El documento describe la campaña de vacunación contra la influenza en Chile. Solicita esfuerzos para alcanzar una cobertura del 90% en grupos de alto riesgo como adultos mayores, niños pequeños y personas con enfermedades crónicas antes del 31 de mayo. También aclara que solo el Estado está autorizado para administrar las vacunas de inmunización obligatoria.
1. DE
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004409
DIRECTOR SERVICIO SALUD METROPOLITANO OCCIDENTE.
SEGÚN DISTRIBUCIÓN
ORU. : N
ANT. : Ordinario A 15 N°1288 del 24.04.13 /
Subsecretaría de Salud Pública.
Ordinario N° 3372 del 25.04.13 /
SEREMI
MAT. : Ejecución cié Actividades de Vacunación
Antiinfluenza.
SANTIAGO, 17 MAYO 2H13
Me permito hacer llegar a usted, dos documentos
relacionados con la Vacunación Antiinñuenza año 2013, uno enviado desde la Subsecretaría
de Salud Pública y el otro de la Secretaría Regional Ministerial de Salud.
En el enviado desde la SEREMI, solicita realizar
todos los esfuerzos tendientes para lograr coberturas del 90 o más por ciento en la
población objetivo al 31 de Mayo y solicita a las Autoridades de Salud Comunal que priorice
esta actividad, por constituir la primera estrategia preventiva en el contexto de la Campaña
de Invierno.
El Subsecretario de Salud Pública, aclara que
corresponde al Estado ejecutar las acciones de S. Pública y por ende administrar la
vacunación a las personas que forman parte de la población objetivo de las Campañas de
Inmunización Obligatorias.
Solicite-^üsted se sirvá"~diáundir ambos documentos
al personal responsable del PNI de su establecimiento.
Saluda atentamente a usted,
SA,
C1GN
SR. RODRIGO INFANTE COTRONEO
~X^^^ ty™ ECTOR
¿lliLS^®^1010 SALJHtí METROPOLITANO OCCIDENTE
DISTRIBUCIÓN:
Director Hospital : San Juan de Dios, Félix Bulnes, Melipilla, Peñaflor, Talagante, Curacaví.
Director Corporación y/o Depto de Salud: Pudahuel, Melipilla, Lo Prado, Renca, Isla de Maipo, El Monte,
Quinta Normal, María Pinto, Cerro Navia, Padre Hurtado, Peñaflor, Talagante, San Pedro, Alhué.
Director Consultorio: Andes, Lo Franco, Garín, Renca, Hernán Urzua, Huamachuco, Avendaño, Yazigi, Pablo
Neruda, C.R Silva Henríquez,Gustavo Molina, Santa Anita, Pudahuel, Pudahuel Poniente, Violeta Parra,
Steeger, Albertz, Lo Amor, Cerro Navia, A. Allende, Monckeberg, Juan Pablo II, Boris Soler, Isla de Maipo, El
Monte, María Pinto, E. Elgueta, San Manuel, Bicentenario, Pomaire, Cesfam Peñaflor.
Director Posta: Alhué, San Pedro
DIRECCIÓN S.S.M.Occidente
Depto. Subdirección de Gestión Asistencial
Depto. de Capacitación.
Depto. Gestión de procesos Asistenciales
Oficina de Partes
2. 0'
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SAtíJD PUBLICA
DIVISIÓN JURÍDICA
JHQ /,AMi>Ctü/ <£¡> A ," "
1288
OR0hfA15.
_^ 2«'Tj fComunicaeión electrónica de fecha 12 de abril
y^BR7¿0T3je 2013, de la Secretaria Regional Ministerial
de Salud de la Región de Magallanes y la
Antartica Chilena.
MAT.: Ejecución de actividades de vacunación anti-
Oficinade . t$¡l / influenza
santiago, 2 Hkm. 2013
SUBSECRETARIO DE SALUD PÚBLICA
GERENTE GENERAL CAJA DE COMPENSACIÓN LOS ANDES.
Esta Secretaría de Estado ha recibido una comunicación electrónica de fecha 12 de abril de
2013, de la Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región de Magallanes y laAntartica Chilena, en
laque detalla una iniciativa de la entidad de su dirección por ia que se ofrece lavacunación anti-influenza,
a sus afiliados y familiares, previa adquisición de la vacuna respectiva en una cadena farmacéutica
determinada.
En relación a lo anterior, corresponde a esta Subsecretaría de Salud Pública hacer notar a
Ud. lo siguiente:
1. La inmunización contra enfermedades transmisibles de los habitantes de la República
es una función pública, de acuerdo a lo que prescribe el Artículo 32° del Código
Sanitario, cuya administración, como acción de salud pública, ha quedado de cargode
la Subsecretaría de Salud Pública y las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud
del país, de conformidad al Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2005, del Ministerio de
Salud,que determina la normativa orgánica del sector.
2. La vacunación obligatoria para los habitar
mediante el Decreto Exento N° 6 de 2010, (
numeral 12° la obligación de vacunarse contr
población objetivo será aquella determinada c
Anual, la cual se dicta atendiendo los fenc
términos de su estacionalidad; la variabilidad
seleccionan para formar parte de la vacuna
deben vacunarse, atendidas la gravedad con c
de influenza o la potencial diseminación que i
población.
¡tes de la República ha sido dispuesta
:iel Ministerio de Salud, incluyendo en su
a la influenza, señalando al efecto que la
le acuerdo a la Estrategia Epidemiológica
menos propios de esta enfermedad en
de las cepas que se presentan y que se
estacional, además de las personas que
que puede presentarse en ellas el cuadro
jilas pueden realizar sobre el resto de la
4.
En consideración a lo expuesto, la vacunación corresponde a una obligación o carga
pública, cuya aplicación obedece a una estrategia de salud enfocada en evitar la
diseminación de una enfermedad transmisible o sus efectos perniciosos sobre las
personas y/o el sistema de salud, cuyo fundamento jurídico encuentra su base en el
numeral 9o del artículo 19° de la Constitución Política de la República -derecho a la
protección de la salud-, como una medida en beneficio de la salud y bienestar de la
población estimada como acciones de prevención de las enfermedades, consideración
que aleja a esta estrategia y su obligatoriedad de la esfera de los derechos
individuales, impidiendo por consiguiente su renuncia voluntaria o la negativa a
administrarse las vacunas del plan obligatorio. La anterior concepción ha sido
compartida por los tribunales de justicia.
En aplicación de lo antes dicho, es posible para esta Subsecretaría advertir que es
improcedente la autorización o realización de campañas privadas de vacunación anti
influenza, u otra de naturaleza similar que corresponda a la aplicación de vacunas
destinadas a la ¡nmunoprevención de enfermedades transmisibles incorporadas en el
decreto que dispone la vacunación obligatoria de la población del país, destinadas a
ser aplicadas a los grupos objetivo señalados en el referido decreto o sus
disposiciones complementarias.
3. 5. Lo anterior se basa en que solo corresponde al Estado realizar las funciones
relacionadas a las acciones de salud pública, no pudiendo ninguna entidad privada
atribuirse su ejecución sin justificación legal suficiente, en tanto del desarrollo
apropiado de estas acciones, como de su trazabilidad, depende la salud de toda la
población. Lo anterior, se ratifica en el artículo 7o de la Constitución Política de la
República y las disposiciones del artículo 12 del DFL N° 1 de 2005, del Ministerio de
Salud, ya citado.
6. Sin perjuicio de lo expuesto, es necesario indicar que las entidades privadas pueden
asistir en la labor de las acciones de salud previo convenio con los agentes estatales
respectivos o suplementando dichas acciones, tal como sería, en este último caso, el
de la vacunación de la población no objetivo de las campañas estatales de
inmunoprevención.
7. En consideración a todo lo expuesto, es preciso aclarar a Ud. que corresponde al
Estado ejecutar las acciones de salud pública y por ende administrar la vacunación de
las personas que forman parte de la población objetivo de las campañas de
inmunización obligatorias, situación en la cual se agradecerá a Ud. y a sus entidades
asociadas informar lo señalado a las personas comprendidas en este grupo y la
gratuidad absoluta con la que puedenacceder a su inmunización, conel fin de manejar
la cobertura de la campaña y seguimiento de las personas protegidas.
Saluda atentamente,
<S:LM^
,DR. JORGE DI
SUBSECRETARIO D .
Distnbuaón
Ceja Los Andes - Alonso Ovaiíe N°1465 Santiago Centro.
SEREMI de Salud del pais
Servicios de Salud de* País.
Gabinete Sr. Ministrode Salud y Subsecretarios de Salud Pública y Redes Asistenciales.
División de Planificación Sanitaria
División de Políticas Públicas Saludables y Promoción (Oficio).
División de Prevención y Control de Enfermedades
División de Atención Primaria de Salud.
División de Gestión da la Red Asistencia!
División Jurídica (Oficio y Antecedentes)
Dpto. de Inmunizaciones.
Dpto. de Medicamentos e Insumo - Subsecretaría de Redes Asistenciales.
Ofiana de Parles
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Programa Nacional dklnmunlzaclones U_ ü ^/ÍD Or,
vTT" H- o,c ^ M i ^ :Vacunación Influ^^m^:
ROSA OYARCE SUAZO.
SECRETARIA REGIONAL MlNISTERltíüí
DESTINO-
SEGÚN DISTRIBUCIÓN " ;::::'-'
003372 25.ABR2013
RD. N°
AMT. : ( - )•
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I ¡"iFfil'l¡i!r¡.
Como es de su conocimiento, el 18 de Marzo del año en curso, el Ministerio de Salud"da"
mico en forma anticipada ala Campaña de vacunación contra la Influenza corfel propósfe de
^ Preservar la integridad de los servicios asistenciales
^Tnf?ueenza.mUerteS Vm°rbÍI¡dad ^ CaUSada ° secundaria a ¡nfección por virus
Para dar cumplimiento a este último propósito, se definen como grupos objetos de la
intervención por constituir la población de mayor riesgo a:
^ Las embarazadas a partir de la 13a semana de gestación
^ Las ninas yniños de edades comprendidas entre los 6ylos 23 meses
•=> Las personas de 65 años y más.
=> Los trabajadores de plantas avícolas ycriaderos ríe cerdos
o Los pacientes portadores de alguna de las siguientes condiciones de riesqo'
• Diabetes
• Enfermedades pulmonares crónicas, específicamente: asma bronquial" EPOC-
fibrosis quistíca; fibrosís pulmonar de cualquier causa
• Cáncer en tratamiento con radioterapia, quimioterapia, terapias hormonales o
medidas paliativas de cualquier tipo. ü
• Cardiopatías, específicamente: congénitas; reumática; isquémica ymiocardiopatías
de cualquier causa, con excepción de la hipertensiva
• Enfermedades neuromusculares congénitas oadquiridas que determinan trastornos
ae la deglución odel manejo de secreciones respiratorias.
• Obesidad con índice de Masa Corporal >a 40.
• Insuficiencia renal enetapa 4 o mayor.
• Insuficiencia renal en diálisis.
• Insuficiencia hepática crónica.
• Enfermedades autoinmunes como Lupus; escleroderma; artritis reumatoidea
enfermedad de Crohn, etc. d'
• Cáncer en tratamiento con radioterapia, quimioterapia, terapias hormonales o
medidas paliativas de cualquier tipo. "UMdies, o
• Infección por VIH.
• Inmunodeficiencias congénitas o adquiridas-.
5. A un mes del inicio de esta importante intervención de Salud Pública, se observa un
lento avance en la vacunación de adultos de 65 y más años, en la población de niños de 6 a 23
meses, y en la población de crónicos, grupos altamente vulnerables, y que requieren ser
inmunizados a la brevedad, a objeto de protegerlos previo al aumento de la circulación viral.
Conforme a lo instruido por el Sr. Ministro de Salud, se deben realizar todos los
esfuerzos tendientes para la lograr coberturas del 90o más %en la población señalada al 31 de
mayo.
Por lo anterior, solicito a ustedsu gestión con las Autoridades de Salud Comunales para
que se priorice esta actividad, por constituir la primera estrategia preventiva en el contexto de la
Campaña de Invierno.
Saluda atentamente a usted,
DISTRIBUCIÓN:
DIRECCIÓN SERVICIO SALUD M. CENTRAL
DIRECCIÓN SERVICIO SALUD NI. ORIENTE
DIRECCIÓN SERVICIO SALUD M. NORTE
DIRECCIÓN SERVICIO SALUD M. OCCIDENTE^
DIRECCIÓN SERVICIO SALUD M. SUR
DIRECCIÓN SERVICIO SALUD M. SUR ORIENTE
Secretaria Regional Ministerial de Salud R.M.
Departamentode Salud Pública y Planificación Sanitaria
Programa Nacional de Inmunizaciones
Of. Parles
F.: 22/04/2013 Int. N" 226
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SUAZO
1STERIAL DE SALUD
LITANA
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