LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
Victima del delito
1. 1. Índice…………………………………………………………………………………………..1
2. Introducción……………………………………………………………………...............2
3. ¿Quién es una víctima?
3.1.Concepto de victima……...................................................................................2
3.2.Diferenciación entre ofendido y victima………………………………………..3
4. ¿Qué es un delito?
4.1.Concepto de delito…………………………………………………………………………4
5. Derechos de las víctimas del delito
5.1.La constitución y las víctimas del delito…………………………………………4
5.1.1. Derecho a recibir asesoría jurídica…………………………………………………………6
5.1.2. Derecho a la reparación de daños y perjuicios………………………………………..7
5.1.3. Derecho a coadyuvar como el Ministerio Publico……………………………………7
5.1.4. Derecho a la presentación medica de urgencias………………………………………7
6. Situación de las víctimas en la actualidad
7. Violación a los derechos de las victimas………………………………………...7
8. Víctimas del abuso del poder………………………………………………………...8
9. Programas que apoyan a la víctima del delito
9.1.Atención a la víctima del delito (CNDH)…………………………………………..8
9.2.PROVICTIMA………………………………………………………………………………….9
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2. 10. Conclusión…………………………………………………………………………………..
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Víctimas del delito
1. Introducción
La presente investigación tiene como finalidad conocer quiénes son las víctimas
del delito y cuáles son sus derechos, así como los diferentes programas que
encargados de apoyar a estas personas.
Considero importante este tema porque creo que actualmente la mayoría de las
personas no conocen sus derechos y es importante que los conozcan para que
puedan defenderlos, ya que no basta con que estos derechos estén contemplados
en nuestra constitución es necesario que las autoridades los hagan valer puesto
que anteriormente los derechos a las víctimas del delito no se encontraban
contemplados en la constitución, sin embargo a partir de la reforma al artículo 20
constitucional es cuando verdaderamente estos derechos son contemplados. Para
que estos derechos se hagan valer la victima debe conocer que tiene derechos
para posteriormente defenderlos.
2. ¿Qué es una víctima?
2.1. Concepto de victima
Las Naciones Unidas define a la víctima como:
“Las personas que, individual o colectivamente hayan sufrido daños,
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3. Inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o
menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de
acciones u omisiones que violen legislación penal vigente, incluida la que
proscribe el abuso del poder”
Existen dos tipos de víctimas:
Víctima Directa: es la persona que recibió el daño o el agravio por la comisión de
un delito; como por ejemplo: robo, homicidio, violación, amenazas, abuso de
autoridad, fraude, lesiones, secuestro, entre otros.
Víctima Indirecta: son los terceros a quienes se extiende dicha afectación, como
es la familia, los testigos, los peritos, abogados y demás personas o servidores
públicos que le presten ayuda o auxilio a la víctima.
2.2. Diferenciación entre ofendido y victima
Dentro de la técnica del derecho penal no puede identificarse el concepto de la
víctima del delito con el del ofendido, pues aunque bien es cierto que en la
mayoría de los casos víctima y ofendido se reúnen en una sola persona, no
sucede así en otros, por ejemplo en el caso del homicidio, delito en el cual la
víctima se identifica con el sujeto privado de la vida y el ofendido con sus
familiares o aquellas personas que se encuentran en relación de dependencia
económica con él.
Es importante también para los efectos de la sentencia, el precisar que no debe de
ninguna manera confundirse el resultado en el delito con el daño causado con el
delito y menos aún con los efectos de éste.
Mientras por efecto del delito se entiende toda consecuencia, aún el más indirecto
o remoto de la actividad humana, el resultado es sólo aquel efecto que tiene
relevancia para el derecho penal o sea el que el derecho toma en consideración y
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4. a cuya verificación conecta consecuencias de carácter jurídico. En cuanto al daño,
se le identifica como un efecto del delito, pero no como un efecto natural sino de
naturaleza esencialmente jurídica.
3 ¿Qué es un delito?
3.1 Concepto de delito
El Código Penal Federal en el artículo 7º establece:
Artículo 7o. Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales.
En los delitos de resultado material también será atribuible el resultado típico
producido al que omita impedirlo, si éste tenía el deber jurídico de evitarlo. En
estos casos se considerará que el resultado es consecuencia de una conducta
omisiva, cuando se determine que el que omite impedirlo tenía el deber de actuar
para ello, derivado de una ley, de un contrato o de su propio actuar precedente.
El delito es:
I. Instantáneo, cuando la consumación se agota en el mismo momento en que se
han realizado todos sus elementos constitutivos;
II. Permanente o continuo, cuando la consumación se prolonga en el tiempo, y
III. Continuado, cuando con unidad de propósito delictivo, pluralidad de conductas
y unidad de sujeto pasivo, se viola el mismo precepto legal.
4. Derechos de las víctimas del delito
4.1. La constitución y las víctimas del delito
En un principio en no se consideró en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos ningún derecho para el ofendido o para la víctima. Es hasta
1993 cuando se inicia una iniciativa de reforma al artículo 20 constitucional, donde
se toma a la víctima del delito como una persona a la que debe reconocérsele
algunos derechos.
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5. Artículo 20. El Proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de
publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
El Principio de Publicidad se refiere a que todo juicio del orden penal debe ser
público salvo en los casos de excepción que determine la ley, por razones de
seguridad nacional, seguridad pública, protección de las víctimas, testigos y
menores, cuando se ponga en riesgo la revelación de datos legalmente
protegidos, cuando el tribunal estime que existen razones fundadas para
justificarlo.
Principio de Contradicción: Las partes tienen el derecho de contravenir los hechos
y argumentos que dieron origen a la averiguación previa, así como desvirtuar las
pruebas ofrecidas por la parte contraria.
Principio de Concentración: La diligencia del desahogo de las pruebas, el
desarrollo del debate y la emisión de la resolución deben ocurrir en un mismo acto
procesal.
Principio de Continuidad: La presentación, la recepción y el desahogo de las
pruebas debe ser delaten del juez y las partes en audiencia continua y secuencial.
Principio de Inmediación: El juez debe estar presente durante el desahogo de las
audiencias, de los argumentos de las partes, tener conocimiento de las pruebas a
fin de conocer la verdad histórica de los hechos, buscando la celeridad procesal y
la igualdad de oportunidades.
En el artículo 20 apartado C se establece:
De los derechos de la víctima o del ofendido:
I. Recibir asesoría jurídica; ser informado de los derechos que en su favor
establece la Constitución y, cuando lo solicite, ser informado del desarrollo del
procedimiento penal;
II. Coadyuvar con el Ministerio Público; a que se le reciban todos los datos o
elementos de prueba con los que cuente, tanto en la investigación como en el
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6. proceso, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, y a intervenir en
el juicio e interponer los recursos en los términos que prevea la ley.
Cuando el Ministerio Público considere que no es necesario el desahogo de la
diligencia, deberá fundar y motivar su negativa;
III. Recibir, desde la comisión del delito, atención médica y psicológica de
urgencia;
IV. Que se le repare el daño. En los casos en que sea procedente, el Ministerio
Público estará obligado a solicitar la reparación del daño, sin menoscabo de que la
víctima u ofendido lo pueda solicitar directamente, y el juzgador no podrá absolver
al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia condenatoria.
La ley fijará procedimientos ágiles para ejecutar las sentencias en materia de
reparación del daño;
V. Al resguardo de su identidad y otros datos personales en los siguientes casos:
cuando sean menores de edad; cuando se trate de delitos de violación, trata de
personas, secuestro o delincuencia organizada; y cuando a juicio del juzgador sea
necesario para su protección, salvaguardando en todo caso los derechos de la
defensa.
El Ministerio Público deberá garantizar la protección de víctimas, ofendidos,
testigos y en general todas los sujetos que intervengan en el proceso. Los jueces
deberán vigilar el buen cumplimiento de esta obligación;
VI. Solicitar las medidas cautelares y providencias necesarias para la protección y
restitución de sus derechos, y
VII. Impugnar ante autoridad judicial las omisiones del Ministerio Público en la
investigación de los delitos, así como las resoluciones de reserva, no ejercicio,
desistimiento de la acción penal o suspensión del procedimiento cuando no esté
satisfecha la reparación del daño.
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7. 4.1.1. Derecho a recibir asesoría jurídica
En la institución del Ministerio Público debe recaer la responsabilidad de asistir
jurídicamente a las víctimas de los delitos y no solo en los procesos penales, sino
en cualquier otro hasta lograr la reparación de los daños sufridos
4.1.2. Derecho a la reparación de daños y perjuicios
La victima tiene el derecho a que los daños que le sean provocados por
consecuencia del delito le sean reparados, el Ministerio Publico está obligado a la
reparación del daño, además que la víctima también tiene la facultad para
solicitarlo.
4.1.3. Derecho a coadyuvar como el Ministerio Publico
Mediante este derecho la víctima, o en su caso el ofendido tiene la facultad de
participar junto con el Ministerio Público en la investigación de los hecho con la
finalidad que se llegue a la consignación de la averiguación previa, además de
aportar durante el proceso pruebas para que se dicte sentencia condenatoria y
además se imponga la sanción sobre la reparación del daño.
4.1.4. Derecho a la presentación medica de urgencias
Este no solo es un derecho inherente al ofendido, sino que también a todos los
seres humanos ya que uno de los derechos fundamentales establece el derecho a
la salud, además que esta derecho también prevé la atención psicológica al
ofendido o a la víctima.
5. Situación de las víctimas en la actualidad
A. 5.1. Violación a los derechos de las victimas
En la actualidad es común que los derechos de estas personas no se respeten
sobre todo al hablar de las víctimas del abuso del poder, sin embargo el respeto a
los derechos fundamentales de las víctimas del delito constituye un elemento
primordial para consolidar el sistema de libertades y garantizar un mejor ejercicio
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8. de los derechos humanos en un estado democrático, lo cual implica la necesidad
de identificar a las víctimas en un ámbito independiente al del derecho penal que
es su campo original y prioritario, con el objetivo de que se establezcan las bases
legales necesarias para la adecuada y oportuna atención sin más limitaciones que
las establecidas en la ley, es por esto que es importante que el estado les brinde
una protección a estos derechos que muchas veces son ignorados y para ello
existen diferentes programas que se encargan de apoyar a este sector de la
población, esto es a las víctimas del delito.
6. Víctimas del abuso del poder
Dentro de las víctimas del delito existen diversos tipos de delitos, desde el punto
de vista penal es necesario señalar que también existen las víctimas del abuso del
poder quienes también merecen ser atendidos sobre todo por el hecho que son
víctimas de injusticias ya que son acusados injustamente por parte del Estado a
través de sus representantes que actúan de manera arbitraria, ilegal e
irresponsable como pudiera darse el caso en que las personas aun siendo
inocentes pudieran quedar como culpables gracias a la acción de los
representantes del estado quienes abusan del poder que poseen y contribuyen a
que más personas inocentes quedaran afectadas.
7. Programas que apoyan a la víctima del delito
7.1. Atención a la víctima del delito (CNDH)
La comisión Nacional de Derechos Humanos tiene por objeto esencial la
protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los Derechos
Humanos previstos por el orden jurídico mexicano, además la comisión de los
derechos humanos tiene como principal finalidad el reconocimiento de los
Derechos fundamentales, como el combate a la impunidad así como la lucha para
que la víctima del delito tenga sus derechos plenamente definidos con el fin de
que se le dé un trato digno y humano.
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9. Para hacer posible esto la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha
implementado el programa Atención a la víctima del delito
El programa prevé una red de atención a las víctimas del delito en la cual se dan
servicios victomologicos como:
a) Atención médica. (En casos de urgencia).
b) Atención psicológica (En casos de urgencia y/o terapia breve).
c) Atención jurídica.
d) Canalización de la víctima a las instituciones correspondientes.
e) Informar y orientar sobre los derechos y procedimientos previstos en el orden
jurídico mexicano en materia de procuración y administración de justicia.
f) Llevar un seguimiento del caso y mantener a la víctima informada.
g) Acompañamiento a la víctima.
h) Promover una justicia pronta y expedita.
i) Eficientar los mecanismos para la reparación del daño.
j) Gestionar apoyos y servicios para las víctimas del delito y/o familiares ante
instituciones públicas y privadas a fin de agilizar los trámites administrativos.
k) Evaluar políticas públicas y el marco jurídico relativo a las víctimas, con el fin de
proponer reformas legales, estructurales y funcionales para la debida atención
victimal.
l) Dar a conocer las distintas instituciones de atención victimologica y los servicios
que estas prestan.
7.2. PROVICTIMA
PROVÍCTIMA es un organismo descentralizado de la Administración Pública
Federal, que tiene como objetivo brindar atención a las víctimas de delitos, así
como a los familiares de personas desaparecidas o no localizadas, guardando
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10. apego a los principios de gratuidad; de sensibilidad, empatía y trato equitativo que
requiera la situación particular de aquellos; y de lealtad para con esas personas,
para con sus derechos y para con sus intereses jurídicos, procurando siempre
contribuir a su bienestar físico, psíquico y emocional.
PROVÍCTIMA actuará de conformidad con los instrumentos internacionales en
materia de derechos humanos y atención a víctimas de delitos de los que el
Estado Mexicano sea parte, con las recomendaciones y resoluciones adoptadas
por los organismos multilaterales y regionales, y las demás disposiciones legales
administrativas aplicables.
Servicios que brinda
A la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos (PROVÍCTIMA)
podrán acudir todas las personas que han padecido el flagelo de la violencia
criminal para que reciban la atención médica y psicológica indispensable para su
recuperación y asesoría jurídica gratuita en los casos que se requiera,
independientemente de que se trate de delitos del Fuero Federal o del Fuero
Local. PROVÍCTIMA presta la atención y servicio a las víctimas o personas
ofendidas de los delitos de homicidio, secuestro, extorsión, trata de personas y el
apoyo para quien enfrenta un problema de personas desaparecidas o no
localizadas.
Los servicios que ofrece PROVÍCTIMA son:
Apoyo en la búsqueda de personas desaparecidas
Asesoría Jurídica
Asistencia Médica
Apoyo Psicológico
Trabajo Socia
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11. 8. Conclusión
Mi conclusión de mi investigación es que el respetar los derechos resulta
fundamental para el bienestar de la sociedad, los derechos deben respetarse en
todos los sectores de la población, en esta ocasión hice referencia a los derechos
de las víctimas del delito, considero de suma importancia que se respeten sus
derechos porque son personas vulnerables ya que pueden ser afectados tanto
física como psicológicamente a consecuencia del delito del cual fueron víctimas.
Es muy importante también que tomemos en cuenta a las víctimas del abuso del
poder ya que es un fenómeno muy común puesto que es casi cotidiano que las
autoridades abusen del poder que les confiere el estado y esto puede traer
repercusiones muy graves para las personas que son víctimas del abuso del
poder, ya que cuando las personas son víctimas del abuso del poder rara vez
intentan defenderse puesto que no conocen sus derechos inclusive pueden
conocerlos pero no tienen la confianza en ellos con esto me refiero a que no creen
que puedan defenderlos.
Bibliografía
Psicología y género en la procuración de justicia. “Victimología, derechos
humanos y derechos de la víctima del delito”.
http://www.psicologiayjusticia.psicol.unam.mx. Web. 7 Mar. 2013
Comisión Nacional de Derechos Humanos. http://www.cndh.org.mx/. Web.
19 Feb. 2013
Províctima. http://www.provictima.gob.mx/. Web. 26 Feb. 2013
Colón Morán, José et. Al, Los derechos de la víctima del delito y del abuso
del poder en el derecho penal mexicano [en línea], México, Instituto de
Investigaciones Jurídicas [citado 9/03/13], Disponible en internet:
http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1533/pl1533.htm
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