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INMIGRACION
1. INMIGRACIÓN Legislación Nacional Dr. Aldo André Auquilla Especialista Postgraduado: Migración y Derechos Humanos Derecho Internacional Elementos de Combate a la Corrupción
12. CATEGORIA De visa ESTATUS SITUACIÓN 9 – I Rentista Para vivir de sus depósitos, rentas que estos produzcan o de cualquier otro ingreso permanente que se traslade al país. Jubilados que reciban ingresos de su país de origen. 9 – II Inversionista en bienes raíces o papeles fiduciarios Para adquirir bienes raíces, certificados, títulos o bonos del Estado o de instituciones nacionales o de crédito 9 – III Inversionistas, Empresarios que invierten en industria, comercio, ganadería o comercio de exportación, de manera estable Para invertir su capital en cualquier rama de la industria, agricultura, ganadería o del comercio de exportación, en forma estable y distinta a la sociedad por acciones 9 – IV Administrativas y técnicas, para asumir dichas funciones de manera indefinida. Para asumir indefinidamente funciones administrativas, técnicas o de especialización en empresas, instituciones o personas establecidas en el país 9 – V Profesional con titulo universitario reconocido por el CONESUP o convenios bilaterales. Para ejercer una profesión liberal o una profesión técnica, con arreglo a las normas de la Ley de Educación Superior. 9 – VI Visa de amparo En caso de ser cónyuge o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad o de afinidad de un ciudadano ecuatoriano, o, de un ciudadano extranjero con visa de inmigrante distinta a esta categoría 9 - 7 Casos adicionales no contemplados anteriormente Para llevar a cabo actividades licitas que no estén contempladas dentro de las otras categorías descritas en este articulo, y que de conformidad con lo que requiera el reglamento correspondiente y previo dictamen favorable del Consejo Consultivo de Política Migratoria garanticen ingresos suficientes y estables para el sustento económico del inmigrante y sus dependientes
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14. REQUISITOS : Presentar una solicitud dirigida al señor Director General de Extranjería o Subsecretario Regional de extranjería, con la fundamentación de hecho y de derecho respectivo, firmada por un Abogado; Formulario para la visa de inmigrante respectivo, con foto actualizada; Documento probatorio de la renta permanente, ya sea con constitución de un fideicomiso, depósito en efectivo de recursos en el monto establecido en el Banco Central del Ecuador. Certificado del Servicio Exterior Ecuatoriano – Cancillería, sobre el respaldo de los documentos que justifiquen la constante percepción de ingresos. (recordar que el depósitos o renta son constituidos u originados en el país de procedencia del inmigrante; y, que los mismos pueden ser trasladados al Ecuador); Documentos de rigor y general para todas las categorías de visa: Copias simples del pasaporte con una valides no inferior a 6 meses Copia de la visa con la cual ingreso o el permiso de entrada. Certificado de matrimonio y de nacimiento de hijos en caso de que la petición sea extensiva a ellos también. Todos los documentos habilitantes en originales o copias certificadas. Si dichos documentos provienen del exterior deberán ser conferidos por autoridades competentes del país de origen y autentificados por el Cónsul del Ecuador en dicho país y traducidos legalmente al español si fuere necesario. Certificado de antecedentes penales, en el caso de colombianos el pasado judicial y de los peruanos además se adjuntara el certificado de antecedentes policiales; Certificados de salud de no adolecer enfermedades infecto contagiosas; Dos fotografías resientes tamaño pasaporte; Pago del arancel respectivo. Excepto los nacionales de países que por convenios internacionales se reconozcan como exentos.
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28. CATEGORIA ESTATUS SITUACION 12 – I Visa Diplomática Funcionarios diplomáticos o consulares, funcionarios internacionales calificados pertenecientes pertenecientes a organismos internacionales De los que sea miembro el Ecuador y los representantes de las misiones especiales acreditadas ante el gobierno del Ecuador y sus familiares mas cercanos 12 – II Visa diplomática Es similar a la anterior se otorga a altos funcionarios de otros estados y personalidades amparadas en pasaportes diplomáticos y sus familiares mas cercanos 12 – III Empleados privados y domésticos de la categoría I y II. Corresponsales de prensa Se otorga a empleados privados y domésticos de las personas citadas en los numerales anteriores y sus familiares más cercanos 12 – IV Refugiados, Asilados Políticos Se otorga a las personas desplazadas y a sus familiares más cercanos como consecuencia de una guerra o persecuciones políticas en su país de origen, para proteger su vida o libertad y la de su Familia 12 – V Visa de estudiante 12 – VI Profesionales y trabajadores temporales 12 – VII Misioneros religiosos y voluntarios 12 – VIII Intercambio cultural 12 – IX Turismo, negocios, Artistas y similares 12 – X Transeúntes