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BIENVENIDOS AL CURSO
Avanzado de nomina
ASESORIA ORGANIZACIONAL RECURSOS HUMANOS,
ATRACCION DE RECURSOS
T ASESOR
ORGANIZACIONAL
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ÍNDICE
I. Fundamento jurídico
II. Relaciones laborales
III. Elementos de La Nómina
IV. Conceptos de nómina: Percepciones
V. Conceptos de nómina: Deducciones
VI. Conceptos de nómina: obligaciones patronales
VII. Provisiones de nómina
VIII.Herramientas de nómina
IX. Sistemas de Nómina
X. Ejercicio integrador
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Objetivo de los temas III , IV
El participante logrará emplear de manera efectiva los
conceptos de nomina conforme a la Ley Federal del
trabajo, Ley del Impuesto sobre la renta, Ley del IMSS.
Y aplicara de manera efectiva los conceptos de nomina.
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CONSIDERACIONES IMPORTANTES DE LA NOMINA
TODO EL PROCESO DEBE ESTAR:
FUNDAMENTADO
MOTIVADO
SUSTENTADO
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GRAVA
PARA
ISR
IMSS
LFT
ISN
PERCEPCIONES
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CALCULOS BASICOS PARA ALTA
SUELDO
SALARIO BASE DE COTIZACION
PARA NOMINA
PERCEPCIONES BASICAS
SUELDO
DIAS TRABAJADOS
ISR
IMSS RETENIDO
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DESCANSO LABORADO
Conforme a lo que establece el Art 59 AL 66 de LFT el patrón y el trabajador fijaran
las jornadas y estas no pueden exceder de los límites legales.
Cuando el trabajador labora en días de descanso este se cubrirá a razón de
doscientos porciento mas.
Cuota Diaria por 200% mas su día normal.
INTEGRA 100% ISR, IMSS, LFT (OJO CON EL TIEMPO EXTRA)
• SI EL TRABAJADOR TIENE SU DIA DE DESCANSO EN DOMINGO Y LO LABORA, SE LE
PAGARA DESCANSO LABORADO SIN PRIMA DOMINICAL** ART 71 LFT
• ( SI YA LO HACES YA CREASTE COSTUMBRE POR LO QUE EL QUITARLO TE TRAERA PROBLEMAS LABORALES)
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PRIMA DOMINICAL
Se paga cuando se labore de manera permanente los domingos
descansando otro día de la semana
EXCENTO ISR 1 VSMZG POR CADA DOMINGO QUE LABORE (99 LISR)
GRAVA 100% LFT Art 84
GRAVA 100% IMSS Art 27
ART 73 LFT *( amparo directo 110/76, Tribunal colegiado del octavo
circuito pág.. 412)
(*excepción que se encuentre estipulado en CCT O RIT)
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DÍA FESTIVO LABORADO
Cuando el trabajador labora en días de descanso obligatorio o festivo este se cubrirá
a razón de doscientos porciento mas.
Cuota Diaria por 200% mas su día normal.
INTEGRA 100% LFT IMSS ISR.
TIEMPO EXTRA
LFT (INTEGRA 100%)
Artículo 66. Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias
extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una
semana.
Artículo 67. Las horas de trabajo a que se refiere el artículo 65, se retribuirán con una
cantidad igual a la que corresponda a cada una de las horas de la jornada.
Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del
salario que corresponda a las horas de la jornada.
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TIEMPO EXTRA
PARA ISR
En su totalidad para quienes perciban el salario mínimo
En los demás casos solo se exentará el 50% de este ingreso siempre
que dicha exención, adicionada a la correspondiente al día de descanso
laborado no exceda del equivalente a cinco SMG
Art. 93 – fracc I
Para IMSS
27 Frac IX,
El tiempo extraordinario dentro de los márgenes señalados en la Ley
Federal del trabajo. Hasta 9 horas a la semana.
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TIEMPO EXTRA
Por lo que:
1.-El periodo de cómputo de tiempo extraordinario será de una semana:
2.- No se integrará el SBC el tiempo extraordinario, cuando:
a).- No exceda de tres horas diarias; y
b).- No exceda de tres veces en una semana.
En caso de que la prestación otorgada por el patrón rebase los limites
establecidos, se integrará al SBC el excedente.
Por tanto, se concluye que el tiempo extraordinario que esté fuera de los
máximos permitidos por la ley laboral, automáticamente formará parte
del salario Acuerdo 497/93
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DESCANSO POR VACACIONES.
Este es un derecho irrenunciable de los trabajadores, por lo que lo mejor es
ajustarse a lo que marca la Ley. Art 76 ,77 Y 78 LFT. Y pueden programarse
durante los 6 meses siguientes al cumplimiento del año.
NOTA : RECUEDA QUE ESTE CONCEPTO TENDRAS QUE JUSTIFICARLO, POR LO QUE
TE RECOMIENDO QUE CREES UN CONCEPTO EN LA NOMINA QUE SE LLAME
VACACIONES Y LAS APLIQUES COMO CORRESPONDA AL PERIODO QUE PAGUES.
**FORMATO SUGERIDO EN EL ARCHIVO EXCEL
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PRIMA VACACIONAL
Art. 80 de la LFT, Los trabajadores tendrán derecho a una prima por lo
menos del 25%.
Se calcula sobre los días de vacaciones si tiene 6 el cálculo seria 1.5, sin
embargo pueden ser mayores. Pero nunca menores a los que marca la Ley.
ISR EXCENTO 15 VECES EL SALARIO MINIMO PARA ISR VSMZG
GRAVA 100% PARA LFT
IMSS GRAVA100%
AGUINALDO
Art 87, Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual de por lo
menos 15 días de salario.
GRAVA 100% IMSS Y LFT
EXCENTO ISR 30 VECES EL SALARIO MINIMO ZG
NOTA: PROGRAMALO PARA PAGARLO ANTES DE 20 DE DICIEMBRE.
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Si la aportación es igual o mayor al SMDF no integra
el salario. Pero si es menor si integra para IMSS
ALIMENTACIÓN Y HABITACIÓN
Art 17 y 334 LFT, la alimentación gratuita se incluye como prestación
integrante en un 25% de la cuota diaria por los tres alimentos.
La alimentación y la habitación cuando se entreguen de forma onerosa a
los trabajadores, se entiende que son onerosas estas prestaciones cuando
el trabajador pague por cada una de ellas, como mínimo el 20% del salario
mínimo general diario que rija en le Distrito Federal.
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ATRACCION DE RECURSOS
SALMINGRALDF T% LEY TResultado
67.29 20% 13.46
MAYOR O
IGUAL A Acuerdo
MENOR A 13.46 13.46 consejo 77/94
si integra No integra
en los mismos
términos
Integra el 8.33% por
alimento
cuando se
den los 3
alimentos
integra el
25% Art 32 LSS
La habitación
integra en un 25% ART 32 LSS
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DESPENSA
Para IMSS, DESPENSA EN ESPECIE O EN DINERO. Es valido entregar la
despensa mediante vales, atendiendo el acuerdo 494/93 del Consejo
Técnico del IMSS
Para LFT integra al 100%, PARA ISR, NO GRAVA SIEMPRE Y CUANDO
SE REUNAN LOS REQUISITOS
En 2014, esta prestación debe realizarse en el medio señalado para
que el empleador pueda deducirla 27, fracc. XI, 93, fracc. VIII y
penúltimo párrafo
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SALMINGRALDF % LEY Resultado
67.29 40% 26.91
Es igual o menor a
26.91 NO INTEGRA
Es mayor a
26.91 integra
la diferencia 495/93
26.91 * DIAS DEL
BIMESTRE = TOPE LA
DIF INTEGRA 495/93
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PREMIOS POR PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA
Siempre que el importe de cada uno de estos no rebase el 10% del SBC
del Bimestre inmediato anterior. (Acuerdo 496/93 del consejo técnico
del IMSS)
LFT INTEGRA 100%
ISR GRAVA AL 100% por no ser gastos de previsión social.
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BONO DE PRODUCTIVIDAD
LFT INTEGRA 100%
IMSS INTEGRA AL 100%
ISR GRAVA AL 100%
FONDO DE AHORRO
La aportación del patrón no debe exceder el 13% del salario del empleado.
EJEMPLO ( MATERIAL)
Supongamos que al mes ganas $5,000 y que tu patrón descuenta de tu
nómina un 13% de tu salario ($650 al mes) para tu fondo y que decide
aportar la misma cantidad que tú.
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FONDO DE AHORRO
En el caso de las aportaciones a los fondos de ahorro, éstas sólo
serán deducibles cuando, además de ser generales en los términos
de los tres párrafos anteriores, el monto de las aportaciones
efectuadas por el contribuyente sea igual al monto aportado por
los trabajadores, la aportación del contribuyente no exceda del
trece por ciento del salario del trabajador, sin que en ningún caso
dicha aportación exceda del monto equivalente de 1.3 veces el
salario mínimo general del área geográfica que corresponda al
trabajador, elevado al año y siempre que se cumplan los requisitos
de permanencia que se establezcan en el Reglamento de esta Ley.
El monto de las prestaciones de previsión social deducibles
otorgadas a los trabajadores no sindicalizados, excluidas las
aportaciones de seguridad social, las aportaciones a los fondos de
ahorro, a los fondos de pensiones y jubilaciones complementarios
a los que establece la Ley del Seguro Social a que se refiere el
artículo 33 de esta Ley, las erogaciones realizadas por concepto
de gastos médicos y primas de seguros de vida, no podrá exceder
de diez veces el salario mínimo general del área geográfica que
corresponda al trabajador, elevado al año
- 19. Prohibida la reproducción total y/o parcial de la presente obra protegida conforme a la Ley Federal del
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PRESTACION SE ENTREGA AL
TRABAJADOR
ES POR
SUTRABAJO
INTEGRA
EJEMPLO
AGUINALDO
SI SI SI
UNIFORMES SI SI NO, PORQUE
SON
NECESARIAS
PARA EL
TRABAJO
PROPINAS NO SI NO
BECAS SI NO NO
ES UNA PRESTACION FIJA ORDINARIA Y PERMANENTE. SI INTEGRA
TABLA DE INTEGRACION
LFT
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EJERCICIO INTEGRADOR
JOSE FLORES, ( DEL CASO ANTERIOR) SE GENERARA LA NOMINA DEL 15 AL
30 DE ABRIL CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS
1 DIA FESTIVO LABORADO
15 HORAS DE TIEMPO EXTRA ( DE LUNES A VIERNES 3 HORAS)
FONDO DE AHORRO 13%
VALES DE DESPENSA 10%
COMPENSACION DE 2500.00
A) ELABORA DE MANERA MANUAL O EN EXCEL EL CALCULO
B) COMPRUEBA TUS CALCULOS EN NOMINAX