Presentación en que se revisa la reglamentación propuesta para el procedimiento a través del cual se adoptarán acuerdos en las reuniones presenciales de la Comisión Coordinadora del Frente Parlamentario Contra el Hambre.
Procedimiento de toma de decisión del Frente Parlamentario contra el Hambre
1. PROCEDIMIENTO PARA TOMA DE
ACUERDOS
Encuentro de planificación de actividades en el marco de los frentes
parlamentarios contra el hambre de América Latina y el Caribe - 2014
Ciudad de Panamá, 27 y 28 de marzo 2014.
2. El presente documento pretende reglamentar el
procedimiento a través del cual se adoptarán acuerdos en
las reuniones presenciales de la Comisión Coordinadora del
Frente Parlamentario Contra el Hambre, tomando en
consideración que estos requieren de la mayoría absoluta de
los votos de los miembros asistentes a cada reunión de la
comisión coordinadora.
3. 1. PRESENTACION DE LA TEMATICA A DECIDIR
2. APROBACION DE NORMAS DEL
PROCEDIMIENTO
3. PRESENTACION DE CANDIDATURAS (si fuere
del caso)
4. VOTACION
4. 1.- Presentación de la temática a decidir
• Para facilitar la toma de decisiones de la Comisión
Coordinadora, será necesario informar previamente
a los asistentes acerca de la temática que se somete
a discusión, dando a conocer los alcances de la
decisión que se pretende adoptar.
5. Previo a la toma de decisiones, será necesario
acordar el procedimiento que se aplicará,
sirviendo el presente instrumento como
marco general, pudiendo adaptarse para
resolver de mejor manera temáticas que así lo
requieran.
2.- Aprobación del procedimiento
6. • Si es que la decisión implica la necesidad de optar entre diferentes alternativas, entonces la toma de
decisiones comenzará por la presentación de candidaturas.
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• Las propuestas para candidaturas, tanto de personas como de países, que pretendan participar de una
votación, podrán hacerla cualquiera de los miembros de la comisión.
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• Las propuestas para candidaturas las podrán hacer los miembros a nombre propio o ajeno.
• Para las que requieran tomar la decisión respecto a un país podrá hacerla un nacional o un extranjero,
requiriendo en ambos casos la aceptación de éste o quien lo represente.
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• En cualquier caso, quien haya hecho una propuesta para candidatura, ya sea de persona como para país, si
fuera del caso, deberá exponer ante la plenaria los argumentos para dicha propuesta.
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• Para cada procedimiento, se deberá acordar un tiempo máximo para cada presentación.
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• Una vez que se hayan hecho las presentaciones de los argumentos para las candidaturas, se abrirá un
espacio de preguntas o comentarios de los asistentes.
Presentación de candidaturas.
7. • Cada Frente parlamentario o parlamento supranacional tendrá derecho a un solo voto, más allá del
número de representantes de la delegación que participe de la reunión de que se trate.
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• Las votaciones serán cerradas, anotando la preferencia en un papel, que será luego entregado a quien los
recabe.
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• Una vez reunidos todos los votos, se abrirán uno a uno y se leerán en voz alta, anotando en un registro su
conteo.
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• Terminada la lectura y el conteo, se informará si es que alguna de las candidaturas ha obtenido la mayoría
absoluta de los votos de los asistentes, tal como lo señala el reglamento. De ser el caso, la votación
termina, haciéndose la designación.
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• En caso que ninguna de las candidaturas haya obtenido la mayoría absoluta de los sufragios, entonces se
pasará a una segunda vuelta, entre las 2 primeras mayorías, repitiendo el proceso de la primera vuelta.
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• Los asistentes podrán votar sólo por una de las candidaturas y su voto podrá ser en blanco.
Votación.