1. MODELO DE DEMANDA DE AMPARO DE POSESION
SEÑOR JUEZ DE LO CIVIL DE PICHINCHA:
Nosotros, A .......... y B ......... casados entre sí, ecuatorianos, de ...... y ....... de
edad, de ocupación ........ y ......, en su orden, comparecemos ante Usted y con
el mayor comedimiento deducimos la demanda que sigue:
PRIMERO.- La designación del Juez ante quien se propone esta demanda
queda hecha.
SEGUNDO.- Nuestros nombres y apellidos y más generales de ley, quedan
también indicados.
TERCERO.- De los demandados:
Los nombres del demandado son ........, domiciliado en esta ciudad de Quito,
en la calle ............. No. ..........
CUARTO.- Fundamentos de hecho:
Desde hace aproximadamente tres años, nos encontramos en posesión
pacífica, tranquila ininterrumpida, pública, notoria y con ánimo de señores y
dueños, de un lote de terreno ubicado en (detallar) ................ al mismo que se
lo identifica con los siguientes linderos: Norte ............., Sur ..............., Oriente
........... y Occidente .................
2. En el mencionado terreno desde el momento en que se inicio mi posesión lo
he trabajado de manera personal y he realizado las siguientes obras
(detallar) ..........., de tal forma que todas las personas que viven en la zona, me
han reconocido como legítimo propietario.
Más sucede señor Juez, que desde los primeros días del mes de febrero del año
que decurre, el señor ........, mediante actos perturbadores como son:
destrucción de cercos, amenazas continuas con garrotes y machetes y la
destrucción de nuestros cultivos, para sobre ellos, plantar otros sembríos
embarazando así nuestra posesión sobre el indicado bien raíz, no obstante de
que el demandado no tiene ningún derecho para ejecutar los actos
perturbadores que ha manifestado.
QUINTO.- Fundamentos o demanda:
Por lo expuesto, comparecemos ante Usted, señor Juez, y demandamos al
señor ......... el Amparo Posesorio que, como señores y dueños, mantenemos
por más de tres años consecutivos, en el lote de terreno que ya lo detallamos
en su ubicación, extensión y linderos, a fin de que Usted en sentencia,
aceptando nuestra demanda, nos conceda el Amparo a dicha Posesión y
disponga no sea perturbada por el demandado señor ................
Solicito además, se sirva disponer se inscriba la presente demanda en el
Registro de la Propiedad de conformidad con el Art. 1053 del Código de
Procedimiento Civil.
SEPTIMO.- Trámite y cuantía:
3. El trámite que se debe dar es el verbal sumario de acuerdo con el Art. 691 del
Código de Procedimiento Civil.
La cuantía por su naturaleza es indeterminada.
Ordene Usted señor Juez, que la presente demanda se inscriba en el Registro
de la Propiedad de este cantón.
OCTAVO.- Citaciones:
Se contará en esta causa con el señor Director Ejecutivo del IERAC, de
acuerdo a lo que dispone el Art. 109 de la Ley de Reforma Agraria.
Al demandado señor ....... se lo citará con la presente demanda y auto de
calificación, en su domicilio de la calle ........... No. ...... de esta ciudad de
Quito.
Notificaciones que nos corresponden las recibiré en el casillero judicial
No. ...... del doctor ...... profesional en derecho que faculto suscriba cuanto
escrito sea menester en defensa de mis intereses.
Acompaño los siguientes documentos .............
Acompaño copias.
Firmo con mi abogado defensor.
4. f) Dr. ................................. f) A .............................
Mat. No. ............ C.A.P. El Actor
f) B ...............................
La Actora
POSIBLES EXCEPCIONES QUE PUEDE DEDUCIR EL
DEMANDADO EN LA AUDIENCIA DE CONCILIACION
A, ..............., ecuatoriano, de .......... de edad, estado civil .........,
ocupación ............, domiciliado en esta ciudad de Quito, en la audiencia de
conciliación presente, contesto a la demanda que ha sido propuesta en mi
contra por los cónyuges señores ................... y .................. por amparo de
posesión y deduzco las siguientes excepciones:
I
Niego simple y llanamente los fundamentos de hecho y de derecho de la
demanda.
5. II
La demanda es improcedente tanto por el fondo como la forma de la misma;
III
Con quienes han presentado la demanda en mi contra, por razones amistosas,
estamos en sociedad cultivando el bien raíz, aportando de mi parte con el
terreno y las aradas y por parte de los actores, semillas cultivos y gastos de
cosechas. En tal virtud, los demandantes son poseedores del bien inmueble en
los términos del Art. 734 del código Civil toda vez que yo mantengo la
posesión del mismo y en un último supuesto a través de los cónyuges actores;
IV
Es falso el atentado a la supuesta posesión que alegan los demandantes por
cuanto yo soy el legítimo poseedor del mencionado inmueble, actuando en esa
condición como señor y dueño por lo que lo cultivo y recibiendo el 50% como
fruto proporcional de las cosechas.
Por las excepciones deducidas, señor Juez, Usted se servirá desechar la
demanda, condenando a los actores al pago de daños y perjuicios que se está
ocasionando. Notificaciones que me corresponden las recibiré en el casillero
judicial que tengo señalado. Devuelvo la palabra.
JURISPRUDENCIA EN AMPARO DE POSESION
Para efectos de la acción posesoria, el poseedor, por lo mismo, le basta al
6. actor comprobar su posesión y el ataque verificado contra ella. No se discute
sobre el título o la causa jurídica de la posesión y, según lo previsto por el Art.
987 del código Civil, la prueba que al respecto se produzca e impertinente. El
poseedor puede no ser dueño o condueño, puede no tener derecho alguno en la
cosa, puede ser un usurpador, sin embargo la posesión justa o injusta
constituye un estado de hecho que nadie puede cambiar por su fuerza
individual.
El título que el poseedor tienen, aún contra el dueño o condueño, es la
posesión.
Admitir que hallándose un bien indiviso ninguno de sus condominios puede
ejercer las acciones posesorias sobre sería colocar a estos en inferioridad aún
respecto del usurpador, y hacer depender las acciones posesorias de un título o
causa jurídica y no de un estado de hecho. Mediante el juicio posesorio, el
poseedor recobra o afianza su posesión, pero no de un modo definitivo sino
precario, pues no hay impedimento alguno para que en el respectivo juicio
pueda debatirse lo concerniente al derecho de condominio y declararse que
esta posesión protegida en el juicio posesorio haya sido injusta o ilegal, así
como también ejercer las acciones fundadas en el Art. 2235 del Código Civil o
cualquiera otra derivada del derecho de comunidad”
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