2. Señor Juez de la Niñez y la Adolescencia de ...................
Yo, ............................................... , de nacionalidad ................., de '"
PETICIÓN
años de edad, de profesión ....................... , de estado civil casado, y
............................................... de nacionalidad ....., de ..... años de
edad, de profesión ....., de estado civil casada, con domicilio ambos
en esta ciudad de Quito, comparecemos muy
respetuosamente, exponemos y solicitamos la siguiente Demanda
de Adopción:
3. 1.- ANTECEDENTES
Señalar de forma detallada como se ha
conocido al niño, demostrar que está en
estado de abandono y las
correspondientes relaciones que se
tiene con el menor. Demostrar también
que pese al matrimonio no se ha
procreado ningún hijo, y que el menor a
adoptar necesita protección que los
candidatos adoptantes le pueden
proporcionar.
4. 2.- FUNDAMENTOS
LEGALES
Aquí se solicita al juez que ponga la fecha y
la hora para que los padres naturales del
menor (si los hubiere) presten su
consentimiento.
5. Con los antecedentes señalados y cumpliendo con las
disposiciones contenidas en el Código de la Niñez y
Adolescencia y Reglamento General para la Adopción
de Menores Ecuatorianos, solicito a usted señor Juez
se sirva señalar día y hora para que los padres
naturales del niño....................................................
presten su consentimiento para cumplir con lo dispuesto
en los Arts. ..............................................., en
concordancia con los Artículos
..............................................., y siguientes del Código
de la Niñez y la Adolescencia, en actual vigencia y que
además se cuente con el informe respectivo del
Departamento Técnico de Adopciones para este tramite
y resoluciones del caso.
6. 3.- DEMANDA DE
ADOPCIÓN
Luego se solicita la demanda de
adopción, se mencionan los artículos
concordantes al igual que en el paso
anterior, se solicita la inscripción en el
registro civil y se vuelve a mencionar al
menor que está por adoptarse así como lo
que los adoptantes pueden ofrecerle
7. Con los antecedentes y fundamentos antes expuestos
solicitamos a usted señor Presidente se sirva dar trámite a
la presente demanda de adopción de conformidad con las
disposiciones contenidas en el Código de la Niñez y la
Adolescencia y en el Código Civil; y, que una vez que
cumplamos con todas las solemnidades que la Ley señala
podamos adoptar en forma definitiva a nuestro querido
niño............ y ordenar la inscripción en el Registro Civil de
este Cant6n Quito, Provincia de Pichincha, con su
respectiva sentencia.
Recalcamos señor Presidente que múltiples serán los
beneficios que esta adopción que solicitamos implicara
para el niño ..............................................., es decir, toda la
proyección jurídica necesaria para, que el niño
....................................... tenga una familia
permanente, disfrute de estabilidad económica suficiente y
se desarrolle dentro de un régimen igualmente de
estabilidad emocional, familiar y social.
8. 4.- TRÁMITE
Ud. señor Presidente se sirva dar
tramite a la presente demanda de
conformidad con las normas pertinentes
del Código de la Niñez y la
Adolescencia..................; y, Código
Civil.
9. 5.- DOCUMENTOS QUE SE
ACOMPAÑAN
Acompañamos como documentos habilitates los siguientes:
Partida de nacimiento de los solicitantes
Partida de matrimonio de los solicitantes
Certificado de no tener antecedentes penales
Certificado de gozar de buena salud física
Certificado de trabajo y de ingresos económicos
Fotografías actualizadas
Referencias personales de los solicitantes
Partida de nacimiento del menor
Copias certificadas de las cédulas de ciudadanía de los solicitantes
Copias certificadas de las cédulas de haber sufragado o de votación
de los solicitantes
Los demás documentos necesarios lo presentaremos dentro del
correspondiente proceso
10. 6.- CITACIONES
De ser del caso señalar donde deben
ser citados los padres naturales del
menor o por la prensa por no conocer
su habitación.
11. 7.- NOTIFICACIONES Y
ABOGADO
Designamos como nuestro Abogado defensor
al señor doctor
..............................................., a quien desde
ya facultamos para que a nuestro nombre y
del niño ................................................
presente en esta causa, cuanto escrito fuere
menester.
Cualquier notificación que nos corresponda la
recibiremos en el casillero judicial No..............
que corresponda a nuestro abogado.
Firmamos con nuestro Abogado Defensor.
f) Los Actores Peticionarios
f) EI Abogado
12. El Juez debe de seguir el trámite
establecido en el artículo 272 y
siguientes del CNA es decir:
• Demanda – calificación - citación
• Audiencia de Conciliación y Contestación
• Resolución Provisional
• Audiencia de Prueba
• Auto Resolutorio
13. Para decretar la DECLARATORIA DE ADOPTABILIDAD
(Abandono) se resuelve mediante un JUICIO con el trámite
establecido en el Art. 271 y siguientes CNA (Lo promueve las
instituciones)
• Demanda.- Calificación.- Citación
• Audiencia de Conciliación y Contestación
• Resolución Provisional
• Audiencia de Prueba
• Auto Resolutorio
ESCLARECIMIENTO LEGAL.- Este término es utilizado por
las autoridades administrativas y es cuando se refieren a que
están esperando de los JUECES la resolución de la
DECLARATORIA DE ADOPTABILIDAD.
14. DECLARATORIA DE ADOPTABILIDAD POR
CONSENTIMIENTO DE LOS PADRES.
• Solicitud al Juez con los requisitos del
Art. 289 CNA
• Calificación – Reconocimiento de firma.
• Audiencia.
• Ratificación de los padres.
• Medidas de Protección.
• DINAPEN – Oficina Técnica – Investigaciones no mayor a
120 días.
• Declaratoria de aptitud legal para ser adoptado.
15. FASE JUDICIAL.-
Demanda.- Deberá presentarse por los candidatos a
adoptantes ante el Juez de la Niñez y Adolescencia en el
domicilio del niño, niña o adolescente.
Se debe ADJUNTAR:
1. El expediente con las actuaciones previas de la Unidad
Técnica de Adopciones
2. El juicio de DECLARATORIA DE ADOPTABILIDAD
3. Convenio Internacional de acreditación de las entidades
autorizadas (cuando es adopción internacional)
4. La acreditación del representante legal de la Agencia.
16. CALIFICACIÓN:
a) Dentro de las 72 horas, el Juez examinará si
cumple con los requisitos de ley y dispondrá el
reconocimiento de firma y rúbrica de los
demandantes.
b) De existir violación al trámite administrativo o si
se hubiera omitido alguna de las fases, el Juez
concederá 3 días para completarla.
c) Este auto SE DEBE de notificar a la Unidad
Técnica de Adopciones.
17. AUDIENCIA.-
a) Realizado el RECONOCIMIENTO de firma y rúbrica, el Juez de OFICIO convocará a
los candidatos a una Audiencia que se REALIZARÁ dentro de los siguientes CINCO
días hábiles contados desde la notificación de la providencia que la convoca.
b) Deberán concurrir PERSONALMENTE los candidatos a adoptantes; puede ser
mediante Videoconferencia (Art. 121.2 CPC)
c) El niño, niña o adolescente que esté en condiciones de expresar su opinión;
d) El Juez debe de verificar:
1) La identidad de relación de parentesco o nombramiento de tutor;
2) Que no sea una adopción prohibida, es decir no se puede dar en
adopción a la criatura que está por nacer;
3) Que no sean candidatos predeterminados salvo que sea adopción entre
parientes (Art. 163) y salvo en casos de difícil adopción por
enfermedad, discapacidad, edad mayor a 4 años y otros debidamente
justificados. (Art.166)
e) Si tiene dudas sobre la paternidad o maternidad de los comparecientes PODRÁ
ordenar un examen de ADN.
18. En la adopción INTERNACIONAL tienen que seguirse dos
pasos adicionales:
1. La agencia de adopción debe de solicitar al CNNA (en
Quito) para que emita el CERTIFICADO DE
CONFORMIDAD. En este documento la AUTORIDAD
CENTRAL certifica que se han cumplido con todos los
presupuestos legales del Convenio de La Haya relativo a las
adopciones internacionales.
2. Luego el abogado autorizado efectúa la petición al Juez
que sentenció la adopción para que otorgue la autorización
de salida o traslado del adoptado. El juez debe otorgar
dicha autorización sin más trámite. Si uno de los padres ya
ha salido del país puede dejarle la autorización al otro
mediante poder para que concluya el proceso de inscripción
y permiso de viaje.