2. -IMC-
Son las entidades definidas
por la Junta Directivas del
Banco de la República, es
decir, los Bancos
Comerciales, los bancos
hipotecarios, las
corporaciones financieras,
las compañías de
financiamiento comercial, la
FEN Bancoldex, las
cooperativas Financieras, las
sociedades comisionistas de
Bolsa y las casas de cambio.
4. -IMC-
Propiciar la internacionalización de la economía
colombiana con el fin de aumentar su competitividad en
los mercados externos.
Promover, fomentar y estimular el comercio exterior de
bienes y servicios, en particular las exportaciones, y la
mayor libertad en la actuación de los agentes
económicos en esas transacciones.
Facilitar el desarrollo de las transacciones corrientes
con el exterior y establecer los mecanismos de control y
supervisión adecuados.
5. Estimular la inversión de capitales del exterior en el
país.
Aplicar controles adecuados a los movimientos de
capital.
Propender por un nivel de reservas internacionales
suficiente para permitir el curso normal de las
transacciones con el exterior.
Coordinar las políticas y regulaciones cambiarias con las
demás políticas macroeconómicas.
-IMC-
6. -IMC-
Como proceder a un mercado cambiario si quiero adquirir bienes
en Colombia desde el exterior.
1. Acercarse a un intermediario
cambiario.
2. Diligenciar la declaración de
cambio.
3. Registro de la operación
cambiaria.
4. Derechos cambiarios.
5. Sanciones.
7. -IMC-
Intermediarios Financieros:
Como su nombre lo indica, intermedian las operaciones entre los
distintos participantes del mercado
1. Transformación de plazos.
Los bancos tienen que transformar la
fuente de financiamiento que tienen,
sus pasivos, en activos a plazos más
largos
8. -IMC-
2. Transformación de montos.
Los bancos asumen un pasivo (la plata
que tienen depositada) el cual
generalmente está entre muchos
depositantes. Por otro lado tienen un
activo (la plata que prestan) bastante
concentrado en pocos clientes por
mucha más plata.
9. -IMC-
3. Transformación de riesgo.
Cuando yo voy a un banco y confío mi
dinero tomo el riesgo del banco, que
normalmente está fiscalizado.
Cuando un banco da un crédito asume un
riesgo teóricamente mayor. Hay un
diferencial de riesgo.
10. -IMC-
OPERACIONES AUTORIZADAS
Los IMC podrán realizar operaciones de cambio de acuerdo a la
siguiente clasificación:
1. Bancos comerciales, hipotecarios, corporaciones financieras,
compañías de financiamiento comercial y cooperativas financieras
cuyo patrimonio técnico sea igual o superior al capital mínimo
que debe acreditarse para su constitución.
11. -IMC-
1. Adquirir y vender divisas y títulos representativos de las mismas.
2. Celebrar operaciones de compra y venta de divisas con el Banco de
la Republica.
3. Obtener financiación en moneda extranjera.
4. Recibir depósitos en moneda extranjera de empresas ubicadas en
zonas francas, de transporte internacional, agencias de viajes,
almacenes y depósitos francos.
5. Recibir depósitos en moneda legal colombiana de personas naturales
o jurídicas no residentes en el país.
6. Otorgar avales y garantías para respaldar obligaciones derivadas
de operaciones de cambio.
12. -IMC-
7. Otorgar créditos en moneda extranjera a residentes en el país
(con información al Banco de la Republica).
8. Hacer inversiones de capital en el exterior, inversiones
temporales y en activos o bonos financieros emitidos por
entidades bancarias del exterior o sus Gobiernos.
9. Enviar o recibir pagos en moneda extranjera y efectuar remesas
de divisas desde o hacia el exterior o realizar gestiones de
cobro en el exterior.
10. Manejar y administrar sistemas de tarjetas de crédito y debito
internacionales.
11.Realizar operaciones de derivados.
13. -IMC-
2. Compañías de financiamiento comercial y cooperativas financieras
cuyo patrimonio técnico sea inferior al capital mínimo que debe
acreditarse para su constitución, así como las sociedades comisionistas
de bolsa y casas de cambio cuyo patrimonio sea superior a
$3.500.000.000 podrán realizar las siguientes operaciones:
14. -IMC-
1. Envío o recepción de giros en moneda extranjera.
2. Compra y venta de divisas y títulos representativos de las
mismas que correspondan a importación y exportación de bienes.
3. Manejo y administración de tarjetas de crédito y debito
internacionales.
4. Compra y venta de divisas a los intermediarios del mercado
cambiario.
5. Realización de inversiones de capital en el exterior de
conformidad con las normas aplicables, inversiones temporales y
activos financieros o bonos emitidos por entidades en el exterior
o sus gobiernos.
6. Ofrecer de manera profesional derivados financieros sobre tasas
de cambio únicamente transados por bolsa.
15. -IMC-
ORGANISMOS DE CONTROL
Los IMC son contralados a través de un procedimiento especial de un
carácter administrativo cambiario, distribuido de la siguiente manera.
16. -IMC-
1. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA.
Instituciones financieras autorizadas para actuar como IMC y
casas de cambio.
2. DIAN.
Ejerce vigilancia y control sobre el cumplimiento del régimen
cambiario en materia de importación y exportación de bienes y
servicios.
3. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.
Controla la parte relacionada con la inversión extranjera realizada
en Colombia y las inversiones realizadas por naturales en el
exterior