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PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

ÁREA ECONÓMICA- Fundación Miguel Estrada Iturbide(FMEI)

Reforma Hacendaria
¿Cuáles son sus Propuestas?
PAQUETE ECONÓMICO 2014
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

ÍNDICE
I. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (CPEUM)
I.1 Temas generales, CPEUM
I.1.1 Reconocimiento de la Pensión Universal y el Seguro de Desempleo
II. LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
II.1. Temas relevantes para el PAN, IVA
II.1.1 IVA a Colegiaturas
II.1.2 IVA del 16% a Zona Fronteriza
II.1.3 IVA a los alquileres e hipotecas de casa habitación
II.1.4 IVA a las importaciones de insumos de la Industria Exportadora
II.2. Temas Generales, IVA
II.2.1 Eliminación del Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS)

II.2.2 Servicios de hotelería y conexos a turistas extranjeros
II.2.3 Impuesto a las importaciones temporales de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de
Servicios de Exportación (IMMEX)
II.2.4 Transportación aérea internacional
II.2.5 Transporte público terrestre de personas
III. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR)
III.1. Temas relevantes para el PAN, ISR
III.1.1 Incremento de la tasa máxima del ISR
III.1.2 Reducción de deducciones en ISR
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

ÍNDICE
III.2. Temas Generales, ISR
II.2.1. ISR Personas Morales (empresarial)
III.2.1.1 Deducciones
III.2.1.2 Depósitos en efectivo (IDE)
III.2.1.3 Vales de Despensa
III.2.1.4 Deducción de ingresos remunerativos otorgados a los trabajadores
III.2.1.5 Deducciones adicionales
III.2.1.6 Inversión y arrendamiento de automóviles
III.2.1.7 Consumos en restaurantes
III.2.1.8 Regímenes especiales
III.2.1.9 Régimen simplificado
III.2.1.10 Homologación de la tasa del ISR del Sector Primario con la del régimen general
III.2.1.11 Estímulo fiscal a la industria cinematográfica nacional
III.2. Temas Generales, ISR
III.2.2. ISR Personas Físicas
III.2.2.1 Tarifa del ISR de personas físicas con tasa del 32%
III.2.2.2 Deducciones Personales
III.2.2.3 Medios de pago de las deducciones Personales
III.2.2.4 Exención a la enajenación de casa de habitación
III.2.2.5 Enajenación de parcelas y ejidos
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Propuesta de Reforma Hacendaria

ÍNDICE
III.2.2.6 Régimen de incorporación fiscal
III.2.2.7 Ganancias de capital de personas físicas 41
IV. LEY SOBRE DEPÓSITOS EN EFECTIVO (IDE)
IV.1. Temas relevantes para el PAN, IDE
IV.1.1 Eliminación del IDE
V. LEY DE PENSIÓN UNIVERSAL Y LEY DE SEGURO DE DESEMPLEO
V.1 Temas generales
V.1.1 Pensión Universal y Seguro de Desempleo
VI. LEYES DE LOS IMPUESTOS EMPRESARIAL A TASA ÚNICA (IETU) Y A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO (IDE)
VI.1 Temas generales, IETU-IDE
VI.1.1 Abrogación de leyes del IETU y del IDE
VII. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS)
VII.1 Temas generales, IEPS
VII.1.1 Impuesto a las gasolinas destinado a las entidades federativas
VII.1.2 Impuestos a gasolinas y plaguicidas
VII.1.3 Juegos con apuestas y sorteos
VII.1.4 IEPS a bebidas saborizadas
VIII. LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA (LFPRH)
VIII.1 Temas generales, LFPRH
VIII.1.1 FORTALECIMIENTO DE LA LFPRH
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Propuesta de Reforma Hacendaria

ÍNDICE
IX. LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS Y REFORMAS A LAS LEYES FEDERAL DE PRESUPUESTO Y
RESPONSABILIDAD HACENDARIA, GENERAL DE DEUDA PÚBLICA Y DE PETRÓLEOS MEXICANOS
IX.1 Temas generales, Reforma Energética
IX.1.1 Reforma energética
X. LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN (TIGIE)
X.1 Temas generales, TIGIE
X.1.1 Modificaciones arancelarias a la TIGIE
XI. LEY DE COORDINACIÓN FISCAL (LCF)
XI.1 Temas generales, LCF
XI.1.1 Federalismo fiscal
XII. LEY DE COORDINACIÓN FISCAL (LCF) Y LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL (LGCG)
XII.1 Temas generales, LCF y LGCG
XIII. LEY GENERAL DE SALUD (LGS)
XIII.1 Temas generales, LGS
XIII.1.1 Sistema de Protección Social en Salud
XIV. LEY ADUANERA (LA)
XIV.1 Temas generales, LA
XIV.1.1 Mejoras a la Ley Aduanera
XV. LEY GENERAL DE DERECHOS (LGD)
XV.1 Temas generales, LGD
XV.1.1 Pago de derechos de agua, minería y espectro radioeléctrico
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Propuesta de Reforma Hacendaria

I. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
(CPEUM)

I.1 Temas generales, CPEUM
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

I.1.1 Reconocimiento de la Pensión Universal y el Seguro de Desempleo

¿Qué se
propone?
Establecer dos
nuevos derechos:
- El derecho de
los adultos
mayores a
contar con una
Pensión
Universal y;

- El derecho de
los trabajadores
a contar con un
Seguro de
Desempleo.

¿ESTA PROPUESTA QUÉ CAMBIOS IMPLICA A LA LEY?
Se acompañan de reformas a las leyes reglamentarias y reformas a las leyes de
segiuridad social.
¿CUÁLES SON SUS DISPOSICIONES?
1. Los derechos fundamentales de los adultos mayores, estableciendo la obligación
del Estado mexicano de proteger sus derechos.
2. Prever que las personas que cumplan 65 años a partir del año 2014 gozarán del
nuevo derecho reconocido en la Constitución.
3. Garantizar a todos los trabajadores del sector formal que caigan en situación de
desempleo, un mecanismo que evite el detrimento en el nivel de vida de sus
familias y les permita reinsertarse al mercado laboral formal.
-

Se reforma el artículo 123, apartado A, fracción XXIX con el objeto de eliminar la
mención al seguro de cesación involuntaria del trabajo
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Propuesta de Reforma Hacendaria

II. LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
II.1. Temas relevantes para el PAN, IVA
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

II.1.1 IVA a Colegiatura
¿QUÉ BUSCA LA PROPUESTA?

- El Gobierno Federal busca recaudar 11 mil millones de pesos por concepto de
colegiaturas.
¿ES CONSISTENTE?

¿Qué implica la
propuesta?
Eliminar las
exenciones a los
servicios de
enseñanza privada y
aplicar tasa del 16%

●

No obstante lo anterior, de acuerdo con la Federación de Instituciones
Mexicanas Particulares de Educación Superior (FIMPES) tendría que
gastar 22 milmillones de pesos para asegurar un lugar en las instituciones
públicas para los 400 mil estudiantes que tendrían que dejar de estudiar en
las instituciones particulares de educación media superior y superior.

●

La mayor parte de la deserción, sería en bachilleratos e
instituciones de educación superior privadas, donde las colegiaturas son
más altas.

●

La FIMPES calcula que con un IVA de 16%, entre un 25% y 30% de los padres
de familia no podrán pagar un aumento en el costo de las colegiaturas.

●

La Iniciativa contradice la propia meta del Gobierno Federal de
lograr una cobertura educativa universitaria del 40%. En la actualidad, la
cobertura llega al 30%, pero con un IVA del 16% se desmotivan los
esfuerzos de los padres de familia.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

II.1.2 IVA del 16% a
Zona Fronteriza

¿Qué implica la
propuesta?
Eliminar la tasa
preferencial de
11% vigente en la
región fronteriza,
para incrementarla
a 16%.

¿LA PROPUESTA IMPORTA?
● La región binacional MEX, Norte – EUA, Sur es la más importante y dinámica
del mundo, con más de 83 millones de habitantes de manera conjunta ocupa
en elorbe el cuarto lugar en materia económica.
● El valor del comercio bilateral entre México y Estados Unidos en el 2012 se
estimó en 490 mil millones de dólares.

¿EN QUÉ SENTIDO AFECTARÍA?

● Esta región tiene 51 puntos fronterizos, 32 puentes federales y 7 rutas de
errocarril lo que la coloca como la frontera más transitada del mundo con más de
350 millones de personas que la cruzan cada año.

● En Acción Nacional estamos convencidos que esta propuesta provocará una
fuerte contracción económica en las ciudades de las fronteras y una pérdida
de competitividad,

● Por ejemplo, una persona residente de una ciudad fronteriza en el norte de
nuestro país, paga actualmente un impuesto al consumo del 11%, mientras
que en las ciudades de fronterizas de Estados Unidos este mismo impuesto es del
8.25%. De elevarse la tasa al 16%, ésta sería del doble de la de nuestro vecino
del Norte,ocasionando una fuga de divisas y consumidores nacionales al otro
lado de a frontera, trasladándose el impuesto esperado a los Estados Unidos y
repercutiendo severamente en la generación de empleos en la región.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

II.1.3 IVA a los alquileres e hipotecas de casa habitación

¿EN QUÉ CONSISTE?

¿Qué implica la
propuesta?
Eliminar la exención
a la enajenación y
arrendamiento de
casa habitación, así
como a los intereses
que se paguen en
créditos
hipotecarios.

- Se elimina la exención de la enajenación de casa habitación y la renta
que pueden ser propiedades que no necesariamente son de alto valor
y que son adquiridas o rentadas por la población de clase media y clase baja,
como casas de interés social por ejemplo y se grava con IVA los intereses
hipotecarios.

¿IMPACTA EL BOLSILLO DE LOS MEXICANOS?
● SI, tiene un impacto directo porque a pesar de que los constructores pueden
hacer uso del mecanismo de acreditación del impuesto, se gravarán los
intereses delcrédito hipotecarios y se grava la renta.
● De aprobarse la propuesta, en todos los créditos hipotecarios -bancarios, del
INFONAVIT o del FOVISSSTE- se pagará IVA sobre comisiones e intereses, no
sobre capital (no IVA sobre el total del crédito).
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

II.1.4 IVA a las importaciones de insumos de la Industria Exportadora
¿A QUIÉNES AFECTA?

¿Qué implica la
propuesta?
Eliminar la exención
del IVA a la
importación de
insumos para la
industria
exportadora y
aplicar el 16% de
impuesto.

● Afecta a la industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de
Exportación que cuenta con más de 6,300 establecimientos adscritos al Programa
IMMEX en todo el país.
● El 60% de los establecimientos registrados se concentra básicamente en
los estados de la frontera norte del país.
● Emplean más de 2 millones 348 mil personas al mes.

¿CÓMO AFECTA?

● Se propone aplicar un 16% de IVA a las importaciones de insumos para esta
industria, por lo que se considera tendrá un impacto negativo para el
desarrollo de la industria, y en la generación de empleos.
● De concretarse la aplicación del impuesto a las importaciones de insumos, se
tendrá un impacto devastador en la competitividad de esta industria, y afectará en
general al sector exportador.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

II.2. Temas Generales, IVA
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

II.2.1 Eliminación del Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS)
¿POR QUÉ SE ELIMINAN LOS REPECOS?
● Se

elimina el actual régimen de REPECOS en congruencia con la
propuesta presentada para expedir una nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta.
¿Qué modifica en

la ley?
Elimina de la Ley del
IVA, los artículos,
2o.-C y 43, fracción
IV, cuarto párrafo y
modificar el segundo
párrafo del inciso b)
de la fracción X del
artículo 15 de dicha
ley.

● Pertinente

de acuerdo con el Ejecutivo Federal debido a que el tratamiento
previsto en ambos ordenamientos tienen una clara correspondencia.

¿CÓMO ES ESTO, QUÉ ALCANCE TIENE?

● La eliminación del citado régimen, resulta constitucional ya que su
establecimiento en todo momento fue una decisión de política tributaria, que
atendía a un fin extra fiscal de estímulo a este sector de los contribuyentes y,
en cambio, se estima necesario que todos los contribuyentes paguen el IVA bajo
el régimen general, eliminando privilegios y haciendo así que la tributación sea
más eficiente y justa al sujetarse todos a las mismas obligaciones.

●De igual forma, en términos de lo previsto en el artículo 2o.-C de la Ley del
Impuesto al Valor Agregado, mismo que regula el mencionado régimen para
efectos del citado impuesto, se trata de un régimen optativo, lo que permite
afirmar que dicho régimen era un beneficio otorgado por el Poder Legislativo a los
contribuyentes, de ahí que resulte constitucional su derogación.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

II.2.2 Servicios de hotelería y conexos a turistas extranjeros
¿QUIÉNES PAGARÍAN ESTE IMPUESTO?
¿Qué implica la

propuesta?
Eliminar el
tratamiento de
exportación con
derecho a aplicar la
tasa del 0% a la
prestación de los
servicios de hotelería
y conexos realizados
por empresas
hoteleras a turistas
extranjeros.

Turistas extranjeros que ingresen al país para participar exclusivamente en
congresos, convenciones, exposiciones o ferias a celebrarse en México, ya que la
realización de tales eventos deben ser gravados al tratarse de servicios aprovechados
en territorio nacional

¿CÓMO FUNCIONA ACTUALMENTE?
● Hoy se encuentran sujetos a la tasa del 0% los servicios de alojamiento,
transportación de ida y vuelta del hotel a la terminal de autobuses, puertos y
aeropuertos, los alimentos y bebidas.
● También incluye tasa 0% el uso temporal de los centros de convenciones y de
exposiciones, así como los servicios complementarios que se proporcionen dentro de
las instalaciones de dichos lugares para realizar convenciones, congresos, exposiciones
o ferias.
● Considerando que en los congresos, convenciones, exposiciones o ferias
realizadas en México no participan exclusivamente residentes en el extranjero, y
que para fiscalizar esta medida sería necesario prorratear los gastos para determinar
la proporción que corresponde estrictamente a residentes en el extranjero, se
caería en una elevada complejidad administrativa.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

II.2.2 Servicios de hotelería y conexos a turistas extranjeros

¿QUÉ SE PUEDE HACER?
¿Qué implica la

propuesta?
Eliminar el
tratamiento de
exportación con
derecho a aplicar la
tasa del 0% a la
prestación de los
servicios de hotelería
y conexos realizados
por empresas
hoteleras a turistas
extranjeros.

- Se propone no dar el tratamiento de exportación a los servicios de hotelería y
conexos prestados a residentes en el extranjero que ingresen al país para participar
exclusivamente en congresos, convenciones, exposiciones o ferias a celebrarse en
México..
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

II.2.3 Impuesto a las importaciones temporales de la Industria Manufacturera, Maquiladora y
de Servicios de Exportación (IMMEX)
¿POR QUÉ ESTA PROPUESTA?
El Ejecutivo Federal plantea una estructura tributaria equitativa que no distinga entre
Sectores de la producción, por lo que se propone eliminar la exención del IVA a la
introducción temporal de mercancías..

¿Qué implica la

propuesta?
Gravar las
importaciones
temporales IMMEX,
depósito fiscal
automotriz, recinto
fiscalizado y recinto
fiscalizado
estratégico.

Se pretende cerrar los espacios para las prácticas de elusión y evasión fiscales, que
promueva la competitividad, que no generen distorsiones en la obtención de
recursos y que permita retomar plenamente el control de la administración tributaria
sobre el IVA.
¿QUÉ ESTABLECIMIENOS INCLUYE Y EN QUÉ CASOS?
●En materia del Depósito Fiscal Automotriz, Recinto Fiscalizado y Recinto Fiscalizado
Estratégico, se propone establecer que también se considerará introducción
de bienes al país, cuando éstos se destinen a los regímenes
aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación
o
reparación en programas de maquila o de exportación;
● De depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de
vehículos.
●De elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, y de recinto
fiscalizado estratégico, excepto cuando se trate de mercancías nacionales o
nacionalizadas que no hayan sido consideradas como exportadas en forma previa para
ser destinadas a los regímenes aduaneros mencionados.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

II.2.4 Transportación aérea internacional
¿CÓMO SE LLEVARÍA A CABO LA PROPUESTA?

Se busca que en el transporte internacional de bienes también se pueda considerar
como prestación de servicios el 25% y como exportación el 75%.

¿Qué implica la
propuesta?
Homologar el
tratamiento en la
transportación aérea
internacional para
que se pueda
acreditar al 100% el
impuesto
trasladado que
reúna los requisitos
exigidos por la ley

¿PUEDEN AHONDAR EN ESTO?

● Actualmente la transportación internacional aérea de personas, prestada por
residentes en el país, se considera exportación de servicios sujeta a la tasa del 0%
por la parte del servicio que no se considera prestada en territorio nacional.

● Todo el servicio se encuentra gravado como exportación a la tasa del 0%, pero
como consecuencia de que el transporte aéreo internacional únicamente se
considera prestado en un 25% en territorio nacional, sólo a ese porcentaje se le
aplica la tasa del 0% y el 75% restante no es objeto del impuesto.

● Los prestadores del servicio únicamente pueden acreditar el 25% del impuesto

que les trasladen sus proveedores en la adquisición de bienes y servicios
necesarios para la prestación de dicho servicio.
¿HAY ALGÚN INVONVENIENTE LEGAL?

● Al respecto, la SCJN se ha pronunciado en el sentido de que es procedente el

acreditamiento de la totalidad del impuesto trasladado a los residentes en territorio
nacional.

● Lo anterior, también resulta acorde con el tratamiento fiscal que se establece
en diversos convenios bilaterales sobre transporte aéreo.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

II.2.5 Transporte público terrestre de personas

¿POR QUÉ ESTA ACOTACIÓN EN LA LEY?
¿Qué implica la

propuesta?

Precisar que
únicamente se
mantendrá exento
del pago del IVA el
transporte público
terrestre de
personas, prestado
exclusivamente en
áreas urbanas,
suburbanas o en
zonas
metropolitanas.

Se plantea modificar la fracción V del artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor
Agregado para ampliar la base del IVA al eliminar la exención al servicio de
transporte público foráneo de pasajeros.

¿EN QUE SE SUSTENTA LA PROPUESTA?

● El trasporte público terrestre de personas, prestado exclusivamente en áreas
urbanas, suburbanas o zonas metropolitanas, se estima que debe permanecer
exento en todas sus modalidades, incluyendo al servicio ferroviario.

● La importancia del transporte público terrestre de pasajeros urbano y suburbano es
que en promedio el 87% del gasto corriente en transporte corresponde a esta
modalidad.

● Existe una mayor movilidad de los hogares de mayores ingresos y se da
principalmente a través del automóvil.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

III. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR)
III.1. Temas relevantes para el PAN, ISR
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Propuesta de Reforma Hacendaria

III.1.1 Incremento de la
tasa máxima del ISR

¿QUÉ RELEVACIA TIENE LA PROPUESTA?
La miscelánea fiscal presentada por el Gobierno Federal basa su sistema de
recaudación en el incremento del ISR a personas físicas.
¿A QUIÉNES AFECTA EL IMPUESTO?

● Impacta directamente en aquellas personas físicas que ganan en promedio 40
mil pesos mensuales.

¿Qué implica la

propuesta?
Aumentar la tasa del
ISR para personas
físicas aplicable a
contribuyentes con
ingresos anuales
superiores a 500 mil
pesos.

● Se generaría una mayor carga tributaria a la clase media y se seguiría
gravando al contribuyente cautivo, no a las personas que siguen sin pagar
impuestos.

● Resulta una medida recaudatoria y no encaminada a ampliar la base de
contribuyentes.
¿EL IMPUESTO ES PARA LOS QUE TIENEN MÁS?

● No se consideró elevar el umbral de ganancias a 1 millón de pesos, para que
verdaderamente paguen más los que ganan más y no sólo sea la clase
media la más afectada.

● El rango de ingresos no corresponde a los de mayores ingresos. Por lo que el
impuesto en comparación con los estándares internacionales resulta excesivo.

● En Acción Nacional estamos a favor de eliminar los privilegios en materia de
regímenes especiales y no en cargar la recaudación en la clase media.
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Propuesta de Reforma Hacendaria

III.1.2 Reducción de deducciones en ISR
¿QUE SERÁ DEDUCIBLE?

● Se limitan las deducciones personales a dos salarios mínimos anuales o a 10%
de los ingresos del individuo, la que sea menor.

● Ya no serán deducibles las aportaciones para fondos de pensiones y
¿Qué implica la
propuesta?
Limitar las
deducciones por
concepto de ISR

jubilaciones, sino hasta que se paguen efectivamente a la persona física.

● En el caso de remuneraciones pagadas a trabajadores, sólo será deducible el
equivalente a 41% de lo que se entregue al trabajador por concepto de
previsión social, cajas y fondos de ahorro, liquidaciones, gratificación anual, horas
extras y en general todos los ingresos exentos para los trabajadores.

¿ACCIÓN NACIONAL COINCIDE CON LA PROPUESTA?

● Además del incremento al ISR de 30% a 32% para personas físicas que ganen más
de 500 mil pesos, el Ejecutivo Federal plantea limitar las deducciones personales.

● La medida tiene un doble efecto en los ingresos netos de los trabajadores, por lo
que Acción Nacional no está de acuerdo con la propuesta y buscará las medidas
necesarias para no afectar a nuestra clase media.
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Propuesta de Reforma Hacendaria

III.2. Temas Generales, ISR
III.2.1. ISR Personas Morales (empresarial)
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Propuesta de Reforma Hacendaria

III.2.1.1 Deducciones

¿POR QUÉ ESTAS MODIFICACIONES?

●La deducción inmediata permite diferir el pago del ISR que

¿Qué implica la propuesta?
Eliminar la posibilidad de deducir en forma
inmediata el valor presente de las inversiones.
Eliminar aquellas disposiciones que permiten
deducir en un sólo ejercicio el 100% de la
inversión realizada en la adquisición de dichos
activos
Eliminar la deducción de Aportaciones a Fondos
de Pensiones y Jubilaciones para que ésta solo
pueda deducirse en el momento en que la empresa
realice una erogación real a favor de sus
trabajadores.
Que la deducción de bienes ofrecidos en
donación sea de básicos para la subsistencia
humana en materia de alimentación, vestido,
vivienda y salud.
Establecer un tope máximo a la deducción por
los donativos que los contribuyentes efectúen a
favor de la Federación, las entidades federativas,
los municipios, o sus organismos
descentralizados.

pretende gravar la variación patrimonial, por lo que no ha
probado ser una forma eficiente en cambio. Por lo tanto, se
propone que el valor de las inversiones debe ser deducible a
través de los años de la vida útil del bien y no de forma
inmediata.

●Aunado a lo anterior, se considera adecuado eliminar
aquellas disposiciones que permiten deducir en un sólo ejercicio
el 100% de la inversión realizada en la adquisición de dichos
activos (se mantiene la deducción en forma inmediata y
hasta por el 100% de las inversiones que se efectúen en
bienes inmuebles ubicados en las zonas de monumentos
históricos de las ciudades de México, Mazatlán, Mérida, Morelia,
Oaxaca de Juárez, Puebla de Zaragoza y Veracruz).

●El régimen de deducción de aportaciones a fondos de
pensiones y jubilaciones implica un gasto fiscal que erosiona
la base del ISR empresarial y no procura la simetría del
impuesto.

●La deducción de bienes ofrecidos en donación ha permitido
que los contribuyentes puedan ofrecer en donación todo
tipo de bienes, incluso aquéllos que por disposición de otro
ordenamiento legal no pueden ser enajenados.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

III.2.1.2 Depósitos en efectivo (IDE)

¿Qué implica la
propuesta?
Que la nueva Ley del
ISR establezca la
obligación para las
instituciones del
sistema financiero de
informar una vez al
año, sobre los
depósitos en
efectivo que reciban
los contribuyentes en
cuentas abiertas a su
nombre cuando el
monto acumulado
supere los
$15,000.00
mensuales.

¿CÓMO SE PIENSA APLICAR?

● La información constituye una base de datos importante que las
autoridades hacendarias necesitan a fin de fiscalizar adecuadamente las
operaciones llevadas a cabo por los contribuyentes en el sistema financiero.

● No implica una carga adicional para las instituciones financieras debido a que
actualmente cuentan con la infraestructura y medios para cumplirla en los
términos señalados.

● No genera duplicidad de información para los contribuyentes, dado que no se
exigiría información que ya estuviera en poder de las autoridades, en términos de
los requerimientos previstos en la Ley Federal para la Prevención e
Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
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Propuesta de Reforma Hacendaria

III.2.1.3 Vales de Despensa

¿QUÉ SON LOS VALES?

¿Qué implica la
propuesta?
Qué los vales de
despensa sean
deducibles siempre que
se otorguen a través de
monederos
electrónicos
autorizados por el SAT.

- Los vales de despensa son una prestación de previsión social a favor de los
trabajadores, por lo que constituyen un ahorro.
¿POR QUÉ SE FISCALIZAN?
- Al ser considerados una previsión social deben sujetarse a requisitos, modalidades
y límites para su deducción, en términos de la Ley del ISR.
- Se logrará un control de quién es el beneficiario efectivo de los vales y se
asegurará que sea él quien los utilice.
- Se pretende evitar que los vales de despensa se utilicen indebidamente como un
instrumento de cambio o de transacción comercial.
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Propuesta de Reforma Hacendaria

III.2.1.4 Deducción de ingresos remunerativos otorgados a los trabajadores
¿QUÉ CONCEPTOS ESTÁN CONSIDERADOS?

¿Qué implica la
propuesta?
Acotar la deducción de
las erogaciones por
remuneraciones que a
su vez sean ingreso para
el trabajador
considerados total o
parcialmente exentos por
la Ley del ISR

●Algunos de los conceptos de gasto-ingreso que estarían sujetos a este límite son la
previsión social, cajas y fondos de ahorro, pagos por separación, gratificación
anual, horas extras, prima vacacional y dominical, participación de los
trabajadores en las utilidades (PTU) de las empresas.
●Ahora, sólo procederá la deducción de hasta el 41% de las remuneraciones
exentas otorgadas al trabajador.

¿QUÉ CON QUE HAYA ASIMETRÍAS?
● Los efectos de las asimetrías en el ISR resultarían particularmente
perjudiciales para la recaudación ante la propuesta de desaparición de los
impuestos mínimos y de control que se presenta.
●El porcentaje guarda relación entre la tasa del IETU que se deroga y la tasa del ISR
empresarial.
●Con la medida se recupera la base gravable del ISR y además se reduce la
asimetría fiscal.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

III.2.1.5 Deducciones adicionales
¿POR QUÉ NO SE PODRÁN DEDUCIR LAS CUOTAS?

¿Qué se

propone?

Considerar como no
deducibles las
cuotas de seguridad
social del trabajador
pagadas por el patrón

La medida se considera importante porque la Ley del ISR vigente permite la
deducción de las cuotas pagadas por los patrones al Instituto Mexicano del Seguro
Social (IMSS), incluso cuando éstas sean a cargo de los trabajadores.

¿QUÉ BENEFICIOS SE PLANTEAN?
Este tratamiento representa un doble beneficio, al no estar gravado como ingreso y
ser deducible, lo que rompe el principio de simetría fiscal, y erosiona la base del
ISR.
Se elimina también la inequidad entre empresas respecto a la determinación de la
deducción de los pagos de salarios y demás prestaciones que con motivo de la
relación laboral se otorgan a sus trabajadores, así como de las aportaciones
establecidas en las leyes de seguridad social correspondientes.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

III.2.1.6 Inversión y arrendamiento de automóviles

¿Qué implica la
propuesta?
Ajustar el monto
deducible de
inversión en
automóviles hasta
130 mil pesos por
unidad sin IVA.

¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENE LA PROPUESTA?
Esta deducción no impide que los contribuyentes puedan adquirir vehículos
de mayor valor, pues el esquema permite que se deduzca la inversión de
cualquier automóvil hasta por el límite establecido, quedando sólo el excedente
de la inversión como un costo no deducible.
Se busca reducir la erosión de la base gravable que representa esta deducción.

¿AFECTA A LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ?

Ajustar el monto de la
renta de
automóviles a 200
pesos diarios por
unidad.

Se argumenta que la propuesta no tendría un impacto directo en la industria
automotriz, toda vez que en el pasado se ha observado que la modificación en el
límite de la deducción no guarda una correlación con el aumento de la
venta de automóviles.
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Propuesta de Reforma Hacendaria

III.2.1.7 Consumos en restaurantes

¿HOY QUIÉN SE BENEFICIA?

¿Qué implica la
propuesta?
Eliminar la
deducción de
los consumos
hasta por un
monto del
12.5% del pago
realizado.

● La ley del ISR vigente permite que los contribuyentes personas morales y físicas
con actividades empresariales y profesionales realicen la deducción de los
consumos en restaurantes.

¿POR QUÉ SE ELIMINA LA DEDUCCIÓN?

● Se busca evitar abusos de los contribuyentes por consumos en restaurantes que no
corresponden a los gastos necesarios para la realización de su actividad.
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III.2.1.8 Regímenes especiales
¿POR QUÉ ESTOS REGÍMENES PARA SOCIEDADES COOPERATIVAS? ¿Qué implica la

propuesta?
Eliminar el Régimen de
Sociedades
Cooperativas de
Producción,
Sociedades
Inmobiliarias de Bienes
Raíces (SIBRAS),
Desarrolladores
inmobiliarios y
fabricantes de bienes
de largo proceso de
producción y la
Deducción de gastos
de exploración del
sector minero.

● El tratamiento especial permite que la sociedad cooperativa no pague el ISR como
una persona moral sino que calcula el ISR de cada uno de sus socios, difiriendo el
pago del ISR hasta el ejercicio fiscal en que se distribuye la utilidad.

¿POR QUÉ SE MODIFICAN?

● Su permanencia debilita y complica la estructura y diseño del principal impuesto
directo del sistema tributario.

● Genera distorsiones en las decisiones de los agentes económicos, reducen la base
gravable y la recaudación, hacen compleja la fiscalización, provocan inequidad
entre los contribuyentes y crean espacios para la evasión y elusión fiscales.

● El Ejecutivo Federal observa que las SIBRAS han utilizado el esquema únicamente
para el diferimiento del pago de impuestos.

● El tratamiento provoca que se distorsione la base del ISR al no existir una simetría
fiscal entre el ingreso generado y las deducciones realizadas por el contribuyente,
así como el diferimiento del ISR que realmente se va generando, con la
consecuente disminución de la recaudación.
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III.2.1.9 Régimen simplificado
¿CÓMO FUNCIONA?

¿Qué propone?
Propone su
eliminación así como
los beneficios de
exención, tasa reducida
y facilidades
administrativas
(exclusivamente al
autotransporte terrestre
de carga o de
pasajeros; a actividades
agrícolas, ganaderas,
silvícolas o pesqueras).

● Actualmente opera sobre una base de efectivo, en el que las inversiones se
pueden deducir como gasto siempre que los ingresos anuales de los
contribuyentes no excedan de 10 millones de pesos.

● La iniciativa no contempla que las personas físicas y morales que a la entrada en
vigor de la nueva Ley del ISR integraban un coordinado, continúen cumpliendo
sus obligaciones fiscales a través de la persona moral como consecuencia de los
grupos de contribuyentes que aun presentan diversas dificultades organizativas.

¿QUÉ RAZONES HAY PARA ELIMINARLO?

● Genera inequidad, ya que contribuyentes que obtienen un monto de utilidad igual,
al pertenecer a distintos sectores de actividad, enfrentan cargas fiscales
diferentes.

● Los beneficios actuales afectan la neutralidad del sistema tributario, toda vez que
introducen distorsiones que hacen que la inversión no necesariamente se destine
a aquellas actividades en donde resulta más productiva
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III.2.1.10 Homologación de la tasa del ISR del Sector Primario con la del régimen general
¿QUÉ SE LOGRARÍA CON LA PROPUESTA?
La medida otorga un tratamiento más igualitario entre el sector primario y el
régimen general y se erradican controversias.

¿Qué implica la
propuesta?
Homologar la tasa del
ISR del Sector
Primario con la del
régimen general

¿DE ACUERDO CON EL EJECUTIVO CUÁLES SON SUS BENEFICIOS?

● La eliminación de la reducción del ISR en un 30% en relación con los
contribuyentes del régimen general;

● La eliminación de la exención en el ISR para las personas morales hasta por
20 s.m. anuales del área geográfica del contribuyente por cada uno de sus
socios o asociados, siempre que no exceda de 200 veces el salario mínimo
correspondiente al área geográfica del Distrito Federal;

● Eliminación de la exención en el ISR para personas físicas hasta por un nivel de
ingresos de 40 salarios mínimos anuales del área geográfica del contribuyente;

● Eliminación de la posibilidad de aplicar una serie de facilidades
administrativas para la comprobación de erogaciones sin comprobantes
fiscales, entre otros.
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III.2.1.11 Estímulo fiscal a la industria cinematográfica nacional

¿CÓMO SE DARÍA EL BENEFICIO?

¿Qué se quiere
con la
propuesta?
Hacer más eficiente la
operación y la
efectividad del estímulo
fiscal, así como evitar el
incremento en los
precios de los bienes y
servicios utilizados para
la producción
cinematográfica.

● Se busca incorporar como a los proyectos de inversión para la distribución de
películas cinematográficas nacionales, aplicándoles las mismas disposiciones que
se utilizan para otorgar el estímulo fiscal a la producción cinematográfica nacional.

● Se reducen los periodos para la entrega del estímulo fiscal a dos veces, con el fin
de evitar la sobredemanda que se presenta al otorgar todo el recurso en un solo
periodo.

● Es necesario limitar el apoyo a 2 millones de pesos por proyecto, en el caso de la
distribución de películas cinematográficas nacionales. No obstante, en el caso de
que una misma película sea apoyada por varias distribuidoras se podrá otorgar el
estímulo a un máximo de dos personas.

● Se necesita apoyar a los proyectos de inversión para la distribución de películas
cinematográficas nacionales, ampliando el monto del estímulo fiscal a 650
millones de pesos, de los cuales 50 millones de pesos serán desti nados a este
tipo de proyectos de inversión.
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III.2. Temas Generales, ISR
III.2.2. ISR Personas Físicas
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III.2.2.1 Tarifa del ISR de personas físicas con tasa del 32%
¿POR QUÉ UNA TASA MAYOR?

¿Qué implica la
propuesta?
Adicionar un nuevo
tramo a la tarifa del ISR
de personas físicas,
aplicable para las

personas físicas con
ingresos gravables
superiores a 500 mil
pesos anuales con una
tasa marginal de 32%.

Los impuestos deben ser progresivos, es decir, quienes tienen una capacidad de
pago superior, deben contribuir en una mayor proporción al financiamiento de los
gastos públicos.

¿QUÉ RAZONES DA EL EJECUTIVO FEDERAL?

● La tasa propuesta “no es excesiva”, así, se evita introducir elementos que eviten el
funcionamiento eficiente de la economía o que deterioren la competitividad de
México.

● La medida no afecta a las personas de ingresos bajos y medios en el país, toda
vez que no implicaría un incremento en la carga tributaria de la mayor parte de la
Población.
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III.2.2.2 Deducciones Personales
¿QUÉ TIPO DE DEDUCCIONES AFECTA?

¿Qué
implica la
propuesta?
Limitar el
monto
máximo de las
deducciones
personales

Deducciones personales realizadas por una persona física al año a la
cantidad que resulte menor entre el 10% del ingreso anual total del
contribuyente, incluyendo ingresos exentos, y un monto equivalente a 2 salarios
mínimos anuales correspondientes al área geográfica del Distrito Federal.

¿CUÁL ES SU ESTATUS Y QUÉ SE BUSCA?

● La aplicación de estas deducciones personales frecuentemente da lugar a la
determinación de un saldo a favor en relación con el impuesto pagado o retenido
en forma provisional.

● El número de este tipo de deducciones se ha duplicado de 5 a 10, a la vez que su
monto se ha incrementado significativamente

● Entre 2003 y 2011 el monto de las deducciones personales que declararon los
contribuyentes creció alrededor de 270% en términos reales.

● Se busca lograr un sistema más progresivo y justo, toda vez que el beneficio
que otorgan las deducciones personales se concentra en forma
desproporcionada en aquellos contribuyentes de mayor capacidad
económica.
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III.2.2.3 Medios de pago de las deducciones Personales
¿MÁS REQUISITOS PARA DEDUCIR?
¿Qué implica la

propuesta?
Establecer como
requisito para su
deducibilidad por
pagos de honorarios
médicos, dentales y
gastos hospitalarios,
así como de
transportación escolar
se realicen a través del
sistema financiero.

Los pagos en efectivo de estos gastos impiden a las autoridades fiscales
identificar la veracidad de estas operaciones y determinar si en realidad tienen
derecho a ser beneficiados con la deducción.

¿CUÁL ES EL OBJETIVO?

● Se busca otorgar mayor certeza a la autoridad fiscal de que los beneficiados de
las deducciones aludidas son efectivamente los sujetos que se encuentran en los
supuestos previstos y que las deducciones correspondan exclusivamente a los
pagos por los conceptos descritos en la norma tributaria.

● Sin embargo, se propone establecer que las autoridades fiscales podrán liberar de
la obligación de pagar las erogaciones utilizando los servicios de las instituciones
que componen el sistema financiero, cuando las mismas se efectúen en
poblaciones o en zonas rurales en las que no existan servicios financieros.
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III.2.2.4 Exención a la enajenación de casa de habitación
¿CUÁL ES EL LÍMITE ACTUAL?

¿Qué implica la
propuesta?
Reducir el límite de la
exención a la enajenación
de casa
habitación de 1.5
millones de UDIS a 250
mil UDIS
(aproximadamente 1.2
millones de pesos),
debiendo pagar el
contribuyente por el
excedente el impuesto
correspondiente.

Actualmente el límite de UDIS equivale a aproximadamente 7.4 millones de pesos
lo cual resulta elevado.

¿POR QUÉ SE REDUCE EL LÍMITE?

● De acuerdo con el reporte de la Sociedad Hipotecaria Federal sobre las
características de los mercados estatales según los precios de 2012, muestra que
el precio medio de la vivienda en 2012 fue de 513 mil pesos, observándose el
mayor precio medio de la vivienda en el Distrito Federal, el cual se ubica en un
millón de pesos.

● Es necesario reducir el costo recaudatorio de esta exención y asignar en
forma más eficiente el beneficio hacia aquellas personas físicas de menores
ingresos.

● Se estima que poco menos del 10% de las enajenaciones de casa habitación
tienen un valor superior al límite propuesto, de manera que la medida
incrementaría la recaudación de los contribuyentes de mayores ingresos,
fortaleciendo con ello la progresividad del ISR.
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III.2.2.5 Enajenación de parcelas y ejidos

Qué implica la
propuesta?
Abrogar la exención
por la enajenación de
derechos parcelarios.

¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE ESTA MEDIDA?

● Los inversionistas inmobiliarios han abusado de esta exención haciéndose pasar
Establecer como
requisito para que
dicha enajenación esté
exenta, que el
enajenante acredite
que es la primera
transmisión que realiza
y proporcione la
documentación que lo
acredite como el
ejidatario original o titular
de los derechos
comuneros.

por ejidatarios o titulares de derechos comuneros.

● La finalidad es que el monto no percibido por el Estado, pueda ser utilizado
por el ejidatario para mejorar su situación económica.
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III.2.2.6 Régimen de incorporación fiscal
¿QUÉ SE QUIERE CON LA PROPUESTA?

¿Qué implica la
propuesta?

Iniciar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas físicas con
actividades empresariales y puedan cumplir fácilmente con sus obligaciones
tributarias.
¿CÓMO FUNCIONARÍA?

Sustituir el Régimen
Intermedio y el REPECO
por un Régimen de
Incorporación que
prepare a las personas
físicas para ingresar al
régimen general.

● Sustituiría el régimen aplicable por las personas físicas con actividades
empresariales con ingresos de hasta 4 millones de pesos anuales, esto es, el
Régimen Intermedio y el Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS).

● El régimen de REPECOS permite que se rompa la cadena de comprobación fiscal y se
generan espacios para la evasión y la elusión fiscales, los cuales han sido
aprovechados por algunos contribuyentes que indebidamente tributan como
REPECOS.

● Se ha comprobado de manera técnica que el límite de 2 millones de pesos es muy
amplio, lo que fomenta el enanismo fiscal al ser aprovechado por unidades
económicas con mayor capacidad contributiva.
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III.2.2.7 Ganancias de capital de personas físicas
¿CÓMO FUNCIONA EN OTRAS PARTES DEL MUNDO?

¿Qué implica la propuesta?

Establecer de forma
cedular el pago del ISR,
aplicando una tasa del
10% sobre la ganancia
que obtengan las personas
físicas por la
enajenación de acciones
emitidas por sociedades
mexicanas.

El tratamiento actual contrasta con lo que se observa en el contexto internacional,
ya que países como Japón, Brasil, Chile, Estados Unidos de América, España,
Australia, Alemania, Noruega, Reino Unido y Dinamarca, gravan las ganancias de
capital con tasas que van desde el 10% hasta el 42%.
¿EN QUÉ MOMENTO SE COBRARÍA EL IMPUESTO?

● Se observa que los hogares que reportaron información de ingresos por venta de
acciones, se ubicaron en los dos deciles de mayor nivel de ingreso, lo que indica
que el esquema de exención es altamente regresivo.

● La premisa fundamental de la propuesta consiste en que cualquier ingreso por la
enajenación de acciones por parte de un inversionista, sea o no relevante, debe
pagar el ISR conforme a su capacidad contributiva.

● El impuesto propuesto se causaría al momento de obtener las ganancias
mediante la enajenación de las acciones, es decir mediante flujo, y no al
momento de devengarlas. Por tal motivo, los inversionistas que mantengan sus
posiciones en el largo plazo no se verán afectados.
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IV. LEY SOBRE DEPÓSITOS EN EFECTIVO (IDE)
IV.1. Temas relevantes para el PAN, IDE
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IV.1.1 Eliminación del IDE
¿QUÉ SE ESTÁ ELIMINANDO?

● Se propone la derogación de una Ley que busca combatir la informalidad.
● Se elimina una ley que grava aquellos ingresos que no están sustentados en una
actividad inscrita ante el Registro Federal de Contribuyentes.
¿Qué implica la

propuesta?
Se propone Derogar
la Ley del Impuesto
a los Depósitos en
Efectivo (IDE).

¿CUÁLES SON ALGUNAS CONSIDERACIONES A SU ELIMINACIÓN?

● Entre las principales causas de la evasión están la dificultad para cumplir con las
obligaciones fiscales. Por ello, la ley se circunscribe a una estrategia generada en
los gobierno del PAN que se sustentó en dos vertientes: facilitar y motivar el
cumplimiento voluntario, y combatir la evasión, el contrabando y la
informalidad.

● El IDE como impuesto, amplía la base de contribuyentes y promueve que el sector
informal participe con contribuciones a la economía nacional.

● Su eliminación puede ser un error pues incentiva el lavado de dinero y la
economía informal. Por ejemplo, una persona que renta una casa y entrega
recibo de renta, podría no declarar el ingreso por renta de casa-habitación y
hacer su depósito en efectivo en bancos.
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V. LEY DE PENSIÓN UNIVERSAL Y LEY DE SEGURO DE DESEMPLEO
V.1 Temas generales
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V.1.1 Pensión Universal y Seguro de Desempleo

Qué buscan
estas nuevas
leyes?
Contar con un marco
normativo que garantice
la aplicación de políticas
encaminadas a asegurar
que todas las personas
dispongan de una
protección económica y
social suficiente en la
vejez.
Establecer los términos y
condiciones para otorgar
el acceso al Seguro de
Desempleo en beneficio
de los Trabajadores.

¿QUÉ PROPONE LA LEY DE LA PENSIÓN UNIVERSAL?

● Contar con un sistema que busque la seguridad económica de las personas y sus
hogares ante eventos como son el desempleo, la enfermedad, la invalidez y la
vejez.

● Se propone que atienda a todos aquéllos que no puedan obtener una pensión de
carácter contributivo y que otorgue un piso mínimo de bienestar y protección ante
eventos coyunturales que pueden aumentar la pobreza transitoria o profundizar
los niveles de pobreza de los adultos mayores.

¿QUÉ INSTITUCIÓN OPERARÍA EL SEGURO DE DESEMPLEO?
Se prevé que la administración y operación del seguro de desempleo estará a
cargo del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, quienes aplicarán,
respectivamente, las leyes de seguridad social que los rigen, en todo lo no previsto
por la Ley del Seguro de Desempleo y su reglamento.
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VI. LEYES DE LOS IMPUESTOS EMPRESARIAL A TASA ÚNICA (IETU)
Y A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO (IDE)

VI.1 Temas generales, IETU-IDE
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VI.1.1 Abrogación de leyes del IETU y del IDE
¿QUÉ MOTIVA LA PROPUESTA?

¿Qué implica
la propuesta?
Eliminar tanto
del IETU como
del IDE y
simultáneamente
fortalecer la base
del ISR de
manera que sólo
permanezca éste
como impuesto
al ingreso.

Nuestro sistema en materia de impuestos directos dista mucho de alcanzar la
simplicidad; por el contrario, la arquitectura vigente descansa en el “sistema renta”,
conformado por el ISR, el IETU y el IDE.
¿QUÉ SE LOGRARÍA?

● Se reduce en más de la mitad el número de cálculos que las empresas tienen que
realizar mensualmente para cumplir con sus obligaciones tributarias, así como la
complejidad de dichos cálculos.

● La integración de las bases gravables del ISR de las empresas y del IETU
requiere que las empresas mantengan dos sistemas de registro paralelos para el
cumplimiento de sus obligaciones.

● EL IDE, aun cuando es totalmente recuperable, puede llegar a incidir en el costo
financiero de las empresas cumplidas, que por sus características realizan un
importante volumen de operaciones en efectivo.
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VII. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS)
VII.1 Temas generales, IEPS
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VII.1.1 Impuesto a las gasolinas destinado a las entidades federativas
¿QUÉ SE PROPONE?

¿Qué implica la propuesta?
Que las entidades federativas cuenten
con los recursos del impuesto a las
gasolinas y el diesel que se destina a
dichas entidades, municipios y
demarcaciones territoriales a través de
modificar las características del
gravamen establecido en la Ley del
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios (IEPS).

El Ejecutivo propone mejorar los mecanismos establecidos para que las entidades
federativas cuenten con los recursos derivados del IEPS.

¿CUÁL SERÍA EL EFECTO RECAUDATORIO?

● De

acuerdo con el Ejecutivo Federal es necesario establecer la obligación de
presentar conjuntamente con la declaración de pago mensual la información
correspondiente a los litros de las gasolinas y diesel enajenados por cada estación
de servicio en cada una de las entidades federativas.

● Bajo este argumento, señala la necesidad de generar una simplificación
Se propone derogar la disposición que
establece que a partir del 1 de enero de
2015, las cuotas del IEPS a la venta
final al público en general de gasolinas y
diesel establecidos en el artículo 2-A,
fracción II de la ley que regula este
impuesto se disminuirán en una
proporción de 9/11.

fel registro de ingresos por el impuesto por lo que el pago de éste es necesario que lo
realice PEMEX a la SHCP, la cual a su vez hará la distribución a las entidades
federativas durante el mes inmediato posterior al mes en que los contribuyentes
hayan realizado el pago.

● Se estima que en caso de aprobarse el conjunto de medidas en materia del
IEPS propuestas se obtendrían recursos adicionales equivalentes a
aproximadamente 33.8 mil millones de pesos
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VII.1.2 Impuestos a gasolinas y plaguicidas

¿Qué implica la
propuesta?
Creación de impuestos
especiales a los
combustibles con
contenido de carbono y
a los plaguicidas, con
lo que se busca
combatir las prácticas
que dañan el medio
ambiente.
Se propone un
impuesto que grave los
plaguicidas de acuerdo
con la clasificación de
peligro de toxicidad
aguda establecida en
la NOM-232-SSA1 2009

¿IMPUESTOS A COMBUSTIBLES?
El impuesto a combustibles se sustenta en incentivar un menor uso de los
mismos, por lo que se propone gravar el contenido de carbono en los
combustibles.
¿CÓMO APLICARÍA EL IMPUESTO?

● Actualmente, existen al menos 33 países y 18 gobiernos sub-nacionales que
utilizan sistemas de precios para el carbono.

● Con base en lo anterior, se propone establecer cuotas específicas por tipo
de combustible, considerando las toneladas de bióxido de carbono por unidad
de volumen, en la forma siguiente:

● Se plantea un desliz en los precios de los combustibles de 6 centavos
mensuales para la gasolina magna y 8 centavos para la gasolina Premium y el
diesel, el cual sería sustancialmente menor al de 2013. A partir de 2015,
transcurrido un año de transición, se establece que seguirán deslices que
impliquen un comportamiento de los precios de los combustibles
compatibles con la inflación anticipada para cada año.

● Se propone establecer una tasa que se aplicará a los plaguicidas conforme
a la categoría de peligro de toxicidad aguda.
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Propuesta de Reforma Hacendaria

VII.1.3 Juegos con apuestas y sorteos

¿Qué implica la
propuesta?
Se elimina la
facultad que se
confiere a las
entidades
federativas para
administrar el
impuesto sobre
juegos con
apuestas y sorteos,
tratándose de
pequeños
contribuyentes
(REPECOS)

¿POR QUÉ SE LES QUITA ESTA FACULTAD A LOS ESTADOS?

● El artículo 29 de la Ley del IEPS establece que, respecto del impuesto aplicable a
juegos con apuestas y sorteos que causen las personas físicas sujetas al Régimen
de REPECOS, será administrado también por las entidades federativas

● Por lo tanto, es necesaria su eliminación debido a que el régimen de REPECOS
establecida en la Ley del ISR éste ya no es considerado y por lo tanto, las
entidades federativas ya no tendrán facultades de administración sobre ese sector.
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Propuesta de Reforma Hacendaria

VII.1.4 IEPS a bebidas
saborizadas

Se pretende cobrar a través del establecimiento a nivel de productor e importador de una cuota
específica de 1 peso por litro.
También se incluyen concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, dependiendo
del rendimiento, que al diluirse permitan obtener bebidas saborizadas, que contengan cualquier
tipo de azúcares añadidas.

¿Qué implica
la propuesta?
Gravar con
el IEPS a
las bebidas
Saborizadas.

El impuesto no grava toda la cadena comercial, sino que se aplicará exclusivamente al
importador y al fabricante o productor.
¿BEBIDAS COMO EL SUERO TAMBIÉN ENTRAN?
Quedan exentas las bebidas saborizadas que cuenten con registro sanitario (medicamentos), el
suero, la leche en cualquier presentación, incluyendo la que esté mezclada con grasa vegetal y
las bebidas aborizadas que se elaboren en restaurantes, bares y otros lugares en donde se
proporcionen servicios de alimentos y bebidas, como puede ser el caso de teatros y cines que
cuenten con dichos servicios.
¿POR QUÉ ESTE IMPUESTO?
El impuesto puede resultar benéfico en tanto que combate la obesidad pues el efecto negativo que
ejerce el azúcar sobre la salud de la población que la padece incluye aumentar el riesgo de
padecer enfermedades crónicas.
En México el 72% de los adultos padecen de sobrepeso y obesidad, aproximadamente 48.6
millones de personas. Cabe agregar que la obesidad constituye la principal causa de
mortalidad en los países de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).
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VIII.LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD
HACENDARIA (LFPRH)
VIII.1 Temas generales, LFPRH
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VIII.1.1 Fortalecimiento de la LFPRH
¿POR QUÉ MODIFICAR LA LEY DE PRESUPUESTO?
¿Qué implica la propuesta?

Fortalecer la regla de balance actual para
transitar hacia una regla de balance
estructural.
Los Requerimientos Financieros del Sector
Público (RFSP) serán un indicador de
manejo macroeconómico y de planeación
de las finanzas públicas.
Simplificar el régimen de ingresos
excedentes y fondos de estabilización para
distinguir entre el manejo de flujo de
efectivo y el ahorro de largo plazo.
Adecuar diversas disposiciones de la
LFPRH para mejorar la operatividad de las
finanzas públicas.

● La LFPRH permite un déficit presupuestario y no considera el
requerimiento de mejorar la posición fiscal cuando la economía se
encuentra por arriba de su tendencia, solo establece la obligación
de regresar a un equilibrio presupuestario.

● Los ingresos excedentes y fondos de estabilización (FEIP y
FEIEF) no permiten distinguir el flujo de efectivo para un año
determinado y el ahorro de largo plazo.
¿QUÉ JUSTIFICACIÓN DA EL EJECUTIVO?

● La desaparición de FEIPEMEX se justifica ya que la inversión de
PEMEX no se incluye en la meta de balance presupuestario, por lo
que ya no se hace necesario proteger esta inversión de posibles
ajustes por restricciones presupuestarias.

● Dado que se creará un nuevo Sistema de Seguridad Social
Universal se hace redundante mantener el Fondo de Apoyo para
la Reestructuración de Pensiones (FARP).

● La SHCP realiza el cálculo del precio del petróleo un mes antes de
la entrega del presupuesto, por lo que el precio del petróleo a la
entrega del paquete económico pudiera no ser representativo.
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IX. LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS Y REFORMAS A LAS
LEYES FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD
HACENDARIA, GENERAL DE DEUDA PÚBLICA Y DE PETRÓLEOS
MEXICANOS
IX.1 Temas generales, Reforma Energética
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IX.1.1 Reforma Energética

¿QUÉ TIENE QUE VER LA PROPUESTA CON PEMEX?

¿Qué implica la
propuesta?
La propuesta se
enmarca en el
contexto de las
reformas planteadas
a los artículos 27 y 28
Constitucionales que
fue presentada en
días recientes.

● Se busca dar la flexibilidad necesaria a PEMEX para obtener mejores
resultados en el desarrollo de su actividad.

● Se necesita dotar a PEMEX de un régimen presupuestario especial, con el cual
pueda determinar y ejercer su presupuesto con mayor libertad y así destinar de
manera autónoma, eficiente y transparente los recursos.

● Se necesita un nuevo esquema tributario para PEMEX, que flexibilice su carga
impositiva, mediante un tratamiento más racional.

● Se propone que por la ejecución de los trabajos, PEMEX reciba el porcentaje
de las utilidades que le corresponden al reconocer el costo de su capital
invertido. Con base en éstas, pagará el impuesto sobre la renta que le resulte.
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X. LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE
EXPORTACIÓN (TIGIE)

X.1 Temas generales, TIGIE
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X.1.1 Modificaciones arancelarias a la TIGIE

¿Qué implica la
propuesta?
Apoyar la
reconversión de
algunos procesos
productivos.
Atender la
problemática de
abasto de alimentos,
derivada de
situaciones climáticas
y sanitarias.
Facilitar el comercio
de mercancías
similares.

¿EN QUE SE SUSTENTA LA PROPUESTA?

● De acuerdo al Decreto publicado en el DOF el día 31 de Diciembre de 2012, se
aplazó un año la desgravación de 14 fracciones arancelarias del sector calzado y
80 fracciones arancelarias del sector de la confección que se tenía prevista en
2013.

● De manera adicional y acorde a lo indicado en el Decreto publicado en el DOF el
día 31 de Enero de 2013 se prorrogó por un año la opción para realizar la
importación de vehículos usados con un arancel reducido.

● De acuerdo al Decreto publicado en el DOF el día 15 de Mayo de 2013, se exentó
de arancel la importación del limón comprendida en 3 fracciones arancelarias y se
creó una fracción exenta de arancel, para la importación y exportación de tomate
verde.

● De acuerdo al Decreto publicado en el DOF el día 2 de Septiembre de 2013, se
modificaron y homologaron los aranceles de 13 fracciones arancelarias
correspondientes a insumos para la industria de la madera. Adicionalmente se
creó 1 fracción arancelaria en la que se clasifican los desechos, desperdicios y
recortes de poli (tereftalato de etileno)
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XI. LEY DE COORDINACIÓN FISCAL (LCF)
XI.1 Temas generales, LCF
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XI.1.1 Federalismo fiscal
¿Qué implica la propuesta?
Sustituir el “Fondo de Fiscalización” por el
“Fondo de Fiscalización y Recaudación”.
Modificar la fórmula del Fondo General de
Participaciones para estimular la
recaudación.
Modificar la fórmula del Fondo de Fomento
Municipal para incentivar que las entidades
federativas, a que asuman la operación del
cobro del impuesto predial de sus municipios.
Crear el Fondo de Estabilización de los
recursos que corresponden a las entidades
federativas por concepto del Fondo de Extracción
de Hidrocarburos (FEXHI).
Modificar la forma de distribución del Fondo de
Aportaciones para la Infraestructura Social
(FAIS).

¿POR QUÉ SE HACEN LAS MODIFICACIONES?
Necesidad de un federalismo fiscal a fin de establecer
con claridad los ámbitos de competencia y
responsabilidades de cada nivel de gobierno, a fin de
preservar el equilibrio de las finanzas públicas.

¿QUÉ ES LO MÁS DESTACADO DE LA PROPUESTA

● Fortalecer la capacidad financiera de los tres órdenes
de gobierno a través de robustecer los incentivos
recaudatorias de entidades federativas y municipios.

● Mejorar la distribución, el destino y el ejercicio de los
recursos de los Fondos de Aportaciones Federales,
mejorando su eficacia y transparencia.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

¿Qué implica la propuesta?
Fortalecer la transparencia en la
distribución, destino y ejercicio de los
Fondos de Aportaciones. Destinar los
recursos del Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios y
Demarcaciones Territoriales del Distrito
Federal a la modernización de los sistemas
de recaudación locales.
Se precisa y actualizan los términos del
destino de los recursos del Fondo de
Aportaciones para la Seguridad Pública de
los Estados y del Distrito Federal, se
establece un margen de modificación al
programa de gasto de los recursos del fondo.
Respecto al Fondo de Aportaciones para la
Infraestructura Social se establece la
obligación a entidades federativas y
municipios de presentar informes
relacionados con el uso de los recurso a las
Delegaciones Estatales de la SEDESOL y a la
SHCP.

¿CÓMO ESTÁ EL NIVEL SUBNACIONAL EN MÉXICO?
México tiene un bajo nivel recaudatoria subnacional, 0.7%
del PIB, el promedio de los países de la OCDE es de 8.9% del
PIB; la recaudación del impuesto predial es de 0.2% del PIB, el
promedio de la OCDE es 1.1% del PIB.

¿QUÉ NIVEL DE GOBIERNO TIENE MAYOR ADEUDO DE
AGUA?

● Los adeudos a organismos de agua principalmente son
municipales, equivalen al 75% de las participaciones anuales
que les corresponden.

● La propuesta busca apoyar a los municipios del país para
alcanzar y mantener finanzas públicas sanas a partir de
garantizar los pagos en materia de aguas nacionales y el
fortalecimiento de la recaudación de impuesto predial.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

XII. LEY DE COORDINACIÓN FISCAL (LCF) Y LEY GENERAL DE
CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL (LGCG)
XII.1 Temas generales, LCF y LGCG
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

XII.1.1 Financiamiento Educativo
¿TIENE QUE VER ALGO LA REFORMA
EDUCATIVA?

¿Qué implica la propuesta?
La creación del Fondo de Aportaciones de Nómina Educativa y Gasto
Operativo (FONE) para el adecuado control administrativo de la nómina
de los maestros transferidos a los estados (sustituye al FAEB).
Las plazas transferidas a los estados serán registradas dentro del
Sistema de Información y Gestión Educativa, administrado por la SEP.
El FONE incluirá recursos para apoyar a las entidades federativas a cubrir
gastos de operación distintos de los servicios personales y de
mantenimiento, además de establecer una negociación única salarial para
los maestros.
Se prevé que la SEP y las autoridades educativas estatales homologuen
en un tabulador único de remuneraciones.
Se plantea reformar el artículo 73 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, especificando que las entidades federativas deben
presentar información, conciliación del número y tipo de plazas docentes,
además de eliminar la obligación específica para el FAEB que se
sustituye por el FONE.

Las reformas constitucionales y legales en
materia educativa requieren
modificaciones en los términos y
condiciones bajo los cuales se transfieren
recursos federales a las entidades
federativas y municipios para tal propósito.
¿POR QUÉ SE QUITA EL FAEB?

● Las variables y ponderadores del FAEB
no han permitido dar las condiciones para
lograr una plantilla docente óptima. El
coeficiente de matricula estatal ha
generado distorsiones y las disparidades
entre entidades ha limitado el efecto
progresivo.

● Problemas en la aplicación del FAEB son:
la doble negociación salarial en los
estados y desviaciones en la creación de
plazas que ha derivado en una disparidad
significativa.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

XIII.LEY GENERAL DE SALUD (LGS)
XIII.1 Temas generales, LGS
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

XIII.1.1 Sistema de Protección Social
en Salud

¿Qué implica la
propuesta?
Reformar, adicionar y
derogar diversas
disposiciones de los Títulos
Tercero Bis y Décimo
Octavo de la Ley General
de Salud.

¿QUÉ PROBLEMÁTICA SE CONSIDERÓ PARA MODIFICAR LA LEY?
Se parte de la condición en la cual si bien el Sistema de Protección Social en
Salud constituye una base legal para garantizar el acceso efectivo, oportuno
y de calidad a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y
hospitalarios, su instrumentación se enfrenta a nuevos desafíos en los
estados.
¿EL GASTO PÚBLICO EN SALUD ES EFICIENTE?
El gasto público en salud, como porcentaje del PIB pasó de 2.3 a 3.1%, por
lo que se requiere asegurar su ejercicio oportuno, ya que uno de los
problemas detectados es el surtimiento de medicamentos a los afiliados al
Sistema.
¿QUÉ SE ATIENDE CON LA PROPUESTA?

● La nueva demanda por servicios del sector público obliga mayor
eficiencia y eficacia en los servicios estatales de salud, particularmente
en los recursos destinados al Sistema de Protección Social en Salud.

● Asimismo, la OCDE ha detectado la oportunidad de mejorar el sistema de
salud mediante el fortalecimiento de los mecanismos de información y
los mercados de rendición de cuentas para todas las instituciones.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

¿Qué implica la
propuesta?

¿CUÁLES SON LOS EJES DE LA PROPUESTA?
1.

Establecer los
elementos para la
consolidación de la
Secretaría de Salud
como instancia
rectora y articuladora
del Sistema de
Protección Social en
Salud; hace efectivos
los beneficios que
otorga la ley; y
mejorar la
transparencia,
supervisión, control y
fiscalización del
manejo de los
recursos del Sistema.

La transferencia de los recursos federales podrá hacerse en numerario o
en especie.

2. Desaparece la figura del Consejo Nacional de Protección Social en Salud.
3. Se fortalece la portabilidad de los beneficios que otorga la afiliación al
Sistema de Protección Social en Salud.
4.

Se da consistencia entre la Ley General de Salud y lo previsto en la Ley
General de Contabilidad Gubernamental respecto a la información que se
debe rendir en materia de recursos humanos.

5.

Si alguna entidad federativa no comprueba los recursos a que se refiere
el artículo 77 bis 16 de la Ley General de Salud, las autoridades al tanto
tendrán la obligación de informarlo a las autoridades competentes
para que procedan a su investigación y sanción.

6. Se establece un delito específico en materia desvío del objeto para el
cual fueron transferidos o entregados los recursos en numerario o en
especie, según el caso, los destinare a fines distintos.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

XIV. LEY ADUANERA (LA)
XIV.1 Temas generales, LA
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

XIV.1.1 Mejoras a la Ley Aduanera
¿Qué implica la propuesta?

Contar con un marco normativo claro y transparente
implementando el uso de medios tecnológicos a través
de los cuales:
1. Se promuevan las importaciones y exportaciones.
2. Se impulse la apertura comercial para los usuarios
del comercio exterior, y
3. Se establezca el intercambio de información entre
autoridades de forma ágil a través de sistemas
electrónicos.
4. Se promuevan las importaciones y exportaciones;
5. Se impulse la apertura comercial para los usuarios
del comercio exterior, y
6. Se establezca el intercambio del información entre
autoridades de forma ágil a través de sistemas
electrónicos.

¿POR QUÉ LA PROPUESTA?
Necesario contar con un despacho aduanero que se
pueda llevar a cabo en un lugar distinto al autorizado,
con independencia en la naturaleza o volumen de las
mercancías.

¿QUÉ SE BUSCA?

● Permitir que los particulares promuevan
directamente el despacho aduanero de sus mercancías
sin la intervención obligatoria de los servicios
profesionales prestados por los agentes aduanales.

● Regular el otorgamiento de la patente aduanal y la
figura de agente aduanal sustituto, al precisar que esta
es una facultad reservada al Estado.

● Se busca habilitar recintos fiscalizados estratégicos
en todo el territorio nacional, aún y cuando los
inmuebles no colinden con los recintos fiscales o
portuarios.

● Se busca ampliar las facilidades a los usuarios del
comercio exterior y de agilizar el despacho aduanero.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

XV. LEY GENERAL DE DERECHOS (LGD)
XV.1 Temas generales, LGD
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

XV.1.1 Pago de derechos de agua, minería y espectro radioeléctrico

¿Qué implica la propuesta?

¿QUÉ DESTACA DE LA PROPUESTA?

El cobro de derechos de
servicios considerados
Bienes Nacionales y la
derogación de otros a
efecto de agilizar y
simplificar la realización de
diversas actividades o
trámites a los particulares y
a las propias instancia
gubernamentales.
Destacan las modificaciones
en materia de agua,
espectro radioeléctrico
(telecomunicaciones) y
minería.

AGUA. Se plantean reformas respecto del cálculo de los derechos en materia
hídrica para zonas de disponibilidad y trasvase de aguas nacionales, aguas
salobres y descargas de aguas residuales.
ESPECTRO RADIOELÉCTRICO. Establecer un esquema de pago de derechos del
espectro radioeléctrico general y bajo la misma estructura de cobro,
respetando las diferentes características técnicas del bien de dominio público de
la Nación.
MINERÍA. Se propone también un derecho extraordinario del 0.5 % a los
ingresos derivados de la enajenación de oro, plata y platino, considerados
metales preciosos y también un pago de derecho adicional semestral a titulares
de concesiones mineras que no lleven a cabo obras de exploración o explotación
durante 2 años continuos.
PAQUETE ECONÓMICO 2014
Propuesta de Reforma Hacendaria

XV.1.1 Pago de derechos de agua, minería y espectro radioeléctrico

¿Qué implica la propuesta?
¿QUÉ SE BUSCA CON LA REFORMA?

El cobro de derechos de
servicios considerados
Bienes Nacionales y la
derogación de otros a
efecto de agilizar y
simplificar la realización de
diversas actividades o
trámites a los particulares y
a las propias instancia
gubernamentales.
Destacan las modificaciones
en materia de agua,
espectro radioeléctrico
(telecomunicaciones) y
minería.

AGUA. Privilegiar la gestión de la demanda, propiciar el uso eficiente del agua
y racionalizar el consumo, inhibiendo la demanda excesiva, además se busca
quien dañe el ambiente o haga un uso indebido de los recursos, pague los
costos.
ESPECTRO
RADIOELÉCTRICO.
Reforzar la política de cobro por el uso y
explotación del espectro radioeléctrico como parte del espacio aéreo que
constituye un bien nacional y sujeto al régimen de dominio público de la
federación.
MINERÍA. Que quienes se benefician de la explotación minera paguen una
justa retribución a favor del Estado Mexicano y de las propias
comunidades en donde se realizan actividades mineras.

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  • 1. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria ÁREA ECONÓMICA- Fundación Miguel Estrada Iturbide(FMEI) Reforma Hacendaria ¿Cuáles son sus Propuestas? PAQUETE ECONÓMICO 2014
  • 2. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria ÍNDICE I. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (CPEUM) I.1 Temas generales, CPEUM I.1.1 Reconocimiento de la Pensión Universal y el Seguro de Desempleo II. LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) II.1. Temas relevantes para el PAN, IVA II.1.1 IVA a Colegiaturas II.1.2 IVA del 16% a Zona Fronteriza II.1.3 IVA a los alquileres e hipotecas de casa habitación II.1.4 IVA a las importaciones de insumos de la Industria Exportadora II.2. Temas Generales, IVA II.2.1 Eliminación del Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS) II.2.2 Servicios de hotelería y conexos a turistas extranjeros II.2.3 Impuesto a las importaciones temporales de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) II.2.4 Transportación aérea internacional II.2.5 Transporte público terrestre de personas III. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR) III.1. Temas relevantes para el PAN, ISR III.1.1 Incremento de la tasa máxima del ISR III.1.2 Reducción de deducciones en ISR
  • 3. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria ÍNDICE III.2. Temas Generales, ISR II.2.1. ISR Personas Morales (empresarial) III.2.1.1 Deducciones III.2.1.2 Depósitos en efectivo (IDE) III.2.1.3 Vales de Despensa III.2.1.4 Deducción de ingresos remunerativos otorgados a los trabajadores III.2.1.5 Deducciones adicionales III.2.1.6 Inversión y arrendamiento de automóviles III.2.1.7 Consumos en restaurantes III.2.1.8 Regímenes especiales III.2.1.9 Régimen simplificado III.2.1.10 Homologación de la tasa del ISR del Sector Primario con la del régimen general III.2.1.11 Estímulo fiscal a la industria cinematográfica nacional III.2. Temas Generales, ISR III.2.2. ISR Personas Físicas III.2.2.1 Tarifa del ISR de personas físicas con tasa del 32% III.2.2.2 Deducciones Personales III.2.2.3 Medios de pago de las deducciones Personales III.2.2.4 Exención a la enajenación de casa de habitación III.2.2.5 Enajenación de parcelas y ejidos
  • 4. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria ÍNDICE III.2.2.6 Régimen de incorporación fiscal III.2.2.7 Ganancias de capital de personas físicas 41 IV. LEY SOBRE DEPÓSITOS EN EFECTIVO (IDE) IV.1. Temas relevantes para el PAN, IDE IV.1.1 Eliminación del IDE V. LEY DE PENSIÓN UNIVERSAL Y LEY DE SEGURO DE DESEMPLEO V.1 Temas generales V.1.1 Pensión Universal y Seguro de Desempleo VI. LEYES DE LOS IMPUESTOS EMPRESARIAL A TASA ÚNICA (IETU) Y A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO (IDE) VI.1 Temas generales, IETU-IDE VI.1.1 Abrogación de leyes del IETU y del IDE VII. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS) VII.1 Temas generales, IEPS VII.1.1 Impuesto a las gasolinas destinado a las entidades federativas VII.1.2 Impuestos a gasolinas y plaguicidas VII.1.3 Juegos con apuestas y sorteos VII.1.4 IEPS a bebidas saborizadas VIII. LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA (LFPRH) VIII.1 Temas generales, LFPRH VIII.1.1 FORTALECIMIENTO DE LA LFPRH
  • 5. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria ÍNDICE IX. LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS Y REFORMAS A LAS LEYES FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA, GENERAL DE DEUDA PÚBLICA Y DE PETRÓLEOS MEXICANOS IX.1 Temas generales, Reforma Energética IX.1.1 Reforma energética X. LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN (TIGIE) X.1 Temas generales, TIGIE X.1.1 Modificaciones arancelarias a la TIGIE XI. LEY DE COORDINACIÓN FISCAL (LCF) XI.1 Temas generales, LCF XI.1.1 Federalismo fiscal XII. LEY DE COORDINACIÓN FISCAL (LCF) Y LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL (LGCG) XII.1 Temas generales, LCF y LGCG XIII. LEY GENERAL DE SALUD (LGS) XIII.1 Temas generales, LGS XIII.1.1 Sistema de Protección Social en Salud XIV. LEY ADUANERA (LA) XIV.1 Temas generales, LA XIV.1.1 Mejoras a la Ley Aduanera XV. LEY GENERAL DE DERECHOS (LGD) XV.1 Temas generales, LGD XV.1.1 Pago de derechos de agua, minería y espectro radioeléctrico
  • 6. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria I. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (CPEUM) I.1 Temas generales, CPEUM
  • 7. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria I.1.1 Reconocimiento de la Pensión Universal y el Seguro de Desempleo ¿Qué se propone? Establecer dos nuevos derechos: - El derecho de los adultos mayores a contar con una Pensión Universal y; - El derecho de los trabajadores a contar con un Seguro de Desempleo. ¿ESTA PROPUESTA QUÉ CAMBIOS IMPLICA A LA LEY? Se acompañan de reformas a las leyes reglamentarias y reformas a las leyes de segiuridad social. ¿CUÁLES SON SUS DISPOSICIONES? 1. Los derechos fundamentales de los adultos mayores, estableciendo la obligación del Estado mexicano de proteger sus derechos. 2. Prever que las personas que cumplan 65 años a partir del año 2014 gozarán del nuevo derecho reconocido en la Constitución. 3. Garantizar a todos los trabajadores del sector formal que caigan en situación de desempleo, un mecanismo que evite el detrimento en el nivel de vida de sus familias y les permita reinsertarse al mercado laboral formal. - Se reforma el artículo 123, apartado A, fracción XXIX con el objeto de eliminar la mención al seguro de cesación involuntaria del trabajo
  • 8. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria II. LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) II.1. Temas relevantes para el PAN, IVA
  • 9. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria II.1.1 IVA a Colegiatura ¿QUÉ BUSCA LA PROPUESTA? - El Gobierno Federal busca recaudar 11 mil millones de pesos por concepto de colegiaturas. ¿ES CONSISTENTE? ¿Qué implica la propuesta? Eliminar las exenciones a los servicios de enseñanza privada y aplicar tasa del 16% ● No obstante lo anterior, de acuerdo con la Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior (FIMPES) tendría que gastar 22 milmillones de pesos para asegurar un lugar en las instituciones públicas para los 400 mil estudiantes que tendrían que dejar de estudiar en las instituciones particulares de educación media superior y superior. ● La mayor parte de la deserción, sería en bachilleratos e instituciones de educación superior privadas, donde las colegiaturas son más altas. ● La FIMPES calcula que con un IVA de 16%, entre un 25% y 30% de los padres de familia no podrán pagar un aumento en el costo de las colegiaturas. ● La Iniciativa contradice la propia meta del Gobierno Federal de lograr una cobertura educativa universitaria del 40%. En la actualidad, la cobertura llega al 30%, pero con un IVA del 16% se desmotivan los esfuerzos de los padres de familia.
  • 10. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria II.1.2 IVA del 16% a Zona Fronteriza ¿Qué implica la propuesta? Eliminar la tasa preferencial de 11% vigente en la región fronteriza, para incrementarla a 16%. ¿LA PROPUESTA IMPORTA? ● La región binacional MEX, Norte – EUA, Sur es la más importante y dinámica del mundo, con más de 83 millones de habitantes de manera conjunta ocupa en elorbe el cuarto lugar en materia económica. ● El valor del comercio bilateral entre México y Estados Unidos en el 2012 se estimó en 490 mil millones de dólares. ¿EN QUÉ SENTIDO AFECTARÍA? ● Esta región tiene 51 puntos fronterizos, 32 puentes federales y 7 rutas de errocarril lo que la coloca como la frontera más transitada del mundo con más de 350 millones de personas que la cruzan cada año. ● En Acción Nacional estamos convencidos que esta propuesta provocará una fuerte contracción económica en las ciudades de las fronteras y una pérdida de competitividad, ● Por ejemplo, una persona residente de una ciudad fronteriza en el norte de nuestro país, paga actualmente un impuesto al consumo del 11%, mientras que en las ciudades de fronterizas de Estados Unidos este mismo impuesto es del 8.25%. De elevarse la tasa al 16%, ésta sería del doble de la de nuestro vecino del Norte,ocasionando una fuga de divisas y consumidores nacionales al otro lado de a frontera, trasladándose el impuesto esperado a los Estados Unidos y repercutiendo severamente en la generación de empleos en la región.
  • 11. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria II.1.3 IVA a los alquileres e hipotecas de casa habitación ¿EN QUÉ CONSISTE? ¿Qué implica la propuesta? Eliminar la exención a la enajenación y arrendamiento de casa habitación, así como a los intereses que se paguen en créditos hipotecarios. - Se elimina la exención de la enajenación de casa habitación y la renta que pueden ser propiedades que no necesariamente son de alto valor y que son adquiridas o rentadas por la población de clase media y clase baja, como casas de interés social por ejemplo y se grava con IVA los intereses hipotecarios. ¿IMPACTA EL BOLSILLO DE LOS MEXICANOS? ● SI, tiene un impacto directo porque a pesar de que los constructores pueden hacer uso del mecanismo de acreditación del impuesto, se gravarán los intereses delcrédito hipotecarios y se grava la renta. ● De aprobarse la propuesta, en todos los créditos hipotecarios -bancarios, del INFONAVIT o del FOVISSSTE- se pagará IVA sobre comisiones e intereses, no sobre capital (no IVA sobre el total del crédito).
  • 12. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria II.1.4 IVA a las importaciones de insumos de la Industria Exportadora ¿A QUIÉNES AFECTA? ¿Qué implica la propuesta? Eliminar la exención del IVA a la importación de insumos para la industria exportadora y aplicar el 16% de impuesto. ● Afecta a la industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación que cuenta con más de 6,300 establecimientos adscritos al Programa IMMEX en todo el país. ● El 60% de los establecimientos registrados se concentra básicamente en los estados de la frontera norte del país. ● Emplean más de 2 millones 348 mil personas al mes. ¿CÓMO AFECTA? ● Se propone aplicar un 16% de IVA a las importaciones de insumos para esta industria, por lo que se considera tendrá un impacto negativo para el desarrollo de la industria, y en la generación de empleos. ● De concretarse la aplicación del impuesto a las importaciones de insumos, se tendrá un impacto devastador en la competitividad de esta industria, y afectará en general al sector exportador.
  • 13. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria II.2. Temas Generales, IVA
  • 14. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria II.2.1 Eliminación del Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS) ¿POR QUÉ SE ELIMINAN LOS REPECOS? ● Se elimina el actual régimen de REPECOS en congruencia con la propuesta presentada para expedir una nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta. ¿Qué modifica en la ley? Elimina de la Ley del IVA, los artículos, 2o.-C y 43, fracción IV, cuarto párrafo y modificar el segundo párrafo del inciso b) de la fracción X del artículo 15 de dicha ley. ● Pertinente de acuerdo con el Ejecutivo Federal debido a que el tratamiento previsto en ambos ordenamientos tienen una clara correspondencia. ¿CÓMO ES ESTO, QUÉ ALCANCE TIENE? ● La eliminación del citado régimen, resulta constitucional ya que su establecimiento en todo momento fue una decisión de política tributaria, que atendía a un fin extra fiscal de estímulo a este sector de los contribuyentes y, en cambio, se estima necesario que todos los contribuyentes paguen el IVA bajo el régimen general, eliminando privilegios y haciendo así que la tributación sea más eficiente y justa al sujetarse todos a las mismas obligaciones. ●De igual forma, en términos de lo previsto en el artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, mismo que regula el mencionado régimen para efectos del citado impuesto, se trata de un régimen optativo, lo que permite afirmar que dicho régimen era un beneficio otorgado por el Poder Legislativo a los contribuyentes, de ahí que resulte constitucional su derogación.
  • 15. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria II.2.2 Servicios de hotelería y conexos a turistas extranjeros ¿QUIÉNES PAGARÍAN ESTE IMPUESTO? ¿Qué implica la propuesta? Eliminar el tratamiento de exportación con derecho a aplicar la tasa del 0% a la prestación de los servicios de hotelería y conexos realizados por empresas hoteleras a turistas extranjeros. Turistas extranjeros que ingresen al país para participar exclusivamente en congresos, convenciones, exposiciones o ferias a celebrarse en México, ya que la realización de tales eventos deben ser gravados al tratarse de servicios aprovechados en territorio nacional ¿CÓMO FUNCIONA ACTUALMENTE? ● Hoy se encuentran sujetos a la tasa del 0% los servicios de alojamiento, transportación de ida y vuelta del hotel a la terminal de autobuses, puertos y aeropuertos, los alimentos y bebidas. ● También incluye tasa 0% el uso temporal de los centros de convenciones y de exposiciones, así como los servicios complementarios que se proporcionen dentro de las instalaciones de dichos lugares para realizar convenciones, congresos, exposiciones o ferias. ● Considerando que en los congresos, convenciones, exposiciones o ferias realizadas en México no participan exclusivamente residentes en el extranjero, y que para fiscalizar esta medida sería necesario prorratear los gastos para determinar la proporción que corresponde estrictamente a residentes en el extranjero, se caería en una elevada complejidad administrativa.
  • 16. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria II.2.2 Servicios de hotelería y conexos a turistas extranjeros ¿QUÉ SE PUEDE HACER? ¿Qué implica la propuesta? Eliminar el tratamiento de exportación con derecho a aplicar la tasa del 0% a la prestación de los servicios de hotelería y conexos realizados por empresas hoteleras a turistas extranjeros. - Se propone no dar el tratamiento de exportación a los servicios de hotelería y conexos prestados a residentes en el extranjero que ingresen al país para participar exclusivamente en congresos, convenciones, exposiciones o ferias a celebrarse en México..
  • 17. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria II.2.3 Impuesto a las importaciones temporales de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) ¿POR QUÉ ESTA PROPUESTA? El Ejecutivo Federal plantea una estructura tributaria equitativa que no distinga entre Sectores de la producción, por lo que se propone eliminar la exención del IVA a la introducción temporal de mercancías.. ¿Qué implica la propuesta? Gravar las importaciones temporales IMMEX, depósito fiscal automotriz, recinto fiscalizado y recinto fiscalizado estratégico. Se pretende cerrar los espacios para las prácticas de elusión y evasión fiscales, que promueva la competitividad, que no generen distorsiones en la obtención de recursos y que permita retomar plenamente el control de la administración tributaria sobre el IVA. ¿QUÉ ESTABLECIMIENOS INCLUYE Y EN QUÉ CASOS? ●En materia del Depósito Fiscal Automotriz, Recinto Fiscalizado y Recinto Fiscalizado Estratégico, se propone establecer que también se considerará introducción de bienes al país, cuando éstos se destinen a los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; ● De depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos. ●De elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, y de recinto fiscalizado estratégico, excepto cuando se trate de mercancías nacionales o nacionalizadas que no hayan sido consideradas como exportadas en forma previa para ser destinadas a los regímenes aduaneros mencionados.
  • 18. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria II.2.4 Transportación aérea internacional ¿CÓMO SE LLEVARÍA A CABO LA PROPUESTA? Se busca que en el transporte internacional de bienes también se pueda considerar como prestación de servicios el 25% y como exportación el 75%. ¿Qué implica la propuesta? Homologar el tratamiento en la transportación aérea internacional para que se pueda acreditar al 100% el impuesto trasladado que reúna los requisitos exigidos por la ley ¿PUEDEN AHONDAR EN ESTO? ● Actualmente la transportación internacional aérea de personas, prestada por residentes en el país, se considera exportación de servicios sujeta a la tasa del 0% por la parte del servicio que no se considera prestada en territorio nacional. ● Todo el servicio se encuentra gravado como exportación a la tasa del 0%, pero como consecuencia de que el transporte aéreo internacional únicamente se considera prestado en un 25% en territorio nacional, sólo a ese porcentaje se le aplica la tasa del 0% y el 75% restante no es objeto del impuesto. ● Los prestadores del servicio únicamente pueden acreditar el 25% del impuesto que les trasladen sus proveedores en la adquisición de bienes y servicios necesarios para la prestación de dicho servicio. ¿HAY ALGÚN INVONVENIENTE LEGAL? ● Al respecto, la SCJN se ha pronunciado en el sentido de que es procedente el acreditamiento de la totalidad del impuesto trasladado a los residentes en territorio nacional. ● Lo anterior, también resulta acorde con el tratamiento fiscal que se establece en diversos convenios bilaterales sobre transporte aéreo.
  • 19. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria II.2.5 Transporte público terrestre de personas ¿POR QUÉ ESTA ACOTACIÓN EN LA LEY? ¿Qué implica la propuesta? Precisar que únicamente se mantendrá exento del pago del IVA el transporte público terrestre de personas, prestado exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas. Se plantea modificar la fracción V del artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para ampliar la base del IVA al eliminar la exención al servicio de transporte público foráneo de pasajeros. ¿EN QUE SE SUSTENTA LA PROPUESTA? ● El trasporte público terrestre de personas, prestado exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o zonas metropolitanas, se estima que debe permanecer exento en todas sus modalidades, incluyendo al servicio ferroviario. ● La importancia del transporte público terrestre de pasajeros urbano y suburbano es que en promedio el 87% del gasto corriente en transporte corresponde a esta modalidad. ● Existe una mayor movilidad de los hogares de mayores ingresos y se da principalmente a través del automóvil.
  • 20. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR) III.1. Temas relevantes para el PAN, ISR
  • 21. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.1.1 Incremento de la tasa máxima del ISR ¿QUÉ RELEVACIA TIENE LA PROPUESTA? La miscelánea fiscal presentada por el Gobierno Federal basa su sistema de recaudación en el incremento del ISR a personas físicas. ¿A QUIÉNES AFECTA EL IMPUESTO? ● Impacta directamente en aquellas personas físicas que ganan en promedio 40 mil pesos mensuales. ¿Qué implica la propuesta? Aumentar la tasa del ISR para personas físicas aplicable a contribuyentes con ingresos anuales superiores a 500 mil pesos. ● Se generaría una mayor carga tributaria a la clase media y se seguiría gravando al contribuyente cautivo, no a las personas que siguen sin pagar impuestos. ● Resulta una medida recaudatoria y no encaminada a ampliar la base de contribuyentes. ¿EL IMPUESTO ES PARA LOS QUE TIENEN MÁS? ● No se consideró elevar el umbral de ganancias a 1 millón de pesos, para que verdaderamente paguen más los que ganan más y no sólo sea la clase media la más afectada. ● El rango de ingresos no corresponde a los de mayores ingresos. Por lo que el impuesto en comparación con los estándares internacionales resulta excesivo. ● En Acción Nacional estamos a favor de eliminar los privilegios en materia de regímenes especiales y no en cargar la recaudación en la clase media.
  • 22. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.1.2 Reducción de deducciones en ISR ¿QUE SERÁ DEDUCIBLE? ● Se limitan las deducciones personales a dos salarios mínimos anuales o a 10% de los ingresos del individuo, la que sea menor. ● Ya no serán deducibles las aportaciones para fondos de pensiones y ¿Qué implica la propuesta? Limitar las deducciones por concepto de ISR jubilaciones, sino hasta que se paguen efectivamente a la persona física. ● En el caso de remuneraciones pagadas a trabajadores, sólo será deducible el equivalente a 41% de lo que se entregue al trabajador por concepto de previsión social, cajas y fondos de ahorro, liquidaciones, gratificación anual, horas extras y en general todos los ingresos exentos para los trabajadores. ¿ACCIÓN NACIONAL COINCIDE CON LA PROPUESTA? ● Además del incremento al ISR de 30% a 32% para personas físicas que ganen más de 500 mil pesos, el Ejecutivo Federal plantea limitar las deducciones personales. ● La medida tiene un doble efecto en los ingresos netos de los trabajadores, por lo que Acción Nacional no está de acuerdo con la propuesta y buscará las medidas necesarias para no afectar a nuestra clase media.
  • 23. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2. Temas Generales, ISR III.2.1. ISR Personas Morales (empresarial)
  • 24. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.1.1 Deducciones ¿POR QUÉ ESTAS MODIFICACIONES? ●La deducción inmediata permite diferir el pago del ISR que ¿Qué implica la propuesta? Eliminar la posibilidad de deducir en forma inmediata el valor presente de las inversiones. Eliminar aquellas disposiciones que permiten deducir en un sólo ejercicio el 100% de la inversión realizada en la adquisición de dichos activos Eliminar la deducción de Aportaciones a Fondos de Pensiones y Jubilaciones para que ésta solo pueda deducirse en el momento en que la empresa realice una erogación real a favor de sus trabajadores. Que la deducción de bienes ofrecidos en donación sea de básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación, vestido, vivienda y salud. Establecer un tope máximo a la deducción por los donativos que los contribuyentes efectúen a favor de la Federación, las entidades federativas, los municipios, o sus organismos descentralizados. pretende gravar la variación patrimonial, por lo que no ha probado ser una forma eficiente en cambio. Por lo tanto, se propone que el valor de las inversiones debe ser deducible a través de los años de la vida útil del bien y no de forma inmediata. ●Aunado a lo anterior, se considera adecuado eliminar aquellas disposiciones que permiten deducir en un sólo ejercicio el 100% de la inversión realizada en la adquisición de dichos activos (se mantiene la deducción en forma inmediata y hasta por el 100% de las inversiones que se efectúen en bienes inmuebles ubicados en las zonas de monumentos históricos de las ciudades de México, Mazatlán, Mérida, Morelia, Oaxaca de Juárez, Puebla de Zaragoza y Veracruz). ●El régimen de deducción de aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones implica un gasto fiscal que erosiona la base del ISR empresarial y no procura la simetría del impuesto. ●La deducción de bienes ofrecidos en donación ha permitido que los contribuyentes puedan ofrecer en donación todo tipo de bienes, incluso aquéllos que por disposición de otro ordenamiento legal no pueden ser enajenados.
  • 25. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.1.2 Depósitos en efectivo (IDE) ¿Qué implica la propuesta? Que la nueva Ley del ISR establezca la obligación para las instituciones del sistema financiero de informar una vez al año, sobre los depósitos en efectivo que reciban los contribuyentes en cuentas abiertas a su nombre cuando el monto acumulado supere los $15,000.00 mensuales. ¿CÓMO SE PIENSA APLICAR? ● La información constituye una base de datos importante que las autoridades hacendarias necesitan a fin de fiscalizar adecuadamente las operaciones llevadas a cabo por los contribuyentes en el sistema financiero. ● No implica una carga adicional para las instituciones financieras debido a que actualmente cuentan con la infraestructura y medios para cumplirla en los términos señalados. ● No genera duplicidad de información para los contribuyentes, dado que no se exigiría información que ya estuviera en poder de las autoridades, en términos de los requerimientos previstos en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
  • 26. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.1.3 Vales de Despensa ¿QUÉ SON LOS VALES? ¿Qué implica la propuesta? Qué los vales de despensa sean deducibles siempre que se otorguen a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT. - Los vales de despensa son una prestación de previsión social a favor de los trabajadores, por lo que constituyen un ahorro. ¿POR QUÉ SE FISCALIZAN? - Al ser considerados una previsión social deben sujetarse a requisitos, modalidades y límites para su deducción, en términos de la Ley del ISR. - Se logrará un control de quién es el beneficiario efectivo de los vales y se asegurará que sea él quien los utilice. - Se pretende evitar que los vales de despensa se utilicen indebidamente como un instrumento de cambio o de transacción comercial.
  • 27. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.1.4 Deducción de ingresos remunerativos otorgados a los trabajadores ¿QUÉ CONCEPTOS ESTÁN CONSIDERADOS? ¿Qué implica la propuesta? Acotar la deducción de las erogaciones por remuneraciones que a su vez sean ingreso para el trabajador considerados total o parcialmente exentos por la Ley del ISR ●Algunos de los conceptos de gasto-ingreso que estarían sujetos a este límite son la previsión social, cajas y fondos de ahorro, pagos por separación, gratificación anual, horas extras, prima vacacional y dominical, participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) de las empresas. ●Ahora, sólo procederá la deducción de hasta el 41% de las remuneraciones exentas otorgadas al trabajador. ¿QUÉ CON QUE HAYA ASIMETRÍAS? ● Los efectos de las asimetrías en el ISR resultarían particularmente perjudiciales para la recaudación ante la propuesta de desaparición de los impuestos mínimos y de control que se presenta. ●El porcentaje guarda relación entre la tasa del IETU que se deroga y la tasa del ISR empresarial. ●Con la medida se recupera la base gravable del ISR y además se reduce la asimetría fiscal.
  • 28. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.1.5 Deducciones adicionales ¿POR QUÉ NO SE PODRÁN DEDUCIR LAS CUOTAS? ¿Qué se propone? Considerar como no deducibles las cuotas de seguridad social del trabajador pagadas por el patrón La medida se considera importante porque la Ley del ISR vigente permite la deducción de las cuotas pagadas por los patrones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), incluso cuando éstas sean a cargo de los trabajadores. ¿QUÉ BENEFICIOS SE PLANTEAN? Este tratamiento representa un doble beneficio, al no estar gravado como ingreso y ser deducible, lo que rompe el principio de simetría fiscal, y erosiona la base del ISR. Se elimina también la inequidad entre empresas respecto a la determinación de la deducción de los pagos de salarios y demás prestaciones que con motivo de la relación laboral se otorgan a sus trabajadores, así como de las aportaciones establecidas en las leyes de seguridad social correspondientes.
  • 29. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.1.6 Inversión y arrendamiento de automóviles ¿Qué implica la propuesta? Ajustar el monto deducible de inversión en automóviles hasta 130 mil pesos por unidad sin IVA. ¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENE LA PROPUESTA? Esta deducción no impide que los contribuyentes puedan adquirir vehículos de mayor valor, pues el esquema permite que se deduzca la inversión de cualquier automóvil hasta por el límite establecido, quedando sólo el excedente de la inversión como un costo no deducible. Se busca reducir la erosión de la base gravable que representa esta deducción. ¿AFECTA A LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ? Ajustar el monto de la renta de automóviles a 200 pesos diarios por unidad. Se argumenta que la propuesta no tendría un impacto directo en la industria automotriz, toda vez que en el pasado se ha observado que la modificación en el límite de la deducción no guarda una correlación con el aumento de la venta de automóviles.
  • 30. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.1.7 Consumos en restaurantes ¿HOY QUIÉN SE BENEFICIA? ¿Qué implica la propuesta? Eliminar la deducción de los consumos hasta por un monto del 12.5% del pago realizado. ● La ley del ISR vigente permite que los contribuyentes personas morales y físicas con actividades empresariales y profesionales realicen la deducción de los consumos en restaurantes. ¿POR QUÉ SE ELIMINA LA DEDUCCIÓN? ● Se busca evitar abusos de los contribuyentes por consumos en restaurantes que no corresponden a los gastos necesarios para la realización de su actividad.
  • 31. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.1.8 Regímenes especiales ¿POR QUÉ ESTOS REGÍMENES PARA SOCIEDADES COOPERATIVAS? ¿Qué implica la propuesta? Eliminar el Régimen de Sociedades Cooperativas de Producción, Sociedades Inmobiliarias de Bienes Raíces (SIBRAS), Desarrolladores inmobiliarios y fabricantes de bienes de largo proceso de producción y la Deducción de gastos de exploración del sector minero. ● El tratamiento especial permite que la sociedad cooperativa no pague el ISR como una persona moral sino que calcula el ISR de cada uno de sus socios, difiriendo el pago del ISR hasta el ejercicio fiscal en que se distribuye la utilidad. ¿POR QUÉ SE MODIFICAN? ● Su permanencia debilita y complica la estructura y diseño del principal impuesto directo del sistema tributario. ● Genera distorsiones en las decisiones de los agentes económicos, reducen la base gravable y la recaudación, hacen compleja la fiscalización, provocan inequidad entre los contribuyentes y crean espacios para la evasión y elusión fiscales. ● El Ejecutivo Federal observa que las SIBRAS han utilizado el esquema únicamente para el diferimiento del pago de impuestos. ● El tratamiento provoca que se distorsione la base del ISR al no existir una simetría fiscal entre el ingreso generado y las deducciones realizadas por el contribuyente, así como el diferimiento del ISR que realmente se va generando, con la consecuente disminución de la recaudación.
  • 32. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.1.9 Régimen simplificado ¿CÓMO FUNCIONA? ¿Qué propone? Propone su eliminación así como los beneficios de exención, tasa reducida y facilidades administrativas (exclusivamente al autotransporte terrestre de carga o de pasajeros; a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras). ● Actualmente opera sobre una base de efectivo, en el que las inversiones se pueden deducir como gasto siempre que los ingresos anuales de los contribuyentes no excedan de 10 millones de pesos. ● La iniciativa no contempla que las personas físicas y morales que a la entrada en vigor de la nueva Ley del ISR integraban un coordinado, continúen cumpliendo sus obligaciones fiscales a través de la persona moral como consecuencia de los grupos de contribuyentes que aun presentan diversas dificultades organizativas. ¿QUÉ RAZONES HAY PARA ELIMINARLO? ● Genera inequidad, ya que contribuyentes que obtienen un monto de utilidad igual, al pertenecer a distintos sectores de actividad, enfrentan cargas fiscales diferentes. ● Los beneficios actuales afectan la neutralidad del sistema tributario, toda vez que introducen distorsiones que hacen que la inversión no necesariamente se destine a aquellas actividades en donde resulta más productiva
  • 33. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.1.10 Homologación de la tasa del ISR del Sector Primario con la del régimen general ¿QUÉ SE LOGRARÍA CON LA PROPUESTA? La medida otorga un tratamiento más igualitario entre el sector primario y el régimen general y se erradican controversias. ¿Qué implica la propuesta? Homologar la tasa del ISR del Sector Primario con la del régimen general ¿DE ACUERDO CON EL EJECUTIVO CUÁLES SON SUS BENEFICIOS? ● La eliminación de la reducción del ISR en un 30% en relación con los contribuyentes del régimen general; ● La eliminación de la exención en el ISR para las personas morales hasta por 20 s.m. anuales del área geográfica del contribuyente por cada uno de sus socios o asociados, siempre que no exceda de 200 veces el salario mínimo correspondiente al área geográfica del Distrito Federal; ● Eliminación de la exención en el ISR para personas físicas hasta por un nivel de ingresos de 40 salarios mínimos anuales del área geográfica del contribuyente; ● Eliminación de la posibilidad de aplicar una serie de facilidades administrativas para la comprobación de erogaciones sin comprobantes fiscales, entre otros.
  • 34. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.1.11 Estímulo fiscal a la industria cinematográfica nacional ¿CÓMO SE DARÍA EL BENEFICIO? ¿Qué se quiere con la propuesta? Hacer más eficiente la operación y la efectividad del estímulo fiscal, así como evitar el incremento en los precios de los bienes y servicios utilizados para la producción cinematográfica. ● Se busca incorporar como a los proyectos de inversión para la distribución de películas cinematográficas nacionales, aplicándoles las mismas disposiciones que se utilizan para otorgar el estímulo fiscal a la producción cinematográfica nacional. ● Se reducen los periodos para la entrega del estímulo fiscal a dos veces, con el fin de evitar la sobredemanda que se presenta al otorgar todo el recurso en un solo periodo. ● Es necesario limitar el apoyo a 2 millones de pesos por proyecto, en el caso de la distribución de películas cinematográficas nacionales. No obstante, en el caso de que una misma película sea apoyada por varias distribuidoras se podrá otorgar el estímulo a un máximo de dos personas. ● Se necesita apoyar a los proyectos de inversión para la distribución de películas cinematográficas nacionales, ampliando el monto del estímulo fiscal a 650 millones de pesos, de los cuales 50 millones de pesos serán desti nados a este tipo de proyectos de inversión.
  • 35. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2. Temas Generales, ISR III.2.2. ISR Personas Físicas
  • 36. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.2.1 Tarifa del ISR de personas físicas con tasa del 32% ¿POR QUÉ UNA TASA MAYOR? ¿Qué implica la propuesta? Adicionar un nuevo tramo a la tarifa del ISR de personas físicas, aplicable para las personas físicas con ingresos gravables superiores a 500 mil pesos anuales con una tasa marginal de 32%. Los impuestos deben ser progresivos, es decir, quienes tienen una capacidad de pago superior, deben contribuir en una mayor proporción al financiamiento de los gastos públicos. ¿QUÉ RAZONES DA EL EJECUTIVO FEDERAL? ● La tasa propuesta “no es excesiva”, así, se evita introducir elementos que eviten el funcionamiento eficiente de la economía o que deterioren la competitividad de México. ● La medida no afecta a las personas de ingresos bajos y medios en el país, toda vez que no implicaría un incremento en la carga tributaria de la mayor parte de la Población.
  • 37. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.2.2 Deducciones Personales ¿QUÉ TIPO DE DEDUCCIONES AFECTA? ¿Qué implica la propuesta? Limitar el monto máximo de las deducciones personales Deducciones personales realizadas por una persona física al año a la cantidad que resulte menor entre el 10% del ingreso anual total del contribuyente, incluyendo ingresos exentos, y un monto equivalente a 2 salarios mínimos anuales correspondientes al área geográfica del Distrito Federal. ¿CUÁL ES SU ESTATUS Y QUÉ SE BUSCA? ● La aplicación de estas deducciones personales frecuentemente da lugar a la determinación de un saldo a favor en relación con el impuesto pagado o retenido en forma provisional. ● El número de este tipo de deducciones se ha duplicado de 5 a 10, a la vez que su monto se ha incrementado significativamente ● Entre 2003 y 2011 el monto de las deducciones personales que declararon los contribuyentes creció alrededor de 270% en términos reales. ● Se busca lograr un sistema más progresivo y justo, toda vez que el beneficio que otorgan las deducciones personales se concentra en forma desproporcionada en aquellos contribuyentes de mayor capacidad económica.
  • 38. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.2.3 Medios de pago de las deducciones Personales ¿MÁS REQUISITOS PARA DEDUCIR? ¿Qué implica la propuesta? Establecer como requisito para su deducibilidad por pagos de honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, así como de transportación escolar se realicen a través del sistema financiero. Los pagos en efectivo de estos gastos impiden a las autoridades fiscales identificar la veracidad de estas operaciones y determinar si en realidad tienen derecho a ser beneficiados con la deducción. ¿CUÁL ES EL OBJETIVO? ● Se busca otorgar mayor certeza a la autoridad fiscal de que los beneficiados de las deducciones aludidas son efectivamente los sujetos que se encuentran en los supuestos previstos y que las deducciones correspondan exclusivamente a los pagos por los conceptos descritos en la norma tributaria. ● Sin embargo, se propone establecer que las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar las erogaciones utilizando los servicios de las instituciones que componen el sistema financiero, cuando las mismas se efectúen en poblaciones o en zonas rurales en las que no existan servicios financieros.
  • 39. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.2.4 Exención a la enajenación de casa de habitación ¿CUÁL ES EL LÍMITE ACTUAL? ¿Qué implica la propuesta? Reducir el límite de la exención a la enajenación de casa habitación de 1.5 millones de UDIS a 250 mil UDIS (aproximadamente 1.2 millones de pesos), debiendo pagar el contribuyente por el excedente el impuesto correspondiente. Actualmente el límite de UDIS equivale a aproximadamente 7.4 millones de pesos lo cual resulta elevado. ¿POR QUÉ SE REDUCE EL LÍMITE? ● De acuerdo con el reporte de la Sociedad Hipotecaria Federal sobre las características de los mercados estatales según los precios de 2012, muestra que el precio medio de la vivienda en 2012 fue de 513 mil pesos, observándose el mayor precio medio de la vivienda en el Distrito Federal, el cual se ubica en un millón de pesos. ● Es necesario reducir el costo recaudatorio de esta exención y asignar en forma más eficiente el beneficio hacia aquellas personas físicas de menores ingresos. ● Se estima que poco menos del 10% de las enajenaciones de casa habitación tienen un valor superior al límite propuesto, de manera que la medida incrementaría la recaudación de los contribuyentes de mayores ingresos, fortaleciendo con ello la progresividad del ISR.
  • 40. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.2.5 Enajenación de parcelas y ejidos Qué implica la propuesta? Abrogar la exención por la enajenación de derechos parcelarios. ¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE ESTA MEDIDA? ● Los inversionistas inmobiliarios han abusado de esta exención haciéndose pasar Establecer como requisito para que dicha enajenación esté exenta, que el enajenante acredite que es la primera transmisión que realiza y proporcione la documentación que lo acredite como el ejidatario original o titular de los derechos comuneros. por ejidatarios o titulares de derechos comuneros. ● La finalidad es que el monto no percibido por el Estado, pueda ser utilizado por el ejidatario para mejorar su situación económica.
  • 41. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.2.6 Régimen de incorporación fiscal ¿QUÉ SE QUIERE CON LA PROPUESTA? ¿Qué implica la propuesta? Iniciar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas físicas con actividades empresariales y puedan cumplir fácilmente con sus obligaciones tributarias. ¿CÓMO FUNCIONARÍA? Sustituir el Régimen Intermedio y el REPECO por un Régimen de Incorporación que prepare a las personas físicas para ingresar al régimen general. ● Sustituiría el régimen aplicable por las personas físicas con actividades empresariales con ingresos de hasta 4 millones de pesos anuales, esto es, el Régimen Intermedio y el Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS). ● El régimen de REPECOS permite que se rompa la cadena de comprobación fiscal y se generan espacios para la evasión y la elusión fiscales, los cuales han sido aprovechados por algunos contribuyentes que indebidamente tributan como REPECOS. ● Se ha comprobado de manera técnica que el límite de 2 millones de pesos es muy amplio, lo que fomenta el enanismo fiscal al ser aprovechado por unidades económicas con mayor capacidad contributiva.
  • 42. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria III.2.2.7 Ganancias de capital de personas físicas ¿CÓMO FUNCIONA EN OTRAS PARTES DEL MUNDO? ¿Qué implica la propuesta? Establecer de forma cedular el pago del ISR, aplicando una tasa del 10% sobre la ganancia que obtengan las personas físicas por la enajenación de acciones emitidas por sociedades mexicanas. El tratamiento actual contrasta con lo que se observa en el contexto internacional, ya que países como Japón, Brasil, Chile, Estados Unidos de América, España, Australia, Alemania, Noruega, Reino Unido y Dinamarca, gravan las ganancias de capital con tasas que van desde el 10% hasta el 42%. ¿EN QUÉ MOMENTO SE COBRARÍA EL IMPUESTO? ● Se observa que los hogares que reportaron información de ingresos por venta de acciones, se ubicaron en los dos deciles de mayor nivel de ingreso, lo que indica que el esquema de exención es altamente regresivo. ● La premisa fundamental de la propuesta consiste en que cualquier ingreso por la enajenación de acciones por parte de un inversionista, sea o no relevante, debe pagar el ISR conforme a su capacidad contributiva. ● El impuesto propuesto se causaría al momento de obtener las ganancias mediante la enajenación de las acciones, es decir mediante flujo, y no al momento de devengarlas. Por tal motivo, los inversionistas que mantengan sus posiciones en el largo plazo no se verán afectados.
  • 43. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria IV. LEY SOBRE DEPÓSITOS EN EFECTIVO (IDE) IV.1. Temas relevantes para el PAN, IDE
  • 44. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria IV.1.1 Eliminación del IDE ¿QUÉ SE ESTÁ ELIMINANDO? ● Se propone la derogación de una Ley que busca combatir la informalidad. ● Se elimina una ley que grava aquellos ingresos que no están sustentados en una actividad inscrita ante el Registro Federal de Contribuyentes. ¿Qué implica la propuesta? Se propone Derogar la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE). ¿CUÁLES SON ALGUNAS CONSIDERACIONES A SU ELIMINACIÓN? ● Entre las principales causas de la evasión están la dificultad para cumplir con las obligaciones fiscales. Por ello, la ley se circunscribe a una estrategia generada en los gobierno del PAN que se sustentó en dos vertientes: facilitar y motivar el cumplimiento voluntario, y combatir la evasión, el contrabando y la informalidad. ● El IDE como impuesto, amplía la base de contribuyentes y promueve que el sector informal participe con contribuciones a la economía nacional. ● Su eliminación puede ser un error pues incentiva el lavado de dinero y la economía informal. Por ejemplo, una persona que renta una casa y entrega recibo de renta, podría no declarar el ingreso por renta de casa-habitación y hacer su depósito en efectivo en bancos.
  • 45. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria V. LEY DE PENSIÓN UNIVERSAL Y LEY DE SEGURO DE DESEMPLEO V.1 Temas generales
  • 46. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria V.1.1 Pensión Universal y Seguro de Desempleo Qué buscan estas nuevas leyes? Contar con un marco normativo que garantice la aplicación de políticas encaminadas a asegurar que todas las personas dispongan de una protección económica y social suficiente en la vejez. Establecer los términos y condiciones para otorgar el acceso al Seguro de Desempleo en beneficio de los Trabajadores. ¿QUÉ PROPONE LA LEY DE LA PENSIÓN UNIVERSAL? ● Contar con un sistema que busque la seguridad económica de las personas y sus hogares ante eventos como son el desempleo, la enfermedad, la invalidez y la vejez. ● Se propone que atienda a todos aquéllos que no puedan obtener una pensión de carácter contributivo y que otorgue un piso mínimo de bienestar y protección ante eventos coyunturales que pueden aumentar la pobreza transitoria o profundizar los niveles de pobreza de los adultos mayores. ¿QUÉ INSTITUCIÓN OPERARÍA EL SEGURO DE DESEMPLEO? Se prevé que la administración y operación del seguro de desempleo estará a cargo del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, quienes aplicarán, respectivamente, las leyes de seguridad social que los rigen, en todo lo no previsto por la Ley del Seguro de Desempleo y su reglamento.
  • 47. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria VI. LEYES DE LOS IMPUESTOS EMPRESARIAL A TASA ÚNICA (IETU) Y A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO (IDE) VI.1 Temas generales, IETU-IDE
  • 48. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria VI.1.1 Abrogación de leyes del IETU y del IDE ¿QUÉ MOTIVA LA PROPUESTA? ¿Qué implica la propuesta? Eliminar tanto del IETU como del IDE y simultáneamente fortalecer la base del ISR de manera que sólo permanezca éste como impuesto al ingreso. Nuestro sistema en materia de impuestos directos dista mucho de alcanzar la simplicidad; por el contrario, la arquitectura vigente descansa en el “sistema renta”, conformado por el ISR, el IETU y el IDE. ¿QUÉ SE LOGRARÍA? ● Se reduce en más de la mitad el número de cálculos que las empresas tienen que realizar mensualmente para cumplir con sus obligaciones tributarias, así como la complejidad de dichos cálculos. ● La integración de las bases gravables del ISR de las empresas y del IETU requiere que las empresas mantengan dos sistemas de registro paralelos para el cumplimiento de sus obligaciones. ● EL IDE, aun cuando es totalmente recuperable, puede llegar a incidir en el costo financiero de las empresas cumplidas, que por sus características realizan un importante volumen de operaciones en efectivo.
  • 49. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria VII. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS) VII.1 Temas generales, IEPS
  • 50. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria VII.1.1 Impuesto a las gasolinas destinado a las entidades federativas ¿QUÉ SE PROPONE? ¿Qué implica la propuesta? Que las entidades federativas cuenten con los recursos del impuesto a las gasolinas y el diesel que se destina a dichas entidades, municipios y demarcaciones territoriales a través de modificar las características del gravamen establecido en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). El Ejecutivo propone mejorar los mecanismos establecidos para que las entidades federativas cuenten con los recursos derivados del IEPS. ¿CUÁL SERÍA EL EFECTO RECAUDATORIO? ● De acuerdo con el Ejecutivo Federal es necesario establecer la obligación de presentar conjuntamente con la declaración de pago mensual la información correspondiente a los litros de las gasolinas y diesel enajenados por cada estación de servicio en cada una de las entidades federativas. ● Bajo este argumento, señala la necesidad de generar una simplificación Se propone derogar la disposición que establece que a partir del 1 de enero de 2015, las cuotas del IEPS a la venta final al público en general de gasolinas y diesel establecidos en el artículo 2-A, fracción II de la ley que regula este impuesto se disminuirán en una proporción de 9/11. fel registro de ingresos por el impuesto por lo que el pago de éste es necesario que lo realice PEMEX a la SHCP, la cual a su vez hará la distribución a las entidades federativas durante el mes inmediato posterior al mes en que los contribuyentes hayan realizado el pago. ● Se estima que en caso de aprobarse el conjunto de medidas en materia del IEPS propuestas se obtendrían recursos adicionales equivalentes a aproximadamente 33.8 mil millones de pesos
  • 51. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria VII.1.2 Impuestos a gasolinas y plaguicidas ¿Qué implica la propuesta? Creación de impuestos especiales a los combustibles con contenido de carbono y a los plaguicidas, con lo que se busca combatir las prácticas que dañan el medio ambiente. Se propone un impuesto que grave los plaguicidas de acuerdo con la clasificación de peligro de toxicidad aguda establecida en la NOM-232-SSA1 2009 ¿IMPUESTOS A COMBUSTIBLES? El impuesto a combustibles se sustenta en incentivar un menor uso de los mismos, por lo que se propone gravar el contenido de carbono en los combustibles. ¿CÓMO APLICARÍA EL IMPUESTO? ● Actualmente, existen al menos 33 países y 18 gobiernos sub-nacionales que utilizan sistemas de precios para el carbono. ● Con base en lo anterior, se propone establecer cuotas específicas por tipo de combustible, considerando las toneladas de bióxido de carbono por unidad de volumen, en la forma siguiente: ● Se plantea un desliz en los precios de los combustibles de 6 centavos mensuales para la gasolina magna y 8 centavos para la gasolina Premium y el diesel, el cual sería sustancialmente menor al de 2013. A partir de 2015, transcurrido un año de transición, se establece que seguirán deslices que impliquen un comportamiento de los precios de los combustibles compatibles con la inflación anticipada para cada año. ● Se propone establecer una tasa que se aplicará a los plaguicidas conforme a la categoría de peligro de toxicidad aguda.
  • 52. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria VII.1.3 Juegos con apuestas y sorteos ¿Qué implica la propuesta? Se elimina la facultad que se confiere a las entidades federativas para administrar el impuesto sobre juegos con apuestas y sorteos, tratándose de pequeños contribuyentes (REPECOS) ¿POR QUÉ SE LES QUITA ESTA FACULTAD A LOS ESTADOS? ● El artículo 29 de la Ley del IEPS establece que, respecto del impuesto aplicable a juegos con apuestas y sorteos que causen las personas físicas sujetas al Régimen de REPECOS, será administrado también por las entidades federativas ● Por lo tanto, es necesaria su eliminación debido a que el régimen de REPECOS establecida en la Ley del ISR éste ya no es considerado y por lo tanto, las entidades federativas ya no tendrán facultades de administración sobre ese sector.
  • 53. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria VII.1.4 IEPS a bebidas saborizadas Se pretende cobrar a través del establecimiento a nivel de productor e importador de una cuota específica de 1 peso por litro. También se incluyen concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, dependiendo del rendimiento, que al diluirse permitan obtener bebidas saborizadas, que contengan cualquier tipo de azúcares añadidas. ¿Qué implica la propuesta? Gravar con el IEPS a las bebidas Saborizadas. El impuesto no grava toda la cadena comercial, sino que se aplicará exclusivamente al importador y al fabricante o productor. ¿BEBIDAS COMO EL SUERO TAMBIÉN ENTRAN? Quedan exentas las bebidas saborizadas que cuenten con registro sanitario (medicamentos), el suero, la leche en cualquier presentación, incluyendo la que esté mezclada con grasa vegetal y las bebidas aborizadas que se elaboren en restaurantes, bares y otros lugares en donde se proporcionen servicios de alimentos y bebidas, como puede ser el caso de teatros y cines que cuenten con dichos servicios. ¿POR QUÉ ESTE IMPUESTO? El impuesto puede resultar benéfico en tanto que combate la obesidad pues el efecto negativo que ejerce el azúcar sobre la salud de la población que la padece incluye aumentar el riesgo de padecer enfermedades crónicas. En México el 72% de los adultos padecen de sobrepeso y obesidad, aproximadamente 48.6 millones de personas. Cabe agregar que la obesidad constituye la principal causa de mortalidad en los países de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).
  • 54. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria VIII.LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA (LFPRH) VIII.1 Temas generales, LFPRH
  • 55. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria VIII.1.1 Fortalecimiento de la LFPRH ¿POR QUÉ MODIFICAR LA LEY DE PRESUPUESTO? ¿Qué implica la propuesta? Fortalecer la regla de balance actual para transitar hacia una regla de balance estructural. Los Requerimientos Financieros del Sector Público (RFSP) serán un indicador de manejo macroeconómico y de planeación de las finanzas públicas. Simplificar el régimen de ingresos excedentes y fondos de estabilización para distinguir entre el manejo de flujo de efectivo y el ahorro de largo plazo. Adecuar diversas disposiciones de la LFPRH para mejorar la operatividad de las finanzas públicas. ● La LFPRH permite un déficit presupuestario y no considera el requerimiento de mejorar la posición fiscal cuando la economía se encuentra por arriba de su tendencia, solo establece la obligación de regresar a un equilibrio presupuestario. ● Los ingresos excedentes y fondos de estabilización (FEIP y FEIEF) no permiten distinguir el flujo de efectivo para un año determinado y el ahorro de largo plazo. ¿QUÉ JUSTIFICACIÓN DA EL EJECUTIVO? ● La desaparición de FEIPEMEX se justifica ya que la inversión de PEMEX no se incluye en la meta de balance presupuestario, por lo que ya no se hace necesario proteger esta inversión de posibles ajustes por restricciones presupuestarias. ● Dado que se creará un nuevo Sistema de Seguridad Social Universal se hace redundante mantener el Fondo de Apoyo para la Reestructuración de Pensiones (FARP). ● La SHCP realiza el cálculo del precio del petróleo un mes antes de la entrega del presupuesto, por lo que el precio del petróleo a la entrega del paquete económico pudiera no ser representativo.
  • 56. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria IX. LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS Y REFORMAS A LAS LEYES FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA, GENERAL DE DEUDA PÚBLICA Y DE PETRÓLEOS MEXICANOS IX.1 Temas generales, Reforma Energética
  • 57. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria IX.1.1 Reforma Energética ¿QUÉ TIENE QUE VER LA PROPUESTA CON PEMEX? ¿Qué implica la propuesta? La propuesta se enmarca en el contexto de las reformas planteadas a los artículos 27 y 28 Constitucionales que fue presentada en días recientes. ● Se busca dar la flexibilidad necesaria a PEMEX para obtener mejores resultados en el desarrollo de su actividad. ● Se necesita dotar a PEMEX de un régimen presupuestario especial, con el cual pueda determinar y ejercer su presupuesto con mayor libertad y así destinar de manera autónoma, eficiente y transparente los recursos. ● Se necesita un nuevo esquema tributario para PEMEX, que flexibilice su carga impositiva, mediante un tratamiento más racional. ● Se propone que por la ejecución de los trabajos, PEMEX reciba el porcentaje de las utilidades que le corresponden al reconocer el costo de su capital invertido. Con base en éstas, pagará el impuesto sobre la renta que le resulte.
  • 58. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria X. LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN (TIGIE) X.1 Temas generales, TIGIE
  • 59. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria X.1.1 Modificaciones arancelarias a la TIGIE ¿Qué implica la propuesta? Apoyar la reconversión de algunos procesos productivos. Atender la problemática de abasto de alimentos, derivada de situaciones climáticas y sanitarias. Facilitar el comercio de mercancías similares. ¿EN QUE SE SUSTENTA LA PROPUESTA? ● De acuerdo al Decreto publicado en el DOF el día 31 de Diciembre de 2012, se aplazó un año la desgravación de 14 fracciones arancelarias del sector calzado y 80 fracciones arancelarias del sector de la confección que se tenía prevista en 2013. ● De manera adicional y acorde a lo indicado en el Decreto publicado en el DOF el día 31 de Enero de 2013 se prorrogó por un año la opción para realizar la importación de vehículos usados con un arancel reducido. ● De acuerdo al Decreto publicado en el DOF el día 15 de Mayo de 2013, se exentó de arancel la importación del limón comprendida en 3 fracciones arancelarias y se creó una fracción exenta de arancel, para la importación y exportación de tomate verde. ● De acuerdo al Decreto publicado en el DOF el día 2 de Septiembre de 2013, se modificaron y homologaron los aranceles de 13 fracciones arancelarias correspondientes a insumos para la industria de la madera. Adicionalmente se creó 1 fracción arancelaria en la que se clasifican los desechos, desperdicios y recortes de poli (tereftalato de etileno)
  • 60. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria XI. LEY DE COORDINACIÓN FISCAL (LCF) XI.1 Temas generales, LCF
  • 61. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria XI.1.1 Federalismo fiscal ¿Qué implica la propuesta? Sustituir el “Fondo de Fiscalización” por el “Fondo de Fiscalización y Recaudación”. Modificar la fórmula del Fondo General de Participaciones para estimular la recaudación. Modificar la fórmula del Fondo de Fomento Municipal para incentivar que las entidades federativas, a que asuman la operación del cobro del impuesto predial de sus municipios. Crear el Fondo de Estabilización de los recursos que corresponden a las entidades federativas por concepto del Fondo de Extracción de Hidrocarburos (FEXHI). Modificar la forma de distribución del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS). ¿POR QUÉ SE HACEN LAS MODIFICACIONES? Necesidad de un federalismo fiscal a fin de establecer con claridad los ámbitos de competencia y responsabilidades de cada nivel de gobierno, a fin de preservar el equilibrio de las finanzas públicas. ¿QUÉ ES LO MÁS DESTACADO DE LA PROPUESTA ● Fortalecer la capacidad financiera de los tres órdenes de gobierno a través de robustecer los incentivos recaudatorias de entidades federativas y municipios. ● Mejorar la distribución, el destino y el ejercicio de los recursos de los Fondos de Aportaciones Federales, mejorando su eficacia y transparencia.
  • 62. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria ¿Qué implica la propuesta? Fortalecer la transparencia en la distribución, destino y ejercicio de los Fondos de Aportaciones. Destinar los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal a la modernización de los sistemas de recaudación locales. Se precisa y actualizan los términos del destino de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, se establece un margen de modificación al programa de gasto de los recursos del fondo. Respecto al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social se establece la obligación a entidades federativas y municipios de presentar informes relacionados con el uso de los recurso a las Delegaciones Estatales de la SEDESOL y a la SHCP. ¿CÓMO ESTÁ EL NIVEL SUBNACIONAL EN MÉXICO? México tiene un bajo nivel recaudatoria subnacional, 0.7% del PIB, el promedio de los países de la OCDE es de 8.9% del PIB; la recaudación del impuesto predial es de 0.2% del PIB, el promedio de la OCDE es 1.1% del PIB. ¿QUÉ NIVEL DE GOBIERNO TIENE MAYOR ADEUDO DE AGUA? ● Los adeudos a organismos de agua principalmente son municipales, equivalen al 75% de las participaciones anuales que les corresponden. ● La propuesta busca apoyar a los municipios del país para alcanzar y mantener finanzas públicas sanas a partir de garantizar los pagos en materia de aguas nacionales y el fortalecimiento de la recaudación de impuesto predial.
  • 63. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria XII. LEY DE COORDINACIÓN FISCAL (LCF) Y LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL (LGCG) XII.1 Temas generales, LCF y LGCG
  • 64. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria XII.1.1 Financiamiento Educativo ¿TIENE QUE VER ALGO LA REFORMA EDUCATIVA? ¿Qué implica la propuesta? La creación del Fondo de Aportaciones de Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE) para el adecuado control administrativo de la nómina de los maestros transferidos a los estados (sustituye al FAEB). Las plazas transferidas a los estados serán registradas dentro del Sistema de Información y Gestión Educativa, administrado por la SEP. El FONE incluirá recursos para apoyar a las entidades federativas a cubrir gastos de operación distintos de los servicios personales y de mantenimiento, además de establecer una negociación única salarial para los maestros. Se prevé que la SEP y las autoridades educativas estatales homologuen en un tabulador único de remuneraciones. Se plantea reformar el artículo 73 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, especificando que las entidades federativas deben presentar información, conciliación del número y tipo de plazas docentes, además de eliminar la obligación específica para el FAEB que se sustituye por el FONE. Las reformas constitucionales y legales en materia educativa requieren modificaciones en los términos y condiciones bajo los cuales se transfieren recursos federales a las entidades federativas y municipios para tal propósito. ¿POR QUÉ SE QUITA EL FAEB? ● Las variables y ponderadores del FAEB no han permitido dar las condiciones para lograr una plantilla docente óptima. El coeficiente de matricula estatal ha generado distorsiones y las disparidades entre entidades ha limitado el efecto progresivo. ● Problemas en la aplicación del FAEB son: la doble negociación salarial en los estados y desviaciones en la creación de plazas que ha derivado en una disparidad significativa.
  • 65. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria XIII.LEY GENERAL DE SALUD (LGS) XIII.1 Temas generales, LGS
  • 66. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria XIII.1.1 Sistema de Protección Social en Salud ¿Qué implica la propuesta? Reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de los Títulos Tercero Bis y Décimo Octavo de la Ley General de Salud. ¿QUÉ PROBLEMÁTICA SE CONSIDERÓ PARA MODIFICAR LA LEY? Se parte de la condición en la cual si bien el Sistema de Protección Social en Salud constituye una base legal para garantizar el acceso efectivo, oportuno y de calidad a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios, su instrumentación se enfrenta a nuevos desafíos en los estados. ¿EL GASTO PÚBLICO EN SALUD ES EFICIENTE? El gasto público en salud, como porcentaje del PIB pasó de 2.3 a 3.1%, por lo que se requiere asegurar su ejercicio oportuno, ya que uno de los problemas detectados es el surtimiento de medicamentos a los afiliados al Sistema. ¿QUÉ SE ATIENDE CON LA PROPUESTA? ● La nueva demanda por servicios del sector público obliga mayor eficiencia y eficacia en los servicios estatales de salud, particularmente en los recursos destinados al Sistema de Protección Social en Salud. ● Asimismo, la OCDE ha detectado la oportunidad de mejorar el sistema de salud mediante el fortalecimiento de los mecanismos de información y los mercados de rendición de cuentas para todas las instituciones.
  • 67. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria ¿Qué implica la propuesta? ¿CUÁLES SON LOS EJES DE LA PROPUESTA? 1. Establecer los elementos para la consolidación de la Secretaría de Salud como instancia rectora y articuladora del Sistema de Protección Social en Salud; hace efectivos los beneficios que otorga la ley; y mejorar la transparencia, supervisión, control y fiscalización del manejo de los recursos del Sistema. La transferencia de los recursos federales podrá hacerse en numerario o en especie. 2. Desaparece la figura del Consejo Nacional de Protección Social en Salud. 3. Se fortalece la portabilidad de los beneficios que otorga la afiliación al Sistema de Protección Social en Salud. 4. Se da consistencia entre la Ley General de Salud y lo previsto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental respecto a la información que se debe rendir en materia de recursos humanos. 5. Si alguna entidad federativa no comprueba los recursos a que se refiere el artículo 77 bis 16 de la Ley General de Salud, las autoridades al tanto tendrán la obligación de informarlo a las autoridades competentes para que procedan a su investigación y sanción. 6. Se establece un delito específico en materia desvío del objeto para el cual fueron transferidos o entregados los recursos en numerario o en especie, según el caso, los destinare a fines distintos.
  • 68. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria XIV. LEY ADUANERA (LA) XIV.1 Temas generales, LA
  • 69. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria XIV.1.1 Mejoras a la Ley Aduanera ¿Qué implica la propuesta? Contar con un marco normativo claro y transparente implementando el uso de medios tecnológicos a través de los cuales: 1. Se promuevan las importaciones y exportaciones. 2. Se impulse la apertura comercial para los usuarios del comercio exterior, y 3. Se establezca el intercambio de información entre autoridades de forma ágil a través de sistemas electrónicos. 4. Se promuevan las importaciones y exportaciones; 5. Se impulse la apertura comercial para los usuarios del comercio exterior, y 6. Se establezca el intercambio del información entre autoridades de forma ágil a través de sistemas electrónicos. ¿POR QUÉ LA PROPUESTA? Necesario contar con un despacho aduanero que se pueda llevar a cabo en un lugar distinto al autorizado, con independencia en la naturaleza o volumen de las mercancías. ¿QUÉ SE BUSCA? ● Permitir que los particulares promuevan directamente el despacho aduanero de sus mercancías sin la intervención obligatoria de los servicios profesionales prestados por los agentes aduanales. ● Regular el otorgamiento de la patente aduanal y la figura de agente aduanal sustituto, al precisar que esta es una facultad reservada al Estado. ● Se busca habilitar recintos fiscalizados estratégicos en todo el territorio nacional, aún y cuando los inmuebles no colinden con los recintos fiscales o portuarios. ● Se busca ampliar las facilidades a los usuarios del comercio exterior y de agilizar el despacho aduanero.
  • 70. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria XV. LEY GENERAL DE DERECHOS (LGD) XV.1 Temas generales, LGD
  • 71. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria XV.1.1 Pago de derechos de agua, minería y espectro radioeléctrico ¿Qué implica la propuesta? ¿QUÉ DESTACA DE LA PROPUESTA? El cobro de derechos de servicios considerados Bienes Nacionales y la derogación de otros a efecto de agilizar y simplificar la realización de diversas actividades o trámites a los particulares y a las propias instancia gubernamentales. Destacan las modificaciones en materia de agua, espectro radioeléctrico (telecomunicaciones) y minería. AGUA. Se plantean reformas respecto del cálculo de los derechos en materia hídrica para zonas de disponibilidad y trasvase de aguas nacionales, aguas salobres y descargas de aguas residuales. ESPECTRO RADIOELÉCTRICO. Establecer un esquema de pago de derechos del espectro radioeléctrico general y bajo la misma estructura de cobro, respetando las diferentes características técnicas del bien de dominio público de la Nación. MINERÍA. Se propone también un derecho extraordinario del 0.5 % a los ingresos derivados de la enajenación de oro, plata y platino, considerados metales preciosos y también un pago de derecho adicional semestral a titulares de concesiones mineras que no lleven a cabo obras de exploración o explotación durante 2 años continuos.
  • 72. PAQUETE ECONÓMICO 2014 Propuesta de Reforma Hacendaria XV.1.1 Pago de derechos de agua, minería y espectro radioeléctrico ¿Qué implica la propuesta? ¿QUÉ SE BUSCA CON LA REFORMA? El cobro de derechos de servicios considerados Bienes Nacionales y la derogación de otros a efecto de agilizar y simplificar la realización de diversas actividades o trámites a los particulares y a las propias instancia gubernamentales. Destacan las modificaciones en materia de agua, espectro radioeléctrico (telecomunicaciones) y minería. AGUA. Privilegiar la gestión de la demanda, propiciar el uso eficiente del agua y racionalizar el consumo, inhibiendo la demanda excesiva, además se busca quien dañe el ambiente o haga un uso indebido de los recursos, pague los costos. ESPECTRO RADIOELÉCTRICO. Reforzar la política de cobro por el uso y explotación del espectro radioeléctrico como parte del espacio aéreo que constituye un bien nacional y sujeto al régimen de dominio público de la federación. MINERÍA. Que quienes se benefician de la explotación minera paguen una justa retribución a favor del Estado Mexicano y de las propias comunidades en donde se realizan actividades mineras.