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PERFIL DE LOS MODELOS DE
GOBIERNO DE LAS
RADIOTELEVISIONES PÚBLICAS
José Ramón Narejos Gómez
(Universidad de Santiago de Compostela)
RESUMEN: Este artículo se realiza una identificación de las características de los
modelos de gobierno de las empresas públicas de radiodifusión en España. A partir de la
aplicación de nuevas normativas, las televisiones públicas han ajustado sus modelos de
gobierno, así como su naturaleza e independencia jurídica.
PALABRAS-CLAVE: Modelos de gobierno, televisiones públicas, radiodifusión,
consejo de administración, miembros, elección, mandato, presidencia, reajuste.
INTRODUCCIÓN
El presente informe tiene como objetivo identificar las propiedades que definen los
modelos de gobierno de los organismos públicos de radiodifusión en España. El
documento recoge las características que definen el perfil de los consejos de gobierno,
atendiendo a su composición, las formas de elección de los candidatos, la figura de la
presidencia y las distintas implicaciones que aportan los textos legislativos reguladores
de cada ente autonómico, añadiendo la Corporación Radio Televisión Española estatal.
El nuevo paradigma surge a partir de 2010, cuando la Ley General de Comunicación
Audiovisual (Ley 7/2010)1
, sustituye la normativa vigente regulada hasta entonces por
la Ley de la radio y la televisión de titularidad estatal (Ley 17/2006)2,
que derogaba las
disposiciones del antiguo Estatuto de RTVE (Ley 4/1980)3
y la Ley del tercer Canal
(Ley 46/1983)4
.
La creación de nuevos modelos de gobierno se acentúa a partir del año 2012 como
resultado de las políticas de austeridad de la administración pública y su forma de
aplicación en los órganos de gobierno de las radiotelevisiones. De esta forma, se elabora
este informe para dar a conocer las consecuencias de las reformas en las variables que
determinan el perfil de los consejos de gobierno del servicio público de comunicación.
METODOLOGÍA
Los resultados presentes en este artículo se han realizado conforme a una investigación
de las propiedades de cada modelo de gobierno, atendiendo a la normativa vigente para
cada ente de radiodifusión público y a información cualitativa referente a los órganos de
gobierno presente en la documentación indicada en las referencias bibliográficas.
Para la elaboración de los perfiles, se han registrado los siguientes parámetros por cada
modelo de gobierno: número de miembros, propuesta de candidatos, elección de los
consejeros, duración del mandato, elección de la figura de la Presidencia, reajustes del
consejo, año del reajuste y distribución por género.
Los datos obtenidos tras el reconocimiento de cada modelo han sido tratados para
conocer las variables básicas para la definición de cada perfil, así como la extracción de
resultados a nivel general. Como marco de referencia se han considerado objeto de
estudio el ERTVE de 1980 y la Ley del tercer Canal como antecedentes de la normativa
actual, regulada desde el año 2010 a partir de la Ley General de la Comunicación
Audiovisual. También se ha estudiado la información corporativa facilitada por cada
ente público de radiodifusión
Tras el tratamiento, comparativa y medición de los datos, se ha realizado una extracción
de resultados de carácter descriptivo. La exposición de los resultados se ha ajustado con
un diseño que facilite la clasificación y la comprensibilidad de los perfiles.
PERIODO Y MUESTRA
El periodo de la investigación está comprendido entre los meses de enero, febrero,
marzo, abril y mayo del presente año 2013. No obstante, los resultados son obtenidos de
textos normativos revisados hasta la conclusión del artículo, el 14 de Mayo de 2012.
Muestra: Se han obtenido resultados para elaborar un perfil de los órganos de gobierno
de catorce televisiones públicas. Trece son televisiones autonómicas, a las que se suma
la Corporación RTVE.
MODELOS DE GOBIERNO EN LOS ENTES PÚBLICOS DE
RADIODIFUSIÓN
Corporación Radio Televisión Española (RTVE)
La Corporación RTVE es el órgano público de
Radio Televisión Española encargado de
gestionar los servicios de radiodifusión en
España. Tanto su naturaleza jurídica original
como la que resulta de las siguientes
legislaciones son un marco jurídico de
referencia para el funcionamiento del resto de
radiotelevisiones autonómicas.
La administración y el gobierno de la Corporación RTVE corresponden al Consejo de
Administración, su presidente también preside la Corporación. El Consejo de
Administración se rige en base a la mencionada Ley General de Comunicación
Audiovisual y a la siguiente modificación de la misma con la aplicación del Real
Decreto-ley 15/2012, de 20 de abril, de modificación del régimen de administración de
la Corporación RTVE5
.
El nuevo régimen jurídico contempla que el Consejo de Administración se compone de
nueve miembros, reduciendo su número en tres respecto a la ley modificada, que
recogía que este Consejo estaba compuesto por doce miembros. La elección de los
mismos es llevada a cabo por las Cortes Generales, a razón de cinco por el Congreso de
los Diputados y cuatro por el Senado, requiriendo una mayoría de dos tercios de la
Cámara correspondiente. Así, el apartado 4 del artículo 11 de la presente ley recoge que
“El Congreso de los Diputados designará, de entre los nueve consejeros electos, al que
desempeñará el cargo de Presidente de la Corporación RTVE y del Consejo. Tal
designación requerirá una mayoría de dos tercios de la Cámara”. La elección del
presidente de la Corporación RTVE marcó el debate tras el cambio introducido por el
Real Decreto-ley 15/2012, por el que la figura de la Presidencia podría elegirse por
mayoría absoluta si transcurren veinticuatro horas y no se ha conseguido consenso de
dos tercios en la primera votación.
La duración del mandato de los consejeros queda recogida en la Ley17/2006 y no queda
modificada por el Real Decreto-ley 15/2012, de 20 de abril, de modificación del
régimen de administración de la Corporación RTVE, por lo que esta duración continúa
siendo de seis años.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA CORPORACIÓN RTVE
Leopoldo González-Echenique Castellanos de Ubao
María Luisa Ciriza Coscolin
Rosario López Miralles
Andrés Martín Velasco
Fernando Navarrete Porta
José Manuel Peñalosa Ruíz
Miguel Ángel Sacaluga Luengo
Oscar Pierre Prats
Teresa Aranguren Amezola
La Agencia Pública Empresarial de la Radio Televisión de
Andalucía (RTVA)
La Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) es
una Agencia Pública Empresarial perteneciente a
la Junta de Andalucía. Comenzó a emitir
en 1988, a partir de Canal Sur Radio, y el 28 de
febrero de 1989 a partir de la antena Canal Sur
Televisión.
Esta entidad queda definida y regulada por los parámetros introducidos por la Ley
18/20076
, de 17 de diciembre. A partir de esta ley la Empresa Pública de la Radio y
Televisión de Andalucía es ahora una Agencia Pública Empresarial. El Consejo de
Administración de RTVA queda reglamentado en los Artículos 14, 15, 16 y 17 del
documento. El Artículo 14 recoge la regulación sobre la composición y el
funcionamiento del consejo. En el texto se recoge que este consejo se compone de
quince miembros, atendiendo a una composición equilibrada en género.
El Artículo 15 trata la elección del Consejo, duración del mandato e incompatibilidades
en el mismo. Los miembros del Consejo de Administración son elegidos por el
Parlamento de Andalucía por una mayoría de tres quintos, a propuesta de los Grupos
Parlamentarios.
Este sistema de designación es el mismo para la elección de la Presidencia del Consejo.
El mandato de los Consejeros y Consejeras, así como de su Presidencia, tendrá una
duración de seis años.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN RTVA
D. José Moratalla Molina (Presidente)
D. Mateo Rísquez Madridejos (Vicepresidente)
Dña. Mª José Bayo Martín
Dña. Elena Blanco Castilla
Dña. Mercedes Gordillo Sánchez
Dña. Pilar Jimeno Llerena
Dña. Josefa Lucas de Prados
D. Jesús Mancha Cadenas
D. Jorge Moreno Osorio
Dña. Esperanza O´Neill Orueta
D. José Luis Rodríguez Domínguez
D. Francisco Rodríguez Martín
D. Antonio M. Ruiz Giménez
D. Álvaro Ángel Vega Cid
D. Juan de Dios Villanueva Generoso
La Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals (CCMA)
La Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals
(CCMA) es el ente público encargado de
gestionar el servicio de radiodifusión de la
Generalitat Catalana. Su naturaleza jurídica y
nombre actual obedecen a la Ley 11/20077
, del 11
de Octubre, y su reciente modificación a partir del
La Ley 2/20128
, por la que se modifican las leyes
anteriores con cambios estructurales de
racionalización de los órganos rectores del ente.
A partir de las modificaciones de 2012 la Corporación Catalana de Medios
Audiovisuales se compone de los siguientes órganos:
- El Consejo de Gobierno y presidente o presidenta
- El Consejo Asesor de Contenidos y Programación
En referencia a las modificaciones en el Consejo de Gobierno, atendemos al Capítulo III
de la Ley 2/2012, en el Artículo 12, que establece una nueva composición en el Consejo
de Gobierno, que pasa de componerse de diez consejeros a seis. El documento establece
que el Parlamento elige por mayoría de dos tercios a los candidatos, tras ser propuestos
por el Consejo del Audiovisual de Cataluña. El mandato de los consejeros mantiene la
regulación de la Ley 11/2007 donde se establece que debe tener una duración de seis
años. El Presidente o Presidenta del Consejo de Gobierno es elegido entre los seis
consejeros por el Parlamento por una mayoría de dos tercios.
CONSEJO DE GOBIERNO DE CCMA
Sr. Brauli Duart i Llinares (Presidente)
Sr. Xavier Guitart i Domènech
Sra. Núria Llorach i Boladeras
Sr. Antoni Pemán i Vicastillo
Sr. Armand Querol i Gasulla
Sr. Josep Vilar i Grèbol
El Ente Público Radio Televisión Madrid
El 30 de Junio de 1984 la Comunidad de Madrid, tras un
intenso debate entre los grupos que forman la Cámara, se
crea el Ente público mediante la Ley 13/19849
. El canal de
televisión autonómico llegó en 1987, acogiéndose a lo
dispuesto en la Ley del Tercer Canal.
Sobre la composición del Consejo de Administración el Ente madrileño se han recibido
críticas10
por parte de partidos políticos, en referencia a la existencia de 19 consejeros con una
plantilla de 300 trabajadores. Recientemente el Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid ha aprobado remitir a la Asamblea madrileña un proyecto de ley que reducirá a la mitad
el número de consejeros11
Actualmente el Consejo de Administración viene regulado por la Sección II, del Capítulo II de
la mencionada Ley 13/1984. En este documento se establece que el número de consejeros es
determinado por la Asamblea de Madrid en el inicio de cada legislatura. Actualmente se
compone de diecisiete miembros y tras la aprobación del proyecto de ley mencionado el número
de consejeros se igualaría con el de RTVE, reduciéndose a ocho.
Los candidatos son propuestos por los Grupos Parlamentarios y ratificados por el Pleno de la
Asamblea. “A tal fin, se dividirá el número de Parlamentarios de cada Grupo por el cociente
entero que resulte de dividir el número de miembros que integran la Cámara por el de
componentes del Consejo de Administración. Los cocientes enteros resultantes serán los que
determinen el número de miembros a designar por cada Grupo” (Ley 13/1984, de 30 de junio,
de creación, organización y control parlamentario del Ente Público de Radio Televisión Madrid)
La duración del mandato de los Consejeros estará acorde con la legislatura vigente. El
Presidente del Consejo de Administración, así como su Vicepresidente y Secretario, son
elegidos por los miembros del Consejo. El sistema de elección no queda reflejado en el
documento y se ajusta a la normativa estatal.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE TELEMADRID
Manuel Soriano
Arturo Moreno Garcerán
Rafael Rodríguez-Ponga
Jorge Rábago
Pilar Marcos
Cristina Losada
Ángel López del Pozo
Tomás Cuesta Franco
Elena Cerezo
Covadonga Fernández González
Eduardo Sotillos
Roberto Tornamira
Nicolás Rodríguez
Dolores Agudo
Silvia Gómez
Luis María González
Borja Goñi
Entidad Pública Radio Televisión Valenciana (RTVV)
Radiotelevisión Valenciana, S.A (RTVV) es la
empresa pública de la Generalitat Valenciana
encargada de gestionar los servicios de
radiodifusión en la Comunidad Valenciana. La
empresa se encuentra en una situación de
transición desde enero de 2012, cuando se anunció
un ERE que preveía el despido de 1295
trabajadores, de los 1700 totales de la plantilla12
.
Tras el periodo de transición marcado por el ERE en julio de 2012, RTVV reguló la estructura
de la entidad a partir de la Ley 3/201213
. A partir de este estatuto, RTVV pasa a ser Radio
Televisión Valenciana S.A, con una naturaleza jurídica de sociedad mercantil de titularidad
pública, con una gestión independiente de las administraciones vinculadas al Consell y la
Generalitat. Este estatuto plantea “hacer compatible la rentabilidad social y la viabilidad
económica en la prestación del servicio público de radiotelevisión” (Ley 3/2012, de 20 de julio,
de la Generalitat Valenciana, de Estatuto de Radiotelevisión Valenciana).
Este documento recoge en sus artículos 12 y 13 la composición y forma de elección que
asimilará el nuevo Consejo de Administración. Éste estará compuesto por nueve consejeros,
cuya cualificación profesional sea ratificada previamente. En este punto, el texto sí recoge
algunos requisitos para validar esta competencia profesional. La elección de los ocho consejeros
vocales vendrá dada por Les Corts, tras haberse realizado la propuesta por parte de los grupos
parlamentarios por mayoría de tres quintos. El mismo sistema de elección se utilizará para la
figura del Director General y Presidente del Consejo de Administración. El mandato de los
consejeros tendrá una duración de seis años, a partir del nombramiento de los mismos.
El pasado 28 de Marzo el Consell nombró a los nuevos miembros del Consejo de
Administración de Radio Televisión Valenciana S.A, elegidos desde el 4 de octubre de 2012,
suprimiendo totalmente el anterior Consejo y la dirección general.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE RTVV
Sra. Rosa Maria Vidal Monferrer (Presidenta)
Sr. Vicente Navarro de Luján
Sra. Arànzazu Calzada González
Sr. Lázaro Marín Navarro‐Soto
Sra. Estela Bernad Monferrer
Sra. Consuelo Miralles Gregori
Sra. Rosa Solbes López
Sr. Rafael Xambó Olmos
Sr. Manuel Salvador Jardí
Compañía de Radio Televisión de Galicia (RTVG)
Esta compañía está compuesta por Televisión de
Galicia, S.A. y Radio Galega, S.A. Comienza su
andadura en 1985 con las primeras emisiones de
radiodifusión en idioma gallego, contribuyendo de
forma eficaz a la normalización de la lengua y la
cultura de Galicia.
Su nacimiento y régimen queda recogido en la Ley 9/1984, de 11 de julio14
, hasta su
pérdida de vigencia en diciembre de 2011, cuando se redacta y comienza la vigencia de
un nuevo texto normativo, la Ley 9/2011, de 9 de noviembre, de los medios públicos de
comunicación audiovisual de Galicia15
El Consejo de Administración de RTVG espera una reducción a partir de la aplicación
de la nueva ley, pasando de componerse de doce miembros a siete. El texto establece
que los candidatos serán propuestos por los grupos parlamentarios y elegidos por el
Parlamento de Galicia para su nombramiento por la junta general de accionistas. La
duración del mandato será de cinco años. El Artículo 15 está detalla los criterios de
selección de los candidatos.
La reducción y el nombramiento de los miembros del Consejo de Administración
especificados en la Ley 9/2011 no se ha llevado a cabo. En la actualidad, el Consejo de
Administración de CRTVG se compone de doce miembros.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE RTVG
María Bastida Domínguez (PP)
Xosé Luís Iravedra Lestal (PP)
Luis de la Matta Cantó (PP)
Arturo Maneiro Vila (PP)
Higinio Meijide Gómez (PP)
Ana Isabel Peón Piñeiro (PP)
Juan Carlos Araújo Rodríguez (PSdeG-PSOE)
Roberto Cid González (PSdeG-PSOE)
Adriana Fernández Vázquez (PSdeG-PSOE)
Carlos Alberto Rodríguez Calvo (PSdeG-PSOE)
Xosé Manuel Mexuto (BNG)
Montserrat Prado Cores (BNG)
Euskal Irrati Telebista (EiTB)
Euskal Irrati Telebista (EiTB) es un ente
público, de derecho privado, dependiente del
Departamento de Cultura del Gobierno
Vasco. El ente fue fundado en 1982 y
actualmente se compone de cinco cadenas de
televisión, cinco radios y un sitio web que
constituyen las empresas encargadas de la
gestión la Radio Televisión Vasca.
El Parlamento Vasco aprobó este servicio de radiodifusión el 20 de Mayo de 1982 con
la Ley 5/198216
, por la que se crea el Ente Público “Radio Televisión Vasca”. Esta
normativa contemplaba que el Consejo de Administración del ente estaría compuesto
por quince miembros. En la actualidad, el órgano de gobierno de EiTB se rige,
atendiendo a su composición, por la Ley 8/199817
que modifica la ley anterior, y
establece que órgano estará formado por diecinueve miembros, designados por el
Parlamento Vasco. El nuevo texto establece que, de los diecinueve miembros del
Consejo, quince serán resultado de la propuesta de los grupos parlamentarios, mientras
que los cuatro restantes serán resultado de las personas que sean propuestas en la Mesa
del Parlamento por cinco entidades o asociaciones: la Real Academia de la Lengua
Vasca, la Sociedad de Estudios Vascos, la Real Sociedad Bascongada de Amigos del
País, la Universidad del País Vasco y los sindicatos representativos de la Comunidad
Autónoma del País Vasco. Además, el texto determina que esta designación requiere el
acuerdo de dos tercios de los votos. La duración del mandato continúa
correspondiéndose con el periodo de una legislatura.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL GRUPO EiTB
Adolfo Arejita Oñarte-Etxebarria (Euskaltzaindia)
Beatriz Narbaiza Amillategi (EH Bildu)
Edorta Arana (LAB)
Gorka Angulo (PP)
Iñigo Iturrate Ibarra (EAJ-PNV)
Karmelo Landa (EH Bildu)
Manuel Allende Arias (EAJ-PNV)
Nerea Llanos (PP)
Tontxu Campos (EH Bildu)
Xabier Barandiaran Irastorza (EAJ-PNV)
Alma Fernández (PSE-EE)
Carlos Gorostiza (PSE-EE)
Elixabete Piñol Olaeta (EAJ-PNV)
Iñaki García Arrizabalaga (Unión de Consumidores de Euskadi)
Juan José Baños Loinaz (EAJ-PNV)
Luke Uribe-Etxebarria Apalategi (EAJ-PNV)
Mikel Unzalu (PSE-EE)
Rosa Miren Pagola Eusko Ikaskuntza
Txema Ramírez de la Piscina MartínezEH Bildu
Radio Televisión Canaria (RTVC)
Radio Televisión Canaria (RTVC) es el ente
público encargado de gestionar el servicio
público de radiodifusión de la Comunidad
Autónoma de Canarias. En 1984 se consolida su
creación a partir de la Ley 8/198418
, por la que se
crea el organismo de Radiodifusión y Televisión
en la Comunidad Autónoma de Canarias.
El Consejo de Administración de RTVC está regulado por la mencionada ley de
creación del ente aplicada en 1984. Este documento se vio sujeto a modificaciones en el
apartado 3 del Artículo 6, referente a las incompatibilidades de los consejeros, tras ser
declarado inconstitucional por la Sentencia del 5 de Octubre, del Tribunal
Constitucional19
que resuelve el recurso de inconstitucionalidad 222/1985.
El número de miembros que compone actualmente el Consejo de Administración de
RTVC es de siete miembros. La reducción de un consejero respecto a lo que marca la
Ley/8/1984 vendrá dada por una modificación de dicha ley que, a fecha de la
elaboración de esta publicación, no ha sido aprobada.
La elección de los miembros del Consejo será resultado de la designación del
Parlamento de Canarias por el voto de dos tercios de la Cámara. La duración del
mandato de los mismos estará acorde con el periodo de cada legislatura. La normativa
presenta una diferencia atendiendo a la figura de la Presidencia, que tiene un carácter
formal y será ejercida de forma rotativa por los consejeros cada seis meses.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE RTVC
José Manuel Bermúdez Esparza (CC)
Marcos Brito Gutiérrez (CC)
Miguel A. Guerra García de Celis (CC)
Honorio Nicolás García-Bravo Betancor (CC)
Luis Larry Alvarez Cardero (PP)
Joaquín Ucelay Ruiz (PP)
Manuel González Alvarez (PSOE)
Ente Público Radio Televisión de Castilla La Mancha
(RTVCM)
RTVCM nace en el año 2000 como un proyecto
audiovisual para ofrecer un servicio público de
radiodifusión que contribuya a la articulación
social de Castilla La Mancha. El ente se compone
de dos sociedades anónimas de titularidad pública:
Castilla-La Mancha Televisión (CMT) y Radio
Castilla (RCM).
El 1 de Junio del año 2000 las Cortes de Castilla La Mancha aprobaron la Ley 3/200020
,
por la que se crea el Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha. El
Consejo de Administración de RTVCM queda regulado en los artículos 4,5 y 6 de la
presente ley, que reglamenta la composición del Consejo con un total de trece
miembros, los cuales serán elegidos por el Pleno de las Cortes de Castilla La Mancha de
la misma forma que la normativa estatal, lo que se entiende como un sistema de mayoría
de dos tercios. Los miembros elegidos serán nombrados por el Consejo de Gobierno y la
duración de su mandato se corresponderá con el periodo de la legislatura.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE RTVCM
Doña María del Carmen Martín Abellán.
Don Luis Maldonado Fernández de Tejada.
Doña Rosario Miranzo Díez.
Don Pedro Esteso Carnicero.
Don José Montalvo Garrido.
Doña María Teresa Sánchez Rubira.
Doña Esmeralda Muñoz.
Don Patrocinio Gómez Córcoles.
Doña Miguel Nieto González.
Doña María Belén Pontero Pastor.
Don José Francisco Rivas Cid.
Don José María Toledo Díaz.
Don Manuel Antonio Mirón.
Radiotelevisión de la Región de Murcia (RTRM)
RTRM es la entidad de derecho público que gestiona
el servicio de radiodifusión en la Comunidad
Autónoma de Murcia. Nace el 1 de Enero de 2005 con
la entrada en vigor de la Ley 9/200421
, documento que
regula la creación del ente. Esta empresa cambió su
naturaleza a sociedad mercantil a partir de la Ley
10/2012, de 5 de diciembre, de modificación de la Ley
9/2004, de 29 de diciembre, de creación de la empresa
pública regional Radiotelevisión de la Región de
Murcia.
El Consejo de Administración de RTRM lo componen nueve miembros, elegidos por
la Asamblea Regional de Murcia, a propuesta de los grupos parlamentarios, con una
proporción basada en la representación parlamentaria. La duración del mandato
corresponde a la duración de una legislatura.
La Presidencia del Consejo es ejercida por los miembros del mismo de forma
rotatoria cada tres meses, siguiendo un orden alfabético.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE RTRM
D. Adolfo Baturone Santiago
D. David Conesa Ferrer
D. Juan José Martínez Navarro
D. Pedro Rivera Barrachina
D. Juan Ramírez Soto
Dña. María del Carmen Vigueras Pallarés
D. José María Ortega González
Dña. Piedad Alarcón García
D. Blas Pedro José Navarro Ibáñez
Corporación Aragonesa de Radio y Televisión (CARTV)
CARTV es el servicio público de radiodifusión de la
Comunidad Autónoma de Aragón que busca facilitar el
derecho a la información y contribuir a la vertebración
social y la identidad autonómica de los aragoneses. El 15
de Abril de 1987 se aprueba la Ley 8/198722
, de creación
de la CARTV.
El Consejo de Administración de CARTV está compuesto por diecinueve miembros
elegidos por el Pleno de las Cortes de Aragón con un sistema de voto de mayoría de dos
tercios. La duración del mandato es la misma que la legislatura, pues el nombramiento
de los consejeros se realiza en los seis primeros meses de la misma. La Presidencia del
Consejo tiene un carácter funcional y será ejercida de forma rotativa por los consejeros
de forma trimestral, en orden cronológico, iniciando el ejercicio el consejero de más
edad.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE CARTV
Don Ignacio Palazón Español (presidente).
Don Martín Llanas Gaspar (vicepresidente).
Don Eduardo Sánchez Salcedo (secretario).
Doña Carmen Pilar Anglés Jiménez.
Don Juan Antonio Foncillas Cequier.
Don Fernando Guillén Pérez.
Don Fernando Ledesma Gelas.
Don Francisco Javier Osés Zapata.
Don José Luis Alvir Martínez
Don Ramiro Antonio Revestido Vispe.
Don José Pedro Sierra Cebollero.
Doña María Jesús Asensio Albajar.
Don José María Becana Sanahuja.
Don Valero Benavente Beamonte.
Doña María Dolores Campos Palacio.
Don Vicente Guillén Izquierdo.
Don Hugo Miquele Vela.
Doña Josefina Musulén Jiménez.
Don Juan Colom Beltrán.
Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias
(RTPA)
Con el objetivo de convertirse en un reflejo de la
identidad asturiana a partir del ejercicio de las
funciones en el ámbito de radiodifusión de la
Comunidad Autonómica de Asturias. RTPA se
compone de las sociedades Televisión del Principado
de Asturias S.A. (TPA S.A.) y Radio del Principado
de Asturias S.A. (RPA S.A.). RTPA nace el 24 de
Marzo del 2003 con la Ley de Medios de
Comunicación Social del Principado de Asturias23
.
La ley de creación del ente regula la composición del Consejo Administración de RTPA
con un número de quince miembros, elegidos por la Junta General del Principado de
Asturias, a propuesta de los grupos parlamentarios, por una mayoría de voto de dos
tercios, con duración de mandato correspondiente a la legislatura.
Actualmente, el Consejo de Administración de RTPA se compone de doce miembros,
tras la renuncia, en noviembre de 2012, de los tres puestos que correspondían al Partido
Popular24
, según informa el diario El Comercio, la renuncia obedece a la negativa de los
grupos de aceptar la propuesta del Partido Popular de reducir el número de consejeros a
nueve. La Presidencia del Consejo tiene un carácter funcional y será ejercida de forma
rotativa por los consejeros de RTPA de forma semestral, con la mayor edad como
criterio de inicio.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE RTPA
D. José Amado Mallada Álvarez
D. Jesús Landeira Álvarez-Cascos
Dña. Dulce Gallego Canteli
Dña. Mª Elena Díaz Palacios
D. José Antonio Alonso García
Dña. Monserrat Álvarez Areces
D. Juan Vega Alonso
D. Félix Fernández Rodríguez
D. José Manuel Fernández Lavandera
D. Adrián Lagar Menéndez
D. Vicente González Bernaldo de Quirós
Dña. María del Carmen Barros Abarrio
Ente Público de Radiotelevisió de las Illes Balears (EPRTVIB)
Es el servicio público de radiodifusión de las
Islas Baleares administrado mediante las
empresas públicas Televisió de les Illes Balears,
SA (IB3 Televisió) i Ràdio de les Illes Balears,
SA (IB3 Ràdio). Aunque la creación del ente se
aprobó en 1985, su regulación actual se concreta
en la Ley 15/2010, de 22 de diciembre, del Ente
Público de Radiotelevisión de las Illes Balears25
,
con la correspondiente modificación tras el
Decreto-ley 2/2011, de 29 de julio26
.
El órgano de gobierno del ente recibe el nombre de Consell de Direcció y queda
regulado por la segunda sección de la Ley 15/2010. Esta fija que la composición de este
órgano será de nueve miembros, elegidos por el Parlamento de las Islas Baleares con
una mayoría de voto de dos tercios. La duración del mandato será de seis años. El cargo
de dirección del consejo se corresponde con el de la dirección del ente y será elegido de
la misma forma que se establece para los miembros del Consell de Direcció.
CONSELL DE DIRECCIÓ DE EPRTVIB
Sr. José Manuel Ruiz
Sr. Josep Maria Codony
Sr. Onofre Martorell
Sr. Antoni Alcover
Sr. Pedro Orfila
Sra. Nuria Ferrer
Sr. Francisco Ferrer
Sra. Maria Antonia Puigros
Sra. Margalida Alemany
Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales (CEXMA)
CEXMA fue creada en el año 2000 y es el
organismo público de radiodifusión de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. Es la
única televisión pública autonómica que no
pertenece a la Federación de organismos de
radiotelevisión autonómicos (FORTA) por
decisión de la Corporación.
La normativa que regula su creación, la Ley 4/2000, de 16 de noviembre27
, fue derogada
y la actual regulación del ente queda prevista en la Ley 3/200828
, que rige actualmente
al ente y establece que el Consejo de Administración de CEXMA se compone de nueve
miembros que son elegidos por la Asamblea de Extremadura, a propuesta de los grupos
parlamentarios. Cada grupo parlamentario cuenta con, al menos, un miembro de
representación en el Consejo. La elección se lleva a cabo por una mayoría de voto de
dos tercios y la duración del mandato se corresponde con el periodo de la legislatura.
La figura de la Presidencia del Consejo será ejercida por un miembro de este órgano de
gobierno tras una votación que requiere mayoría absoluta. El periodo de mandato de la
Presidencia es de cuatro años.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE CEXMA
D. Joaquín Antonio Paredes Diéguez
Dª. Pilar Blanco Morales Limones
D. José Pérez Garrido
D. Valentín Pacheco Polo
D. José Mª Casares Sánchez
D. Bernardino Píriz Antón
D. José Luis Lucas Rodríguez
Dª. Cristina Blazquez
Dª. Lucía Martín Domínguez
RESULTADOS
Tabla de resultados
Ente MIEMBROS PROPUESTA
ELECCIÓN
(voto)
MANDATO
PRESIDENCIA
(voto)
REAJUSTE
(AÑO)
RTVE 9
Cámara Baja (5)
Cámara Alta (4)
Cortes
Generales
(2/3)
6 años
Cámara Baja
(2/3)
-3 (2012)
RTVA 15 Grupos Parlanentarios
Parlamento
3/5
6 años
Parlamento
(3/5)
CCMA 6 CAC
Parlamento
(2/3)
6 años
Parlamento
(2/3)
-4 (2012)
TeleMadrid 17 Grupos Parlamentarios
Asamblea de
Madrid
Legislatura Consejo (2/3) -9 *
RTVV 9 Grupos Parlamentarios
Les Corts
3/5
6 años Les Corts (3/5) -2 (2012)
RTVG 12 Grupos Parlamentarios
Parlamento
(2/3)
5 años
Rotatoria
semestral
-5 *
EiTB 19
GP (15)
Entidades (4)
Parlamento
(2/3)
Legislatura
Rotatoria
mensual
+4 (1998)
RTVC 7 Grupos Parlamentarios
Parlamento
Canario
(2/3)
Legislatura
Rotatoria
semestral
-1 *
RTVCM 13 Grupos Parlamentarios
Parlamento
(2/3)
Legislatura
Rotatoria
pentamestral
RTRM 9 Grupos Parlamentarios
Asamblea
Regional de
Murcia (2/3)
Legislatura
Rotatoria
trimestral
CARTV 19 Grupos Parlamentarios
Pleno Cortes
de Aragón
(2/3)
Legislatura
Rotatoria
trimestral
RTPA 12 Grupos Parlamentarios
Junta
General
Principado
Asturias
(2/3)
Legislatura
Rotatoria
semestral
-3 (2012)
EPRTVIB 9 Grupos Parlamentarios
Parlamento
Illes Balears
(2/3)
6 años
Parlamento Illes
Balears 2/3
CEXMA 9 Grupos Parlamentarios
Asamblea de
Extremadura
(2/3)
Legislatura
Asamblea de
Extremadura
Mayoría
absoluta
2/3 3/5
Nº de consejeros
Total: 165
Media: 12
Máximo: 19
Mínimo 6
Rango: 14
Moda: 9
Propuesta de candidatos al Consejo
11 radiotelevisiones proponen a los consejeros a través de los grupos parlamentarios,
modelo de designación formal parlamentaria.
En RTVE son propuestos por las Cortes Generales, cinco por parte del Congreso de los
Diputados y cuatro por parte del Senado.
En CCMA son propuestos por el Consell de l’Audiovisual de Catalunya (CAC)
En EiTB los grupos parlamentarios proponen quince candidatos y otros cuatro son propuestos
por las entidades y asociaciones:
Real Academia de la Lengua Vasca
Sociedad de Estudios Vascos
Real Sociedad Bascongada de Amigos del País
Universidad del País Vasco
Sindicatos representativos del País Vasco
Elección de los consejeros
12 radiotelevisiones por mayoría de voto de 2/3
RTVA y RTVV emplean una mayoría de voto de 3/5
Duración del mandato
Reajustes
8 radiotelevisiones han reajustado o planteado el ajuste de su Consejo de
Administración y 6 radiotelevisiones mantienen el número de consejeros.
En el año 2012 se ha reducido un total de 12 consejeros, con media de 3 por cada
radiotelevisión.
A fecha de realización del estudio, está prevista la reducción de un total de 15
consejeros en tres radiotelevisiones (TeleMadrid, RTVG y RTVC).
Elección de la Presidencia
0
2
4
6
8
10
Legislatura Cinco años Seis años
0
0,5
1
1,5
2
2,5
3
Durante Legislatura (8)
Seis años (5)
Cinco años (1)
Distribución por género
6 radiotelevisiones (RTVE, RTVA, RTVG, RTVCM, RTPA y CEXMA) señalan en
su legislación una distribución del Consejo equilibrada en género.
En términos totales, de los 165 consejeros totales, 41 son mujeres, representando
así menos de un 25%
DISCUSIÓN Y CONCLUSIONES
Sobre los modelos de gobierno de los entes públicos de radiodifusión, los resultados
muestran los parámetros similares a las modificaciones legales concretadas en la Ley
General de Comunicación Audiovisual (LEY 7/2010). La organización y el
funcionamiento de las televisiones autonómicas habían funcionado hasta entonces como
una reproducción de las disposiciones recogidas en la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la
radio y la televisión de titularidad estatal, cuya normativa referente a los órganos de
gobierno se remitía, en parte, a lo dispuesto en el Estatuto de Radio Televisión Española
de 1980. La nueva naturaleza jurídica de las radiotelevisiones públicas marcada en 2010
por la Ley General de Comunicación Audiovisual funciona como una clara referencia
en la conversión a entidades de derecho público con carácter mercantil y en las
disposiciones referentes al órgano de gobierno.
La reducción de consejeros en los órganos de gobierno tiene como punto de partida las
modificaciones planteadas en 2010 y la composición del Consejo por nueve miembros
es la que más se repite en las radiotelevisiones reguladas en los últimos tres años. Sin
embargo, el año 2012 ha sido el periodo con más modificaciones en lo que se refiere a
la composición del órgano de gobierno. Sobre la elección de los miembros continúa
establecida una designación formal de la dinámica parlamentaria, por lo que los
modelos de gobierno reproducen la composición del parlamento estatal o su
correspondiente cámara autonómica, manteniendo mayoritariamente una mayoría de
voto de dos tercios, exceptuando dos casos de RTVA y RTVV (tres quintos).
Hombres
Mujeres
Sobre el proceso de propuesta de candidatos existen dos funcionamientos que destacan
por la introducción de entidades de ámbito alejado al parlamentario. Es el caso de la
CCMA, cuyos candidatos a consejeros son propuestos por el Consell de l’Audiovisual
de Catalunya (CAC), y el caso de EiTB, que incluye en su órgano de gobierno cuatro
consejeros propuestos por las mencionadas entidades y asociaciones del País Vasco.
La figura de la Presidencia adquiere otro carácter a partir de las últimas
radiotelevisiones que se integran en el panorama audiovisual autonómico, la mayoría de
las cuales han optado por una Presidencia de carácter formal, ejercida de forma rotatoria
por los miembros del órgano de gobierno. La elección del presidente de la Corporación
RTVE marcó el debate tras el cambio introducido por el Real Decreto-ley 15/2012, por
el que la figura de la Presidencia, si no llega a un voto de dos tercios de la cámara en
veinticuatro horas, basta con un voto por mayoría absoluta para la elección del
Presidente, una mayoría ejercida por el Partido Popular en el Gobierno.
Existe un contraste sobre los criterios de género la elección de consejeros, pues seis de
las catorce radiotelevisiones contemplan paridad de género, pero en el conjunto de
modelos de gobierno el porcentaje de mujeres es menor a un 25%.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
1. LEY 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
- Accedido el 14-05-2013 en: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-5292
2. LEY 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal.
- Accedido el 14-05-2013 en: http://www.boe.es/boe/dias/2006/06/06/pdfs/A21207-21218.pdf
3. LEY 4/1980, de 10 de enero, de Estatuto de la Radio y la Televisión.
Accedido el 14-05-2013 en: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Derogadas/r1-l4-
1980.html
4. LEY 46/1983, de 26 de diciembre, reguladora del tercer canal de televisión.
- Accedido el 14-05-2013 en: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1984-250
5. Real Decreto-ley 15/2012, de 20 de abril, de modificación del régimen de
administración de la Corporación RTVE, previsto en la Ley 17/2006, de 5 de
junio.
- Accedido el 14-05-2013 en: http://www.boe.es/boe/dias/2012/04/21/pdfs/BOE-A-2012-
5338.pdf
6. LEY 18/2007, de 17 de diciembre, de la radio y televisión de titularidad
autonómica gestionada por la Agencia Pública Empresarial de la Radio y
Televisión de Andalucía (RTVA) Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Sevilla, España,
7. LEY 11/2007, de 11 de octubre, de la Corporación Catalana de Medios
Audiovisuales.
8. LEY 2/2012, de 22 de febrero, de modificación de varias leyes en materia
audiovisual
9. LEY 13/1984, de 30 de junio, de creación, organización y control parlamentario
del Ente Público de "Radio Televisión Madrid"
10. Nuevatribuna.es (2013, 9 de Enero) IU reclama la reducción del Consejo de
Administración de Telemadrid. Nueva Tribuna. Recuperado de:
http://www.nuevatribuna.es/articulo/espana/iu-reclama-la-reduccion-del-consejo-de-
telemadrid/20130109134304086445.html
11. Efe (2013, 30 de Abril) El consejo de Telemadrid reducirá sus miembros a la mitad. El
Economista, Recuperado de:
http://ecoteuve.eleconomista.es/ecoteuve/television/noticias/4789843/04/13/El-consejo-
de-administracion-de-Telemadrid-reducira-sus-miembros-a-la-mitad.html)
12. Simón, F. / Ferrandis, J. (2012, 10 de Enero) Canal 9 anuncia un ERE que puede
afectar a dos tercios de sus 1.800 trabajadores. El País. Recuperado de:
http://elpais.com/diario/2012/01/10/espana/1326150004_850215.html
13. Ley 3/2012, de 20 de julio, de la Generalitat Valenciana, de Estatuto de Radiotelevisión
Valenciana
14. Ley 9/1984, de 11 de julio, de creación de la Compañía de Radio-Televisión de
Galicia
15. Ley 9/2011, de 9 de noviembre, de los medios públicos de comunicación
audiovisual de Galicia
16. Ley 5/1982, de 20 de Mayo, de creación del Ente Público “Radio Televisión
Vasca”
17. Ley 8/1998, de 27 de marzo, de modificación de la Ley de creación del Ente
Público «Radio Televisión Vasca»
18. Ley 8/1984, de 11 de diciembre, de Radiodifusión y Televisión en la Comunidad
Autónoma de Canarias
19. Ley 4/1990, de 22 de febrero, de modificación de la Ley 8/1984, de 11 de
diciembre, de Radiodifusión y Televisión en la Comunidad Autónoma de
Canarias
20. Ley 3/2000, de 26-05-2000, de Creación del Ente Público de Radio-Televisión
de Castilla-La Mancha
21. Ley 9/2004, de 29 de diciembre, sobre Creación de la Empresa Pública Regional
Radio Televisión de la Región de Murcia
22. Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de
la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión
23. Ley del Principado de Asturias 2/2003, de 17 de marzo, de Medios de
Comunicación Social
24. A.S. (2012, 14 de Noviembre). El Comercio. Recuperado de:
http://www.elcomercio.es/v/20121114/politica/consejo-rtpa-pasa-miembros-
20121114.html
25. Ley 15/2010, de 22 de diciembre, del Ente Público de Radiotelevisión de las
Illes Balears
26. Decreto-ley 2/2011, de 29 de julio, de modificación de la Ley 15/2010, de 22 de
diciembre, del ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears
27. Ley 4/2000, de 16 de noviembre, por la que se crea la empresa pública
Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales
28. Ley 3/2008, de 16 de junio, reguladora de la Empresa Pública “Corporación
Extremeña de Medios Audiovisuales”

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  • 1. PERFIL DE LOS MODELOS DE GOBIERNO DE LAS RADIOTELEVISIONES PÚBLICAS José Ramón Narejos Gómez (Universidad de Santiago de Compostela) RESUMEN: Este artículo se realiza una identificación de las características de los modelos de gobierno de las empresas públicas de radiodifusión en España. A partir de la aplicación de nuevas normativas, las televisiones públicas han ajustado sus modelos de gobierno, así como su naturaleza e independencia jurídica. PALABRAS-CLAVE: Modelos de gobierno, televisiones públicas, radiodifusión, consejo de administración, miembros, elección, mandato, presidencia, reajuste. INTRODUCCIÓN El presente informe tiene como objetivo identificar las propiedades que definen los modelos de gobierno de los organismos públicos de radiodifusión en España. El documento recoge las características que definen el perfil de los consejos de gobierno, atendiendo a su composición, las formas de elección de los candidatos, la figura de la presidencia y las distintas implicaciones que aportan los textos legislativos reguladores de cada ente autonómico, añadiendo la Corporación Radio Televisión Española estatal. El nuevo paradigma surge a partir de 2010, cuando la Ley General de Comunicación Audiovisual (Ley 7/2010)1 , sustituye la normativa vigente regulada hasta entonces por la Ley de la radio y la televisión de titularidad estatal (Ley 17/2006)2, que derogaba las disposiciones del antiguo Estatuto de RTVE (Ley 4/1980)3 y la Ley del tercer Canal (Ley 46/1983)4 . La creación de nuevos modelos de gobierno se acentúa a partir del año 2012 como resultado de las políticas de austeridad de la administración pública y su forma de aplicación en los órganos de gobierno de las radiotelevisiones. De esta forma, se elabora este informe para dar a conocer las consecuencias de las reformas en las variables que determinan el perfil de los consejos de gobierno del servicio público de comunicación.
  • 2. METODOLOGÍA Los resultados presentes en este artículo se han realizado conforme a una investigación de las propiedades de cada modelo de gobierno, atendiendo a la normativa vigente para cada ente de radiodifusión público y a información cualitativa referente a los órganos de gobierno presente en la documentación indicada en las referencias bibliográficas. Para la elaboración de los perfiles, se han registrado los siguientes parámetros por cada modelo de gobierno: número de miembros, propuesta de candidatos, elección de los consejeros, duración del mandato, elección de la figura de la Presidencia, reajustes del consejo, año del reajuste y distribución por género. Los datos obtenidos tras el reconocimiento de cada modelo han sido tratados para conocer las variables básicas para la definición de cada perfil, así como la extracción de resultados a nivel general. Como marco de referencia se han considerado objeto de estudio el ERTVE de 1980 y la Ley del tercer Canal como antecedentes de la normativa actual, regulada desde el año 2010 a partir de la Ley General de la Comunicación Audiovisual. También se ha estudiado la información corporativa facilitada por cada ente público de radiodifusión Tras el tratamiento, comparativa y medición de los datos, se ha realizado una extracción de resultados de carácter descriptivo. La exposición de los resultados se ha ajustado con un diseño que facilite la clasificación y la comprensibilidad de los perfiles. PERIODO Y MUESTRA El periodo de la investigación está comprendido entre los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo del presente año 2013. No obstante, los resultados son obtenidos de textos normativos revisados hasta la conclusión del artículo, el 14 de Mayo de 2012. Muestra: Se han obtenido resultados para elaborar un perfil de los órganos de gobierno de catorce televisiones públicas. Trece son televisiones autonómicas, a las que se suma la Corporación RTVE.
  • 3. MODELOS DE GOBIERNO EN LOS ENTES PÚBLICOS DE RADIODIFUSIÓN Corporación Radio Televisión Española (RTVE) La Corporación RTVE es el órgano público de Radio Televisión Española encargado de gestionar los servicios de radiodifusión en España. Tanto su naturaleza jurídica original como la que resulta de las siguientes legislaciones son un marco jurídico de referencia para el funcionamiento del resto de radiotelevisiones autonómicas. La administración y el gobierno de la Corporación RTVE corresponden al Consejo de Administración, su presidente también preside la Corporación. El Consejo de Administración se rige en base a la mencionada Ley General de Comunicación Audiovisual y a la siguiente modificación de la misma con la aplicación del Real Decreto-ley 15/2012, de 20 de abril, de modificación del régimen de administración de la Corporación RTVE5 . El nuevo régimen jurídico contempla que el Consejo de Administración se compone de nueve miembros, reduciendo su número en tres respecto a la ley modificada, que recogía que este Consejo estaba compuesto por doce miembros. La elección de los mismos es llevada a cabo por las Cortes Generales, a razón de cinco por el Congreso de los Diputados y cuatro por el Senado, requiriendo una mayoría de dos tercios de la Cámara correspondiente. Así, el apartado 4 del artículo 11 de la presente ley recoge que “El Congreso de los Diputados designará, de entre los nueve consejeros electos, al que desempeñará el cargo de Presidente de la Corporación RTVE y del Consejo. Tal designación requerirá una mayoría de dos tercios de la Cámara”. La elección del presidente de la Corporación RTVE marcó el debate tras el cambio introducido por el Real Decreto-ley 15/2012, por el que la figura de la Presidencia podría elegirse por mayoría absoluta si transcurren veinticuatro horas y no se ha conseguido consenso de dos tercios en la primera votación. La duración del mandato de los consejeros queda recogida en la Ley17/2006 y no queda modificada por el Real Decreto-ley 15/2012, de 20 de abril, de modificación del régimen de administración de la Corporación RTVE, por lo que esta duración continúa siendo de seis años.
  • 4. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA CORPORACIÓN RTVE Leopoldo González-Echenique Castellanos de Ubao María Luisa Ciriza Coscolin Rosario López Miralles Andrés Martín Velasco Fernando Navarrete Porta José Manuel Peñalosa Ruíz Miguel Ángel Sacaluga Luengo Oscar Pierre Prats Teresa Aranguren Amezola La Agencia Pública Empresarial de la Radio Televisión de Andalucía (RTVA) La Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) es una Agencia Pública Empresarial perteneciente a la Junta de Andalucía. Comenzó a emitir en 1988, a partir de Canal Sur Radio, y el 28 de febrero de 1989 a partir de la antena Canal Sur Televisión. Esta entidad queda definida y regulada por los parámetros introducidos por la Ley 18/20076 , de 17 de diciembre. A partir de esta ley la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía es ahora una Agencia Pública Empresarial. El Consejo de Administración de RTVA queda reglamentado en los Artículos 14, 15, 16 y 17 del documento. El Artículo 14 recoge la regulación sobre la composición y el funcionamiento del consejo. En el texto se recoge que este consejo se compone de quince miembros, atendiendo a una composición equilibrada en género. El Artículo 15 trata la elección del Consejo, duración del mandato e incompatibilidades en el mismo. Los miembros del Consejo de Administración son elegidos por el Parlamento de Andalucía por una mayoría de tres quintos, a propuesta de los Grupos Parlamentarios.
  • 5. Este sistema de designación es el mismo para la elección de la Presidencia del Consejo. El mandato de los Consejeros y Consejeras, así como de su Presidencia, tendrá una duración de seis años. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN RTVA D. José Moratalla Molina (Presidente) D. Mateo Rísquez Madridejos (Vicepresidente) Dña. Mª José Bayo Martín Dña. Elena Blanco Castilla Dña. Mercedes Gordillo Sánchez Dña. Pilar Jimeno Llerena Dña. Josefa Lucas de Prados D. Jesús Mancha Cadenas D. Jorge Moreno Osorio Dña. Esperanza O´Neill Orueta D. José Luis Rodríguez Domínguez D. Francisco Rodríguez Martín D. Antonio M. Ruiz Giménez D. Álvaro Ángel Vega Cid D. Juan de Dios Villanueva Generoso La Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals (CCMA) La Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals (CCMA) es el ente público encargado de gestionar el servicio de radiodifusión de la Generalitat Catalana. Su naturaleza jurídica y nombre actual obedecen a la Ley 11/20077 , del 11 de Octubre, y su reciente modificación a partir del La Ley 2/20128 , por la que se modifican las leyes anteriores con cambios estructurales de racionalización de los órganos rectores del ente. A partir de las modificaciones de 2012 la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales se compone de los siguientes órganos: - El Consejo de Gobierno y presidente o presidenta - El Consejo Asesor de Contenidos y Programación
  • 6. En referencia a las modificaciones en el Consejo de Gobierno, atendemos al Capítulo III de la Ley 2/2012, en el Artículo 12, que establece una nueva composición en el Consejo de Gobierno, que pasa de componerse de diez consejeros a seis. El documento establece que el Parlamento elige por mayoría de dos tercios a los candidatos, tras ser propuestos por el Consejo del Audiovisual de Cataluña. El mandato de los consejeros mantiene la regulación de la Ley 11/2007 donde se establece que debe tener una duración de seis años. El Presidente o Presidenta del Consejo de Gobierno es elegido entre los seis consejeros por el Parlamento por una mayoría de dos tercios. CONSEJO DE GOBIERNO DE CCMA Sr. Brauli Duart i Llinares (Presidente) Sr. Xavier Guitart i Domènech Sra. Núria Llorach i Boladeras Sr. Antoni Pemán i Vicastillo Sr. Armand Querol i Gasulla Sr. Josep Vilar i Grèbol El Ente Público Radio Televisión Madrid El 30 de Junio de 1984 la Comunidad de Madrid, tras un intenso debate entre los grupos que forman la Cámara, se crea el Ente público mediante la Ley 13/19849 . El canal de televisión autonómico llegó en 1987, acogiéndose a lo dispuesto en la Ley del Tercer Canal. Sobre la composición del Consejo de Administración el Ente madrileño se han recibido críticas10 por parte de partidos políticos, en referencia a la existencia de 19 consejeros con una plantilla de 300 trabajadores. Recientemente el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado remitir a la Asamblea madrileña un proyecto de ley que reducirá a la mitad el número de consejeros11 Actualmente el Consejo de Administración viene regulado por la Sección II, del Capítulo II de la mencionada Ley 13/1984. En este documento se establece que el número de consejeros es determinado por la Asamblea de Madrid en el inicio de cada legislatura. Actualmente se compone de diecisiete miembros y tras la aprobación del proyecto de ley mencionado el número de consejeros se igualaría con el de RTVE, reduciéndose a ocho.
  • 7. Los candidatos son propuestos por los Grupos Parlamentarios y ratificados por el Pleno de la Asamblea. “A tal fin, se dividirá el número de Parlamentarios de cada Grupo por el cociente entero que resulte de dividir el número de miembros que integran la Cámara por el de componentes del Consejo de Administración. Los cocientes enteros resultantes serán los que determinen el número de miembros a designar por cada Grupo” (Ley 13/1984, de 30 de junio, de creación, organización y control parlamentario del Ente Público de Radio Televisión Madrid) La duración del mandato de los Consejeros estará acorde con la legislatura vigente. El Presidente del Consejo de Administración, así como su Vicepresidente y Secretario, son elegidos por los miembros del Consejo. El sistema de elección no queda reflejado en el documento y se ajusta a la normativa estatal. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE TELEMADRID Manuel Soriano Arturo Moreno Garcerán Rafael Rodríguez-Ponga Jorge Rábago Pilar Marcos Cristina Losada Ángel López del Pozo Tomás Cuesta Franco Elena Cerezo Covadonga Fernández González Eduardo Sotillos Roberto Tornamira Nicolás Rodríguez Dolores Agudo Silvia Gómez Luis María González Borja Goñi
  • 8. Entidad Pública Radio Televisión Valenciana (RTVV) Radiotelevisión Valenciana, S.A (RTVV) es la empresa pública de la Generalitat Valenciana encargada de gestionar los servicios de radiodifusión en la Comunidad Valenciana. La empresa se encuentra en una situación de transición desde enero de 2012, cuando se anunció un ERE que preveía el despido de 1295 trabajadores, de los 1700 totales de la plantilla12 . Tras el periodo de transición marcado por el ERE en julio de 2012, RTVV reguló la estructura de la entidad a partir de la Ley 3/201213 . A partir de este estatuto, RTVV pasa a ser Radio Televisión Valenciana S.A, con una naturaleza jurídica de sociedad mercantil de titularidad pública, con una gestión independiente de las administraciones vinculadas al Consell y la Generalitat. Este estatuto plantea “hacer compatible la rentabilidad social y la viabilidad económica en la prestación del servicio público de radiotelevisión” (Ley 3/2012, de 20 de julio, de la Generalitat Valenciana, de Estatuto de Radiotelevisión Valenciana). Este documento recoge en sus artículos 12 y 13 la composición y forma de elección que asimilará el nuevo Consejo de Administración. Éste estará compuesto por nueve consejeros, cuya cualificación profesional sea ratificada previamente. En este punto, el texto sí recoge algunos requisitos para validar esta competencia profesional. La elección de los ocho consejeros vocales vendrá dada por Les Corts, tras haberse realizado la propuesta por parte de los grupos parlamentarios por mayoría de tres quintos. El mismo sistema de elección se utilizará para la figura del Director General y Presidente del Consejo de Administración. El mandato de los consejeros tendrá una duración de seis años, a partir del nombramiento de los mismos. El pasado 28 de Marzo el Consell nombró a los nuevos miembros del Consejo de Administración de Radio Televisión Valenciana S.A, elegidos desde el 4 de octubre de 2012, suprimiendo totalmente el anterior Consejo y la dirección general. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE RTVV Sra. Rosa Maria Vidal Monferrer (Presidenta) Sr. Vicente Navarro de Luján Sra. Arànzazu Calzada González Sr. Lázaro Marín Navarro‐Soto Sra. Estela Bernad Monferrer Sra. Consuelo Miralles Gregori Sra. Rosa Solbes López Sr. Rafael Xambó Olmos Sr. Manuel Salvador Jardí
  • 9. Compañía de Radio Televisión de Galicia (RTVG) Esta compañía está compuesta por Televisión de Galicia, S.A. y Radio Galega, S.A. Comienza su andadura en 1985 con las primeras emisiones de radiodifusión en idioma gallego, contribuyendo de forma eficaz a la normalización de la lengua y la cultura de Galicia. Su nacimiento y régimen queda recogido en la Ley 9/1984, de 11 de julio14 , hasta su pérdida de vigencia en diciembre de 2011, cuando se redacta y comienza la vigencia de un nuevo texto normativo, la Ley 9/2011, de 9 de noviembre, de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia15 El Consejo de Administración de RTVG espera una reducción a partir de la aplicación de la nueva ley, pasando de componerse de doce miembros a siete. El texto establece que los candidatos serán propuestos por los grupos parlamentarios y elegidos por el Parlamento de Galicia para su nombramiento por la junta general de accionistas. La duración del mandato será de cinco años. El Artículo 15 está detalla los criterios de selección de los candidatos. La reducción y el nombramiento de los miembros del Consejo de Administración especificados en la Ley 9/2011 no se ha llevado a cabo. En la actualidad, el Consejo de Administración de CRTVG se compone de doce miembros. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE RTVG María Bastida Domínguez (PP) Xosé Luís Iravedra Lestal (PP) Luis de la Matta Cantó (PP) Arturo Maneiro Vila (PP) Higinio Meijide Gómez (PP) Ana Isabel Peón Piñeiro (PP) Juan Carlos Araújo Rodríguez (PSdeG-PSOE) Roberto Cid González (PSdeG-PSOE) Adriana Fernández Vázquez (PSdeG-PSOE) Carlos Alberto Rodríguez Calvo (PSdeG-PSOE) Xosé Manuel Mexuto (BNG) Montserrat Prado Cores (BNG)
  • 10. Euskal Irrati Telebista (EiTB) Euskal Irrati Telebista (EiTB) es un ente público, de derecho privado, dependiente del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco. El ente fue fundado en 1982 y actualmente se compone de cinco cadenas de televisión, cinco radios y un sitio web que constituyen las empresas encargadas de la gestión la Radio Televisión Vasca. El Parlamento Vasco aprobó este servicio de radiodifusión el 20 de Mayo de 1982 con la Ley 5/198216 , por la que se crea el Ente Público “Radio Televisión Vasca”. Esta normativa contemplaba que el Consejo de Administración del ente estaría compuesto por quince miembros. En la actualidad, el órgano de gobierno de EiTB se rige, atendiendo a su composición, por la Ley 8/199817 que modifica la ley anterior, y establece que órgano estará formado por diecinueve miembros, designados por el Parlamento Vasco. El nuevo texto establece que, de los diecinueve miembros del Consejo, quince serán resultado de la propuesta de los grupos parlamentarios, mientras que los cuatro restantes serán resultado de las personas que sean propuestas en la Mesa del Parlamento por cinco entidades o asociaciones: la Real Academia de la Lengua Vasca, la Sociedad de Estudios Vascos, la Real Sociedad Bascongada de Amigos del País, la Universidad del País Vasco y los sindicatos representativos de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Además, el texto determina que esta designación requiere el acuerdo de dos tercios de los votos. La duración del mandato continúa correspondiéndose con el periodo de una legislatura. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL GRUPO EiTB Adolfo Arejita Oñarte-Etxebarria (Euskaltzaindia) Beatriz Narbaiza Amillategi (EH Bildu) Edorta Arana (LAB) Gorka Angulo (PP) Iñigo Iturrate Ibarra (EAJ-PNV) Karmelo Landa (EH Bildu) Manuel Allende Arias (EAJ-PNV) Nerea Llanos (PP) Tontxu Campos (EH Bildu) Xabier Barandiaran Irastorza (EAJ-PNV) Alma Fernández (PSE-EE) Carlos Gorostiza (PSE-EE) Elixabete Piñol Olaeta (EAJ-PNV) Iñaki García Arrizabalaga (Unión de Consumidores de Euskadi) Juan José Baños Loinaz (EAJ-PNV) Luke Uribe-Etxebarria Apalategi (EAJ-PNV) Mikel Unzalu (PSE-EE) Rosa Miren Pagola Eusko Ikaskuntza Txema Ramírez de la Piscina MartínezEH Bildu
  • 11. Radio Televisión Canaria (RTVC) Radio Televisión Canaria (RTVC) es el ente público encargado de gestionar el servicio público de radiodifusión de la Comunidad Autónoma de Canarias. En 1984 se consolida su creación a partir de la Ley 8/198418 , por la que se crea el organismo de Radiodifusión y Televisión en la Comunidad Autónoma de Canarias. El Consejo de Administración de RTVC está regulado por la mencionada ley de creación del ente aplicada en 1984. Este documento se vio sujeto a modificaciones en el apartado 3 del Artículo 6, referente a las incompatibilidades de los consejeros, tras ser declarado inconstitucional por la Sentencia del 5 de Octubre, del Tribunal Constitucional19 que resuelve el recurso de inconstitucionalidad 222/1985. El número de miembros que compone actualmente el Consejo de Administración de RTVC es de siete miembros. La reducción de un consejero respecto a lo que marca la Ley/8/1984 vendrá dada por una modificación de dicha ley que, a fecha de la elaboración de esta publicación, no ha sido aprobada. La elección de los miembros del Consejo será resultado de la designación del Parlamento de Canarias por el voto de dos tercios de la Cámara. La duración del mandato de los mismos estará acorde con el periodo de cada legislatura. La normativa presenta una diferencia atendiendo a la figura de la Presidencia, que tiene un carácter formal y será ejercida de forma rotativa por los consejeros cada seis meses. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE RTVC José Manuel Bermúdez Esparza (CC) Marcos Brito Gutiérrez (CC) Miguel A. Guerra García de Celis (CC) Honorio Nicolás García-Bravo Betancor (CC) Luis Larry Alvarez Cardero (PP) Joaquín Ucelay Ruiz (PP) Manuel González Alvarez (PSOE)
  • 12. Ente Público Radio Televisión de Castilla La Mancha (RTVCM) RTVCM nace en el año 2000 como un proyecto audiovisual para ofrecer un servicio público de radiodifusión que contribuya a la articulación social de Castilla La Mancha. El ente se compone de dos sociedades anónimas de titularidad pública: Castilla-La Mancha Televisión (CMT) y Radio Castilla (RCM). El 1 de Junio del año 2000 las Cortes de Castilla La Mancha aprobaron la Ley 3/200020 , por la que se crea el Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha. El Consejo de Administración de RTVCM queda regulado en los artículos 4,5 y 6 de la presente ley, que reglamenta la composición del Consejo con un total de trece miembros, los cuales serán elegidos por el Pleno de las Cortes de Castilla La Mancha de la misma forma que la normativa estatal, lo que se entiende como un sistema de mayoría de dos tercios. Los miembros elegidos serán nombrados por el Consejo de Gobierno y la duración de su mandato se corresponderá con el periodo de la legislatura. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE RTVCM Doña María del Carmen Martín Abellán. Don Luis Maldonado Fernández de Tejada. Doña Rosario Miranzo Díez. Don Pedro Esteso Carnicero. Don José Montalvo Garrido. Doña María Teresa Sánchez Rubira. Doña Esmeralda Muñoz. Don Patrocinio Gómez Córcoles. Doña Miguel Nieto González. Doña María Belén Pontero Pastor. Don José Francisco Rivas Cid. Don José María Toledo Díaz. Don Manuel Antonio Mirón.
  • 13. Radiotelevisión de la Región de Murcia (RTRM) RTRM es la entidad de derecho público que gestiona el servicio de radiodifusión en la Comunidad Autónoma de Murcia. Nace el 1 de Enero de 2005 con la entrada en vigor de la Ley 9/200421 , documento que regula la creación del ente. Esta empresa cambió su naturaleza a sociedad mercantil a partir de la Ley 10/2012, de 5 de diciembre, de modificación de la Ley 9/2004, de 29 de diciembre, de creación de la empresa pública regional Radiotelevisión de la Región de Murcia. El Consejo de Administración de RTRM lo componen nueve miembros, elegidos por la Asamblea Regional de Murcia, a propuesta de los grupos parlamentarios, con una proporción basada en la representación parlamentaria. La duración del mandato corresponde a la duración de una legislatura. La Presidencia del Consejo es ejercida por los miembros del mismo de forma rotatoria cada tres meses, siguiendo un orden alfabético. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE RTRM D. Adolfo Baturone Santiago D. David Conesa Ferrer D. Juan José Martínez Navarro D. Pedro Rivera Barrachina D. Juan Ramírez Soto Dña. María del Carmen Vigueras Pallarés D. José María Ortega González Dña. Piedad Alarcón García D. Blas Pedro José Navarro Ibáñez
  • 14. Corporación Aragonesa de Radio y Televisión (CARTV) CARTV es el servicio público de radiodifusión de la Comunidad Autónoma de Aragón que busca facilitar el derecho a la información y contribuir a la vertebración social y la identidad autonómica de los aragoneses. El 15 de Abril de 1987 se aprueba la Ley 8/198722 , de creación de la CARTV. El Consejo de Administración de CARTV está compuesto por diecinueve miembros elegidos por el Pleno de las Cortes de Aragón con un sistema de voto de mayoría de dos tercios. La duración del mandato es la misma que la legislatura, pues el nombramiento de los consejeros se realiza en los seis primeros meses de la misma. La Presidencia del Consejo tiene un carácter funcional y será ejercida de forma rotativa por los consejeros de forma trimestral, en orden cronológico, iniciando el ejercicio el consejero de más edad. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE CARTV Don Ignacio Palazón Español (presidente). Don Martín Llanas Gaspar (vicepresidente). Don Eduardo Sánchez Salcedo (secretario). Doña Carmen Pilar Anglés Jiménez. Don Juan Antonio Foncillas Cequier. Don Fernando Guillén Pérez. Don Fernando Ledesma Gelas. Don Francisco Javier Osés Zapata. Don José Luis Alvir Martínez Don Ramiro Antonio Revestido Vispe. Don José Pedro Sierra Cebollero. Doña María Jesús Asensio Albajar. Don José María Becana Sanahuja. Don Valero Benavente Beamonte. Doña María Dolores Campos Palacio. Don Vicente Guillén Izquierdo. Don Hugo Miquele Vela. Doña Josefina Musulén Jiménez. Don Juan Colom Beltrán.
  • 15. Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias (RTPA) Con el objetivo de convertirse en un reflejo de la identidad asturiana a partir del ejercicio de las funciones en el ámbito de radiodifusión de la Comunidad Autonómica de Asturias. RTPA se compone de las sociedades Televisión del Principado de Asturias S.A. (TPA S.A.) y Radio del Principado de Asturias S.A. (RPA S.A.). RTPA nace el 24 de Marzo del 2003 con la Ley de Medios de Comunicación Social del Principado de Asturias23 . La ley de creación del ente regula la composición del Consejo Administración de RTPA con un número de quince miembros, elegidos por la Junta General del Principado de Asturias, a propuesta de los grupos parlamentarios, por una mayoría de voto de dos tercios, con duración de mandato correspondiente a la legislatura. Actualmente, el Consejo de Administración de RTPA se compone de doce miembros, tras la renuncia, en noviembre de 2012, de los tres puestos que correspondían al Partido Popular24 , según informa el diario El Comercio, la renuncia obedece a la negativa de los grupos de aceptar la propuesta del Partido Popular de reducir el número de consejeros a nueve. La Presidencia del Consejo tiene un carácter funcional y será ejercida de forma rotativa por los consejeros de RTPA de forma semestral, con la mayor edad como criterio de inicio. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE RTPA D. José Amado Mallada Álvarez D. Jesús Landeira Álvarez-Cascos Dña. Dulce Gallego Canteli Dña. Mª Elena Díaz Palacios D. José Antonio Alonso García Dña. Monserrat Álvarez Areces D. Juan Vega Alonso D. Félix Fernández Rodríguez D. José Manuel Fernández Lavandera D. Adrián Lagar Menéndez D. Vicente González Bernaldo de Quirós Dña. María del Carmen Barros Abarrio
  • 16. Ente Público de Radiotelevisió de las Illes Balears (EPRTVIB) Es el servicio público de radiodifusión de las Islas Baleares administrado mediante las empresas públicas Televisió de les Illes Balears, SA (IB3 Televisió) i Ràdio de les Illes Balears, SA (IB3 Ràdio). Aunque la creación del ente se aprobó en 1985, su regulación actual se concreta en la Ley 15/2010, de 22 de diciembre, del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears25 , con la correspondiente modificación tras el Decreto-ley 2/2011, de 29 de julio26 . El órgano de gobierno del ente recibe el nombre de Consell de Direcció y queda regulado por la segunda sección de la Ley 15/2010. Esta fija que la composición de este órgano será de nueve miembros, elegidos por el Parlamento de las Islas Baleares con una mayoría de voto de dos tercios. La duración del mandato será de seis años. El cargo de dirección del consejo se corresponde con el de la dirección del ente y será elegido de la misma forma que se establece para los miembros del Consell de Direcció. CONSELL DE DIRECCIÓ DE EPRTVIB Sr. José Manuel Ruiz Sr. Josep Maria Codony Sr. Onofre Martorell Sr. Antoni Alcover Sr. Pedro Orfila Sra. Nuria Ferrer Sr. Francisco Ferrer Sra. Maria Antonia Puigros Sra. Margalida Alemany
  • 17. Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales (CEXMA) CEXMA fue creada en el año 2000 y es el organismo público de radiodifusión de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Es la única televisión pública autonómica que no pertenece a la Federación de organismos de radiotelevisión autonómicos (FORTA) por decisión de la Corporación. La normativa que regula su creación, la Ley 4/2000, de 16 de noviembre27 , fue derogada y la actual regulación del ente queda prevista en la Ley 3/200828 , que rige actualmente al ente y establece que el Consejo de Administración de CEXMA se compone de nueve miembros que son elegidos por la Asamblea de Extremadura, a propuesta de los grupos parlamentarios. Cada grupo parlamentario cuenta con, al menos, un miembro de representación en el Consejo. La elección se lleva a cabo por una mayoría de voto de dos tercios y la duración del mandato se corresponde con el periodo de la legislatura. La figura de la Presidencia del Consejo será ejercida por un miembro de este órgano de gobierno tras una votación que requiere mayoría absoluta. El periodo de mandato de la Presidencia es de cuatro años. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE CEXMA D. Joaquín Antonio Paredes Diéguez Dª. Pilar Blanco Morales Limones D. José Pérez Garrido D. Valentín Pacheco Polo D. José Mª Casares Sánchez D. Bernardino Píriz Antón D. José Luis Lucas Rodríguez Dª. Cristina Blazquez Dª. Lucía Martín Domínguez
  • 18. RESULTADOS Tabla de resultados Ente MIEMBROS PROPUESTA ELECCIÓN (voto) MANDATO PRESIDENCIA (voto) REAJUSTE (AÑO) RTVE 9 Cámara Baja (5) Cámara Alta (4) Cortes Generales (2/3) 6 años Cámara Baja (2/3) -3 (2012) RTVA 15 Grupos Parlanentarios Parlamento 3/5 6 años Parlamento (3/5) CCMA 6 CAC Parlamento (2/3) 6 años Parlamento (2/3) -4 (2012) TeleMadrid 17 Grupos Parlamentarios Asamblea de Madrid Legislatura Consejo (2/3) -9 * RTVV 9 Grupos Parlamentarios Les Corts 3/5 6 años Les Corts (3/5) -2 (2012) RTVG 12 Grupos Parlamentarios Parlamento (2/3) 5 años Rotatoria semestral -5 * EiTB 19 GP (15) Entidades (4) Parlamento (2/3) Legislatura Rotatoria mensual +4 (1998) RTVC 7 Grupos Parlamentarios Parlamento Canario (2/3) Legislatura Rotatoria semestral -1 * RTVCM 13 Grupos Parlamentarios Parlamento (2/3) Legislatura Rotatoria pentamestral RTRM 9 Grupos Parlamentarios Asamblea Regional de Murcia (2/3) Legislatura Rotatoria trimestral CARTV 19 Grupos Parlamentarios Pleno Cortes de Aragón (2/3) Legislatura Rotatoria trimestral RTPA 12 Grupos Parlamentarios Junta General Principado Asturias (2/3) Legislatura Rotatoria semestral -3 (2012) EPRTVIB 9 Grupos Parlamentarios Parlamento Illes Balears (2/3) 6 años Parlamento Illes Balears 2/3 CEXMA 9 Grupos Parlamentarios Asamblea de Extremadura (2/3) Legislatura Asamblea de Extremadura Mayoría absoluta
  • 19. 2/3 3/5 Nº de consejeros Total: 165 Media: 12 Máximo: 19 Mínimo 6 Rango: 14 Moda: 9 Propuesta de candidatos al Consejo 11 radiotelevisiones proponen a los consejeros a través de los grupos parlamentarios, modelo de designación formal parlamentaria. En RTVE son propuestos por las Cortes Generales, cinco por parte del Congreso de los Diputados y cuatro por parte del Senado. En CCMA son propuestos por el Consell de l’Audiovisual de Catalunya (CAC) En EiTB los grupos parlamentarios proponen quince candidatos y otros cuatro son propuestos por las entidades y asociaciones: Real Academia de la Lengua Vasca Sociedad de Estudios Vascos Real Sociedad Bascongada de Amigos del País Universidad del País Vasco Sindicatos representativos del País Vasco Elección de los consejeros 12 radiotelevisiones por mayoría de voto de 2/3 RTVA y RTVV emplean una mayoría de voto de 3/5
  • 20. Duración del mandato Reajustes 8 radiotelevisiones han reajustado o planteado el ajuste de su Consejo de Administración y 6 radiotelevisiones mantienen el número de consejeros. En el año 2012 se ha reducido un total de 12 consejeros, con media de 3 por cada radiotelevisión. A fecha de realización del estudio, está prevista la reducción de un total de 15 consejeros en tres radiotelevisiones (TeleMadrid, RTVG y RTVC). Elección de la Presidencia 0 2 4 6 8 10 Legislatura Cinco años Seis años 0 0,5 1 1,5 2 2,5 3 Durante Legislatura (8) Seis años (5) Cinco años (1)
  • 21. Distribución por género 6 radiotelevisiones (RTVE, RTVA, RTVG, RTVCM, RTPA y CEXMA) señalan en su legislación una distribución del Consejo equilibrada en género. En términos totales, de los 165 consejeros totales, 41 son mujeres, representando así menos de un 25% DISCUSIÓN Y CONCLUSIONES Sobre los modelos de gobierno de los entes públicos de radiodifusión, los resultados muestran los parámetros similares a las modificaciones legales concretadas en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LEY 7/2010). La organización y el funcionamiento de las televisiones autonómicas habían funcionado hasta entonces como una reproducción de las disposiciones recogidas en la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal, cuya normativa referente a los órganos de gobierno se remitía, en parte, a lo dispuesto en el Estatuto de Radio Televisión Española de 1980. La nueva naturaleza jurídica de las radiotelevisiones públicas marcada en 2010 por la Ley General de Comunicación Audiovisual funciona como una clara referencia en la conversión a entidades de derecho público con carácter mercantil y en las disposiciones referentes al órgano de gobierno. La reducción de consejeros en los órganos de gobierno tiene como punto de partida las modificaciones planteadas en 2010 y la composición del Consejo por nueve miembros es la que más se repite en las radiotelevisiones reguladas en los últimos tres años. Sin embargo, el año 2012 ha sido el periodo con más modificaciones en lo que se refiere a la composición del órgano de gobierno. Sobre la elección de los miembros continúa establecida una designación formal de la dinámica parlamentaria, por lo que los modelos de gobierno reproducen la composición del parlamento estatal o su correspondiente cámara autonómica, manteniendo mayoritariamente una mayoría de voto de dos tercios, exceptuando dos casos de RTVA y RTVV (tres quintos). Hombres Mujeres
  • 22. Sobre el proceso de propuesta de candidatos existen dos funcionamientos que destacan por la introducción de entidades de ámbito alejado al parlamentario. Es el caso de la CCMA, cuyos candidatos a consejeros son propuestos por el Consell de l’Audiovisual de Catalunya (CAC), y el caso de EiTB, que incluye en su órgano de gobierno cuatro consejeros propuestos por las mencionadas entidades y asociaciones del País Vasco. La figura de la Presidencia adquiere otro carácter a partir de las últimas radiotelevisiones que se integran en el panorama audiovisual autonómico, la mayoría de las cuales han optado por una Presidencia de carácter formal, ejercida de forma rotatoria por los miembros del órgano de gobierno. La elección del presidente de la Corporación RTVE marcó el debate tras el cambio introducido por el Real Decreto-ley 15/2012, por el que la figura de la Presidencia, si no llega a un voto de dos tercios de la cámara en veinticuatro horas, basta con un voto por mayoría absoluta para la elección del Presidente, una mayoría ejercida por el Partido Popular en el Gobierno. Existe un contraste sobre los criterios de género la elección de consejeros, pues seis de las catorce radiotelevisiones contemplan paridad de género, pero en el conjunto de modelos de gobierno el porcentaje de mujeres es menor a un 25%.
  • 23. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 1. LEY 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual. - Accedido el 14-05-2013 en: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-5292 2. LEY 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal. - Accedido el 14-05-2013 en: http://www.boe.es/boe/dias/2006/06/06/pdfs/A21207-21218.pdf 3. LEY 4/1980, de 10 de enero, de Estatuto de la Radio y la Televisión. Accedido el 14-05-2013 en: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Derogadas/r1-l4- 1980.html 4. LEY 46/1983, de 26 de diciembre, reguladora del tercer canal de televisión. - Accedido el 14-05-2013 en: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1984-250 5. Real Decreto-ley 15/2012, de 20 de abril, de modificación del régimen de administración de la Corporación RTVE, previsto en la Ley 17/2006, de 5 de junio. - Accedido el 14-05-2013 en: http://www.boe.es/boe/dias/2012/04/21/pdfs/BOE-A-2012- 5338.pdf 6. LEY 18/2007, de 17 de diciembre, de la radio y televisión de titularidad autonómica gestionada por la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Sevilla, España, 7. LEY 11/2007, de 11 de octubre, de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales. 8. LEY 2/2012, de 22 de febrero, de modificación de varias leyes en materia audiovisual 9. LEY 13/1984, de 30 de junio, de creación, organización y control parlamentario del Ente Público de "Radio Televisión Madrid"
  • 24. 10. Nuevatribuna.es (2013, 9 de Enero) IU reclama la reducción del Consejo de Administración de Telemadrid. Nueva Tribuna. Recuperado de: http://www.nuevatribuna.es/articulo/espana/iu-reclama-la-reduccion-del-consejo-de- telemadrid/20130109134304086445.html 11. Efe (2013, 30 de Abril) El consejo de Telemadrid reducirá sus miembros a la mitad. El Economista, Recuperado de: http://ecoteuve.eleconomista.es/ecoteuve/television/noticias/4789843/04/13/El-consejo- de-administracion-de-Telemadrid-reducira-sus-miembros-a-la-mitad.html) 12. Simón, F. / Ferrandis, J. (2012, 10 de Enero) Canal 9 anuncia un ERE que puede afectar a dos tercios de sus 1.800 trabajadores. El País. Recuperado de: http://elpais.com/diario/2012/01/10/espana/1326150004_850215.html 13. Ley 3/2012, de 20 de julio, de la Generalitat Valenciana, de Estatuto de Radiotelevisión Valenciana 14. Ley 9/1984, de 11 de julio, de creación de la Compañía de Radio-Televisión de Galicia 15. Ley 9/2011, de 9 de noviembre, de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia 16. Ley 5/1982, de 20 de Mayo, de creación del Ente Público “Radio Televisión Vasca” 17. Ley 8/1998, de 27 de marzo, de modificación de la Ley de creación del Ente Público «Radio Televisión Vasca» 18. Ley 8/1984, de 11 de diciembre, de Radiodifusión y Televisión en la Comunidad Autónoma de Canarias 19. Ley 4/1990, de 22 de febrero, de modificación de la Ley 8/1984, de 11 de diciembre, de Radiodifusión y Televisión en la Comunidad Autónoma de Canarias 20. Ley 3/2000, de 26-05-2000, de Creación del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha 21. Ley 9/2004, de 29 de diciembre, sobre Creación de la Empresa Pública Regional Radio Televisión de la Región de Murcia 22. Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión
  • 25. 23. Ley del Principado de Asturias 2/2003, de 17 de marzo, de Medios de Comunicación Social 24. A.S. (2012, 14 de Noviembre). El Comercio. Recuperado de: http://www.elcomercio.es/v/20121114/politica/consejo-rtpa-pasa-miembros- 20121114.html 25. Ley 15/2010, de 22 de diciembre, del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears 26. Decreto-ley 2/2011, de 29 de julio, de modificación de la Ley 15/2010, de 22 de diciembre, del ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears 27. Ley 4/2000, de 16 de noviembre, por la que se crea la empresa pública Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales 28. Ley 3/2008, de 16 de junio, reguladora de la Empresa Pública “Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales”