1. ESCUELA NACIONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
TIPO PENAL DE
TRATA DE
PERSONAS
Manuel Acosta Castillo
2. Definición Ley 137-03
Artículo 1.- Para los fines de la presente ley, se
entenderá por:
a)Trata de Personas: La captación, el transporte, el
traslado, la acogida o la recepción de personas,
recurriendo a la amenaza, a la fuerza, a la coacción, al
rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder, o
situaciones de vulnerabilidad o a la concesión o
recepción de pagos o beneficios para obtener el
consentimiento de una persona que tenga autoridad
sobre otra, con fines de explotación, para que ejerza
cualquier forma de explotación sexual, pornografía,
servidumbre por deudas, trabajos o servicios forzados,
matrimonio servil, adopción irregular, esclavitud y/o
prácticas análogas a ésta, o a la extracción de órganos;
3. Descripción de la conducta y
consecuencia jurídica
Artículo 3.- Se considera pasible del delito de trata de
personas el que mediante la captación, el transporte, el
traslado, la acogida o receptación de personas, niños,
adolescentes, mujeres, recurriendo a la amenaza, fuerza,
coacción, rapto, fraude, engaño, abuso de poder, situaciones
de vulnerabilidad, concesión o receptación de pagos o
beneficios, para obtener el consentimiento de una persona
que tenga autoridad sobre otra, para que ejerza la
mendicidad, cualquier clase de explotación sexual,
pornografía, trabajo o servicio forzado, servidumbre por
deudas, matrimonio servil, adopción irregular, esclavitud o
sus prácticas análogas, la servidumbre o la extracción de
órganos, aún con el consentimiento de la persona
víctima, y será condenado a las penas de 15 a 20 años de
reclusión y multa de 175 salarios mínimos.
4. Verbos Medios Fin Formas
Captar
Transportar
Trasladar
Acoger
Receptar
Amenaza
Uso de la fuerza
Coacción
Rapto
Fraude
Engaño
Abuso de poder
Abuso de la situación
de vulnerabilidad
Pagos
Explotación
Prostitución ajena
Otras formas explotación
sexual
Trabajos o servicios
forzados
Esclavitud
Prácticas análogas a la
esclavitud
Servidumbre
Extracción de órganos
5. Partiendo de lo establecido en los artículos 1 literal a y 3
de la ley 137-03.
¿Analizar si complementan estas normas en cuanto
a la descripción del supuesto de hecho o sólo se
aplica una de ellas?
6. Delitos Conexos
Proxenetismo (art. 334 CP)
Falsificación y uso de documentos falsos (art.145 al 165 CP)
Tráfico ilícito de migrantes (art. 2 de la ley 137-03)
Estafa (art. 405 del CP)
Sustracción de menores de edad (art. 403 de la ley 136-03)
Abuso de menores de edad (art. 396 de la ley 136-03)
Delitos sexuales (art. 330 y siguientes del CP)
Explotación sexual comercial de menores de edad (art.
410 de la ley 136-03)
Pornografía infantil (art. 411 de la ley 136-03)
Secuestro (art. 1 ley 583)
7. Diferencias entre trata de personas y
tráfico ilícito de migrantes
• Consentimiento
• Explotación
• Transnacionalidad
• Derechos vulnerados
8. Consentimiento
Trata:
Se encuentra viciado por engaños, amenazas,
coacción, situaciones de vulnerabilidad de la
víctima u otro tipo de violencia.
Tráfico:
Sin embargo, en los casos de tráfico ilícito de
migrantes generalmente las personas consienten
en realizar la acción sin importarles los riegos a los
que se exponen.
9. Explotación
Trata:
La víctima es sometida a situaciones similares a la
esclavitud, con fines de lucro o beneficios excesivos
y abusivos.
Tráfico:
El objeto del delito es lograr ingresar al territorio de
una nación.
10. Transnacionalidad
Trata:
Existen casos de trata donde no se produce el
paso lícito o no de una persona de un Estado a
otro, sino que el hecho se lleva a cabo dentro
de un Estado.
Tráfico:
Siempre se producirá de un Estado a otro u
otros.
12. Participación
Art.6. Los que participen como cómplices en la
comisión del crimen de tráfico ilícito de
migrantes y trata de personas serán objeto de
igual pena a la que se les imponga a quienes
resultaren autor o autores del hecho.
Esta norma penal plantea una equiparación de
la sanción a las personas que sean cómplices
de trata de personas.
13. Tentativa en la trata
Art. 5. La tentativa del tráfico ilícito de migrantes o trata
de personas será castigada como el mismo hecho
erigido en infracción.
Complicidad y tentativa en la trata de personas, principio
de legalidad vs principio de culpabilidad y
proporcionalidad de la pena.
14. Sanción penal
Artículo 3 vs 1 literal i de la ley 137-03
“Delito: es el desarrollo de las conductas
descritas en esta ley, y que, por su realización,
se sancionaría con una pena de la privación de
la libertad mínima de 10 años, máxima de 15
años.”
Reflexionar sobre la cuantía de la pena privativa de
libertad aplicable a los responsables de trata de
personas.
15. Causas exoneratorias
Analizar lo planteado por la ley 137-03 en su
artículo 8, y determinar quiénes son las
personas que pueden ser favorecidas con dicha
disposición legal.
16. Agravantes de la pena
A. Muerte o daño físico o psíquico de la víctima.
B. Autor es funcionario público.
C. Grupo delictivo de crimen organizado nacional o
transnacional.
D. Cuando existan pluralidad de agraviados.
E. Contra personas de inmadurez psicológica, trastorno
mental, enajenación mental temporal o permanente,
o sean menores de 18 años.
17. E. Cuando el responsable sea cónyuge o conviviente o
pariente hasta el tercer grado de consanguinidad,
primero de afinidad;
F. Cuando el sujeto o los sujetos reincidan en las
conductas de trata de personas y tráfico ilegal de
migrantes;
G. El que cree, altere, produzca o falsifique documentos
de viaje o identidad, suministre o facilite la posesión de
tales documentos, o al que, a través de dichos
documentos o cualquier otro, promueva u obtenga por
causa ilícita visado para sí u otra persona.
18. Párrafo I.- Para las agravantes señaladas en el anterior
artículo, se establece una pena de cinco (5) años, en
adición a la pena principal para los delitos descritos en
la presente ley.
Párrafo II.- Para el cálculo de las multas consignadas
por la presente ley, se utilizará como base el salario
mínimo establecido por la autoridad competente en
materia laboral, a la fecha que se cometa la infracción.
19. Análisis de casos
• Caso Salón de Belleza
• Caso Marianela
• Caso de los ecuatorianos
Realizar la adecuación típica.
Considere si hay concurso de delitos y/o de leyes.
Fundamentar cada respuesta.