Las modalidades de exportación incluyen exportación definitiva con datos definitivos o provisionales, exportación fraccionada, exportación temporal para perfeccionamiento pasivo, reexportación, reembarque, exportación por tráfico postal y envíos urgentes, exportación de muestras sin valor comercial, exportaciones temporales realizadas por viajero, exportación de menajes, y programas especiales de exportación. Cada modalidad requiere diferentes documentos de soporte y tiene diferentes obligaciones y plazos de cumplimiento.
1. MODALIDADES DE EXPORTACIÓN CARACTERISTICAS GARANTIA DOCUMENTOS SOPORTE OBLIGACIONES
EXPORTACION DEFINITIVA
EMBARQUE UNICO CON DATOS
DEFINITIVOS: es la exportación más
utilizada, los documentos no sufren
ninguna modificación.
EMBARQUE UNICO CON DATOS
PROVISIONALES: es la exportación en
que no se dispone de toda la
información de la mercancía, y se envía
con datos provisionales.
EMBARQUE FRACCIONADO CON
DATOS DEFINITIVOS O
PROVISIONALES: es la exportación en
que la mercancía es enviada en
fracciones.
a) Documento que acredite la operación que dio
lugar a la exportación.
b) Vistos buenos o autorizaciones cuando a ello
hubiere lugar.
c) Mandato, cuando actúe como declarante una
agencia de aduanas o un apoderado.
En el caso de datos provisionales, el exportador deberá
cerrar los documentos dentro de los tres (3) meses
siguientes de haber realizado el embarque.
EXPORTACION TEMPORAL PARA
EL PERFECCIONAMIENTO PASIVO
Es la modalidad de exportación que regula
la salida temporal de mercancías
nacionales o nacionalizadas del territorio
aduanero nacional, para ser sometidas a
transformación, elaboración, o reparación
en el exterior o en una Zona Franca
Industrial de Bienes y de Servicios
Garantía personal que
ampare la reimportación de
productos
a) Documento que acredite el contrato que dio
lugar a la exportación, y
b) Mandato cuando actúe como declarante una
agencia de aduanas o un apoderado.
Los Bienes y de Servicios deben ser reimportadas dentro
del plazo que la Aduana autoricé para cada caso antes de
su exportación.
REEXPORTACION esuna destinación
aduaneradefinitiva
solopuede acogera ella
mercancías extranjeras
se tramita con una declaración
de reexportación
3 AÑOS a) autorizacionde embarque
b) declaracionde exportación
definitiva
c) declaracionde exportacion
temporal
conservarpor u periodo de cincoaños contados
apartir de la fecha de presentacionyaceptacion
de la solicitudde autorizacionde embarque
REEMBARQUE Es la modalidad de exportación que regula
la salida del territorio aduanero nacional de
mercancías procedentes del exterior que se
encuentren en almacenamiento y respecto
de las cuales no haya operado el abandono
legal ni hayan sido sometidas a ninguna
modalidad de importación.
Se constituye por el 100%
del valor CIF de las
mercancías que son
reembarcadas
a) Original del documento de transporte que
ampare la mercancía en el momento de su
importación;
b) Original del contrato de mandato cuando actúe
como declarante una agencia de aduanas o un
apoderado y,
c) Copia de la garantía bancaria o de compañía de
seguros.
La solicitud de autorización de embarque deberá
presentarse a la aduana previa la constitución de una
garantía bancaria o de compañía de seguros cuyo objeto
será garantizar que la mercancía sometida a esta
modalidad salió del territorio aduanero dentro del término
de vigencia.
EXPORTACION POR TRAFICO
POSTAL Y ENVIOS URGENTES
requierenagil entrega a sudestinario
no serarevisadoporla aduana simplemente
solo presentadoel manifiesto
NO TIENE a) declaracion simplificada
de exportacion
cada uno de lospaquetes que se exportenbajoel
traficopostal deberateneradherido
una etiquetadonde se consignen el nombre direccion
2. expreso que esel documentode transporte
ara esta modalidadesnecesario
tramitar la declaracion simplificada de
exportacion.
b) documentode transporte
c) autorizacionde embarque
d) declaracionde exportacion
del remitente ydirecciondel
consignatariodescripcionycantidadde las
mercancias
EXPORTACION DE MUESTRAS SIN
VALOR COMERCIAL
no estasujetaal montonestablecido sobre el
valortotal fob
no podraexportarse bajoestamodalidad
productoscomo café esmeraldas metalesoro
platino residuosodesperdicios
a) vistosbuenos
b) de muestrasinvalor comercial
c) solicitudde autorizacionde
embarque
lasexportacionesde muestrasinvalorcomercial deberancumplir
con el vistobueno al momentode presentar la
solicitudde embarque
EXPORTACIONES TEMPORALES
REALIZADAS POR VIAJERO
Serán objeto de esta modalidad de exportación
las mercancías nacionales o nacionalizadas que
lleven consigo los viajeros que salgan del país y
que deseen reimportarlas a su regreso en el
mismo estado, sin pago de tributos.
a) Declaración de equipaje y títulos de dinero-
viajeros
EXPORTACION DE MENAJES Serán objeto de esta modalidad de exportación
los menajes de los residentes en el país, que
salen del territorio aduanero nacional para fijar
su residencia en el exterior. Para tal efecto,
deberán realizar el trámite de una solicitud de
autorización de embarque y la declaración
correspondiente, en la forma prevista en este
decreto para la exportación definitiva, como
embarque único con datos definitivos.
a) Declaración de exportación simplificada El plazo para presentar ante la aduana la solicitud de
autorización de embarque, para la exportación del menaje, será
de treinta (30) días calendario, antes de la salida del propietario
o de ciento veinte (120) días calendarios siguientes a la fecha
de salida del mismo”.
PROGRAMAS ESPECIALES DE
EXPORTACION
Programa Especial de Exportación, PEX, es la
operación mediante la cual, en virtud de un
acuerdo comercial, un residente en el exterior
compra materias primas, insumos, bienes
intermedios, material de empaque o envases,
de carácter nacional, a un productor residente
en Colombia, disponiendo su entrega a otro
productor también residente en el territorio
aduanero nacional, quien se obliga a elaborar y
exportar los bienes manufacturados a partir de
dichas materias primas, insumos, bienes
intermedios o utilizando el material de empaque
o envases según las instrucciones que reciba
del comprador externo.
Las personas jurídicas que pretendan inscribirse ante la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como
beneficiarios de los Programas Especiales de Exportación, PEX,
deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 76 del
presente decreto, con excepción de los establecidos en los
literales d), e) y g).
La entrega de las materias primas, insumos, bienes intermedios,
envases y material de empaque por cuenta del comprador
residente en el exterior, al productor nacional que dicho
comprador designe, perfeccionará la compraventa celebrada.
Para el efecto, el productor-exportador del bien final expedirá un
certificado PEX a favor del productor-exportador de las materias
primas, insumos, bienes intermedios, material de empaque o
envases, a través de los servicios informáticos electrónicos, y en
la forma y condiciones que establezca la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales.
El certificado PEX es el documento con el que se surte la
exportación definitiva e importación temporal de las materias
primas, insumos, bienes intermedios, material de empaque o
envases, por cuenta de un residente en el exterior.
Los bienes así exportados e importados quedarán en
disposición restringida en el país y se destinarán única y
exclusivamente al cumplimiento del programa especial de
3. exportación”.
EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA
REIMPORTACIÓN EN EL MISMO
ESTADO
Es la modalidad de exportación que regula la
salida temporal de mercancías nacionales o
nacionalizadas del territorio aduanero nacional,
para atender una finalidad específica en el
exterior, en un plazo determinado, durante el
cual deberán ser reimportadas sin haber
experimentado modificación alguna, con
excepción del deterioro normal originado en el
uso que de ellas se haga.
a) Documento que acredite el contrato que dio
lugar a la exportación
b) Mandato cuando actúe como declarante una
Sociedad de Intermediación Aduanera o un
apoderado
DAIHANA GUTIERREZ HERNANDEZ