Presentación de Pablo Martín e Inés gómez (ASEFAVE) en la primera jornada del "Foro de Formación y Prevención de Riesgos Laborales" sobre "Formación en Nuevas Soluciones Derivadas del Código Técnico de la Edificación: Aislamiento Acústico" en Expomatec 2011
CONSTRUCTION PROFESSIONAL CARD. Spanish Construction Sector by Enrique Corral
AISLAMIENTO ACÚSTICO EN VENTANAS
1. de 40 AISLAMIENTO ACÚSTICO EN VENTANAS FORMACIÓN EN NUEVAS SOLUCIONES DERIVADAS DEL CTE www.asefave.org
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4. EXIGENCIAS NORMATIVAS – CTE DB HR El objetivo del requisito básico de Protección frente al ruido del CTE consiste en limitar, dentro de los edificios y en condiciones normales de utilización, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido pueda producir a los usuarios como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento . Formación en nuevas soluciones derivadas del CTE Para ello, los edificios se proyectarán, construirán y mantendrán de tal forma que los elementos constructivos que conforman sus recintos tengan unas características acústicas adecuadas para reducir la transmisión del ruido aéreo, del ruido de impactos y del ruido y vibraciones de las instalaciones propias del edificio, y para limitar el ruido reverberante de los recintos.
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6. El valor del índice de ruido día, Ld, puede obtenerse en las administraciones competentes o mediante consulta de los mapas estratégicos de ruido. Formación en nuevas soluciones derivadas del CTE
8. Formación en nuevas soluciones derivadas del CTE Prestaciones acústicas – UNE EN 14351-1. Norma de producto de ventanas La atenuación acústica deberá ser determinada de acuerdo con la Norma Europea EN ISO 140-3 (método de referencia) o para tipos específicos de ventanas de acuerdo con el Anexo B. Los resultados del ensayo deberán ser evaluados de acuerdo con la Norma Europea EN ISO 717-1.
9. Formación en nuevas soluciones derivadas del CTE Prestaciones acústicas – UNE EN 14351-1. Norma de producto de ventanas La norma de producto de ventanas UNE EN 14351-1 , en su anexo B, permite asignar valores de aislamiento acústico a las ventanas. Son valores conservadores, obtenidos de resultados de ensayo, y que toman como referencia los valores de aislamiento de vidrios tabulados ( UNE EN 12758:2002 ). Para emplear estos datos la norma de producto establece los siguientes requisitos: - El procedimiento se aplica a ventanas sencillas fijas o practicables, (abisagradas superior / lateral / inferiormente, pivotantes o deslizantes), con unidades de vidrio aislante. - Aplicará a ventanas con unidad de vidrio aislante (el resultado de estas tablas no son aplicables si la ventana es de vidrio sencillo). - Se requiere que los sellados sean lisos, permanentemente flexibles, resistentes a la intemperie y fáciles de remplazar y al menos un sellado deberá ser continuo. - La permeabilidad al aire de la ventana deberá ser como mínimo clase 3 (será como mínimo clase 2 para ventanas deslizantes).
10. Formación en nuevas soluciones derivadas del CTE Prestaciones acústicas – UNE EN 14351-1. Norma de producto de ventanas Leyenda : Nota 1 .- Unidades de vidrio aislante. Espesor del vidrio/anchura cámara/espesor del vidrio expresados en mm. Nota 2.- Cámara comprendida entre 6 y 16 mm. (*) Número de sellados requerido: 1 para ventanas operables. (**) Número de sellados requeridos: 2 para ventanas operables. Valores acústicos tabulados para ventanas abatibles y oscilobatientes según la norma UNE EN 14351-1 (Fuente. Anexo B norma UNE EN 14351-1)
11. Formación en nuevas soluciones derivadas del CTE Prestaciones acústicas – UNE EN 14351-1. Norma de producto de ventanas Leyenda : Nota 1 .- Unidades de vidrio aislante. Espesor del vidrio/anchura cámara/espesor del vidrio expresados en mm. Nota 2.- Cámara comprendida entre 6 y 16 mm. (*) Número de sellados requerido: 1 para ventanas operables. (**) Número de sellados requeridos: 2 para ventanas operables. Valores acústicos tabulados para ventanas deslizantes según la norma UNE EN 14351-1 (Fuente. Anexo B norma UNE EN 14351-1)
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14. El marcado CE en la ventana Se trata únicamente de un marcado de seguridad que demuestra el cumplimiento de unos mínimos imprescindibles para poder comercializar los productos y estar presentes en el mercado europeo. Fecha de entrada en vigor del Marcado CE para ventanas : 1 de febrero de 2010 Para adecuarse a dicho marcado CE: Anexo ZA de la norma armonizada. Establece los sistemas de acreditación de la conformidad y asignación de tareas. Tareas a realizar (SISTEMA 3): ENSAYOS INCIALES DE TIPO + CONTROL DE PRODUCCIÓN EN FÁBRICA + ETIQUETADO Y DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD Formación en nuevas soluciones derivadas del CTE