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BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA



           Unidad Regional Tehuacán



           Facultad de Administración



         Lic. Administración de Empresas



                     DHTIC



    Ensayo: ¿Cómo se crea una ley en México?



              Alumna: Barbie Seyer




                Ciclo: otoño 2011

    ¿CÓMO SE CREA UNA LEY EN MÉXICO?

               1 ¿QUE ES UNA LEY?
1.1 DEFINICIÓN GENERAL DE LEY

Es una forma de conducta dictada por el poder legislativo, de carácter general,
abstracto, obligatorio y sancionado por la fuerza. Existen leyes federales y leyes
ordinarias locales.




1.2 ¿QUIENES PUEDEN REALIZAR UNA LEY?

En la creación de las leyes para el distrito federal y de aquellas que son
obligatorias en toda la república, intervienen el poder legislativo federal,
representado por el congreso de la unión (cámara de diputados y cámara de
senadores), y el poder ejecutivo, cuyo ejercicio se deposita en el presidente de la
república. Pueden intervenir, en algunos casos, las legislaturas de los estados
(congresos locales), tratándose de reformas ala constitución federal.

Las fases del proceso legislativo son seis: iniciativa, discusión, aprobación,
sanción, publicación e iniciación de la vigencia.




1.3 CARACTERÍSTICAS DE LAS LEYES
Las leyes federales son reglamentarias de los preceptos constitucionales y obligan
a su complimiento en todo el territorio de la república: son creadas por el
congreso de la unión y comparten la elevada categoría jurídica de los tratados
internacionales que solo ceden ante la constitución.

Son leyes federales, entre otras, la ley orgánica de la educación publica, la ley de
imprenta, la ley de nacionalización y naturalización, la ley general de población, la
ley de impuesto sobre la renta, la ley de impuesto al valor agregado, etcétera.

Las leyes ordinarias o locales tienen las características de la ley que acabamos de
referirnos pero no emanan directamente de los preceptos constitucionales y solo
tienen vigencia en la entidad federativa para la cual fueron elaboradas. entre estas
leyes encontramos códigos civiles y penales correspondientes a dichas
circunscripciones territoriales.



La jerarquía de las leyes ordinarias esta colocada en un rango inmediatamente
inferior a la de los tratados y las leyes federales.

Siempre que se encuentre en una contradicción entre lo dispuesto por una ley
federal y el contenido de una ley local, deberá prevalecer la primera, de acuerdo
con lo que al respecto ordena el artículo 133 constitucional federal.

En los estados unidos mexicanos, el orden jerárquico normativo funciona así;

                     1.   la constitución federal
                     2.   las leyes federales y los tratados
                     3.   la constitución propia del estado que se trate
                     4.   las leyes ordinarias
                     5.   las leyes reglamentarias
                     6.   las leyes municipales
                     7.   las normas jurídicas individualizadas




                       2 ¿COMO SE ELABORA UNA LEY?
2.1 ¿QUE PROCEDIMIENTO SE LLEVA PARA REALIZAR UNA LEY?



Las fases del proceso legislativo son seis: iniciativa, discusión, aprobación
sanción, publicación e iniciación de la vigencia.



INICIATIVA: la iniciativa es la facultad que tiene determinados órganos del estado
para proponer ante el congreso (poder legislativo) un proyecto de ley.

             Dicha facultad pertenece en exclusiva de acuerdo con el artículo 71
             de la constitución política de los estados unidos mexicanos:

                I.   al presidente de la república
               II.   a los diputados y senadores del congreso de la unión y
              III.   alas legislaturas de los estados


No obstante lo anterior, cualquier ciudadano puede sugerir indistintamente a
alguna de las autoridades mencionadas, la necesidad o conveniencia de elaborar
un proyectó de ley determinado: y mas aun, puede remitirles el proyecto que haya
confeccionado, con la petición de que sea sometido a la consideración del
congreso; pero dicha sugestión y petición puede ser o no, atendidas, de acuerdo
con lo dispuesto en el articulo 61 del reglamento para el gobierno interior del
congreso general de los estados unidos mexicanos que la letra dice:

“Toda petición de particulares, corporaciones o autoridades que no tengan
derecho de iniciativa, se mandara pasar directamente por el ciudadano presidente
de la cámara a la comisión que corresponda, según la naturaleza del asunto que
se trate. Las comisiones se dictaminaran si son de tomarse o no, en consideración
estas peticiones”




 DISCUSIÓN es el acto de las cámaras que consiste en examinar un proyecto o
iniciativa de la ley polemizado sobre el para decidir por medio de la votación
mayoritaria, si debe ser aprobado o no. las iniciativas de la ley deben ser
discutidas sucesivamente por ambas cámaras, pudiere comenzarse en cualquiera
de ellas, salvo que se trate de proyectos sobre impuestos, contribuciones,
empréstitos o reclutamiento de tropas, pues en estos casos deberán ser discutidos
primeramente en la cámara de diputados (articulo 72 constitucional inciso h).

La cámara donde se discute en primer lugar es llamada la cámara de origen y a la
que conoce en segundo término se le designa como cámara revisora.




APROBACIÓN consiste en dar a las cámaras su asentamiento o conformidad a
una iniciativa de ley. la aprobación tiene lugar cuando la mayoría de los miembros
presentes han otorgado su voto afirmativo al proyecto que previamente se ha
discutido.

Obtenida la aprobación en una de las cámaras (la de origen, por supuesto), el
proyecto deberá ser remitido a la cámara revisora para su discusión; y en caso de
ser remitido a la cámara revisora para su discusión; y en caso de también ser
aprobado por esta, se enviara al c. representante del poder ejecutivo para los
efectos que se trataran enseguida.




SANCIÓN se llama sanción al acto por el medio del cual el c. presidente de la
república manifiesta, bajo su firma, su conformidad con una iniciativa de ley
aprobada por las cámaras. Dicho funcionario puede llegar a negar su
asentimiento, en ejercicio llamado derecho de veto, en cuyo caso la iniciativa será
devuelta con observaciones a la cámara de origen, donde serán discutidas
únicamente las observaciones referidas.




PUBLICACIÓN una vez que el proyecto de la ley obtiene la sanción del poder
ejecutivo, la publicación o promulgación, que consiste en dar a conocer la ley a
quienes deben de cumplirla. Para que una ley pueda obligar a su cumplimiento,
debe ponerse al alcance del público el texto de la misma.

CONCLUSIÓN
Crear una ley fue un tema fácil de conocer debido a que la información esta a
nuestro alcance nos encontramos en un país donde podemos expresar nuestras
opiniones. Creación de leyes es todo un procedimiento que lleva su determinado
tiempo ahora es fácil entender por que requiere del mismo.




BIBLIOGRAFÍA
Referencias virtuales: www.diputados.com

Constitución Política De los Estados Unidos Mexicanos (2002), México, Editorial
ALCO

Generalidades en materia fiscal, Nociones del Derecho Fiscal (1990) México,
Editorial ESFINGE

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  • 1. BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA Unidad Regional Tehuacán Facultad de Administración Lic. Administración de Empresas DHTIC Ensayo: ¿Cómo se crea una ley en México? Alumna: Barbie Seyer Ciclo: otoño 2011 ¿CÓMO SE CREA UNA LEY EN MÉXICO? 1 ¿QUE ES UNA LEY?
  • 2. 1.1 DEFINICIÓN GENERAL DE LEY Es una forma de conducta dictada por el poder legislativo, de carácter general, abstracto, obligatorio y sancionado por la fuerza. Existen leyes federales y leyes ordinarias locales. 1.2 ¿QUIENES PUEDEN REALIZAR UNA LEY? En la creación de las leyes para el distrito federal y de aquellas que son obligatorias en toda la república, intervienen el poder legislativo federal, representado por el congreso de la unión (cámara de diputados y cámara de senadores), y el poder ejecutivo, cuyo ejercicio se deposita en el presidente de la república. Pueden intervenir, en algunos casos, las legislaturas de los estados (congresos locales), tratándose de reformas ala constitución federal. Las fases del proceso legislativo son seis: iniciativa, discusión, aprobación, sanción, publicación e iniciación de la vigencia. 1.3 CARACTERÍSTICAS DE LAS LEYES
  • 3. Las leyes federales son reglamentarias de los preceptos constitucionales y obligan a su complimiento en todo el territorio de la república: son creadas por el congreso de la unión y comparten la elevada categoría jurídica de los tratados internacionales que solo ceden ante la constitución. Son leyes federales, entre otras, la ley orgánica de la educación publica, la ley de imprenta, la ley de nacionalización y naturalización, la ley general de población, la ley de impuesto sobre la renta, la ley de impuesto al valor agregado, etcétera. Las leyes ordinarias o locales tienen las características de la ley que acabamos de referirnos pero no emanan directamente de los preceptos constitucionales y solo tienen vigencia en la entidad federativa para la cual fueron elaboradas. entre estas leyes encontramos códigos civiles y penales correspondientes a dichas circunscripciones territoriales. La jerarquía de las leyes ordinarias esta colocada en un rango inmediatamente inferior a la de los tratados y las leyes federales. Siempre que se encuentre en una contradicción entre lo dispuesto por una ley federal y el contenido de una ley local, deberá prevalecer la primera, de acuerdo con lo que al respecto ordena el artículo 133 constitucional federal. En los estados unidos mexicanos, el orden jerárquico normativo funciona así; 1. la constitución federal 2. las leyes federales y los tratados 3. la constitución propia del estado que se trate 4. las leyes ordinarias 5. las leyes reglamentarias 6. las leyes municipales 7. las normas jurídicas individualizadas 2 ¿COMO SE ELABORA UNA LEY?
  • 4. 2.1 ¿QUE PROCEDIMIENTO SE LLEVA PARA REALIZAR UNA LEY? Las fases del proceso legislativo son seis: iniciativa, discusión, aprobación sanción, publicación e iniciación de la vigencia. INICIATIVA: la iniciativa es la facultad que tiene determinados órganos del estado para proponer ante el congreso (poder legislativo) un proyecto de ley. Dicha facultad pertenece en exclusiva de acuerdo con el artículo 71 de la constitución política de los estados unidos mexicanos: I. al presidente de la república II. a los diputados y senadores del congreso de la unión y III. alas legislaturas de los estados No obstante lo anterior, cualquier ciudadano puede sugerir indistintamente a alguna de las autoridades mencionadas, la necesidad o conveniencia de elaborar un proyectó de ley determinado: y mas aun, puede remitirles el proyecto que haya confeccionado, con la petición de que sea sometido a la consideración del congreso; pero dicha sugestión y petición puede ser o no, atendidas, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 61 del reglamento para el gobierno interior del congreso general de los estados unidos mexicanos que la letra dice: “Toda petición de particulares, corporaciones o autoridades que no tengan derecho de iniciativa, se mandara pasar directamente por el ciudadano presidente de la cámara a la comisión que corresponda, según la naturaleza del asunto que se trate. Las comisiones se dictaminaran si son de tomarse o no, en consideración estas peticiones” DISCUSIÓN es el acto de las cámaras que consiste en examinar un proyecto o iniciativa de la ley polemizado sobre el para decidir por medio de la votación mayoritaria, si debe ser aprobado o no. las iniciativas de la ley deben ser
  • 5. discutidas sucesivamente por ambas cámaras, pudiere comenzarse en cualquiera de ellas, salvo que se trate de proyectos sobre impuestos, contribuciones, empréstitos o reclutamiento de tropas, pues en estos casos deberán ser discutidos primeramente en la cámara de diputados (articulo 72 constitucional inciso h). La cámara donde se discute en primer lugar es llamada la cámara de origen y a la que conoce en segundo término se le designa como cámara revisora. APROBACIÓN consiste en dar a las cámaras su asentamiento o conformidad a una iniciativa de ley. la aprobación tiene lugar cuando la mayoría de los miembros presentes han otorgado su voto afirmativo al proyecto que previamente se ha discutido. Obtenida la aprobación en una de las cámaras (la de origen, por supuesto), el proyecto deberá ser remitido a la cámara revisora para su discusión; y en caso de ser remitido a la cámara revisora para su discusión; y en caso de también ser aprobado por esta, se enviara al c. representante del poder ejecutivo para los efectos que se trataran enseguida. SANCIÓN se llama sanción al acto por el medio del cual el c. presidente de la república manifiesta, bajo su firma, su conformidad con una iniciativa de ley aprobada por las cámaras. Dicho funcionario puede llegar a negar su asentimiento, en ejercicio llamado derecho de veto, en cuyo caso la iniciativa será devuelta con observaciones a la cámara de origen, donde serán discutidas únicamente las observaciones referidas. PUBLICACIÓN una vez que el proyecto de la ley obtiene la sanción del poder ejecutivo, la publicación o promulgación, que consiste en dar a conocer la ley a quienes deben de cumplirla. Para que una ley pueda obligar a su cumplimiento, debe ponerse al alcance del público el texto de la misma. CONCLUSIÓN
  • 6. Crear una ley fue un tema fácil de conocer debido a que la información esta a nuestro alcance nos encontramos en un país donde podemos expresar nuestras opiniones. Creación de leyes es todo un procedimiento que lleva su determinado tiempo ahora es fácil entender por que requiere del mismo. BIBLIOGRAFÍA
  • 7. Referencias virtuales: www.diputados.com Constitución Política De los Estados Unidos Mexicanos (2002), México, Editorial ALCO Generalidades en materia fiscal, Nociones del Derecho Fiscal (1990) México, Editorial ESFINGE