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Es el organismo de participación, ejecución y apoyo en todo lo
concerniente al programa de Salud Ocupacional de una
compañía. Va de la mano con el Coordinador de Salud
Ocupacional y la Brigada de Emergencia, los miembros del
COPASO son los encargados de llevar a cabo todas las actividades
programadas en fin del desarrollo del Programa de Salud
Ocupacional. Se debe conformar en las instalaciones de la
empresa en reunión de la cual participarán el Representante Legal
y sus trabajadores, dando cumplimiento a la Resolución 2013 de
1986 y al Decreto 1295 de 1994 en su articulo 63 y las exigencias
de la División de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo.
Según el Decreto 614 de marzo de 1984 y tienen
como responsabilidad la de ser un
organismo de promoción y vigilancia de las normas
y reglamentos de salud ocupacional dentro de la
empresa.
En sus artículos 28, 29 y 30 se establece la
obligación de adelantar Programas de Salud
Ocupacional, por parte de patronos y empleadores.
Es obligación de los patronos o empleadores
velar por la salud y seguridad de los
trabajadores a su cargo.
Que los patronos o empleadores deben
responder por la ejecución del programa
permanente de Salud Ocupacional en los lugares
de trabajo.
Suministrar un ambiente de trabajo seguro
Disponer de estándares de seguridad y velar por su
cumplimiento
Establecer un programa de inducción, entrenamiento
y capacitación que involucre a los trabajadores
Garantizar el cumplimiento legal en cuanto a
seguridad social
Establecer un programa de seguimiento y supervisión
en temas de salud ocupacional
Antes de iniciar cualquier trabajo el contratista debe
notificar el nombre del responsable de la salud
ocupacional y protección ambiental del sitio de
trabajo.
La responsabilidad ocupacional será responsabilidad
del contratista del sitio
Deberá velar por el desempeño seguro durante la
vigencia del contrato.
Actividades de medicina preventiva
Actividades de medicina del Trabajo
Actividades de higiene y seguridad industrial
Funcionamiento de comités de medicina, higiene y
seguridad industrial
 Amonestaciones
 Multas
 Decomiso de productos o suspensión o
cancelación de registro de licencia
 Cierre temporal o parcial del establecimiento
 Cierre definitivo
• http://es.scribd.com/doc/19480064/1-El-Comite-Paritario-de-Salud-
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Salud ocupacional

  • 1.
  • 2.
  • 3. Es el organismo de participación, ejecución y apoyo en todo lo concerniente al programa de Salud Ocupacional de una compañía. Va de la mano con el Coordinador de Salud Ocupacional y la Brigada de Emergencia, los miembros del COPASO son los encargados de llevar a cabo todas las actividades programadas en fin del desarrollo del Programa de Salud Ocupacional. Se debe conformar en las instalaciones de la empresa en reunión de la cual participarán el Representante Legal y sus trabajadores, dando cumplimiento a la Resolución 2013 de 1986 y al Decreto 1295 de 1994 en su articulo 63 y las exigencias de la División de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo.
  • 4. Según el Decreto 614 de marzo de 1984 y tienen como responsabilidad la de ser un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional dentro de la empresa. En sus artículos 28, 29 y 30 se establece la obligación de adelantar Programas de Salud Ocupacional, por parte de patronos y empleadores.
  • 5. Es obligación de los patronos o empleadores velar por la salud y seguridad de los trabajadores a su cargo. Que los patronos o empleadores deben responder por la ejecución del programa permanente de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo.
  • 6. Suministrar un ambiente de trabajo seguro Disponer de estándares de seguridad y velar por su cumplimiento Establecer un programa de inducción, entrenamiento y capacitación que involucre a los trabajadores Garantizar el cumplimiento legal en cuanto a seguridad social Establecer un programa de seguimiento y supervisión en temas de salud ocupacional
  • 7. Antes de iniciar cualquier trabajo el contratista debe notificar el nombre del responsable de la salud ocupacional y protección ambiental del sitio de trabajo. La responsabilidad ocupacional será responsabilidad del contratista del sitio Deberá velar por el desempeño seguro durante la vigencia del contrato. Actividades de medicina preventiva Actividades de medicina del Trabajo Actividades de higiene y seguridad industrial Funcionamiento de comités de medicina, higiene y seguridad industrial
  • 8.  Amonestaciones  Multas  Decomiso de productos o suspensión o cancelación de registro de licencia  Cierre temporal o parcial del establecimiento  Cierre definitivo