos.
13. “Bajo la perspectiva
de la
argumentación, la
obediencia ya no
apela a un
autoritarismo”.
Rechazo al autoritarismo
14. La apertura a las diferencias
Una segunda razón a favor de la
argumentación es que ésta —a través de su
naturaleza dialéctica— apertura espacios
para conocer, visualizar y, en su caso,
respetar las diferencias. El texto jurídico,
como se ha venido insistiendo, no tiene una
sola lectura sino varias lecturas, y éstas
dependen de la posición —por llamarlo de
alguna manera— de la persona que lee el
texto.
15. La argumentación como medio de
investigación
La argumentación sirve como medio de
investigación o de descubrimiento de razones
para la toma de una mejor decisión.
La argumentación permite la detección de
errores fácticos y lógicos.
16. Obtención de un resultado común bajo el
ejercicio de ciertas reglas
En el caso particular de la argumentación jurídica, hay una gran variedad de reglas
aceptadas en el mundo jurídico y cuya razonabilidad parece llevar a algunos acuerdos.
Las cuatro reglas fundamentales que ha propuesto Robert Alexy y que son las
siguientes:
A. Ningún hablante puede contradecirse
B. Todo hablante sólo puede afirmar aquello que él mismo cree
C. Todo hablante que aplique un predicado F a un objeto
a debe estar dispuesto a aplicar F también a cualquier otro objeto
igual a a en todos los aspectos relevantes.
D. Distintos hablantes no pueden usar la misma expresión
con distintos significados.
17. Importancia de la argumentación
jurídica en el juicio oral
La Argumentación Jurídica es vital en las reglas del
debate, en la valoración probatoria, en las
proposiciones fácticas, probatorias y jurídicas que han
de hacer todas las partes intervinientes en el proceso
penal, la cual se constituye en una magnífica
herramienta que va permitir mejorar el discurso y las
competencias orales que han de desplegarse en las
técnicas de enjuiciamiento penal.
18. CONCLUSIONES
La argumentación como técnica jurídica busca solucionar el tema de los
casos difíciles, pero la argumentación como parte de la teoría de la justicia
enfrenta el reto de satisfacer las diversas lecturas ideológicas.
La argumentación jurídica como criterio de legitimación, ya que la
legitimidad surge precisamente porque “el aspecto más frecuentemente
subrayado de la vinculación entre ambas formas de discurso (práctico y
teórico), no consiste en la coincidencia estructural… sino en la necesidad
de argumentos prácticos generales en el marco del discurso jurídico”
19. BIBLIOGRAFÍA
Por qué y para qué de la argumentación jurídica, MORENO CRUZ, Rodolfo,
tomado de:
http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=42723287006
Importancia de la argumentación jurídica en el juicio oral, Flórez Pablo, tomado
de:
http://publicaciones.unisimonbolivar.edu.co/rdigital/justicia/index.php/justicia/arti
cle/viewFile/118/114