2. ¿POR QUÉ UNA NUEVA EDUCACIÓN?
ESTADO COLONIAL ESTADO PLURINACIONAL
• Servicio • Derecho
• Colonizadora • descolonizadora
• Jerárquica • Participativa
• Elitista • Para todos
• Homogeneizadora • Diversa
• Individualista • Comunitaria
• Clasista • Igualitaria
• Monolingüe • Plurilingüe
• Bancaria • Dinámica
• Monocultural • Pluricultural
• Antropocéntrico • Biocéntrico
3. TÍTULO I MARCO FILOSÓFICO Y POLÍTICO DE LA EDUCACIÓN
BOLIVIANA
•CAPÍTULO I. LA EDUCACIÓN COMO DERECHO FUNDAMENTAL
•CAPÍTULO II. BASES, FINES Y OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN
•CAPÍTULO III. DIVERSIDAD SOCIOCULTURAL Y LINGÜÍSTICA
TITULO II SISTEMA EDUCATIVO PLURINACIONAL
•CAPÍTULO I. SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN REGULAR
•CAPÍTULO II. SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA Y ESPECIAL
•SECCIÓN I. Educación alternativa
•SECCIÓN II. Educación especial
•CAPÍTULO III. SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL
•SECCIÓN I. Formación superior de maestras y maestros
•SECCIÓN II. Formación superior técnica y tecnológica
•SECCIÓN III. Formación superior artística
•SECCIÓN IV. Formación superior universitaria
TÍTULO III. ORGANIZACIÓN CURRICULAR, ADMINISTRACIÓN Y
GESTIÓN DEL SEP
•CAPÍTULO I. ORGANIZACIÓN CURRICULAR
•CAPÍTULO II. ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE LA EDUCACIÓN
•CAPITULO III. APOYO TÉCNICO DE RECURSOS Y SERVICIOS
•CAPÍTULO IV. PARTICIPACIÓN SOCIAL COMUNITARIA
TÍTULO IV: DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
4. ART. 1 - MANDATOS CONSTITUCIONALES DE LA EDUCACIÓN
Todos tienen derecho a recibir
educación
Función suprema y primera
Es fiscal y gratuita en todos sus
responsabilidad financiera del
niveles hasta el superior
Estado
El Estado y la sociedad tienen Es obligatoria hasta el
tuición plena sobre el SEP bachillerato
El SEP esta compuesto por Humanista, científica, técnica y tecnológica,
instituciones educativas fiscales, productiva, territorial, teórica y práctica,
privadas y de convenio liberadora y revolucionaria, crítica y solidaria.
Es unitaria, pública, universal,
democrática, participativa, comunitaria, Es intracultural, intercultural y
descolonizadora y de calidad. plurilingüe
5. Art. 2 - DISPOSICIONES GENERALES
I. Participación social
•Reconoce y garantiza
II. Unidades educativas fiscales
•Consolida y fortalece
III. Unidades educativas privadas
•Reconoce y respeta
IV. Unidades educativas de convenio
•Reconoce y respeta
V. Derecho de las madres y padres
• Respeta el derecho a elegir la educación
VI. Inamovilidad funcionaria
•Se garantiza la carrera docente y la inamovilidad del personal
docente, administrativo y de servicio del magisterio nacional.
VII. Escalafón nacional del magisterio
•Se respeta asegura la carrera docente, administrativo y de apoyo.
VIII. Sindicalización
•Reconoce al magisterio el derecho a la sindicalización
IX. Organización estudiantil
•Reconoce la participación
6. ART.3 - BASES DE LA EDUCACIÓN
Descolonizadora Comunitaria,
, liberadora, democrática, Única, diversa y
Universal
revolucionaria, participativa y plural.
anti-imperialista de consensos
Unitaria e
Intracultural,
integradora del Laica, pluralista
Inclusiva intercultural y
Estado y espiritual
plurilingüe
Plurinacional
Científica, Educación de la
Promotora de la
Productiva y técnica, vida y en la
convivencia
territorial tecnológica y vida, para vivir
pacífica
artística bien
Asume y
promueve los Liberadora en lo
principios ético pedagógico
morales
7. ART. 4 - FINES DE LA EDUCACIÓN
Fortalecer el
Contribuir a la Universalizar los
Formar integral y desarrollo de la
consolidación de la saberes y
equitativamente a intraculturalidad,
educación conocimientos
mujeres y hombres interculturalidad y el
descolonizada propios
plurilingüismo
Contribuir a la Promover la amplia
convivencia reciprocidad,
Promover una Garantizar la
armónica y solidaridad e
sociedad participación plena
equilibrada del ser integración entre las
despatriarcalizada de todas y todos
humano con la NPIO campesinos y
Madre Tierra afro descendientes
Contribuir a
Fortalecer la unidad,
reafirmar el derecho
integridad territorial
irrenunciable e
y soberanía del
imprescriptible del
Estado Plurinacional
territorio
8. ARTO. 5 - OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN
Desarrollar la formación
Desarrollar una
integral con conciencia Contribuir al
formación científica,
social crítica de la vida y fortalecimiento de la Promover la unidad
técnica, tecnológica y
en la vida para Vivir unidad e identidad
productiva
Bien
Consolidar el SEP con Contribuir al Cultivar y fortalecer el
la participación social fortalecimiento de la Consolidar la civismo, el diálogo
organización, seguridad, defensa y integración del Estado intercultural y los
seguimiento y desarrollo del Estado Plurinacional. valores éticos, morales
evaluación Plurinacional y la vida comunitaria
Desarrollar una Formular e implementar Formar una conciencia
conciencia integradora y Garantizar el acceso y programas sociales productiva, comunitaria
equilibrada entre el ser la permanencia para estudiantes con y ambiental en las y los
humano y la Madre menos posibilidades estudiantes
Tierra económicas
9. ART. 5 - OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN
Implementar políticas Articular los
Desarrollar políticas Desarrollar programas
educativas de subsistemas y la
educativas que educativos pertinentes
formación continua y secuencialidad de
promuevan el acceso y a cada contexto
actualización de contenidos curriculares
la permanencia sociocultural,
maestras y maestros inicial hasta superior
Implementar políticas y Implementar políticas y
Garantizar Promover la
programas de programas de atención
integralmente la calidad investigación científica,
alfabetización y a poblaciones
de la educación en todo técnica, tecnológica y
postalfabetización vulnerables y en
el SEP pedagógica
integral desventaja social.
Desarrollar una Promover y garantizar
educación cívica, la educación de
humanística, histórica, personas con
cultural, artística y discapacidad y talentos
deportiva extraordinarios
10. ART. 6 y 7 - DIVERSIDAD SOCIO CULTURAL Y LINGÜÍSTICA
• Intraculturalidad: promueve la recuperación,
INTRACULTURALIDA fortalecimiento, desarrollo y cohesión al interior de las
D culturas de las naciones y pueblos indígena originario
campesinos, comunidades interculturales y afro
bolivianas.
E • Interculturalidad: desarrollo de la interrelación e
interacción de conocimientos, saberes, ciencia y
INTERCULTURALIDAD tecnología propios de cada cultura con otras culturas.
• Uso de idiomas oficiales y lengua extranjera
• La educación debe iniciarse en la lengua materna, y su uso
es una necesidad pedagógica en todos los aspectos de su
PLURILINGÜISMO formación.
• Principios obligatorios de uso de las lenguas por ser
instrumentos de comunicación, desarrollo y producción de
saberes y conocimientos
11. ART. 8 – ESTRUCTURA SISTEMA EDUCATIVO PLURINACIONAL
• Inicial en familia
SEAE • Formación de
comunitaria maestras y maestros
• Primaria comunitaria • Formación técnica
vocacional • Alternativa tecnológica
• Secundaria • P. jóvenes y adultos • Formación artística
comunitaria • Permanente no escolar. • Formación
productiva • Especial universitaria
• P. con discapacidad
SER • P. con dificultades apren.
• P. talento extraordinario. SESFP
12. ART. 10 – OBJETIVOS SER
Formación integral, articulando la
educación científica humanística
Educación sistemática, normada, y técnica - tecnológica con la
obligatoria y procesual producción
Desarrollar SS y CC científicos, técnicos, Proporcionar elementos históricos y culturales
tecnológicos, ético, moral, espiritual, artística, para consolidar la identidad cultural propia y
deportiva, ciencias exactas, naturales y de relación intercultural
sociales.
Desarrollar conocimientos teórico -
prácticos de carácter científico humanístico
Complementar la educación humanística y técnico-tecnológico productivo
con la formación histórica, cívica, DDHH,
género, la Madre Tierra, educación en
seguridad ciudadana.
Lograr habilidades y aptitudes
comunicativas trilingües
13. ART. 11 - ESTRUCTURA DEL SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN REGULAR
Educación Inicial en Familia Comunitaria
NO ESCOLARIZADA Es responsabilidad compartida ESCOLARIZADA Desarrolla capacidades y habilidades
entre la familia, comunidad y el Estado, recupera, cognitivas, lingüísticas, psicomotrices, socio-afectivas,
fortalece, promueve la identidad cultural (3) espirituales y artísticas (2)
Educación Primaria Comunitaria Vocacional
Comprende la formación básica, cimiento de toda la educación. desarrolla sus capacidades, potencialidades,
conocimientos, saberes, ético-morales, espirituales, afectivas, razonamientos lógicos, científicos, técnicos,
tecnológicos y productivos, educación física, deportiva y artística. Inicia identificación de vocaciones. (6)
Educación Secundaria Comunitaria Productiva
Articula la educación humanística y la técnica-tecnológica con la producción. Define la vocación productiva. Bachiller
técnico humanístico. Obtiene el grado de técnico medio. Permite continuar estudios superiores (6)
ART. 15 – EDUCACIÓN ESCOLARIZADA INTEGRAL
Dirigida a la atención de niñas, niños, adolescentes, jóvenes trabajadores desprotegidos y en
desventaja social, mediante programas especiales de hogares abiertos con servicios integrales de
salud, alimentación, educación, rezago escolar, reinserción escolar y socio laboral.
14. ART. 16 y 17 - SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA Y ESPECIAL
Destinada a atender a personas, familias, comunidades y
organizaciones que requieren continuar sus estudios o que
precisan formación permanente en y para la vida.
Desarrollar políticas,
Contribuye a Garantiza a personas
Democratiza el acceso planes, programas y
desarrollar políticas, con discapacidad, una
y permanencia de las p/p talentos
planes, programas y educación oportuna,
personas mayores a extraordinarios,
proyectos educativos pertinente e integral,
quince años dificultades de
no escolarizados con igualdad
aprendizaje
ART. 18 – RECONOCIMIENTO DE SABERES Y EXPERIENCIAS
Reconoce los saberes, conocimientos y experiencias de las personas adquiridos
en su práctica cotidiana y comunitaria.
Son homologados a niveles y modalidades que correspondan al Subsistema de
Educación Alternativa y Especial.
15. ART. 21 - EDUCACIÓN ALTERNATIVA
PERSONAS JÓVENES Y PERMANENTE
ADULTAS
•Es de carácter técnico- •respondan a
humanístico, está necesidades,
destinada a las expectativas e intereses
personas mayores a de las organizaciones,
quince años comunidades, familias y
•Desarrolla los niveles de personas
formación Primaria y •desarrolla sus acciones
secundaria según las necesidades y
•Forma el Bachillerato expectativas de la
Técnico Humanístico población
•Otorga el grado de •capacitación y
técnico medio de forma acreditación con
gradual. parámetros de
transitabilidad
16. ART. 25 - EDUCACIÓN ESPECIAL
Personas con discapacidad
ÁREAS Personas con dificultades en el aprendizaje
Personas con talento extraordinario
SERVICIOS
INDIRECTA ESPECIALIZADOS E
INTEGRALES
MODALIDADES
DE ATENCIÓN
INCLUSIÓN EN
DIRECTA EDUCACIÓN REGULAR
17. ART. 28 - SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE FORMACIÓN
PROFESIONAL
Es el espacio educativo de formación profesional, de recuperación, generación y
recreación de conocimientos y saberes, expresada en el desarrollo de la ciencia,
la tecnología, la investigación y la innovación.
Responde a las necesidades y demandas sociales, económicas, productivas y
culturales de la sociedad y del Estado.
Formación de maestras y
maestros
Formación técnica tecnológica
ESTRUCTURA
Formación artística
Formación universitaria
18. ART. 31 - FORMACIÓN SUPERIOR DE MAESTRAS Y MAESTROS
FISCAL Y DIVERSIFICADA
ÚNICA en
INTRA, INTER, GRATUITA, formación
jerarquía y
PLURILINGÜE responsabilidad curricular e
calidad
del Estado institucional
ESFM de carácter fiscal y gratuito dependen
del ME; con centros de excelencia
académica.
Inicial Currículo único, organizado en campos y ejes
articuladores.
5 años de estudio.
Grado académico de licenciatura
ESTRUCTURA
DE Desarrolla la Universidad Pedagógica
FORMACIÓN Post
gradual Cualificación de formación especializada.
Producción de ciencia en el ámbito educativo.
Es un derecho y un deber.
Continua Actualiza y capacita para mejorar la calidad
educativa
19. FORMACIÓN SUPERIOR DE MAESTRAS Y MAESTROS
Artículo 39. Artículo 40.
Artículo 36. Artículo 37. Artículo 38. (Título (Formación continua
(Formación Post
(Exclusividad (Inserción laboral) Profesional) gradual)
de maestras y
maestros).
•Las Escuelas •La inserción •El ME otorgará el • Esta oientada a la •Es un derecho y un
Superiores de laboral de las y los Título de Maestro cualificación de la deber de toda
Formación de egresados de las con grado de formación en la maestra y
Maestras y ESFM está Licenciatura y su especialidad, la maestro,
Maestros son las garantizada por el respectivo producción de •Está orientada a la
únicas instituciones Estado reconocimiento en conocimientos y la actualización y
autorizadas para Plurinacional, de el Escalafón del resolución capacitación para
ofertar y acuerdo a las Magisterio. científica de la mejorar la calidad
desarrollar necesidades de realidad educativa. de la gestión
programas docencia del •El Escalafón institucional y
académicos de Sistema Educativo reconoce a los •Es desarrollada curricular .
formación de Plurinacional y profesionales por la Universidad
maestras y conforme a la formados en las Pedagógica, con •Depende del
maestros. normativa vigente. ESFM en dependencia del Ministerio de
concordancia al ME, sujeta a Educación.
Artículo 2 de la reglamentación
presente Ley. específica.
20. ART. 41 - FORMACIÓN SUPERIOR TÉCNICA Y TÉCNOLOGICA
Formación profesional técnica e integral, articulada al desarrollo
productivo, sostenible, sustentable y autogestionario, de carácter
científica, práctica - teórica y productiva.
NIVELES Capacitación
Institutos Técnicos e
Institutos Tecnológicos Técnico Medio –
postbachillerato
(Fiscal-convenio–privado)
Técnico Superior
Licenciatura
Escuelas Superiores
Tecnológicas (Fiscal)
Diplomado Técnico
21. ART.47 - FORMACIÓN ARTÍSTICA
Es la formación profesional destinada al desarrollo de capacidades,
competencias y destrezas artísticas, para el fortalecimiento de las
expresiones culturales.
NIVELES
Centros de Capacitación Artística Cursos de corta
(Fiscal – convenio – privado) duración
Capacitación
Institutos de Formación Artística
Técnico Medio
(Fiscal – convenio – privado)
Técnico Superior
Escuelas Bolivianas Interculturales
Licenciatura
(fiscal)
22. ART. 52 - FORMACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA
NIVELES y GRADOS
ACADÉMICOS EN EL MARCO
DE LA C.P.E.
Técnico Superior
Pregrado
Licenciatura
Diplomado
Especialidad
Postgrado
Maestría
(Universidades)
Doctorado
Post doctorado
23. ART. 55 - UNIVERSIDADES DEL ESTADO PLURINACIONAL
Universidades Públicas Autónomas
Se rigen por lo establecido en la Constitución Política del Estado.
Universidades Privadas
Forman profesionales en función a las necesidades locales, regionales y nacionales.
La apertura y funcionamiento es autorizado por Decreto Supremo y reglamentación específica
Universidades Indígenas
Carácter público, articuladas a la territorialidad y organización PIOC.
La definición de políticas institucionales son las Juntas Comunitarias.
Recuperación, fortalecimiento, creación y recreación de conocimientos, saberes e idiomas.
Universidades de Régimen Especial
Universidad Policial. Garantizar la seguridad interna del país.
Universidad Militar. Garantizar la seguridad, defensa de la soberanía y el desarrollo integral del Estado
24. ART. 67 - PROFESIONALES EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN Y
PEDAGOGÍA
Apoyan y fortalecen al Sistema Educativo Plurinacional.
Desarrollan metodologías y técnicas de orientación educativa, psicopedagogía,
educación a distancia, formación pedagógica, investigación, diseño curricular,
evaluación de proyectos y procesos educativos, planificación y gestión educativa.
No pueden ser incorporados al Escalafón docente
ART. 68 - AGENCIA PLURINACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN
DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA – APEAESU
La evaluación
contempla la
Serán acreditadas con Es de carácter
autoevaluación, la
resultados favorables. descentralizado.
evaluación por pares y
la evaluación social.
25. ART. 69 - ORGANIZACIÓN CURRICULAR
Es la estructura, organización y el
conjunto de relaciones que se
establecen entre los componentes
del currículo del SEP
Promueve la articulación la teoría y
la práctica educativa con la
producción.
Es responsabilidad del ME diseñar,
aprobar e implementar.
Emerge de las necesidades de la
vida y del aprendizaje CURRÍCULO
BASE
Brinda modalidades de atención INTERCULTU
definidos por el currículo base y los
currículos regionalizados RAL
26. ART. 71 - ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE LA EDUCACIÓN
Es tuición del Estado Plurinacional
Planifica, organiza, dirige y controla los recursos del SEP, con
participación social.
Participación,
democrática
comunitaria
Transparencia y Horizontalidad
rendición de PRINCIPIOS en la toma de
cuentas decisiones
Equitativa y
complementaria
27. ART. 76 – ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE GESTIÓN
CENTRAL DEPARTAMENTAL AUTONÓMICO
Ministerio de Direcciones Departamentales
Educación. de Educación - DDE, Gobiernos Departamentales
Viceministerios entidades descentralizadas del
Ministerio de Educación
Entidades
Desconcentradas Direcciones Distritales
Educativas Gobiernos Municipales
Direcciones de Núcleo
Autonomías Indígena
Originario Campesinas
Direcciones de Unidad
Educativa
28. ART. 80 - NIVEL AUTONÓMICO
• Responsables de dotar, financiar y garantizar los servicios básicos,
Gobiernos
infraestructura, mobiliario, material educativo y equipamiento a los
Departamentales Institutos técnicos y tecnológicos en su jurisdicción.
• Responsables de dotar, financiar y garantizar los servicios básicos,
infraestructura, mobiliario, material educativo y equipamiento de
Gobiernos las Unidades Educativas de Educación Regular, Educación
Municipales Alternativa y Especial, así como de las Direcciones Distritales y de
Núcleo, en su jurisdicción.
• Formular, aprobar y ejecutar planes de en el marco del currículo
regionalizado.
Autonomías
• Organizar y apoyar la gestión participativa
Indígena Originario
• Dotar de infraestructura, mantenimiento y proveer los servicios
Campesinas básicos, mobiliario, equipamiento, bibliotecas e insumos
necesarios para su funcionamiento.
29. ART. 80, 81 Y 82 - DIPLOMA, CERTIFICACIÓN, OBSERVATORIO
Diploma de bachiller
•Otorgación gratuita del Diploma de Bachiller de forma inmediata.
Certificación de Competencias
•Reconocerá las competencias laborales y artísticas a través del SPCC
Observatorio Plurinacional de la Calidad
Educativa
•Se crea el Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa,
institución pública descentralizada, técnica, especializada,
independiente en cuanto al proceso y resultados de sus evaluaciones.
30. ART. 84 - APOYO TÉCNICO DE RECURSOS Y SERVICIOS
Potenciar la capacidad
Administrar e implementar
Apoyo técnico oportuno y de técnica del sistema educativo
técnicamente recursos
calidad a las autoridades con personal de óptimo nivel
curriculares y didácticos en
administrativas y personal profesional, con
coordinación con las
docente del sistema conocimiento y compromiso
autoridades
educativo, de la realidad sociocultural
correspondientes
del Estado Plurinacional
31. ART. 87, 88, 89 – INVESTIGACIONES, LENGUAS, FINANCIAMIENTO
Instituto de Instituto
Investigaciones Plurinacional de Financiamiento de la
Pedagógicas Estudio de Lenguas Educación
Plurinacional y Culturas
•Diseñar y desarrollar •Desarrollará procesos •El SEP será financiado
estrategias de apoyo de investigación por el Estado
a las políticas de lingüística y cultural. Plurinacional
transformación del •Se creará las
SEP institutos de lenguas
y culturas por cada
Nación y Pueblo
Indígena Originario
Campesino para la
normalización,
investigación y
desarrollo de sus
lenguas y culturas
32. ART. 90 PARTICIPACIÓN SOCIAL
INSTANCIAS Planifica, organiza, dirige y controla los
recursos del SEP, con participación social
Congreso Plurinacional de Educación - Instancia
máxima de participación de todos los sectores de la
sociedad (5).
Consejo Educativo Plurinacional
Evalúa cumplimiento de las conclusiones del Congreso
Consejos Educativos de Naciones y pueblos
indígena originario campesinos
Formulación de políticas educativas y su aplicación
Consejos Educativos Social Comunitarios -Nivel
Departamental, Regional, Distrital, Núcleo y
Unidades Educativas
Consejos Consultivos del Ministerio de Educación -
Instancia de consulta y coordinación del ME con los
actores educativos, sociales e institucionales.
33. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera. Segunda. Tercera.
Observatorio de la Calidad •Institutos, Academias y •Institutos Técnicos y
Educativa Escuelas de Bellas Artes. Tecnológicos.
•Adecuará su estructura a lo • Pasan a depender del •Deben adecuarse a las
establecido en la CPE Ministerio de Educación disposiciones de la presente
ley.
Cuarta. Quinta. Sexta.
•Universidades Privadas •Formación • Comisión Nacional de
180 días, jerarquización de la complementaria de Acreditación de Carreras
normativa para su maestras y maestros. Universitarias. Cumplirá las
funcionamiento a Decreto Obtención del grado de funciones de Acreditación de
Supremo licenciatura Carreras Universitarias
34. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Séptima. Octava. Novena.
•Instituto Normal •Instituto Normal •SEDUCA
Superior Católico. Superior Adventista. • Transfieren su estructura y
• Concluirá su • Concluirá su patrimonio de acuerdo a
funcionamiento con la funcionamiento con la Ley
promoción estudiantes promoción estudiantes
Décima. Décima primera. Décima segunda.
•Institucionalización. • Escuelas de Frontera, •Planes y Programas
Deben adecuarse a los extrema pobreza e intersectoriales.
establecido en la presente inaccesibles. • Implementados a través
ley SEP.
35. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
DISPOSICIÓN ABROGATORIA
• Se abroga la Ley 1565 de Reforma Educativa y otras
disposiciones normativas contrarias a la presente Ley.
DISPOSICIONES FINALES
• Primera: Su implementación será de forma progresiva
• Segunda: La aplicación remunerativa del escalafón nacional
y los aspectos salariales del sector de la educación, se
ajustarán al marco de la política fiscal del Estado
Plurinacional de Bolivia.