¿Cómo hacer los contratos de trabajo a empleados de Hogar?. La nueva Ley que incluye a los empleados de hogar en el regimen general de la Seguridad Social obliga a establecer un contrato entre las partes.
Cómo hacer el contrato de trabajo a un empleado de hogar
1. hogar 2012
Integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar al Régimen General de la Seguridad Social
Recomendaciones
¿Cómo hacer el contrato de trabajo a un
empleado de hogar?
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tocamos internet junio-2012
2. autoritas consulting, s.a
1 ¿Debe hacerse contrato?
‣ Según el articulo 4 del Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre: “1. El contrato de trabajo
podrá celebrarse por escrito o de palabra Deberá celebrarse por escrito cuando así lo exija una
disposición legal para una modalidad determinada. En todo caso, constarán por escrito los
contratos de duración determinada cuya duración sea igual o superior a cuatro semanas. 2. En
defecto de pacto escrito, el contrato de trabajo se presumirá concertado por tiempo indefinido y a
jornada completa cuando su duración sea superior a cuatro semanas, salvo prueba en contrario
que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios. 3. Cualquiera
de las partes podrá exigir que el contrato se formalice por escrito, incluso durante el transcurso
de la relación laboral.
Nuestra recomendación
‣ Ya que va a formalizar una relación laboral cumpliendo la Ley, nuestra recomendación es que
realice el contrato de trabajo por escrito, dejando bien claros los términos y condiciones en que
se establece la relación laboral entre empleador y empleado.
‣ En caso de que el contrato no conste por escrito, transcurridas cuatro semanas el contrato se
sobreentiende indefinido.
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2 Tipos de contratos
‣ El contrato puede ser a tiempo completo o a tiempo parcial.
‣ De duración indefinida o determinada
‣ En los de duración determinada puede ser por obra o servicio determinado, o bien de interinidad,
‣ En los de obra o servicio el tiempo no podrá ser superior a 3 años
‣ Los contratos de interinidad son para cubrir la baja de otra persona que ocupa ese puesto y la
duración la determina el tiempo que la otra persona esta de baja.
‣ Podrá establecerse un periodo de prueba no superior a 15 días.
duración determinada indefinido
tiempo completo tiempo parcial
obra o servicio interinidad 3
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3 Contenido de los contratos
Por ley los contratos deberán contener:
a. La identidad de las partes del contrato de trabajo.
b. La fecha de comienzo de la relación laboral y, en caso de que se trate de una relación laboral temporal, la duración
previsible de la misma.
c. El domicilio social de la empresa o, en su caso, el domicilio del empresario y el centro de trabajo donde el trabajador
preste sus servicios habitualmente. Cuando el trabajador preste sus servicios de forma habitual en diferentes centros
de trabajo o en centros de trabajo móviles o itinerantes se harán constar estas circunstancias.
d. La categoría o el grupo profesional del puesto de trabajo que desempeñe el trabajador o la caracterización o la
descripción resumida del mismo, en términos que permitan conocer con suficiente precisión el contenido específico
del trabajo.
e. La cuantía del salario base inicial y de los complementos salariales, así como la periodicidad de su pago.
f. La duración y la distribución de la jornada ordinaria de trabajo.
g. La duración de las vacaciones y, en su caso, las modalidades de atribución y de determinación de dichas vacaciones.
h. Los plazos de preaviso que, en su caso, estén obligados a respetar el empresario y el trabajador en el supuesto de
extinción del contrato o, si no es posible facilitar este dato en el momento de la entrega de la información, las
modalidades de determinación de dichos plazos de preaviso.
i. El convenio colectivo aplicable a la relación laboral, precisando los datos concretos que permitan su identificación
‣ a) Las prestaciones salariales en especie, cuando se haya convenido su existencia.
‣ b) La duración y distribución de los tiempos de presencia pactados, así como el sistema de retribución o
compensación de los mismos.
‣ c) El régimen de las pernoctas del empleado de hogar en el domicilio familiar, en su caso 4
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4 Los modelos de contrato
‣ La Seguridad Social facilita 2 contratos tipo para su cumplimentación (Indefinido - Mod. PE-171 - y por
tiempo determinado - Mod. PE-172 -). Esos contratos pueden localizarse en la pagina web de la
Seguridad Social.
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5 La indemnización
‣ Si el contrato es anterior al 31/12/2011 la indemnización es de 7 días de salario por año de servicio.
‣ Si el contrato es posterior al 1/1/2012 la indemnización es de 12 días de salario por año de servicio.
‣ ¿Cómo se calculan los días de indemnización?
‣ Cada hora de trabajo es un equivalente a 46 horas de trabajo anuales.
‣ Por cada mes de antigüedad, le corresponde 1 día de indemnización.
‣ Un año de trabajo son 1.840 horas de trabajo
‣ En la siguiente página puede verse el detalle necesario para la realización del cálculo.
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5b Cálculo de la indemnización
(antigüedad en meses) X (horas semanales de trabajo) X 46 *
X 8 X (precio hora) X
1840 12
* Si el contrato es anterior a 31/12/2011 el valor es 7, si es posterior a 1/1/2012 el valor es 12
** Cualquier antigüedad superior a 110 meses, siempre dará como resultado 110 meses, que es
el tope máximo de indemnización
Nuestra recomendación
‣ Le recomendamos que acceda a nuestra web www.hogar2012.es y que acceda al cálculo de la
indemnización, desde allí podrá realizar de forma sencilla el cálculo de la indemnización por
antigüedad que corresponde.
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