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AT-0165/2014
Red de agentes
relevantes en
prevención de riesgos
laborales
Ficha técnica
Justificación
Contacto
Colección de miniguías de PRL de COEPA número 3: Red de agentes relevantes en prevención de riesgos laborales
Fecha de publicación: 03/15
Fecha de última revisión(versión): 03/15(v1.0)
Contenido y diseño:
Samuel Andreu Sevilla, Arturo Jiménez Rodríguez y Javier Soria Quiles - Área de Responsabilidad Social Empresarial de COEPA
La prevención de riesgos laborales, se articula a través de un conjunto de políticas, estrategias y actuaciones llevadas a cabo por diferentes agentes
que en muchas ocasiones desempeñan su labor de forma desconocida para las empresas . Esta miniguía presenta el mapa de las instituciones
públicas y privadas más relevantes en esta materia con el objetivo de poner en valor su trabajo y acercar a las empresas su existencia y función.
Pregúntanos las dudas que tengas sobre esta publicación: @COEPA_PRL; prl@coepa.es
[1]
Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales han
acompañado al mundo del trabajo a lo largo de la historia. La manera
de enfrentarse a este hecho ha ido evolucionando y sobre todo a
partir del siglo XX se ha ido conformando un enfoque basado en la
prevención de los riesgos laborales.
Desde la época romana, a través de los collegia, las corporaciones
laborales y cofradías de la alta edad media y a través del sistema
gremial que perduró hasta la edad moderna, existió una
preocupación por hacer frente a los daños derivados del trabajo,
sobre todo los más severos. De tal forma, gracias a primitivos sistemas
de socorro mutuo y previsión social, los artesanos y trabajadores
contaron con hospitales, pensiones de viudedad y orfandad, seguros
de vida, enfermedad y decesos, además de cubrir el auxilio espiritual
con servicios religiosos ad hoc.
La revolución industrial, que significó un avance tecnológico y
social notable, también vino acompañada de la aparición de nuevos
y graves riesgos laborales que se saldaban con una siniestralidad
desconocida hasta entonces. El incipiente movimiento obrero y una
sociedad preocupada por el deterioro de la salud hicieron reaccionar
a unos poderes públicos que a finales del siglo XIX en España
comenzaron a diseñar un régimen de responsabilidades para hacer
frente a la lacra de la siniestralidad laboral. En España, a semejanza de
lo que sucedía en los países del entorno europeo, la Ley Benot y
posteriormente la Ley de Accidentes de Trabajo de 1900 introdujeron
el aseguramiento de los accidentes. Esta perspectiva reparadora fue
dando paso a la aparición de la prevención de riesgos laborales y a
una concepción de las empresas y centros de trabajo como lugares
en los que desempeñar tareas profesionales bajo unas condiciones de
seguridad y salud adecuadas.
Con posterioridad, esa visión prevencionista, dirigida a evitar el
riesgo y mantener a salvo a los trabajadores se ha ido transformando
para dar paso a las empresas saludables, generadoras de hábitos y
conductas y que contribuyan activamente al bienestar físico y mental.
Este tránsito ha sido posible gracias a la creación y consolidación
de políticas orientadas a este fin, con un desarrollo de conocimiento y
a través de redes en los distintos ámbitos de actuación.
Actualmente están operativas numerosas instituciones
internacionales, nacionales y de carácter autonómico que colaboran
en la mejora de las condiciones de trabajo y en lograr que el
envejecimiento activo sea una realidad. Se trata de extender el
bienestar a las relaciones laborales, luchar contra los factores de riesgo
y promover hábitos saludables positivos en la esfera individual y de
forma colectiva.
Cada organización tiene un papel y su conocimiento puede
aportar ideas, buenas prácticas y soporte para la acción individual de
cada empresa en la prevención de riesgos laborales.
Perspectiva histórica de la prevención
de riesgos laborales
[2]
Institutos autonómicos
de Seguridad y Salud
Dependencia jerárquica
Existe relación en materia de prevención de riesgos laborales
Red Española de
Seguridad y Salud en el
Trabajo
Internacional
Estatal
Agencia Europea para la
Seguridad y la Salud en el
Trabajo
Centro Internacional de
Información sobre Seguridad y
Salud en el Trabajo
Organización
Internacional del
Trabajo
Red Europea para
la Promoción de la
Salud en el Trabajo
Fundación Europea para
la mejora de las
condiciones de vida y
trabajo
Centro Nacional
de Condiciones
de Trabajo
Centro Nacional
de Medios de
Protección
Centro Nacional
de Nuevas
Tecnologías
Centro
Nacional de
Verificación de
Maquinaria
Comisión Nacional de
Seguridad y Salud en
el Trabajo
Inspección de Trabajo
y Seguridad Social
Fundación para la
PRL
Interlocutores
sociales
Organizaciones
patronales y sindicales
Comisiones Territoriales de
Seguridad y Salud
Europeo
Autonómico
provincial
Mutuas Colaboradoras
con la Seguridad Social
Servicios de
Prevención
Empresas y trabajadores
Estatal Ámbito
Red de los principales agentes en prevención de riesgos laborales
Administraciones
autonómicasEscuela Nacional
de Medicina del
Trabajo
Instituto Nacional de Seguridad
e Higiene en el Trabajo
Observatorio
Estatal de
Condiciones de
Trabajo
Entidades auditoras
del sistema de PRL
Organización
Mundial de la
Salud
Otros ministerios
Ministerio de
Empleo y
Seguridad
SocialEuroshnet
[3]
Descripción de los principales agentes en prevención de riesgos laborales
El CIS es un centro dependiente de la OIT. Fue creado en 1958.
Es un centro de información y gestión de conocimientos incluido en el Programa de Seguridad y Salud en el
Trabajo y Medio Ambiente (SafeWork). Su objetivo es ofrecer información para ayudar a prevenir los accidentes
de trabajo y las enfermedades profesionales. El CIS evalúa la literatura mundial en la materia y para ello cuenta
con la participación de unos 150 centros nacionales y colaboradores en el ámbito nacional y regional.
Son miembros del CIS el Instituto Nacional de Salud e Higiene en el Trabajo y el Instituto de Salud Carlos III.
La OIT fue fundada en 1919, como parte del Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial.
Esta organización fue la primera agencia de las Naciones Unidas en 1946. La sede se encuentra en Suiza.
Cuenta con una estructura tripartita, en la cual, trabajadores, empleadores y gobiernos tienen el mismo
derecho a voto durante las deliberaciones de sus órganos principales, lo que implica que las opiniones de los
interlocutores sociales queden reflejadas en sus normas, políticas y programas.
Sus objetivos principales son promover los derechos laborales, fomentar oportunidades de trabajo de calidad,
mejorar la protección social y fortalecer el diálogo al abordar los temas relacionados con el trabajo.
España fue miembro de la organización desde 1919 hasta 1941, posteriormente lo ha sido desde 1956. El
representante del Estado es el Ministerio de Empleo y Seguridad Social; a su vez, también colaboran los
principales agentes sociales estatales.
Internacional
Centro
Internacional de
Información sobre
Seguridad y Salud
en el Trabajo
CIS
Organización
Internacional del
Trabajo
OIT
[4]
Agencia Europea
para la Seguridad y
la Salud en el Trabajo
EU-OSHA
Europeo
La EU-OSHA se constituyó en 1994 y su sede se localiza en Bilbao.
Es la Agencia de información de la Unión Europea para la seguridad y la salud en el trabajo. Desarrolla,
recoge y ofrece información, análisis y herramientas para aumentar los conocimientos, sensibilizar e intercambiar
información y buenas prácticas sobre seguridad y salud en el trabajo.
Dispone de un centro de referencia nacional en cada Estado miembro, que actúa como representante
oficial del respectivo gobierno. Estos centros contribuyen a la implantación de los programas de trabajo de la
EU-OSHA. El centro de referencia en España es el Instituto Nacional de Salud e Higiene en el Trabajo.
La OMS se constituyó en 1948 a instancias de la Organización de Naciones Unidas. Su sede se ubica en Suiza.
Es la autoridad directiva y coordinadora de la acción sanitaria en el sistema de Naciones Unidas. Es la
responsable de desempeñar una función de liderazgo en los asuntos sanitarios mundiales, configurar la agenda
de las investigaciones en salud, establecer normas, articular opciones de política basadas en la evidencia,
prestar apoyo técnico a los países y vigilar las tendencias sanitarias mundiales.
España se encuentra representada en la organización a través de la Misión Permanente de España en
Ginebra, en coordinación con diferentes ministerios. Además, colaboran con la organización diferentes
instituciones y entidades estatales entre las que se encuentran el Instituto Nacional de Salud e Higiene en el
Trabajo, el Instituto de Salud Carlos III, varias universidades y centros de investigación sanitaria.
Organización
Mundial de la Salud
OMS
Red Europea de
expertos en
estandarización,
ensayo y
certificación para la
seguridad e higiene
en el trabajo
EUROSHNET
EUROSHNET es una red de cooperación entre expertos europeos en estandarización, ensayo y certificación
para la seguridad e higiene en el trabajo. La Red establece procesos de comunicación y cooperación sobre
estas disciplinas entre los expertos que la componen.
Por España colaboran el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y el Instituto Nacional de
Silicosis.
[5]
ENWHP se estableció en 1996 en el marco del Programa de acción comunitario de promoción, información,
educación y formación en materia de salud, auspiciado por la Comisión Europea.
Surge como instrumento para favorecer el intercambio de información y difusión de buenas prácticas así
como la cooperación tanto a nivel nacional como internacional. Es una red informal en la que participan
Institutos de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Salud Pública, de Promoción de la Salud y entidades de seguro
social obligatorio. Todos los componentes de la Red buscan mejorar la salud y el bienestar de los trabajadores y
reducir el impacto de los daños relacionados con el trabajo en la población trabajadora europea.
La Red está compuesta por un único representante de cada estado que actúa como centro nacional de
contacto. En España actúa como tal el Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, adscrito al Instituto
Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Adicionalmente, la red está compuesta por otros miembros y
agencias colaboradoras que comparten la misma misión y visión en temas de seguridad y salud.
Eurofound es una agencia tripartita de la Unión Europea, cuya función es aportar conocimientos en el ámbito
de las políticas sociales y laborales. Fue creado en 1975 para contribuir a la planificación y a la concepción de
unas mejores condiciones de vida y de trabajo en Europa.
Su función consiste en facilitar información, asesoría y conocimientos especializados sobre las condiciones de
vida y de trabajo, las relaciones industriales y la gestión del cambio en Europa para los agentes esenciales en el
ámbito de la política social de la UE sobre la base de información comparativa, la investigación y el análisis.
La agencia está dirigida por representantes gubernamentales de los estados de la Unión Europea, así como
de la Comisión Europea y agentes sociales. En España la representación la ejerce el Ministerio de Empleo y
Seguridad Social, UNESA y UGT. Adicionalmente, también participan los agentes sociales europeos y otras
organizaciones.
Red Europea para la
Promoción de la
Salud en el Trabajo
ENWHP
Fundación Europea
para la mejora de las
condiciones de vida
y trabajo
EUROFOUND
D
[6]
Fundación para la
Prevención de
Riesgos Laborales
Ministerio de Empleo
y Seguridad Social
Estatal
La Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales se constituye formalmente el 28 de abril de 1999 (día
mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo. Es una fundación sin ánimo de lucro y de carácter laboral
creada al amparo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Está adscrita a la Comisión Nacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo y actúa bajo el protectorado del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
La Fundación cuenta con la participación tanto de las administraciones públicas, como de las
organizaciones representativas de empresarios y trabajadores.
Su fin primordial es la promoción, especialmente en las pequeñas y medianas empresas, de actividades
destinadas a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
Con el fin de garantizar la regularidad en el cumplimiento de los fines de la Fundación para la Prevención de
Riesgos Laborales, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social fija anualmente la cuantía de las aportaciones
patrimoniales a ésta con cargo al 80 por ciento del exceso de excedentes de la gestión de las Mutuas
Colaboradoras con la Seguridad Social, teniendo en cuenta el exceso generado en el último ejercicio, y sin que
dicha aportación pueda rebasar el límite de veinticinco millones de euros.
La Fundación ha financiado desde el año 2.000 más de 3.400 acciones de información, asistencia técnica,
formación y promoción del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. Los ejecutantes
de las acciones son principalmente agentes sociales y los destinatarios de las mismas son las propias empresas
(PYME fundamentalmente) y trabajadores. Las actuaciones no generan costes a los beneficiarios.
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social es el departamento encargado de la propuesta y ejecución de la
política del gobierno estatal en materia de empleo y de seguridad social, así como de extranjería, inmigración y
emigración. También tiene las atribuciones en materia de salud laboral e inspección que le son propias según sus
competencias.
[7]
La ITSS es la organización administrativa responsable del servicio público de control y vigilancia del
cumplimiento de las normas de orden social que incluye los servicios de exigencia de las responsabilidades
administrativas pertinentes en que puedan incurrir empresas y trabajadores así como el asesoramiento e
información a los mismos en materia laboral y de seguridad social.
La primera Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo se crea en el año 1900, como consecuencia de la
publicación de la Ley de Accidentes de Trabajo ese mismo año, que instaura la obligación del patrón de
indemnizar a los trabajadores accidentados, con independencia de la existencia de culpa empresarial. Más
tarde en 1963 se aprueba la Ley de Bases de la Seguridad Social que prohíbe el ánimo de lucro en la gestión de
las prestaciones. Como resultado de ello, a las empresas se le presentan dos opciones: optar por la Caja
Nacional del Seguro de Accidentes de Trabajo; o bien, por una Mutua Patronal. En 1966 pasan a ser
consideradas como entidades colaboradoras de la Seguridad Social y a partir de esa fecha van aumentando
sus atribuciones de gestión. Se implican en la prevención de riesgos laborales constituyendo Sociedades de
Prevención hasta la aparición de la ley 35/2014 que establece un nuevo régimen jurídico para las mutuas.
Las Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social son asociaciones privadas de empresarios constituidas
mediante autorización del Ministerio de Empleo y Seguridad Social e inscripción en el Registro especial
dependiente de éste, que tienen por finalidad colaborar en la gestión de la Seguridad Social, bajo la dirección y
tutela del mismo, sin ánimo de lucro y asumiendo sus asociados responsabilidad mancomunada.
La colaboración en la gestión de la Seguridad Social comprende la gestión de prestaciones económicas y de
asistencia sanitaria incluidas en la protección de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales, así como las actividades de prevención de dichas contingencias; la gestión de la prestación
económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, y de las prestaciones de riesgo
durante el embarazo y riesgo durante la lactancia; gestión de las prestaciones económicas por cese en la
actividad de los trabajadores autónomos y la gestión de la prestación por cuidado de menores afectados por
cáncer u otra enfermedad grave.
Mutuas
Colaboradoras de
la Seguridad
Social
MUCOS
Inspección de
Trabajo y
Seguridad Social
ITSS
[8]
En 1978, a la luz de los Pactos de la Moncloa, se extingue el Servicio Social de Higiene y Seguridad en el Trabajo y
se crea en su lugar el Instituto Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo, que asume sus funciones y
competencias, quedando adscrito al Ministerio de Trabajo. Posteriormente, el Decreto 577/1982 define la
estructura y las competencias del definitivo Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Finalmente
la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 establece que el INSHT es el órgano científico técnico
especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las
condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas
Algunas funciones atribuidas al INSHT: asesoramiento técnico en la elaboración de legislación y desarrollo de
normalización; promoción y realización de actividades de formación, información, investigación, estudio y
divulgación en materia de prevención de riesgos laborales; apoyo técnico y colaboración con la ITSS;
colaboración con organismos internacionales y desarrollo de programas de cooperación; apoyo técnico
especializado en materia de certificación, ensayo y acreditación; actuar como Centro de Referencia Nacional
en relación con las instituciones de la Unión Europea; desempeñar la Secretaría de la Comisión Nacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo prestándole la asistencia técnica y científica necesaria.
Instituto Nacional
de Seguridad e
Higiene en el
Trabajo
INSHT
La CNSST es el órgano colegiado asesor de las administraciones públicas en la formulación de las políticas de
prevención de riesgos laborales; a su vez, es el órgano de participación institucional en materia de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
Está integrada por representantes de la Administración General del Estado, de las administraciones de las
comunidades autónomas y Ceuta y Melilla y por representantes de las organizaciones empresariales y sindicales
más representativas.
Los acuerdos se adoptan por mayoría, disponiendo cada representante de las administraciones públicas de
un voto y de dos votos los de las organizaciones empresariales y sindicales.
Comisión Nacional
de Seguridad y
Salud en el
Trabajo
CNSST
[9]
Red Española de Seguridad y Salud en el Trabajo (RedSST)
Es una red de proveedores españoles de información que utiliza Internet como modo de difusión. La información se estructura y
organiza del mismo modo que el resto de las Redes Nacionales Europeas que son coordinadas por la Agencia Europea para la
Seguridad y Salud en el Trabajo.
El INSHT actúa como administrador de la red en España garantizando la coordinación y la transmisión de la información sobre
Seguridad, Higiene y Salud en el trabajo a todos los interesados.
Observatorio Estatal de Condiciones de trabajo (OECT)
Servicio incardinado en el INSHT, nace a partir de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo con el objetivo de
proporcionar información sobre salud laboral, referida fundamentalmente a análisis estadísticos, estudios y establecimiento y
seguimiento de indicadores.
Centro Nacional de Condiciones de Trabajo (CNCT)
Ubicado en Barcelona. Es el centro de referencia nacional en materia de condiciones de trabajo. Para ello, dispone de
laboratorios químicos e instrumental para la medición de agentes biológicos, agentes físicos y carga física. Además, posee un
extenso fondo documental. En el desempeño de sus funciones, el CNCT lleva a cabo actividades de investigación, información y
asesoramiento, formación, elaboración y publicación de documentos de carácter técnico y divulgativo.
Centro Nacional de Medios de Protección (CNMP)
Se encuentra en Sevilla. El CNMP desarrolla actividades técnicas. Entre otras líneas de actuación específicas, tiene asignadas las
siguientes: estudios ambientales en agricultura; evaluación de agentes químicos y análisis de plaguicidas; seguridad a bordo de
buques de pesca; trastornos músculo-esqueléticos; verificación, certificación CE y Control del Producto Final de Equipos de
Protección Individual (EPI); colaboración en el control en el mercado nacional de productos industriales (EPI); normalización
nacional, europea e internacional en materia de EPI y Ergonomía.
[10]
Centro Nacional de Nuevas Tecnologías (CNNT)
Se localiza en Madrid (en las instalaciones del INSHT). Las líneas de actuación específicas de este Centro Nacional son la
seguridad, los agentes físicos, la ergonomía, los sensibilizantes laborales y la formación.
Centro Nacional de Verificación de Maquinaria (CNVM)
Ubicado en Bizkaia. El CNVM tiene asignadas líneas de actuación en el campo de seguridad de las máquinas y equipos de
trabajo, investigación y apoyo técnico dirigido a la integración de la seguridad en el diseño y a la utilización segura de los equipos
de trabajo; así como en el campo de la metrología de agentes químicos, investigación, desarrollo y validación de metodologías
para evaluar la exposición laboral a agentes químicos y desarrollo de herramientas para la calidad de las mediciones.
Interlocutores
sociales
Los interlocutores sociales son las organizaciones más representativas en la defensa de los intereses de
empresarios y trabajadores. En España son CEOE y CEPYME por la parte empresarial y CCOO y UGT por la parte
sindical.
La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) es una entidad privada sin ánimo de
lucro, cuyo fin es la defensa y representación de los intereses empresariales ante los poderes públicos y la
sociedad en general. Fue fundada en 1977, integra con carácter voluntario a dos millones de empresas y
autónomos de todos los sectores de actividad, que se vinculan a CEOE a través de más de 4.000 asociaciones
de base. La Confederación integra de forma directa a 197 organizaciones territoriales (entre ellas, COEPA) y
sectoriales a nivel autonómico y provincial.
Los interlocutores sociales determinan mediante negociación colectiva aspectos relevantes en materia de
prevención de riesgos laborales. Además, las patronales, actúan como correa de transmisión para facilitar la
integración en las empresas de las políticas preventivas establecidas por la administración. A su vez, mantienen
una posición reivindicativa ante la misma sobre aquellas cuestiones que sean lesivas para los intereses
empresariales.
1 Ver en esta colección la miniguía número 2: las modalidades preventivas.
[11]
Servicios de
Prevención
Los Servicios de Prevención, sean propios, ajenos o mancomunados (SP) constituyen la base de una de las
modalidades de gestión de la prevención de riesgos laborales1.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 entiende servicio de prevención como el conjunto de
medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la
adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al
empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados.
A su vez, el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de
Prevención garantiza la idoneidad de la actividad preventiva que haya de adoptar el empresario, a través de la
acreditación por la autoridad laboral de los servicios de prevención externos, como forma de garantizar la
adecuación de sus medios a las actividades que vayan a desarrollar y, de otra, la auditoría o evaluación
externa del sistema de prevención, cuando esta actividad es asumida por el empresario con sus propios medios.
Entidades auditoras
del sistema de PRL
Aquellas empresas que a la hora de gestionar la prevención de riesgos laborales en su negocio no hayan
recurrido a un Servicio de Prevención Ajeno o Mancomunado, independientemente del carácter voluntario u
obligado de esa decisión, deben auditar su sistema y garantizar de esta forma que se ajusta a los requisitos
establecidos legalmente.
El Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención
y la Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, que lo desarrolla en lo referido a la acreditación de entidades
especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la
actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas, son las principales referencias específicas en
términos legales.
[12]
Autonómico
provincial
Otros Ministerios
La prevención de riesgos laborales es una disciplina de carácter trasversal. Es por ello, que el diseño de políticas
y estrategias en esta materia, así como su correcta integración en la sociedad deben realizarse con la
colaboración entre los departamentos ministeriales con competencias en las áreas objeto de gestión. Algunos
ejemplos: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad; Ministerio de Economía y Competitividad o el
Ministerio de Hacienda Y Administraciones Públicas.
Escuela Nacional de Medicina del Trabajo (ENMT-ISCIII)
La Escuela Nacional de Medicina del Trabajo del Instituto de Salud Carlos III es el centro especializado para la
formación en Medicina del Trabajo. Contribuye al fortalecimiento del sistema preventivo y la mejora de la salud
de los trabajadores. Promueve el conocimiento de las causas de la enfermedad profesional y la relacionada
con el trabajo a través de la formación especializada y continua. Se encuentra adscrito orgánicamente al
Ministerio de Economía y Competitividad y funcionalmente, tanto a este mismo como al Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad.
Las comunidades autónomas tienen competencias transferidas en materia de prevención de riesgos
laborales.
Administraciones
autonómicas
Institutos
autonómicos de
Seguridad y Salud
En aquellas comunidades autónomas que tienen transferidas las competencias en materia de prevención de
riesgos laborales, son organismos de carácter administrativo, que se configuran como el órgano científico-
técnico en materia de prevención de riesgos laborales de la administración autonómica.
Comisiones
Territoriales de
Seguridad y Salud
En aquellas comunidades autónomas que las hayan articulado, las Comisiones Territoriales de Seguridad y
Salud analizan la realidad preventiva desde la perspectiva provincial, para atender realidades diversas que
puedan responder a esa variable territorial.
[13]
Empresas y trabajadores
Los accidentes laborales o las enfermedades profesionales pueden ocasionar desde pequeñas desgracias particulares hasta auténticos
dramas familiares; en cualquier caso, todos ellos suponen, en menor o mayor grado, una afectación personal. Así pues, las ventajas de una
adecuada gestión preventiva que evite estos accidentes son innegables desde el punto de vista humano.
En un segundo plano, si nos referimos a las cuestiones estrictamente relacionadas con la producción y la gestión en la empresa, la
ausencia de accidentes también es beneficiosa para los intereses generales del negocio: una actividad con menos accidentes y
enfermedades profesionales tendrá costes menores, por lo que ganará en eficiencia y competitividad.
Las empresas y los trabajadores son la pieza más relevante de la red de agentes en prevención de riesgos laborales. En este sentido, ellos
y la sociedad general en último término, son los destinatarios de todas las políticas, estrategias y acciones en materia de prevención de
riesgos laborales desarrolladas por el resto de agentes de la red.
La elaboración de los contenidos del presente documento se ha realizado con fines divulgativos y por ello, adaptados a tal
fin. En cualquier caso, siempre es recomendable realizar una lectura completa de los textos legales de referencia, que son
los que tienen auténtica validez legal.
[14]
La colección de miniguías de PRL de COEPA tiene como objetivo
proporcionar respuestas concretas a temas relevantes en el ámbito de
la PRL. Si deseas ampliar el contenido de este número puedes acudir a
los recursos citados a continuación:
Fuentes (hacer clic en las referencias para seguir los vínculos):
Ámbito Internacional:
 Organización Internacional del Trabajo
Centro Internacional de Información sobre Seguridad y
Salud en el Trabajo
 Organización Mundial de la Salud
Ámbito Europeo:
 Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo
 Red Europea de expertos en estandarización, ensayo y
certificación para la seguridad e higiene en el trabajo
 Red Europea para la Promoción de la Salud en el Trabajo
 Fundación Europea para la mejora de las condiciones de vida
y trabajo
Ámbito Estatal:
 Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Fundación Nacional para la PRL
Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social:
Activa Mutua 2008
Asepeyo
Egarsat
Fraternidad Muprespa
Fremap
Ibermutuamur
Mac, Mutua de Accidentes de Canarias
Maz, Mutua de Accidentes de Zaragoza
Mutua Balear
Mutua de Andalucía y Ceuta, Cesma
Mutua Gallega de AT
¿Quieres saber más?
La elaboración de los contenidos del presente documento se ha realizado con fines divulgativos y por ello, adaptados a tal
fin. En cualquier caso, siempre es recomendable realizar una lectura completa de los textos legales de referencia, que son
los que tienen auténtica validez legal.
[15]
Mutua Intercomarcal
Mutua Montañesa
Mutua Navarra
Mutua Universal, Mugenat
Mc Mutual
Mutualia
Solimat
Umivale
Unión de Mutuas, Unimat
Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
 Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
 Interlocutores sociales:
CEOE
CEPYME
UGT
CC.OO
 Servicios de Prevención: listado SERPA
 Entidades auditoras del sistema de PRL
 Otros Ministerios:
Ministerio de Economía y Competitividad
Ministerio de Hacienda Y Administraciones Públicas
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencias legales:
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los
Servicios de Prevención.
La elaboración de los contenidos del presente documento se ha realizado con fines divulgativos y por ello, adaptados a tal
fin. En cualquier caso, siempre es recomendable realizar una lectura completa de los textos legales de referencia, que son
los que tienen auténtica validez legal.
[16]
Servicio de asesoramiento en PRL de COEPA (con la financiación de la Fundación para la Prevención de los Riesgos Laborales):
Infórmate: 965 13 14 00
AT-0165/2014

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Red de agentes relevantes en prevención de riesgos laborales

  • 1. AT-0165/2014 Red de agentes relevantes en prevención de riesgos laborales
  • 2. Ficha técnica Justificación Contacto Colección de miniguías de PRL de COEPA número 3: Red de agentes relevantes en prevención de riesgos laborales Fecha de publicación: 03/15 Fecha de última revisión(versión): 03/15(v1.0) Contenido y diseño: Samuel Andreu Sevilla, Arturo Jiménez Rodríguez y Javier Soria Quiles - Área de Responsabilidad Social Empresarial de COEPA La prevención de riesgos laborales, se articula a través de un conjunto de políticas, estrategias y actuaciones llevadas a cabo por diferentes agentes que en muchas ocasiones desempeñan su labor de forma desconocida para las empresas . Esta miniguía presenta el mapa de las instituciones públicas y privadas más relevantes en esta materia con el objetivo de poner en valor su trabajo y acercar a las empresas su existencia y función. Pregúntanos las dudas que tengas sobre esta publicación: @COEPA_PRL; prl@coepa.es
  • 3. [1] Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales han acompañado al mundo del trabajo a lo largo de la historia. La manera de enfrentarse a este hecho ha ido evolucionando y sobre todo a partir del siglo XX se ha ido conformando un enfoque basado en la prevención de los riesgos laborales. Desde la época romana, a través de los collegia, las corporaciones laborales y cofradías de la alta edad media y a través del sistema gremial que perduró hasta la edad moderna, existió una preocupación por hacer frente a los daños derivados del trabajo, sobre todo los más severos. De tal forma, gracias a primitivos sistemas de socorro mutuo y previsión social, los artesanos y trabajadores contaron con hospitales, pensiones de viudedad y orfandad, seguros de vida, enfermedad y decesos, además de cubrir el auxilio espiritual con servicios religiosos ad hoc. La revolución industrial, que significó un avance tecnológico y social notable, también vino acompañada de la aparición de nuevos y graves riesgos laborales que se saldaban con una siniestralidad desconocida hasta entonces. El incipiente movimiento obrero y una sociedad preocupada por el deterioro de la salud hicieron reaccionar a unos poderes públicos que a finales del siglo XIX en España comenzaron a diseñar un régimen de responsabilidades para hacer frente a la lacra de la siniestralidad laboral. En España, a semejanza de lo que sucedía en los países del entorno europeo, la Ley Benot y posteriormente la Ley de Accidentes de Trabajo de 1900 introdujeron el aseguramiento de los accidentes. Esta perspectiva reparadora fue dando paso a la aparición de la prevención de riesgos laborales y a una concepción de las empresas y centros de trabajo como lugares en los que desempeñar tareas profesionales bajo unas condiciones de seguridad y salud adecuadas. Con posterioridad, esa visión prevencionista, dirigida a evitar el riesgo y mantener a salvo a los trabajadores se ha ido transformando para dar paso a las empresas saludables, generadoras de hábitos y conductas y que contribuyan activamente al bienestar físico y mental. Este tránsito ha sido posible gracias a la creación y consolidación de políticas orientadas a este fin, con un desarrollo de conocimiento y a través de redes en los distintos ámbitos de actuación. Actualmente están operativas numerosas instituciones internacionales, nacionales y de carácter autonómico que colaboran en la mejora de las condiciones de trabajo y en lograr que el envejecimiento activo sea una realidad. Se trata de extender el bienestar a las relaciones laborales, luchar contra los factores de riesgo y promover hábitos saludables positivos en la esfera individual y de forma colectiva. Cada organización tiene un papel y su conocimiento puede aportar ideas, buenas prácticas y soporte para la acción individual de cada empresa en la prevención de riesgos laborales. Perspectiva histórica de la prevención de riesgos laborales
  • 4. [2] Institutos autonómicos de Seguridad y Salud Dependencia jerárquica Existe relación en materia de prevención de riesgos laborales Red Española de Seguridad y Salud en el Trabajo Internacional Estatal Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo Centro Internacional de Información sobre Seguridad y Salud en el Trabajo Organización Internacional del Trabajo Red Europea para la Promoción de la Salud en el Trabajo Fundación Europea para la mejora de las condiciones de vida y trabajo Centro Nacional de Condiciones de Trabajo Centro Nacional de Medios de Protección Centro Nacional de Nuevas Tecnologías Centro Nacional de Verificación de Maquinaria Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo Inspección de Trabajo y Seguridad Social Fundación para la PRL Interlocutores sociales Organizaciones patronales y sindicales Comisiones Territoriales de Seguridad y Salud Europeo Autonómico provincial Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social Servicios de Prevención Empresas y trabajadores Estatal Ámbito Red de los principales agentes en prevención de riesgos laborales Administraciones autonómicasEscuela Nacional de Medicina del Trabajo Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo Observatorio Estatal de Condiciones de Trabajo Entidades auditoras del sistema de PRL Organización Mundial de la Salud Otros ministerios Ministerio de Empleo y Seguridad SocialEuroshnet
  • 5. [3] Descripción de los principales agentes en prevención de riesgos laborales El CIS es un centro dependiente de la OIT. Fue creado en 1958. Es un centro de información y gestión de conocimientos incluido en el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo y Medio Ambiente (SafeWork). Su objetivo es ofrecer información para ayudar a prevenir los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. El CIS evalúa la literatura mundial en la materia y para ello cuenta con la participación de unos 150 centros nacionales y colaboradores en el ámbito nacional y regional. Son miembros del CIS el Instituto Nacional de Salud e Higiene en el Trabajo y el Instituto de Salud Carlos III. La OIT fue fundada en 1919, como parte del Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial. Esta organización fue la primera agencia de las Naciones Unidas en 1946. La sede se encuentra en Suiza. Cuenta con una estructura tripartita, en la cual, trabajadores, empleadores y gobiernos tienen el mismo derecho a voto durante las deliberaciones de sus órganos principales, lo que implica que las opiniones de los interlocutores sociales queden reflejadas en sus normas, políticas y programas. Sus objetivos principales son promover los derechos laborales, fomentar oportunidades de trabajo de calidad, mejorar la protección social y fortalecer el diálogo al abordar los temas relacionados con el trabajo. España fue miembro de la organización desde 1919 hasta 1941, posteriormente lo ha sido desde 1956. El representante del Estado es el Ministerio de Empleo y Seguridad Social; a su vez, también colaboran los principales agentes sociales estatales. Internacional Centro Internacional de Información sobre Seguridad y Salud en el Trabajo CIS Organización Internacional del Trabajo OIT
  • 6. [4] Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo EU-OSHA Europeo La EU-OSHA se constituyó en 1994 y su sede se localiza en Bilbao. Es la Agencia de información de la Unión Europea para la seguridad y la salud en el trabajo. Desarrolla, recoge y ofrece información, análisis y herramientas para aumentar los conocimientos, sensibilizar e intercambiar información y buenas prácticas sobre seguridad y salud en el trabajo. Dispone de un centro de referencia nacional en cada Estado miembro, que actúa como representante oficial del respectivo gobierno. Estos centros contribuyen a la implantación de los programas de trabajo de la EU-OSHA. El centro de referencia en España es el Instituto Nacional de Salud e Higiene en el Trabajo. La OMS se constituyó en 1948 a instancias de la Organización de Naciones Unidas. Su sede se ubica en Suiza. Es la autoridad directiva y coordinadora de la acción sanitaria en el sistema de Naciones Unidas. Es la responsable de desempeñar una función de liderazgo en los asuntos sanitarios mundiales, configurar la agenda de las investigaciones en salud, establecer normas, articular opciones de política basadas en la evidencia, prestar apoyo técnico a los países y vigilar las tendencias sanitarias mundiales. España se encuentra representada en la organización a través de la Misión Permanente de España en Ginebra, en coordinación con diferentes ministerios. Además, colaboran con la organización diferentes instituciones y entidades estatales entre las que se encuentran el Instituto Nacional de Salud e Higiene en el Trabajo, el Instituto de Salud Carlos III, varias universidades y centros de investigación sanitaria. Organización Mundial de la Salud OMS Red Europea de expertos en estandarización, ensayo y certificación para la seguridad e higiene en el trabajo EUROSHNET EUROSHNET es una red de cooperación entre expertos europeos en estandarización, ensayo y certificación para la seguridad e higiene en el trabajo. La Red establece procesos de comunicación y cooperación sobre estas disciplinas entre los expertos que la componen. Por España colaboran el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y el Instituto Nacional de Silicosis.
  • 7. [5] ENWHP se estableció en 1996 en el marco del Programa de acción comunitario de promoción, información, educación y formación en materia de salud, auspiciado por la Comisión Europea. Surge como instrumento para favorecer el intercambio de información y difusión de buenas prácticas así como la cooperación tanto a nivel nacional como internacional. Es una red informal en la que participan Institutos de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Salud Pública, de Promoción de la Salud y entidades de seguro social obligatorio. Todos los componentes de la Red buscan mejorar la salud y el bienestar de los trabajadores y reducir el impacto de los daños relacionados con el trabajo en la población trabajadora europea. La Red está compuesta por un único representante de cada estado que actúa como centro nacional de contacto. En España actúa como tal el Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, adscrito al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Adicionalmente, la red está compuesta por otros miembros y agencias colaboradoras que comparten la misma misión y visión en temas de seguridad y salud. Eurofound es una agencia tripartita de la Unión Europea, cuya función es aportar conocimientos en el ámbito de las políticas sociales y laborales. Fue creado en 1975 para contribuir a la planificación y a la concepción de unas mejores condiciones de vida y de trabajo en Europa. Su función consiste en facilitar información, asesoría y conocimientos especializados sobre las condiciones de vida y de trabajo, las relaciones industriales y la gestión del cambio en Europa para los agentes esenciales en el ámbito de la política social de la UE sobre la base de información comparativa, la investigación y el análisis. La agencia está dirigida por representantes gubernamentales de los estados de la Unión Europea, así como de la Comisión Europea y agentes sociales. En España la representación la ejerce el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, UNESA y UGT. Adicionalmente, también participan los agentes sociales europeos y otras organizaciones. Red Europea para la Promoción de la Salud en el Trabajo ENWHP Fundación Europea para la mejora de las condiciones de vida y trabajo EUROFOUND D
  • 8. [6] Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales Ministerio de Empleo y Seguridad Social Estatal La Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales se constituye formalmente el 28 de abril de 1999 (día mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo. Es una fundación sin ánimo de lucro y de carácter laboral creada al amparo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Está adscrita a la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y actúa bajo el protectorado del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. La Fundación cuenta con la participación tanto de las administraciones públicas, como de las organizaciones representativas de empresarios y trabajadores. Su fin primordial es la promoción, especialmente en las pequeñas y medianas empresas, de actividades destinadas a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Con el fin de garantizar la regularidad en el cumplimiento de los fines de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social fija anualmente la cuantía de las aportaciones patrimoniales a ésta con cargo al 80 por ciento del exceso de excedentes de la gestión de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, teniendo en cuenta el exceso generado en el último ejercicio, y sin que dicha aportación pueda rebasar el límite de veinticinco millones de euros. La Fundación ha financiado desde el año 2.000 más de 3.400 acciones de información, asistencia técnica, formación y promoción del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. Los ejecutantes de las acciones son principalmente agentes sociales y los destinatarios de las mismas son las propias empresas (PYME fundamentalmente) y trabajadores. Las actuaciones no generan costes a los beneficiarios. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social es el departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del gobierno estatal en materia de empleo y de seguridad social, así como de extranjería, inmigración y emigración. También tiene las atribuciones en materia de salud laboral e inspección que le son propias según sus competencias.
  • 9. [7] La ITSS es la organización administrativa responsable del servicio público de control y vigilancia del cumplimiento de las normas de orden social que incluye los servicios de exigencia de las responsabilidades administrativas pertinentes en que puedan incurrir empresas y trabajadores así como el asesoramiento e información a los mismos en materia laboral y de seguridad social. La primera Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo se crea en el año 1900, como consecuencia de la publicación de la Ley de Accidentes de Trabajo ese mismo año, que instaura la obligación del patrón de indemnizar a los trabajadores accidentados, con independencia de la existencia de culpa empresarial. Más tarde en 1963 se aprueba la Ley de Bases de la Seguridad Social que prohíbe el ánimo de lucro en la gestión de las prestaciones. Como resultado de ello, a las empresas se le presentan dos opciones: optar por la Caja Nacional del Seguro de Accidentes de Trabajo; o bien, por una Mutua Patronal. En 1966 pasan a ser consideradas como entidades colaboradoras de la Seguridad Social y a partir de esa fecha van aumentando sus atribuciones de gestión. Se implican en la prevención de riesgos laborales constituyendo Sociedades de Prevención hasta la aparición de la ley 35/2014 que establece un nuevo régimen jurídico para las mutuas. Las Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social son asociaciones privadas de empresarios constituidas mediante autorización del Ministerio de Empleo y Seguridad Social e inscripción en el Registro especial dependiente de éste, que tienen por finalidad colaborar en la gestión de la Seguridad Social, bajo la dirección y tutela del mismo, sin ánimo de lucro y asumiendo sus asociados responsabilidad mancomunada. La colaboración en la gestión de la Seguridad Social comprende la gestión de prestaciones económicas y de asistencia sanitaria incluidas en la protección de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como las actividades de prevención de dichas contingencias; la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, y de las prestaciones de riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia; gestión de las prestaciones económicas por cese en la actividad de los trabajadores autónomos y la gestión de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social MUCOS Inspección de Trabajo y Seguridad Social ITSS
  • 10. [8] En 1978, a la luz de los Pactos de la Moncloa, se extingue el Servicio Social de Higiene y Seguridad en el Trabajo y se crea en su lugar el Instituto Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo, que asume sus funciones y competencias, quedando adscrito al Ministerio de Trabajo. Posteriormente, el Decreto 577/1982 define la estructura y las competencias del definitivo Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Finalmente la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 establece que el INSHT es el órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas Algunas funciones atribuidas al INSHT: asesoramiento técnico en la elaboración de legislación y desarrollo de normalización; promoción y realización de actividades de formación, información, investigación, estudio y divulgación en materia de prevención de riesgos laborales; apoyo técnico y colaboración con la ITSS; colaboración con organismos internacionales y desarrollo de programas de cooperación; apoyo técnico especializado en materia de certificación, ensayo y acreditación; actuar como Centro de Referencia Nacional en relación con las instituciones de la Unión Europea; desempeñar la Secretaría de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo prestándole la asistencia técnica y científica necesaria. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo INSHT La CNSST es el órgano colegiado asesor de las administraciones públicas en la formulación de las políticas de prevención de riesgos laborales; a su vez, es el órgano de participación institucional en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Está integrada por representantes de la Administración General del Estado, de las administraciones de las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla y por representantes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Los acuerdos se adoptan por mayoría, disponiendo cada representante de las administraciones públicas de un voto y de dos votos los de las organizaciones empresariales y sindicales. Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo CNSST
  • 11. [9] Red Española de Seguridad y Salud en el Trabajo (RedSST) Es una red de proveedores españoles de información que utiliza Internet como modo de difusión. La información se estructura y organiza del mismo modo que el resto de las Redes Nacionales Europeas que son coordinadas por la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo. El INSHT actúa como administrador de la red en España garantizando la coordinación y la transmisión de la información sobre Seguridad, Higiene y Salud en el trabajo a todos los interesados. Observatorio Estatal de Condiciones de trabajo (OECT) Servicio incardinado en el INSHT, nace a partir de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo con el objetivo de proporcionar información sobre salud laboral, referida fundamentalmente a análisis estadísticos, estudios y establecimiento y seguimiento de indicadores. Centro Nacional de Condiciones de Trabajo (CNCT) Ubicado en Barcelona. Es el centro de referencia nacional en materia de condiciones de trabajo. Para ello, dispone de laboratorios químicos e instrumental para la medición de agentes biológicos, agentes físicos y carga física. Además, posee un extenso fondo documental. En el desempeño de sus funciones, el CNCT lleva a cabo actividades de investigación, información y asesoramiento, formación, elaboración y publicación de documentos de carácter técnico y divulgativo. Centro Nacional de Medios de Protección (CNMP) Se encuentra en Sevilla. El CNMP desarrolla actividades técnicas. Entre otras líneas de actuación específicas, tiene asignadas las siguientes: estudios ambientales en agricultura; evaluación de agentes químicos y análisis de plaguicidas; seguridad a bordo de buques de pesca; trastornos músculo-esqueléticos; verificación, certificación CE y Control del Producto Final de Equipos de Protección Individual (EPI); colaboración en el control en el mercado nacional de productos industriales (EPI); normalización nacional, europea e internacional en materia de EPI y Ergonomía.
  • 12. [10] Centro Nacional de Nuevas Tecnologías (CNNT) Se localiza en Madrid (en las instalaciones del INSHT). Las líneas de actuación específicas de este Centro Nacional son la seguridad, los agentes físicos, la ergonomía, los sensibilizantes laborales y la formación. Centro Nacional de Verificación de Maquinaria (CNVM) Ubicado en Bizkaia. El CNVM tiene asignadas líneas de actuación en el campo de seguridad de las máquinas y equipos de trabajo, investigación y apoyo técnico dirigido a la integración de la seguridad en el diseño y a la utilización segura de los equipos de trabajo; así como en el campo de la metrología de agentes químicos, investigación, desarrollo y validación de metodologías para evaluar la exposición laboral a agentes químicos y desarrollo de herramientas para la calidad de las mediciones. Interlocutores sociales Los interlocutores sociales son las organizaciones más representativas en la defensa de los intereses de empresarios y trabajadores. En España son CEOE y CEPYME por la parte empresarial y CCOO y UGT por la parte sindical. La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) es una entidad privada sin ánimo de lucro, cuyo fin es la defensa y representación de los intereses empresariales ante los poderes públicos y la sociedad en general. Fue fundada en 1977, integra con carácter voluntario a dos millones de empresas y autónomos de todos los sectores de actividad, que se vinculan a CEOE a través de más de 4.000 asociaciones de base. La Confederación integra de forma directa a 197 organizaciones territoriales (entre ellas, COEPA) y sectoriales a nivel autonómico y provincial. Los interlocutores sociales determinan mediante negociación colectiva aspectos relevantes en materia de prevención de riesgos laborales. Además, las patronales, actúan como correa de transmisión para facilitar la integración en las empresas de las políticas preventivas establecidas por la administración. A su vez, mantienen una posición reivindicativa ante la misma sobre aquellas cuestiones que sean lesivas para los intereses empresariales.
  • 13. 1 Ver en esta colección la miniguía número 2: las modalidades preventivas. [11] Servicios de Prevención Los Servicios de Prevención, sean propios, ajenos o mancomunados (SP) constituyen la base de una de las modalidades de gestión de la prevención de riesgos laborales1. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 entiende servicio de prevención como el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados. A su vez, el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención garantiza la idoneidad de la actividad preventiva que haya de adoptar el empresario, a través de la acreditación por la autoridad laboral de los servicios de prevención externos, como forma de garantizar la adecuación de sus medios a las actividades que vayan a desarrollar y, de otra, la auditoría o evaluación externa del sistema de prevención, cuando esta actividad es asumida por el empresario con sus propios medios. Entidades auditoras del sistema de PRL Aquellas empresas que a la hora de gestionar la prevención de riesgos laborales en su negocio no hayan recurrido a un Servicio de Prevención Ajeno o Mancomunado, independientemente del carácter voluntario u obligado de esa decisión, deben auditar su sistema y garantizar de esta forma que se ajusta a los requisitos establecidos legalmente. El Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención y la Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, que lo desarrolla en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas, son las principales referencias específicas en términos legales.
  • 14. [12] Autonómico provincial Otros Ministerios La prevención de riesgos laborales es una disciplina de carácter trasversal. Es por ello, que el diseño de políticas y estrategias en esta materia, así como su correcta integración en la sociedad deben realizarse con la colaboración entre los departamentos ministeriales con competencias en las áreas objeto de gestión. Algunos ejemplos: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad; Ministerio de Economía y Competitividad o el Ministerio de Hacienda Y Administraciones Públicas. Escuela Nacional de Medicina del Trabajo (ENMT-ISCIII) La Escuela Nacional de Medicina del Trabajo del Instituto de Salud Carlos III es el centro especializado para la formación en Medicina del Trabajo. Contribuye al fortalecimiento del sistema preventivo y la mejora de la salud de los trabajadores. Promueve el conocimiento de las causas de la enfermedad profesional y la relacionada con el trabajo a través de la formación especializada y continua. Se encuentra adscrito orgánicamente al Ministerio de Economía y Competitividad y funcionalmente, tanto a este mismo como al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Las comunidades autónomas tienen competencias transferidas en materia de prevención de riesgos laborales. Administraciones autonómicas Institutos autonómicos de Seguridad y Salud En aquellas comunidades autónomas que tienen transferidas las competencias en materia de prevención de riesgos laborales, son organismos de carácter administrativo, que se configuran como el órgano científico- técnico en materia de prevención de riesgos laborales de la administración autonómica. Comisiones Territoriales de Seguridad y Salud En aquellas comunidades autónomas que las hayan articulado, las Comisiones Territoriales de Seguridad y Salud analizan la realidad preventiva desde la perspectiva provincial, para atender realidades diversas que puedan responder a esa variable territorial.
  • 15. [13] Empresas y trabajadores Los accidentes laborales o las enfermedades profesionales pueden ocasionar desde pequeñas desgracias particulares hasta auténticos dramas familiares; en cualquier caso, todos ellos suponen, en menor o mayor grado, una afectación personal. Así pues, las ventajas de una adecuada gestión preventiva que evite estos accidentes son innegables desde el punto de vista humano. En un segundo plano, si nos referimos a las cuestiones estrictamente relacionadas con la producción y la gestión en la empresa, la ausencia de accidentes también es beneficiosa para los intereses generales del negocio: una actividad con menos accidentes y enfermedades profesionales tendrá costes menores, por lo que ganará en eficiencia y competitividad. Las empresas y los trabajadores son la pieza más relevante de la red de agentes en prevención de riesgos laborales. En este sentido, ellos y la sociedad general en último término, son los destinatarios de todas las políticas, estrategias y acciones en materia de prevención de riesgos laborales desarrolladas por el resto de agentes de la red.
  • 16. La elaboración de los contenidos del presente documento se ha realizado con fines divulgativos y por ello, adaptados a tal fin. En cualquier caso, siempre es recomendable realizar una lectura completa de los textos legales de referencia, que son los que tienen auténtica validez legal. [14] La colección de miniguías de PRL de COEPA tiene como objetivo proporcionar respuestas concretas a temas relevantes en el ámbito de la PRL. Si deseas ampliar el contenido de este número puedes acudir a los recursos citados a continuación: Fuentes (hacer clic en las referencias para seguir los vínculos): Ámbito Internacional:  Organización Internacional del Trabajo Centro Internacional de Información sobre Seguridad y Salud en el Trabajo  Organización Mundial de la Salud Ámbito Europeo:  Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo  Red Europea de expertos en estandarización, ensayo y certificación para la seguridad e higiene en el trabajo  Red Europea para la Promoción de la Salud en el Trabajo  Fundación Europea para la mejora de las condiciones de vida y trabajo Ámbito Estatal:  Ministerio de Empleo y Seguridad Social Fundación Nacional para la PRL Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social: Activa Mutua 2008 Asepeyo Egarsat Fraternidad Muprespa Fremap Ibermutuamur Mac, Mutua de Accidentes de Canarias Maz, Mutua de Accidentes de Zaragoza Mutua Balear Mutua de Andalucía y Ceuta, Cesma Mutua Gallega de AT ¿Quieres saber más?
  • 17. La elaboración de los contenidos del presente documento se ha realizado con fines divulgativos y por ello, adaptados a tal fin. En cualquier caso, siempre es recomendable realizar una lectura completa de los textos legales de referencia, que son los que tienen auténtica validez legal. [15] Mutua Intercomarcal Mutua Montañesa Mutua Navarra Mutua Universal, Mugenat Mc Mutual Mutualia Solimat Umivale Unión de Mutuas, Unimat Inspección de Trabajo y Seguridad Social Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo  Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo  Interlocutores sociales: CEOE CEPYME UGT CC.OO  Servicios de Prevención: listado SERPA  Entidades auditoras del sistema de PRL  Otros Ministerios: Ministerio de Economía y Competitividad Ministerio de Hacienda Y Administraciones Públicas Ministerio de Industria, Energía y Turismo Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad Referencias legales: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
  • 18. La elaboración de los contenidos del presente documento se ha realizado con fines divulgativos y por ello, adaptados a tal fin. En cualquier caso, siempre es recomendable realizar una lectura completa de los textos legales de referencia, que son los que tienen auténtica validez legal. [16] Servicio de asesoramiento en PRL de COEPA (con la financiación de la Fundación para la Prevención de los Riesgos Laborales): Infórmate: 965 13 14 00