1. INFORMAR PARA
PREVENIR
“ No se trata de infundir temores ni
poner el foco en los riesgos de las
redes sociales, sino de informar para
prevenir.”
2. BULLYING O ACOSO ESCOLAR
Se considera ACOSO en la Escuela a una forma de maltrato en la que,
habitualmente, un grupo de compañeros somete a otro. Son cuatro las condiciones
que tipifican el acoso, como una forma de violencia entre pares en la escuela
.
Tiene que ocurrir entre compañeros.
Tiene que darse en un marco de desequilibrio de poder
Tiene que ser reiterativo y sostenido en el tiempo
tiene que ser intimidatorio.
El acoso puede expresarse en diferentes formas:
Física: Golpes, empujones, trompadas, utilización de algún objeto para causar
daño.
Verbal: burlas sobre condiciones físicas o intelectuales del otro.
Psicológicas: abuso de poder, intimidación, humillación,
anulación, amenazas y manipulación.
Social: Segregación del otro y aislamiento.
3. LEY 10151
Incorporan la enseñanza de la problemática relacionada con el acoso y
la violencia escolar
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA SANCIONA CON
FUERZA DE Ley: 10151
ARTÍCULO 1º.- Incorpórase a los diseños curriculares de los niveles
primario y secundario del Sistema Educativo Provincial, en los
espacios “Identidad y Convivencia” y “Ciudadanía y Participación”, la
enseñanza de la problemática relacionada con el acoso y la violencia
entre los escolares, práctica conocida como “Bullying”.
ARTÍCULO 2º.- Establécese, en el marco del “Programa Provincial de
Convivencia Escolar” del Ministerio de Educación de la Provincia de
Córdoba, la confección de un cuadernillo específico sobre la
problemática expuesta en el artículo 1º de esta Ley.
ARTÍCULO 3º.- Incorpórase al “Programa Provincial de Convivencia
Escolar” una base de datos referida a las situaciones de alumnos
que resultaren víctimas de acoso u hostigamiento entre pares que
permita elaborar estadísticas, analizar casuísticas y diagramar
estrategias tendientes a diagnosticar, prevenir y disuadir esta
problemática.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
4. PARA PREVENIR, PRIMERO HAY QUE
CONOCER
o Grooming = pederasta: buscan información para chantajear o llegar a
sus víctimas falseando su identidad, se suele utilizar
para introducir a los menores al mundo de la prostitución infantil y para la producción de material pornográfico.
Ciberbullying = ciberabusadores: buscan datos
e imágenes con las que hacen daño.
5. Malware = programas maliciosos: espían nuestros ordenadores y
recogen con diversos e ilícitos fines.
Divulgación de información privada: mensajes o fotos que no
queremos que conozcan terceros que pueden causar diversos
daños psicológicos, económicos y de otra índole.
Cibersex: sexo virtual por internet por medio de correos
electrónicos, mensajería, chat, etc.
6. La seguridad está en nuestras manos como adultos responsables
debemos poner al alcance de niños y jóvenes toda la información
necesaria para navegar e interactuar por internet, así como los
cuidamos y protegemos en la vida cotidiana “ off line”
7. Desde la escuela podemos aconsejar a la comunidad para que se
informen y comprometan con esta problemática para que sus hijos
hagan uso seguro de Internet.
10. Control Parental: Herramienta que permite
limitar el contenido, previene y controla.
La mejor manera de educar a los niños es la
confianza y la formación de su criterio.
11. Antivirus: otra recomendación relativa ala seguridad es instalar un
software de seguridad en internet en las PC de casa y en escuela.
Hay muchos, el recomendado es Norton Internet Security
14. Hacer en internet una actividad abierta y familiar, navegar juntos,
saber con quienes se comunican y el tiempo que dedican a esta
actividad.
Establecer reglas básicas de uso en casa.
Asegúrese que no sea la única actividad recreativa que tienen los
niños.