Este documento describe las ayudas en forma de préstamos blandos que la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía ofrece a pequeñas y medianas empresas industriales andaluzas. Los préstamos tienen condiciones preferenciales como tipos de interés bajos y plazos largos de amortización. El documento explica los requisitos para optar a las ayudas, el proceso de solicitud y evaluación, las características de los préstamos, y las obligaciones y consecuencias de incumplimiento por parte de las empresas benef
2. Objeto de las ayudas
En la línea estratégica de apoyar la recapitalización de las
pequeñas y medianas empresas industriales de Andalucía, la
Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, en base a
los términos previstos en el Decreto-ley 10/2013, de 17 de
diciembre, concederá a las pymes industriales de Andalucia
préstamos blandos de recapitalización sometidos a derecho
privado en condiciones preferenciales o más favorables que
las de mercado por el tipo de interés, el plazo de amortización,
la no aplicación de comisiones y por las características de las
garantías que deberán aportarse para acceder a los mismos.
3. Pequeñas y Medianas Empresas Industriales de Andalucía que reúnan los
siguientes requisitos:
a) Que tengan domicilio social y fiscal en Andalucía.
b) Que tengan forma jurídica de sociedad mercantil o sociedad cooperativa andaluza.
c) Que en el momento de presentar la solicitud sean pymes que cuenten con un número
de trabajadores inferior o igual a 50.
d) Que desarrollen una actividad industrial manufacturera no incluida en el Anexo I del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
e) Que no se encuentren en situación de crisis.
f) Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social.
g) Que cuenten a la fecha de presentación con, al menos, 4 años de actividad
continuada.
h) Que se encuentren al corriente de sus obligaciones de presentación y depósito de las
cuentas anuales en el registro oficial competente.
i) Que se encuentren debidamente inscritas en el registro oficial competente.
Beneficiarios
4. Ámbito de aplicación
Las ayudas se evalúan sobre la base de un Plan de Negocio que
contenga uno o varios proyectos de inversión y/o gastos.
El Plan de Negocio contendrá :
1.RESUMEN EJECUTIVO (Antecedentes/ Actividad actual/ Proyecto/os del
Plan/ Mercado y competidores / Modelo de negocio/ Cifras del Plan)
2.OBJETO DE LA EMPRESA (cultura corporativa, visión, misión y objetivos de
la empresa)
3.PLAN ESTRATÉGICO (Objetivos / Mercados/ Competencia / Sector /
Estrategia/ Claves de éxito)
4.MODELO DE NEGOCIO (Concepto / Procesos/ Productos y/o Servicios/
Innovaciones / ventajas competitivas/ oportunidades)
5.PLAN DE INVERSIONES (Descripción técnica del/los proyecto/os de
inversión y/o gasto / Presupuesto / Cronograma)
6. PLAN FINANCIERO (Fuentes de financiación previstas/ Garantías
aportadas)
7. CUENTAS Y BALANCES PREVISIONALES (dos últimos años cerrados y
tres previsionales)
8. RESUMEN, CONCLUSIONES y COMENTARIOS FINALES”
5. Las solicitudes habrán de presentarse en el Registro Telemático Único
de la Administración de la Junta de Andalucía, al que se accederá a
través de la dirección web de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía
(www.agenciaidea.es) o el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía,
donde se ubican los formularios de solicitud.
Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de la
Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, irán acompañadas del
correspondiente Plan de Negocio y deberán presentarse por el representante legal
de la empresa solicitante o por la persona con poder de representación suficiente de
la misma y mediante firma electrónica.
Solicitudes
6. Los instrumentos financieros de ayuda son Préstamos blandos de
recapitalización sometidos a derecho privado y otorgados con la garantía de la
propia empresa solicitante.
El importe del préstamo no excederá de 200.000 euros, ni del 50% del
total de los recursos propios de que disponga la empresa en el momento
de presentación de la solicitud, ni superará, en ningún caso, el 75% de las
necesidades financieras totales del plan de negocio presentado.
La empresa quedará obligada a suscribir una ampliación o aumento de
capital por un importe de, al menos, el 25% del préstamo solicitado, que
habrá de desembolsarse con aportaciones en efectivo o en especie de los
socios o partícipes antes de la finalización de la duración del Plan de Negocio.
Instrumentos de ayuda
7. Se concede a cargo del Fondo Reembolsable JEREMIE para PYMEs
industriales en régimen de mínimis
El tipo de interés es variable en función de datos contables de la
PYME en su Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias y puede
disminuirse si se aportan garantías adicionales: El cálculo del tipo de
interés sigue la función siguiente:
Siendo R = Patrimonio Neto / (BAI + amortizaciones)
Si R > 100, Euríbor a 1 año + 200 pp. bb.
Si R < 2, Euríbor a 1 año + 800 pp. bb.
Si 2 ≤ R ≤ 100, Euríbor a 1 año + ∆ = 812,24 – 6,12R pp. bb.
El plazo de amortización es 5 ó 7 años
Se pueden incluir en los plazos anteriores hasta dos años de carencia
La forma de amortización es trimestral de intereses y de capital
Las cuotas de amortizaciones de capital son iguales a lo largo de toda la
vida del préstamo
Características del préstamo
8. Las garantías se considerarán suficientes siempre que los Fondos Propios Totales de la
empresa solicitante sean iguales o superiores al 20% de su Activo Total, referidos ambos al
balance oficial del último ejercicio cerrado y depositado en el registro oficial competente. De no
ser así será necesario aportar garantías personales, aval bancario o hipotecarias.
Aportar garantías adicionales tiene un efecto positivo en el tipo de interés aplicado:
Garantía hipotecaria o aval de entidad financiera: Reducción de 500 pp. bb.
Garantía personales suficientes: Reducción de 300 pp. bb.
Tipo mínimo aplicable 1,5% anual
Garantías
9. CONCEPTO A VALORAR RANGO PUNTUACIÓN
Neto Patrimonial como
porcentaje del Activo Total
>25%
>30%
>40%
10
15
20
EBITDA como porcentaje de los
Ingresos Totales de la Actividad
>3%
>6%
5
10
Criterios de valoración (I)
Solvencia y solidez del negocio (máx. 30 puntos)
10. CRITERIOS DE
VALORACIÓN
ASPECTOS A VALORAR
PUNTUACIÓN
MÁXIMA
PONDERACIÓN
Gastos +Inversión en
Tecnologías de
producción
Si Inversiones + Gastos en
Tecnologías de Producción ≥ 70%
del presupuesto total
15 Proporcional
Gastos + Inversión en
mejoras comerciales
Si Inversiones + Gastos en
Comercialización ≥ 30% del
presupuesto total
10 Proporcional
Creación de Empleo
Presupuesto por cada empleo
estable a crear ≤ 150.000 €
Presupuesto por cada empleo
estable ≥ 150.001 y ≤ 300.000 €
Presupuesto por cada empleo
estable ≥ 300.001 y ≤ 500.000 €
15
10
5
Pertenencia a Sectores Preferentes o a Aglomeraciones
Productivas Locales o Espacios Tecnológicos
10
Criterios de valoración (II)
Contenido del Plan de Negocio (max. 50 puntos)
11. Criterios de valoración (III)
Alcance social de la empresa (max. 20 puntos)
CONCEPTO A VALORAR ASPECTOS A VALORAR PUNTUACIÓN
Ubicación de la empresa
Ubicada en municipio de baja tasa de
actividad (ANEXO II Decreto-ley 8/2013)
5
Igualdad de Género Existencia de Plan de Igualdad 2,5
Conciliación de la vida
laboral y familiar
Existencia de Plan de Conciliación 2,5
Plan de Movilidad Existencia de un plan de movilidad 2,5
Incorporación de
personas con
discapacidad
Si supera el 5% de personal con más del
20% de discapacidad acreditada
2,5
Carácter social
Si más del 10% del capital se halla
repartido entre más del 20% de la plantilla
5
12. Valoración de solicitudes
Usuario
envío
telemático de
solicitud
Asignación
Proyecto para
Análisis¿Elegible?
Revisión de la
documentación
Informe de evaluación
FASE DE CLASIFICACIÓN ANÁLISIS + SUSANACIÓN + INFORME DE EVALUACIÓNELEGIBILIDAD
Recepción de
solitud
Aceptar /
Inadmitir
Asignación de
las solicitudes
para análisis
técnico
Petición de
información
adicional en
caso de
necesidad de
subsanación
Informe de evaluación y
propuesta: Puntuación;
Características de
préstamo; Garantías
aceptadas; Inadmisión;
Motivos inadmisión.
13. CONSEJERÍA / AGENCIA IDEA
Comisión de Evaluación
Plazo de
audiencia /
Alegaciones
Documentación de las solicitudes /
operaciones
PROPUESTA DE ACUERDO PROVISIONAL AUDIENCIA DOCUMENTACION DE LAS OPERACIONES
Valoración conjunta de las
solicitudes y confección de la lista de
Propuesta de Acuerdo provisional :
1.Admitidos
2.Suplentes (por orden de
aparición)
3.Inadmitidos (motivos)
Estudio y
respuesta a
alegaciones
1. Acreditación válida del poder de
representación del firmante de la solicitud.
2. Escritura de constitución inscrita en el
Registro Mercantil, así como sus
modificaciones y NIF de la entidad.
3. Documentación acreditativa del cumplimiento
de los requisitos y condiciones exigidos a los
beneficiarios y a los proyectos.
4. Certificado bancario acreditativo de la cuenta
corriente cuya titularidad ha de corresponder
a la entidad solicitante.
Acuerdo provisional y documentación
14. Propuesta de Acuerdo Definitiva
Acuerdos Individualizados
de concesión
Formalización de las operaciones y
desembolsos
PROPUESTA DE ACUERDO DEFINITIVA ACUERDO INDIVIDUALES
La Agencia IDEA analizará las
alegaciones presentadas durante el
trámite de audiencia, comprobará la
documentación aportada y
formulará la propuesta de acuerdo
definitiva.
(Tres meses desde el cierre de la
convocatoria.)
Formulado y publicado el
acuerdo comprensivo con la
relación definitiva de las
empresas seleccionadas
para acceder a las ayudas, la
Agencia de Innovación y
Desarrollo de Andalucía,
dictará un acuerdo
individualizado de concesión
de los préstamos con cada
una de las empresas
beneficiarias.
Una vez notificado el acuerdo de
aprobación de la concesión del
préstamo, se procederá ,en el
plazo máximo de tres meses, a la
formalización de la operación
financiera ante fedatario público
Acuerdo definitivo y formalización
FORMALIZACIÓN Y DESEMBOLSO
15. Obligaciones de los beneficiarios
1)Suscribir, con anterioridad a la formalización y desembolso de la operación de préstamo, una
ampliación o aumento de capital en efectivo y/o en especie, o de las aportaciones voluntarias en
el caso de las cooperativas, por un importe de, al menos, el 25% del préstamo concedido.
2)Cumplir con los pagos previstos en los plazos de amortización del préstamo establecidos en el
contrato o póliza de préstamo. En caso de incumplimiento, el tipo de interés aplicable a las demoras
será del 15% anual.
3)Informar puntualmente a la Agencia IDEA de cualesquiera incidencias notables que puedan
producirse y que signifiquen un riesgo o amenaza para la finalidad del Plan de Negocios y/o la
operación de préstamo.
4)Aportar las cuentas anuales en el momento en que sean formuladas por el órgano de
administración que corresponda, facilitando igualmente los correspondientes informes de auditoría en
caso de que la compañía esté auditada.
5)Cumplir los compromisos de creación de puestos de trabajo que se hubieran indicado en el
Plan de Negocio presentado con la solicitud de financiación.
16. Incumplimientos y efectos
En el supuesto de que la empresa beneficiaria incumpla cualquiera de las
condiciones establecidas en el acuerdo de aprobación individualizado de
concesión del préstamo, en la normativa de aplicación o en el contrato formalizado,
la persona titular de la Dirección General de la Agencia de Innovación y Desarrollo de
Andalucía, mediante el oportuno acuerdo y previa audiencia de la entidad beneficiaria,
acordará la cancelación anticipada de la operación de préstamo suscrita
conforme a los extremos previstos en el contrato de préstamo formalizado.
El acuerdo de cancelación será notificado a la empresa interesada con
indicación de la forma y plazo en que deba efectuarse.
Existen además diversas causas de vencimiento anticipado de las
operaciones, relacionadas en el artículo 16, punto 3 de las instrucciones de
solicitud de ayudas, por las que las operaciones se convierten en ese instante en
líquida y exigible la deuda total por intereses.
17. La justificación de las inversiones y gastos conforme a lo establecido para
cada uno de los acuerdos individualizados de concesión y de las operaciones en
función de las características y gastos contemplados en los mismos se acreditarán en
los plazos señalados en dichos acuerdos.
Las inversiones y gastos se justificarán con facturas y demás documentos de
valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia
administrativa equivalente.
Respecto de los fondos propios u otras subvenciones o recursos con que se
han financiado la parte no subvencionada de las actividades objeto de préstamo,
deberán acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales
fondos a la finalidad para la que fueron concedidos.
El importe final justificado deberá corresponderse con el presupuesto del
plan de inversiones previsto en el Plan de Negocio.
Justificación
18. Muchas gracias por su atención
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