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La nueva Constitución
     para tod@s                    ución
                           Di strib ta
                                     i
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               C a rt i l l a N
                                  º 13
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S




    Producido por la Representación Presidencial para la Asamblea Constituyente - REPAC

    Comité editorial:           Héctor Ramírez Santisteban
                                Juan Carlos Pinto Quintanilla

    Texto:                      Carlos Romero Bonifaz

    Colaboradores:             Oscar Vega Camacho
                               Silvia Mejía Laura
                               Teresa Morales Olivera

    Diseño:                    Rubén Aruquipa
    Ilustraciones:             Gonzalo Llanos
    Imprenta:                  (nombre de la Imprenta o editorial)
    Primera edición :          10.000 ejemplares

    Abril de 2008

    La Paz - Bolivia
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S




                                                                              Índice

1. Bases fundamentales del Estado ........................................................................................ 7

2. Catálogo de derechos ....................................................................................................... 10

3. Estructura del Estado ........................................................................................................ 16

4. Modelo de desarrollo económico social ............................................................................................21
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S




                       Presentación

     L
            a participación social y el control en la toma de decisiones de la
            gestión pública es uno de los componentes importantes para
            construir una nueva estructura institucional del Estado, donde
     se ejerce una ciudadanía activa cuya tarea prioritaria es mantenerse
     informada y conocer el marco jurídico – normativo, siendo obligación
     del Estado proporcionar los mecanismos suficientes para que la
     población boliviana tenga acceso a la información.

     En este sentido, la REPAC cumple con este propósito, poniendo a
     disposición de la ciudadana y del ciudadano materiales de difusión
     sobre contenidos del proyecto de la nueva Constitución Política del
     Estado aprobado el 9 de diciembre de 2007 en la ciudad de Oruro,
     para que el pueblo boliviano tenga acceso y conozca los contenidos
     y alcances de este texto.

     En esta oportunidad presentamos la nueva Constitución en un
     formato más didáctico para una mejor comprensión, destacando
     los contenidos fundamentales del texto y sus articulaciones e
     implicaciones en la institucionalidad y legalidad por construir.
PARA ENTENDER LA NUEVA CONSTITUCIÓN




              1. Bases fundamentales del estado
1.1. Estado Unitario Social de Derecho                     y caracterización del Estado, en el que convergen tres
     Plurinacional Comunitario                             ámbitos del nuestra realidad social:

En la nueva Constitución Política del Estado, uno de los   •	      la liberal,
ejes fundamentales es el que define la forma, principios   •	      la comunitaria,
                                                           •	      la regional.

                                                           Resultado de esta simbiosis, el artículo 1 establece
                                                           “…El Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional
                                                           Comunitario”, es Unitario, porque dentro la
                                                           integralidad de su territorio mantiene un solo centro
                                                           de unidad del poder político en contraposición con el
                                                           modelo federal; es Social de Derecho, porque reafirma
                                                           la forma liberal de las funciones, organización del
                                                           poder público y prioriza los intereses colectivos antes
                                                           que los individuales.

                                                           Es Plurinacional Comunitario porque admite su
                                                           naturaleza multicultural, donde Bolivia es la unidad
                                                           política en la que convergen las naciones indígenas
                                                           u originarias articuladas con base en su identidad
                                                           cultural.

                                                           Y para la distribución territorial del poder público
                                                           adopta la forma de la descentralización y autonomías
                                                           en perspectiva de lograr una adecuada articulación
                                                           entre la estructura del nivel nacional y los pueblos
                                                           indígenas, los departamentos y las regiones.

                                                           Cabe resaltar que el nuevo texto ratifica el carácter
                                                           unitario del país y sustituye lo multiétnico por lo
                                                           plurinacional, ya que los indígenas no son solamente
                                                           etnias, sino que se asumen como naciones indígenas,
                                                           (como efecto de la aplicación de la Constitución
                                                           vigente el Estado aplicaba lo multiétnico sólo al
                                                           respeto de la diversidad folklórica, dejando sin efecto
                                                           la multiculturalidad en la organización estatal).
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S



    Preexistencia colonial de las naciones y                   Libertad de religión
    pueblos indígena originario campesinos
                                                                  Artículo 4.
                                                                  El Estado respeta y garantiza la libertad de
       Artículo 2.                                                religión y de creencias espirituales….El Estado
       Dada la existencia pre-colonial de las naciones            es independiente de la religión.
       y pueblos indígena originario campesinos y
       su dominio ancestral sobre sus territorios, se
       garantiza su libre determinación en el marco            La libertad de culto deriva de la pluralidad de creencias y
       de la unidad del Estado, que consiste en su             pensamientos religiosos, por lo que cada persona puede
       derechos a la autonomía, al autogobierno, a su          profesar el credo religioso con el que se identifique. La
       cultura, al reconocimiento de sus instituciones y       independencia del Estado en relación con la religión
       a la consolidación de sus entidades territoriales,      significa que no se debe mezclar las acciones políticas
       conforme a esta Constitución y la ley.                  con las tareas espirituales y cultos religiosos.

                                                               Idiomas oficiales
    Este artículo nos ayuda a comprender la dimensión del
    ejercicio de la libre determinación de las naciones y
    pueblos indígena originario campesinos como efecto            Artículo 5.
    del reconocimiento constitucional de su existencia pre-       I. Son idiomas oficiales del Estado el castellano
    colonial de éstas, nos plantea dos utilidades prácticas:      y todos los idiomas de las naciones y pueblos
    por un lado, reafirma su condición de colectividades          indígena originario campesinos, que son el aymara,
    (pueblos o naciones), lo que les otorga derechos              araona, baure, bésiro, canichana, cavineño,
    colectivos (territoriales, culturales y de libre              cayubaba, chácobo, chimán, ese ejja, guaraní,
    determinación), lo que les permite consolidar las             guarasu’we, guarayu, itonama, leco, machajuyai-
    autonomías indígenas; por otro lado, asigna a estos           kallawaya, machineri, maropa, mojeño-trinitario,
    derechos carácter histórico.                                  mojeño-ignaciano, moré, mosetén, movima,
                                                                  pacawara, puquina, quechua, sirionó, tacana,
                                                                  tapiete, toromona, uru-chipaya, weenhayek,
                                                                  yaminawa, yuki, yuracaré y zamuco.
                                                                  “…Las entidades públicas deben utilizar por lo
                                                                  menos dos idiomas oficiales (castellano y otro
                                                                  de mayor preferencia de la población en su
                                                                  territorio…)”.


                                                               El reconocimiento oficial de todos los idiomas
                                                               responde al carácter pluricultural y plurilingüe del
                                                               país, su utilidad práctica es que obliga al Estado a
                                                               utilizar el castellano y el idioma mayoritario según
                                                               el lugar para su comunicación y documentos oficiales
                                                               más importantes.
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S



                                                       Esta formulación combina las instituciones de la
                                                       tradición política liberal con las indígenas originarias.
                                                       Entre las primeras, se da prioridad a las de participación
                                                       ciudadana directa sobre las de decisión delegada
                                                       (referendos, consultas previas y otros). Incorpora también
                                                       el reconocimiento de la democracia comunitaria que se
                                                       caracteriza por la adopción de decisiones consensuadas,
                                                       amplia deliberación, autoridades propias, participación
                                                       directa, rotación de cargos.




Sistema de Gobierno

  Artículo 11.
  I. El Estado adopta para su gobierno la forma
  democrática participativa, representativa y
  comunitaria, con equivalencia de condiciones
  entre hombres y mujeres.
  II. La democracia se ejerce de las siguientes
  formas, que serán desarrolladas por la ley:
  1. Directa y participativa, por medio del
  referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la
  revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo
  y la consulta previa, entre otros. Las asambleas y
  cabildos tendrán carácter deliberativo.
  2. Representativa, por medio de la elección de
  representantes por voto universal, directo y
  secreto, entre otros.
  3. Comunitaria, por medio de la elección,
  designación o nominación de autoridades y
  representantes por normas y procedimientos
  propios de las naciones y pueblos indígena
  originario campesinos, entre otros.
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S




                                2. Catálogo de derechos

     L
           a nueva Constitución incorpora las tres generaciones de derechos humanos reconocidos por las instancias de
           la comunidad internacional, los mismos que tienen alcance universal.

     Derechos humanos de primera generación: derechos civiles y políticos: a la vida, a la integridad física,
     moral, dignidad, justicia, igualdad, libertad; a participar en la organización estatal, elegir y ser elegido, agruparse
     políticamente.

     Derechos humanos de segunda generación: derechos económicos, sociales y culturales: a la propiedad
     individual y colectiva, a la seguridad económica, a la alimentación, al trabajo, a la seguridad social, salario justo
     y equitativo, al descanso, la sindicalización, la huelga, la salud, la vivienda, la educación, a la participación en la
     actividad cultural, a beneficiarse con la ciencia y tecnología, a la investigación científica.

     Derechos humanos de tercera generación: derechos de la solidaridad: a la paz, al desarrollo económico, a la
     libre determinación de los pueblos, al medio ambiente sano, al patrimonio cultural, a la justicia transnacional, del
     consumidor, de los niños y de los ancianos.

     A continuación un cuadro esquemático que muestra los derechos fundamentales incorporados en el Título II del
     texto constitucional:
10
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S




     TIPO DE DERECHOS                                               CONTENIDOS

Derechos fundamentalísimos, aquellos derechos que son considerados irrenunciables, debido a que limitar,
restringir y vulnerar el ejercicio de uno de ellos impide el ejercicio de los demás derechos, por ejemplo: restringir
el derecho de acceso al agua afecta el ejercicio de mi derecho a la salud y en consecuencia a la vida; por ello, se
constituyen en prioritarios para que sean atendidos por el Estado a través de políticas públicas. Estos derechos
son:

• A la vida                      • Al agua y alimentación (seguridad alimentaria)
• Integridad física,             • Hábitat y vivienda
  psicológica y sexual (se       • A los servicios básicos (agua potable, alcantarillado, electricidad, gas
  prohíbe las torturas,            domiciliario, postal y telecomunicaciones)
  tratos crueles, violencia
  doméstica)
• Salud (universal sin
  exclusiones)
• A la educación (universal
  para todos)

Derechos fundamentales

Derechos civiles                 • Autoidentificación cultural
                                 • Intimidad, honor y dignidad
                                 • Libertad de pensamiento, espiritualidad, religión y culto
                                 • Libertad de reunión y asociación
                                 • Petición individual o colectiva, oral o escrita
                                 • Inviolabilidad de domicilio y secreto de comunicaciones privadas
                                 • Acceso a la información y comunicación
                                 • A expresar y difundir libremente pensamiento u opiniones
                                 • Libertad de residencia, permanencia y circulación en todo el territorio

Derechos políticos               • Participar en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente
                                   o a través de sus representantes (sufragar, elegir, ser consultado, etc.).




                                                                                                                        11
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S




     Derechos de las naciones y      •   A su identidad cultural
     pueblos indígena, originario    •   A existir libremente
     campesinos                      •   Territorialidad
                                     •   Libre determinación
                                     •   Protección de sus saberes tradicionales
                                     •   A que sus instituciones formen parte de la estructura del Estado
                                     •   A su hábitat (territorios)
                                     •   Educación (regular, alternativa, especial y superior, está compuesta por
                                         instituciones educativas fiscales, privadas y de convenio. Tiene carácter intra-
                                         intercultural y bilingüe, obligatoria hasta el bachillerato, la educación fiscal
                                         es gratuita en todos sus niveles. Se garantiza autonomías universitarias y las
                                         universidades privadas)
                                     •   Salud
                                     •   Consulta
                                     •   Participación
                                     •   Reproducción de sus sistemas políticos, jurídicos y económicos

     Derechos ambientales            A gozar de un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado

     Derechos económicos, sociales   • Salud y a la seguridad social (calidad de vida, bienestar, seguro universal y
     y culturales                      acceso a servicios públicos)
                                     • Medicina tradicional (medicamentos naturales)
                                     • Trabajo y e mpleo (en condiciones de dignidad, seguridad industrial, higiene,
                                       estabilidad laboral, salario justo, no discriminación)
                                     • Propiedad privada (individual o colectiva, garantizando la sucesión
                                       hereditaria)
                                     • Derecho de la niñez, adolescencia y juventud (al desarrollo integral, a crecer
                                       en el seno de una familia, a la identidad, a recibir servicios, a la formación
                                       integral)
                                     • Familias (en las que todos los integrantes tienen igualdad de derechos,
                                       obligaciones y oportunidades)
                                     • Adultos mayores (vejez digna, renta vitalicia, protección, recreación,
                                       descanso)
                                     • Personas con discapacidad (protección familiar y estatal, educación y
                                       salud, comunicación con lenguaje alternativo, condiciones laborales, no
                                       discriminación)
                                     • Personas privadas de su libertad (respeto a su dignidad, a comunicarse
                                       con su defensor y personas allegadas, a trabajar y estudiar en centros
                                       penitenciarios)
                                     • Derechos de usuarios y consumidores (suministro de alimentos, medicamentos
                                       y productos de calidad, información sobre los contenidos de los productos y
                                       características de los servicios)
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LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S




   Artículos 21 a 76.                                         para su implementación expresada en políticas de Estado.
   La nueva Constitución señala las cualidades de             Se diferencia de la Constitución actual que sólo incorpora
   los derechos:                                              los derechos civiles y políticos y desarrolla parcialmente los
   inviolables, es decir, los derechos humanos                derechos colectivos en regímenes especiales.
   no se pueden ni deben transgredir, supone
   que la persona afectada exija su reparación o              Cabe destacar la incorporación de los derechos de la mujer
   compensación por el daño causado.                          de manera transversal en todo el texto constitucional,
   Universales, es decir, que todas las personas por          abarcando aspectos sociales, económicos, culturales
   su naturaleza de seres humanos, son titulares de           y políticos entre otros; de igual manera resaltar la
   estos derechos sin discriminación alguna.                  eliminación del lenguaje sexista discriminador en todo
   Interdependientes e indivisibles, porque el                el texto constitucional. Entre otras aspectos importantes
   ejercicio pleno de unos derechos dependen de               tenemos el reconocimiento integral de los derechos
   la aplicación de otros, por ejemplo, el derecho            colectivos: ambientales, de usuarios y consumidores
   a la vida se efectiviza si existen adecuadas               y de los pueblos y naciones indígena originarios, así
   condiciones de salud, para que existan                     como la incorporación de derechos especiales: niñez,
   estas condiciones debemos evitar los daños                 adolescencia, ancianidad, personas con discapacidad,
   ambientales de alto impacto.                               personas con privación de libertad.
   Progresivos, debemos entender que a medida del
   avance del desarrollo de la humanidad, irán emer-          3. Garantías constitucionales
   giendo nuevos derechos y estos serán reconocidos
   en la comunidad internacional ampliando gradual-           A diferencia de la Constitución actual que define
   mente la presente declaración de derechos.                 garantías constitucionales sólo para los derechos
                                                              individuales (habeas corpus, habeas data), el Título IV
                                                              de la nueva Constitución incorpora instrumentos de
La nueva Constitución otorga el mismo rango                   defensa de los derechos colectivos, con el mismo rango
constitucional e igualdad jerárquica a los derechos           constitucional que para las individuales; las sentencias
colectivos respecto a los individuales, establece garantías   emitidas están sometidas al control constitucional por
                                                                                                                               1
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S



     el Tribunal Constitucional. En el siguiente cuadro se
     explicita los alcances de las acciones de defensa:                  Artículo 14.
                                                                         I. Todo ser humano tiene personalidad y
     ACCIÓN DE        • Su aplicabilidad responde a la protección,       capacidad jurídica con arreglo a las leyes y
     LIBERTAD           restitución del derecho a libertad de            goza de los derechos reconocidos por esta
                        locomoción, ampliándose a la protección          Constitución, sin distinción alguna.
                        de la integridad física y la vida misma.
                      • El trámite es de carácter sumarísimo y
                        personalísimo.                                Esta disposición constituye un gran avance pues se
                      • En caso de existir impedimento material
                                                                      reafirma que el individuo es el sujeto con capacidad
                        para que el afectado se apersone ante el
                        juez, será éste quien acuda al lugar de la    de exigir ante los tribunales tanto nacional como
                        detención.                                    internacional la protección de sus derechos que le son
     ACCIÓN DE        • Se interpone contra actos u omisiones         inherentes por su naturaleza de ser humano.
     AMPARO             ilegales o indebidos de servidores
     CONSTITUCIONAL     públicos, que restrinjan, supriman o
                        amenacen restringir o suprimir derechos          Artículo 14.
                        reconocidos por la Constitución y la Ley.        II. El Estado prohíbe y sanciona toda forma de
                      • Se incorpora el plazo de interposición de        discriminación fundada en razón de sexo, color,
                        6 meses.
                                                                         edad, orientación sexual, identidad de género,
     ACCIÓN DE        • Está dirigida para proteger el derecho a la      origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma,
     PROTECCIÓN DE      privacidad personal o familiar, la imagen,
                                                                         credo religioso, ideología, filiación política o
     PRIVACIDAD         honra o reputación.
                                                                         filosófica, estado civil, condición económica o
     ACCIÓN DE        • Se interpone por cualquier persona
                                                                         social, tipo de ocupación, grado de instrucción,
     INCONSTITU-        afectada por una ley, decreto o cualquier
     CIONALIDAD         tipo de resolución que sea contraria a la        discapacidad, embarazo, u otras que tenga por
                        Constitución.                                    objetivo o resultado anular o menoscabar el
                      • A diferencia de la actual Constitución, en       reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones
                        el nuevo texto se otorga competencia a           de igualdad, de derechos de toda persona.
                        cualquier persona individual o colectiva
                        para que interponga este recurso.
                      • La inconstitucionalidad declarada por         Esta formulación garantiza que:
                        sentencia, supone la inaplicabilidad de la
                                                                         •	 no hay ciudadanos de primera ni segunda,
                        norma impugnada.
                                                                         •	 el color de piel u origen étnico no da ventajas a
     ACCIÓN DE        • Se aplica contra los servidores públicos
                                                                             unos sobre otros,
     CUMPLIMIENTO       que incumplan la Constitución o leyes,
                        para que mediante sentencia se obligue al        • haya equidad e igualdad de género,
                        demandado el cumplimiento inmediato              •	 la opción sexual no sea criminalizada,
                        del deber omitido.                               •	 el credo religioso, ideológico o filosófico no sea
     ACCIÓN POPULAR   • Es aplicable contra los actos u                      objeto de persecución o sanción.
                        omisiones cometidas por autoridades o
                        personas individuales o colectivas que
                        violen, amenacen violar derechos e
                        intereses colectivos reconocidos por la
                        Constitución.
14
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S



                                                        Esta disposición está dirigida a garantizar el ejercicio del
Artículos 91-98.                                        derecho a la educación en todos los niveles, promoviendo
Educación regular, alternativa, especial y              el respeto a la diversidad cultural, incorporando métodos
superior, está compuesta por instituciones              de enseñanza intercultural para la transformación
educativas fiscales, privadas y de convenio.            social con tolerancia y sin discriminación. El Estado es
Tiene carácter intra-intercultural y bilingüe,          el encargado de la formación docente garantizando
obligatoria hasta el bachillerato, la educación         la carrera y estabilidad del personal docente del
fiscal es gratuita en todos sus niveles. Se garantiza   magisterio.
autonomías universitarias y las universidades
privadas. El Estado, en coordinación con las            En cuanto a la enseñanza superior, el texto
universidades públicas, promoverá la creación           constitucional reafirma la autonomía universitaria
y funcionamiento de universidades e institutos          y el funcionamiento de las universidades privadas,
comunitarios pluriculturales en las áreas rurales.      estableciendo como obligación del Estado la creación de
La formación y capacitación docente para el             institutos o universidades en las áreas rurales, dirigidos
magisterio es de responsabilidad del Estado. Se         a la formación de capacidades que promuevan un
garantiza la carrera docente y la inamovilidad          desarrollo rural con visión pluralista y de recuperación
del personal docente del magisterio.                    de las prácticas y conocimientos tradicionales de las
                                                        naciones y pueblos indígena originario campesinos.




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LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S




                                     3. Estructura del Estado
     L
           a estructura del Estado se refiere a la organización, asignación de funciones, mecanismo de coordinación,
           herramientas de control a los órganos de un Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).
           •	 Es funcional porque divide las tareas de los órganos de Estado: el Ejecutivo implementa las políticas públicas;
            el Judicial administra justicia; el Legislativo aprueba las leyes – se dice que es horizontal.
        •	 Es territorial, porque el ejercicio del poder público está distribuido en el conjunto del territorio: Gobierno
            central, departamental, local – se dice que es vertical.

     Estructura funcional del Estado
     La nueva estructura funcional, reafirma la separación de los órganos y diseña nuevas instituciones con mayor
     compromiso de mandatos programáticos en relación con el pueblo.

                                 ÓRGANOS DEL ÁMBITO PÚBLICO                                                      CARACTERÍSTICAS

      • Órgano Legislativo: constituido por la Asamblea Legislativa Plurinacional,                    • La estructura bicameral está integrada
        integrada por 157 asambleístas elegidos, 36 en circunscripciones departamentales                por una cámara poblacional elegida
        (Cámara de Representantes Departamentales) y 121 en uninominales (Cámara de                     en circunscripciones uninominales
        Diputados). Sus potestades son legislativas y de fiscalización. No tienen suplentes             y otra departamental con cuatro
        ni inmunidad parlamentaria. Sus principales tareas son: legislar, aprobar nuevas                representantes por departamento
        unidades político administrativas (departamentos, provincias, etc.), el plan                    elegidos bajo el sistema proporcional.
        de desarrollo, presupuesto, medidas económicas en caso de necesidad, leyes                      Los legisladores no gozarán de
        tributarias y crediticias, préstamos, contratos estatales, venta de bienes públicos,            privilegios, no tendrán suplentes, ni
        tratados internacionales, sistema monetario y de medidas, elige cuatro miembros                 inmunidad.
        del Consejo Electoral, preselecciona candidato del Tribunal Constitucional,                   • La gestión de los legisladores está
        autoriza salida de tropas militares e ingreso y tránsito de fuerzas extranjeras.                sujeto a revocatoria de mandato.

      • Órgano Ejecutivo: Integrado por el Presidente (a), Vicepresidente (a) y Ministros             • El Presidente y Vicepresidente se eligen
        de Estado. El Presidente (a) y Vicepresidente (a) son elegidos por mayoría absoluta             de manera directa (por voto popular),
        de votos o por segunda vuelta. Tienen derecho a reelección consecutiva por una                  sin mediación del órgano legislativo,
        sola vez. El Presidente y sus Ministros ejecutan la administración pública y la                 para esto se incorpora el mecanismo
        política interior y exterior, la seguridad y defensa y el cumplimiento de las leyes.            de la segunda vuelta.
      • Las principales tareas del Presidente son: promulgar y hacer cumplir las leyes, dictar        • La gestión del Presidente está sujeta a
        decretos y resoluciones, hacer cumplir sentencias de tribunales, preservar la unidad            revocatoria de mandato.
        del Estado, dirigir la política interior y exterior, la administración pública, administrar
        las rentas estatales, presentar al Legislativo el plan de desarrollo, el presupuesto y
        los informes de gestión, nombrar al Contralor (a), Presidente (a) del Banco Central,
        al regulador de bancos, presidentes de entidades de función económica y social, sus
        representantes ante el órgano electoral, al Procurador, Ministros, Comandantes de
        las Fuerzas Armadas y Policía, presidir el Servicio de Reforma Agraria.
      • El Vicepresidente preside la Asamblea Legislativa y articula al Legislativo y
        Ejecutivo.
16
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S



• Órgano Judicial: Tribunal Constitucional para el control de constitucionalidad.          • Lo destacable del nuevo texto es la
  Está integrado por magistrados elegidos por voto.                                          despolitización del sistema judicial,
• Jurisdicción ordinaria: integrada por un Tribunal Supremo con magistrados                  ya que establece el voto popular y
  elegidos por voto; además, tiene sus respectivos tribunales departamentales.               democrático para la designación de sus
• Tribunal Agroambiental: como instancia especializada en materia                            máximas autoridades, previa selección
  agroambiental.                                                                             en función de méritos acumulados.
• La función disciplinaria y administrativa está a cargo de una entidad de Control         • En la estructura, funcionamiento y
  Administrativo Disciplinario de Justicia.                                                  composición del Órgano Judicial se
• Se reconoce también la jurisdicción indígena en el marco del pluralismo jurídico           incorpora y transversaliza el pluralismo
  a condición de respetar la Constitución, las leyes y los derechos humanos.                 jurídico    al   constitucionalizar     la
                                                                                             jurisdicción indígena con el límite del
                                                                                             respeto a la Constitución, las leyes y los
                                                                                             derechos humanos.

• Consejo Electoral: tiene a su cargo administrar procesos electorales, consultas          • Se constituye el poder electoral con
  ciudadanas (referendos) y el registro civil.                                               las funciones conocidas de administrar
                                                                                             procesos electorales y consultas
                                                                                             ciudadanas, además de tener a su
                                                                                             cargo el Registro Civil.




ÓRGANOS DE CONTROL, DEFENSA Y SEGURIDAD                                                    • El texto confirma las instancias de
• Contraloría General del Estado, presidido por un Contralor elegido por la                  control fiscal (Contraloría) General
  Asamblea Legislativa con funciones de control fiscal.                                      del Estado”, defensa de la sociedad
• Defensor del Pueblo, elegido por la Asamblea Legislativa, vela por el cumplimiento         (Defensor del Pueblo), defensa de
  de los derechos humanos y protege a la población frente a eventuales abusos de             los intereses del Estado y la sociedad
  los servidores públicos.                                                                   (Ministerio Público).
• Ministerio público, integrado por un Fiscal (a) General; fiscales departamentales,       • Lo destacable es la creación de un
  fiscales de materia y otros. Su función es defender la legalidad y los intereses           organismo que tiene la tarea de
  generales de la sociedad. El Fiscal General es elegido por la Asamblea Legislativa.        defender los intereses patrimoniales
• Procuraduría del Estado, defiende los intereses patrimoniales y públicos del               del Estado denominado Procuraduría
  Estado.                                                                                    General del Estado.
• Control social: el pueblo participará en la toma de decisiones públicas y ejercerá       • Se constitucionaliza el control social,
  control social a la gestión pública en todos los niveles del Estado. La sociedad civil     que debe ser funcional y transversal en
  establecerá sus propias normas y funcionamiento para cumplir estas funciones.              relación con todas las entidades públicas
• Fuerzas Armadas: están constituidas por el Comando en Jefe, Ejército, Fuerza               para efectivizar la participación social
  Aérea, Armada. Su misión es defender la independencia y seguridad del Estado,              en la gestión pública.
  el honor y soberanía del país, el imperio de la Constitución, la estabilidad del
  Gobierno y, además, participa en el desarrollo integral del país. El servicio militar
  es obligatorio.
• Policía: su misión es defender a la sociedad, conservar el orden público y el
  cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano.



                                                                                                                                          1
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S



     Estructura territorial del Estado
                                                                     Artículo 273-274.
       Artículos 146-255.                                            El régimen autonómico tiene los siguientes
       Parte importante del proceso de transformación                alcances: elección directa de autoridades,
       estructural al Estado es la recomposición territorial         potestades       normativas    administrativas,
       del poder político que pretende revertir dos frac-            fiscalizadoras y técnico administrativas. Las
       turas estatales muy profundas. La desarticulación             modalidades autonómicas son: Departamentales,
       de la estructura estatal en relación con las regio-           Regionales     (provinciales), Municipales   e
       nes (departamentos) y pueblos indígenas.                      Indígenas.
       El nuevo texto constitucional caracteriza esta
       recomposición territorial del poder público
       tomando en cuenta los siguientes componentes:              Las autonomías departamentales coexisten con otras
       la nueva Constitución, en su artículo primero, ca-         modalidades autonómicas como las regionales (provinciales),
       racteriza al Estado como descentralizado y con             municipales e indígenas. Para la convivencia de estos niveles
       autonomías sustentadas en jurisdicciones territo-          de gobierno se aplica criterios de diferenciación (cada
       riales. Respondiendo al mandato de referéndum              modalidad autonómica tiene sus propias características),
       del 2 de julio del 2006, se reconocen las autono-          lo que garantiza que entre ellas se proyecten
       mías departamentales con potestad para elegir              complementariedades antes que contraposiciones. Las
       a sus autoridades, aplicar facultades legislativa,         autonomías regionales se podrán constituir mediante una
       normativa-administrativa, técnicas, ejecutivas y           asociación de provincias, municipios o territorios indígenas,
       de fiscalización.                                          a partir de la voluntad popular de su población, adoptando
       Artículo 270 I-II.                                         las competencias que les sean transferidas desde los
       Bolivia se organiza territorialmente en                    Consejos Departamentales.
       departamentos,       provincias,   municipios       y      Las autonomías municipales existen, se reafirman y
       territorios indígenas; la creación, modificación           fortalecen porque adquieren nuevas competencias.
       y delimitación de unidades territoriales se hará           Asimismo, las autonomías indígenas originarias campesinas
       por voluntad democrática de sus habitantes.
                                                                  tienen como base jurisdiccional sus tierras colectivas y como
       Artículo 272.
                                                                  alcances la reproducción de sus instituciones culturales y un
       Una ley marco de autonomías y descentralización
                                                                  desarrollo con identidad. Entre sus instituciones destacan
       desarrollará sus características, atribuciones y
                                                                  la elección de sus autoridades originarias, la aplicación de
       organización.
                                                                  su sistema de justicia y la gestión de su territorialidad.

                                        ESTRUCTURA DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS

        ÓRGANOS DE               GOBIERNO             GOBIERNO          GOBIERNO               GOBIERNO INDÍGENA
         GOBIERNO             DEPARTAMENTAL           MUNICIPAL         REGIONAL              ORIGINARIO CAMPESINO

         EJECUTIVO           Prefecto                 Alcalde      Gobernador               Cacique; Capitán; Mallku, etc.

         LEGISLATIVO         Concejo                  Concejo      Asamblea Regional        Cabildo/Asamblea
                             Departamental            Municipal    Deliberativa
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LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S




                                                                                    Competencias de los gobiernos autónomos
             Tema                         esTado plurinacional                          deparTamenTal                                 municipal                              regional                 indígena originario campesino
competencias normativas             Elaborar leyes y reglamentos sobre        Normas de regulación para el cumplimiento de las competencias establecidas en la Constitución.                          Normas de acuerdo a sus usos y
                                    todas las materias a nivel general.                                                                                                                               costumbres.
plan de desarrollo                  Establecer las políticas generales y de   Planificar     la       infraestructura    Promover y prestar servicios para         Desarrollo económico y empleo;     Implementar sus propios planes de
                                    coordinación en todos los ámbitos,        departamental.                             el desarrollo productivo rural y          desarrollo rural y agropecuario,   desarrollo según sus cosmovisiones
                                    orientadas a la implementación de un                                                 agropecuario sustentable.                 infraestructura productiva en      y dentro de los parámetros del plan
                                    plan de desarrollo nacional.                                                                                                   general.                           nacional de desarrollo.
competencias     de      política   Es competencia indelegable del estado     La recaudación de tasas y patentes para la gestión pública de las entidades territoriales autónomas, son reguladas por ley.
Fiscal                              plurinacional supervisar y controlar el
                                    sistema financiero, créditos, banca y
                                    seguros.
políticas de desarrollo social      Definir las políticas nacionales sobre    Promover actividades deportivas,           Desarrollar programas y proyectos         Apoyo en la ejecución de planes,   Participar   en    la   planificación
– cultural                          educación, deporte, cultura, salud y      administrar infraestructura. Promover      sociales sostenibles de apoyo a la        programas y proyectos de salud,    y desarrollo sobre políticas de
                                    vivienda.                                 y proteger el patrimonio cultural,         familia, la mujer, niñez, adolescencia,   educación, cultura, ciencia y      educación, salud, promoción dela
                                                                              histórico, artístico tangible e            adultos mayores y discapacitados.         tecnología.                        cultura, el arte, identidad, centros
                                                                              intangible. Priorizar el equipamiento                                                                                   arqueológicos y museos.
                                                                              de infraestructura y recursos              Planificar, administrar y ejecutar la
                                                                              económicos a municipios para la            infraestructura y equipamiento de
                                                                              atención de la niñez, adolescencia,        educación y salud. Planificar y regular
                                                                              adultos mayores, discapacitados.           servicios de sanidad y salubridad de
                                                                                                                         comercializacón de alimentos.
                                                                              Gestionar estrategias y acciones para la
                                                                              equidad e igualdad de oportunidades        Conservar     y    promocionar    el
                                                                              para hombres y mujeres en proyectos        patrimonio intangible tangible e
                                                                              productivos.                               intangible, sitios sagrados, centros
                                                                                                                         arqueológicos y museos.
recursos     naturales        no    Es competencia privativa indelegable      Los     departamentos    productores                                                                                    Derechos de participación sobre
renovables                          del estado plurinacional definir las      percibirán una regalía del 11% de                                                                                       los recursos hidrocarburífieros y
                                    políticas nacionales de administración    su producción departamental.     Los                                                                                    mineralógicos que son explotados
                                    de los recursos naturales no              departamentos no productores y el                                                                                       dentro de su territorio.
                                    renovables.                               Tesoro General del Estado obtendrán
                                                                              una participación de acuerdo con el
                                                                              porcentaje determinado por ley.




                                                                                                                                                                                                                                              19
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S




      Biodiversidad,        medio   Administración del sistema de áreas protegidas.                                     Promoción, conservación y desarrollo       Conservación ambiental.                Preservación del hábitat, el paisaje,
      ambiente y áreas protegidas   Regulación del sistema del control medioambiental y de la biodiversidad.            de la protección ambiental, los            Promoción,       conservación      y   la vivienda, el urbanismo y los
                                                                                                                        recursos naturales, la flora y fauna       desarrollo de los recursos             asentamientos humanos, conforme
                                                                                                                        silvestre y los animales domésticos.       naturales, la flora, fauna silvestre   a las formas culturales, tecnológicas,
                                                                                                                                                                   y los animales domésticos.             espaciales e históricas.
                                                                                                                        Planificación,      administración
                                                                                                                        y ejecución de los servicios de                                                   Gestión y administración de los
                                                                                                                        mantenimiento y preservación del                                                  recursos naturales renovables, de
                                                                                                                        hábitat, paisaje, parques, plazas,                                                acuerdo con la Constitución y la ley.
                                                                                                                        avenidas y calles.
      defensa civil                 Coordinación del régimen de defensa civil con las demás entidades territoriales                                                Prevención  y   atención    de
                                    autónomas.                                                                                                                     emergencia climáticos; defensa
                                                                                                                                                                   civil.
      obras públicas y servicios    Red fundamental de carreteras y ferrocarriles interdepartamentales. Puertos         Planificación,         administración,
      básicos                       fluviales y lacustres.                                                              ejecución y supervisión de los servicios
                                    Red de energía que transcurra por más de un departamento.                           de saneamiento básico: agua potable,
                                                                                                                        alcantarillado pluvial, sanitario. Aseo
                                                                                                                        urbano y manejo y tratamiento de
                                                                                                                        residuos sólidos.


      agricultura y ganadería       Desarrollo rural, promoción del comercio, industria, ganaderías y servicios.        Promoción y prestación de servicios        Desarrollo rural y agropecuario,       Fomento y desarrollo de su vocación
                                                                                                                        para el desarrollo productivo rural y      infraestructura productiva.            productiva.
                                                                                                                        agropecuario sustentable.
      Tierras                       Titulación de tierras.                      No aplicable                            No aplicable                               No aplicable                           Planificación y gestión de la ocupación
                                    Política de tierras, suelos, forestales y                                                                                                                             y asentamiento territorial.
                                    bosques.
      industria                     Planificación, instalación, desarrollo y fortalecimiento de empresas industriales   Apoyo y promoción de la ejecución                                                 Control y regulación a las instituciones
                                    que incorporen valor agregado a sus recursos naturales.                             de proyectos de infraestructuras                                                  y organizaciones externas que
                                                                                                                        productivas industriales.                                                         desarrollen    actividades      en    su
                                                                                                                                                                                                          jurisdicción.
     artículos 270 a 306.
20
PARA ENTENDER LA NUEVA CONSTITUCIÓN




         4. Modelo de desarrollo económico social
N
      uestro país se caracteriza por tener una estructura   Artículo 307.
      económica desigual, debido a la extracción            I. El modelo económico boliviano es plural y está
      de materias primas, la extranjerización de sus        orientado a mejorar la calidad de vida y el vivir
ganancias y la carencia de reinversión en la generación     bien de todas las bolivianas y los bolivianos.
de diversos rubros económicos y la industrialización del    II. La economía plural está constituida por las
país.                                                       formas de organización económica comunitaria,
                                                            estatal, privada y social cooperativa.
El sistema capitalista se ha concentrado a modo de          III. La economía plural articula las diferentes formas
enclave en la absorción de los recursos valiosos de la      de organización económica sobre los principios
economía, desarrollándose de manera desarticulada de        de complementariedad, reciprocidad, solidaridad,
la economía tradicional comunitaria y del sistema de        redistribución,      igualdad,        sustentabilidad,
reproducción mercantil simple (que se expresa en los        equilibrio, justicia y transparencia. La economía
bienes y servicios que se generan para la sobrevivencia     social y comunitaria complementará el interés
y no de acumulación como, por ejemplo, los artesanos,       individual con el vivir bien colectivo.
manufactureros, servicios de albañilería, plomería,         IV. Las formas de organización económica
carpintería, sastres, etc.) con relaciones de intercambio   reconocidas en esta Constitución podrán
desigual que han profundizado la inequidad social.          constituir empresas mixtas.
                                                            V. El Estado tiene como máximo valor al ser
                                                            humano y asegurará el desarrollo mediante
                                                            la redistribución equitativa de los excedentes
                                                            económicos en políticas sociales, de salud,
                                                            educación, cultura, y en la reinversión en
                                                            desarrollo económico productivo.




                                                                                                                     1
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S



     En la nueva Constitución se pueden identificar tres          Con la principal finalidad de alcanzar el “vivir bien”,
     elementos fundamentales sobre el modelo económico            concepto derivado de la cosmovisión indígena y que
     social:                                                      hace referencia al bienestar y solidaridad entre las
        •	 el ser humano es el valor supremo del Estado,          personas y colectividades.
             en consecuencia es el receptor de las políticas
             públicas,                                            ASPECTOS IMPORTANTES DEL MODELO ECONÓMICO
        •	 la variedad y complementariedad de cuatro tipos        Entre otros aspectos importantes del modelo económico
             de organizaciones económica y,                       social del texto constitucional destacamos los siguientes:
        •	 el establecimiento de principios rectores de
             acuerdo con la realidad.                             POLÍTICA ECONÓMICA
     Al reconocer al ser humano como el sujeto del desarrollo        Artículos 312 a 314.
     se pretende desmercantilizar las relaciones sociales a          La economía plural comprende la responsabilidad
     partir de la vigencia plena de los derechos humanos             estatal de dirigir integralmente el desarrollo y
     individuales y colectivos.                                      la planificación con participación ciudadana,
                                                                     la industrialización de los recursos naturales
     El reconocimiento del carácter plural o diverso de la           y la intervención estatal en toda la cadena
     economía proyecta tres formas de organizaciones eco-            productiva de los recursos estratégicos. Las
     nómica: público, privado y comunitario. El sector pú-           actividades económicas deben propender a
     blico se orienta al control de los sectores estratégicos        fortalecer la soberanía económica del país,
     de la economía (recursos naturales, servicios públicos,         generar trabajo digno, contribuir en la reducción
     telecomunicaciones, energía, transporte, etc.), consi-          de las desigualdades, en la erradicación de la
     guientemente, el control de los excedentes (ganancias)          pobreza y en la protección del medio ambiente.
     económicos generados para su reinversión en la diver-
     sificación económica, la industrialización y el desarrollo
     social integral.                                             El modelo económico implica una importante
                                                                  participación estatal en la regulación de las actividades
     El modelo económico reconoce también la iniciativa           económicas, a diferencia del sistema liberal que deja
     privada otorgando seguridad jurídica a sus inversiones,      toda esta dinámica a las leyes del mercado (oferta
     en perspectiva de que coadyuven al desarrollo                y demanda). La regulación opera a través de la
     económico social, respondan al interés colectivo y se
     enmarquen en las políticas, leyes y autoridades del país.
     El reconocimiento de la economía comunitaria en el
     modelo de desarrollo pretende reflejar a un segmento
     importante de la realidad social del país, como son las
     comunidades rurales que se manifiestan en el conjunto
     de prácticas colectivistas y asociativas.

     Los principios orientadores del modelo de desarrollo
     apuntan a lograr la justicia social, equidad y
     complementariedad, reafirmando el carácter social
     y comunitario de la organización económico-social.
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S



planificación que debe responder a amplios consensos
sociales resultantes de consultas previas a la ciudadanía        Artículo 321 I al III.
mediante sus organizaciones representativas. Por                 El presupuesto general incluirá a todas las entidades
otra parte, el Estado debe intervenir en toda la                 del sector público atendiendo especialmente
cadena productiva de la explotación (producción,                 a la educación, salud, alimentación, vivienda y
transformación, comercialización y otros) de los sectores        desarrollo productivo.
estratégicos de la economía. También se establece
que se deben industrializar los recursos naturales
para contrarrestar la práctica histórica de extracción y      Significa que todas las instituciones públicas del país
exportación de materias primas sin valor agregado.            (prefecturas, alcaldías, universidades, Gobierno Central
                                                              y entidades autárquicas –YPFB, COMIBOL, entre otras)
La principal finalidad de las actividades económicas          estarán dentro del Presupuesto General del Estado. El
debe fortalecer la soberanía económica del país, para         que incluirá también todas las inversiones y fuentes de
ejercer la soberanía política o la capacidad de tomar         financiamiento de este presupuesto.
nuestras propias decisiones. Asimismo deben:
   •	 generar empleo, ya que sólo el 18% de la población         Artículo 322 I.
       económicamente activa tiene trabajo estable;              La    Asamblea      Legislativa   autorizará    la
   •	 contribuir a reducir las desigualdades y erradicar         contratación de deuda pública cuando se
       la pobreza, puesto que la diferencia entre ricos y        demuestre la capacidad de pago del Estado para
       pobres es muy marcada en nuestro país y tiene el          cubrir el capital, los intereses y se justifiquen
       índice más altos de pobreza, 6 de cada 10 bolivianos      técnicamente las condiciones ventajosas en las
       son pobres y en el área rural, 9 de cada 10 personas      tasas, plazos y montos.
       se encuentra en situación de pobreza;
   •	 efectuar un manejo sostenible de los recursos           Los gobiernos militares y los neoliberales asumieron deudas
       naturales y del manejo equilibrado del medio           superiores a la capacidad de pago del Estado boliviano;
       ambiente.                                              entre 2000 y 2004 la deuda pública se incrementó en un
                                                              26%. El 34% de los ingresos fiscales eran préstamos de
                                                              los organismos multilaterales como BM, FMI, CAF, BID, los
   Artículo 320.                                              mismo que nos imponían sus políticas debilitando nuestra
   I. La inversión boliviana se priorizará frente a la        soberanía y profundizando los niveles de dependencia
   inversión extranjera.                                      económica y subordinación política.
   II. Toda inversión extranjera se someterá a la juris-
   dicción, a las leyes y a las autoridades bolivianas.       POLíTICA FISCAL
                                                                 Artículo 323 I y II.
Los inversionistas nacionales tienen preferencia sobre           La política fiscal se basa en los principios de
los extranjeros, sin embargo, ambos se someterán a las           capacidad económica, igualdad, progresividad,
autoridades y leyes bolivianas, a diferencia del pasado          proporcionalidad, transparencia, universalidad,
inmediato en que se firmaron contratos con empresas              control, sencillez administrativa y capacidad
petroleras (ENRON y otras) sometiendo al Estado                  recaudatoria. Los tributos se establecen por
boliviano a leyes extranjeras y tribunales de arbitraje          ley.
internacionales.
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S



     La creación de impuestos es una potestad sólo de la       POLÍTICA MONETARIA Y FINANCIERA
     Asamblea Legislativa Plurinacional, los departamentos
     y municipios no podrán establecerlos por sí solos. Para      Artículo 328 I.
     la fijación de impuestos se debe tomar en cuenta las         El Banco Central de Bolivia determinará y
     posibilidades económicas de los contribuyentes, deben        ejecutará la política monetaria, ejecutará la
     tener una cobertura gradual que incorpore a todos los        política cambiaria, regulará el sistema de pagos,
     sectores y deben ser recaudados sin burocratismos y con      autorizará la emisión de moneda y administrará
     transparencia.                                               las reservas internacionales.

     DELITOS ECONÓMICOS                                        El Banco Central es una entidad autónoma cuya función
                                                               principal es mantener la estabilidad de la moneda,
        Artículo 324.                                          preservando su valor, es la única entidad que puede
        No prescribirán las deudas        y   los   daños      autorizar la emisión de moneda, lo que impide que
        económicos al Estado.                                  gobiernos de turno emitan la misma con fines políticos,
                                                               además administra las reservas internacionales lo
                                                               que garantiza que éstas medidas no respondan a la
     Es una medida contra la corrupción para perseguir y       circunstancia e intereses políticos.
     sancionar a quienes hayan provocado daños económicos
     al Estado (sobreprecios, negocios inconvenientes,            Artículo 333.
     evasiones impositivas y otros).                              Se levanta la confidencialidad de operaciones
                                                                  financieras (secreto bancario) previa autorización
                                                                  judicial, siempre que se presuma comisión de
                                                                  delitos financieros o en casos de investigación
                                                                  de fortunas.

                                                               Los delitos financieros (quiebras provocadas, fraudes) y
                                                               las fortunas mal habidas actualmente se encubren con
                                                               el secreto bancario. Cuando se quiere saber el origen de
                                                               esas acumulaciones económicas, la confidencialidad de los
                                                               ahorristas impide efectuar investigaciones y esclarecer su
                                                               origen, por lo tanto, esta medida está dirigida a combatir
                                                               la corrupción, previa autorización del juez competente.

                                                               RECURSOS NATURALES
                                                               DISPOSICIONES GENERALES

                                                                  Artículo 349.
                                                                  Los recursos naturales son de propiedad del
                                                                  pueblo boliviano, respetando derechos de
                                                                  propiedad sobre la tierra y de aprovechamiento
                                                                  sobre los recursos naturales.
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LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S



                                                             por administraciones de turno, tal como ocurrió con las
   Artículo 342.                                             reservas gasíferas. La nueva Constitución establece la
   El aprovechamiento de los recursos naturales              propiedad social del pueblo boliviano por lo que ya no
   debe garantizar la sustentabilidad y el equilibrio        se podrán ceder derechos de propiedad, sino, solamente
   del medio ambiente.                                       de uso y aprovechamiento. Con esta medida se trata
   Artículo 348 II.                                          constitucionalmente a los recursos naturales como de
   Los recursos naturales son de carácter estratégico        carácter estratégico y de interés colectivo antes que de
   y de interés público para el desarrollo del país.         grupos o personas.
   Artículo 350.
   En las reservas fiscales no se pueden reconocer           Respecto a la gestión de los recursos naturales se
   derechos a favor de particulares salvo autorización       articulará el aprovechamiento económico con la
   por necesidad pública.                                    conservación ambiental y equilibrio ecológico, de
   Artículo 351 I-II.                                        tal manera que el uso de los recursos naturales se
   El Estado, a través de entidades públicas, sociales       enmarque en políticas de ordenamiento territorial y de
   o comunitarias asumirá el control y dirección sobre       desarrollo sostenible equilibrando los derechos de las
   toda la cadena productiva referida a los recursos         presentes y futuras generaciones. Como parte de estas
   naturales. Para su gestión y administración se            previsiones se contempla también que, en determinados
   debe garantizar control y participación social.           lugares caracterizados por su fragilidad o por poseer
   Artículo 352.                                             importantes riquezas naturales, se instituirá la consulta
   Para conservar ecosistemas en determinados                previa a las poblaciones locales a fin de generar
   lugares, la explotación de los recursos naturales         mecanismos de monitoreo ambiental y otras medidas
   estará sujeta a una consulta a la población               precautorias para la conservación de los ecosistemas.
   afectada.
                                                             La nueva Constitución restituye también el rol estatal en
La regulación relativa a los recursos naturales destaca      la economía en general y en la gestión de los recursos
tres elementos: la propiedad social, la gestión sostenible   naturales en particular, dada la necesidad de apropiarse
y la administración pública. Las Constituciones anteriores   de las utilidades que genera su explotación como base de
declararon el dominio y propiedad estatal sobre los          la promoción del desarrollo integral y de concretizar la
recursos naturales, lo que dio lugar a su privatización      soberanía política a partir de la soberanía económica.

                                                             HIDROCARBUROS


                                                                Artículos 361 a 363 y 368.
                                                                Los hidrocarburos serán gestionados en toda la
                                                                cadena productiva bajo la gestión de YPFB, que podrá
                                                                suscribir contratos de servicios con empresa públicas,
                                                                mixtas o privadas, previa autorización legislativa. La
                                                                industrialización de los hidrocarburos estará a cargo
                                                                de una empresa estatal. Se constitucionaliza el 11%
                                                                de regalías a los departamentos productores.
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     Después de la nacionalización del gas se refunda YPFB
     como entidad pública autárquica y con autonomía                 mineros sujetos al cumplimiento a una función
     de gestión para que, en representación del pueblo               económico-social. Se reconoce como actores
     boliviano, pueda desarrollar todas las fases que hacen a        productivos a la industria minera estatal,
     la producción de hidrocarburos priorizando el objetivo          privada y sociedades cooperativas. Los grupos
     de su industrialización en el país y de otros rubros.           mineros nacionalizados, sus plantas industriales
                                                                     y fundiciones, no podrán ser transferidos a
     La actividad hidrocarburífera no excluye la iniciativa          empresas privadas.
     privada, puesto que YPFB podrá contratar empresas
     privadas para que presten servicios (construcción de
     ductos, transporte y otros), sin embargo, no serán ya        Al igual que los hidrocarburos, los minerales representan
     contratos lesivos a los intereses del país porque no         recursos de alto valor estratégico, por lo que se determina
     transferirán propiedad, ni subordinarán las decisiones       la intervención estatal en toda la cadena productiva
     públicas a intereses empresariales privados debido a         sin desconocer a las empresas mineras privadas y a los
     que serán sólo contratos de operación.                       cooperativistas mineros que gozarán de protección
                                                                  estatal siempre que sus actividades se enmarquen en
     Destaca también la obligatoriedad de tramitar                el cumplimiento de una función económico-social. Los
     autorización legislativa respecto a contratos que pueda      grupos mineros nacionalizados son aquellos que emergen
     celebrar YPFB para garantizar fiscalización, transparencia   de la nacionalización de las minas de 1952, incluyendo
     y soberanía. Finalmente, se elevan a rango constitucional    sus plantas industriales o de transformación, conversión
     las regalías del 11% de participación directa de las         o refinación de minerales y metales, como, por ejemplo,
     regiones productoras que lucharon por esta conquista.        la Empresa de Fundiciones de Vinto.

     MINERÍA                                                      RECURSOS HÍDRICOS

        Artículos 369 a 372.                                         Artículos 373 a 377.
        “El Estado es responsable de las riquezas                    El agua es un derecho fundamentalísimo para la vida,
        mineralógicas, ejercerá control y fiscalización en           el Estado promoverá el uso y acceso y ambiental por
        toda la cadena productiva, otorgará derechos                 lo que no podrán ser privatizados ni sus servicios
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LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S



                                                             aprovechamiento de los recursos hídricos sea equitativo,
   concesionados. Para el manejo y gestión sustentable       solidario, sustentable. Para este efecto se deben
   del agua se reconocen los usos y costumbre de las         aprovechar también las fortalezas existentes entre los
   comunidades. El Estado regulará el manejo y gestión       regantes tradicionales por los que se reconocen usos y
   sustentable de los recursos hídricos y de las cuencas     costumbres de las comunidades indígenas, campesinas
   para riego, seguridad alimentaria y servicios básicos.    y originarias en la gestión de este recurso.
   Todo tratado internacional sobre recursos hídricos
   debe preservar la soberanía del país.                     Finalmente, el agua no puede ser objeto de comercialización
                                                             ni se debe arriesgar su control al momento de suscribir
                                                             tratados comerciales con otros países porque esto implicaría
El agua adquiere la categoría de derecho                     atentar contra la soberanía del país.
fundamentalísimo, es decir, se encuentra entre aquellos
que son imprescindibles para la vida y salud de las          ENERGÍA
personas, por eso es que no puede ser privatizado ni
tampoco se podrán otorgar concesiones sobre sus                 Artículo 378.
servicios o reconocer derechos de prestación del servicios      La cadena productiva energética es facultad
a empresas privadas que lucren con esta actividad, como         privativa del Estado a través de empresas
sucedió con la Bechtel que provocó la guerra del agua           productivas públicas, mixtas o instituciones sin
en Cochabamba en abril del año 2000.                            fines de lucro.

Además de ser imprescindible para la vida, el agua
cumple otras funciones esenciales como servicios básicos     La actividad energética (electricidad, hidroeléctricas y
(saneamiento, alcantarillado, equilibrio ecológico),         otras fuentes de generación, transmisión y traslación)
riego para garantizar la producción y productividad          son fundamentales para el desarrollo de un país, por lo
agrícola, consiguientemente, está asociada al                que se establece la intervención estatal en toda la cadena
abastecimiento de las necesidades alimenticias de la         productiva, pudiendo formar empresas mixtas con mayoría
población (seguridad alimentaria).                           accionaria pública y participación de capitales privados o
                                                             acudir a entidades sin fines de lucro a fin de incorporar
Por estas razones el Estado debe definir las reglas          actores sociales o fundaciones con fines sociales.
de juego, uso y acceso al agua garantizando que el
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     BIODIVERSIDAD                                                  COCA

        Artículos 380 y 381.                                           Artículo 384.
        Los    recursos     naturales   renovables     se              El Estado protege la coca originaria y ancestral
        aprovecharán de manera sustentable respetando                  como patrimonio cultural, recurso natural
        las características naturales de los ecosistemas,              renovable de la biodiversidad de Bolivia y
        los suelos deberán utilizarse según su capacidad               como factor de cohesión social; en su estado
        de uso mayor. Las especies nativas de origen                   natural no es estupefaciente. La revalorización,
        animal y vegetal constituyen patrimonio natural.               producción, comercialización e industrialización
        El Estado protegerá los recursos genéticos                     se regirá mediante ley.
        y microorganismos que se encuentren en su
        territorio así como los conocimientos asociados             La coca se define como recurso natural y no como
        a los mismos.                                               estupefaciente o droga, además se le asigna valor de
                                                                    patrimonio natural y de cohesionamiento (articulación
     La nueva Constitución incluye la biodiversidad (diversidad     o agregación) social. En tal calidad merece protección
     biológica o diferentes formas de vida existentes) poniendo     estatal consistente entre otros aspectos, en la
     en relieve su caracterización como un valor estratégico        promoción de su industrialización o utilización con fines
     (forman parte de la industria medicinal y cosmética, se        medicinales (digestivo, proteínico) y otros usos (dulces,
     encuentran en tercer lugar en el planeta desde el punto        pasta dental, etc.).
     de vista de la movilización de capitales en torno a sus
     actividades de explotación), su ubicación como parte del
     patrimonio natural del país, su condición fundamental
     para preservar el equilibrio ecológico y de los ecosistemas,
     la importancia y valor de los conocimientos asociados
     (variedades de papas, plantas medicinales, etc.).
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ÁREAS PROTEGIDAS                                              RECURSOS FORESTALES

   Artículo 385.                                                 Artículos 386 a 388.
   Las áreas protegidas son un bien común y cumplen              Los bosques naturales y los suelos forestales
   funciones ambientales, culturales, sociales y                 son estratégicos para el desarrollo. El Estado
   económicas para el desarrollo sustentable. Se                 promoverá actividades de conservación y
   instituye mecanismos de control social y cogestión            aprovechamiento sustentable, la generación de
   entre el Estado y las poblaciones locales en la               valor agregado, la rehabilitación y reforestación
   gestión de las áreas protegidas.                              de áreas degradadas. Las comunidades
                                                                 indígena originario campesinas asentadas en
Las áreas protegidas son espacios territoriales caracte-         áreas forestales tendrán derecho exclusivo de
rizados por poseer importantes riquezas naturales que            aprovechamiento y gestión.
constituyen las reservas y lugares estratégicos para el
desarrollo de un país. Se las caracteriza como parte de       Las áreas forestales y de bosque cubren más de la
nuestro patrimonio natural y cultural; se les asigna fun-     mitad del territorio nacional, allí viven comunidades
ciones de conservación ambiental y equilibrio ecológico,      indígenas y operan también empresas madereras
además de otras de índole económico por las riquezas          y barraqueras. Se declaran estos recursos de alto
que contienen y de valor social y cultural, porque allí ha-   valor estratégico para el desarrollo sustentable, se
bitan comunidades y poblaciones locales y dentro de sus       pretende su conversión en productos transformados,
territorios se produce la interacción, descubrimientos, co-   su aprovechamiento diversificado, la exclusividad de
nocimientos y gestión de estas poblaciones, por tanto, no     uso por parte de comunidades indígenas y originarias
podrán ser objeto de lucro ni de administración privada,      en sus respectivas jurisdicciones territoriales. El Estado
sino que más bien existirá un sistema de cogestión com-       regulará su aprovechamiento en términos sostenibles y
partida entre el Estado y las poblaciones locales.            respetando la vocación natural de los suelos forestales.
                                                              Se reconocerán derechos de aprovechamiento a favor
                                                              de particulares a condición de respetar el interés
                                                              colectivo y la gestión sustentable.

                                                              TIERRA-TERRITORIO

                                                                 Artículo 393.
                                                                 Se reconoce la propiedad individual y comunitaria
                                                                 sobre la tierra, sujetas al cumplimiento de la
                                                                 función social y de la función económica social
                                                                 según corresponda.
                                                                 Artículo 394 I.
                                                                 La propiedad agraria individual comprende
                                                                 la pequeña propiedad y la propiedad
                                                                 empresarial.
                                                                 Artículo 394 III.
                                                                 La propiedad comunitaria comprende el territorio
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                                                             En relación con las normas referidas a tierra y territorio
                                                             se parte de la caracterización de la actual estructura
                                                             agraria en la que se recalca:
                                                                •	 la polarización entre latifundio en el oriente y
                                                                    minifundio en el occidente,
                                                                •	 los bajos niveles de producción-productividad y
                                                                    de desarrollo rural,
                                                                •	 la concentración de los medios de producción,
                                                                •	 los elevados índices de pobreza en el campo,
                                                                •	 las desequilibradas relaciones de intercambio en
                                                                    el mercado y los elevados niveles de migraciones
                                                                    campo-ciudad.

                                                             La nueva Constitución proyecta una estructura agraria
                                                             basada en:

     indígena originario campesino, entendido como           la planificación, administración, distribución, control y
     el derecho colectivo sobre la tierra y el usufructo     otras acciones referidas al proceso de reforma agraria,
     exclusivo de los recursos naturales renovables en       están a cargo del Estado.
     las condiciones definidas por la ley, además de la
     consulta y participación para la explotación de         La articulación del desarrollo sostenible al desarrollo
     los recursos naturales no renovables existentes         rural en la medida que define el uso de la tierra de
     en sus jurisdicciones territoriales.                    acuerdo con su vocación natural.
     Artículo 395 I.
     Las tierras fiscales serán distribuidas a indígenas,    La incorporación de la dimensión cultural a la cuestión
     originarios campesinos y afrobolivianos.                agraria al reconocer la territorialidad indígena como
     Artículo 398.                                           fundamento para efectivizar integralmente los
     Se prohíbe el latifundio, entendido como los            derechos colectivos de los pueblos indígenas y naciones
     predios que exceden la superficie máxima,               originarias.
     que no cumple la función económico-social
     o reproduce sistemas servidumbrales o semi-             La reafirmación del principio fundamental de la reforma
     esclavistas de trabajo humano.                          agraria de 1953, bajo la moderna concepción de función
     Artículo 400.                                           económica social, como condición para el ejercicio del
     El incumplimiento de la función económico-              derecho propietario empresarial sobre la tierra.
     social o la condición de latifundio da lugar a la
     reversión de la tierra.                                 La ratificación del Servicio Boliviano de Reforma Agraria
     Artículo 403.                                           como entidad pública a cargo de las políticas agrarias.
     La administración, planificación, control,              El fortalecimiento de los mecanismos redistributivos
     distribución, redistribución, reagrupamiento y          de la tierra para afectar el latifundio y los predios que
     toda acción inherente a la reforma agraria es de        incurren en causal de reversión por el no cumplimiento de
     competencia del Servicio Boliviano de Reforma           la función económico social, así como el reagrupamiento
     Agraria presidido por el Presidente del Estado.         de la tierra para eliminar el minifundio.
0
LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S




                                   LA PAz
            Calle Batallón Colorados – Edificio El Cóndor, piso 15
                         Teléfono: 2440520 - 2442601

                                SAntA CrUz
      Dirección: Av. Beni Barrio Hamacas, Calle 7 Oeste Pasillo 5 No. 61
                              Telefono: 3123315

                              CoChAbAmbA
                 Plaza 14 de Septiembre acera oeste Nº 258
                             Teléfono: 4512141

                                    tArIjA
                             Teléfono: 66-58221
                             Calle: Ingavi Nº 449
                      Edificio Donoso Paz, Planta Baja

                                  SUCrE
                      Calle España Nº 74, Edif. MUSEF
                      Teléfono: 46464611 - 71168248

                                 trInIDAD
         Calle Nicolás Suárez s/n al lado del Club de Tenis Trinidad
                            Teléfono: 71272150




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La nueva
Constitución
para tod@s

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Cartilla 13 la_ncpe_para_todos

  • 1. La nueva Constitución para tod@s ución Di strib ta i Gratu C a rt i l l a N º 13
  • 2. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S Producido por la Representación Presidencial para la Asamblea Constituyente - REPAC Comité editorial: Héctor Ramírez Santisteban Juan Carlos Pinto Quintanilla Texto: Carlos Romero Bonifaz Colaboradores: Oscar Vega Camacho Silvia Mejía Laura Teresa Morales Olivera Diseño: Rubén Aruquipa Ilustraciones: Gonzalo Llanos Imprenta: (nombre de la Imprenta o editorial) Primera edición : 10.000 ejemplares Abril de 2008 La Paz - Bolivia
  • 3. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S Índice 1. Bases fundamentales del Estado ........................................................................................ 7 2. Catálogo de derechos ....................................................................................................... 10 3. Estructura del Estado ........................................................................................................ 16 4. Modelo de desarrollo económico social ............................................................................................21
  • 4.
  • 5. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S Presentación L a participación social y el control en la toma de decisiones de la gestión pública es uno de los componentes importantes para construir una nueva estructura institucional del Estado, donde se ejerce una ciudadanía activa cuya tarea prioritaria es mantenerse informada y conocer el marco jurídico – normativo, siendo obligación del Estado proporcionar los mecanismos suficientes para que la población boliviana tenga acceso a la información. En este sentido, la REPAC cumple con este propósito, poniendo a disposición de la ciudadana y del ciudadano materiales de difusión sobre contenidos del proyecto de la nueva Constitución Política del Estado aprobado el 9 de diciembre de 2007 en la ciudad de Oruro, para que el pueblo boliviano tenga acceso y conozca los contenidos y alcances de este texto. En esta oportunidad presentamos la nueva Constitución en un formato más didáctico para una mejor comprensión, destacando los contenidos fundamentales del texto y sus articulaciones e implicaciones en la institucionalidad y legalidad por construir.
  • 6.
  • 7. PARA ENTENDER LA NUEVA CONSTITUCIÓN 1. Bases fundamentales del estado 1.1. Estado Unitario Social de Derecho y caracterización del Estado, en el que convergen tres Plurinacional Comunitario ámbitos del nuestra realidad social: En la nueva Constitución Política del Estado, uno de los • la liberal, ejes fundamentales es el que define la forma, principios • la comunitaria, • la regional. Resultado de esta simbiosis, el artículo 1 establece “…El Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario”, es Unitario, porque dentro la integralidad de su territorio mantiene un solo centro de unidad del poder político en contraposición con el modelo federal; es Social de Derecho, porque reafirma la forma liberal de las funciones, organización del poder público y prioriza los intereses colectivos antes que los individuales. Es Plurinacional Comunitario porque admite su naturaleza multicultural, donde Bolivia es la unidad política en la que convergen las naciones indígenas u originarias articuladas con base en su identidad cultural. Y para la distribución territorial del poder público adopta la forma de la descentralización y autonomías en perspectiva de lograr una adecuada articulación entre la estructura del nivel nacional y los pueblos indígenas, los departamentos y las regiones. Cabe resaltar que el nuevo texto ratifica el carácter unitario del país y sustituye lo multiétnico por lo plurinacional, ya que los indígenas no son solamente etnias, sino que se asumen como naciones indígenas, (como efecto de la aplicación de la Constitución vigente el Estado aplicaba lo multiétnico sólo al respeto de la diversidad folklórica, dejando sin efecto la multiculturalidad en la organización estatal).
  • 8. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S Preexistencia colonial de las naciones y Libertad de religión pueblos indígena originario campesinos Artículo 4. El Estado respeta y garantiza la libertad de Artículo 2. religión y de creencias espirituales….El Estado Dada la existencia pre-colonial de las naciones es independiente de la religión. y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco La libertad de culto deriva de la pluralidad de creencias y de la unidad del Estado, que consiste en su pensamientos religiosos, por lo que cada persona puede derechos a la autonomía, al autogobierno, a su profesar el credo religioso con el que se identifique. La cultura, al reconocimiento de sus instituciones y independencia del Estado en relación con la religión a la consolidación de sus entidades territoriales, significa que no se debe mezclar las acciones políticas conforme a esta Constitución y la ley. con las tareas espirituales y cultos religiosos. Idiomas oficiales Este artículo nos ayuda a comprender la dimensión del ejercicio de la libre determinación de las naciones y pueblos indígena originario campesinos como efecto Artículo 5. del reconocimiento constitucional de su existencia pre- I. Son idiomas oficiales del Estado el castellano colonial de éstas, nos plantea dos utilidades prácticas: y todos los idiomas de las naciones y pueblos por un lado, reafirma su condición de colectividades indígena originario campesinos, que son el aymara, (pueblos o naciones), lo que les otorga derechos araona, baure, bésiro, canichana, cavineño, colectivos (territoriales, culturales y de libre cayubaba, chácobo, chimán, ese ejja, guaraní, determinación), lo que les permite consolidar las guarasu’we, guarayu, itonama, leco, machajuyai- autonomías indígenas; por otro lado, asigna a estos kallawaya, machineri, maropa, mojeño-trinitario, derechos carácter histórico. mojeño-ignaciano, moré, mosetén, movima, pacawara, puquina, quechua, sirionó, tacana, tapiete, toromona, uru-chipaya, weenhayek, yaminawa, yuki, yuracaré y zamuco. “…Las entidades públicas deben utilizar por lo menos dos idiomas oficiales (castellano y otro de mayor preferencia de la población en su territorio…)”. El reconocimiento oficial de todos los idiomas responde al carácter pluricultural y plurilingüe del país, su utilidad práctica es que obliga al Estado a utilizar el castellano y el idioma mayoritario según el lugar para su comunicación y documentos oficiales más importantes.
  • 9. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S Esta formulación combina las instituciones de la tradición política liberal con las indígenas originarias. Entre las primeras, se da prioridad a las de participación ciudadana directa sobre las de decisión delegada (referendos, consultas previas y otros). Incorpora también el reconocimiento de la democracia comunitaria que se caracteriza por la adopción de decisiones consensuadas, amplia deliberación, autoridades propias, participación directa, rotación de cargos. Sistema de Gobierno Artículo 11. I. El Estado adopta para su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres. II. La democracia se ejerce de las siguientes formas, que serán desarrolladas por la ley: 1. Directa y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa, entre otros. Las asambleas y cabildos tendrán carácter deliberativo. 2. Representativa, por medio de la elección de representantes por voto universal, directo y secreto, entre otros. 3. Comunitaria, por medio de la elección, designación o nominación de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, entre otros.
  • 10. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S 2. Catálogo de derechos L a nueva Constitución incorpora las tres generaciones de derechos humanos reconocidos por las instancias de la comunidad internacional, los mismos que tienen alcance universal. Derechos humanos de primera generación: derechos civiles y políticos: a la vida, a la integridad física, moral, dignidad, justicia, igualdad, libertad; a participar en la organización estatal, elegir y ser elegido, agruparse políticamente. Derechos humanos de segunda generación: derechos económicos, sociales y culturales: a la propiedad individual y colectiva, a la seguridad económica, a la alimentación, al trabajo, a la seguridad social, salario justo y equitativo, al descanso, la sindicalización, la huelga, la salud, la vivienda, la educación, a la participación en la actividad cultural, a beneficiarse con la ciencia y tecnología, a la investigación científica. Derechos humanos de tercera generación: derechos de la solidaridad: a la paz, al desarrollo económico, a la libre determinación de los pueblos, al medio ambiente sano, al patrimonio cultural, a la justicia transnacional, del consumidor, de los niños y de los ancianos. A continuación un cuadro esquemático que muestra los derechos fundamentales incorporados en el Título II del texto constitucional: 10
  • 11. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S TIPO DE DERECHOS CONTENIDOS Derechos fundamentalísimos, aquellos derechos que son considerados irrenunciables, debido a que limitar, restringir y vulnerar el ejercicio de uno de ellos impide el ejercicio de los demás derechos, por ejemplo: restringir el derecho de acceso al agua afecta el ejercicio de mi derecho a la salud y en consecuencia a la vida; por ello, se constituyen en prioritarios para que sean atendidos por el Estado a través de políticas públicas. Estos derechos son: • A la vida • Al agua y alimentación (seguridad alimentaria) • Integridad física, • Hábitat y vivienda psicológica y sexual (se • A los servicios básicos (agua potable, alcantarillado, electricidad, gas prohíbe las torturas, domiciliario, postal y telecomunicaciones) tratos crueles, violencia doméstica) • Salud (universal sin exclusiones) • A la educación (universal para todos) Derechos fundamentales Derechos civiles • Autoidentificación cultural • Intimidad, honor y dignidad • Libertad de pensamiento, espiritualidad, religión y culto • Libertad de reunión y asociación • Petición individual o colectiva, oral o escrita • Inviolabilidad de domicilio y secreto de comunicaciones privadas • Acceso a la información y comunicación • A expresar y difundir libremente pensamiento u opiniones • Libertad de residencia, permanencia y circulación en todo el territorio Derechos políticos • Participar en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o a través de sus representantes (sufragar, elegir, ser consultado, etc.). 11
  • 12. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S Derechos de las naciones y • A su identidad cultural pueblos indígena, originario • A existir libremente campesinos • Territorialidad • Libre determinación • Protección de sus saberes tradicionales • A que sus instituciones formen parte de la estructura del Estado • A su hábitat (territorios) • Educación (regular, alternativa, especial y superior, está compuesta por instituciones educativas fiscales, privadas y de convenio. Tiene carácter intra- intercultural y bilingüe, obligatoria hasta el bachillerato, la educación fiscal es gratuita en todos sus niveles. Se garantiza autonomías universitarias y las universidades privadas) • Salud • Consulta • Participación • Reproducción de sus sistemas políticos, jurídicos y económicos Derechos ambientales A gozar de un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado Derechos económicos, sociales • Salud y a la seguridad social (calidad de vida, bienestar, seguro universal y y culturales acceso a servicios públicos) • Medicina tradicional (medicamentos naturales) • Trabajo y e mpleo (en condiciones de dignidad, seguridad industrial, higiene, estabilidad laboral, salario justo, no discriminación) • Propiedad privada (individual o colectiva, garantizando la sucesión hereditaria) • Derecho de la niñez, adolescencia y juventud (al desarrollo integral, a crecer en el seno de una familia, a la identidad, a recibir servicios, a la formación integral) • Familias (en las que todos los integrantes tienen igualdad de derechos, obligaciones y oportunidades) • Adultos mayores (vejez digna, renta vitalicia, protección, recreación, descanso) • Personas con discapacidad (protección familiar y estatal, educación y salud, comunicación con lenguaje alternativo, condiciones laborales, no discriminación) • Personas privadas de su libertad (respeto a su dignidad, a comunicarse con su defensor y personas allegadas, a trabajar y estudiar en centros penitenciarios) • Derechos de usuarios y consumidores (suministro de alimentos, medicamentos y productos de calidad, información sobre los contenidos de los productos y características de los servicios) 1
  • 13. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S Artículos 21 a 76. para su implementación expresada en políticas de Estado. La nueva Constitución señala las cualidades de Se diferencia de la Constitución actual que sólo incorpora los derechos: los derechos civiles y políticos y desarrolla parcialmente los inviolables, es decir, los derechos humanos derechos colectivos en regímenes especiales. no se pueden ni deben transgredir, supone que la persona afectada exija su reparación o Cabe destacar la incorporación de los derechos de la mujer compensación por el daño causado. de manera transversal en todo el texto constitucional, Universales, es decir, que todas las personas por abarcando aspectos sociales, económicos, culturales su naturaleza de seres humanos, son titulares de y políticos entre otros; de igual manera resaltar la estos derechos sin discriminación alguna. eliminación del lenguaje sexista discriminador en todo Interdependientes e indivisibles, porque el el texto constitucional. Entre otras aspectos importantes ejercicio pleno de unos derechos dependen de tenemos el reconocimiento integral de los derechos la aplicación de otros, por ejemplo, el derecho colectivos: ambientales, de usuarios y consumidores a la vida se efectiviza si existen adecuadas y de los pueblos y naciones indígena originarios, así condiciones de salud, para que existan como la incorporación de derechos especiales: niñez, estas condiciones debemos evitar los daños adolescencia, ancianidad, personas con discapacidad, ambientales de alto impacto. personas con privación de libertad. Progresivos, debemos entender que a medida del avance del desarrollo de la humanidad, irán emer- 3. Garantías constitucionales giendo nuevos derechos y estos serán reconocidos en la comunidad internacional ampliando gradual- A diferencia de la Constitución actual que define mente la presente declaración de derechos. garantías constitucionales sólo para los derechos individuales (habeas corpus, habeas data), el Título IV de la nueva Constitución incorpora instrumentos de La nueva Constitución otorga el mismo rango defensa de los derechos colectivos, con el mismo rango constitucional e igualdad jerárquica a los derechos constitucional que para las individuales; las sentencias colectivos respecto a los individuales, establece garantías emitidas están sometidas al control constitucional por 1
  • 14. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S el Tribunal Constitucional. En el siguiente cuadro se explicita los alcances de las acciones de defensa: Artículo 14. I. Todo ser humano tiene personalidad y ACCIÓN DE • Su aplicabilidad responde a la protección, capacidad jurídica con arreglo a las leyes y LIBERTAD restitución del derecho a libertad de goza de los derechos reconocidos por esta locomoción, ampliándose a la protección Constitución, sin distinción alguna. de la integridad física y la vida misma. • El trámite es de carácter sumarísimo y personalísimo. Esta disposición constituye un gran avance pues se • En caso de existir impedimento material reafirma que el individuo es el sujeto con capacidad para que el afectado se apersone ante el juez, será éste quien acuda al lugar de la de exigir ante los tribunales tanto nacional como detención. internacional la protección de sus derechos que le son ACCIÓN DE • Se interpone contra actos u omisiones inherentes por su naturaleza de ser humano. AMPARO ilegales o indebidos de servidores CONSTITUCIONAL públicos, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos Artículo 14. reconocidos por la Constitución y la Ley. II. El Estado prohíbe y sanciona toda forma de • Se incorpora el plazo de interposición de discriminación fundada en razón de sexo, color, 6 meses. edad, orientación sexual, identidad de género, ACCIÓN DE • Está dirigida para proteger el derecho a la origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, PROTECCIÓN DE privacidad personal o familiar, la imagen, credo religioso, ideología, filiación política o PRIVACIDAD honra o reputación. filosófica, estado civil, condición económica o ACCIÓN DE • Se interpone por cualquier persona social, tipo de ocupación, grado de instrucción, INCONSTITU- afectada por una ley, decreto o cualquier CIONALIDAD tipo de resolución que sea contraria a la discapacidad, embarazo, u otras que tenga por Constitución. objetivo o resultado anular o menoscabar el • A diferencia de la actual Constitución, en reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones el nuevo texto se otorga competencia a de igualdad, de derechos de toda persona. cualquier persona individual o colectiva para que interponga este recurso. • La inconstitucionalidad declarada por Esta formulación garantiza que: sentencia, supone la inaplicabilidad de la • no hay ciudadanos de primera ni segunda, norma impugnada. • el color de piel u origen étnico no da ventajas a ACCIÓN DE • Se aplica contra los servidores públicos unos sobre otros, CUMPLIMIENTO que incumplan la Constitución o leyes, para que mediante sentencia se obligue al • haya equidad e igualdad de género, demandado el cumplimiento inmediato • la opción sexual no sea criminalizada, del deber omitido. • el credo religioso, ideológico o filosófico no sea ACCIÓN POPULAR • Es aplicable contra los actos u objeto de persecución o sanción. omisiones cometidas por autoridades o personas individuales o colectivas que violen, amenacen violar derechos e intereses colectivos reconocidos por la Constitución. 14
  • 15. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S Esta disposición está dirigida a garantizar el ejercicio del Artículos 91-98. derecho a la educación en todos los niveles, promoviendo Educación regular, alternativa, especial y el respeto a la diversidad cultural, incorporando métodos superior, está compuesta por instituciones de enseñanza intercultural para la transformación educativas fiscales, privadas y de convenio. social con tolerancia y sin discriminación. El Estado es Tiene carácter intra-intercultural y bilingüe, el encargado de la formación docente garantizando obligatoria hasta el bachillerato, la educación la carrera y estabilidad del personal docente del fiscal es gratuita en todos sus niveles. Se garantiza magisterio. autonomías universitarias y las universidades privadas. El Estado, en coordinación con las En cuanto a la enseñanza superior, el texto universidades públicas, promoverá la creación constitucional reafirma la autonomía universitaria y funcionamiento de universidades e institutos y el funcionamiento de las universidades privadas, comunitarios pluriculturales en las áreas rurales. estableciendo como obligación del Estado la creación de La formación y capacitación docente para el institutos o universidades en las áreas rurales, dirigidos magisterio es de responsabilidad del Estado. Se a la formación de capacidades que promuevan un garantiza la carrera docente y la inamovilidad desarrollo rural con visión pluralista y de recuperación del personal docente del magisterio. de las prácticas y conocimientos tradicionales de las naciones y pueblos indígena originario campesinos. 1
  • 16. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S 3. Estructura del Estado L a estructura del Estado se refiere a la organización, asignación de funciones, mecanismo de coordinación, herramientas de control a los órganos de un Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). • Es funcional porque divide las tareas de los órganos de Estado: el Ejecutivo implementa las políticas públicas; el Judicial administra justicia; el Legislativo aprueba las leyes – se dice que es horizontal. • Es territorial, porque el ejercicio del poder público está distribuido en el conjunto del territorio: Gobierno central, departamental, local – se dice que es vertical. Estructura funcional del Estado La nueva estructura funcional, reafirma la separación de los órganos y diseña nuevas instituciones con mayor compromiso de mandatos programáticos en relación con el pueblo. ÓRGANOS DEL ÁMBITO PÚBLICO CARACTERÍSTICAS • Órgano Legislativo: constituido por la Asamblea Legislativa Plurinacional, • La estructura bicameral está integrada integrada por 157 asambleístas elegidos, 36 en circunscripciones departamentales por una cámara poblacional elegida (Cámara de Representantes Departamentales) y 121 en uninominales (Cámara de en circunscripciones uninominales Diputados). Sus potestades son legislativas y de fiscalización. No tienen suplentes y otra departamental con cuatro ni inmunidad parlamentaria. Sus principales tareas son: legislar, aprobar nuevas representantes por departamento unidades político administrativas (departamentos, provincias, etc.), el plan elegidos bajo el sistema proporcional. de desarrollo, presupuesto, medidas económicas en caso de necesidad, leyes Los legisladores no gozarán de tributarias y crediticias, préstamos, contratos estatales, venta de bienes públicos, privilegios, no tendrán suplentes, ni tratados internacionales, sistema monetario y de medidas, elige cuatro miembros inmunidad. del Consejo Electoral, preselecciona candidato del Tribunal Constitucional, • La gestión de los legisladores está autoriza salida de tropas militares e ingreso y tránsito de fuerzas extranjeras. sujeto a revocatoria de mandato. • Órgano Ejecutivo: Integrado por el Presidente (a), Vicepresidente (a) y Ministros • El Presidente y Vicepresidente se eligen de Estado. El Presidente (a) y Vicepresidente (a) son elegidos por mayoría absoluta de manera directa (por voto popular), de votos o por segunda vuelta. Tienen derecho a reelección consecutiva por una sin mediación del órgano legislativo, sola vez. El Presidente y sus Ministros ejecutan la administración pública y la para esto se incorpora el mecanismo política interior y exterior, la seguridad y defensa y el cumplimiento de las leyes. de la segunda vuelta. • Las principales tareas del Presidente son: promulgar y hacer cumplir las leyes, dictar • La gestión del Presidente está sujeta a decretos y resoluciones, hacer cumplir sentencias de tribunales, preservar la unidad revocatoria de mandato. del Estado, dirigir la política interior y exterior, la administración pública, administrar las rentas estatales, presentar al Legislativo el plan de desarrollo, el presupuesto y los informes de gestión, nombrar al Contralor (a), Presidente (a) del Banco Central, al regulador de bancos, presidentes de entidades de función económica y social, sus representantes ante el órgano electoral, al Procurador, Ministros, Comandantes de las Fuerzas Armadas y Policía, presidir el Servicio de Reforma Agraria. • El Vicepresidente preside la Asamblea Legislativa y articula al Legislativo y Ejecutivo. 16
  • 17. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S • Órgano Judicial: Tribunal Constitucional para el control de constitucionalidad. • Lo destacable del nuevo texto es la Está integrado por magistrados elegidos por voto. despolitización del sistema judicial, • Jurisdicción ordinaria: integrada por un Tribunal Supremo con magistrados ya que establece el voto popular y elegidos por voto; además, tiene sus respectivos tribunales departamentales. democrático para la designación de sus • Tribunal Agroambiental: como instancia especializada en materia máximas autoridades, previa selección agroambiental. en función de méritos acumulados. • La función disciplinaria y administrativa está a cargo de una entidad de Control • En la estructura, funcionamiento y Administrativo Disciplinario de Justicia. composición del Órgano Judicial se • Se reconoce también la jurisdicción indígena en el marco del pluralismo jurídico incorpora y transversaliza el pluralismo a condición de respetar la Constitución, las leyes y los derechos humanos. jurídico al constitucionalizar la jurisdicción indígena con el límite del respeto a la Constitución, las leyes y los derechos humanos. • Consejo Electoral: tiene a su cargo administrar procesos electorales, consultas • Se constituye el poder electoral con ciudadanas (referendos) y el registro civil. las funciones conocidas de administrar procesos electorales y consultas ciudadanas, además de tener a su cargo el Registro Civil. ÓRGANOS DE CONTROL, DEFENSA Y SEGURIDAD • El texto confirma las instancias de • Contraloría General del Estado, presidido por un Contralor elegido por la control fiscal (Contraloría) General Asamblea Legislativa con funciones de control fiscal. del Estado”, defensa de la sociedad • Defensor del Pueblo, elegido por la Asamblea Legislativa, vela por el cumplimiento (Defensor del Pueblo), defensa de de los derechos humanos y protege a la población frente a eventuales abusos de los intereses del Estado y la sociedad los servidores públicos. (Ministerio Público). • Ministerio público, integrado por un Fiscal (a) General; fiscales departamentales, • Lo destacable es la creación de un fiscales de materia y otros. Su función es defender la legalidad y los intereses organismo que tiene la tarea de generales de la sociedad. El Fiscal General es elegido por la Asamblea Legislativa. defender los intereses patrimoniales • Procuraduría del Estado, defiende los intereses patrimoniales y públicos del del Estado denominado Procuraduría Estado. General del Estado. • Control social: el pueblo participará en la toma de decisiones públicas y ejercerá • Se constitucionaliza el control social, control social a la gestión pública en todos los niveles del Estado. La sociedad civil que debe ser funcional y transversal en establecerá sus propias normas y funcionamiento para cumplir estas funciones. relación con todas las entidades públicas • Fuerzas Armadas: están constituidas por el Comando en Jefe, Ejército, Fuerza para efectivizar la participación social Aérea, Armada. Su misión es defender la independencia y seguridad del Estado, en la gestión pública. el honor y soberanía del país, el imperio de la Constitución, la estabilidad del Gobierno y, además, participa en el desarrollo integral del país. El servicio militar es obligatorio. • Policía: su misión es defender a la sociedad, conservar el orden público y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano. 1
  • 18. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S Estructura territorial del Estado Artículo 273-274. Artículos 146-255. El régimen autonómico tiene los siguientes Parte importante del proceso de transformación alcances: elección directa de autoridades, estructural al Estado es la recomposición territorial potestades normativas administrativas, del poder político que pretende revertir dos frac- fiscalizadoras y técnico administrativas. Las turas estatales muy profundas. La desarticulación modalidades autonómicas son: Departamentales, de la estructura estatal en relación con las regio- Regionales (provinciales), Municipales e nes (departamentos) y pueblos indígenas. Indígenas. El nuevo texto constitucional caracteriza esta recomposición territorial del poder público tomando en cuenta los siguientes componentes: Las autonomías departamentales coexisten con otras la nueva Constitución, en su artículo primero, ca- modalidades autonómicas como las regionales (provinciales), racteriza al Estado como descentralizado y con municipales e indígenas. Para la convivencia de estos niveles autonomías sustentadas en jurisdicciones territo- de gobierno se aplica criterios de diferenciación (cada riales. Respondiendo al mandato de referéndum modalidad autonómica tiene sus propias características), del 2 de julio del 2006, se reconocen las autono- lo que garantiza que entre ellas se proyecten mías departamentales con potestad para elegir complementariedades antes que contraposiciones. Las a sus autoridades, aplicar facultades legislativa, autonomías regionales se podrán constituir mediante una normativa-administrativa, técnicas, ejecutivas y asociación de provincias, municipios o territorios indígenas, de fiscalización. a partir de la voluntad popular de su población, adoptando Artículo 270 I-II. las competencias que les sean transferidas desde los Bolivia se organiza territorialmente en Consejos Departamentales. departamentos, provincias, municipios y Las autonomías municipales existen, se reafirman y territorios indígenas; la creación, modificación fortalecen porque adquieren nuevas competencias. y delimitación de unidades territoriales se hará Asimismo, las autonomías indígenas originarias campesinas por voluntad democrática de sus habitantes. tienen como base jurisdiccional sus tierras colectivas y como Artículo 272. alcances la reproducción de sus instituciones culturales y un Una ley marco de autonomías y descentralización desarrollo con identidad. Entre sus instituciones destacan desarrollará sus características, atribuciones y la elección de sus autoridades originarias, la aplicación de organización. su sistema de justicia y la gestión de su territorialidad. ESTRUCTURA DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS ÓRGANOS DE GOBIERNO GOBIERNO GOBIERNO GOBIERNO INDÍGENA GOBIERNO DEPARTAMENTAL MUNICIPAL REGIONAL ORIGINARIO CAMPESINO EJECUTIVO Prefecto Alcalde Gobernador Cacique; Capitán; Mallku, etc. LEGISLATIVO Concejo Concejo Asamblea Regional Cabildo/Asamblea Departamental Municipal Deliberativa 1
  • 19. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S Competencias de los gobiernos autónomos Tema esTado plurinacional deparTamenTal municipal regional indígena originario campesino competencias normativas Elaborar leyes y reglamentos sobre Normas de regulación para el cumplimiento de las competencias establecidas en la Constitución. Normas de acuerdo a sus usos y todas las materias a nivel general. costumbres. plan de desarrollo Establecer las políticas generales y de Planificar la infraestructura Promover y prestar servicios para Desarrollo económico y empleo; Implementar sus propios planes de coordinación en todos los ámbitos, departamental. el desarrollo productivo rural y desarrollo rural y agropecuario, desarrollo según sus cosmovisiones orientadas a la implementación de un agropecuario sustentable. infraestructura productiva en y dentro de los parámetros del plan plan de desarrollo nacional. general. nacional de desarrollo. competencias de política Es competencia indelegable del estado La recaudación de tasas y patentes para la gestión pública de las entidades territoriales autónomas, son reguladas por ley. Fiscal plurinacional supervisar y controlar el sistema financiero, créditos, banca y seguros. políticas de desarrollo social Definir las políticas nacionales sobre Promover actividades deportivas, Desarrollar programas y proyectos Apoyo en la ejecución de planes, Participar en la planificación – cultural educación, deporte, cultura, salud y administrar infraestructura. Promover sociales sostenibles de apoyo a la programas y proyectos de salud, y desarrollo sobre políticas de vivienda. y proteger el patrimonio cultural, familia, la mujer, niñez, adolescencia, educación, cultura, ciencia y educación, salud, promoción dela histórico, artístico tangible e adultos mayores y discapacitados. tecnología. cultura, el arte, identidad, centros intangible. Priorizar el equipamiento arqueológicos y museos. de infraestructura y recursos Planificar, administrar y ejecutar la económicos a municipios para la infraestructura y equipamiento de atención de la niñez, adolescencia, educación y salud. Planificar y regular adultos mayores, discapacitados. servicios de sanidad y salubridad de comercializacón de alimentos. Gestionar estrategias y acciones para la equidad e igualdad de oportunidades Conservar y promocionar el para hombres y mujeres en proyectos patrimonio intangible tangible e productivos. intangible, sitios sagrados, centros arqueológicos y museos. recursos naturales no Es competencia privativa indelegable Los departamentos productores Derechos de participación sobre renovables del estado plurinacional definir las percibirán una regalía del 11% de los recursos hidrocarburífieros y políticas nacionales de administración su producción departamental. Los mineralógicos que son explotados de los recursos naturales no departamentos no productores y el dentro de su territorio. renovables. Tesoro General del Estado obtendrán una participación de acuerdo con el porcentaje determinado por ley. 19
  • 20. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S Biodiversidad, medio Administración del sistema de áreas protegidas. Promoción, conservación y desarrollo Conservación ambiental. Preservación del hábitat, el paisaje, ambiente y áreas protegidas Regulación del sistema del control medioambiental y de la biodiversidad. de la protección ambiental, los Promoción, conservación y la vivienda, el urbanismo y los recursos naturales, la flora y fauna desarrollo de los recursos asentamientos humanos, conforme silvestre y los animales domésticos. naturales, la flora, fauna silvestre a las formas culturales, tecnológicas, y los animales domésticos. espaciales e históricas. Planificación, administración y ejecución de los servicios de Gestión y administración de los mantenimiento y preservación del recursos naturales renovables, de hábitat, paisaje, parques, plazas, acuerdo con la Constitución y la ley. avenidas y calles. defensa civil Coordinación del régimen de defensa civil con las demás entidades territoriales Prevención y atención de autónomas. emergencia climáticos; defensa civil. obras públicas y servicios Red fundamental de carreteras y ferrocarriles interdepartamentales. Puertos Planificación, administración, básicos fluviales y lacustres. ejecución y supervisión de los servicios Red de energía que transcurra por más de un departamento. de saneamiento básico: agua potable, alcantarillado pluvial, sanitario. Aseo urbano y manejo y tratamiento de residuos sólidos. agricultura y ganadería Desarrollo rural, promoción del comercio, industria, ganaderías y servicios. Promoción y prestación de servicios Desarrollo rural y agropecuario, Fomento y desarrollo de su vocación para el desarrollo productivo rural y infraestructura productiva. productiva. agropecuario sustentable. Tierras Titulación de tierras. No aplicable No aplicable No aplicable Planificación y gestión de la ocupación Política de tierras, suelos, forestales y y asentamiento territorial. bosques. industria Planificación, instalación, desarrollo y fortalecimiento de empresas industriales Apoyo y promoción de la ejecución Control y regulación a las instituciones que incorporen valor agregado a sus recursos naturales. de proyectos de infraestructuras y organizaciones externas que productivas industriales. desarrollen actividades en su jurisdicción. artículos 270 a 306. 20
  • 21. PARA ENTENDER LA NUEVA CONSTITUCIÓN 4. Modelo de desarrollo económico social N uestro país se caracteriza por tener una estructura Artículo 307. económica desigual, debido a la extracción I. El modelo económico boliviano es plural y está de materias primas, la extranjerización de sus orientado a mejorar la calidad de vida y el vivir ganancias y la carencia de reinversión en la generación bien de todas las bolivianas y los bolivianos. de diversos rubros económicos y la industrialización del II. La economía plural está constituida por las país. formas de organización económica comunitaria, estatal, privada y social cooperativa. El sistema capitalista se ha concentrado a modo de III. La economía plural articula las diferentes formas enclave en la absorción de los recursos valiosos de la de organización económica sobre los principios economía, desarrollándose de manera desarticulada de de complementariedad, reciprocidad, solidaridad, la economía tradicional comunitaria y del sistema de redistribución, igualdad, sustentabilidad, reproducción mercantil simple (que se expresa en los equilibrio, justicia y transparencia. La economía bienes y servicios que se generan para la sobrevivencia social y comunitaria complementará el interés y no de acumulación como, por ejemplo, los artesanos, individual con el vivir bien colectivo. manufactureros, servicios de albañilería, plomería, IV. Las formas de organización económica carpintería, sastres, etc.) con relaciones de intercambio reconocidas en esta Constitución podrán desigual que han profundizado la inequidad social. constituir empresas mixtas. V. El Estado tiene como máximo valor al ser humano y asegurará el desarrollo mediante la redistribución equitativa de los excedentes económicos en políticas sociales, de salud, educación, cultura, y en la reinversión en desarrollo económico productivo. 1
  • 22. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S En la nueva Constitución se pueden identificar tres Con la principal finalidad de alcanzar el “vivir bien”, elementos fundamentales sobre el modelo económico concepto derivado de la cosmovisión indígena y que social: hace referencia al bienestar y solidaridad entre las • el ser humano es el valor supremo del Estado, personas y colectividades. en consecuencia es el receptor de las políticas públicas, ASPECTOS IMPORTANTES DEL MODELO ECONÓMICO • la variedad y complementariedad de cuatro tipos Entre otros aspectos importantes del modelo económico de organizaciones económica y, social del texto constitucional destacamos los siguientes: • el establecimiento de principios rectores de acuerdo con la realidad. POLÍTICA ECONÓMICA Al reconocer al ser humano como el sujeto del desarrollo Artículos 312 a 314. se pretende desmercantilizar las relaciones sociales a La economía plural comprende la responsabilidad partir de la vigencia plena de los derechos humanos estatal de dirigir integralmente el desarrollo y individuales y colectivos. la planificación con participación ciudadana, la industrialización de los recursos naturales El reconocimiento del carácter plural o diverso de la y la intervención estatal en toda la cadena economía proyecta tres formas de organizaciones eco- productiva de los recursos estratégicos. Las nómica: público, privado y comunitario. El sector pú- actividades económicas deben propender a blico se orienta al control de los sectores estratégicos fortalecer la soberanía económica del país, de la economía (recursos naturales, servicios públicos, generar trabajo digno, contribuir en la reducción telecomunicaciones, energía, transporte, etc.), consi- de las desigualdades, en la erradicación de la guientemente, el control de los excedentes (ganancias) pobreza y en la protección del medio ambiente. económicos generados para su reinversión en la diver- sificación económica, la industrialización y el desarrollo social integral. El modelo económico implica una importante participación estatal en la regulación de las actividades El modelo económico reconoce también la iniciativa económicas, a diferencia del sistema liberal que deja privada otorgando seguridad jurídica a sus inversiones, toda esta dinámica a las leyes del mercado (oferta en perspectiva de que coadyuven al desarrollo y demanda). La regulación opera a través de la económico social, respondan al interés colectivo y se enmarquen en las políticas, leyes y autoridades del país. El reconocimiento de la economía comunitaria en el modelo de desarrollo pretende reflejar a un segmento importante de la realidad social del país, como son las comunidades rurales que se manifiestan en el conjunto de prácticas colectivistas y asociativas. Los principios orientadores del modelo de desarrollo apuntan a lograr la justicia social, equidad y complementariedad, reafirmando el carácter social y comunitario de la organización económico-social.
  • 23. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S planificación que debe responder a amplios consensos sociales resultantes de consultas previas a la ciudadanía Artículo 321 I al III. mediante sus organizaciones representativas. Por El presupuesto general incluirá a todas las entidades otra parte, el Estado debe intervenir en toda la del sector público atendiendo especialmente cadena productiva de la explotación (producción, a la educación, salud, alimentación, vivienda y transformación, comercialización y otros) de los sectores desarrollo productivo. estratégicos de la economía. También se establece que se deben industrializar los recursos naturales para contrarrestar la práctica histórica de extracción y Significa que todas las instituciones públicas del país exportación de materias primas sin valor agregado. (prefecturas, alcaldías, universidades, Gobierno Central y entidades autárquicas –YPFB, COMIBOL, entre otras) La principal finalidad de las actividades económicas estarán dentro del Presupuesto General del Estado. El debe fortalecer la soberanía económica del país, para que incluirá también todas las inversiones y fuentes de ejercer la soberanía política o la capacidad de tomar financiamiento de este presupuesto. nuestras propias decisiones. Asimismo deben: • generar empleo, ya que sólo el 18% de la población Artículo 322 I. económicamente activa tiene trabajo estable; La Asamblea Legislativa autorizará la • contribuir a reducir las desigualdades y erradicar contratación de deuda pública cuando se la pobreza, puesto que la diferencia entre ricos y demuestre la capacidad de pago del Estado para pobres es muy marcada en nuestro país y tiene el cubrir el capital, los intereses y se justifiquen índice más altos de pobreza, 6 de cada 10 bolivianos técnicamente las condiciones ventajosas en las son pobres y en el área rural, 9 de cada 10 personas tasas, plazos y montos. se encuentra en situación de pobreza; • efectuar un manejo sostenible de los recursos Los gobiernos militares y los neoliberales asumieron deudas naturales y del manejo equilibrado del medio superiores a la capacidad de pago del Estado boliviano; ambiente. entre 2000 y 2004 la deuda pública se incrementó en un 26%. El 34% de los ingresos fiscales eran préstamos de los organismos multilaterales como BM, FMI, CAF, BID, los Artículo 320. mismo que nos imponían sus políticas debilitando nuestra I. La inversión boliviana se priorizará frente a la soberanía y profundizando los niveles de dependencia inversión extranjera. económica y subordinación política. II. Toda inversión extranjera se someterá a la juris- dicción, a las leyes y a las autoridades bolivianas. POLíTICA FISCAL Artículo 323 I y II. Los inversionistas nacionales tienen preferencia sobre La política fiscal se basa en los principios de los extranjeros, sin embargo, ambos se someterán a las capacidad económica, igualdad, progresividad, autoridades y leyes bolivianas, a diferencia del pasado proporcionalidad, transparencia, universalidad, inmediato en que se firmaron contratos con empresas control, sencillez administrativa y capacidad petroleras (ENRON y otras) sometiendo al Estado recaudatoria. Los tributos se establecen por boliviano a leyes extranjeras y tribunales de arbitraje ley. internacionales.
  • 24. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S La creación de impuestos es una potestad sólo de la POLÍTICA MONETARIA Y FINANCIERA Asamblea Legislativa Plurinacional, los departamentos y municipios no podrán establecerlos por sí solos. Para Artículo 328 I. la fijación de impuestos se debe tomar en cuenta las El Banco Central de Bolivia determinará y posibilidades económicas de los contribuyentes, deben ejecutará la política monetaria, ejecutará la tener una cobertura gradual que incorpore a todos los política cambiaria, regulará el sistema de pagos, sectores y deben ser recaudados sin burocratismos y con autorizará la emisión de moneda y administrará transparencia. las reservas internacionales. DELITOS ECONÓMICOS El Banco Central es una entidad autónoma cuya función principal es mantener la estabilidad de la moneda, Artículo 324. preservando su valor, es la única entidad que puede No prescribirán las deudas y los daños autorizar la emisión de moneda, lo que impide que económicos al Estado. gobiernos de turno emitan la misma con fines políticos, además administra las reservas internacionales lo que garantiza que éstas medidas no respondan a la Es una medida contra la corrupción para perseguir y circunstancia e intereses políticos. sancionar a quienes hayan provocado daños económicos al Estado (sobreprecios, negocios inconvenientes, Artículo 333. evasiones impositivas y otros). Se levanta la confidencialidad de operaciones financieras (secreto bancario) previa autorización judicial, siempre que se presuma comisión de delitos financieros o en casos de investigación de fortunas. Los delitos financieros (quiebras provocadas, fraudes) y las fortunas mal habidas actualmente se encubren con el secreto bancario. Cuando se quiere saber el origen de esas acumulaciones económicas, la confidencialidad de los ahorristas impide efectuar investigaciones y esclarecer su origen, por lo tanto, esta medida está dirigida a combatir la corrupción, previa autorización del juez competente. RECURSOS NATURALES DISPOSICIONES GENERALES Artículo 349. Los recursos naturales son de propiedad del pueblo boliviano, respetando derechos de propiedad sobre la tierra y de aprovechamiento sobre los recursos naturales. 4
  • 25. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S por administraciones de turno, tal como ocurrió con las Artículo 342. reservas gasíferas. La nueva Constitución establece la El aprovechamiento de los recursos naturales propiedad social del pueblo boliviano por lo que ya no debe garantizar la sustentabilidad y el equilibrio se podrán ceder derechos de propiedad, sino, solamente del medio ambiente. de uso y aprovechamiento. Con esta medida se trata Artículo 348 II. constitucionalmente a los recursos naturales como de Los recursos naturales son de carácter estratégico carácter estratégico y de interés colectivo antes que de y de interés público para el desarrollo del país. grupos o personas. Artículo 350. En las reservas fiscales no se pueden reconocer Respecto a la gestión de los recursos naturales se derechos a favor de particulares salvo autorización articulará el aprovechamiento económico con la por necesidad pública. conservación ambiental y equilibrio ecológico, de Artículo 351 I-II. tal manera que el uso de los recursos naturales se El Estado, a través de entidades públicas, sociales enmarque en políticas de ordenamiento territorial y de o comunitarias asumirá el control y dirección sobre desarrollo sostenible equilibrando los derechos de las toda la cadena productiva referida a los recursos presentes y futuras generaciones. Como parte de estas naturales. Para su gestión y administración se previsiones se contempla también que, en determinados debe garantizar control y participación social. lugares caracterizados por su fragilidad o por poseer Artículo 352. importantes riquezas naturales, se instituirá la consulta Para conservar ecosistemas en determinados previa a las poblaciones locales a fin de generar lugares, la explotación de los recursos naturales mecanismos de monitoreo ambiental y otras medidas estará sujeta a una consulta a la población precautorias para la conservación de los ecosistemas. afectada. La nueva Constitución restituye también el rol estatal en La regulación relativa a los recursos naturales destaca la economía en general y en la gestión de los recursos tres elementos: la propiedad social, la gestión sostenible naturales en particular, dada la necesidad de apropiarse y la administración pública. Las Constituciones anteriores de las utilidades que genera su explotación como base de declararon el dominio y propiedad estatal sobre los la promoción del desarrollo integral y de concretizar la recursos naturales, lo que dio lugar a su privatización soberanía política a partir de la soberanía económica. HIDROCARBUROS Artículos 361 a 363 y 368. Los hidrocarburos serán gestionados en toda la cadena productiva bajo la gestión de YPFB, que podrá suscribir contratos de servicios con empresa públicas, mixtas o privadas, previa autorización legislativa. La industrialización de los hidrocarburos estará a cargo de una empresa estatal. Se constitucionaliza el 11% de regalías a los departamentos productores.
  • 26. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S Después de la nacionalización del gas se refunda YPFB como entidad pública autárquica y con autonomía mineros sujetos al cumplimiento a una función de gestión para que, en representación del pueblo económico-social. Se reconoce como actores boliviano, pueda desarrollar todas las fases que hacen a productivos a la industria minera estatal, la producción de hidrocarburos priorizando el objetivo privada y sociedades cooperativas. Los grupos de su industrialización en el país y de otros rubros. mineros nacionalizados, sus plantas industriales y fundiciones, no podrán ser transferidos a La actividad hidrocarburífera no excluye la iniciativa empresas privadas. privada, puesto que YPFB podrá contratar empresas privadas para que presten servicios (construcción de ductos, transporte y otros), sin embargo, no serán ya Al igual que los hidrocarburos, los minerales representan contratos lesivos a los intereses del país porque no recursos de alto valor estratégico, por lo que se determina transferirán propiedad, ni subordinarán las decisiones la intervención estatal en toda la cadena productiva públicas a intereses empresariales privados debido a sin desconocer a las empresas mineras privadas y a los que serán sólo contratos de operación. cooperativistas mineros que gozarán de protección estatal siempre que sus actividades se enmarquen en Destaca también la obligatoriedad de tramitar el cumplimiento de una función económico-social. Los autorización legislativa respecto a contratos que pueda grupos mineros nacionalizados son aquellos que emergen celebrar YPFB para garantizar fiscalización, transparencia de la nacionalización de las minas de 1952, incluyendo y soberanía. Finalmente, se elevan a rango constitucional sus plantas industriales o de transformación, conversión las regalías del 11% de participación directa de las o refinación de minerales y metales, como, por ejemplo, regiones productoras que lucharon por esta conquista. la Empresa de Fundiciones de Vinto. MINERÍA RECURSOS HÍDRICOS Artículos 369 a 372. Artículos 373 a 377. “El Estado es responsable de las riquezas El agua es un derecho fundamentalísimo para la vida, mineralógicas, ejercerá control y fiscalización en el Estado promoverá el uso y acceso y ambiental por toda la cadena productiva, otorgará derechos lo que no podrán ser privatizados ni sus servicios 6
  • 27. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S aprovechamiento de los recursos hídricos sea equitativo, concesionados. Para el manejo y gestión sustentable solidario, sustentable. Para este efecto se deben del agua se reconocen los usos y costumbre de las aprovechar también las fortalezas existentes entre los comunidades. El Estado regulará el manejo y gestión regantes tradicionales por los que se reconocen usos y sustentable de los recursos hídricos y de las cuencas costumbres de las comunidades indígenas, campesinas para riego, seguridad alimentaria y servicios básicos. y originarias en la gestión de este recurso. Todo tratado internacional sobre recursos hídricos debe preservar la soberanía del país. Finalmente, el agua no puede ser objeto de comercialización ni se debe arriesgar su control al momento de suscribir tratados comerciales con otros países porque esto implicaría El agua adquiere la categoría de derecho atentar contra la soberanía del país. fundamentalísimo, es decir, se encuentra entre aquellos que son imprescindibles para la vida y salud de las ENERGÍA personas, por eso es que no puede ser privatizado ni tampoco se podrán otorgar concesiones sobre sus Artículo 378. servicios o reconocer derechos de prestación del servicios La cadena productiva energética es facultad a empresas privadas que lucren con esta actividad, como privativa del Estado a través de empresas sucedió con la Bechtel que provocó la guerra del agua productivas públicas, mixtas o instituciones sin en Cochabamba en abril del año 2000. fines de lucro. Además de ser imprescindible para la vida, el agua cumple otras funciones esenciales como servicios básicos La actividad energética (electricidad, hidroeléctricas y (saneamiento, alcantarillado, equilibrio ecológico), otras fuentes de generación, transmisión y traslación) riego para garantizar la producción y productividad son fundamentales para el desarrollo de un país, por lo agrícola, consiguientemente, está asociada al que se establece la intervención estatal en toda la cadena abastecimiento de las necesidades alimenticias de la productiva, pudiendo formar empresas mixtas con mayoría población (seguridad alimentaria). accionaria pública y participación de capitales privados o acudir a entidades sin fines de lucro a fin de incorporar Por estas razones el Estado debe definir las reglas actores sociales o fundaciones con fines sociales. de juego, uso y acceso al agua garantizando que el
  • 28. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S BIODIVERSIDAD COCA Artículos 380 y 381. Artículo 384. Los recursos naturales renovables se El Estado protege la coca originaria y ancestral aprovecharán de manera sustentable respetando como patrimonio cultural, recurso natural las características naturales de los ecosistemas, renovable de la biodiversidad de Bolivia y los suelos deberán utilizarse según su capacidad como factor de cohesión social; en su estado de uso mayor. Las especies nativas de origen natural no es estupefaciente. La revalorización, animal y vegetal constituyen patrimonio natural. producción, comercialización e industrialización El Estado protegerá los recursos genéticos se regirá mediante ley. y microorganismos que se encuentren en su territorio así como los conocimientos asociados La coca se define como recurso natural y no como a los mismos. estupefaciente o droga, además se le asigna valor de patrimonio natural y de cohesionamiento (articulación La nueva Constitución incluye la biodiversidad (diversidad o agregación) social. En tal calidad merece protección biológica o diferentes formas de vida existentes) poniendo estatal consistente entre otros aspectos, en la en relieve su caracterización como un valor estratégico promoción de su industrialización o utilización con fines (forman parte de la industria medicinal y cosmética, se medicinales (digestivo, proteínico) y otros usos (dulces, encuentran en tercer lugar en el planeta desde el punto pasta dental, etc.). de vista de la movilización de capitales en torno a sus actividades de explotación), su ubicación como parte del patrimonio natural del país, su condición fundamental para preservar el equilibrio ecológico y de los ecosistemas, la importancia y valor de los conocimientos asociados (variedades de papas, plantas medicinales, etc.).
  • 29. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S ÁREAS PROTEGIDAS RECURSOS FORESTALES Artículo 385. Artículos 386 a 388. Las áreas protegidas son un bien común y cumplen Los bosques naturales y los suelos forestales funciones ambientales, culturales, sociales y son estratégicos para el desarrollo. El Estado económicas para el desarrollo sustentable. Se promoverá actividades de conservación y instituye mecanismos de control social y cogestión aprovechamiento sustentable, la generación de entre el Estado y las poblaciones locales en la valor agregado, la rehabilitación y reforestación gestión de las áreas protegidas. de áreas degradadas. Las comunidades indígena originario campesinas asentadas en Las áreas protegidas son espacios territoriales caracte- áreas forestales tendrán derecho exclusivo de rizados por poseer importantes riquezas naturales que aprovechamiento y gestión. constituyen las reservas y lugares estratégicos para el desarrollo de un país. Se las caracteriza como parte de Las áreas forestales y de bosque cubren más de la nuestro patrimonio natural y cultural; se les asigna fun- mitad del territorio nacional, allí viven comunidades ciones de conservación ambiental y equilibrio ecológico, indígenas y operan también empresas madereras además de otras de índole económico por las riquezas y barraqueras. Se declaran estos recursos de alto que contienen y de valor social y cultural, porque allí ha- valor estratégico para el desarrollo sustentable, se bitan comunidades y poblaciones locales y dentro de sus pretende su conversión en productos transformados, territorios se produce la interacción, descubrimientos, co- su aprovechamiento diversificado, la exclusividad de nocimientos y gestión de estas poblaciones, por tanto, no uso por parte de comunidades indígenas y originarias podrán ser objeto de lucro ni de administración privada, en sus respectivas jurisdicciones territoriales. El Estado sino que más bien existirá un sistema de cogestión com- regulará su aprovechamiento en términos sostenibles y partida entre el Estado y las poblaciones locales. respetando la vocación natural de los suelos forestales. Se reconocerán derechos de aprovechamiento a favor de particulares a condición de respetar el interés colectivo y la gestión sustentable. TIERRA-TERRITORIO Artículo 393. Se reconoce la propiedad individual y comunitaria sobre la tierra, sujetas al cumplimiento de la función social y de la función económica social según corresponda. Artículo 394 I. La propiedad agraria individual comprende la pequeña propiedad y la propiedad empresarial. Artículo 394 III. La propiedad comunitaria comprende el territorio
  • 30. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S En relación con las normas referidas a tierra y territorio se parte de la caracterización de la actual estructura agraria en la que se recalca: • la polarización entre latifundio en el oriente y minifundio en el occidente, • los bajos niveles de producción-productividad y de desarrollo rural, • la concentración de los medios de producción, • los elevados índices de pobreza en el campo, • las desequilibradas relaciones de intercambio en el mercado y los elevados niveles de migraciones campo-ciudad. La nueva Constitución proyecta una estructura agraria basada en: indígena originario campesino, entendido como la planificación, administración, distribución, control y el derecho colectivo sobre la tierra y el usufructo otras acciones referidas al proceso de reforma agraria, exclusivo de los recursos naturales renovables en están a cargo del Estado. las condiciones definidas por la ley, además de la consulta y participación para la explotación de La articulación del desarrollo sostenible al desarrollo los recursos naturales no renovables existentes rural en la medida que define el uso de la tierra de en sus jurisdicciones territoriales. acuerdo con su vocación natural. Artículo 395 I. Las tierras fiscales serán distribuidas a indígenas, La incorporación de la dimensión cultural a la cuestión originarios campesinos y afrobolivianos. agraria al reconocer la territorialidad indígena como Artículo 398. fundamento para efectivizar integralmente los Se prohíbe el latifundio, entendido como los derechos colectivos de los pueblos indígenas y naciones predios que exceden la superficie máxima, originarias. que no cumple la función económico-social o reproduce sistemas servidumbrales o semi- La reafirmación del principio fundamental de la reforma esclavistas de trabajo humano. agraria de 1953, bajo la moderna concepción de función Artículo 400. económica social, como condición para el ejercicio del El incumplimiento de la función económico- derecho propietario empresarial sobre la tierra. social o la condición de latifundio da lugar a la reversión de la tierra. La ratificación del Servicio Boliviano de Reforma Agraria Artículo 403. como entidad pública a cargo de las políticas agrarias. La administración, planificación, control, El fortalecimiento de los mecanismos redistributivos distribución, redistribución, reagrupamiento y de la tierra para afectar el latifundio y los predios que toda acción inherente a la reforma agraria es de incurren en causal de reversión por el no cumplimiento de competencia del Servicio Boliviano de Reforma la función económico social, así como el reagrupamiento Agraria presidido por el Presidente del Estado. de la tierra para eliminar el minifundio. 0
  • 31. LA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA TOD@S LA PAz Calle Batallón Colorados – Edificio El Cóndor, piso 15 Teléfono: 2440520 - 2442601 SAntA CrUz Dirección: Av. Beni Barrio Hamacas, Calle 7 Oeste Pasillo 5 No. 61 Telefono: 3123315 CoChAbAmbA Plaza 14 de Septiembre acera oeste Nº 258 Teléfono: 4512141 tArIjA Teléfono: 66-58221 Calle: Ingavi Nº 449 Edificio Donoso Paz, Planta Baja SUCrE Calle España Nº 74, Edif. MUSEF Teléfono: 46464611 - 71168248 trInIDAD Calle Nicolás Suárez s/n al lado del Club de Tenis Trinidad Teléfono: 71272150 www.repac.org.bo 1