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Katerine Calderón Salazar
I. INTRODUCCION ...................................................................................................................... 3
II. ¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS? ............................................................................ 4
III. ¿QUÉ ES EL DERECHO A LA SALUD? ............................................................................. 4
a) Valores esenciales de los derechos humanos y la salud.......................................................... 4
b) Derecho a la salud, determinantes sociales y equidad en salud .............................................. 6
c) Derechos humanos y ciudadanía diferenciada en salud .......................................................... 7
IV. DERECHO EN SALUD ......................................................................................................... 9
V. DEBERES EN SALUD ............................................................................................................ 10
VI. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS................................................................................. 11
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[DEBERES Y DERECHOS EN
SALUD]
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DEBERES Y DERECHOS EN SALUD
I. INTRODUCCION
En 1948, finalizada la segunda guerra mundial, la comunidad internacional aprobó la
Declaración Universal de los Derechos Humanos, y es en 1966 cuando los Estados, entre
ellos el Estado peruano, ratifican dos tratados referidos a los derechos humanos, los cuales
son el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Dichos pactos son de carácter
vinculante, es decir, su cumplimiento es de carácter obligatorio para quienes los
suscribieron; por ello están garantizados por las normas internacionales, están protegidos
legalmente, se centran en la dignidad del ser humano, protegen a las personas y grupos de
personas, son interdependientes y están interrelacionados entre sí, son irrenunciables y son
universales.
Es así que en la Declaración y programa de Viena se
especifica que: “Todos los Derechos Humanos son
universales, indivisibles e interdependientes y están
interrelacionados entre sí. La comunidad internacional
debe de tratar los Derechos Humanos en forma global y de
manera justa y equitativa, en pie de la igualdad y dándoles
a todos el mismo peso. Debe tenerse en cuenta la
importancia de las particularidades nacionales y regionales,
así como de los diversos patrimonios históricos, culturales
y religiosos, pero los Estados tienen el deber, sean cual
fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los
derechos humanos y las libertades fundamentales”.
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[DEBERES Y DERECHOS EN
SALUD]
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II. ¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?
Los Derechos Humanos son un conjunto de principios, de aceptación universal, reconocidos
constitucionalmente y garantizados jurídicamente, orientados a asegurar al ser humano su dignidad
como persona, en su dimensión individual y social.
Por su naturaleza, los Derechos Humanos son innatos o inherentes, universales, inalienables e
intransferibles, acumulativos e irreversibles; son inviolables, obligatorios, indivisibles,
interdependientes, complementarios y no jerarquizadles. Además, trascienden las fronteras
nacionales.
III. ¿QUÉ ES EL DERECHO A LA SALUD?
a salud es un derecho humano fundamental e indispensable para el ejercicio de los demás derechos
humanos. El Estado debe respetar, proteger y facilitar su ejercicio.
El derecho a la salud, incluyendo la Salud Sexual y Reproductiva, abarca no solo una atención
oportuna y apropiada, sino también los principales factores sociales, económicos y culturales
determinantes de la salud.
a) Valores esenciales de los derechos humanos y la salud
Los derechos humanos se pueden definir como la expresión
de los valores de la modernidad – libertad, igualdad, solidaridad–.
Al ser traducidos en términos jurídico-legales con el
respaldo constitucional del Estado de Derecho, se transforman
en derechos ciudadanos; en su esencia está el
reconocimiento de la dignidad del ser humano como atributo
inalienable de la persona, y la salud como una condición esencial y
atributo de la dignidad humana.
L
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[DEBERES Y DERECHOS EN
SALUD]
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Los derechos humanos ofrecen las reglas básicas en las que se sostiene la convivencia
social civilizada actual. No es posible hablar de modernidad ni de dignidad humana sin referirse a
los grandes valores que dan fundamento a los derechos humanos: libertad, igualdad, justicia,
solidaridad, democracia y ciudadanía.
La libertad se concibe como un atributo personal e intransferible. Se la relaciona con
los derechos civiles en primer término y los derechos políticos , y es el principal valor defendido
por el pensamiento liberal.
La igualdad es una categoría que unifica a la humanidad en un solo rango y se
relaciona especialmente con los derechos sociales
“No obstante, en general se puede decir que este punto de llegada es la conclusión de un
proceso histórico de sucesivas equiparaciones de la diversidad, o de sucesivas eliminaciones de
la discriminación entre los individuos, que ha hecho desaparecer paulatinamente las categorías
parciales discriminadoras, integrándolas en una categoría unificadora general. La igualdad
entre todos los seres humanos respecto a los derechos fundamentales es el resultado de un
proceso de eliminación gradual de las discriminaciones y, por tanto, de unificación de aquello
que se reconocía como idéntico: una naturaleza común del hombre por encima de las
diferencias de sexo, raza, religión, etc” .
A la igualdad se la entiende en términos sociales y tiene relación estrecha con lo planteado
como criterio básico en la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, igualdad en
dignidad y derechos de todos los seres humanos. El concepto declarado en 1948 se ha
enriquecido con los conceptos de igualdad como equidad, y luego igualdad de
oportunidades, que supone desarrollo de capacidades básicas y uso apropiado de éstas.
Esto se da a través de la libre elección de proyectos de vida individuales en el marco de un
proyecto social compartido. Los gobiernos tienen la responsabilidad de crear las condiciones
para que los individuos adquieran esas capacidades básicas. “El proceso de la justicia es unas
veces de diversificación de lo diverso y otras de unificación de lo idéntico”
La confraternidad o solidaridad son principios de los derechos humanos, y guardan coherencia con
los criterios de justicia y equidad desde los cuales se busca que los grupos o poblacionales que por
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SALUD]
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condiciones relacionadas con el sexo, el género, la etnia, la edad, el estatus y la posición estén en
condición o situación de vulnerabilidad, tengan las mismas oportunidades para desarrollarse
plenamente. Por otra parte, los valores de democracia y ciudadanía son interdependientes y
refuerzan mutuamente el derecho de todas las personas a participar en forma voluntaria en todos los
aspectos y decisiones de sus vidas.
Así mismo el derecho a la salud y el derecho a la seguridad social se articulan con los principios de
igualdad y solidaridad y forman parte de los denominados derechos sociales ; y los derechos
sexuales y reproductivos se asocian con la libertad en tanto se los relaciona con la capacidad
individual de controlar y tomar decisiones sobre la propia vida (Ruiz, 2013).
Entonces se constata que existe diversos vínculos entre los derechos humanos y la salud tales como:
La violación o desatención de los derechos humanos pueden tener consecuencias graves para la
salud. Las políticas y programas sanitarios pueden promover los derechos humanos o violarlos. Las
estrategias con las cuales se vulnera la mala salud pueden tener medidas con las cuales se respete,
proteja y cumpla con los Derechos Humanos. Se pueden señalar como ejemplos de la relación entre
la salud y los Derechos Humanos los presentados
b)Derecho a la salud, determinantes sociales y equidad en salud
Los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) son de gran importancia, y fueron
establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC
1966) y ratificados en el año 2002. El Comité encargado de velar por su aplicación define a la
pobreza como “una condición humana que se caracteriza por la privación continua o crónica de
los recursos, la capacidad, las opciones, la seguridad y el poder necesarios para disfrutar de un
nivel de vida adecuado y de otros derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales”.
En este sentido, los DESC se constituyen en un instrumento clave para la reducción de la
pobreza, y el incremento de la capacidad de acción de la población en situación de pobreza10.
En la Constitución de la OMS (1946) se consagró por primera vez el “derecho al grado máximo
de salud que se pueda lograr”, o “derecho a la salud”. Luego, en 1948, fue ratificado por la
Declaración Universal de los Derechos Humanos: “toda persona tiene derecho a un nivel de vida
adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la
alimentación y el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios,
tiene así mismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez,
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[DEBERES Y DERECHOS EN
SALUD]
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vejez y otros casos de pérdidas de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes
de su voluntad”
Para entender el concepto de equidad en salud es necesario definir previamente el concepto de
equidad o ausencia de diferencias particularmente injustas, del de igualdad o ausencia de
diferencias en general. La búsqueda de equidad en salud significa la apuesta por acciones de
reducción de las desventajas sociales o sus efectos sobre la salud en los grupos más
desprotegidos (Morgan , 2012).
El estado debe proporcionar atención de salud culturalmente adecuada a los conocimientos y
prácticas de salud sexual y reproductiva de las diversas etnias que habitan en el Perú, e
igualmente, fomentar actitudes en el personal de salud, de respeto, tolerancia y valoración de la
diversidad cultural. Paralelamente, se deberá asegurar mecanismos mediante los cuales el
personal de salud se comunique en las lenguas nativas correspondientes a su zona de trabajo, a
fin de garantizar la comunicación lingüística y el diálogo intercultural.
c) Derechos humanos y ciudadanía diferenciada en salud
esde la década de los sesenta empezaron a surgir
derechos específicos, siendo los de mayor
trascendencia los derechos de la mujer, la niñez y
los pueblos indígenas. Las acciones del
movimiento feminista y de defensa de los derechos de la mujer
hicieron ver la necesidad de un trato diferenciado a favor de las
poblaciones más débiles, vulnerables y discriminadas, lo cual
ayudó a entender la justicia en términos de equidad, la cual es
entendida como el acceso de las personas, en función de sus
necesidades, a oportunidades para gozar de bienestar y lograr su
desarrollo. En este sentido, la equidad es un “imperativo ético
estrechamente asociado a los derechos humanos y la justicia
social”
a búsqueda de equidad en salud implica, entonces, el
intento de reducir las desventajas sociales o sus
efectos sobre la salud entre los grupos más
desprotegidos, es decir
desfavorecidos o
vulnerables desde el punto
de vista económico, social
o político o marginado por
algún otro motivo. Esto
requiere prestar atención
especial a dichos grupos,
por lo cual las leyes
internacionales de derechos
humanos reconocen las
medidas de acción positiva
para asegurar la igualdad
genuina en la práctica, y
para que todas las personas
puedan ejercer en igualdad
de condiciones su derecho
D
L
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a la salud y tener las mismas posibilidades de un desarrollo
saludable, reforzando así el principio de equidad.
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SALUD]
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IV. DERECHO EN SALUD
a. El derecho a la salud se concibe como un derecho al disfrute de toda una gama de
facilidades, bienes, servicios y condiciones necesarios para alcanzar el más alto nivel
posible de salud."1
b. Toda ciudadano/a tiene derecho a que el personal de
salud debe saludarlo amablemente, con respeto y
gentileza, sin discriminación por raza, edad, sexo,
creencia o enfermedad.
c. Toda ciudadano /a tiene derecho a que el personal de
salud antes de dar inicio a su atención deberá decirle cuál
es su nombre y que profesión u ocupación tiene
en el establecimiento de salud
d. Toda ciudadano/a pobre tiene derecho a que se le afilie al seguro integral de salud,
especialmente a las gestantes y aquellas personas afectadas según prioridades regionales.
e. Toda ciudadano/a tiene derecho a que el personal de salud deberá atenderlo con trato digno,
amable y respetuoso, en especial a los pacientes del seguro integral de salud, brindando una
atención integral, humana, educativa, segura, continua y eficiente con calidad y calidez.
1
Katerine Calderón Salazar , derechos en salud , edit. Amaya, Lima- Perú.
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SALUD]
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f. Toda ciudadano/a tiene derecho a que el personal de salud lo examine cuidadosamente, en
especial a las gestante para detectar riesgos o daños oportunamente, atender con pertinencia
o referir oportunamente (Bowly, 2003)
g. Toda ciudadano/a tiene derecho a que el personal de salud mantenga su privacidad y
confidencialidad sobre todos en los procesos que implica reserva en su estado de salud.
h. Toda ciudadano/a tiene derecho a que el personal de salud respete sus creencias y
tradiciones adecuándose a su cultura, creencias.
V. DEBERES EN SALUD
DEBER EN SALUD
Deber en salud se considera como una obligación, responsabilidad o precepto necesario de
cumplimiento, de parte del propio ser humano, para alcanzar salud, bienestar o la felicidad.
 El Gobierno Regional La Libertad y su Gerencia Regional de Salud; a través de su Política
Regional de Salud, incluye salud no solo fomentar el autocuidado, estilos de vida saludables
sino;
 Ciudadanos Liberteños constructores de su propia salud, encaminados hacia el desarrollo
humano sostenible, actores sociales hacia la búsqueda de oportunidades a disfrutar de una vida
saludable.
DEBERES CIUDADANOS EN SALUD
Toda ciudadano /a Liberteño/a tiene el deber de autocuidar su salud:
 Consumiendo alimentos saludables, frutas, verduras y pescado
 Lavando siempre todos los alimentos antes de consumirlos
 Toda ciudadano /a Liberteño/a tiene el deber de realizar acciones para prevenir
enfermedades en su familia y comunidad:
 Cuidar el medio ambiente, teniendo una vivienda
y comunidad saludable.
 Todo ciudadano/a tiene el deber de cumplir con
todas las indicaciones prescritas por el personal de
salud
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SALUD]
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VI. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
Bowly, j. (2003). derechos humanos . lima : norma legales .
Morgan , J. (2012). OMS. MEXICO : AMAYA .
Ruiz, L. (03 de 03 de 2013). Derechos y deberes en salud . Recuperado el 06 de 06 de 2013, de
Derechos y deberes en salud: www.derechossalud.org
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SALUD]
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TIPOS DE
DERECHOS
ECONOMICOS
CULTURALES
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SALUD]
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TRUJILLO PIURA CHICLAYO PUNO
A.BUENA 40% 25% 30% 15%
A.REGULAR 20% 45% 40% 20%
A.MALA 10% 30% 20% 40%
0%
5%
10%
15%
20%
25%
30%
35%
40%
45%
50%
PORCENTAJEPORTIPODEATENCION
TIPOS DE ATENCION EN SALUD
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SALUD]
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√
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  • 2.
  • 3. I. INTRODUCCION ...................................................................................................................... 3 II. ¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS? ............................................................................ 4 III. ¿QUÉ ES EL DERECHO A LA SALUD? ............................................................................. 4 a) Valores esenciales de los derechos humanos y la salud.......................................................... 4 b) Derecho a la salud, determinantes sociales y equidad en salud .............................................. 6 c) Derechos humanos y ciudadanía diferenciada en salud .......................................................... 7 IV. DERECHO EN SALUD ......................................................................................................... 9 V. DEBERES EN SALUD ............................................................................................................ 10 VI. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS................................................................................. 11
  • 4. 3 de junio de 2013 [DEBERES Y DERECHOS EN SALUD] 3 DEBERES Y DERECHOS EN SALUD I. INTRODUCCION En 1948, finalizada la segunda guerra mundial, la comunidad internacional aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y es en 1966 cuando los Estados, entre ellos el Estado peruano, ratifican dos tratados referidos a los derechos humanos, los cuales son el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Dichos pactos son de carácter vinculante, es decir, su cumplimiento es de carácter obligatorio para quienes los suscribieron; por ello están garantizados por las normas internacionales, están protegidos legalmente, se centran en la dignidad del ser humano, protegen a las personas y grupos de personas, son interdependientes y están interrelacionados entre sí, son irrenunciables y son universales. Es así que en la Declaración y programa de Viena se especifica que: “Todos los Derechos Humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están interrelacionados entre sí. La comunidad internacional debe de tratar los Derechos Humanos en forma global y de manera justa y equitativa, en pie de la igualdad y dándoles a todos el mismo peso. Debe tenerse en cuenta la importancia de las particularidades nacionales y regionales, así como de los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos, pero los Estados tienen el deber, sean cual fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales”.
  • 5. 3 de junio de 2013 [DEBERES Y DERECHOS EN SALUD] 4 II. ¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS? Los Derechos Humanos son un conjunto de principios, de aceptación universal, reconocidos constitucionalmente y garantizados jurídicamente, orientados a asegurar al ser humano su dignidad como persona, en su dimensión individual y social. Por su naturaleza, los Derechos Humanos son innatos o inherentes, universales, inalienables e intransferibles, acumulativos e irreversibles; son inviolables, obligatorios, indivisibles, interdependientes, complementarios y no jerarquizadles. Además, trascienden las fronteras nacionales. III. ¿QUÉ ES EL DERECHO A LA SALUD? a salud es un derecho humano fundamental e indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos. El Estado debe respetar, proteger y facilitar su ejercicio. El derecho a la salud, incluyendo la Salud Sexual y Reproductiva, abarca no solo una atención oportuna y apropiada, sino también los principales factores sociales, económicos y culturales determinantes de la salud. a) Valores esenciales de los derechos humanos y la salud Los derechos humanos se pueden definir como la expresión de los valores de la modernidad – libertad, igualdad, solidaridad–. Al ser traducidos en términos jurídico-legales con el respaldo constitucional del Estado de Derecho, se transforman en derechos ciudadanos; en su esencia está el reconocimiento de la dignidad del ser humano como atributo inalienable de la persona, y la salud como una condición esencial y atributo de la dignidad humana. L
  • 6. 3 de junio de 2013 [DEBERES Y DERECHOS EN SALUD] 5 Los derechos humanos ofrecen las reglas básicas en las que se sostiene la convivencia social civilizada actual. No es posible hablar de modernidad ni de dignidad humana sin referirse a los grandes valores que dan fundamento a los derechos humanos: libertad, igualdad, justicia, solidaridad, democracia y ciudadanía. La libertad se concibe como un atributo personal e intransferible. Se la relaciona con los derechos civiles en primer término y los derechos políticos , y es el principal valor defendido por el pensamiento liberal. La igualdad es una categoría que unifica a la humanidad en un solo rango y se relaciona especialmente con los derechos sociales “No obstante, en general se puede decir que este punto de llegada es la conclusión de un proceso histórico de sucesivas equiparaciones de la diversidad, o de sucesivas eliminaciones de la discriminación entre los individuos, que ha hecho desaparecer paulatinamente las categorías parciales discriminadoras, integrándolas en una categoría unificadora general. La igualdad entre todos los seres humanos respecto a los derechos fundamentales es el resultado de un proceso de eliminación gradual de las discriminaciones y, por tanto, de unificación de aquello que se reconocía como idéntico: una naturaleza común del hombre por encima de las diferencias de sexo, raza, religión, etc” . A la igualdad se la entiende en términos sociales y tiene relación estrecha con lo planteado como criterio básico en la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, igualdad en dignidad y derechos de todos los seres humanos. El concepto declarado en 1948 se ha enriquecido con los conceptos de igualdad como equidad, y luego igualdad de oportunidades, que supone desarrollo de capacidades básicas y uso apropiado de éstas. Esto se da a través de la libre elección de proyectos de vida individuales en el marco de un proyecto social compartido. Los gobiernos tienen la responsabilidad de crear las condiciones para que los individuos adquieran esas capacidades básicas. “El proceso de la justicia es unas veces de diversificación de lo diverso y otras de unificación de lo idéntico” La confraternidad o solidaridad son principios de los derechos humanos, y guardan coherencia con los criterios de justicia y equidad desde los cuales se busca que los grupos o poblacionales que por
  • 7. 3 de junio de 2013 [DEBERES Y DERECHOS EN SALUD] 6 condiciones relacionadas con el sexo, el género, la etnia, la edad, el estatus y la posición estén en condición o situación de vulnerabilidad, tengan las mismas oportunidades para desarrollarse plenamente. Por otra parte, los valores de democracia y ciudadanía son interdependientes y refuerzan mutuamente el derecho de todas las personas a participar en forma voluntaria en todos los aspectos y decisiones de sus vidas. Así mismo el derecho a la salud y el derecho a la seguridad social se articulan con los principios de igualdad y solidaridad y forman parte de los denominados derechos sociales ; y los derechos sexuales y reproductivos se asocian con la libertad en tanto se los relaciona con la capacidad individual de controlar y tomar decisiones sobre la propia vida (Ruiz, 2013). Entonces se constata que existe diversos vínculos entre los derechos humanos y la salud tales como: La violación o desatención de los derechos humanos pueden tener consecuencias graves para la salud. Las políticas y programas sanitarios pueden promover los derechos humanos o violarlos. Las estrategias con las cuales se vulnera la mala salud pueden tener medidas con las cuales se respete, proteja y cumpla con los Derechos Humanos. Se pueden señalar como ejemplos de la relación entre la salud y los Derechos Humanos los presentados b)Derecho a la salud, determinantes sociales y equidad en salud Los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) son de gran importancia, y fueron establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC 1966) y ratificados en el año 2002. El Comité encargado de velar por su aplicación define a la pobreza como “una condición humana que se caracteriza por la privación continua o crónica de los recursos, la capacidad, las opciones, la seguridad y el poder necesarios para disfrutar de un nivel de vida adecuado y de otros derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales”. En este sentido, los DESC se constituyen en un instrumento clave para la reducción de la pobreza, y el incremento de la capacidad de acción de la población en situación de pobreza10. En la Constitución de la OMS (1946) se consagró por primera vez el “derecho al grado máximo de salud que se pueda lograr”, o “derecho a la salud”. Luego, en 1948, fue ratificado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación y el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios, tiene así mismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez,
  • 8. 3 de junio de 2013 [DEBERES Y DERECHOS EN SALUD] 7 vejez y otros casos de pérdidas de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad” Para entender el concepto de equidad en salud es necesario definir previamente el concepto de equidad o ausencia de diferencias particularmente injustas, del de igualdad o ausencia de diferencias en general. La búsqueda de equidad en salud significa la apuesta por acciones de reducción de las desventajas sociales o sus efectos sobre la salud en los grupos más desprotegidos (Morgan , 2012). El estado debe proporcionar atención de salud culturalmente adecuada a los conocimientos y prácticas de salud sexual y reproductiva de las diversas etnias que habitan en el Perú, e igualmente, fomentar actitudes en el personal de salud, de respeto, tolerancia y valoración de la diversidad cultural. Paralelamente, se deberá asegurar mecanismos mediante los cuales el personal de salud se comunique en las lenguas nativas correspondientes a su zona de trabajo, a fin de garantizar la comunicación lingüística y el diálogo intercultural. c) Derechos humanos y ciudadanía diferenciada en salud esde la década de los sesenta empezaron a surgir derechos específicos, siendo los de mayor trascendencia los derechos de la mujer, la niñez y los pueblos indígenas. Las acciones del movimiento feminista y de defensa de los derechos de la mujer hicieron ver la necesidad de un trato diferenciado a favor de las poblaciones más débiles, vulnerables y discriminadas, lo cual ayudó a entender la justicia en términos de equidad, la cual es entendida como el acceso de las personas, en función de sus necesidades, a oportunidades para gozar de bienestar y lograr su desarrollo. En este sentido, la equidad es un “imperativo ético estrechamente asociado a los derechos humanos y la justicia social” a búsqueda de equidad en salud implica, entonces, el intento de reducir las desventajas sociales o sus efectos sobre la salud entre los grupos más desprotegidos, es decir desfavorecidos o vulnerables desde el punto de vista económico, social o político o marginado por algún otro motivo. Esto requiere prestar atención especial a dichos grupos, por lo cual las leyes internacionales de derechos humanos reconocen las medidas de acción positiva para asegurar la igualdad genuina en la práctica, y para que todas las personas puedan ejercer en igualdad de condiciones su derecho D L
  • 9. 3 de junio de 2013 [DEBERES Y DERECHOS EN SALUD] 8 a la salud y tener las mismas posibilidades de un desarrollo saludable, reforzando así el principio de equidad.
  • 10. 3 de junio de 2013 [DEBERES Y DERECHOS EN SALUD] 9 IV. DERECHO EN SALUD a. El derecho a la salud se concibe como un derecho al disfrute de toda una gama de facilidades, bienes, servicios y condiciones necesarios para alcanzar el más alto nivel posible de salud."1 b. Toda ciudadano/a tiene derecho a que el personal de salud debe saludarlo amablemente, con respeto y gentileza, sin discriminación por raza, edad, sexo, creencia o enfermedad. c. Toda ciudadano /a tiene derecho a que el personal de salud antes de dar inicio a su atención deberá decirle cuál es su nombre y que profesión u ocupación tiene en el establecimiento de salud d. Toda ciudadano/a pobre tiene derecho a que se le afilie al seguro integral de salud, especialmente a las gestantes y aquellas personas afectadas según prioridades regionales. e. Toda ciudadano/a tiene derecho a que el personal de salud deberá atenderlo con trato digno, amable y respetuoso, en especial a los pacientes del seguro integral de salud, brindando una atención integral, humana, educativa, segura, continua y eficiente con calidad y calidez. 1 Katerine Calderón Salazar , derechos en salud , edit. Amaya, Lima- Perú.
  • 11. 3 de junio de 2013 [DEBERES Y DERECHOS EN SALUD] 10 f. Toda ciudadano/a tiene derecho a que el personal de salud lo examine cuidadosamente, en especial a las gestante para detectar riesgos o daños oportunamente, atender con pertinencia o referir oportunamente (Bowly, 2003) g. Toda ciudadano/a tiene derecho a que el personal de salud mantenga su privacidad y confidencialidad sobre todos en los procesos que implica reserva en su estado de salud. h. Toda ciudadano/a tiene derecho a que el personal de salud respete sus creencias y tradiciones adecuándose a su cultura, creencias. V. DEBERES EN SALUD DEBER EN SALUD Deber en salud se considera como una obligación, responsabilidad o precepto necesario de cumplimiento, de parte del propio ser humano, para alcanzar salud, bienestar o la felicidad.  El Gobierno Regional La Libertad y su Gerencia Regional de Salud; a través de su Política Regional de Salud, incluye salud no solo fomentar el autocuidado, estilos de vida saludables sino;  Ciudadanos Liberteños constructores de su propia salud, encaminados hacia el desarrollo humano sostenible, actores sociales hacia la búsqueda de oportunidades a disfrutar de una vida saludable. DEBERES CIUDADANOS EN SALUD Toda ciudadano /a Liberteño/a tiene el deber de autocuidar su salud:  Consumiendo alimentos saludables, frutas, verduras y pescado  Lavando siempre todos los alimentos antes de consumirlos  Toda ciudadano /a Liberteño/a tiene el deber de realizar acciones para prevenir enfermedades en su familia y comunidad:  Cuidar el medio ambiente, teniendo una vivienda y comunidad saludable.  Todo ciudadano/a tiene el deber de cumplir con todas las indicaciones prescritas por el personal de salud
  • 12. 3 de junio de 2013 [DEBERES Y DERECHOS EN SALUD] 11 VI. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS Bowly, j. (2003). derechos humanos . lima : norma legales . Morgan , J. (2012). OMS. MEXICO : AMAYA . Ruiz, L. (03 de 03 de 2013). Derechos y deberes en salud . Recuperado el 06 de 06 de 2013, de Derechos y deberes en salud: www.derechossalud.org
  • 13. 3 de junio de 2013 [DEBERES Y DERECHOS EN SALUD] 12 TIPOS DE DERECHOS ECONOMICOS CULTURALES
  • 14. 3 de junio de 2013 [DEBERES Y DERECHOS EN SALUD] 13 TRUJILLO PIURA CHICLAYO PUNO A.BUENA 40% 25% 30% 15% A.REGULAR 20% 45% 40% 20% A.MALA 10% 30% 20% 40% 0% 5% 10% 15% 20% 25% 30% 35% 40% 45% 50% PORCENTAJEPORTIPODEATENCION TIPOS DE ATENCION EN SALUD
  • 15. 3 de junio de 2013 [DEBERES Y DERECHOS EN SALUD] 14 √
  • 16. 3 de junio de 2013 [DEBERES Y DERECHOS EN SALUD] 15