El documento propone tabuladores salariales para el personal docente y de investigación para 2015-2016. También describe el caso de un docente jubilado cuyos derechos adquiridos fueron violados por la aplicación de la Cláusula 60 de la Convención Colectiva Única 2013-2014, dejando de percibir aproximadamente 47.703,50 bolívares en el bienio 2013-2014. Finalmente, sugiere respetar los derechos adquiridos por los docentes jubilados antes de 2013.
PROPUESTA SALARIAL PARA EL BIENIO 2015-2016 DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LOS IUT-CU-UPT
1. 1
Propuesta de Sueldos, Salarios y Pensiones 2015-2016
del Personal Docente y de Investigación de los IUT, CU y UPT.
Documento Elaborado por el Prof. Rafael Espinoza
IUT de la Región Capital “Dr. Federico Rivero Palacio”; respinoza136@hotmail.com
Caracas, 21 de marzo de 2015
PROPUESTA SALARIAL PARA EL BIENIO 2015-2016 DEL
PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LOS IUT-CU-UPT
Estimadas lectoras y estimados lectores, ustedes han observado que
durante el bienio 2013-2014 el Ejecutivo Nacional y las organizaciones
sindicales suscriptoras de la denominada I CCU 2013-2014, conculcaron
flagrantemente la violación de los derechos adquiridos de los docentes
universitarios en condición de jubilados y pensionados por incapacidad,
tutelados principalmente por el artículo 89 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela. En el presente documento abordo 2
aspectos que deberían considerarse a la hora de pretender convenios
contractuales para el bienio 2015-2016. Tales aspectos son los
siguientes:
a) Caso de violación flagrante a los derechos adquiridos hasta el año
2012 de un docente titular a dedicación exclusiva en condición de
jubilado producto de la imposición de la regresiva I CCU,
b) Tabuladores de Sueldos sugeridos para el Personal Docente y de
Investigación para el bienio 2015-2016, tanto para los activos como
para los jubilados y pensionados por incapacidad.
I.- CASO DE VIOLACIÓN FLAGRANTE A LOS DERECHOS
ADQUIRIDOS HASTA EL AÑO 2012 DE UN DOCENTE TITULAR A
DEDICACIÓN EXCLUSIVA EN CONDICIÓN DE JUBILADO
PRODUCTO DE LA IMPOSICIÓN DE LA REGRESIVA I CCU:
A fin de que a las organizaciones sindicales suscriptoras de la I CCU
nunca se les olvide que propiciaron la conculcación de los derechos
adquiridos hasta el año 2012 por los docentes en condición de jubilados
y pensionados por incapacidad, a continuación les expongo el caso de un
docente víctima, como muchos otros, a quien ni siquiera el artículo 89
de la Carta Magna lo protegió de los agravios y desmanes del entonces
MPPEU y sus adeptas organizaciones sindicales:
El docente-ejemplo, jubilado de un IUT a partir del 01 de enero de 2007
como Titular a Dedicación Exclusiva, tiene en sus manos un
Comprobante de Pago correspondiente al mes de noviembre de 2006
que contiene en su remuneración mensual las siguientes tres
asignaciones salariales: Sueldo Tabulador Titular D.E., 1 Prima por Hija
y el monto de su Prima por Antigüedad. Veamos el siguiente cuadro en
el cual se reflejan los 3 aspectos salariales en el Comprobante de Pago,
al cual le he añadido el cálculo detallado de la Prima por Antigüedad:
2. 2
Propuesta de Sueldos, Salarios y Pensiones 2015-2016
del Personal Docente y de Investigación de los IUT, CU y UPT.
Documento Elaborado por el Prof. Rafael Espinoza
IUT de la Región Capital “Dr. Federico Rivero Palacio”; respinoza136@hotmail.com
Es importante informarles que para finales del año 2006 se seguían
cancelando los sueldos y salarios con base a los establecidos para el año
2003, razón por la cual el monto de la Prima por Antigüedad 2003 se le
asignó también en el trienio 2004-2005-2006. El docente ingresó a la
categoría de Titular en el mes de julio del año 1995, y a la fecha de la
emisión del Comprobante de Pago referido tenía acumulado 11 años de
antigüedad. Es bueno recordarles que la Prima por Antigüedad en los
IUT se calculaba hasta el año 2012 con base a la sumatoria de las
primas establecidas en cada año desde que se cumplía un año de
antigüedad en la categoría de Titular o de Auxiliar Docente V, tanto a
D.E. como a T.C. Es bueno recordarles también que a partir del año
2013, la Prima por Antigüedad pasó a denominarse Prima por Titularidad
y su cálculo se efectúa desde ese entonces multiplicando el monto de la
prima para un último año determinado por la antigüedad en la categoría
(titular o auxiliar docente V), cosa buena que dejó la I CCU pero como
dije en un documento anterior, no creo que fue con el espíritu de querer
mejorar a los docentes de los IUT, CU y UPT, sino más bien por la
pretensión de los suscriptores de querer imponer dicha convención a los
docentes de las universidades nacionales y en consecuencia tal prima de
titularidad debía ser acordada en los mismos términos que establecen
las actas convenio de dichos docentes. La pensión del docente fue
configurada desde el 01/01/2007 por la suma de su sueldo del
tabulador, 1 prima por hija y la correspondiente prima por antigüedad.
Para el mes de noviembre de 2012 se le emitió su Comprobante de Pago
el cual muestro a continuación su contenido de manera similar al
mostrado anteriormente pero mantengo las cifras en bolívares viejos:
COMPROBANTE DE PAGO - NOVIEMBRE 2006
REMUN. MENSUAL 2.697.953
SUELDO TITULAR D.E. 2.234.138 PRIMA DE
PRIMA 1 HIJA 89.366 ANTIGÜEDAD
PRIMA ANTIGÜEDAD 374.449 EN CADA AÑO
Diciembre. 2006 374.449 46.475
2005 327.974 46.475
2004 281.499 46.475
2003 235.024 46.475
2002 188.549 44.538
2001 144.011 38.729
2000 105.282 28.456
1999 76.826 26.027
1998 50.799 26.027
1997 24.772 15.424
1996 9.348 9.348
3. 3
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Como podrán leer, hasta el año 2012 al docente jubilado se le seguía
configurando en su pensión, todos y cada uno de los conceptos
salariales que devengó hasta la fecha de su condición de activo, en las
mismas condiciones y porcentajes de incrementos otorgados al personal
docente activo. La Prima por Antigüedad devengada en noviembre 2012
por el monto de 1.018.415 Bs. es producto de sumar todas las primas
fijadas en el período 2002-2012, es decir, los 11 años de antigüedad
acumulados en la categoría de titular antes de su jubilación, período
1996-2006, fueron adecuados a los 11 años del período 2002-2012.
Esto demuestra que la pensión del docente fue reconfigurada en las
mismas condiciones y porcentajes de incrementos que sufrieron los
conceptos salariales integrantes de la misma, y a la prima por
antigüedad se le otorgó un trato igual a la de un docente activo con 11
años de antigüedad en el período 2002-2012.
A partir del 01 de enero de 2013 entra en vigencia la I CCU,
denominada por los directivos de las organizaciones sindicales
suscriptoras “la mejor convención colectiva del mundo” y que contó con
el aval incondicional del Presidente de la Comisión de Desarrollo Social
Integral de la Asamblea Nacional y de la Ministra del entonces MPPTSS.
Al docente le aplican la regresiva Cláusula No. 60 para desmejorarlo con
respecto a los docentes activos por primera vez en la historia. A
continuación les muestro un cuadro en el cual se reflejan los montos que
dejó de percibir el docente y por ende la flagrante violación que se
ejecutó en su contra en el bienio 2013-2014,… y hasta la fecha por
supuesto:
COMPROBANTE DE PAGO - NOVIEMBRE 2012
MONTO DE PENSIÓN 8.551.415
SUELDO TITULAR D.E. 7.232.000 PRIMA DE
PRIMA 1 HIJA 301.000 ANTIGÜEDAD
PRIMA ANTIGÜEDAD 1.018.415 EN CADA AÑO
Diciembre. 2012 1.018.415 157.000
2011 861.415 157.000
2010 704.415 112.000
2009 592.415 112.000
2008 480.415 112.000
2007 368.415 85.607
2006 282.808 73.799
2005 209.009 63.620
2004 145.389 54.376
2003 91.013 46.475
2002 44.538 44.538
4. 4
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¡47.703,50 Bs.F DEJÓ DE PERCIBIR EL
DOCENTE EN EL BIENIO 2013-2014!
DOCENTE-EJEMPLO MONTOS DEJADOS DE PERCIBIR EN BIENIO 2013-2014
FICHA DOCENTE JUBILACIÓN DERECHOS CONTRACTUALES ADQUIRIDOS ANTES DE 2013
Profesor: Docente-Ejemplo A partir del CLÁUSULA Nº 53 DEL II CONTRATO COLECTIVO DE
Última Categoría Activo: Títular 01 de Enero de 2007 CONDICIONES DE TRABAJO FAPICUV-ME 1988-1989:
Última Dedicación Activo: Exclusiva Antigüedad: 11 Años (OTROS BENEFICIOS PARA LOS TRABAJADORES DE LA
ASIGNACIÓN NOVIEMBRE 2012 MONTOS EN BS.F EDUCACIÓN SUPERIOR JUBILADOS Y PENSIONADOS)
Sueldo Tabulador Titular D.E. 7.232,00 "El Ministerio se compromete a partir de la firma y/o
Una (1) Prima por Hijo 301,00 depósito del presente Contrato Colectivo en ajustar la
Prima por Antigüedad 1.018,42 pensión de jubilados y/o por incapacidad a todos los
PENSIÓN MENSUAL DE JUBILACIÓN ASIGNADA 8.551,42 Trabajadores de Educación Superior, jubilados y
Con afiliación a la Caja de Ahorro 855,14 pensionados en el mismo porcentaje y condiciones que
MONTO DEL BONO VACACIONAL 35.274,61 el otorgado a los Trabajadores de la enseñanza activos,
Con afiliación a la Caja de Ahorro 855,14 de los Institutos y Colegios Universitarios. De igual
MONTO DEL BONO DE FIN DE AÑO 35.274,61 manera, el Ministerio de Educación se compromete a
REMUNERACIÓN TOTAL ANUAL DEVENGADA 173.166,26 cancelar a todos los Trabajadores de la Educación
SE ENDOSA LA CLÁUSULA HISTÓRICA MÁS BENEFICIOSA →→→→ Superior jubilados y pensionados, la misma bonificación
de fin de año otorgada a los trabajadores activos."
FASE Nº 1 APLICACIÓN CLÁUSULA Nº 60 CONDICIONES POR DERECHOS
I CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA ADQUIRIDOS CLÁUSULA Nº 53 1988-1989
APLICACIÓN CLÁUSULA Nº 60 I C.C.U. 2013-2014 PERÍODO ENERO-AGOSTO 2013 PERÍODO ENERO-AGOSTO 2013 DIFERENCIAS
ASIGNACIONES MENSUALES PERÍODO ENE-AGO 2013 MONTOS EN BS.F MONTOS EN BS.F
Sueldo Tabulador Titular D.E. NO APLICA 9.790,00
Una (1) Prima por Hijo " 320,00
Prima por Antigüedad " 1.870,00
PENSIÓN MENSUAL DE JUBILACIÓN ASIGNADA 10.689,28 11.980,00
Con afiliación a la Caja de Ahorro 1.068,93 1.198,00
MONTO DEL BONO VACACIONAL 44.093,26 49.417,50
REMUNERACIÓN TOTAL DEVENGADA PERÍODO 129.607,46 145.257,50 15.650,04
FASE Nº 2 APLICACIÓN CLÁUSULA Nº 60 CONDICIONES POR DERECHOS
I CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA ADQUIRIDOS CLÁUSULA Nº 53 1988-1989
APLICACIÓN CLÁUSULA Nº 60 I C.C.U. 2013-2014 PERÍODO SEPTIEMBRE-DICIEMBRE 2013 PERÍODO SEPTIEMBRE-DICIEMBRE 2013 DIFERENCIAS
ASIGNACIONES MENSUALES PERÍODO SEP-DIC 2013 MONTOS EN BS.F MONTOS EN BS.F
Sueldo Tabulador Titular D.E. NO APLICA 12.238,00
Una (1) Prima por Hijo " 320,00
Prima por Antigüedad " 1.870,00
PENSIÓN MENSUAL DE JUBILACIÓN ASIGNADA 13.361,59 14.428,00
Con afiliación a la Caja de Ahorro 1.336,16 1.442,80
MONTO DEL BONO DE FIN DE AÑO 55.116,57 59.515,50
REMUNERACIÓN TOTAL DEVENGADA PERÍODO 108.562,95 117.227,50 8.664,55
TOTAL REMUNERACIÓN DEVENGADA AÑO 2013 238.170,41 262.485,00 24.314,59
FASE Nº 3 APLICACIÓN CLÁUSULA Nº 60 CONDICIONES POR DERECHOS
I CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA ADQUIRIDOS CLÁUSULA Nº 53 1988-1989
APLICACIÓN CLÁUSULA Nº 60 I C.C.U. 2013-2014 PERÍODO SEPTIEMBRE-DICIEMBRE 2013 PERÍODO SEPTIEMBRE-DICIEMBRE 2013 DIFERENCIAS
ASIGNACIONES MENSUALES AÑO 2014 MONTOS EN BS.F MONTOS EN BS.F
Sueldo Tabulador Titular D.E. NO APLICA 15.297,00
Una (1) Prima por Hijo " 360,00
Prima por Antigüedad " 2.200,00
PENSIÓN MENSUAL DE JUBILACIÓN ASIGNADA 16.701,99 17.857,00
Con afiliación a la Caja de Ahorro 1.670,20 1.785,70
MONTO DEL BONO VACACIONAL 68.895,72 73.660,13
Con afiliación a la Caja de Ahorro 1.670,20 1.785,70
MONTO DEL BONO DE FIN DE AÑO 68.895,72 73.660,13
REMUNERACIÓN TOTAL DEVENGADA AÑO 2014 338.215,34 361.604,25 23.388,91
TOTAL REMUNERACIÓN DEVENGADA BIENIO 2013-2014 576.385,75 624.089,25 47.703,50
EL DOCENTE-EJEMPLO DEJÓ DE PERCIBIR LA CANTIDAD DE 47.703,50 Bs.F EN EL PERÍODO DE VIGENCIA DE LA I C.C.U.
5. 5
Propuesta de Sueldos, Salarios y Pensiones 2015-2016
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Documento Elaborado por el Prof. Rafael Espinoza
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¿Qué esperanzas tendrá el docente de un nuevo convenio
contractual cuando lee la propuesta salarial de FENASINPRES
que no afilia al personal docente en condición de jubilados y
pensionados de los IUT, CU y UPT; y por lo tanto no tiene la
cualidad jurídica para representarlos en ninguna mesa de
negociaciones, y mucho menos suscribir sus condiciones
contractuales? … ¿Qué esperanzas tendrá el docente cuando lee
la propuesta salarial de FETRAUVE para los docentes cuando la
misma ni siquiera afilia a profesoras y a profesores
universitarios en su federación y por lo tanto se debería
concentrar en mejorar sus propuestas para el personal
administrativo del sector universitario? … ¿Qué esperanzas
tendrá el docente cuando las 2 federaciones señaladas
anteriormente suscribieron la I CCU la cual le causó el perjuicio
de dejar de percibir 47.703,50 Bs.F durante el bienio 2013-2014
en flagrante discriminación con respecto a los docentes activos?
II. TABULADORES DE SUELDOS SUGERIDOS PARA EL PERSONAL
DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN PARA EL BIENIO 2015-2016,
TANTO PARA LOS ACTIVOS COMO PARA LOS JUBILADOS Y
PENSIONADOS POR INCAPACIDAD:
En comunicación anterior, denominada “TabuladorDeSueldos.pdf” hice la
sugerencia que con base a la también sugerida reestructuración del
tabulador de sueldos 2014, una comisión universitaria de alto nivel
estudiara el verdadero valor del docente con el mayor perfil académico
universitario como ciertamente lo es el Titular a Dedicación Exclusiva, y
a su vez emitiera un informe en el cual recomienden a los contratantes
de una eventual convención colectiva el idóneo y justo sueldo tabulador
de dicho docente para el período 2015-2016. Restablecer un sistema
único de escalafón para el personal docente y de investigación cuyo
tabulador de sueldos esté basado en la categoría y jerarquía de los
cargos, los antecedentes académicos y profesionales, la antigüedad en
el servicio y la calificación de la actuación profesional en la relación
laboral; todo esto aunado al verdadero y justo valor que los miembros
del personal docente y de investigación de educación universitaria deben
tener ante la comunidad universitaria de Latinoamérica a fin de
minimizar el egreso intempestivo de los docentes de nuestras casas de
estudio y maximizar la probabilidad de la reposición de cargos en las
mismas, … ES EL NORTE A SEGUIR.
Bajo el espíritu de lo señalado anteriormente, a continuación les
muestro una propuesta salarial que pudiera ser esgrimida en cualquier
6. 6
Propuesta de Sueldos, Salarios y Pensiones 2015-2016
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escenario de negociaciones con el Ejecutivo Nacional, propuesta que
esgrimo con base a las siguientes premisas:
1.- El costo de la Canasta Básica Familiar (CBF) al mes de enero de
2015 fue medido por el CENDAS en 31.843,33 Bs.F, es decir, un poco
más del doble que el actual sueldo del Titular a D.E. que es de
15.297,00 Bs.F. El sueldo tabulador del docente Instructor a D.E.
debería ser suficiente para cubrir el costo de la CBF y en virtud de la
diferencia salarial inter-escala a D.E. (94,77%) determinada por el
tabulador 2014 de la I CCU entre el Instructor y el Titular, este último
debería tener un sueldo de al menos 63.386,66 Bs.F.
2.- La cantidad máxima de salarios mínimos contenidos en el sueldo del
Titular a D.E. en el período 1999-Febrero2015 fue de 11,78. Con el
actual monto fijado del salario mínimo de 5.622,48 Bs.F; 11,78 salarios
mínimos arrojan la cantidad de 66.233,81 Bs.F, muy cercana (por
exceso) al doble del monto de la CBF,
3.- El siguiente cuadro muestra el sueldo tabulador del docente titular a
D.E. al 31 de diciembre de 2012 en el caso que el Ejecutivo Nacional no
hubiese desconocido la aplicación de las Normas Sobre Homologación de
Sueldos y Beneficios Adicionales (NSHSBA) en el período 2004-2012:
Con la imposición de la I CCU a partir del 01 de enero de 2013, el
sueldo determinado por la aplicación de las NSHSBA al 31/12/2012 de
18.538.029,33 Bs.(viejos), se hubiera incrementado en los 3 períodos
establecidos en la I CCU y al 01 de enero de 2014 sería de
SUELDO TABULADOR Año-Período Índice de Sueldo Tab. Porcentaje Porcentaje Sueldo Tab.
DEL TITULAR A D.E. POR Cierre Titular D.E. Incremento Incremento Titular D.E.
NSHSBA HASTA DIC-2012 Inflación (%) Percibido Inter-Bienio NSHSBA Por NSHSBA
Último Bienio 2002 31,20 2.141.004
Aplicación NSHSBA 2003 27,10 2.234.138
Bienio 2004 19,18 2.613.941 22,09% 66,76% 3.570.338,27
2004-2005 2005 14,36 3.058.311 29,15% 4.611.091,88
Bienio 2006 17,00 3.547.641 35,72% 36,29% 4.866.014,03
2006-2007 2007 22,50 3.973.358 16,77% 5.682.044,58
Bienio 2008 30,90 5.166.000 45,62% 43,33% 6.974.457,91
2008-2009 2009 25,10 5.166.000 19,75% 8.351.913,34
Bienio 2010 27,20 5.166.000 0,00% 63,76% 11.421.372,27
2010-2011 2011 - (Ene-Abr) 5.166.000 27,40% 14.619.356,50
2011 - (May-Dic) 27,60 7.232.000 14.619.356,50
¿Bienio 2012-2013? 2012 20,10 7.232.000 40,00% 62,31% 18.538.029,33
SE IMPONE LA 2013 - (Ene-Ago) 9.790.000 35,37% 25.094.930,30
I CCU 2013-2014 2013 - (Ago-Dic) 56,20 12.238.000 25,00% 31.368.662,88
A PARTIR DEL 01/01/2013 2014 68,50 15.297.000 25,00% 39.210.828,60
LA RESTITUCIÓN DE LOS 39.210.828,60 Bs.F, DEPRECIADOS POR LA INFLACIÓN DEL 68,5%, ARROJA: 66.070.246,19
EN Bs.F 66.070,25
7. 7
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39.210.828,60 Bs.(viejos). Este último monto perdió su poder
adquisitivo en un 68,5% durante el año 2014, razón por la cual su
ineludible restitución para el inicio del año 2015 arroja la cantidad de
66.070.246,19 Bs.(viejos) cuya reconversión monetaria es finalmente la
cantidad de 66.070,25 Bs.F. ¿Verdad que los 66.070,25 Bs.F se
parecen mucho a los determinados en los 2 puntos anteriores señalados
en negrillas?
4.- Los sueldos en Bs.F del Titular a D.E. en países como Brasil,
Argentina y Colombia se fijaron en el año 2012 en 19.565,00;
18.856,00; y 17.449,00 respectivamente, resultando como promedio la
cantidad de 18.623,33 Bs.F. Si al sueldo promedio anterior le aplicamos
los porcentajes de incrementos que se establecieron en la I CCU 2013-
2014 para la categoría de titular a dedicación exclusiva en los períodos
Ene-Ago 2013, Sep-Dic 2013 y Ene-Dic 2014 de 35,37%, 25,00% y
25,00% respectivamente; obtenemos las siguientes cifras salariales de
manera respectiva: 25.210,41; 31.513,01 y 39.391,26. Tomando como
sueldo del Titular a D.E. para enero de 2014 la cantidad de 39.391,26
Bs.F; y en atención al efecto corrosivo del índice de inflación de cierre
del año 2014 publicado por el BCV por el orden de 68,5%, el ajuste de
dicho sueldo a partir del mes de enero de 2015 debería ser de
66.374,27 Bs.F que resulta de efectuar el cálculo 1,685*39.391,26
Bs.F. La cantidad de 66.374,27 Bs.F como sueldo 2015 se parece
muchísimo a los montos determinados en los anteriores puntos 1, 2 y 3;
y muy parecida también a los 64.221,00 Bs.F que determina el Prof.
José Antonio Bottino de la APUNEG por medio de su algoritmo sugerido
y expuesto en el I Encuentro Nacional de Profesores Universitarios,
5.- El promedio de los montos determinados en los puntos 1, 2, 3 y 4
(señalados en negrillas) sería un buen indicador de cuál debería ser el
sueldo del docente Titular a Dedicación Exclusiva a partir del 01 de
enero de 2015. Tal promedio arroja la cantidad de 65.516,25 Bs.F,
6.- Con respecto a las primas permanentes que gozan del carácter
salarial que prevé la Ley, insertas en la I CCU, para su determinación en
Bs.F retomamos los derechos adquiridos históricos sobre las mismas que
fueron desconocidos en la misma convención. Veamos:
a) La Prima por Hogar se calcula con base al 8,25% del sueldo
tabulador de la categoría Agregado a D.E. de conformidad con lo
establecido en las convenciones colectivas suscritas por FAPICUV,
y se beneficia al docente a M.T.,
b) La Prima por Hijas e Hijos se calcula con base al 5,00% del sueldo
tabulador de la categoría Asociado a D.E. de conformidad con lo
8. 8
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establecido en las convenciones colectivas suscritas por FAPICUV,
y se beneficia al docente a M.T.,
c) La Prima por Hijas e Hijos se calcula con base al 8,00% del sueldo
tabulador de la categoría Agregado a D.E. de conformidad con lo
establecido en la convención colectiva que administró el Ejecutivo
Nacional en el periodo 2006-2012, y se beneficia al docente a
M.T.,
d) El monto de la Prima de Apoyo a la Actividad Docente se calcula
indexando al que se fijó para 2014, con base al índice de inflación
de cierre del año 2014, y se beneficia al docente a M.T.,
e) La Prima de Titularidad del docente Titular a D.E. y T.C. se
incrementa en el mismo porcentaje en que se incrementa el
sueldo tabulador del Titular a D.E.; y la Prima de Titularidad del
docente Auxiliar Docente V a D.E. y T.C. se incrementa en el
mismo porcentaje en que se incrementa el sueldo tabulador del
Auxiliar Docente V a D.E.,
f) Las primas por cargo o jerarquía en los IUT y CU se incrementan
como se describe a continuación:
f.-1) La de Director(a) en el mismo porcentaje de incremento del
docente Titular a D.E.,
f.-2) La de Subdirector(a) en el mismo porcentaje de incremento
del docente Asociado a D.E.,
f.-3) La de Jefe(a) de División en el mismo porcentaje de
incremento del docente Agregado a D.E.,
f.-4) La de Jefe(a) de Departamento en el mismo porcentaje de
incremento del docente Asistente a D.E., y
f.-5) La de Jefe(a) de Área en el mismo porcentaje de incremento
del docente Instructor a D.E.,
7.- Finalmente, las pensiones por jubilación, incapacidad y sobreviviente
se reconfigurarían ajustando cada uno de los conceptos salariales que
las integran en los mismos montos que se establezcan en los
tabuladores salariales que se acuerden para el bienio 2015-2016.
Estimadas lectoras y estimados lectores, ES TODO, me despido,
Atentamente,
Prof. Rafael Espinoza
Nota: Les muestro a continuación los tabuladores de sueldos, salarios y pensiones
para el bienio 2015-2016 que se obtendrían por las sugerencias expuestas:
9. 9
Propuesta de Sueldos, Salarios y Pensiones 2015-2016
del Personal Docente y de Investigación de los IUT, CU y UPT.
Documento Elaborado por el Prof. Rafael Espinoza
IUT de la Región Capital “Dr. Federico Rivero Palacio”; respinoza136@hotmail.com
PROPUESTA SALARIAL PARA EL
BIENIO 2015-2016
¡HACIA LA RESTITUCIÓN DE LAS
CONDICIONES CONTRACTUALES DEL
PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN
DE LOS IUT, CU Y UPT!
TABULADOR SUELDOS EN Bs. AÑO 2015 TABULADOR SUELDOS EN Bs. AÑO 2016
AJUSTE SEGÚN ESTUDIO EXPUESTO. AJUSTE SEGÚN EL PROMEDIO INFLACIONARIO 2013-2014
CON VIGENCIA A PARTIR DEL 01 DE ENERO DE 2015 ESTIMACIÓN PORCENTUAL = 0,5*(56,2%+68,5%) = 62,35%
Categoría PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN Categoría PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN
DE TC MT 1 HC DE TC MT 1 HC
Instructor 40.537 33.781 20.269 2.783 Instructor 65.812 54.844 32.906 4.518
Asistente 45.547 37.956 22.774 3.127 Asistente 73.946 61.622 36.973 5.076
Agregado 50.218 41.848 25.109 3.447 Agregado 81.528 67.940 40.764 5.597
Asociado 57.176 47.647 28.588 3.925 Asociado 92.825 77.354 46.413 6.372
Titular 65.516 54.597 32.758 4.498 Titular 106.366 88.638 53.183 7.302
CON VIGENCIA A PARTIR DEL 01 DE ENERO DE 2016
Categoría AUXILARES DOCENTES Y DE INVESTIGACIÓN Categoría AUXILARES DOCENTES Y DE INVESTIGACIÓN
DE TC MT 1 HC DE TC MT 1 HC
Aux-Doc I 30.653 25.545 15.327 2.104 Aux-Doc I 49.766 41.472 24.883 3.416
Aux-Doc II 32.034 26.695 16.017 2.199 Aux-Doc II 52.007 43.339 26.004 3.570
Aux-Doc III 35.056 29.213 17.528 2.407 Aux-Doc III 56.913 47.428 28.457 3.907
Aux-Doc IV 38.439 32.032 19.219 2.639 Aux-Doc IV 62.405 52.004 31.202 4.284
Aux-Doc V 42.111 35.092 21.055 2.891 Aux-Doc V 68.367 56.972 34.183 4.693
PRIMAS PERMANENTES EN Bs. AÑO 2015 PRIMAS PERMANENTES EN Bs. AÑO 2016
Prima por Hogar a DE, TC y MT 4.143 Prima por Hogar a DE, TC y MT 6.726
Prima por Hijas e Hijos a DE, TC y MT 2.859 Prima por Hijas e Hijos a DE, TC y MT 4.641
Prima por Hijos o Hijas con Discapacidad a DE, TC y MT 4.017 Prima por Hijos o Hijas con Discapacidad a DE, TC y MT 6.522
Prima de Apoyo a la Actividad Docente a DE, TC y MT 1.095 Prima de Apoyo a la Actividad Docente a DE, TC y MT 1.778
Prima por Titularidad a DE y TC: Titular 857 Prima por Titularidad a DE y TC: Titular 1.391
Aux-Doc V 642 Aux-Doc V 1.043
PENSIONES PRIMAS POR JERARQUÍA PENSIONES PRIMAS POR JERARQUÍA
Pensión desde 01/01/2015 Director(a) 13.487 Pensión desde 01/01/2016 Director(a) 21.896
se determina ajustando SubDirector(a) 8.502 se determina ajustando SubDirector(a) 13.804
cada uno de los conceptos Jefe(a) de División 4.822 cada uno de los conceptos Jefe(a) de División 7.828
salariales que la integran Jefe(a) Departamento 3.046 salariales que la integran Jefe(a) Departamento 4.945
con el presente Tabulador Jefe(a) de Área 2.230 con el presente Tabulador Jefe(a) de Área 3.620