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NOM-051-SCFI/SSA1-2010

  Especificaciones generales del etiquetado para
alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-
        Información comercial y sanitaria

                                        Septiembre, 2010
Contenido de la presentación
1   Información general.
    1.1     Marco jurídico.
    1.2     Objetivo y Campo de aplicación.
    1.3     Verificación y Vigilancia.
    1.4     Evaluación de la conformidad.

2   Requisitos generales del etiquetado.
    2.1     Requisitos generales del etiquetado.

3   Requisitos obligatorios.
    3.1     Requisitos obligatorios.
    3.2     Nombre o denominación del alimento o bebida alcohólica preenvasado.
    3.3     Lista de ingredientes.
    3.4     Etiquetado cuantitativo de los ingredientes (QUID).
          3.4.1   Dudas frecuentes.

    3.5     Contenido neto y/o masa drenada.
    3.6     Nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal.
    3.7     País de origen.
    3.8     Identificación del lote.
Contenido de la presentación
3.9    Fecha de caducidad o de consumo preferente.
3.10   Información nutrimental o Datos de nutrición.
3.11   Forma de presentar los requisitos.
3.12   Casos especiales.

4      Requisitos opcionales.
       4.1         Requisitos opcionales.
4.2    Información nutrimental complementaria.
4.3    Instrucciones de uso.

5      Información adicional.
5.1    Forma de presentar los requisitos.

6      Cálculos.
6.1    Cálculos.

7      Declaración de propiedades.
7.1    Declaración de propiedades prohibidas.
       7.1.1       Declaración de propiedades.

       7.1.2        Declaración de propiedades potencialmente engañosas.
Contenido de la presentación
7.2   Declaración de propiedades condicionales.
7.3   Declaración de propiedades nutrimentales y saludables.
      7.3.1       Declaración de propiedades que están permitidas.
      7.3.2       Declaración de propiedades saludables.

8     Leyendas precautorias.
      8.1         Leyendas precautorias.

      8.2        Leyendas que promueven una dieta recomendable y/o de orientación alimentaria. 9
                  Anexos.
      9.1         Tabla 1 Denominación genérica de ingredientes.
      9.2         Tabla 2 Valores nutrimentales de referencia para la población mexicana.

      9.3         Tabla 3 Presentación de la información nutrimental.
      9.4         Presentación de la declaración nutrimental complementaria.
1   INFORMACIÓN
        GENERAL
1.1 Marco jurídico

                                             Reglamento de Ley
                         Ley Federal sobre     Federal sobre
                            Metrología y
                                                Metrología y
                           Normalización
                                               Normalización

                                                                             NOM-051-
                                                                               SCFI-
Constitución Política                          Reglamento de                 SSA1-2010
  de los Estados          Ley General de     Control Sanitario de
 Unidos Mexicanos             Salud             Productos y
                                                  Servicios


                                                                       Concordancia parcial con
                                              Reglamento de la          normas internacionales
                          Ley Federal de      Ley Federal de                   CODEX
                           Protección al                            ] CODEX STAN 1-1985
                                               Protección al
                           Consumidor                               ] CAC/GL 1-1979
                                                Consumidor
                                                                    ] CAC/GL 2-1985
                                                                    ] CAC/GL 23-1997
1.2 Objetivo y Campo de aplicación

    ESTABLECER	
  
  INFORMACIÓN	
  Y	
   • Información	
  comercial	
  
        SUS	
          • Información	
  sanitaria	
  
  CARACTERÍSTICAS	
  


                          • Alimentos	
  
    PRODUCTOS	
           • Bebidas	
  no	
  alcohólicas	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  
   PREENVASADOS	
           DesEnados	
  al	
  consumidor	
  	
  en	
  territorio	
  
                            nacional	
  




       SUJETO	
           • Fabricantes	
  nacionales	
  
    RESPONSABLE	
         • Importadores	
  
1.2 Objetivo y Campo de aplicación
                           NO aplica para:




                                        Los	
  alimentos	
  y	
  bebidas	
  no	
  alcohólicas	
  
     Productos	
  a	
  granel	
                envasados	
  en	
  punto	
  de	
  venta.	
  
                                                               Emplayados:	
  
                                       Apartado	
  9.3	
  de	
  la	
  NOM-­‐194-­‐SSA1-­‐2004	
  	
  
                                        Productos	
  y	
  servicios.	
  Especificaciones	
  
                                    sanitarias	
  en	
  los	
  establecimientos	
  dedicados	
  al	
  
                                     sacrificio	
  y	
  faenado	
  de	
  animales	
  para	
  abasto,	
  
                                       almacenamiento,	
  transporte	
  y	
  expendio.	
  
                                       Especificaciones	
  sanitarias	
  de	
  productos	
  
1.3 Verificación y Vigilancia




                               Información	
  Sanitaria	
  
Información	
  Comercial	
  
                                        	
  
2  REQUISITOS
GENERALES DEL
   ETIQUETADO
La información debe ser:


Ü Veraz;
Ü Describirse y presentarse de forma tal que
   no induzca a error al consumidor con
   respecto a la naturaleza y características
   del producto .
Producto	
  




               Ilustración	
  referida	
  al	
  
                      producto	
  	
  
Leyenda	
  	
  




Sugerencias	
  de	
  uso	
  
En la etiqueta NO se debe:


Describir ni presentar:
Palabras, textos, diálogos, ilustraciones,
imágenes, denominaciones de origen y otras
descripciones que se refieran o sugieran
indirectamente a cualquier otro producto o
que pueda confundirse o relacionarse con
otro producto.
	
  
En	
  la	
  eEqueta	
  NO	
  se	
  debe:	
  

                              Pueda confundirse o
                              relacionarse con otro
                              producto
3 REQUISITOS
OBLIGATORIOS
3.1 Requisitos obligatorios

     Nombre o
denominación del        Lista de      Contenido neto y/
alimento o bebida    ingredientes.    o masa drenada.
   no alcohólica.

    Nombre,
denominación o                        Identificación del
                    País de origen.
 razón social y                              lote.
domicilio fiscal.

    Fecha de                             Etiquetado
 caducidad o de      Información       cuantitativo de
    consumo          nutrimental.       ingredientes
   preferente.                            (QUID).
Nombre	
  del	
  producto	
  




                                   De	
  acuerdo	
  a	
  los	
  
                                ordenamientos	
  jurídicos	
  
                                      específicos	
  
Nombre	
  del	
  producto	
  
                                Nombre	
  de	
  uso	
  común.	
  
Nombre	
  del	
  producto	
          Descripción	
  de	
  las	
  
                                 caracterísEcas	
  básicas	
  de	
  la	
  
                                composición	
  o	
  naturaleza	
  del	
  
                                          producto	
  
3.3 Lista de ingredientes


   En la etiqueta de los productos
   preenvasados cuya comercialización SE
   HAGA EN FORMA INDIVIDUAL, debe:


Ü Figurar una lista de ingredientes, la cual
puede eximirse cuando se trate de productos
de un ingrediente.
Ingrediente	
  único	
  (omite	
  lista	
  de	
  ingredientes)	
  
3.3 Lista de ingredientes
   La lista de ingredientes debe:

Ü  Ir encabezada o precedida por el término
     Ingredientes
Ü  Enumerarse por orden cuantitativo decreciente
    (m/m).
Ü  Declararse un ingrediente compuesto si:
   Ü  Constituye más del 5 por ciento del alimento o
       bebida no alcohólica.
   Ü  Debe ir acompañado de una lista entre paréntesis de
       sus ingredientes constitutivos por orden cuantitativo
       decreciente (m/m), incluidos los aditivos que
       desempeñen una función tecnológica en el producto
       acabado o que se asocien a reacciones alérgicas.
3.3 Lista de ingredientes
       La lista de ingredientes debe:

Ü Indicar el agua añadida por orden de predominio,
   excepto cuando ésta forme parte de un
   ingrediente compuesto y declarado como tal en la
   lista y la que se utilice en los procesos de cocción y
   reconstitución.
Ü       I n d i c a r, c u a n d o s e t r a t e d e a l i m e n t o s
      deshidratados o condensados, destinados a ser
      reconstituidos:
        Ü  Se pueden enumerar sus ingredientes por orden
            cuantitativo decreciente (m/m) en el producto
            reconstituido, siempre que se incluya una indicación
            como la que sigue: "ingredientes del producto cuando
            se prepara según las instrucciones de la etiqueta , u
            otras leyendas análogas.
3.3 Lista de ingredientes

   La lista de ingredientes debe:


Ü Emplear una denominación específica para los
   ingredientes, con excepción de los señalados en la
   tabla 1 de la NOM.


Ü Incluir todo aditivo que haya sido empleado en los
   ingredientes de un alimento o bebida no alcohólica
   preenvasado y que se transfiera a otro producto
   preenvasado en cantidad notable o suficiente para
   desempeñar en él una función tecnológica.
Lista	
  de	
  
                                                 ingredientes	
  
        	
  
Encabezado	
  de	
  la	
                                                            Denominación	
  
      lista	
                                                                        genérica	
  del	
  
        	
                                                                           ingrediente	
  




                                                                                                   Orden	
  
                                                                                               decreciente	
  de	
  
                                                                                                ingredientes	
  

   Ingrediente	
  
   compuesto	
  


                             Ingrediente	
  que	
  causa	
  
                                                                 Coadyuvante	
  de	
  
                                hipersensibilidad,	
  
                                                                 elaboración	
  con	
  
                              intolerancia	
  o	
  alergia	
  
                                                                     función	
  
                                                                   tecnológica	
  
Lista	
  de	
  
           	
          ingredientes	
  
Encabezado	
  de	
  
    la	
  lista	
  
           	
  




                                Agua	
  añadida	
  
                                por	
  orden	
  de	
  
                                 predominio	
  




                               Orden	
  
                             decreciente	
  
                                 de	
  
                            ingredientes	
  
3.3 Lista de ingredientes

   En la lista de ingredientes:

Ü Se deben declarar todos aquellos ingredientes o
   aditivos que causen hipersensibilidad, intolerancia
   o alergia, de conformidad con los ordenamientos
   jurídicos correspondientes.	
  
3.3 Lista de ingredientes
    Alimentos e ingredientes que causan
    hipersensibilidad que deben declararse
    siempre:

Ü  Cereales que contienen gluten:
    Ü  Trigo, centeno, cebada, avena, espelta o sus cepas
        híbridas, y productos de éstos.
Ü  Crustáceos y sus productos,
Ü  Huevo y productos de los huevos,
Ü  Pescado y productos pesqueros,
Ü  Cacahuate y sus productos
Ü  Soya y sus productos (excepto el aceite de soya).
Ü  Leche y productos lácteos (incluida la lactosa),
Ü  Nueces de árboles y sus derivados,
Ü  Sulfito en concentraciones de 10 mg/kg o más.
Ingredientes	
  que	
  causan	
  
hipersensibilidad	
  :	
  
3.3 Lista de ingredientes

   En la declaración de aditivos se debe:



Utilizar el nombre común o en su defecto, alguno de
los sinónimos, establecidos en el Acuerdo por el que
se determinan las sustancias permitidas como aditivos
y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos
alimenticios                            	
  

                                      tes,	
  
                                 rizan tes	
  
                             abo zan
                 s	
  y	
  s        E
           n zima o	
  aroma s	
  como	
  
   Las	
  e eador	
                 o
                              larad      cas	
  
   s abor 	
  ser	
  dec s	
  genéri
            án                ne
    podr minacio
      den     o
Declaración	
  de	
  adiEvos	
  




                                   Saborizantes
3.4 Etiquetado cuantitativo de los
              ingredientes (QUID)
                                                El ingrediente se
                                              enfatiza en la etiqueta
                                            como presente, por medio
                                            de palabras o imágenes o
                                                     gráficos
                       Se declarará el
                       porcentaje del
                       ingrediente, con
                                               El ingrediente no figura
                       respecto al peso o      en el nombre o
 En todo alimento o    al volumen que          denominación del
bebida no alcohólica   corresponda del         alimento o bebida no
preenvasado que se     ingrediente, al         alcohólica
   VENDA COMO          momento de la           preenvasados y es
     MEZCLA O          elaboración del         esencial para
  COMBINACIÓN          alimento                caracterizar al mismo,
                       (incluyendo los         ya que los
                       ingredientes            consumidores
                       compuestos o            asumen su presencia
                       categorías de           en el producto
                       ingredientes)           preenvasado y la
                                               omisión de la
                                               declaración
                                               cuantitativa de
                                               ingredientes engaña
                                               o lleva a error al
                                               consumidor.
E3quetado	
  cuan3ta3vo	
  de	
  los	
  ingredientes	
  (QUID),	
  cuando	
  se	
  
VENDA	
  COMO	
  MEZCLA	
  O	
  COMBINACIÓN	
  
(QUID)	
  E3quetado	
  cuan3ta3vo	
  de	
  los	
  ingredientes,	
  cuando	
  el	
  
ingrediente	
  se	
  enfaEza	
  en	
  la	
  eEqueta	
  
QUID	
  E3quetado	
  cuan3ta3vo	
  de	
  los	
  ingredientes,	
  cuando	
  lleva	
  
a	
  error	
  al	
  consumidor	
  
3.4 Etiquetado cuantitativo de los
              ingredientes (QUID)


         La declaración cuantitativa del
         ingrediente no se requiere cuando:


El ingrediente es utilizado en pequeñas
cantidades con el propósito de impartir:
Ü sabor y/o
Ü aroma.
	
  
La	
  declaración	
  cuan3ta3va	
  del	
  ingrediente	
  no	
  se	
  requiere	
  
cuando:	
  
	
  
3.4 Etiquetado cuantitativo de los
              ingredientes (QUID)

         Declaración en la etiqueta como
         PORCENTAJE NUMÉRICO:

	
  
El porcentaje del ingrediente, por peso o volumen, según
corresponda, se declarará en la etiqueta:

Ü Muy cerca de las palabras o imágenes o gráficos que
enfaticen el ingrediente particular, o
Ü Al lado del nombre común o denominación del alimento o
bebida no alcohólica preenvasado, o
Ü Adyacente al ingrediente que corresponda en la lista de
ingredientes.
QUID:	
  Declaración	
  en	
  la	
  e3queta	
  como	
  PORCENTAJE	
  	
  
NUMÉRICO	
  
3.4 Etiquetado cuantitativo de los
              ingredientes (QUID)

         Declaración en la etiqueta como
         PORCENTAJE NUMÉRICO:

	
  
El porcentaje del ingrediente, por peso o volumen, según
corresponda se declarará como:
Ü Porcentaje mínimo cuando el énfasis sea sobre la presencia
del ingrediente, y
Ü Porcentaje máximo cuando el énfasis sea sobre el bajo nivel
del ingrediente.
Para alimentos que han perdido humedad luego de un
tratamiento térmico u otro tratamiento, el porcentaje (con
respecto al peso o al volumen) corresponderá a la cantidad del
ingrediente o ingredientes usados, en relación con el producto
terminado.
3.4.1 Dudas frecuentes. Etiquetado
     cuantitativo de los ingredientes.

     ¿Qué es el QUID?


Corresponde al etiquetado cuantitativo de los ingredientes por
sus siglas en inglés (Quantitative Ingredient Declaration)



      ¿Se deben incluir los nutrimentos en el etiquetado
      cuantitativo de los ingredientes (QUID)?


  Conforme al numeral 4.2.2.3.1 de la NOM-051-SCFI/
  SSA1-2010       el QUID corresponde a la declaración del
  porcentaje del ingrediente de todo alimento y bebida no
  alcohólica preeenvasado que se venda como mezcla o
  combinación, por lo que no aplica a los nutrimentos
  contenidos en los ingredientes, sin embargo éstos deben
  declarase conforme al numeral 4.2.8 Información nutrimental
  de la citada norma.
3.5 Contenido neto y/o masa drenada



        Debe declararse el contenido neto
        y cuando aplique, la masa drenada.


 En unidades del Sistema General de Unidades de
 Medida de conformidad a lo que establece la
 NOM-030-SCFI-2006, independientemente de que
 también pueda expresarse en otras unidades.

 	
  
Contenido	
  neto	
  expresado	
  
  como	
  lo	
  establece	
  el	
  
   Sistema	
  general	
  de	
  
  unidades	
  de	
  medida	
  
3.6 Nombre, denominación o razón
     social y domicilio fiscal
     Para alimentos y bebidas no
     alcohólicas preenvasados:

 Debe indicarse en la etiqueta el nombre, denominación o
 razón social y domicilio fiscal del responsable del producto
 de manera enunciativa mas no limitativa: calle, número,
 código postal y entidad federativa en que se encuentre.




     Para productos preenvasados
     importados:

 Debe indicarse en la etiqueta el nombre, denominación o
 razón social y domicilio fiscal del responsable del producto.	
  
3.7 País de origen
       Los alimentos y bebidas no alcohólicas
       preenvasados nacionales o de
       procedencia extranjera deben:

Incorporar la leyenda que identifique el país de origen de
los productos.
Por ejemplo:
"Hecho en...";
"Producto de ...";
"Fabricado en ... ; u
otras análogas.

Seguida del país de origen del producto, sujeto a lo
dispuesto en los tratados internacionales de que los Estados                  rmin
                                                                                   os
                                                                     tr os téos y no
Unidos Mexicanos sean parte.                              t
                                                                 syo       is
                                                           ilicio n prec ducto
                                                                                      .
                                                                            n   sea            o
                                                                      e ge               el pr
                                                                u so d cuando origen d            ucto
	
                                                        te el mpre y nto al                Prod
                                                     ermi                a           ñol ,
                                                Se pogos, sie ror en cu         espa
                                                anál can a er             ucto
                                                      z              Prod e otros.
                                                 indu        plo:       ntr
                                                     r  ejem ense , e
                                                  P o ounid
                                                   estad
País	
  de	
  origen	
  




Razón	
  social	
  	
  




Domicilio	
  fiscal	
  
Razón	
  social	
  




Domicilio	
  fiscal	
  
3.8 Identificación del lote
    La identificación del lote que incorpore el
    fabricante en el producto preenvasado:


Ü  Debe llevar grabada o marcada de cualquier modo la
   identificación del lote al que pertenece, con una indicación
   en clave que permita su rastreabilidad.
Ü  Debe marcarse en forma indeleble y permanente, y
Ü  No debe ser alterada u ocultada de forma alguna.


    La clave del lote debe ser precedida por
    cualquiera de las siguientes indicaciones:

 LOTE , Lot , L , Lote , lote , lot , l , lt , LT ,
 LOT , o bien incluir una referencia al lugar donde aparece.
Lote	
  	
  
               IdenEficación	
  
                  de	
  lote	
  
3.9 Fecha de caducidad o de
                 consumo preferente
Debe cumplir con lo siguiente, si no está determinado de otra manera en
una Norma Oficial Mexicana:

                                                                                                                        	
  
         El fabricante debe declarar la fecha de                                                   ctos	
  de
                                                                          ose	
  d      e	
  produ l	
  
                                                              Tratánd ión,	
  cuando	
  e 	
  
         caducidad o la fecha de consumo preferente en                     c
                                                              importa o	
  de	
  la	
  fecha	
  d
                                                                                                          e
                                                                           d                                  	
  
         el envase o etiqueta, consistiendo por lo             codifica 	
  o	
  de	
  consumo a	
  al	
  
                                                                            ad                             nd
                                                                caducid e	
  no	
  correspo te	
  
                                                                               t                    o	
  en	
  es
         menos de:                                               prefere
                                                                             n
                                                                                           ablecid ajustarse	
  
                                                                             o	
  est
                                                                 format 	
  éste	
  podrá	
  
                                                                               l,                                  	
  la	
  
                                                                  numera e	
  cumplir	
  con en	
  
                                                                                  	
  d                                  o	
  
  Ü El día y el mes para los productos de duración               a	
  efecto 	
  establecida,	
   vase	
  
                                                                                  da       d                          l	
  en
                                                                   formali a	
  eEqueta	
  o	
  e
                                                                                    ,	
  l
  máxima de tres meses.                                             su	
  caso ener	
  la	
  
                                                                                         nt                                  ha	
  
                                                                      debe	
  co ación	
  de	
  la	
  fec estos	
  
                                                                                      et                                     e	
  
  Ü El mes y el año para productos de duración superior               interpr 	
  En	
  ninguno	
  d
                                                                                           a.
                                                                        señalad justes	
  serán	
   ción.	
  	
  
  a tres meses.                                                                             s	
  a
                                                                         casos	
  lo dos	
  como	
  alte
                                                                                             ra
                                                                                                                                  ra
                                                                          conside
         Ü La fecha debe estar precedida por una leyenda que
           especifique que dicha fecha se refiere a la fecha de
           caducidad o al consumo preferente.
  	
  
3.9 Fecha de caducidad o de
          consumo preferente
      Para la fecha de caducidad, anteponer alguna
      de las siguientes leyendas, sus abreviaturas o
      leyendas análogas:
Ü  Fecha de caducidad ___ ,         Ü Fecha de expiración,
Ü  Caducidad ____ ,                 Ü Expira,
Ü  Fech Cad ____ ,                  Ü Exp,
Ü CAD,                              Ü EXP,
Ü Cad,                              Ü exp,
Ü cad,                              Ü Fecha de vencimiento,
                                     Ü Vencimiento.



       Para el consumo preferente, anteponer alguna
       de las siguientes leyendas, sus abreviaturas o
       leyendas análogas:	
  
  Ü  Consumir preferentemente antes del____ ;
  Ü  Cons. Pref. antes del ___ ;
  Ü  Cons Pref ;
Fecha	
  de	
  caducidad	
  
Consumo	
  preferente	
  	
  
3.9 Fecha de caducidad o de
       consumo preferente



    Las palabras, sus abreviaturas o leyendas
    análogas referentes a la fecha de
    caducidad o al consumo preferente deben
    ir acompañadas de:

Ü La fecha misma; o
Ü Una referencia al lugar donde aparece la fecha.
3.9 Fecha de Caducidad o de
           Consumo Preferente

      Al declarar la fecha de caducidad o de consumo
      preferente se debe:


Indicar en la etiqueta cualquiera de las condiciones especiales
que se requieran para la conservación del alimento o bebida
no alcohólica preenvasado, si de su cumplimiento depende la
validez de la fecha.
Ejemplo:
Ü  Manténgase en refrigeración";
Ü  Consérvese en congelación";
Ü  Una vez descongelado no deberá volverse a congelar";
Ü  Una vez abierto, consérvese en refrigeración ;
Ü U otras análogas.
Condiciones	
  especiales	
  para	
  el	
  cumplimiento	
  
de	
  la	
  fecha	
  de	
  caducidad	
  o	
  consumo	
  
preferente	
  
3.9 Fecha de caducidad o de
       consumo preferente


   La fecha de caducidad o de consumo
   preferente que incorpore el fabricante en el
   producto preenvasado:


No puede ser alterada en ningún caso y bajo
ninguna circunstancia.
3.10 Información nutrimental o Datos de
                    nutrición
     Es obligatoria y se deben declarar los
     siguientes nutrimentos:


Ü Contenido energético;
Ü Cantidad de proteínas;
Ü Cantidad de hidratos de carbono o carbohidratos disponibles,
indicando la cantidad correspondiente a azúcares;                      Con	
  ex
                                                                                      ce
                                                                      los	
  alim pción	
  de	
  
                                                                                        e
                                                                     bebida ntos	
  y	
  
Ü Cantidad de grasas o lípidos, especificando la cantidad que       alcohó
                                                                                    s	
  no	
  
                                                                                   lic
corresponda a grasa saturada;                                       preenv as	
  
                                                                                 asados
                                                                   regulad                       	
  
                                                                                 o
                                                                   ordena s	
  por	
  otros	
  
Ü Cantidad de fibra dietética;                                               m
                                                                  jurídico ientos	
  
                                                                              s	
  aplica
                                                                                                bles.	
  
Ü Cantidad de sodio;
Ü Cantidad de cualquier otro nutrimento acerca del cual se haga
una declaración de propiedades;
Ü Cantidad de cualquier otro nutrimento que se considere
importante, regulado por los ordenamientos jurídicos aplicables.
3.10 Información nutrimental o Datos de
                       nutrición
La información nutrimental puede presentarse de la siguiente manera
o en cualquier otro formato que contenga la información requerida:
Información Nutrimental / Datos de       Por 100 g o 100 ml, o por porción o
nutrición                                por envase
Contenido energético / Calorías          _________ kJ (kcal) / Cal (kJ) / kJ
Proteínas                                _________ g
Grasas (lípidos) / Grasas totales        _________ g

        Grasa saturada                   _________ g
Carbohidratos (hidratos de carbono) /    _________ g
Carbohidratos totales*

        Azúcares                         _________ g
Fibra dietética                          _________ g
Sodio                                    _________ mg
Información adicional                    _________ mg, µg o % de VNR
NOTA: La NOM-051 permite la declaración de Carbohidratos totales en lugar de
 Carbohidratos (Hidratos de carbono); cuando se opte por declarar este último, el
valor expresado deberá corresponder al resultado de restar a los Carbohidratos
totales el valor de la fibra dietética.
3.10 Información nutrimental o Datos de nutrición

 Otros ejemplos:

                                 Por 100 g o 100 ml, o por                               Por 100 g o 100 ml, o por
    Información nutrimental                                      Datos de Nutrición
                                  porción o por envase                                    porción o por envase

Contenido energético             _________ kJ (kcal)         Calorías                    _________ Cal (kJ)

Proteínas                        _________ g                 Proteínas                   _________ g

Grasas (lípidos)                 _________ g                 Grasas Totales              _________ g

            Grasa saturada	
     _________ g                            Grasa saturada   _________ g

Carbohidratos (hidratos de       _________ g                 Carbohidratos totales       _________ g
carbono)

            Azúcares             _________ g                             Azúcares        _________ g
Fibra dietética                  _________ g                 Fibra dietética             _________ g

Sodio                            _________ mg                Sodio                       _________ mg

Información adicional            _________ mg, µg o % de     Información adicional       _________ mg, µg o % de
                                 VNR                                                     VNR


    NOTA: La NOM-051 permite la declaración de Carbohidratos totales en lugar de
     Carbohidratos (Hidratos de carbono); cuando se opte por declarar este último, el
    valor expresado deberá corresponder al resultado de restar a los Carbohidratos
    totales el valor de la fibra dietética.                                                                          61
3.10 Información nutrimental o Datos de nutrición

   Otros ejemplos:                             Datos de Nutrición / Nutrition Facts
                                        Tamaño de la porción/ Serving Size                  1 taza (228g) / 1 cup (228g)
                                        Porciones por Envase/ Servings Per Container                     2
                                        Cantidad por Porción/ Amount Per Serving
                                        Calorías/ Calories                                                     120 Cal (kJ)
Información nutrimental: Porción                                                              % VNR
                                                                                                         % Valor Diario/ %
(50g). Contenido Energético 411 kJ                                                                       Daily Value (EUA)
                                                                                              (Mex)*
(98 kcal), Proteínas 2 g, Grasas                                                                                 **
3.5g Grasas Saturadas 1.9g              Proteínas / Protein                          5g        __%              __%
Carbohidratos 15g, Azúcares 12g,        Grasa Total / Total Fat                    13g                          __%
Fibra dietética 0.8g, Sodio 66mg
                                            Grasa Saturada / Saturated Fat          5g                          __%
                                        Carbohidratos totales /Total                                            __%
                                        Carbohydrates                               31g

                                             Azúcares / Sugars                       5g
                                        Fibra Dietética / Dietary Fiber              0g        __%              __%
                                        Sodio / Sodium                          660mg                           __%
                                        Colesterol / Cholesterol                   30mg                         __%
                                        Vitamina A / Vitamin A                                  __%              __%
                                        Vitamina / Vitamin C                                    __%              __%
                                        Calcio /Calcium                                         __%              __%
                                        Hierro / Iron                                           __%              __%
                                        • Porcentaje de Valor Nutrimental Recomendado para la población mexicana basado
Ver uso de valores de referencia para   en la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 /Percent Recommended Nutrient Values for
poblaciones distintas a la mexicana.    Mexican population are based on NOM-051-SCFI/SSA1-2010
                                        **Los Porcentaje de Valores Diarios están basados en una dieta de 2,000 calorías.
                                        Sus valores diarios pueden ser mayores o menores dependiendo de sus
                                        necesidades calóricas / ** Percent Daily Values are based on a 2,000 calorie diet.
                                        Your Daily Values may be higher o lower depending on your calorie needs.              62
3.10 Información nutrimental o Datos de nutrición
Se acepta la utilización de los siguientes parámetros de redondeo para la expresión de
la información nutrimental. Su uso es opcional:
       Nutriente                 Parámetro de redondeo
       Contenido Energético o    < 5 Cal - reportar 0
       Calorías                  < 50 Cal - expresar en múltiplos de 5 Cal
                                 > 50 Cal - expresar en múltiplos de 10 Cal

       Grasas o lípidos          < 0.5 g - reportar 0
                                 < 5 g - expresar en múltiplos de .5 g
                                 > 5 g - redondear al entero más cercano

       Colesterol                < 2 mg - reportar 0
                                 2-5 mg - reportar menos de 5 mg
                                 > 5 mg - expresar en múltiplos de 5 mg

       Sodio                     < 5 mg - reportar 0
       Potasio                   5 - 140 mg - expresar en múltiplos de 5 mg
                                 > 140 mg - expresar en múltiplos de 10 mg

       Carbohidratos y sus       < 0.5 g – reportar 0
       componentes               < 1 g – reportar contiene menos de 1 g o menos de 1 g
                                 > 1 g redondear al entero más cercano
       Fibra Dietética
       Proteína                  < 0.5 g – reportar 0
                                 < 1 g – reportar contiene menos de 1 g o menos de 1 g   o
                                 > 1 g redondear al entero más cercano	
  

       Vitaminas y Minerales     Expresar en porcentaje del VNR
                                 < 2% del VNR- reportar 0
                                 ≤ 10% del VNR – expresar en múltiplos de 2%
                                 > 10% - 50% del VNR - expresar en múltiplos de 5%
                                 > 50% del VNR – expresar en múltiplos de 10%                63
4   REQUISITOS
    OPCIONALES
4.1 Requisitos opcionales

       Información
        nutrimental
     complementaria.



       Instrucciones
        para el uso.
5   INFORMACIÓN
       ADICIONAL
5.1     Forma de presentar la información

Puede presentar cualquier información o representación
   gráfica, escrita, impresa, siempre que no esté en
     contradicción con los requisitos obligatorios




    Cuando se empleen expresiones de calidad estas deben
    ser: fácilmente comprensibles, evitando ser equivocas o
                          engañosas



        Puede presentar cualquier información o representación
            gráfica, que indique que el envase no afecta el
          ambiente, evitando que sea falsa o equivoca para el
                              consumidor
Cualquier	
  información	
  o	
  representación	
  gráfica,	
  escrita,	
  
                             impresa	
  
Designaciones	
  de	
  calidad	
  




     La permanencia de las leyendas
     depende de la veracidad del
     soporte documental que las
     justifique
Cuidado	
  del	
  ambiente	
  
7   DECLARACIÓN DE
       PROPIEDADES
7.1 Declaración de propiedades
          prohibidas

  Se prohíbe el uso de las
  siguientes declaraciones:

Ü  De propiedades
Ü  De propiedades potencialmente engañosas

                                                 bida no
                                  alime nto y be     deberá
                          Ningún           n vasado
                                   ca pree       arse en
                          alcohóli       present
                                    se o
                           describir , equívoca o
                                    lsa                 anera
                           forma fa o de ninguna m midor
                                    sa,           el consu
                            engaño      crear en a en cuanto
                                     da
                            que pue sión erróne
                                     re
                             una imp
                                      uraleza.
                             a su nat
7.1.1        Declaración de propiedades


        Se prohíbe el uso de
        declaraciones:

   Que hagan suponer que una alimentación equilibrada a
   base de alimentos ordinarios no puede suministrar
   cantidades suficientes de todos los elementos
   nutritivos.
7.1.1        Declaración de propiedades


        Se prohíbe el uso de
        declaraciones:

   Que no puedan comprobarse.
7.1.1             Declaración de propiedades


        Se prohíbe el uso de
        declaraciones:

   Sobre la utilidad de un alimento o bebida no
   alcohólica, para:

   Ü prevenir,         Ü  una enfermedad,
   Ü aliviar,          Ü  trastorno o
   Ü tratar o          Ü  estado fisiológico	
  
   Ü curar
Declaración prohibidas de propiedades
7.1.1          Declaración de propiedades


          Se prohíbe el uso de
          declaraciones:

   Que afirmen que un determinado alimento
   constituye una fuente adecuada de todos los
   nutrimentos esenciales.

   	
  
7.1.2       Declaración de propiedades
        potencialmente engañosas


    Se prohíbe el uso de
    declaraciones:

 Que carecen de sentido, incluidos los
 comparativos y superlativos incompletos.
7.1.2       Declaración de propiedades
        potencialmente engañosas

        Se prohíbe el uso de
        declaraciones:

   Respecto a prácticas correctas de higiene o
   comercio, tales como:
   Ü  Genuinidad",
   Ü "Salubridad",
   Ü "Sanidad",
   Ü  Sano ,
   Ü  Saludable ,
Declaración	
  prohibidas	
  de	
  propiedades	
  
7.2 Declaración de Propiedades
        Condicionales


   Podrá indicarse que un alimento ha adquirido un
   VALOR NUTRITIVO ESPECIAL O SUPERIOR




        Si	
  ha	
  sido	
  
     adicionado	
  con	
  
    nutrimentos,	
  tales	
  
          como:	
               De acuerdo al
                                marco jurídico
        vitaminas	
               aplicable
        minerales,	
  
       aminoácidos
7.2 Declaración de Propiedades
        Condicionales
      Podrá indicarse que un alimento tiene
   CUALIDADES NUTRICIONALES ESPECIALES




     Por	
  	
  la	
  reducción	
  
     u	
  omisión	
  de	
  un	
  
                                      Estar sujetas al
    nutrimento,	
  sobre	
  
                                      marco jurídico
           la	
  base	
  de	
  
                                         aplicable
     consideraciones	
  
      nutrimentales.
Declaración	
  de	
  cualidades	
  nutricionales	
  especiales	
  
7.2 Declaración de Propiedades
            Condicionales
Se permite el:


       USO DE TÉRMINOS COMO:
       "natural" "puro", "fresco" y "de fabricación casera",
       "cultivado orgánicamente" o "cultivado biológicamente"


                                       El uso de estos
                                      términos deberá
               Deberán                     estar en
              ajustarse al            consonancia con
             marco jurídico                  las
               aplicable.             declaraciones de
                                        propiedades
                                          prohibidas
Declaración	
  de	
  términos:	
   CulEvado	
  
   orgánicamente ,	
   puro ,	
  etc.	
  
7.2 Declaración de Propiedades
        Condicionales

             Podrán declararse la
       PREPARACIÓN RITUAL O RELIGIOSA
   de un alimento (por ejemplo: Halal, Kosher , etc)




                  Si se ajusta a las
                 exigencias de las
                     autoridades
                   religiosas o del
                 ritual competente.
Declaración	
  de	
  preparación	
  ritual	
  o	
  religiosa	
  
7.2 Declaración de Propiedades
            Condicionales
Se permiten las siguientes:
           Declaraciones de propiedades que afirmen que
            EL ALIMENTO TIENE CARACTERÍSTICAS
                          ESPECIALES:




            Cuando todos
                                    …si este hecho
             los alimentos
                                    es aparente en
               de ese tipo
                                    la declaración
              tienen esas
                                          de
                mismas
                                     propiedades.
            características
Declaración	
  de	
  caracterísEcas	
  especiales	
  
7.2 Declaración de Propiedades
             Condicionales
Se permiten las siguientes :
                                           No esté sujeta a
                                              requisitos
                                           específicos en
                                           ninguna norma
      Declaraciones de propiedades que
  DESTAQUE LA AUSENCIA O NO ADICIÓN DE    Sea una de las que
                                          los consumidores
       DETERMINADAS SUSTANCIAS            esperan encontrar
                                          normalmente en el
               a los alimentos .               alimento


                                             No haya sido
                                          sustituida por otra
                                            que confiera al
                                               alimento
                                            características
                                            equivalentes a
                                             menos que la
    Siempre que                            naturaleza de la
                                            sustitución se
   las declaración            …y la             declare
                                          explícitamente con
       no sea              sustancia…     igual prominencia

      engañosa
                                          Sea un ingrediente
                                           cuya presencia o
                                         adición en el alimento
                                             esté permitida
Declaración	
  que	
  destaca	
  ausencia	
  o	
  no	
  
adición	
  de	
  sustancias.	
  
7.2 Declaración de Propiedades
            Condicionales
Se permiten las siguientes :


           Declaraciones de propiedades que pongan de
              RELIEVE LA AUSENCIA O NO ADICIÓN
                de uno o más nutrimentos deberán:




                       Considerarse como
                        declaraciones de
                           propiedades
                       nutrimentales y, por
                      consiguiente, deberán
                           ajustarse a la
                     declaración obligatoria
                          de nutrimentos,
                      estipulada en el marco
                        jurídico aplicable.
7.3     Declaración de propiedades
           nutrimentales y saludables


                                     CARBOHIDRATOS
  CONTENIDO
                     PROTEÍNAS        (HIDRATOS DE
   CALÓRICO
                                        CARBONO)



GRASAS (LÍPIDOS)
Y LOS DERIVADOS    FIBRA DIETÉTICA          SODIO
 DE LAS MISMAS



                             NUTRIMENTOS
             VITAMINAS       INORGÁNICOS
                              (MINERALES)
7.3.1 Declaración de propiedades que están
                permitidas


        Relativas al contenido de
        nutrimentos:

    Que describe el nivel de un determinado nutrimento
    contenido en un alimento.

    Por ejemplo:

    Ü  Fuente de calcio
    Ü  Alto contenido en fibra
    Ü  Bajo en grasa
Declaración	
  de	
  propiedades	
  que	
  están	
  
permiEdas	
  
7.3.1 Declaración de propiedades que están
                permitidas


          De comparación de
          nutrimentos:

    Compara los niveles de nutrimentos y/o el valor
    energético de dos o más alimentos.

    Por ejemplo:	
  

    Ü    Reducido
    Ü    Menos que
    Ü    Menos
    Ü    Aumentado
    Ü    Mas que
8 LEYENDAS
PRECAUTORIAS
8.1 	
  Leyendas	
  precautorias	
  


   Relacionadas con los
   ingredientes o el origen de éstos:

Se asocian a riesgos reales o potenciales (Intolerancia
digestiva, alergias o enfermedades metabólicas o toxicidad),
basados en información científica reconocida.
Leyendas	
  precautorias,	
  	
  en	
  NOM	
  u	
  en	
  otros	
  
ordenamientos	
  jurídicos.	
  




         Leyenda	
  precautoria	
  que	
  se	
  establece	
  en	
  la	
  NOM	
  -­‐186-­‐SSA1/SCFI-­‐2002	
  




               Leyenda	
  precautoria	
  que	
  se	
  establece	
  en	
  la	
  NOM	
  -­‐086-­‐SSA1-­‐1996	
  
8.2 Leyendas que promuevan una dieta
recomendable y/o de orientación alimentaria




       Se pueden incluir leyendas que promuevan una
            dieta recomendable y/o de orientación
       alimentaria conforme a la NOM-043-SSA2-2005
           Servicios básicos de salud.- Promoción y
       educación para la salud en materia alimentaria.-
               Criterios para brindar orientación.
9 ANEXOS
9.1            Tabla 1 Denominación genérica de
                              ingredientes
Clase de Ingrediente                                                           Denominación Genérica

                                                                               Aceite seguido del término vegetal o animal,
                                                                               calificado con el término hidrogenado o
Aceites refinados distintos del aceite de oliva
                                                                               parcialmente hidrogenado, según sea el
                                                                               caso.
                                                                               Grasas seguido del término vegetal o animal
Grasas refinadas
                                                                               o mixta o compuesta, calificado con el
                                                                               término hidrogenado, según sea el caso.

Almidones, distintos a los almidones modificados químicamente.                 Almidón

Todas las especies de pescado, cuando éste constituya un ingrediente de
otro alimento y siempre que en la etiqueta y presentación del producto
                                                                               Pescado
preenvasado no se haga referencia a una determinada especie de pescado.


Todos los tipos de carne de aves de corral, cuando dicha carne constituya
un ingrediente de otro alimento y siempre que en la etiqueta y la
                                                                               Carne de ave
presentación del producto preenvasado no se haga referencia a un tipo
específico de carne de aves de corral.
Todos los tipos de quesos, cuando el queso o una mezcla de quesos
                                                                               Queso o quesos o mezcla de quesos, según
constituya un ingrediente de otro alimento y siempre que en la etiqueta y la
                                                                               sea el caso.
presentación del producto preenvasado no se haga referencia a un tipo
específico de queso.
Todas las especias y extractos de especias en cantidad no superior al 2%       Especia, especias o mezclas de especias
en peso, solas o mezcladas en el producto preenvasado.                         según sea el caso.
                                                                               Hierba aromática, Hierbas aromáticas o
Todas las hierbas aromáticas o partes de hierbas aromáticas en cantidad no
                                                                               mezclas de hierbas aromáticas, según sea el
superior al 2% en peso, solas o mezcladas en el producto preenvasado.
                                                                               caso.
Todos los tipos de preparados de goma utilizados en la fabricación de la
                                                                               Goma de base o Goma base
goma base para el producto goma de mascar.
9.1            Tabla 1 Denominación genérica de
                             ingredientes
Clase de Ingrediente                                                      Denominación Genérica

Todos los tipos de sacarosa
                                                                          Azúcar

La dextrosa anhidra y la dextrosa monohidratada
                                                                          Dextrosa o Glucosa


Todos los tipos de caseinatos                                             Caseinatos

Productos lácteos que contienen un mínimo de 50 % de proteína láctea
                                                                          Proteína láctea
(m/m) en el extracto seco
Manteca de cacao obtenida por presión o extracción o refinada.
                                                                          Manteca de cacao

Todas las frutas confitadas, sin exceder del 10% del peso del producto
                                                                          Frutas confitadas
preenvasado.
Todos los condimentos en cantidad no superior al 2% en peso, solos o      Condimento, Condimentos o Mezcla de
mezclados en el producto preenvasado.                                     condimentos, según sea el caso.
Todos los tipos de microorganismos utilizados en la fermentación de
lactosa, siempre que en la etiqueta y la presentación de dicho producto   Cultivo láctico o cultivos lácticos
no se haga referencia a un tipo específico de microorganismo.
Suero de mantequilla, suero de queso, suero de leche, concentrado de
proteína de leche, proteína de suero o lactosa                            Sólidos de la leche
                                                                          Chile o Chiles o Mezcla de Chile
Todas las especies de chile o mezclas
9.2 Tabla 2 Valores nutrimentales de
referencia para la población mexicana
                                        VNR
Número/ unidad de medida
                                  IDR         IDS

Proteína g/kg de peso corporal     1

Fibra dietética g                 30

Vitamina A µg (equivalentes de
                                              568
retinol)

Vitamina B1 µg (Tiamina)                      800

Vitamina B2 µg (Riboflavina)                  840

Vitamina B6 µg (Piridoxina)                   930

Niacina mg (equivalente a Acido
                                              11
nicotínico)

Acido fólico µg (Folacina)                          380

                                                    2,1
Vitamina B12 µg (Cobalamina)

Vitamina C mg (Acido ascórbico)   60

Vitamina D µg
                                              5,6
(como colecalciferol)
9.2     	
  Tabla	
  2	
   Valores	
  nutrimentales	
  de	
  referencia	
  
                 para	
  la	
  población	
  mexicana 	
  
                                                  VNR
  Número/ unidad de medida
                                            IDR         IDS

  Vitamina E mg (equivalente a tocoferol)               11

  Vitamina K, µg                                        78

  Acido pantoténico mg                                  4,0

  Calcio mg                                             900

  Cobre µg                                              650

  Cromo µg                                              22

  Flúor mg                                              2,2

  Fósforo mg                                664

  Hierro mg                                             17

  Magnesio mg                                           248

  Selenio µg                                            41

  Yodo µg                                               99

                                                        10
  Zinc mg
9.3         Tabla 3 Presentación de la información
                      nutrimental

Información	
  Nutrimental                             Por	
  100	
  g	
  o	
  100	
  ml,	
  o	
  por	
  porción	
  o	
  
                                                       por	
  envase
Contenido	
  energéEco	
  kJ	
  (kcal)                 _________	
  kJ	
  (kcal)	
  
Proteínas	
                                            _________	
  g	
                  	
  
Grasas	
  (lípidos)	
                                  _________	
  g,	
  de	
  las	
  cuales	
  	
  
                                                       _________	
  g	
  de	
  grasa	
  saturada	
  
Carbohidratos	
  (hidratos	
  de	
  carbono)	
   _________	
  g,	
  de	
  los	
  cuales	
  	
  
                                                 _________	
  g	
  de	
  azúcares.	
  
Fibra	
  dietéEca	
                                    _________	
  g	
  
Sodio	
      	
                                        _________	
  mg
Información	
  adicional	
                             _________	
  mg,	
  μg	
  o	
  %	
  de	
  IDR

     La información nutrimental puede presentarse de esa
     manera o análogas conforme lo indicado en esta tabla.
9.4   Tabla 4 Presentación de la información
                nutrimental

          Nutrimentos/ Porcentaje del VNR(IDR o
          IDS)
          Vitamina A_____________________ %
          Vitamina B1 (Tiamina)____________ %
          Vitamina B2 (Riboflavina)_________ %
          Vitamina B6 (Piridoxina)__________ %
          Vitamina B12 (Cobalamina)_______ %
          Vitamina C (Acido ascórbico)______ %
          Niacina (Acido nicotínico)_________ %
          Acido fólico (Folacina)___________ %
          Hierro________________________ %
          …      _______________________ %
¡IMPORTANTE!

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ilustrativo y no pretenden evaluar su
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Naucalpan de Juárez,
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Especificaciones generales de etiquetado

  • 1. NOM-051-SCFI/SSA1-2010 Especificaciones generales del etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados- Información comercial y sanitaria Septiembre, 2010
  • 2. Contenido de la presentación 1 Información general. 1.1 Marco jurídico. 1.2 Objetivo y Campo de aplicación. 1.3 Verificación y Vigilancia. 1.4 Evaluación de la conformidad. 2 Requisitos generales del etiquetado. 2.1 Requisitos generales del etiquetado. 3 Requisitos obligatorios. 3.1 Requisitos obligatorios. 3.2 Nombre o denominación del alimento o bebida alcohólica preenvasado. 3.3 Lista de ingredientes. 3.4 Etiquetado cuantitativo de los ingredientes (QUID). 3.4.1 Dudas frecuentes. 3.5 Contenido neto y/o masa drenada. 3.6 Nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal. 3.7 País de origen. 3.8 Identificación del lote.
  • 3. Contenido de la presentación 3.9 Fecha de caducidad o de consumo preferente. 3.10 Información nutrimental o Datos de nutrición. 3.11 Forma de presentar los requisitos. 3.12 Casos especiales. 4  Requisitos opcionales. 4.1 Requisitos opcionales. 4.2 Información nutrimental complementaria. 4.3 Instrucciones de uso. 5  Información adicional. 5.1 Forma de presentar los requisitos. 6  Cálculos. 6.1 Cálculos. 7  Declaración de propiedades. 7.1 Declaración de propiedades prohibidas. 7.1.1 Declaración de propiedades. 7.1.2 Declaración de propiedades potencialmente engañosas.
  • 4. Contenido de la presentación 7.2 Declaración de propiedades condicionales. 7.3 Declaración de propiedades nutrimentales y saludables. 7.3.1 Declaración de propiedades que están permitidas. 7.3.2 Declaración de propiedades saludables. 8  Leyendas precautorias. 8.1 Leyendas precautorias. 8.2 Leyendas que promueven una dieta recomendable y/o de orientación alimentaria. 9 Anexos. 9.1 Tabla 1 Denominación genérica de ingredientes. 9.2 Tabla 2 Valores nutrimentales de referencia para la población mexicana. 9.3 Tabla 3 Presentación de la información nutrimental. 9.4 Presentación de la declaración nutrimental complementaria.
  • 5. 1 INFORMACIÓN GENERAL
  • 6. 1.1 Marco jurídico Reglamento de Ley Ley Federal sobre Federal sobre Metrología y Metrología y Normalización Normalización NOM-051- SCFI- Constitución Política Reglamento de SSA1-2010 de los Estados Ley General de Control Sanitario de Unidos Mexicanos Salud Productos y Servicios Concordancia parcial con Reglamento de la normas internacionales Ley Federal de Ley Federal de CODEX Protección al ] CODEX STAN 1-1985 Protección al Consumidor ] CAC/GL 1-1979 Consumidor ] CAC/GL 2-1985 ] CAC/GL 23-1997
  • 7. 1.2 Objetivo y Campo de aplicación ESTABLECER   INFORMACIÓN  Y   • Información  comercial   SUS   • Información  sanitaria   CARACTERÍSTICAS   • Alimentos   PRODUCTOS   • Bebidas  no  alcohólicas                               PREENVASADOS   DesEnados  al  consumidor    en  territorio   nacional   SUJETO   • Fabricantes  nacionales   RESPONSABLE   • Importadores  
  • 8. 1.2 Objetivo y Campo de aplicación NO aplica para: Los  alimentos  y  bebidas  no  alcohólicas   Productos  a  granel   envasados  en  punto  de  venta.   Emplayados:   Apartado  9.3  de  la  NOM-­‐194-­‐SSA1-­‐2004     Productos  y  servicios.  Especificaciones   sanitarias  en  los  establecimientos  dedicados  al   sacrificio  y  faenado  de  animales  para  abasto,   almacenamiento,  transporte  y  expendio.   Especificaciones  sanitarias  de  productos  
  • 9. 1.3 Verificación y Vigilancia Información  Sanitaria   Información  Comercial    
  • 10. 2 REQUISITOS GENERALES DEL ETIQUETADO
  • 11. La información debe ser: Ü Veraz; Ü Describirse y presentarse de forma tal que no induzca a error al consumidor con respecto a la naturaleza y características del producto .
  • 12. Producto   Ilustración  referida  al   producto    
  • 13. Leyenda     Sugerencias  de  uso  
  • 14. En la etiqueta NO se debe: Describir ni presentar: Palabras, textos, diálogos, ilustraciones, imágenes, denominaciones de origen y otras descripciones que se refieran o sugieran indirectamente a cualquier otro producto o que pueda confundirse o relacionarse con otro producto.  
  • 15. En  la  eEqueta  NO  se  debe:   Pueda confundirse o relacionarse con otro producto
  • 17. 3.1 Requisitos obligatorios Nombre o denominación del Lista de Contenido neto y/ alimento o bebida ingredientes. o masa drenada. no alcohólica. Nombre, denominación o Identificación del País de origen. razón social y lote. domicilio fiscal. Fecha de Etiquetado caducidad o de Información cuantitativo de consumo nutrimental. ingredientes preferente. (QUID).
  • 18. Nombre  del  producto   De  acuerdo  a  los   ordenamientos  jurídicos   específicos  
  • 19. Nombre  del  producto   Nombre  de  uso  común.  
  • 20. Nombre  del  producto   Descripción  de  las   caracterísEcas  básicas  de  la   composición  o  naturaleza  del   producto  
  • 21. 3.3 Lista de ingredientes En la etiqueta de los productos preenvasados cuya comercialización SE HAGA EN FORMA INDIVIDUAL, debe: Ü Figurar una lista de ingredientes, la cual puede eximirse cuando se trate de productos de un ingrediente.
  • 22. Ingrediente  único  (omite  lista  de  ingredientes)  
  • 23. 3.3 Lista de ingredientes La lista de ingredientes debe: Ü  Ir encabezada o precedida por el término Ingredientes Ü  Enumerarse por orden cuantitativo decreciente (m/m). Ü  Declararse un ingrediente compuesto si: Ü  Constituye más del 5 por ciento del alimento o bebida no alcohólica. Ü  Debe ir acompañado de una lista entre paréntesis de sus ingredientes constitutivos por orden cuantitativo decreciente (m/m), incluidos los aditivos que desempeñen una función tecnológica en el producto acabado o que se asocien a reacciones alérgicas.
  • 24. 3.3 Lista de ingredientes La lista de ingredientes debe: Ü Indicar el agua añadida por orden de predominio, excepto cuando ésta forme parte de un ingrediente compuesto y declarado como tal en la lista y la que se utilice en los procesos de cocción y reconstitución. Ü  I n d i c a r, c u a n d o s e t r a t e d e a l i m e n t o s deshidratados o condensados, destinados a ser reconstituidos: Ü  Se pueden enumerar sus ingredientes por orden cuantitativo decreciente (m/m) en el producto reconstituido, siempre que se incluya una indicación como la que sigue: "ingredientes del producto cuando se prepara según las instrucciones de la etiqueta , u otras leyendas análogas.
  • 25. 3.3 Lista de ingredientes La lista de ingredientes debe: Ü Emplear una denominación específica para los ingredientes, con excepción de los señalados en la tabla 1 de la NOM. Ü Incluir todo aditivo que haya sido empleado en los ingredientes de un alimento o bebida no alcohólica preenvasado y que se transfiera a otro producto preenvasado en cantidad notable o suficiente para desempeñar en él una función tecnológica.
  • 26. Lista  de   ingredientes     Encabezado  de  la   Denominación   lista   genérica  del     ingrediente   Orden   decreciente  de   ingredientes   Ingrediente   compuesto   Ingrediente  que  causa   Coadyuvante  de   hipersensibilidad,   elaboración  con   intolerancia  o  alergia   función   tecnológica  
  • 27. Lista  de     ingredientes   Encabezado  de   la  lista     Agua  añadida   por  orden  de   predominio   Orden   decreciente   de   ingredientes  
  • 28. 3.3 Lista de ingredientes En la lista de ingredientes: Ü Se deben declarar todos aquellos ingredientes o aditivos que causen hipersensibilidad, intolerancia o alergia, de conformidad con los ordenamientos jurídicos correspondientes.  
  • 29. 3.3 Lista de ingredientes Alimentos e ingredientes que causan hipersensibilidad que deben declararse siempre: Ü  Cereales que contienen gluten: Ü  Trigo, centeno, cebada, avena, espelta o sus cepas híbridas, y productos de éstos. Ü  Crustáceos y sus productos, Ü  Huevo y productos de los huevos, Ü  Pescado y productos pesqueros, Ü  Cacahuate y sus productos Ü  Soya y sus productos (excepto el aceite de soya). Ü  Leche y productos lácteos (incluida la lactosa), Ü  Nueces de árboles y sus derivados, Ü  Sulfito en concentraciones de 10 mg/kg o más.
  • 30. Ingredientes  que  causan   hipersensibilidad  :  
  • 31. 3.3 Lista de ingredientes En la declaración de aditivos se debe: Utilizar el nombre común o en su defecto, alguno de los sinónimos, establecidos en el Acuerdo por el que se determinan las sustancias permitidas como aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios   tes,   rizan tes   abo zan s  y  s E n zima o  aroma s  como   Las  e eador   o larad cas   s abor  ser  dec s  genéri án ne podr minacio den o
  • 32. Declaración  de  adiEvos   Saborizantes
  • 33. 3.4 Etiquetado cuantitativo de los ingredientes (QUID) El ingrediente se enfatiza en la etiqueta como presente, por medio de palabras o imágenes o gráficos Se declarará el porcentaje del ingrediente, con El ingrediente no figura respecto al peso o en el nombre o En todo alimento o al volumen que denominación del bebida no alcohólica corresponda del alimento o bebida no preenvasado que se ingrediente, al alcohólica VENDA COMO momento de la preenvasados y es MEZCLA O elaboración del esencial para COMBINACIÓN alimento caracterizar al mismo, (incluyendo los ya que los ingredientes consumidores compuestos o asumen su presencia categorías de en el producto ingredientes) preenvasado y la omisión de la declaración cuantitativa de ingredientes engaña o lleva a error al consumidor.
  • 34. E3quetado  cuan3ta3vo  de  los  ingredientes  (QUID),  cuando  se   VENDA  COMO  MEZCLA  O  COMBINACIÓN  
  • 35. (QUID)  E3quetado  cuan3ta3vo  de  los  ingredientes,  cuando  el   ingrediente  se  enfaEza  en  la  eEqueta  
  • 36. QUID  E3quetado  cuan3ta3vo  de  los  ingredientes,  cuando  lleva   a  error  al  consumidor  
  • 37. 3.4 Etiquetado cuantitativo de los ingredientes (QUID) La declaración cuantitativa del ingrediente no se requiere cuando: El ingrediente es utilizado en pequeñas cantidades con el propósito de impartir: Ü sabor y/o Ü aroma.  
  • 38. La  declaración  cuan3ta3va  del  ingrediente  no  se  requiere   cuando:    
  • 39. 3.4 Etiquetado cuantitativo de los ingredientes (QUID) Declaración en la etiqueta como PORCENTAJE NUMÉRICO:   El porcentaje del ingrediente, por peso o volumen, según corresponda, se declarará en la etiqueta: Ü Muy cerca de las palabras o imágenes o gráficos que enfaticen el ingrediente particular, o Ü Al lado del nombre común o denominación del alimento o bebida no alcohólica preenvasado, o Ü Adyacente al ingrediente que corresponda en la lista de ingredientes.
  • 40. QUID:  Declaración  en  la  e3queta  como  PORCENTAJE     NUMÉRICO  
  • 41. 3.4 Etiquetado cuantitativo de los ingredientes (QUID) Declaración en la etiqueta como PORCENTAJE NUMÉRICO:   El porcentaje del ingrediente, por peso o volumen, según corresponda se declarará como: Ü Porcentaje mínimo cuando el énfasis sea sobre la presencia del ingrediente, y Ü Porcentaje máximo cuando el énfasis sea sobre el bajo nivel del ingrediente. Para alimentos que han perdido humedad luego de un tratamiento térmico u otro tratamiento, el porcentaje (con respecto al peso o al volumen) corresponderá a la cantidad del ingrediente o ingredientes usados, en relación con el producto terminado.
  • 42. 3.4.1 Dudas frecuentes. Etiquetado cuantitativo de los ingredientes. ¿Qué es el QUID? Corresponde al etiquetado cuantitativo de los ingredientes por sus siglas en inglés (Quantitative Ingredient Declaration) ¿Se deben incluir los nutrimentos en el etiquetado cuantitativo de los ingredientes (QUID)? Conforme al numeral 4.2.2.3.1 de la NOM-051-SCFI/ SSA1-2010 el QUID corresponde a la declaración del porcentaje del ingrediente de todo alimento y bebida no alcohólica preeenvasado que se venda como mezcla o combinación, por lo que no aplica a los nutrimentos contenidos en los ingredientes, sin embargo éstos deben declarase conforme al numeral 4.2.8 Información nutrimental de la citada norma.
  • 43. 3.5 Contenido neto y/o masa drenada Debe declararse el contenido neto y cuando aplique, la masa drenada. En unidades del Sistema General de Unidades de Medida de conformidad a lo que establece la NOM-030-SCFI-2006, independientemente de que también pueda expresarse en otras unidades.  
  • 44. Contenido  neto  expresado   como  lo  establece  el   Sistema  general  de   unidades  de  medida  
  • 45. 3.6 Nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal Para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados: Debe indicarse en la etiqueta el nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal del responsable del producto de manera enunciativa mas no limitativa: calle, número, código postal y entidad federativa en que se encuentre. Para productos preenvasados importados: Debe indicarse en la etiqueta el nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal del responsable del producto.  
  • 46. 3.7 País de origen Los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados nacionales o de procedencia extranjera deben: Incorporar la leyenda que identifique el país de origen de los productos. Por ejemplo: "Hecho en..."; "Producto de ..."; "Fabricado en ... ; u otras análogas. Seguida del país de origen del producto, sujeto a lo dispuesto en los tratados internacionales de que los Estados rmin os tr os téos y no Unidos Mexicanos sean parte. t syo is ilicio n prec ducto . n sea o e ge el pr u so d cuando origen d ucto   te el mpre y nto al Prod ermi a ñol , Se pogos, sie ror en cu espa anál can a er ucto z Prod e otros. indu plo: ntr r ejem ense , e P o ounid estad
  • 47. País  de  origen   Razón  social     Domicilio  fiscal  
  • 49. 3.8 Identificación del lote La identificación del lote que incorpore el fabricante en el producto preenvasado: Ü  Debe llevar grabada o marcada de cualquier modo la identificación del lote al que pertenece, con una indicación en clave que permita su rastreabilidad. Ü  Debe marcarse en forma indeleble y permanente, y Ü  No debe ser alterada u ocultada de forma alguna. La clave del lote debe ser precedida por cualquiera de las siguientes indicaciones: LOTE , Lot , L , Lote , lote , lot , l , lt , LT , LOT , o bien incluir una referencia al lugar donde aparece.
  • 50. Lote     IdenEficación   de  lote  
  • 51. 3.9 Fecha de caducidad o de consumo preferente Debe cumplir con lo siguiente, si no está determinado de otra manera en una Norma Oficial Mexicana:   El fabricante debe declarar la fecha de ctos  de ose  d e  produ l   Tratánd ión,  cuando  e   caducidad o la fecha de consumo preferente en c importa o  de  la  fecha  d e d   el envase o etiqueta, consistiendo por lo codifica  o  de  consumo a  al   ad nd caducid e  no  correspo te   t o  en  es menos de: prefere n ablecid ajustarse   o  est format  éste  podrá   l,  la   numera e  cumplir  con en    d o   Ü El día y el mes para los productos de duración a  efecto  establecida,   vase   da d l  en formali a  eEqueta  o  e ,  l máxima de tres meses. su  caso ener  la   nt ha   debe  co ación  de  la  fec estos   et e   Ü El mes y el año para productos de duración superior interpr  En  ninguno  d a. señalad justes  serán   ción.     a tres meses. s  a casos  lo dos  como  alte ra ra conside Ü La fecha debe estar precedida por una leyenda que especifique que dicha fecha se refiere a la fecha de caducidad o al consumo preferente.  
  • 52. 3.9 Fecha de caducidad o de consumo preferente Para la fecha de caducidad, anteponer alguna de las siguientes leyendas, sus abreviaturas o leyendas análogas: Ü  Fecha de caducidad ___ , Ü Fecha de expiración, Ü  Caducidad ____ , Ü Expira, Ü  Fech Cad ____ , Ü Exp, Ü CAD, Ü EXP, Ü Cad, Ü exp, Ü cad, Ü Fecha de vencimiento, Ü Vencimiento. Para el consumo preferente, anteponer alguna de las siguientes leyendas, sus abreviaturas o leyendas análogas:   Ü  Consumir preferentemente antes del____ ; Ü  Cons. Pref. antes del ___ ; Ü  Cons Pref ;
  • 55. 3.9 Fecha de caducidad o de consumo preferente Las palabras, sus abreviaturas o leyendas análogas referentes a la fecha de caducidad o al consumo preferente deben ir acompañadas de: Ü La fecha misma; o Ü Una referencia al lugar donde aparece la fecha.
  • 56. 3.9 Fecha de Caducidad o de Consumo Preferente Al declarar la fecha de caducidad o de consumo preferente se debe: Indicar en la etiqueta cualquiera de las condiciones especiales que se requieran para la conservación del alimento o bebida no alcohólica preenvasado, si de su cumplimiento depende la validez de la fecha. Ejemplo: Ü  Manténgase en refrigeración"; Ü  Consérvese en congelación"; Ü  Una vez descongelado no deberá volverse a congelar"; Ü  Una vez abierto, consérvese en refrigeración ; Ü U otras análogas.
  • 57. Condiciones  especiales  para  el  cumplimiento   de  la  fecha  de  caducidad  o  consumo   preferente  
  • 58. 3.9 Fecha de caducidad o de consumo preferente La fecha de caducidad o de consumo preferente que incorpore el fabricante en el producto preenvasado: No puede ser alterada en ningún caso y bajo ninguna circunstancia.
  • 59. 3.10 Información nutrimental o Datos de nutrición Es obligatoria y se deben declarar los siguientes nutrimentos: Ü Contenido energético; Ü Cantidad de proteínas; Ü Cantidad de hidratos de carbono o carbohidratos disponibles, indicando la cantidad correspondiente a azúcares; Con  ex ce los  alim pción  de   e bebida ntos  y   Ü Cantidad de grasas o lípidos, especificando la cantidad que alcohó s  no   lic corresponda a grasa saturada; preenv as   asados regulad   o ordena s  por  otros   Ü Cantidad de fibra dietética; m jurídico ientos   s  aplica bles.   Ü Cantidad de sodio; Ü Cantidad de cualquier otro nutrimento acerca del cual se haga una declaración de propiedades; Ü Cantidad de cualquier otro nutrimento que se considere importante, regulado por los ordenamientos jurídicos aplicables.
  • 60. 3.10 Información nutrimental o Datos de nutrición La información nutrimental puede presentarse de la siguiente manera o en cualquier otro formato que contenga la información requerida: Información Nutrimental / Datos de Por 100 g o 100 ml, o por porción o nutrición por envase Contenido energético / Calorías _________ kJ (kcal) / Cal (kJ) / kJ Proteínas _________ g Grasas (lípidos) / Grasas totales _________ g Grasa saturada _________ g Carbohidratos (hidratos de carbono) / _________ g Carbohidratos totales* Azúcares _________ g Fibra dietética _________ g Sodio _________ mg Información adicional _________ mg, µg o % de VNR NOTA: La NOM-051 permite la declaración de Carbohidratos totales en lugar de Carbohidratos (Hidratos de carbono); cuando se opte por declarar este último, el valor expresado deberá corresponder al resultado de restar a los Carbohidratos totales el valor de la fibra dietética.
  • 61. 3.10 Información nutrimental o Datos de nutrición Otros ejemplos: Por 100 g o 100 ml, o por Por 100 g o 100 ml, o por Información nutrimental Datos de Nutrición porción o por envase porción o por envase Contenido energético _________ kJ (kcal) Calorías _________ Cal (kJ) Proteínas _________ g Proteínas _________ g Grasas (lípidos) _________ g Grasas Totales _________ g Grasa saturada   _________ g Grasa saturada _________ g Carbohidratos (hidratos de _________ g Carbohidratos totales _________ g carbono) Azúcares _________ g Azúcares _________ g Fibra dietética _________ g Fibra dietética _________ g Sodio _________ mg Sodio _________ mg Información adicional _________ mg, µg o % de Información adicional _________ mg, µg o % de VNR VNR NOTA: La NOM-051 permite la declaración de Carbohidratos totales en lugar de Carbohidratos (Hidratos de carbono); cuando se opte por declarar este último, el valor expresado deberá corresponder al resultado de restar a los Carbohidratos totales el valor de la fibra dietética. 61
  • 62. 3.10 Información nutrimental o Datos de nutrición Otros ejemplos: Datos de Nutrición / Nutrition Facts Tamaño de la porción/ Serving Size 1 taza (228g) / 1 cup (228g) Porciones por Envase/ Servings Per Container 2 Cantidad por Porción/ Amount Per Serving Calorías/ Calories 120 Cal (kJ) Información nutrimental: Porción % VNR % Valor Diario/ % (50g). Contenido Energético 411 kJ Daily Value (EUA) (Mex)* (98 kcal), Proteínas 2 g, Grasas ** 3.5g Grasas Saturadas 1.9g Proteínas / Protein 5g __% __% Carbohidratos 15g, Azúcares 12g, Grasa Total / Total Fat 13g __% Fibra dietética 0.8g, Sodio 66mg Grasa Saturada / Saturated Fat 5g __% Carbohidratos totales /Total __% Carbohydrates 31g Azúcares / Sugars 5g Fibra Dietética / Dietary Fiber 0g __% __% Sodio / Sodium 660mg __% Colesterol / Cholesterol 30mg __% Vitamina A / Vitamin A __% __% Vitamina / Vitamin C __% __% Calcio /Calcium __% __% Hierro / Iron __% __% • Porcentaje de Valor Nutrimental Recomendado para la población mexicana basado Ver uso de valores de referencia para en la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 /Percent Recommended Nutrient Values for poblaciones distintas a la mexicana. Mexican population are based on NOM-051-SCFI/SSA1-2010 **Los Porcentaje de Valores Diarios están basados en una dieta de 2,000 calorías. Sus valores diarios pueden ser mayores o menores dependiendo de sus necesidades calóricas / ** Percent Daily Values are based on a 2,000 calorie diet. Your Daily Values may be higher o lower depending on your calorie needs. 62
  • 63. 3.10 Información nutrimental o Datos de nutrición Se acepta la utilización de los siguientes parámetros de redondeo para la expresión de la información nutrimental. Su uso es opcional: Nutriente Parámetro de redondeo Contenido Energético o < 5 Cal - reportar 0 Calorías < 50 Cal - expresar en múltiplos de 5 Cal > 50 Cal - expresar en múltiplos de 10 Cal Grasas o lípidos < 0.5 g - reportar 0 < 5 g - expresar en múltiplos de .5 g > 5 g - redondear al entero más cercano Colesterol < 2 mg - reportar 0 2-5 mg - reportar menos de 5 mg > 5 mg - expresar en múltiplos de 5 mg Sodio < 5 mg - reportar 0 Potasio 5 - 140 mg - expresar en múltiplos de 5 mg > 140 mg - expresar en múltiplos de 10 mg Carbohidratos y sus < 0.5 g – reportar 0 componentes < 1 g – reportar contiene menos de 1 g o menos de 1 g > 1 g redondear al entero más cercano Fibra Dietética Proteína < 0.5 g – reportar 0 < 1 g – reportar contiene menos de 1 g o menos de 1 g o > 1 g redondear al entero más cercano   Vitaminas y Minerales Expresar en porcentaje del VNR < 2% del VNR- reportar 0 ≤ 10% del VNR – expresar en múltiplos de 2% > 10% - 50% del VNR - expresar en múltiplos de 5% > 50% del VNR – expresar en múltiplos de 10% 63
  • 64. 4 REQUISITOS OPCIONALES
  • 65. 4.1 Requisitos opcionales Información nutrimental complementaria. Instrucciones para el uso.
  • 66. 5 INFORMACIÓN ADICIONAL
  • 67. 5.1 Forma de presentar la información Puede presentar cualquier información o representación gráfica, escrita, impresa, siempre que no esté en contradicción con los requisitos obligatorios Cuando se empleen expresiones de calidad estas deben ser: fácilmente comprensibles, evitando ser equivocas o engañosas Puede presentar cualquier información o representación gráfica, que indique que el envase no afecta el ambiente, evitando que sea falsa o equivoca para el consumidor
  • 68. Cualquier  información  o  representación  gráfica,  escrita,   impresa  
  • 69. Designaciones  de  calidad   La permanencia de las leyendas depende de la veracidad del soporte documental que las justifique
  • 71. 7 DECLARACIÓN DE PROPIEDADES
  • 72. 7.1 Declaración de propiedades prohibidas Se prohíbe el uso de las siguientes declaraciones: Ü  De propiedades Ü  De propiedades potencialmente engañosas bida no alime nto y be deberá Ningún n vasado ca pree arse en alcohóli present se o describir , equívoca o lsa anera forma fa o de ninguna m midor sa, el consu engaño crear en a en cuanto da que pue sión erróne re una imp uraleza. a su nat
  • 73. 7.1.1 Declaración de propiedades Se prohíbe el uso de declaraciones: Que hagan suponer que una alimentación equilibrada a base de alimentos ordinarios no puede suministrar cantidades suficientes de todos los elementos nutritivos.
  • 74. 7.1.1 Declaración de propiedades Se prohíbe el uso de declaraciones: Que no puedan comprobarse.
  • 75. 7.1.1 Declaración de propiedades Se prohíbe el uso de declaraciones: Sobre la utilidad de un alimento o bebida no alcohólica, para: Ü prevenir, Ü  una enfermedad, Ü aliviar, Ü  trastorno o Ü tratar o Ü  estado fisiológico   Ü curar
  • 77. 7.1.1 Declaración de propiedades Se prohíbe el uso de declaraciones: Que afirmen que un determinado alimento constituye una fuente adecuada de todos los nutrimentos esenciales.  
  • 78. 7.1.2 Declaración de propiedades potencialmente engañosas Se prohíbe el uso de declaraciones: Que carecen de sentido, incluidos los comparativos y superlativos incompletos.
  • 79. 7.1.2 Declaración de propiedades potencialmente engañosas Se prohíbe el uso de declaraciones: Respecto a prácticas correctas de higiene o comercio, tales como: Ü  Genuinidad", Ü "Salubridad", Ü "Sanidad", Ü  Sano , Ü  Saludable ,
  • 80. Declaración  prohibidas  de  propiedades  
  • 81. 7.2 Declaración de Propiedades Condicionales Podrá indicarse que un alimento ha adquirido un VALOR NUTRITIVO ESPECIAL O SUPERIOR Si  ha  sido   adicionado  con   nutrimentos,  tales   como:   De acuerdo al marco jurídico vitaminas   aplicable minerales,   aminoácidos
  • 82. 7.2 Declaración de Propiedades Condicionales Podrá indicarse que un alimento tiene CUALIDADES NUTRICIONALES ESPECIALES Por    la  reducción   u  omisión  de  un   Estar sujetas al nutrimento,  sobre   marco jurídico la  base  de   aplicable consideraciones   nutrimentales.
  • 83. Declaración  de  cualidades  nutricionales  especiales  
  • 84. 7.2 Declaración de Propiedades Condicionales Se permite el: USO DE TÉRMINOS COMO: "natural" "puro", "fresco" y "de fabricación casera", "cultivado orgánicamente" o "cultivado biológicamente" El uso de estos términos deberá Deberán estar en ajustarse al consonancia con marco jurídico las aplicable. declaraciones de propiedades prohibidas
  • 85. Declaración  de  términos:   CulEvado   orgánicamente ,   puro ,  etc.  
  • 86. 7.2 Declaración de Propiedades Condicionales Podrán declararse la PREPARACIÓN RITUAL O RELIGIOSA de un alimento (por ejemplo: Halal, Kosher , etc) Si se ajusta a las exigencias de las autoridades religiosas o del ritual competente.
  • 87. Declaración  de  preparación  ritual  o  religiosa  
  • 88. 7.2 Declaración de Propiedades Condicionales Se permiten las siguientes: Declaraciones de propiedades que afirmen que EL ALIMENTO TIENE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES: Cuando todos …si este hecho los alimentos es aparente en de ese tipo la declaración tienen esas de mismas propiedades. características
  • 90. 7.2 Declaración de Propiedades Condicionales Se permiten las siguientes : No esté sujeta a requisitos específicos en ninguna norma Declaraciones de propiedades que DESTAQUE LA AUSENCIA O NO ADICIÓN DE Sea una de las que los consumidores DETERMINADAS SUSTANCIAS esperan encontrar normalmente en el a los alimentos . alimento No haya sido sustituida por otra que confiera al alimento características equivalentes a menos que la Siempre que naturaleza de la sustitución se las declaración …y la declare explícitamente con no sea sustancia… igual prominencia engañosa Sea un ingrediente cuya presencia o adición en el alimento esté permitida
  • 91. Declaración  que  destaca  ausencia  o  no   adición  de  sustancias.  
  • 92. 7.2 Declaración de Propiedades Condicionales Se permiten las siguientes : Declaraciones de propiedades que pongan de RELIEVE LA AUSENCIA O NO ADICIÓN de uno o más nutrimentos deberán: Considerarse como declaraciones de propiedades nutrimentales y, por consiguiente, deberán ajustarse a la declaración obligatoria de nutrimentos, estipulada en el marco jurídico aplicable.
  • 93. 7.3 Declaración de propiedades nutrimentales y saludables CARBOHIDRATOS CONTENIDO PROTEÍNAS (HIDRATOS DE CALÓRICO CARBONO) GRASAS (LÍPIDOS) Y LOS DERIVADOS FIBRA DIETÉTICA SODIO DE LAS MISMAS NUTRIMENTOS VITAMINAS INORGÁNICOS (MINERALES)
  • 94. 7.3.1 Declaración de propiedades que están permitidas Relativas al contenido de nutrimentos: Que describe el nivel de un determinado nutrimento contenido en un alimento. Por ejemplo: Ü  Fuente de calcio Ü  Alto contenido en fibra Ü  Bajo en grasa
  • 95. Declaración  de  propiedades  que  están   permiEdas  
  • 96. 7.3.1 Declaración de propiedades que están permitidas De comparación de nutrimentos: Compara los niveles de nutrimentos y/o el valor energético de dos o más alimentos. Por ejemplo:   Ü  Reducido Ü  Menos que Ü  Menos Ü  Aumentado Ü  Mas que
  • 98. 8.1  Leyendas  precautorias   Relacionadas con los ingredientes o el origen de éstos: Se asocian a riesgos reales o potenciales (Intolerancia digestiva, alergias o enfermedades metabólicas o toxicidad), basados en información científica reconocida.
  • 99. Leyendas  precautorias,    en  NOM  u  en  otros   ordenamientos  jurídicos.   Leyenda  precautoria  que  se  establece  en  la  NOM  -­‐186-­‐SSA1/SCFI-­‐2002   Leyenda  precautoria  que  se  establece  en  la  NOM  -­‐086-­‐SSA1-­‐1996  
  • 100. 8.2 Leyendas que promuevan una dieta recomendable y/o de orientación alimentaria Se pueden incluir leyendas que promuevan una dieta recomendable y/o de orientación alimentaria conforme a la NOM-043-SSA2-2005 Servicios básicos de salud.- Promoción y educación para la salud en materia alimentaria.- Criterios para brindar orientación.
  • 102. 9.1 Tabla 1 Denominación genérica de ingredientes Clase de Ingrediente Denominación Genérica Aceite seguido del término vegetal o animal, calificado con el término hidrogenado o Aceites refinados distintos del aceite de oliva parcialmente hidrogenado, según sea el caso. Grasas seguido del término vegetal o animal Grasas refinadas o mixta o compuesta, calificado con el término hidrogenado, según sea el caso. Almidones, distintos a los almidones modificados químicamente. Almidón Todas las especies de pescado, cuando éste constituya un ingrediente de otro alimento y siempre que en la etiqueta y presentación del producto Pescado preenvasado no se haga referencia a una determinada especie de pescado. Todos los tipos de carne de aves de corral, cuando dicha carne constituya un ingrediente de otro alimento y siempre que en la etiqueta y la Carne de ave presentación del producto preenvasado no se haga referencia a un tipo específico de carne de aves de corral. Todos los tipos de quesos, cuando el queso o una mezcla de quesos Queso o quesos o mezcla de quesos, según constituya un ingrediente de otro alimento y siempre que en la etiqueta y la sea el caso. presentación del producto preenvasado no se haga referencia a un tipo específico de queso. Todas las especias y extractos de especias en cantidad no superior al 2% Especia, especias o mezclas de especias en peso, solas o mezcladas en el producto preenvasado. según sea el caso. Hierba aromática, Hierbas aromáticas o Todas las hierbas aromáticas o partes de hierbas aromáticas en cantidad no mezclas de hierbas aromáticas, según sea el superior al 2% en peso, solas o mezcladas en el producto preenvasado. caso. Todos los tipos de preparados de goma utilizados en la fabricación de la Goma de base o Goma base goma base para el producto goma de mascar.
  • 103. 9.1 Tabla 1 Denominación genérica de ingredientes Clase de Ingrediente Denominación Genérica Todos los tipos de sacarosa Azúcar La dextrosa anhidra y la dextrosa monohidratada Dextrosa o Glucosa Todos los tipos de caseinatos Caseinatos Productos lácteos que contienen un mínimo de 50 % de proteína láctea Proteína láctea (m/m) en el extracto seco Manteca de cacao obtenida por presión o extracción o refinada. Manteca de cacao Todas las frutas confitadas, sin exceder del 10% del peso del producto Frutas confitadas preenvasado. Todos los condimentos en cantidad no superior al 2% en peso, solos o Condimento, Condimentos o Mezcla de mezclados en el producto preenvasado. condimentos, según sea el caso. Todos los tipos de microorganismos utilizados en la fermentación de lactosa, siempre que en la etiqueta y la presentación de dicho producto Cultivo láctico o cultivos lácticos no se haga referencia a un tipo específico de microorganismo. Suero de mantequilla, suero de queso, suero de leche, concentrado de proteína de leche, proteína de suero o lactosa Sólidos de la leche Chile o Chiles o Mezcla de Chile Todas las especies de chile o mezclas
  • 104. 9.2 Tabla 2 Valores nutrimentales de referencia para la población mexicana VNR Número/ unidad de medida IDR IDS Proteína g/kg de peso corporal 1 Fibra dietética g 30 Vitamina A µg (equivalentes de 568 retinol) Vitamina B1 µg (Tiamina) 800 Vitamina B2 µg (Riboflavina) 840 Vitamina B6 µg (Piridoxina) 930 Niacina mg (equivalente a Acido 11 nicotínico) Acido fólico µg (Folacina) 380 2,1 Vitamina B12 µg (Cobalamina) Vitamina C mg (Acido ascórbico) 60 Vitamina D µg 5,6 (como colecalciferol)
  • 105. 9.2  Tabla  2   Valores  nutrimentales  de  referencia   para  la  población  mexicana   VNR Número/ unidad de medida IDR IDS Vitamina E mg (equivalente a tocoferol) 11 Vitamina K, µg 78 Acido pantoténico mg 4,0 Calcio mg 900 Cobre µg 650 Cromo µg 22 Flúor mg 2,2 Fósforo mg 664 Hierro mg 17 Magnesio mg 248 Selenio µg 41 Yodo µg 99 10 Zinc mg
  • 106. 9.3 Tabla 3 Presentación de la información nutrimental Información  Nutrimental Por  100  g  o  100  ml,  o  por  porción  o   por  envase Contenido  energéEco  kJ  (kcal) _________  kJ  (kcal)   Proteínas   _________  g     Grasas  (lípidos)   _________  g,  de  las  cuales     _________  g  de  grasa  saturada   Carbohidratos  (hidratos  de  carbono)   _________  g,  de  los  cuales     _________  g  de  azúcares.   Fibra  dietéEca   _________  g   Sodio     _________  mg Información  adicional   _________  mg,  μg  o  %  de  IDR La información nutrimental puede presentarse de esa manera o análogas conforme lo indicado en esta tabla.
  • 107. 9.4 Tabla 4 Presentación de la información nutrimental Nutrimentos/ Porcentaje del VNR(IDR o IDS) Vitamina A_____________________ % Vitamina B1 (Tiamina)____________ % Vitamina B2 (Riboflavina)_________ % Vitamina B6 (Piridoxina)__________ % Vitamina B12 (Cobalamina)_______ % Vitamina C (Acido ascórbico)______ % Niacina (Acido nicotínico)_________ % Acido fólico (Folacina)___________ % Hierro________________________ % … _______________________ %
  • 108. ¡IMPORTANTE! Las imágenes contenidas en esta presentación son de carácter ilustrativo y no pretenden evaluar su conformidad o emitir un dictamen.
  • 109. Av. Puente de Tecamachalco No. 6, Col. Lomas de Tecamachalco, Naucalpan de Juárez, 53950, Estado de México.