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Ley Publicada el 1 de Junio de 2006
                       (Diario Oficial de la Nación)


Integrantes:
Beatriz
José Antonio
Daniel
Ricardo
Cruz Manuel
Carlos Alejandro
Titulo Primero
Art. 1
Art. 2
LNCM
Art. 6


                            
               Ley General de Bienes Nacionales


                     Ley Federal del Mar


                        Ley de Puertos


                    El Código de Comercio


                    Ley Federal del Trabajo


                 Usos y Costumbres marítimas
                        internacionales
Art. 7




     Secretaria


   Capitanes de
  embarcaciones
mercantes Mexicanas


Cónsul Mexicano en el
     Extranjero
Secretaria:                   Art. 8

 Planea, formula y conduce
          políticas

Interviene en negociaciones
           de TC

Organiza, promueve y regula
la capacitación de personal.


 Abandera embarcaciones


     Otorga permisos


  Vigila las vías marítimas


  Inspecciona y certifica
embarcaciones mexicanas
Titulo Segundo
Art. 10




Estar inscrita en el RÉGIMEN PUBLICO
 MARÍTIMO NACIONAL



Art. 14 tendrá vigencia la matricula
Art. 15, 16, 17, 18, 19



 Personasfísicas y morales mexicanas
 podrán sacar la matricula
 Art   20. Requisitos:
Art. 22




 Otorga   un juez
 Art.
    31 Persona que imparte la información y
 capacitación ante la secretaria.
De la coordinación administrativa en materia de
                                desatención de tripulación extranjera en
                                           embarcaciones extranjeras.




 Art.
     33, 35 la embarcación con bandera
 extranjera no deberá pararse solo y cuando
 tengan una buena justificación.
Titulo Tercero
 Art   36. Podrá negar la navegación marítima.
 Interior:




 Cabotaje:




 Altura:
 Art.45:
 Previstas
 Imprevistas
 Forzosas


 Art.
     48 toda embarcación debe de salir en 48
 horas de su punto.
 Navegar   sin efecto de despacho de salida.
 Art.55 la secretaria determinara con base de
 criterios de seguridad, eficiencia y economía.
 Requisitos   para ser piloto.
 Art.   59 auxilia a una embarcación
 Art.   60 y 61 indica puertos.
 Autoridad   marítima inspeccionara.
 ART.76 Y 77Controla derrames
 hidrocarburos y otras sustancias
Titulo Cuarto
Titulo Quinto
Titulo Sexto
Abordajes art. 152
 Averías   art.157
ARTÍCULO 161:                    ARTÍCULO 162:

   auxiliar a una embarcación      Estarán obligados a
                                     prestarles auxilio sólo se
                                     excusaran de esta
                                     obligación, cuando el
                                     hacerlo implique riesgo serio
                                     para su embarcación, o
                                     para su propia vida.
ARTÍCULO 163                    ARTÍCULO 164

   Corresponderá a la             El rescate y salvamento de
    autoridad marítima              las personas y
    determinar las estaciones       embarcaciones serán
    de salvamento.                  coordinados por su titular.
ARTÍCULO 166
ARTÍCULO 165
                                     Las partes de una operación
   El salvador tendrá el             de salvamento estarán
    derecho de retención sobre        legitimadas para celebrar
    la embarcación y los bienes       contratos de salvamento
    salvados hasta la                 mediante pólizas
    recompensa debida                 internacionales
                                      estandarizadas.
ARTÍCULO 180                       ARTÍCULO 181

   La autoridad marítima          El capitán o patrón de toda
    estará facultada para          embarcación o en su ausencia
    investigar todo accidente o    el oficial que le siga en mando
    incidente marítimo que         estará obligado a levantar el
    tenga lugar en cualquier vía   acta de protesta de todo
    navegable.                     accidente o incidente
                                   marítimo.
ARTÍCULO 182:

   Se reputarán de acuerdo a
    sus características
    propias como accidentes
    o incidentes marítimos
    según sea el caso




                                   El naufragio, el incendio,
                                    las varaduras o el
                                    encallamiento
                                    La avería común
REMOCIONES Y DERELICTOS O RESTOS
                                              DE NAUFRAGIO

(Art. 167)Cuando una embarcación, aeronave
etc. Conforme al Convenio de Limitación de
Responsabilidad de 1976, deberá llevarse a
cabo lo siguiente:

                     El plazo para cumplir con la
                     orden será de tres meses
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embarcación o artefacto
naval, al ocurrir un siniestro
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Título Séptimo de esta Ley.
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Art. 186
                  Responsabilidad
Embarcaciones y   del propietario de
 accesorios de     la embarcación,
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                  arrendatario, etc.

             Seguros
             Marítimos

Mercancías, sus
                    El valor de la
contenedores o
                    renta o flete
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                    según sea el
  de bienes a
                        caso
     bordo
Art. 189
Art. 191
Art. 198
Art. 211
 Elasegurador responderá
 salvo pacto en contrario,
 de los daños y perdidas
 ocasionados por vicios
 ocultos (Art. 213 a menos
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 tenido conocimiento) de la
 mercancía objeto del
 contrato.
En el contrato se considerara:
  (Art. 214)Las mercancías que coincidan con el genero que existan
                        en la embarcación*.


  (Art. 215)La vigencia de tal desde que la mercancía es entregada
   al asegurador hasta que este la entregue al consignatario en el
                          lugar de destino*.


  (Art. 216) Se incluirán las escalas necesarias para la conservación
                  de la embarcación o su cargamento*.


  (Art. 217) En caso de existir mas de un asegurador y no establecer
    el monto de mercancía asegurada se pagara en proporción la
                  indemnización en caso de siniestro.




                                           *Salvo pacto en contrato.
En caso de…                               Responsable
La agravación del riesgo producida por    Asegurador
el hecho de que las mercancías sean
transportadas en embarcaciones no
aptas (Art. 219)
Que la embarcación en que será            Asegurado
transportada es reportada como no apta
antes de salir (Art. 221)
Por conveniencia del asegurado las        Asegurado
mercancías son descargas en un puerto
anterior y/o próximo a su destino (Art.
224)
Seguro de Fletes
Lo podrá                                    Se deberá expresar
hacerlo(Art. 240):                             el valor de la
•   El cargador      No podrán asegurar     mercancía y no se
•   El arrendador    el anticipo recibido   podrá asegurar un
•   El fletante          en caso de         monto mayor al que
•   El capitán.        naufragio de la        aparezca en la
                         mercancía.              póliza de
                                            arrendamiento(Art.
                                                   241).
 Seguro   de Responsabilidad Civil
 • Art. 242. Cubrirá los daños causados a terceras
  personas o sus bienes por la utilización u
  operación de la embarcación o de la mercancía.
Art. 246 La dejación de la embarcación puede ser efectuada por los sig. Casos:
Art. 248 La dejación de la mercancía puede ser efectuada por los sig. Casos:
Titulo Octavo
Titulo Noveno
Titulo Decimo
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Ley de navegación y comercio marítimo

  • 1. Ley Publicada el 1 de Junio de 2006 (Diario Oficial de la Nación) Integrantes: Beatriz José Antonio Daniel Ricardo Cruz Manuel Carlos Alejandro
  • 5.
  • 6. LNCM Art. 6   Ley General de Bienes Nacionales Ley Federal del Mar Ley de Puertos El Código de Comercio Ley Federal del Trabajo Usos y Costumbres marítimas internacionales
  • 7. Art. 7 Secretaria Capitanes de embarcaciones mercantes Mexicanas Cónsul Mexicano en el Extranjero
  • 8. Secretaria: Art. 8 Planea, formula y conduce políticas Interviene en negociaciones de TC Organiza, promueve y regula la capacitación de personal. Abandera embarcaciones Otorga permisos Vigila las vías marítimas Inspecciona y certifica embarcaciones mexicanas
  • 10. Art. 10 Estar inscrita en el RÉGIMEN PUBLICO MARÍTIMO NACIONAL Art. 14 tendrá vigencia la matricula
  • 11. Art. 15, 16, 17, 18, 19  Personasfísicas y morales mexicanas podrán sacar la matricula
  • 12.  Art 20. Requisitos:
  • 14.
  • 15.  Art. 31 Persona que imparte la información y capacitación ante la secretaria.
  • 16. De la coordinación administrativa en materia de desatención de tripulación extranjera en embarcaciones extranjeras.  Art. 33, 35 la embarcación con bandera extranjera no deberá pararse solo y cuando tengan una buena justificación.
  • 18.  Art 36. Podrá negar la navegación marítima.
  • 20.  Art.45:  Previstas  Imprevistas  Forzosas  Art. 48 toda embarcación debe de salir en 48 horas de su punto.
  • 21.  Navegar sin efecto de despacho de salida.
  • 22.  Art.55 la secretaria determinara con base de criterios de seguridad, eficiencia y economía.
  • 23.  Requisitos para ser piloto.
  • 24.  Art. 59 auxilia a una embarcación
  • 25.  Art. 60 y 61 indica puertos.
  • 26.  Autoridad marítima inspeccionara.
  • 27.  ART.76 Y 77Controla derrames hidrocarburos y otras sustancias
  • 32.
  • 33.  Averías art.157
  • 34. ARTÍCULO 161: ARTÍCULO 162:  auxiliar a una embarcación  Estarán obligados a prestarles auxilio sólo se excusaran de esta obligación, cuando el hacerlo implique riesgo serio para su embarcación, o para su propia vida.
  • 35. ARTÍCULO 163 ARTÍCULO 164  Corresponderá a la  El rescate y salvamento de autoridad marítima las personas y determinar las estaciones embarcaciones serán de salvamento. coordinados por su titular.
  • 36. ARTÍCULO 166 ARTÍCULO 165  Las partes de una operación  El salvador tendrá el de salvamento estarán derecho de retención sobre legitimadas para celebrar la embarcación y los bienes contratos de salvamento salvados hasta la mediante pólizas recompensa debida internacionales estandarizadas.
  • 37. ARTÍCULO 180 ARTÍCULO 181  La autoridad marítima El capitán o patrón de toda estará facultada para embarcación o en su ausencia investigar todo accidente o el oficial que le siga en mando incidente marítimo que estará obligado a levantar el tenga lugar en cualquier vía acta de protesta de todo navegable. accidente o incidente marítimo.
  • 38. ARTÍCULO 182:  Se reputarán de acuerdo a sus características propias como accidentes o incidentes marítimos según sea el caso  El naufragio, el incendio, las varaduras o el encallamiento  La avería común
  • 39. REMOCIONES Y DERELICTOS O RESTOS DE NAUFRAGIO (Art. 167)Cuando una embarcación, aeronave etc. Conforme al Convenio de Limitación de Responsabilidad de 1976, deberá llevarse a cabo lo siguiente: El plazo para cumplir con la orden será de tres meses contados a partir de la fecha de la notificación
  • 40. Se dispondrá del plazo de seis meses a partir de la fecha del siniestro para efectuar la remoción o actividad pertinente.
  • 41. El propietario de una embarcación o artefacto naval, al ocurrir un siniestro será responsable de todos los daños que le sean imputables causados a terceros por la explotación del mismo o por su carga
  • 42. Todas las embarcaciones que naveguen aguas interiores mexicanas, deberán de contar con un seguro de protección e indemnización por responsabilidad civil en los términos del Título Séptimo de esta Ley.
  • 44. Art. 186 Responsabilidad Embarcaciones y del propietario de accesorios de la embarcación, estas naviero, arrendatario, etc. Seguros Marítimos Mercancías, sus El valor de la contenedores o renta o flete cualquier clase según sea el de bienes a caso bordo
  • 45.
  • 49. Art. 211  Elasegurador responderá salvo pacto en contrario, de los daños y perdidas ocasionados por vicios ocultos (Art. 213 a menos que compruebe no haber tenido conocimiento) de la mercancía objeto del contrato.
  • 50. En el contrato se considerara: (Art. 214)Las mercancías que coincidan con el genero que existan en la embarcación*. (Art. 215)La vigencia de tal desde que la mercancía es entregada al asegurador hasta que este la entregue al consignatario en el lugar de destino*. (Art. 216) Se incluirán las escalas necesarias para la conservación de la embarcación o su cargamento*. (Art. 217) En caso de existir mas de un asegurador y no establecer el monto de mercancía asegurada se pagara en proporción la indemnización en caso de siniestro. *Salvo pacto en contrato.
  • 51. En caso de… Responsable La agravación del riesgo producida por Asegurador el hecho de que las mercancías sean transportadas en embarcaciones no aptas (Art. 219) Que la embarcación en que será Asegurado transportada es reportada como no apta antes de salir (Art. 221) Por conveniencia del asegurado las Asegurado mercancías son descargas en un puerto anterior y/o próximo a su destino (Art. 224)
  • 52. Seguro de Fletes Lo podrá Se deberá expresar hacerlo(Art. 240): el valor de la • El cargador No podrán asegurar mercancía y no se • El arrendador el anticipo recibido podrá asegurar un • El fletante en caso de monto mayor al que • El capitán. naufragio de la aparezca en la mercancía. póliza de arrendamiento(Art. 241).
  • 53.  Seguro de Responsabilidad Civil • Art. 242. Cubrirá los daños causados a terceras personas o sus bienes por la utilización u operación de la embarcación o de la mercancía.
  • 54. Art. 246 La dejación de la embarcación puede ser efectuada por los sig. Casos:
  • 55. Art. 248 La dejación de la mercancía puede ser efectuada por los sig. Casos: