Proponen la eliminación del Consejo de la Magistratura
Reforma laboral. general
1.
2. La reforma laboral y los recortes en la mayoría de
comunidades amenazan las condiciones laborales y el
empleo.
Es el inicio de la "cuenta atrás" para la desaparición de los
convenios colectivos por los convenios de empresa o, en caso
de no llegar a acuerdos, por la aplicación directa de las
condiciones laborales mínimas del estatuto de trabajadores (E.T.).
Las empresas pueden desvincularse del convenio colectivo
sectorial para negociar uno propio, individualizando las
condiciones de trabajo: descuelgue por imposición.
Pasados 2 años si no se ha firmado un nuevo convenio colectivo,
si no se renueva, éste deja de aplicarse, perdiéndose todos los
derechos conquistados. Nuestra regulación pasa a ser a partir de
ese momento el estatuto de los trabajadores y el salario el mínimo
interprofesional (641,40 euros/mes).
3. • El despido improcedente pasa a ser difícilmente
demostrable, pues las causas para el despido se amplían
de forma que la práctica totalidad de ellos serán
procedentes.
• Los despidos colectivos no necesitarán de la autoridad
laboral. Se acaba así con la posibilidad de negociar
alternativas o acuerdos para indemnizaciones superiores a
20 días por año.
• La indemnización por despido improcedente pasa de 45
días por año trabajado a 33 días con un tope de 24
mensualidades (antes eran 42).
• Se eliminan los salarios de tramitación
(mensualidades que el trabajador percibía desde la
comunicación de despido hasta la resolución judicial).
4. • El despido será objetivo cuando la empresa alegue
disminución del nivel de ingresos o rentas durante tres
trimestres consecutivos, además de por motivos
productivos, técnicos u organizativos. La indemnización es
de 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades.
• Se puede despedir por causas justificadas o bajas por
enfermedad si se supera un 20% de las jornadas hábiles
durante dos meses consecutivos o el 25% en 4 meses
discontinuos.
• El empresario puede a partir de ahora y de forma unilateral
aplicar la flexibilidad en cuanto a horarios, salarios y
tiempo de trabajo, así como ampliar las funciones con
una simple comunicación, sin dar más opciones que
aceptar o marcharse, en este caso con 20 días de
indemnización con un máximo de nueve meses.
5. • Discrimina a las personas en paro sin prestaciones.
• Las empresas se podrán beneficiar de una deducción
del equivalente al 50% de la prestación por
desempleo de los trabajadores en paro. Por ese motivo
las empresas elegirán a quienes estén cobrando el paro,
condenando a la exclusión social a las personas sin
prestaciones.
• Los parados que cobren prestación serán obligados a
realizar trabajos sociales.
• En los centros con menos de 50 trabajadores, se podrá
contratar y despedir antes de un año sin
indemnización alguna fruto de la modalidad de un
supuesto contrato indefinido para emprendedores, con
incentivos fiscales de 3000 euros de deducción de las
cotizaciones sociales.
6. • Con las ETTs se privatizan los servicios públicos,
autorizando a que puedan intermediar y gestionar las
políticas de empleo, generando discriminación y creando
un negocio privado con los parados y todo con el dinero
de nuestras cotizaciones a la seguridad social en materia
de formación profesional y desempleo.
• En los contratos a tiempo parcial, la reforma permite la
realización de horas extras en proporción a la jornada de
trabajo, lo que hasta ahora no sucedía.
• Se amplían las funciones y tareas a desempeñar,
eliminando las categorías profesionales por los
llamados grupos profesionales, donde se concretarán
las responsabilidades asignadas al trabajador. A
modificarse en el plazo de un año.
• Se podrán poner traslados geográficos,
flexibilizados por la desclasificación por categorías.
7. Estas, además de otras muchas medidas que
contempla la reforma, se verán agravadas con
los próximos presupuestos generales del
estado, que se presentarán a finales de mes,
en los que se contemplarán más medidas de
ajuste y recortes.
No podemos resignarnos y asistir impasibles
a la pérdida de derechos laborales y sociales
conseguidos durante décadas de lucha.
8. El próximo día 29 de marzo, CCOO, junto con
UGT hemos convocado Huelga General, como
respuesta a ataque excepcional sin precedentes
a los derechos conquistados en la etapa
democrática.
No a una reforma que precariza el empleo,
pone en peligro los derechos sociales y los
servicios públicos básicos, condena a los
jóvenes al paro y a la precariedad, penaliza a los
desempleados y desempleadas sin prestaciones
y daña gravemente la negociación colectiva.
9. Se pretende construir un nuevo tipo de Estado
para el que ya han levantado la primera pata.
Las otras irán viniendo. Ya se oyen voces por
ahí que dicen que quien quiera asistencia
sanitaria, que contrate un seguro médico o
quien quiera retirarse a una edad determinada,
que contrate un plan de pensiones…
¡No te resignes!
¡Movilízate!
No podemos dejar a nuestros hijos una
sociedad peor que la que recibimos.