3. Derechos del autor CONCEPTO Es una protección supone que todos los programas de ordenador dispongan de derechos morales y derechos de explotación -distribución, transformación, comunicación pública y reproducción-, y puedan ser licenciados en exclusiva o no. 3 Presentacion de las NTIC y su Legislación
4. DERECHOS DE AUTOR PATENTE Título de propiedad industrial que permite a su titular explotar su invención, fabricarla y ponerla a disposición del público -introducirla en el mercado-. Su mayor ventaja es que el titular del derecho puede excluir a otros -venta, fabricación, etc.- de la utilización de la patente, a no ser que pague los pertinentes royalties. Es un derecho inherente, irrenunciable e inalienable que corresponde al autor de una obra por el mero hecho de su creación. Es un derecho vigente durante toda la vida del autor y setenta años tras su muerte. No siendo necesario su registro para constituir derecho. 4 Presentacion de las NTIC y su Legislación
5. LICENCIAS DE SOFTWARE Contrato Licenciante Licenciatario PROGRAMA INFORMATICO 5 Presentacion de las NTIC y su Legislación
6. El ámbito geográfico de validez del contrato e incluso pueden establecer determinados compromisos del usuario final hacia el propietario La cesión de determinados derechos del propietario al usuario final sobre una o varias copias del programa informático, LICENCIAS DE SOFTWARE El plazo de cesión de los derechos Los límites en la responsabilidad por fallos 6 Presentacion de las NTIC y su Legislación
7. LICENCIA DE USUARIO FINAL En inglés EULA o EndUserLicenseAgreement, es una licencia por la cual el uso de un producto sólo está permitido para un único usuario (el comprador). En este tipo de contrato, el dueño de los derechos de un producto insta al usuario final de éste a que reconozca tener conocimiento de las restricciones de uso, de los derechos del autor (copyright), de las patentes, etc. y que acepte de conformidad. El conocimiento del contenido de los contratos es difícil antes de la compra del producto ya que las cajas de los productos raramente contienen una copia completa del mismo, dándose que el comprador en la mayor parte de las ocasiones conoce su contenido después de la compra. 7 Presentacion de las NTIC y su Legislación
8.
9. Este tipo de acuerdos son unilaterales pues el usuario no tiene más opción que aceptar o rechazar el contenido del mismo (en algunos países existen organizaciones de protección al consumidor que autorizan ciertas excepciones).8 Presentacion de las NTIC y su Legislación
10. Quedémonos pues con esto: el autor del software puede autorizar o limitar el uso, modificación y/o redistribución de su obra adscribiéndose a un determinado tipo de licencia. 9 Presentacion de las NTIC y su Legislación
13. Un ejemplo muy claro de este tipo es el software antivirus, estas compañías suelen permitir la descarga de sus productos de evaluación que sólo son válidos para un determinado número de días. Una vez superado el máximo, el programa se bloquea y es necesario comprar el producto si deseas seguir utilizándolo.11 Presentacion de las NTIC y su Legislación
14. FREEWARE Todo aquel programa que se distribuya gratuitamente, con ningún coste adicional. Una practica habitual de los creadores de software es desarrollar un programa bajo diferentes licencias. Suelen distribuir el programa con dos tipos distintos de licencias, una de estas licencias sería la Freeware, que es una versión gratuita y sin limitaciones pero que no incluye ciertas características que se incluyen en la versión Pro (normalmente se denominan asi) del programa. 12 Presentacion de las NTIC y su Legislación
15. OPEN SOURCE Aplicacionesque tienen su código fuente liberado. En general, los programas de código abierto suele ser libres. Aunque existen aplicaciones de código abierto que no son libres. Los programas que se distribuyen bajo la licencia Open Source son aquellos que ponen a disposición de la gente el código fuente del programa para que pueda ser estudiado, modificado y mejorado. En la actualidad tenemos 176 programas Open Sourcedisponibles. 13 Presentacion de las NTIC y su Legislación
16. PROTECCION DE DATOS La información relacionada con los individuos se conoce como “datos personales” y puede ser cualquier cosa que identifique a un individuo. Se usa en muchos aspectos de nuestra vida diaria, como la matrícula del gimnasio, la apertura de una cuenta bancaria o la compra de un billete de avión. Datos personales: Estos datos pueden ser usados para otros propósitos y compartidos con otras partes y, con los avances de los ordenadores y las bases de datos de Internet, pueden ser usados y movidos cada vez con más facilidad. 14 Presentacion de las NTIC y su Legislación
17. Por esta razón, la Unión Europea publicó la Directiva de Protección de Datos (95/46/EC) con la que se pretendía eliminar los obstáculos para el libre movimiento de los datos sin disminuir la protección de los datos personales. Los estados miembros tuvieron que cambiar su legislación nacional de acuerdo con las disposiciones de la directiva. La directiva de la Unión Europea requiere que cada estado miembro proporcione una autoridad de control. Una de las principales responsabilidades de esta autoridad es mantener un registro público actualizado, de modo que los ciudadanos tengan acceso a los nombres de los controladores de datos y al tipo de proceso que llevan a cabo. 15 Presentacion de las NTIC y su Legislación
19. CONTROLADOR DE DATOS … ¿? Los controladores de datos son aquellos que procesan datos en cualquier organización, ya sea un pequeña o mediana empresa, una multinacional o una comunidad de propietarios. En España, todos los archivos que contienen datos personales deben registrarse en la Agencia Española de Protección de Datos. En su página web pueden descargarse los formularios con los que realizar esos registros. 17 Presentacion de las NTIC y su Legislación