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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”
“Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”
LINEAMIENTOS FINALIZACIÓN AÑO ESCOLAR 2015:
INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN BÁSICA PÚBLICAS Y PRIVADAS
ÁMBITO JURISDICCIONAL DE LA GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN LA LIBERTAD
DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP
I. BASE LEGAL
 Constitución Política del Perú
 Ley N° 28044, Ley General de Educación
 Ley N° 26549, Ley de las Instituciones Educativas Privadas
 Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
 Ley N° 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres SINAGERD y su
Reglamento D. S. N° 048-2011-ED
 Ley N° 28340, Ley del Sistema de Información de Educación para el Trabajo
 Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento D. S. N° 04-2014-ED.
 Ley 29973, Ley de la Persona con Discapacidad
 Decreto de Urgencia N° 004-2015-PCM, Medidas para la ejecución de intervenciones ante el
período de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño
 R.G.R. N° 004416-2015-GRLL-GGR/GRSE, Lineamientos de Acción ante los Riesgos del
Fenómeno El Niño en II.EE DE LA Educación Básica, Técnico Productiva y Superior No
Universitaria de la Región La Libertad
 R.G.R. N° 003866-2015-GRLL-GGR/GRSE, Intervención Pedagógica ante Dengue, Chikunguya y
Fenómeno El Niño en la Región La Libertad
 R.G.R. N° 5138-2015-GRLL-GGR/GRSE, especificaciones sobre la intervención de las APAFA
 R.G.R. N° 5139-2015-GRLL-GGR/GRSE, sobre consumo de alcohol, cigarro u otras sustancias
tóxicas para el organismo
 D.S. N°008-2006-ED, Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor Efectiva de Trabajo
Docente en las II.EE Públicas
 D. S. N° 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación
 D. S. Nº 004-2010-ED, Reglamento de la Ley 29394
 R. M. N° 234-2005, Aprueban Directiva sobre Evaluación de los Aprendizajes de los estudiantes
en la EBR, Directiva N° 004-VMGP-2005-Evaluación de los Aprendizajes
 R. M. N° 0387-2005-ED, Modificación de la Directiva N° 004-VMGP-2005-Evaluación de los
Aprendizajes
 R. M. N° 1225-85-ED, determinación de los cinco alumnos que han obtenido los más altos
promedios generales al concluir la Educación Secundaria EBR
 R. M. N° 440-2008-ED, Aprueba el Diseño Curricular Nacional de EBR
 R. M. N° 199-2015 - MINEDU, Modifican Parcialmente el Diseño Curricular Nacional de EBR
 R. M. N° 556-2014 - MINEDU, aprueba “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año
Escolar 2015 en la Educación Básica”
 R. M. N° 276-2009-ED, Aprueban el Diseño Curricular Básico Nacional de EBA
GOBIERNO
REGIONAL LA
LIBERTAD
Presidencia
Regional
Gerencia Regional de
Educación
DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP
2
Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas
 Resolución Directoral No 0173-2008-ED Orientaciones para la Evaluación de los Aprendizajes
Ciclo Inicial, Intermedio y Avanzado en Educación Básica Alternativa
 Resolución Directoral N° 0209-2009-ED, Determinación de los cinco primeros puestos de
estudiantes que han obtenido los más altos calificativos al concluir el Ciclo Avanzado de
Educación Básica Alternativa ,para efectos de exoneración del Procedimiento de Admisión a la
Universidad o Institutos de Educación Superior Tecnológica
 Resolución Directoral N° 0562-2010-ED, Evaluación de los Aprendizajes de Educación en la
Modalidad de Educación Básica Alternativa
 Resolución Directoral N° 02664-2011-ED, Orientaciones para el llenado de los Certificados de
Estudios en el marco de Equivalencias de la EBR con la EBR y EDA
II. FINALIDAD
Normar y orientar los lineamientos para la finalización del Año Escolar 2015 de las Instituciones
Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica en su gestión pedagógica, institucional y
administrativa.
III. OBJETIVOS
3.1. Determinar los lineamientos que aseguren información ordenada y válida respecto al inicio,
desarrollo y finalización del Año Escolar 2015.
3.2. Precisar responsabilidades a nivel de GRELL, UGEL, e II.EE. garantizando el proceso de
finalización del Año Escolar 2015.
3.3. Determinar acciones pertinentes para la mejora de los aprendizajes en el Año Escolar 2016, a
partir de la información sistematizada a nivel de I.E., UGEL y GRELL relacionada a la gestión
escolar en concordancia de los INDICADORES DE GESTIÓN EDUCATIVA
establecidos por la Gerencia Regional de Educación para el periodo 2016 al 2018.
3.4. Garantizar que las acciones de modificación de la calendarización por el FEN no afecten el
cumplimiento de las horas efectivas y la preparación para el buen inicio del Año Escolar 2016.
3.5. Evaluar la gestión directiva y docente realizada en cada una de las II.EE., a fin de tomar
decisiones para mejorar la gestión escolar en favor del desarrollo educativo de la región La
Libertad.
IV. ALCANCE
4.1. Gerencia Regional de Educación La Libertad
4.2. Unidades de Gestión Educativa
4.3. Instituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica
V. RESPONSABLES
5.1. A nivel de Gerencia Regional de Educación. Recibe información consolidada a nivel de UGEL
presentando resultados oficiales a nivel regional.
 Subgerencia de Gestión Pedagógica
 Especialista de Educación Inicial
 Especialista de Educación Primaria
 Especialista de Educación Secundaria
 Especialista de Educación Básica Especial
 Especialista de Educación Básica Alternativa
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Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas
5.2. A nivel de UGEL. Recibe información consolidada a nivel de II. EE. presentando resultados oficiales
a nivel territorial.
 Área de Gestión Pedagógica
 Especialista de Educación Inicial
 Especialista de Educación Primaria
 Especialista de Educación Secundaria
 Especialista de Educación Básica Especial
 Especialista de Educación Básica Alternativa
5.3. A nivel de II.EE. Sistematiza información institucional de manera ordenada, verificada y en el plazo
establecido enviando a la UGEL de su jurisdicción.
 Director (a)
 Subdirector (a)
 Jefes / Coordinadores
 Docentes
VI. DISPOSICIONES GENERALES
6.1. DEL TÉRMINO Y CLAUSURA DEL AÑO ESCOLAR 2015
6.1.1. Las actividades en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica
de la Región La Libertad, concluyen el 30 de noviembre de acuerdo a la
Recalendarización efectuada por el fenómeno El Niño y al cumplimiento de las horas
efectivas de trabajo pedagógico programado. R.G.R N° 004416-2015-GRLL-
GGR/GRSE
6.1.2. La clausura del Año Escolar 2015 se realizará posterior al 30 de noviembre, previa
presentación de la documentación requerida, con la asistencia de los docentes hasta
el 15 de diciembre del año en curso, de conformidad con la R.M. N°556-2014-
MINEDU, Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2015.
6.1.3. Los Directores/as son responsables del cumplimiento de la R.G.R N° 005139-2015-
GRLL-GGR/GRSE donde se prohíbe el consumo de alcohol, cigarrillos u otras
sustancias tóxicas para el organismo dentro de los locales escolares, quedando
prohibido organizar Fiestas de Promoción, reuniones de fin de año u otras
celebraciones donde se consuma lo indicado.
6.2. DE LA DOCUMENTACIÓN DE MATRÍCULA, ACTAS Y CERTIFICADOS
6.2.1. Las actas de evaluación tendrán como fecha de inicio el 9 de marzo y el cierre el día
de la clausura.
6.2.2. Después de haber generado las actas finales de evaluación, imprimir en forma física y
remitir a la UGEL (02 juegos) en formato SIAGIE, vía mesa de partes. Así mismo en
virtual a través del sistema SIAGIE (solo EBR). Las II.EE. Privadas lo harán adjuntando
un cuadro de registros de firmas de los docentes y copia R.D. del director y metas
de atención.
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Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas
6.2.3. Las Actas de Evaluación de los estudiantes que culminaron el 2do.Grado de
Educación Secundaria, se entregará a la UGEL con los documentos, que acreditan los
10 primeros puestos en orden de mérito, a efectos de facilitar la postulación
voluntaria de los estudiantes a los Colegios de Alto Rendimiento.
6.2.4. Los Directores de las II.EE de la EBR, una vez remitidas a la UGEL las Actas Finales
de Evaluación mediante el uso del SIAGIE; deberán activar los controles del sistema
que indicará que el año lectivo ha sido cerrado, con la finalidad de declarar que los
registros de matrícula, asistencia y evaluaciones correspondientes al año lectivo 2015
son definitivos.
6.2.5. Los Directores (as) de las II.EE Públicas están prohibidos de retener documentación
de los estudiantes para efectos de traslado o matrícula.
6.2.6. Los Directores (as) de las II.EE Privadas están prohibidos de impedir, dificultar la
liberación de los estudiantes de Sistema Informático (SIAGIE). Tampoco se puede
retener documentos físicos como el DNI o el certificado de estudios para efectos de
traslado o matrícula, siempre y cuando los padres de familia se encuentren al día con
sus compromisos de pago.
6.2.7. Los Certificado Oficiales de Estudio son de expedición gratuita e inmediata para los
estudiantes de EBR, que concluyan el nivel Inicial, Primaria y Secundaria, en las II.EE.
de Gestión Pública; salvo se trate de la entrega de duplicados, por lo que tendrán
que cancelar, el costo de acuerdo al TUPA respectivo.
6.2.8. La UGEL garantizará la entrega oportuna de los formatos de certificados a cada una
de las Instituciones Educativas de su ámbito correspondiente, previa presentación de
las actas de evaluación.
6.2.9. Las Instituciones Educativas Públicas y Privadas están prohibidas de elaborar,
reimprimir, distribuir y comercializar documentos oficiales de evaluación.
6.2.10. En el caso de las actas de evaluación de los estudiantes que han culminado el Quinto
Grado de Educación Secundaria, éstas se priorizarán para su entrega oportuna, las
mismas que se entregarán con los documentos que acreditan los 10 primeros
puestos en orden de mérito obtenido a través del SIAGIE y los certificados
promocionales.
6.2.11. En las II.EE. Públicas y Privadas de la EBR, los responsables de firmar las Actas de
Evaluación en físico (formato SIAGIE) son los docentes que estuvieron a cargo del
Año Escolar 2015. No se aceptarán la firma de otro profesor y/o del Director. Los
Directores presentarán estas actas en físico a las UGEL. Otros formatos no tienen
validez.
6.3. DE LA PROMOCIÓN Y REPITENCIA
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6.3.1. La promoción o repitencia en la EBR se rige a lo normado por la R.M. N° 0234-2005-
ED que aprueba la Directiva N° 004-VMGP-2005-ED. La escala de calificación es
literal y descriptiva, de acuerdo a lo indicado en el cuadro siguiente, SIENDO DE
ESTRICTO CUMPLIMIENTO POR LAS II EE PUBLICAS Y PRIVADAS.
Educación Inicial
A
Logro Previsto
Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos
en el tiempo programado.
B
En Proceso
Cuando el estudiante está en camino de lograr los aprendizajes
previstos, para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo
razonable para lograrlo.
C
En Inicio
Cuando el estudiante está empezado a desarrollar los aprendizajes
previstos o evidencia dificultades para el desarrollo de éstos,
necesitando mayor tiempo de acompañamiento e intervención del
docente de acuerdo a su ritmo y estilo de aprendizaje.
Educación Primaria
AD
Logro Destacado
Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos,
demostrando incluso un manejo solvente y muy satisfactorio en todas
las tareas propuestas.
A
Logro Previsto
Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos
en el tiempo programado.
B
En Proceso
Cuando el estudiante está en camino de lograr los aprendizajes
previstos., para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo
razonable para lograrlo.
C
En Inicio
Cuando el estudiante está empezado a desarrollar los aprendizajes
previstos o evidencia dificultades para el desarrollo de éstos,
necesitando mayor tiempo de acompañamiento e intervención del
docente de acuerdo a su ritmo y estilo de aprendizaje.
6.3.2. Los requisitos para la promoción o repitencia de los estudiantes de Educación
Primaria son los siguientes:
a. Los estudiantes de Primer Grado son promovidos al grado superior de forma
automática.
b. Son promovidos de grado los estudiantes de 2°,3°,4°, 5° y 6° grados obtienen
“A” en toda las área curriculares incluidas las áreas o talleres creados como parte
de las horas de libre disponibilidad.
c. También son promovidos de grado los estudiantes de 2°,3°y 4° grados obtienen
como mínimo ”A” en las área curriculares de Comunicación, Matemática y como
mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las
horas de libre disponibilidad.
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d. Son promovidos de grado los estudiantes de 5° y 6° Grados obtienen como
mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación, Matemática, Personal
Social y Ciencia y Ambiente y como mínimo “B” e las otras áreas y talleres
curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.
e. Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2°,3°,4°, 5° y 6° grados que
al término del año escolar obtienen “C” en dos áreas curriculares: Matemática y
Comunicación.
f. Repiten de grado los estudiantes que en el Programa de Recuperación o en la
Evaluación de Recuperación no alcanza los calificativos requeridos tal como lo
dispone los incisos “c” y “d” del numeral 6.3.2
6.3.3. Respecto a la evaluación de los aprendizajes en Educación Secundaria, repiten el
grado de estudio los estudiantes que, al término del año escolar 2015 desaprueban
en cuatro o más áreas curriculares, incluidas las áreas o talleres que, fueron creadas
como parte de las horas de libre disponibilidad y el área curricular pendiente de
subsanación y cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la
evaluación de recuperación, desaprueban dos o más áreas curriculares, tal como lo
indica la RDN N° 0562-2010-ED.
6.3.4. El estudiante de Educación Secundaria que tiene hasta tres áreas curriculares
desaprobadas (incluida el área a cargo) a diciembre de 2015, puede seguir el
Programa de Recuperación Pedagógica o pasar directamente a la evaluación de
recuperación en el mes de enero o febrero de 2016.
6.3.5. Los estudiantes que por razones de viaje u otros motivos, no pueden rendir la
evaluación de recuperación en su I.E. de origen, lo rinden en otra, siempre y cuando
tengan obligatoriamente la autorización expedida por la Dirección de la Institución
Educativa de origen. Caso contrario, es nula toda evaluación sin esta autorización
(coordinación con SIAGIE).
6.3.6. La Dirección de la I.E. está facultada para programar, organizar y ejecutar el
Programa de Recuperación Pedagógica en el período vacacional y tendrá una
duración de 6 semanas efectivas, debiendo alcanzar a la UGEL: la R. D. de aprobación
del Plan de Trabajo detallando: monto de cuotas, Reglamento Interno, Reglamento
de Supervisión, hasta el 21 de diciembre de 2015 (no presentarlo, anula la acción). Es
necesario precisar que los directores deberán tener en cuenta el desarrollo del
Fenómeno El Niño para la ejecución del Programa de Recuperación Pedagógica.
6.3.7. Los Directores (as) de Educación Básica Alternativa tendrán en cuenta niveles
de logro de sus indicadores de evaluación, siendo éstos los que a continuación se
indica:
Ciclos Inicial e Intermedio
AD
Logro Destacado
El estudiante logra los aprendizajes previstos, a través de desempeños
muy satisfactorios en todas las actividades propuestas.
A
Logro Previsto
El estudiante evidencia el logro de los aprendizajes esperados.
B
En Proceso
El estudiante está en vía de lograr los aprendizajes esperados
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C
En Inicio
El estudiante está empezando a desarrollar los aprendizajes esperados.
a. En los períodos parciales (mensual, bimestral o trimestral), la calificación se
realiza por áreas curriculares, de acuerdo a los niveles de logro desarrollados.
b. El nivel de logro del período promocional es el alcanzado en el último período
parcial.
En el ciclo avanzado
a. En los períodos parciales las calificaciones se realizan por áreas curriculares para
cada uno de sus componentes.
b. En los períodos parciales no se promedian las calificaciones de los
componentes.
c. Las calificaciones del periodo promocional en cada área es el obtenido en el
último periodo parcial.
d. La situación final del periodo promocional en cada área, se obtiene
promediando las calificaciones de los componentes, cuando sea 11 o más.
e. Si una de las calificaciones en los componentes del área curricular es 10 o
menos, no se promedia hasta que el estudiante logre los aprendizajes previstos
en el programa de recuperación o en la evaluación de recuperación, anotando
en el recuadro correspondiente RR (requiere recuperación)
6.3.8. Requisitos para la Promoción y Certificación en EBA
Promoción al Ciclo Inmediato Superior
Ciclo Inicial
a. El estudiante del Primer Grado que no logra las calificaciones “AD” o “A” en las
áreas de Matemática y/o Comunicación Integral, continúa en el Segundo Grado
desarrollando los aprendizajes aún no logrados de éstas áreas.
b. El estudiante es promovido al Ciclo Intermedio, si obtiene el Nivel de Logro
“AD” o “A” en las áreas de Matemática y Comunicación Integral.
Ciclo Intermedio
a. El estudiante que no logra las calificaciones “AD” o “A” en todas las áreas
curriculares del DCBN EBA; continua desarrollando los aprendizajes aún no
logrados en el grado.
b. El estudiante es promovido al Ciclo Avanzado, si obtiene el Nivel de Logro
“AD” o “A” en cada una de sus áreas.
Ciclo Avanzado
a. El estudiante que obtiene una calificación mínima de 11 en cada una de las áreas
curriculares, es promovido al grado inmediato superior.
b. El estudiante que obtiene una calificación de 10 a menos en una o más áreas
tiene la oportunidad de alcanzarlos en el periodo de recuperación o evaluación
de recuperación.
c. El estudiante que no logra los aprendizajes en el programa de recuperación y/o
evaluación de recuperación en una o dos áreas, es promovido al grado
inmediato superior, solicita evaluación de subsanación durante ese periodo
promocional.
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Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas
d. El estudiante que después del programa de recuperación y/o evaluación de
recuperación, continúa con aprendizajes no logrados en 3 o más áreas
permanece en el grado desarrollando solo los aprendizajes de las áreas no
superadas.
6.3.9. Programa de Recuperación Pedagógica y/o Evaluación de Recuperación y Subsanación
en EBA
a. El Programa de Recuperación Pedagógica es para estudiantes que por diversos
motivos no logran los aprendizajes previstos al finalizar un periodo o grado de
estudios.
b. El CEBA organiza Programas de Recuperación Pedagógica al finalizar cada
periodo y/o grado, en los Ciclos Inicial, Intermedio y Avanzado.
c. El Programa de Recuperación Pedagógica al finalizar cada periodo parcial tiene
una duración de una a dos semanas .Al finalizar cada grado tiene un mínimo de
cuatro semanas.
d. El Director de CEBA planifica, organiza, ejecuta y evalúa dicho programa antes
de inicio del siguiente periodo promocional.
e. Sólo los CEBA de gestión pública organizan Programas de Recuperación
Pedagógica al finalizar el periodo promocional. Los CEBA de gestión privada
coordinan con la UGEL correspondiente para determinar el CEBA de gestión
pública que aplicará dicho programa.
f. El estudiante que al finalizar el programa de recuperación pedagógica y/o
evaluación de recuperación, no logra los aprendizajes de una o dos áreas
curriculares, tiene la opción de utilizar la evaluación de subsanación durante el
periodo promocional siguiente.
g. El estudiante que al finalizar el 4º grado de ciclo avanzado, no alcanza los
aprendizajes esperados en una o más áreas curriculares, solicita evaluación de
recuperación en el mes siguiente de finalizado el periodo promocional. Si aún
continúa con aprendizajes no logrados, hasta un máximo de dos áreas solicita
evaluación de subsanación. En caso que no logre tres o más áreas permanece en
el grado.
6.4. DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN BÁSICA ESPECIAL - CEBES
Las Directoras (es) de los Centros de Educación Básica Especial (EBE) Públicos y Privados
presentarán a la UGEL correspondiente, además de la documentación oficial solicita en la
presente Directiva, deberán adjuntar lo siguiente:
 Informe de las acciones ejecutadas con las I.E inclusivas y el apoyo de la familia en el
proceso de inclusión del niño o de la niña con Necesidades Educativas Especiales.
 Relación de estudiantes inclusivos que reciben asesoramiento del Equipo SAANEE
por I.E inclusiva.
 Informe consolidado del trabajo pedagógico realizado con los estudiantes inclusivos
conteniendo las adaptaciones curriculares trabajadas por cada uno de los integrantes
del Equipo transdisciplinario (psicología, trabajo social, terapeutas del lenguaje, físico
y ocupacional)
 Informe de las capacitaciones efectuadas a docentes inclusivos y padres de familia en
función de la NEE del niño y de la niña.
 Cobertura de la población a atender en el año escolar 2016.
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Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas
6.5. DE LA ORGANIZACIÓN DEL AÑO ESCOLAR 2016
6.5.1. Los directores (as) de II.EE Públicas y Privadas son responsables de la planificación y
organización del Año Escolar 2016 con la participación del personal jerárquico y
docente, acción que se ejecutará en la fecha comprendida del 01 al 15 de diciembre
del presente año.
6.5.2. La Gerencia Regional de Educación establecerá los indicadores de gestión a nivel
de Gerencia, Ugel e Institución Educativa para el periodo 2016- 2018, fortaleciendo
el Proyecto Educativo Regional y el Proyecto Educativo Local.
6.5.3. La Gerencia Regional de Educación demanda a las IIEE públicas y privadas gestionar
un servicio educativo con una visión de calidad, inclusión, identidad regional y
bienestar comunitario – personal.
6.5.4. Los directores (as) de II.EE Públicas y Privadas deberán presentar los siguientes
documentos: PEI, PCI, PAT, (correspondientes al Año Escolar 2016), Plan de Gestión
de Riesgo, Plan de Contingencia ante el fenómeno El Niño, en físico y virtual, en la
UGEL de su jurisdicción. Asimismo, presentarán el Plan de Trabajo de sus respectivas
Juntas Directivas de APAFA.
6.5.5. Presentar el Informe de Gestión Anual (IGA) 2015: indicando logros, dificultades,
alternativas de solución y sugerencias al 2016, considerando las acciones de
Monitoreo y Acompañamiento.
6.6. DE LA ASOCIACIÓN PADRES DE FAMILIA
6.6.1. Las Juntas Directivas de APAFA que no cuenten con la Constancia de Inscripción en
el Padrón de las APAFA de la UGEL carecen de legalidad para realizar alguna
actividad dentro de la I.E.
6.6.2. Las Juntas Directivas de APAFA establecen sus cuotas ordinarias de acuerdo a la
normatividad establecida, toda cuota extraordinaria deberá ser aprobada en
Asamblea contando con la firma del 50% más uno de los asociados según padrón
oficial. Deben presentar su Plan de Trabajo indicando el Plan de Inversiones.
6.6.3. Los Directores / as son responsables del cumplimiento de la R.G.R N° 005138-
2015-GRLL-GGR/GRSE quedando prohibido condicionar la matrícula al pago
anticipado de cuotas o colaboraciones.
6.7. DEL MATERIAL EDUCATIVO
6.7.1. El Comité de Recepción y Entrega de Textos Escolares, en coordinación con el
personal responsable de la biblioteca y/o designado por la Dirección de la Institución
Educativa, velarán por la devolución de los materiales educativos entregados a los
estudiantes en el presente año, teniendo en cuenta las normas establecidas, a fin de
asegurar el cuidado, conservación de los módulos de bibliotecas y de los materiales
bibliográficos, audiovisuales, informáticos disponibles. Solo para el sector público.
DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP
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Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas
6.8. DEL PROGRAMA LOCALES ESCOLARES SEGUROS
6.8.1. Los directores (as) de II.EE públicas ejecutan el Programa Locales Escolares
Seguros ante el FEN estableciendo estrategias y acciones de conservación y
seguridad de los materiales, equipos y mobiliario en lugares seguros a fin de
garantizar su buen estado para el año siguiente. Presentan a la Ugel su
Programa e informe de acciones realizadas.
6.9. DEL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE LOCALES ESCOLARES 2015 – 2016
6.9.1. Los directores (as) de II.EE Públicas deben contar con su constancia de haber usado
eficientemente los recursos brindados por el estado para el mantenimiento de los
locales escolares, tramo I, en el año 2015. Esta Constancia será expedida por la
UGEL respectiva.
6.10. DEL DÍA DEL LOGRO
6.10.1. Los Directores de las IIEE públicas y privadas presentan el informe y evidencias del
Día del Logro desarrollados hasta el 30 de noviembre del 2015.
6.11. DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS A SER PRESENTADOS
6.11.1. Los directores y docentes de EBR , EBE y EBA, de las I.E Públicas y Privadas
presentarán, en lo que le compete, a los Directores, Sub Directores y UGEL, según
sea el caso, los documentos enmarcados en los ocho Compromisos de Gestión
Escolar, que aseguren el progreso en los aprendizajes de los estudiantes, antes de la
clausura del año escolar 2015 programada por cada una de las Instituciones
Educativas Públicas y Privadas, de acuerdo al cuadro siguiente:
COMPROMISOS DE GESTIÓN DOCUMENTOS A PRESENTAR
1 Progreso anual de los Aprendizajes de
todas y todos los Estudiantes.
 Consolidado del Progreso Anual de los
Aprendizajes de los Estudiantes en todas las
Áreas Curriculares según el aplicativo MINEDU-
II EE públicos
 Las IIEE privadas presentan el informe del
progreso anual de los aprendizajes de todas y
todos sus estudiantes a partir de cuadros
comparativos
 Reporte Consolidado de la aplicación del 1er,
2do, y 3er. Kit de Evaluación (solo 2° grado de
primaria de I.E públicas)
2 Retención Anual e Interanual de
estudiantes
 Cuadro estadístico consolidado de Retención
Anual e interanual de estudiantes(N° de
estudiantes matriculados, promovidos requieren
recuperación, repiten el grado, retirados) (Usar
aplicativo MINEDU). Para IIEE públicas y privadas
3 Cumplimiento de la Calendarización
Planificada por las Instituciones
Educativas Públicas y Privadas.
 Cuadro consolidado de Horas efectivas de clase
según lo planificado en la calendarización (Usar
aplicativo MINEDU). Para IIEE públicas y privadas
 Informe consolidado de horas recuperadas (si
fuera el caso).
4 Uso pedagógico del tiempo durante las
Sesiones de Aprendizaje en las
 % consolidado de ejecución de las sesiones de
aprendizaje planificadas en la Programación
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Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas
Instituciones Educativas Públicas. Curricular Anual. (Usar aplicativo MINEDU) solo
IIEE públicos
5 Uso de Herramientas Pedagógicas por
los Profesores durante las Sesiones de
Aprendizaje en Instituciones Educativas
Públicas.
 Matriz consolidada de uso de las Rutas de
Aprendizaje durante la Programación Curricular
identificando logros, dificultades y sugerencias
(Usar aplicativo MINEDU) solo IIEE públicos
 Docentes que no cuentan con Rutas del
Aprendizaje elaboran la matriz en función del
DCN.
6 Uso de Materiales y Recursos Educativos
durante la Sesión de Aprendizaje en
Instituciones Educativas Públicas.
 Informe consolidado del uso de materiales y
recursos educativos durante el desarrollo de las
sesiones de aprendizaje identificando logros,
dificultades y sugerencias. Para IIEE públicas y
privadas
 Inventario de bienes y materiales educativos
entregados por el MINEDU y UGEL o
adquiridos por la I.E (Usar aplicativo MINEDU)
Solo IIEE públicas
7 Gestión del Clima Escolar en
Instituciones Educativas Públicas y
Privadas.
 Informe consolidado de Tutoría, trabajo con
padres de familia. (Usar aplicativo MINEDU)
 Reporte de casos al SISEVE
8 Implementación del Plan Anual de
Trabajo en Instituciones Educativas
públicas y privadas
 Informe consolidado de Actividades
programadas, implementadas, ejecutas y
evaluadas en el PAT (Usar aplicativo MINEDU)
 Las IIEE presentan informe adecuando al
aplicativo MINEDU según su organización
institucional.
6.11.2. Los Directores (as) de las I.E Públicas y Privadas de Educación Básica (EBR,
EBE y EBA) presentarán además los documentos que validen la gestión
escolar en forma virtual y en físico:
 Informe de las acciones de supervisión, monitoreo y acompañamiento
pedagógico, enfocado en el cumplimiento de los Compromisos de
Gestión 4,5, y 6.
 Relación de estudiantes que son atendidos en la I.E con inclusión escolar.
 Informe por la Movilización Nacional de la transformación de la
educación
 Campaña por el Buen Inicio del Año Escolar
 La Escuela que Queremos
 Balance del Año Escolar y Responsabilidades por los Resultados.
 Reporte de las acciones desarrolladas en el PNAE QALI WARMA
(según sea el caso).
6.11.3. Las Directoras o Docentes Coordinadoras (es) de PRONOEI Públicos y
Privados presentarán a la UGEL correspondiente, además de la
documentación contenida en el numeral 7.3 de la presente norma, los
documentos que validen la gestión escolar en forma virtual y en físico, siendo
estos los que a continuación se indica:
 Planificación Curricular Anual para el 2016.
 Relación de locales donde funcionarán el año 2016 con sus
correspondientes Actas firmadas y aceptadas por los dirigentes
comunales o aliados.
 Relación de promotoras evaluadas y ratificadas para el año 2016
 Relación de I.E o local comunal donde se custodia el material de trabajo
6.11.4. Las Docentes Coordinadoras (es) de CRAEI Públicos presentarán a la UGEL
correspondiente, además de la documentación contenida en el numeral 7.3 de
la presente norma, en los que les compete, los documentos que validen la
DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP
12
Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas
gestión escolar en forma virtual y en físico, siendo estos los que a
continuación se indica:
 Informe de las acciones de capacitación desarrolladas durante el año
2015 señalando logros, dificultades y sugerencias
 Metas de beneficiarios sobre la elaboración de material educativo con
docentes y directores de I.E
VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
8.1. Las Instituciones Educativas Privadas, en concordancia con la ley de Instituciones Educativas
Privadas, están facultadas para incorporar sus procedimientos y métodos de Evaluación. Sin
embargo la Directiva N° 004-VMGP-2005, aprobado por la R.M. N° 0234-2005-ED
“Evaluación de los Aprendizajes en la Educación Básica Regular”, son aplicables en lo siguiente:
a. Certificado Oficial de Estudios.
b. Actas de Evaluación (SIAGIE)
c. La Promoción y repitencia de grado.
8.2. Los docentes de las II.EE. públicos deberán presentar los documentos solicitados por la
Dirección de la I.E. de culminación del año escolar 2015 y los documentos pedagógicos para el
año 2016.
8.3. La documentación de Finalización del Año Escolar 2015 será presentada en las Oficinas de
Trámite Documentario de cada una de las UGEL del ámbito jurisdiccional de la GRELL.
8.4. La Oficina de Control Institucional GRELL y de las UGEL velarán por el cumplimiento de la
presente norma, asegurando su cumplimiento.
8.5. Los casos no contemplados en la presente norma será absuelto por la Sub Gerencia de
Gestión Pedagógica de la Gerencia Regional de Educación La Libertad.
Trujillo, 23 de noviembre del 2015
RMMR/G-GRSE-LL
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  • 1. “Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación” “Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016” LINEAMIENTOS FINALIZACIÓN AÑO ESCOLAR 2015: INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN BÁSICA PÚBLICAS Y PRIVADAS ÁMBITO JURISDICCIONAL DE LA GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN LA LIBERTAD DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP I. BASE LEGAL  Constitución Política del Perú  Ley N° 28044, Ley General de Educación  Ley N° 26549, Ley de las Instituciones Educativas Privadas  Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales  Ley N° 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres SINAGERD y su Reglamento D. S. N° 048-2011-ED  Ley N° 28340, Ley del Sistema de Información de Educación para el Trabajo  Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento D. S. N° 04-2014-ED.  Ley 29973, Ley de la Persona con Discapacidad  Decreto de Urgencia N° 004-2015-PCM, Medidas para la ejecución de intervenciones ante el período de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño  R.G.R. N° 004416-2015-GRLL-GGR/GRSE, Lineamientos de Acción ante los Riesgos del Fenómeno El Niño en II.EE DE LA Educación Básica, Técnico Productiva y Superior No Universitaria de la Región La Libertad  R.G.R. N° 003866-2015-GRLL-GGR/GRSE, Intervención Pedagógica ante Dengue, Chikunguya y Fenómeno El Niño en la Región La Libertad  R.G.R. N° 5138-2015-GRLL-GGR/GRSE, especificaciones sobre la intervención de las APAFA  R.G.R. N° 5139-2015-GRLL-GGR/GRSE, sobre consumo de alcohol, cigarro u otras sustancias tóxicas para el organismo  D.S. N°008-2006-ED, Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor Efectiva de Trabajo Docente en las II.EE Públicas  D. S. N° 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación  D. S. Nº 004-2010-ED, Reglamento de la Ley 29394  R. M. N° 234-2005, Aprueban Directiva sobre Evaluación de los Aprendizajes de los estudiantes en la EBR, Directiva N° 004-VMGP-2005-Evaluación de los Aprendizajes  R. M. N° 0387-2005-ED, Modificación de la Directiva N° 004-VMGP-2005-Evaluación de los Aprendizajes  R. M. N° 1225-85-ED, determinación de los cinco alumnos que han obtenido los más altos promedios generales al concluir la Educación Secundaria EBR  R. M. N° 440-2008-ED, Aprueba el Diseño Curricular Nacional de EBR  R. M. N° 199-2015 - MINEDU, Modifican Parcialmente el Diseño Curricular Nacional de EBR  R. M. N° 556-2014 - MINEDU, aprueba “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2015 en la Educación Básica”  R. M. N° 276-2009-ED, Aprueban el Diseño Curricular Básico Nacional de EBA GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD Presidencia Regional Gerencia Regional de Educación
  • 2. DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP 2 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas  Resolución Directoral No 0173-2008-ED Orientaciones para la Evaluación de los Aprendizajes Ciclo Inicial, Intermedio y Avanzado en Educación Básica Alternativa  Resolución Directoral N° 0209-2009-ED, Determinación de los cinco primeros puestos de estudiantes que han obtenido los más altos calificativos al concluir el Ciclo Avanzado de Educación Básica Alternativa ,para efectos de exoneración del Procedimiento de Admisión a la Universidad o Institutos de Educación Superior Tecnológica  Resolución Directoral N° 0562-2010-ED, Evaluación de los Aprendizajes de Educación en la Modalidad de Educación Básica Alternativa  Resolución Directoral N° 02664-2011-ED, Orientaciones para el llenado de los Certificados de Estudios en el marco de Equivalencias de la EBR con la EBR y EDA II. FINALIDAD Normar y orientar los lineamientos para la finalización del Año Escolar 2015 de las Instituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica en su gestión pedagógica, institucional y administrativa. III. OBJETIVOS 3.1. Determinar los lineamientos que aseguren información ordenada y válida respecto al inicio, desarrollo y finalización del Año Escolar 2015. 3.2. Precisar responsabilidades a nivel de GRELL, UGEL, e II.EE. garantizando el proceso de finalización del Año Escolar 2015. 3.3. Determinar acciones pertinentes para la mejora de los aprendizajes en el Año Escolar 2016, a partir de la información sistematizada a nivel de I.E., UGEL y GRELL relacionada a la gestión escolar en concordancia de los INDICADORES DE GESTIÓN EDUCATIVA establecidos por la Gerencia Regional de Educación para el periodo 2016 al 2018. 3.4. Garantizar que las acciones de modificación de la calendarización por el FEN no afecten el cumplimiento de las horas efectivas y la preparación para el buen inicio del Año Escolar 2016. 3.5. Evaluar la gestión directiva y docente realizada en cada una de las II.EE., a fin de tomar decisiones para mejorar la gestión escolar en favor del desarrollo educativo de la región La Libertad. IV. ALCANCE 4.1. Gerencia Regional de Educación La Libertad 4.2. Unidades de Gestión Educativa 4.3. Instituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica V. RESPONSABLES 5.1. A nivel de Gerencia Regional de Educación. Recibe información consolidada a nivel de UGEL presentando resultados oficiales a nivel regional.  Subgerencia de Gestión Pedagógica  Especialista de Educación Inicial  Especialista de Educación Primaria  Especialista de Educación Secundaria  Especialista de Educación Básica Especial  Especialista de Educación Básica Alternativa
  • 3. DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP 3 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas 5.2. A nivel de UGEL. Recibe información consolidada a nivel de II. EE. presentando resultados oficiales a nivel territorial.  Área de Gestión Pedagógica  Especialista de Educación Inicial  Especialista de Educación Primaria  Especialista de Educación Secundaria  Especialista de Educación Básica Especial  Especialista de Educación Básica Alternativa 5.3. A nivel de II.EE. Sistematiza información institucional de manera ordenada, verificada y en el plazo establecido enviando a la UGEL de su jurisdicción.  Director (a)  Subdirector (a)  Jefes / Coordinadores  Docentes VI. DISPOSICIONES GENERALES 6.1. DEL TÉRMINO Y CLAUSURA DEL AÑO ESCOLAR 2015 6.1.1. Las actividades en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica de la Región La Libertad, concluyen el 30 de noviembre de acuerdo a la Recalendarización efectuada por el fenómeno El Niño y al cumplimiento de las horas efectivas de trabajo pedagógico programado. R.G.R N° 004416-2015-GRLL- GGR/GRSE 6.1.2. La clausura del Año Escolar 2015 se realizará posterior al 30 de noviembre, previa presentación de la documentación requerida, con la asistencia de los docentes hasta el 15 de diciembre del año en curso, de conformidad con la R.M. N°556-2014- MINEDU, Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2015. 6.1.3. Los Directores/as son responsables del cumplimiento de la R.G.R N° 005139-2015- GRLL-GGR/GRSE donde se prohíbe el consumo de alcohol, cigarrillos u otras sustancias tóxicas para el organismo dentro de los locales escolares, quedando prohibido organizar Fiestas de Promoción, reuniones de fin de año u otras celebraciones donde se consuma lo indicado. 6.2. DE LA DOCUMENTACIÓN DE MATRÍCULA, ACTAS Y CERTIFICADOS 6.2.1. Las actas de evaluación tendrán como fecha de inicio el 9 de marzo y el cierre el día de la clausura. 6.2.2. Después de haber generado las actas finales de evaluación, imprimir en forma física y remitir a la UGEL (02 juegos) en formato SIAGIE, vía mesa de partes. Así mismo en virtual a través del sistema SIAGIE (solo EBR). Las II.EE. Privadas lo harán adjuntando un cuadro de registros de firmas de los docentes y copia R.D. del director y metas de atención.
  • 4. DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP 4 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas 6.2.3. Las Actas de Evaluación de los estudiantes que culminaron el 2do.Grado de Educación Secundaria, se entregará a la UGEL con los documentos, que acreditan los 10 primeros puestos en orden de mérito, a efectos de facilitar la postulación voluntaria de los estudiantes a los Colegios de Alto Rendimiento. 6.2.4. Los Directores de las II.EE de la EBR, una vez remitidas a la UGEL las Actas Finales de Evaluación mediante el uso del SIAGIE; deberán activar los controles del sistema que indicará que el año lectivo ha sido cerrado, con la finalidad de declarar que los registros de matrícula, asistencia y evaluaciones correspondientes al año lectivo 2015 son definitivos. 6.2.5. Los Directores (as) de las II.EE Públicas están prohibidos de retener documentación de los estudiantes para efectos de traslado o matrícula. 6.2.6. Los Directores (as) de las II.EE Privadas están prohibidos de impedir, dificultar la liberación de los estudiantes de Sistema Informático (SIAGIE). Tampoco se puede retener documentos físicos como el DNI o el certificado de estudios para efectos de traslado o matrícula, siempre y cuando los padres de familia se encuentren al día con sus compromisos de pago. 6.2.7. Los Certificado Oficiales de Estudio son de expedición gratuita e inmediata para los estudiantes de EBR, que concluyan el nivel Inicial, Primaria y Secundaria, en las II.EE. de Gestión Pública; salvo se trate de la entrega de duplicados, por lo que tendrán que cancelar, el costo de acuerdo al TUPA respectivo. 6.2.8. La UGEL garantizará la entrega oportuna de los formatos de certificados a cada una de las Instituciones Educativas de su ámbito correspondiente, previa presentación de las actas de evaluación. 6.2.9. Las Instituciones Educativas Públicas y Privadas están prohibidas de elaborar, reimprimir, distribuir y comercializar documentos oficiales de evaluación. 6.2.10. En el caso de las actas de evaluación de los estudiantes que han culminado el Quinto Grado de Educación Secundaria, éstas se priorizarán para su entrega oportuna, las mismas que se entregarán con los documentos que acreditan los 10 primeros puestos en orden de mérito obtenido a través del SIAGIE y los certificados promocionales. 6.2.11. En las II.EE. Públicas y Privadas de la EBR, los responsables de firmar las Actas de Evaluación en físico (formato SIAGIE) son los docentes que estuvieron a cargo del Año Escolar 2015. No se aceptarán la firma de otro profesor y/o del Director. Los Directores presentarán estas actas en físico a las UGEL. Otros formatos no tienen validez. 6.3. DE LA PROMOCIÓN Y REPITENCIA
  • 5. DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP 5 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas 6.3.1. La promoción o repitencia en la EBR se rige a lo normado por la R.M. N° 0234-2005- ED que aprueba la Directiva N° 004-VMGP-2005-ED. La escala de calificación es literal y descriptiva, de acuerdo a lo indicado en el cuadro siguiente, SIENDO DE ESTRICTO CUMPLIMIENTO POR LAS II EE PUBLICAS Y PRIVADAS. Educación Inicial A Logro Previsto Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos en el tiempo programado. B En Proceso Cuando el estudiante está en camino de lograr los aprendizajes previstos, para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para lograrlo. C En Inicio Cuando el estudiante está empezado a desarrollar los aprendizajes previstos o evidencia dificultades para el desarrollo de éstos, necesitando mayor tiempo de acompañamiento e intervención del docente de acuerdo a su ritmo y estilo de aprendizaje. Educación Primaria AD Logro Destacado Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos, demostrando incluso un manejo solvente y muy satisfactorio en todas las tareas propuestas. A Logro Previsto Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos en el tiempo programado. B En Proceso Cuando el estudiante está en camino de lograr los aprendizajes previstos., para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para lograrlo. C En Inicio Cuando el estudiante está empezado a desarrollar los aprendizajes previstos o evidencia dificultades para el desarrollo de éstos, necesitando mayor tiempo de acompañamiento e intervención del docente de acuerdo a su ritmo y estilo de aprendizaje. 6.3.2. Los requisitos para la promoción o repitencia de los estudiantes de Educación Primaria son los siguientes: a. Los estudiantes de Primer Grado son promovidos al grado superior de forma automática. b. Son promovidos de grado los estudiantes de 2°,3°,4°, 5° y 6° grados obtienen “A” en toda las área curriculares incluidas las áreas o talleres creados como parte de las horas de libre disponibilidad. c. También son promovidos de grado los estudiantes de 2°,3°y 4° grados obtienen como mínimo ”A” en las área curriculares de Comunicación, Matemática y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.
  • 6. DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP 6 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas d. Son promovidos de grado los estudiantes de 5° y 6° Grados obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación, Matemática, Personal Social y Ciencia y Ambiente y como mínimo “B” e las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad. e. Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2°,3°,4°, 5° y 6° grados que al término del año escolar obtienen “C” en dos áreas curriculares: Matemática y Comunicación. f. Repiten de grado los estudiantes que en el Programa de Recuperación o en la Evaluación de Recuperación no alcanza los calificativos requeridos tal como lo dispone los incisos “c” y “d” del numeral 6.3.2 6.3.3. Respecto a la evaluación de los aprendizajes en Educación Secundaria, repiten el grado de estudio los estudiantes que, al término del año escolar 2015 desaprueban en cuatro o más áreas curriculares, incluidas las áreas o talleres que, fueron creadas como parte de las horas de libre disponibilidad y el área curricular pendiente de subsanación y cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la evaluación de recuperación, desaprueban dos o más áreas curriculares, tal como lo indica la RDN N° 0562-2010-ED. 6.3.4. El estudiante de Educación Secundaria que tiene hasta tres áreas curriculares desaprobadas (incluida el área a cargo) a diciembre de 2015, puede seguir el Programa de Recuperación Pedagógica o pasar directamente a la evaluación de recuperación en el mes de enero o febrero de 2016. 6.3.5. Los estudiantes que por razones de viaje u otros motivos, no pueden rendir la evaluación de recuperación en su I.E. de origen, lo rinden en otra, siempre y cuando tengan obligatoriamente la autorización expedida por la Dirección de la Institución Educativa de origen. Caso contrario, es nula toda evaluación sin esta autorización (coordinación con SIAGIE). 6.3.6. La Dirección de la I.E. está facultada para programar, organizar y ejecutar el Programa de Recuperación Pedagógica en el período vacacional y tendrá una duración de 6 semanas efectivas, debiendo alcanzar a la UGEL: la R. D. de aprobación del Plan de Trabajo detallando: monto de cuotas, Reglamento Interno, Reglamento de Supervisión, hasta el 21 de diciembre de 2015 (no presentarlo, anula la acción). Es necesario precisar que los directores deberán tener en cuenta el desarrollo del Fenómeno El Niño para la ejecución del Programa de Recuperación Pedagógica. 6.3.7. Los Directores (as) de Educación Básica Alternativa tendrán en cuenta niveles de logro de sus indicadores de evaluación, siendo éstos los que a continuación se indica: Ciclos Inicial e Intermedio AD Logro Destacado El estudiante logra los aprendizajes previstos, a través de desempeños muy satisfactorios en todas las actividades propuestas. A Logro Previsto El estudiante evidencia el logro de los aprendizajes esperados. B En Proceso El estudiante está en vía de lograr los aprendizajes esperados
  • 7. DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP 7 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas C En Inicio El estudiante está empezando a desarrollar los aprendizajes esperados. a. En los períodos parciales (mensual, bimestral o trimestral), la calificación se realiza por áreas curriculares, de acuerdo a los niveles de logro desarrollados. b. El nivel de logro del período promocional es el alcanzado en el último período parcial. En el ciclo avanzado a. En los períodos parciales las calificaciones se realizan por áreas curriculares para cada uno de sus componentes. b. En los períodos parciales no se promedian las calificaciones de los componentes. c. Las calificaciones del periodo promocional en cada área es el obtenido en el último periodo parcial. d. La situación final del periodo promocional en cada área, se obtiene promediando las calificaciones de los componentes, cuando sea 11 o más. e. Si una de las calificaciones en los componentes del área curricular es 10 o menos, no se promedia hasta que el estudiante logre los aprendizajes previstos en el programa de recuperación o en la evaluación de recuperación, anotando en el recuadro correspondiente RR (requiere recuperación) 6.3.8. Requisitos para la Promoción y Certificación en EBA Promoción al Ciclo Inmediato Superior Ciclo Inicial a. El estudiante del Primer Grado que no logra las calificaciones “AD” o “A” en las áreas de Matemática y/o Comunicación Integral, continúa en el Segundo Grado desarrollando los aprendizajes aún no logrados de éstas áreas. b. El estudiante es promovido al Ciclo Intermedio, si obtiene el Nivel de Logro “AD” o “A” en las áreas de Matemática y Comunicación Integral. Ciclo Intermedio a. El estudiante que no logra las calificaciones “AD” o “A” en todas las áreas curriculares del DCBN EBA; continua desarrollando los aprendizajes aún no logrados en el grado. b. El estudiante es promovido al Ciclo Avanzado, si obtiene el Nivel de Logro “AD” o “A” en cada una de sus áreas. Ciclo Avanzado a. El estudiante que obtiene una calificación mínima de 11 en cada una de las áreas curriculares, es promovido al grado inmediato superior. b. El estudiante que obtiene una calificación de 10 a menos en una o más áreas tiene la oportunidad de alcanzarlos en el periodo de recuperación o evaluación de recuperación. c. El estudiante que no logra los aprendizajes en el programa de recuperación y/o evaluación de recuperación en una o dos áreas, es promovido al grado inmediato superior, solicita evaluación de subsanación durante ese periodo promocional.
  • 8. DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP 8 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas d. El estudiante que después del programa de recuperación y/o evaluación de recuperación, continúa con aprendizajes no logrados en 3 o más áreas permanece en el grado desarrollando solo los aprendizajes de las áreas no superadas. 6.3.9. Programa de Recuperación Pedagógica y/o Evaluación de Recuperación y Subsanación en EBA a. El Programa de Recuperación Pedagógica es para estudiantes que por diversos motivos no logran los aprendizajes previstos al finalizar un periodo o grado de estudios. b. El CEBA organiza Programas de Recuperación Pedagógica al finalizar cada periodo y/o grado, en los Ciclos Inicial, Intermedio y Avanzado. c. El Programa de Recuperación Pedagógica al finalizar cada periodo parcial tiene una duración de una a dos semanas .Al finalizar cada grado tiene un mínimo de cuatro semanas. d. El Director de CEBA planifica, organiza, ejecuta y evalúa dicho programa antes de inicio del siguiente periodo promocional. e. Sólo los CEBA de gestión pública organizan Programas de Recuperación Pedagógica al finalizar el periodo promocional. Los CEBA de gestión privada coordinan con la UGEL correspondiente para determinar el CEBA de gestión pública que aplicará dicho programa. f. El estudiante que al finalizar el programa de recuperación pedagógica y/o evaluación de recuperación, no logra los aprendizajes de una o dos áreas curriculares, tiene la opción de utilizar la evaluación de subsanación durante el periodo promocional siguiente. g. El estudiante que al finalizar el 4º grado de ciclo avanzado, no alcanza los aprendizajes esperados en una o más áreas curriculares, solicita evaluación de recuperación en el mes siguiente de finalizado el periodo promocional. Si aún continúa con aprendizajes no logrados, hasta un máximo de dos áreas solicita evaluación de subsanación. En caso que no logre tres o más áreas permanece en el grado. 6.4. DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN BÁSICA ESPECIAL - CEBES Las Directoras (es) de los Centros de Educación Básica Especial (EBE) Públicos y Privados presentarán a la UGEL correspondiente, además de la documentación oficial solicita en la presente Directiva, deberán adjuntar lo siguiente:  Informe de las acciones ejecutadas con las I.E inclusivas y el apoyo de la familia en el proceso de inclusión del niño o de la niña con Necesidades Educativas Especiales.  Relación de estudiantes inclusivos que reciben asesoramiento del Equipo SAANEE por I.E inclusiva.  Informe consolidado del trabajo pedagógico realizado con los estudiantes inclusivos conteniendo las adaptaciones curriculares trabajadas por cada uno de los integrantes del Equipo transdisciplinario (psicología, trabajo social, terapeutas del lenguaje, físico y ocupacional)  Informe de las capacitaciones efectuadas a docentes inclusivos y padres de familia en función de la NEE del niño y de la niña.  Cobertura de la población a atender en el año escolar 2016.
  • 9. DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP 9 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas 6.5. DE LA ORGANIZACIÓN DEL AÑO ESCOLAR 2016 6.5.1. Los directores (as) de II.EE Públicas y Privadas son responsables de la planificación y organización del Año Escolar 2016 con la participación del personal jerárquico y docente, acción que se ejecutará en la fecha comprendida del 01 al 15 de diciembre del presente año. 6.5.2. La Gerencia Regional de Educación establecerá los indicadores de gestión a nivel de Gerencia, Ugel e Institución Educativa para el periodo 2016- 2018, fortaleciendo el Proyecto Educativo Regional y el Proyecto Educativo Local. 6.5.3. La Gerencia Regional de Educación demanda a las IIEE públicas y privadas gestionar un servicio educativo con una visión de calidad, inclusión, identidad regional y bienestar comunitario – personal. 6.5.4. Los directores (as) de II.EE Públicas y Privadas deberán presentar los siguientes documentos: PEI, PCI, PAT, (correspondientes al Año Escolar 2016), Plan de Gestión de Riesgo, Plan de Contingencia ante el fenómeno El Niño, en físico y virtual, en la UGEL de su jurisdicción. Asimismo, presentarán el Plan de Trabajo de sus respectivas Juntas Directivas de APAFA. 6.5.5. Presentar el Informe de Gestión Anual (IGA) 2015: indicando logros, dificultades, alternativas de solución y sugerencias al 2016, considerando las acciones de Monitoreo y Acompañamiento. 6.6. DE LA ASOCIACIÓN PADRES DE FAMILIA 6.6.1. Las Juntas Directivas de APAFA que no cuenten con la Constancia de Inscripción en el Padrón de las APAFA de la UGEL carecen de legalidad para realizar alguna actividad dentro de la I.E. 6.6.2. Las Juntas Directivas de APAFA establecen sus cuotas ordinarias de acuerdo a la normatividad establecida, toda cuota extraordinaria deberá ser aprobada en Asamblea contando con la firma del 50% más uno de los asociados según padrón oficial. Deben presentar su Plan de Trabajo indicando el Plan de Inversiones. 6.6.3. Los Directores / as son responsables del cumplimiento de la R.G.R N° 005138- 2015-GRLL-GGR/GRSE quedando prohibido condicionar la matrícula al pago anticipado de cuotas o colaboraciones. 6.7. DEL MATERIAL EDUCATIVO 6.7.1. El Comité de Recepción y Entrega de Textos Escolares, en coordinación con el personal responsable de la biblioteca y/o designado por la Dirección de la Institución Educativa, velarán por la devolución de los materiales educativos entregados a los estudiantes en el presente año, teniendo en cuenta las normas establecidas, a fin de asegurar el cuidado, conservación de los módulos de bibliotecas y de los materiales bibliográficos, audiovisuales, informáticos disponibles. Solo para el sector público.
  • 10. DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP 10 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas 6.8. DEL PROGRAMA LOCALES ESCOLARES SEGUROS 6.8.1. Los directores (as) de II.EE públicas ejecutan el Programa Locales Escolares Seguros ante el FEN estableciendo estrategias y acciones de conservación y seguridad de los materiales, equipos y mobiliario en lugares seguros a fin de garantizar su buen estado para el año siguiente. Presentan a la Ugel su Programa e informe de acciones realizadas. 6.9. DEL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE LOCALES ESCOLARES 2015 – 2016 6.9.1. Los directores (as) de II.EE Públicas deben contar con su constancia de haber usado eficientemente los recursos brindados por el estado para el mantenimiento de los locales escolares, tramo I, en el año 2015. Esta Constancia será expedida por la UGEL respectiva. 6.10. DEL DÍA DEL LOGRO 6.10.1. Los Directores de las IIEE públicas y privadas presentan el informe y evidencias del Día del Logro desarrollados hasta el 30 de noviembre del 2015. 6.11. DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS A SER PRESENTADOS 6.11.1. Los directores y docentes de EBR , EBE y EBA, de las I.E Públicas y Privadas presentarán, en lo que le compete, a los Directores, Sub Directores y UGEL, según sea el caso, los documentos enmarcados en los ocho Compromisos de Gestión Escolar, que aseguren el progreso en los aprendizajes de los estudiantes, antes de la clausura del año escolar 2015 programada por cada una de las Instituciones Educativas Públicas y Privadas, de acuerdo al cuadro siguiente: COMPROMISOS DE GESTIÓN DOCUMENTOS A PRESENTAR 1 Progreso anual de los Aprendizajes de todas y todos los Estudiantes.  Consolidado del Progreso Anual de los Aprendizajes de los Estudiantes en todas las Áreas Curriculares según el aplicativo MINEDU- II EE públicos  Las IIEE privadas presentan el informe del progreso anual de los aprendizajes de todas y todos sus estudiantes a partir de cuadros comparativos  Reporte Consolidado de la aplicación del 1er, 2do, y 3er. Kit de Evaluación (solo 2° grado de primaria de I.E públicas) 2 Retención Anual e Interanual de estudiantes  Cuadro estadístico consolidado de Retención Anual e interanual de estudiantes(N° de estudiantes matriculados, promovidos requieren recuperación, repiten el grado, retirados) (Usar aplicativo MINEDU). Para IIEE públicas y privadas 3 Cumplimiento de la Calendarización Planificada por las Instituciones Educativas Públicas y Privadas.  Cuadro consolidado de Horas efectivas de clase según lo planificado en la calendarización (Usar aplicativo MINEDU). Para IIEE públicas y privadas  Informe consolidado de horas recuperadas (si fuera el caso). 4 Uso pedagógico del tiempo durante las Sesiones de Aprendizaje en las  % consolidado de ejecución de las sesiones de aprendizaje planificadas en la Programación
  • 11. DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP 11 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas Instituciones Educativas Públicas. Curricular Anual. (Usar aplicativo MINEDU) solo IIEE públicos 5 Uso de Herramientas Pedagógicas por los Profesores durante las Sesiones de Aprendizaje en Instituciones Educativas Públicas.  Matriz consolidada de uso de las Rutas de Aprendizaje durante la Programación Curricular identificando logros, dificultades y sugerencias (Usar aplicativo MINEDU) solo IIEE públicos  Docentes que no cuentan con Rutas del Aprendizaje elaboran la matriz en función del DCN. 6 Uso de Materiales y Recursos Educativos durante la Sesión de Aprendizaje en Instituciones Educativas Públicas.  Informe consolidado del uso de materiales y recursos educativos durante el desarrollo de las sesiones de aprendizaje identificando logros, dificultades y sugerencias. Para IIEE públicas y privadas  Inventario de bienes y materiales educativos entregados por el MINEDU y UGEL o adquiridos por la I.E (Usar aplicativo MINEDU) Solo IIEE públicas 7 Gestión del Clima Escolar en Instituciones Educativas Públicas y Privadas.  Informe consolidado de Tutoría, trabajo con padres de familia. (Usar aplicativo MINEDU)  Reporte de casos al SISEVE 8 Implementación del Plan Anual de Trabajo en Instituciones Educativas públicas y privadas  Informe consolidado de Actividades programadas, implementadas, ejecutas y evaluadas en el PAT (Usar aplicativo MINEDU)  Las IIEE presentan informe adecuando al aplicativo MINEDU según su organización institucional. 6.11.2. Los Directores (as) de las I.E Públicas y Privadas de Educación Básica (EBR, EBE y EBA) presentarán además los documentos que validen la gestión escolar en forma virtual y en físico:  Informe de las acciones de supervisión, monitoreo y acompañamiento pedagógico, enfocado en el cumplimiento de los Compromisos de Gestión 4,5, y 6.  Relación de estudiantes que son atendidos en la I.E con inclusión escolar.  Informe por la Movilización Nacional de la transformación de la educación  Campaña por el Buen Inicio del Año Escolar  La Escuela que Queremos  Balance del Año Escolar y Responsabilidades por los Resultados.  Reporte de las acciones desarrolladas en el PNAE QALI WARMA (según sea el caso). 6.11.3. Las Directoras o Docentes Coordinadoras (es) de PRONOEI Públicos y Privados presentarán a la UGEL correspondiente, además de la documentación contenida en el numeral 7.3 de la presente norma, los documentos que validen la gestión escolar en forma virtual y en físico, siendo estos los que a continuación se indica:  Planificación Curricular Anual para el 2016.  Relación de locales donde funcionarán el año 2016 con sus correspondientes Actas firmadas y aceptadas por los dirigentes comunales o aliados.  Relación de promotoras evaluadas y ratificadas para el año 2016  Relación de I.E o local comunal donde se custodia el material de trabajo 6.11.4. Las Docentes Coordinadoras (es) de CRAEI Públicos presentarán a la UGEL correspondiente, además de la documentación contenida en el numeral 7.3 de la presente norma, en los que les compete, los documentos que validen la
  • 12. DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP 12 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas gestión escolar en forma virtual y en físico, siendo estos los que a continuación se indica:  Informe de las acciones de capacitación desarrolladas durante el año 2015 señalando logros, dificultades y sugerencias  Metas de beneficiarios sobre la elaboración de material educativo con docentes y directores de I.E VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 8.1. Las Instituciones Educativas Privadas, en concordancia con la ley de Instituciones Educativas Privadas, están facultadas para incorporar sus procedimientos y métodos de Evaluación. Sin embargo la Directiva N° 004-VMGP-2005, aprobado por la R.M. N° 0234-2005-ED “Evaluación de los Aprendizajes en la Educación Básica Regular”, son aplicables en lo siguiente: a. Certificado Oficial de Estudios. b. Actas de Evaluación (SIAGIE) c. La Promoción y repitencia de grado. 8.2. Los docentes de las II.EE. públicos deberán presentar los documentos solicitados por la Dirección de la I.E. de culminación del año escolar 2015 y los documentos pedagógicos para el año 2016. 8.3. La documentación de Finalización del Año Escolar 2015 será presentada en las Oficinas de Trámite Documentario de cada una de las UGEL del ámbito jurisdiccional de la GRELL. 8.4. La Oficina de Control Institucional GRELL y de las UGEL velarán por el cumplimiento de la presente norma, asegurando su cumplimiento. 8.5. Los casos no contemplados en la presente norma será absuelto por la Sub Gerencia de Gestión Pedagógica de la Gerencia Regional de Educación La Libertad. Trujillo, 23 de noviembre del 2015 RMMR/G-GRSE-LL OWPF/SGGP PAVT/EE