El documento describe el inicio de la Guerra de los Diez Años en Cuba en 1868. Carlos Manuel de Céspedes y otros hacendados cubanos se levantaron en armas contra el gobierno español opresivo, proclamando la independencia de Cuba. Reclamaban libertad política, civil y religiosa, así como el fin de la esclavitud. Su grito de guerra en Yara dio inicio a la lucha por la independencia cubana.
1. 5 El Sexenio Democrático(1868-
1874). Economía y Sociedad en
el siglo XIX.
2. 1. Evolución política del Sexenio Democrático
2. Economía: Agricultura, industria y transportes
en el XIX.
3. Sociedad: Del estamentalismo a la sociedad e
clases
4. Consolidar un sistema político democrático.
La Gloriosa: réplica de las revoluciones de
1848.
Hubo muchos cambios de régimen político
(regencia,monarquía, república).
Años de esperanza para los sectores
revolucionarios
5.
6. La Revolución de 1868
Septiembre de 1868.
Pronunciamiento militar al grito de “Viva
España con honra; abajo los Borbones”.
Sin derramamiento de sangre.
Se formaron juntas revolucionarias
Militares como Prim, Serrano o Topete se
pusieron al frente de la revolución desde Cádiz.
7. El ejército de la reina
fue derrotado en
Alcolea del Pinar
(Córdoba)
Isabel II se exilió a
Francia.
Sublevación popular
9. Juan Prim y Prats (1815-1870),
coronel durante la primera guerra carlista.
En 1842 tomó parte en el alzamiento de
Barcelona contra la política de Espartero
y, tras ser gobernador de Puerto Rico,
participó en la campaña de Marruecos
(1860) y en la de México (1862). En los
años sesena instigó la sargentada de San
Gil (1866), preparó el Pacto de Ostende y
participó en la revolución de 1868 que
acabó con Isabel II. Después fue
presidente durante la regencia de
Serrano. Influyó en la elección de Amadeo
de Saboya pero fue asesinado antes de
que llegara el rey a Madrid.
10. Nacido en Méjico.
Marino, militar y político,
Vicealmirante de la Armada, héroe
de la Primera Guerra del Pacífico.
Intervino en la Revolución de
1868. Fue ministro en varias
ocasiones.
11. Nacido en Cádiz. Duque de la
Torre. Militar y político.
Regente durante el Gobierno
Provisional
Dictador durante 1874.
12. Texto: El manifiesto a la nación del gobierno provisional
DOC. 4DOC. 4
Consumado (…) el movimiento revolucionario iniciado en Cádiz contra un poder que
lentamente había ido aflojando y rompiendo todos los vínculos de la obediencia y el
respeto, hasta el punto de haber hecho posible su derrumbamiento en el espacio de
pocos días; terminada la misión de las Juntas y nombradas las Autoridades, conveniente
y necesario es ya que el Gobierno Provisional, constituido en virtud de sucesos que han
transformado fundamentalmente el estado político de España, recoja y concrete las
varias manifestaciones de la opinión pública, libre y diversamente expuestas durante [...]
nuestra revolución salvadora […].
Verdad es que se han levantado voces elocuentes y autorizadas en defensa del régimen
republicano, apoyándose en la diversidad de orígenes y caracteres de la nacionalidad
española, y más que nada, en el maravilloso ejemplo que ofrece, allende los mares, una
potencia nacida ayer y hoy envidia y admiración del mundo. Pero por mucha importancia
que relativamente se conceda a estas opiniones, no tienen tanta como la general reserva
con que, sobre asunto tan espinoso, han procedido las Juntas, en las cuales, hasta la
formación del Gobierno Provisional, ha residido por completo la iniciativa revolucionaria
[…].
Madrid, 25 de octubre de 1868
Consumado (…) el movimiento revolucionario iniciado en Cádiz contra un poder que
lentamente había ido aflojando y rompiendo todos los vínculos de la obediencia y el
respeto, hasta el punto de haber hecho posible su derrumbamiento en el espacio de
pocos días; terminada la misión de las Juntas y nombradas las Autoridades, conveniente
y necesario es ya que el Gobierno Provisional, constituido en virtud de sucesos que han
transformado fundamentalmente el estado político de España, recoja y concrete las
varias manifestaciones de la opinión pública, libre y diversamente expuestas durante [...]
nuestra revolución salvadora […].
Verdad es que se han levantado voces elocuentes y autorizadas en defensa del régimen
republicano, apoyándose en la diversidad de orígenes y caracteres de la nacionalidad
española, y más que nada, en el maravilloso ejemplo que ofrece, allende los mares, una
potencia nacida ayer y hoy envidia y admiración del mundo. Pero por mucha importancia
que relativamente se conceda a estas opiniones, no tienen tanta como la general reserva
con que, sobre asunto tan espinoso, han procedido las Juntas, en las cuales, hasta la
formación del Gobierno Provisional, ha residido por completo la iniciativa revolucionaria
[…].
Madrid, 25 de octubre de 1868
13. Gobierno Provisional: con generales
demócratas junto a generales unionistas.
Convocaron elecciones y ganaron los
progresistas, unionistas y demócratas.
A la derecha quedaba el carlismo
A la izquierda los republicanos federales.
14. El general Serrano asumió la Regencia y
el general Prim el gobierno provisional a
propuesta de las Cortes.
Objetivos:
Disolver las juntas revolucionarias
Desarmar a los Voluntarios de la Libertad
Reorganizar la Milicia Nacional y
Disciplinar al ejército.
15. Texto: Programa revolucionario de la junta de Málaga
DOC. 1DOC. 1
Los que suscriben, ciudadanos pertenecientes a la Junta revolucionaria y provisional de Málaga,
proponen a la misma lo siguiente:
1.º Que inmediatamente se redacte y publique un manifiesto cuyas principales bases sean:
– La destitución de la monarquía reinante.
– El sufragio universal y libre.
– Unidad de fueros.
– Abolición de las quintas y de las matrículas de mar.
– Una sola cámara.
– El desestanco de todo lo estancado.
– Jurado para toda clase de delitos.
– Libertad de imprenta sin depósito, fianza ni editor responsable.
– Inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia.
– Libertad de enseñanza.
– Inamovilidad judicial.
– Libertad de cultos, de comercio y de asociación.
– Abolición de la pena de muerte.
– Seguridad individual garantizada por el habeas corpus.
– Una sola contribución directa, única, individual.
2º. Proponen igualmente los mismos ciudadanos que después de publicado este programa que
entraña sus aspiraciones, se proceda a la convocación del pueblo para que, por medio de unas
elecciones generales, quede constituida definitivamente la Junta revolucionaria de gobierno, que
deberá componerse de presidente, vicepresidente, ocho vocales y dos secretarios.
25 de septiembre de 1868
Los que suscriben, ciudadanos pertenecientes a la Junta revolucionaria y provisional de Málaga,
proponen a la misma lo siguiente:
1.º Que inmediatamente se redacte y publique un manifiesto cuyas principales bases sean:
– La destitución de la monarquía reinante.
– El sufragio universal y libre.
– Unidad de fueros.
– Abolición de las quintas y de las matrículas de mar.
– Una sola cámara.
– El desestanco de todo lo estancado.
– Jurado para toda clase de delitos.
– Libertad de imprenta sin depósito, fianza ni editor responsable.
– Inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia.
– Libertad de enseñanza.
– Inamovilidad judicial.
– Libertad de cultos, de comercio y de asociación.
– Abolición de la pena de muerte.
– Seguridad individual garantizada por el habeas corpus.
– Una sola contribución directa, única, individual.
2º. Proponen igualmente los mismos ciudadanos que después de publicado este programa que
entraña sus aspiraciones, se proceda a la convocación del pueblo para que, por medio de unas
elecciones generales, quede constituida definitivamente la Junta revolucionaria de gobierno, que
deberá componerse de presidente, vicepresidente, ocho vocales y dos secretarios.
25 de septiembre de 1868
16.
17. Fin de los “consumos”: impuestos indirectos que
gravan los bienes de primera necesidad: alimentos, bebidas
alcohólicas, combustibles y sal.
Libertad de enseñanza, prensa, asociación,
Creación de la peseta, 1869.
Librecambismo.
Permanece el desencanto popular.
18. Elaboración de la Constitución de 1869.
División de poderes;
Poder ejecutivo: gobierno nombrado por el rey y
controlado por la Cortes
Legislativo: Fortalecimiento de las Cortes (Bicamerales)
Independencia del poder judicial y juicio por jurados
El Rey tendría una función de equilibrio : reina pero
no gobierna.
Sufragio universal masculino
19. Soberanía nacional
Declaración de derechos:
expresión, reunión,
asociación, religiosa y de
enseñanza
Supresión de las quintas
Abolición de la pena de
muerte
El Parlamento puede elegir
un nuevo monarca.
20. La Constitución de 1869
DOC. 7DOC. 7
La nación española y en su nombre las
Cortes Constituyentes, elegidas por
sufragio universal […] sancionan la
siguiente Constitución:
Art. 2. Ningún español ni extranjero podrá
ser detenido ni preso sino por causa de
delito. […].
Art. 16. Ningún español que se halle en el
pleno goce de sus derechos civiles podrá
ser privado del derecho a votar en las
elecciones de Senadores, Diputados a
Cortes, Diputados provinciales y
concejales.
Art. 17. Tampoco podrá ser privado ningún
español: del derecho a emitir libremente
sus ideas y opiniones [...].
Art. 21. La nación se obliga a mantener el
culto y los ministros de la religión católica.
El ejercicio público o privado de cualquier
culto queda garantizado […].
Art. 32. La soberanía reside esencialmente
en la Nación […].
Art. 35. El poder ejecutivo reside en el
Rey, que lo ejerce por medio de sus
ministros […].
1 de junio de 1869
La nación española y en su nombre las
Cortes Constituyentes, elegidas por
sufragio universal […] sancionan la
siguiente Constitución:
Art. 2. Ningún español ni extranjero podrá
ser detenido ni preso sino por causa de
delito. […].
Art. 16. Ningún español que se halle en el
pleno goce de sus derechos civiles podrá
ser privado del derecho a votar en las
elecciones de Senadores, Diputados a
Cortes, Diputados provinciales y
concejales.
Art. 17. Tampoco podrá ser privado ningún
español: del derecho a emitir libremente
sus ideas y opiniones [...].
Art. 21. La nación se obliga a mantener el
culto y los ministros de la religión católica.
El ejercicio público o privado de cualquier
culto queda garantizado […].
Art. 32. La soberanía reside esencialmente
en la Nación […].
Art. 35. El poder ejecutivo reside en el
Rey, que lo ejerce por medio de sus
ministros […].
1 de junio de 1869
21. Problemas:
1. Guerra de Cuba: “Grito de Yara”, demandan
autonomía política.
2. Carlismo: proponían a Carlos VII, nieto de Carlos
María Isidro.
3. Agitaciones republicanas en gran parte del país.
22. Hacendados cubanos, encabezados por Carlos
Manuel Céspedes proclaman la libertad e
independencia de Cuba.
Ocuparon el pueblo de Yara, donde se
enfrentan con los españoles.
Empezaba la Guerra de los Diez Años o Guerra
Larga: querían la abolición de la esclavitud.
1878: Paz de Zanjón .
23. “Nosotros consagramos estos venerables principios:
nosotros creemos que todos los hombres son
iguales…admiramos el sufragio universal que
asegura la soberanía del pueblo; deseamos la
emancipación, gradual y bajo indemnización de la
esclavitud”
CÉSPEDES
24. Texto: El grito de Yara
DOC. 16DOC. 16
Al levantarnos armados contra la opresión del tiránico gobierno español, siguiendo la costumbre
establecida en todos los países civilizados, manifestamos al mundo las causas que nos han
obligado a dar este paso, que en demanda de mayores bienes, siempre produce trastornos
inevitables, y los principios que queremos cimentar sobre las ruinas de lo presente para felicidad
del porvenir.
Nadie ignora que España gobierna la isla de Cuba con un brazo de hierro ensangrentado; no solo
no la deja seguridad en sus propiedades, arrogándose la facultad de imponerla tributos y
contribuciones a su antojo, sino que teniéndola privada de toda libertad política, civil y religiosa, sus
desgraciados hijos se ven expulsados de su suelo a remotos climas o ejecutados sin forma de
proceso, por comisiones militares establecidas en plena paz, con mengua del poder civil. La tiene
privada del derecho de reunión, como no sea bajo la presidencia de un jefe militar; no puede pedir
el remedio a sus males, sin que se le trate como rebelde, y no se le concede otro recurso que callar
y obedecer. […]
Así pues, los cubanos no pueden hablar, no pueden escribir, no pueden siquiera pensar y recibir
con agasajo a los huéspedes que sus hermanos de otros puntos les envían. Innumerables han sido
las veces que España ha ofrecido respetarles sus derechos; pero hasta ahora no han visto el
cumplimiento de su palabra […] Viéndonos expuestos a perder nuestras haciendas, nuestras vidas
y hasta nuestras honras, me obliga a exponer esas mismas adoradas prendas, para reconquistar
nuestros derechos de hombres, ya que no podemos con la fuerza de la palabra en la discusión, con
la fuerza de nuestros brazos en los campos de batalla.
Proclama del general en jefe, Carlos Manuel de Céspedes, Manzanillo, 10 de octubre de 1868
Al levantarnos armados contra la opresión del tiránico gobierno español, siguiendo la costumbre
establecida en todos los países civilizados, manifestamos al mundo las causas que nos han
obligado a dar este paso, que en demanda de mayores bienes, siempre produce trastornos
inevitables, y los principios que queremos cimentar sobre las ruinas de lo presente para felicidad
del porvenir.
Nadie ignora que España gobierna la isla de Cuba con un brazo de hierro ensangrentado; no solo
no la deja seguridad en sus propiedades, arrogándose la facultad de imponerla tributos y
contribuciones a su antojo, sino que teniéndola privada de toda libertad política, civil y religiosa, sus
desgraciados hijos se ven expulsados de su suelo a remotos climas o ejecutados sin forma de
proceso, por comisiones militares establecidas en plena paz, con mengua del poder civil. La tiene
privada del derecho de reunión, como no sea bajo la presidencia de un jefe militar; no puede pedir
el remedio a sus males, sin que se le trate como rebelde, y no se le concede otro recurso que callar
y obedecer. […]
Así pues, los cubanos no pueden hablar, no pueden escribir, no pueden siquiera pensar y recibir
con agasajo a los huéspedes que sus hermanos de otros puntos les envían. Innumerables han sido
las veces que España ha ofrecido respetarles sus derechos; pero hasta ahora no han visto el
cumplimiento de su palabra […] Viéndonos expuestos a perder nuestras haciendas, nuestras vidas
y hasta nuestras honras, me obliga a exponer esas mismas adoradas prendas, para reconquistar
nuestros derechos de hombres, ya que no podemos con la fuerza de la palabra en la discusión, con
la fuerza de nuestros brazos en los campos de batalla.
Proclama del general en jefe, Carlos Manuel de Céspedes, Manzanillo, 10 de octubre de 1868
25. España era una monarquía sin rey.
Candidatos a rey de España: el portugués
Fernando de Coburgo y el duque de Aosta,
Amadeo de Saboya, hijo de Víctor Manuel II.
Cánovas del Castillo empezó a formar un
partido “Alfonsino” para asegurar la defensa de
los derechos del hijo de Isabel II.
26.
27. 1870: rey elegido:
Amadeo I de Saboya
consentimiento de las
potencias europeas
Consentimiento de las
Cortes (191 votos a favor
y 100 en contra).
28. PROBLEMAS:
Su valedor, el general Prim, fue
asesinado en Madrid 3 días antes
de su llegada a España.
Aumentó el conflicto militar en
Cuba: España debía enfrentarse
a los independentistas del
terrateniente azucarero cubano
Céspedes y al partido “español”
que exigía mantener la esclavitud.
29. 3ª guerra carlista, (1872-1876),
con Carlos VII: ocupó País Vasco,
Navarra, Urgell, Cuenca, zonas de
Valencia.
Establecieron una moneda
propia, diputaciones, servicio de
correos
Los carlistas serán derrotados en
1876.
30. La nobleza y el ejército menospreciaban al rey:
Lo consideraban un advenedizo
Lo rechazaban por ser miembro de una familia real
enemiga de la Iglesia.
Fueron uniéndose al partido alfonsino.
31. Las movilizaciones obreras y populares pedían
régimen republicano y federal.
Se perseguía la AIT (Asociación Internacional
de Trabajadores).
Gobierno dividido: entre “constitucionalistas”,
con Sagasta (unionistas) y “radicales”, con Ruiz
Zorrilla, más abiertos hacia la izquierda.
32. Amadeo I abdicó en febrero de 1873: “nunca
se impondría a la nación por la fuerza”.
Inmediatamente, las Cortes proclamaron la
República.
33. Texto: Abdicación de Amadeo I
DOC. 8DOC. 8
Conozco que me engañó mi buen deseo. Dos años largos ha que ciño la Corona
de España, y la España vive en constante lucha, viendo cada día más lejana la
era de paz y de ventura, que tan ardientemente anhelo. Si fuesen extranjeros los
enemigos de su dicha, entonces, al frente de estos soldados, tan valientes como
sufridos, sería el primero en combatirlos; pero todos los que con la espada, con la
pluma, con la palabra agravan y perpetúan los males de la Nación, son
españoles, todos invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan
por su bien; y entre el fragor del combate, entre el confuso, atronador y
contradictorio clamor de los partidos, entre tantas y tan opuestas manifestaciones
de la opinión pública, es imposible atinar cuál es la verdadera, y más imposible
todavía hallar el remedio para tamaños males.
Lo he buscado ávidamente dentro de la ley, y no lo he hallado. Fuera de la ley no
ha de buscarlo quien ha prometido observarla.
Palacio de Madrid, 10 de febrero de 1873
Conozco que me engañó mi buen deseo. Dos años largos ha que ciño la Corona
de España, y la España vive en constante lucha, viendo cada día más lejana la
era de paz y de ventura, que tan ardientemente anhelo. Si fuesen extranjeros los
enemigos de su dicha, entonces, al frente de estos soldados, tan valientes como
sufridos, sería el primero en combatirlos; pero todos los que con la espada, con la
pluma, con la palabra agravan y perpetúan los males de la Nación, son
españoles, todos invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan
por su bien; y entre el fragor del combate, entre el confuso, atronador y
contradictorio clamor de los partidos, entre tantas y tan opuestas manifestaciones
de la opinión pública, es imposible atinar cuál es la verdadera, y más imposible
todavía hallar el remedio para tamaños males.
Lo he buscado ávidamente dentro de la ley, y no lo he hallado. Fuera de la ley no
ha de buscarlo quien ha prometido observarla.
Palacio de Madrid, 10 de febrero de 1873
34. DOC. 17DOC. 17
Texto: La proclamación de la Primera República española
Vacante el trono por renuncia de don Amadeo de Saboya, el
Congreso y el Senado, constituidos en las Cortes soberanas,
han reasumido todos los poderes y proclamado la República
[…]. Se ha establecido sin sangre, sin convulsiones, sin la más
pequeña alteración del orden: y sin disturbios conviene que se la
sostenga, para que acaben de desengañarse los que la
consideraban como inseparable de la anarquía. ORDEN,
LIBERTAD Y JUSTICIA: este es el lema de la República […].
Conviene recordar que la insurrección deja de ser un derecho,
desde el momento en que, universal el sufragio, sin condiciones
la libertad, y sin el límite de la autoridad real, la soberanía del
pueblo, toda idea puede difundirse y realizarse sin necesidad de
apelar al bárbaro recurso de las armas (…). Sin un gran respeto
a la Ley, sería la República un desengaño más para los pueblos;
y los que componen el Comité Ejecutivo no hemos de
defraudarles ni consentir que se les defraude la última
esperanza.
FRANCISCO PI I MARGALL, Madrid, 14 de febrero de 1873
Vacante el trono por renuncia de don Amadeo de Saboya, el
Congreso y el Senado, constituidos en las Cortes soberanas,
han reasumido todos los poderes y proclamado la República
[…]. Se ha establecido sin sangre, sin convulsiones, sin la más
pequeña alteración del orden: y sin disturbios conviene que se la
sostenga, para que acaben de desengañarse los que la
consideraban como inseparable de la anarquía. ORDEN,
LIBERTAD Y JUSTICIA: este es el lema de la República […].
Conviene recordar que la insurrección deja de ser un derecho,
desde el momento en que, universal el sufragio, sin condiciones
la libertad, y sin el límite de la autoridad real, la soberanía del
pueblo, toda idea puede difundirse y realizarse sin necesidad de
apelar al bárbaro recurso de las armas (…). Sin un gran respeto
a la Ley, sería la República un desengaño más para los pueblos;
y los que componen el Comité Ejecutivo no hemos de
defraudarles ni consentir que se les defraude la última
esperanza.
FRANCISCO PI I MARGALL, Madrid, 14 de febrero de 1873
35. Nuevo régimen inestable y sin apoyos sociales.
Cuatro presidentes de República en un año:
1. Estanislao Figueras (11-II al 11-VI del 73).
2. Francesc Pi i Margall (11-VI al 18-VII del 73).
3. Nicolás Salmerón (18-VII al 7-IX del 73)
4. Emilio Castelar (7-IX-73 al 3-I-74).
36. División entre los republicanos:
partidarios de una república unitaria
Y los que querían una república federal.
Abortó varios intentos de golpe de estado e
incluso un intento de construir el EStat Catalá.
Amplia amnistía,
Supresión de los consumos, quintas (ejército
voluntario) y de la esclavitud en Puerto Rico.
37. Problemas:
Crisis de la Hacienda,
Guerra carlista en el norte (1872-1876)
Guerra de Cuba (1868-1878)
Escasa colaboración del ejército,simpatizante de
los “alfonsinos”
Primeras elecciones: mayo de 1873, triunfo del
republicanismo federal.
Figueras dimitió.
38. Las nuevas Cortes proclamaron la República
Democrática Federal
Presidente: el catalán Francisco Pi i Margall.
Discrepancias:
los transigentes: primero el orden social
los intransigentes defendían un estado federal
primero.
39. Redactan una Constitución federal: non nata:
soberanía popular,
separación Iglesia y Estado
Reparto de tierras a colonos y arrendatarios
Prohibía el trabajo a menores de 16 años
Jornada laboral de 9 horas.
Movimientos sociales de campesinos
andaluces y obreros de Alcoy que promovieron
una huelga general.
40. Texto: La Constitución de la república federal
DOC. 14DOC. 14
Artículo 1.° Componen la Nación española los Estados de Andalucía Alta,
Andalucía Baja, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla la Nueva,
Castilla la Vieja, Cataluña, Cuba, Extremadura, Galicia, Murcia, Navarra,
Puerto Rico, Valencia, Regiones Vascongadas.
Los Estados podrán conservar las actuales provincias o modificarlas, según
sus necesidades territoriales. […]
Art. 39. La forma de gobierno de la Nación española es la República
federal.
Art. 40. En la organización política de la Nación española todo lo individual
es de la pura competencia del individuo; todo lo municipal es del Municipio;
todo lo regional es del Estado, y todo lo Nacional, de la Federación […].
Art. 92. Los Estados tienen completa autonomía económico-administrativa
y toda la autonomía política compatible con la existencia de la Nación.
Art. 93. Los Estados tienen la facultad de darse una Constitución política
que no podrá en ningún caso contradecir a la presente Constitución.
Art. 94. Los Estados nombran sus Gobiernos respectivos y sus Asambleas
legislativas por sufragio universal.
17 de julio de 1873
Artículo 1.° Componen la Nación española los Estados de Andalucía Alta,
Andalucía Baja, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla la Nueva,
Castilla la Vieja, Cataluña, Cuba, Extremadura, Galicia, Murcia, Navarra,
Puerto Rico, Valencia, Regiones Vascongadas.
Los Estados podrán conservar las actuales provincias o modificarlas, según
sus necesidades territoriales. […]
Art. 39. La forma de gobierno de la Nación española es la República
federal.
Art. 40. En la organización política de la Nación española todo lo individual
es de la pura competencia del individuo; todo lo municipal es del Municipio;
todo lo regional es del Estado, y todo lo Nacional, de la Federación […].
Art. 92. Los Estados tienen completa autonomía económico-administrativa
y toda la autonomía política compatible con la existencia de la Nación.
Art. 93. Los Estados tienen la facultad de darse una Constitución política
que no podrá en ningún caso contradecir a la presente Constitución.
Art. 94. Los Estados nombran sus Gobiernos respectivos y sus Asambleas
legislativas por sufragio universal.
17 de julio de 1873
41. Revolución cantonal: desde Cartagena se
extendió al sur y levante peninsular.
Cada población se proclamaba independiente
del poder central,
Revolución social: igualdad plena y un mayor
reparto de la riqueza
Sofocada por generales alfonsinos como Pavía
o Martínez Campos.
Pi i Margall, desbordado por la revolución
cantonal, dimitió.
43. Profesor, político e ideólogo.
1 mes y medio de mandato: restableció
militarmente el orden y reprimió los
movimientos obreros internacionalistas como
el de Alcoy.
Dimitió por problemas de conciencia.
44. De septiembre de 1873 a
Catedrático de Historia de España de la
Universidad Central.
Intentó sofocar la guerra con los carlistas del
norte y la de Cuba.
Su mandato acabó con el golpe de estado del
general Pavía: finalizaba la Primera República
española.
45. Pavía dio el poder al general Serrano
(dictadura de Serrano):
aplasta a los cantonalistas de Cartagena
Acaba con las agitaciones campesinas en el sur
Toma la iniciativa frente a los carlistas.
Al final de 1874 el general Martínez Campos
se pronunciaba en Sagunto y entregaba
el trono al hijo de Isabel II, Alfonso XII.
Comenzaba en España la Restauración
borbónica.