Participacion politica de las mujeres en Costa Rica
1. PARTICIPACIÓN
POLÍTICA DE LAS
MUJERES EN COSTA RICA
Estado de situación actual (porcentajes,
sitios de poder, leyes de cuotas o de
paridad, logros/nudos críticos en el
ejercicio del cargo, etc.)
HILDA VILLALOBOS PALMA
Hilda Villalobos Palma
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2. 1990 se promulgó la Ley de
Promoción de la Igualdad
Social de la mujer.
Artículo 5: Los partidos políticos incluirán en
sus estatutos mecanismos eficaces que
promuevan y aseguren la participación
efectiva de la mujer.
Que aseguren el nombramiento de un
porcentaje significativo de mujeres en las
instituciones del Estado.
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3. 1994-1996
- 1994 se presentó un proyecto de ley para
reformar el Código Electoral e incluir las
cuotas de acción afirmativa.
- 1996 cuota mínima 40% participación
política de las mujeres, de acatamiento
obligatorio.
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4. 1998 (se aplica la cuota
por primera vez )
- Colocaron la cuota para las Mujeres en las
suplencias
- Tomaron el 40% de la cuota solo en la globalidad y
no independientemente por nómina de elección
popular
- Solo se logró un 19% de mujeres en la Asamblea
Legislativa.
- Poder ejecutivo integrado solo por un 5% de
mujeres
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5. Resoluciones TSE
- Establece que el 40% debe ser en puestos
elegibles
- No se debe aplicar en forma global
- Propone como mecanismos de aplicación
1- Alternabilidad
2- Promedio Histórico
- Sanciones por incumplimiento
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6. Costa Rica. Regidores y Regidoras en Propiedad
Período 1953 al 2006. Números Relativos
100
90
80
70
60
50
40
30
20
10
0
19
19
19
19
19
19
19
19
19
19
19
19
20
20
62
70
74
82
86
94
98
02
06
53
58
66
78
Regidores en propiedad 90
Regidoras en propiedad
Fuente: Elaborado por Área Ciudadanía Activa, Liderazgo y Gestión Local. INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES. 2006
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7. 2002-2006
Se introduce el tema de la paridad en
discusiones en la Asamblea Legislativa
(Proyecto de Reforma constitucional).
En el Proyecto de Democratización de las
instancias del Banco Popular (que fue la
Primera Ley Paritaria a nivel latinoamericano.
Hoy el Banco tiene Sello de equidad).
Exp. 15312 Reforma Código Electoral
participación Política Paritaria hombres y
mujeres
TSE lo avala. Hilda Villalobos Palma
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8. 2002-2006
- Recurso de Amparo contra el Presidente de la
Asamblea Legislativa por no nombrar mujeres en
todas las comisiones (declarado con lugar).
- Nombramiento de más mujeres Magistradas en
el Poder Judicial (efecto cascada)
- Discusión de la reforma integral al Código
Electoral. Exp 14.268 (Se incluye temas de
Paridad, alternabilidad, capacitación, recursos)
- Exp.15160 (Organizaciones civiles con paridad)
-Exp.15810 (Ley de Cooperativas con paridad )
fue archivado y ahora se discute otro Exp.
18199.
- Se presenta el Proyecto para integrar Género
en el Código Municipal
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9. 2006-2010
- Aprobación proyecto que integra la
perspectiva de Género en el Código Municipal
(Primeros avances).
- Aprobación nuevo Código Electoral de Costa
Rica que integra: paridad, mecanismo
alternabilidad y recursos de la contribución
Estatal capacitación en época no lectoral.
- Ley obliga a las organizaciones sociales
(Sindicatos, asociaciones solidaristas y
comunales, federaciones, confederaciones,
tener paridad en sus juntas directivas).
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10. El Código Electoral estableció los
principios que rigen la participación
política por género. ( Art.2)
La participación política de hombres y
mujeres es un derecho humano
reconocido en una sociedad
- democrática,
- representativa,
- participativa,
- inclusiva al amparo de los
principios de igualdad y no
discriminación.
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11. El Código Electoral definió lo
que en Costa Rica
entenderíamos como la
paridad (Art 2)
- La participación por género se regirá por el principio
de paridad
- Las delegaciones, las nóminas y demás órganos pares
estarán integradas por un 50% de mujeres y un 50%
de hombres
- Las delegaciones, nóminas u órganos impares la
diferencia entre el total de hombres y mujeres no
podrá ser superior a uno.
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12. Se estableció en Costa Rica lo que
entendemos como mecanismo de
alternancia (Art 2)
Todas las nóminas de elección utilizarán
el mecanismo de alternancia por sexo
(mujer-hombre u hombre-mujer), de tal
forma que dos personas del mismo sexo
no puedan estar en forma consecutiva
en la nómina.
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13. El Código estableció que los
Estatutos de partidos políticos
deben contener (Art.52 inc. o)
Mecanismos que aseguren los principios de
igualdad, no discriminación y paridad en la
estructura partidaria, así como en la
totalidad y en cada una de las nóminas de
elección popular y el mecanismo de
alternancia de hombres y mujeres en las
nóminas de elección”.
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21. Presidencias de Concejo Municipal
por género
Total Mujeres
Presi dentas
30%
Total Hombres
Presi dentes
70%
Fuente: elaboración propia, Programa de Incidencia Política, UNGL, 2012
NOTA
•Las presidencias municipales quedaron en manos de 24 mujeres
para un 30% del total de estos puestos, mientras que el 70% de las
presidencias fueron ocupadas por un total de 56 hombres.
22. Vicepresidencias de Concejo
Municipal por género
Total Mujeres
Vi cepresi dentas
38%
Total Hombres
Vi cepresi dentes
62%
Fuente: elaboración propia, Programa de Incidencia Política, UNGL, 2012
NOTA
•Nótese que en este gráfico se repite el predominio de
los hombres en los puestos del directorio municipal. Un
total de 50 hombres ocuparon estos puestos mientras
que 30 mujeres fueron electas para este cargo.
23. LOGROS MUNICIPIOS
Aprobación Ley 7801 constitución
Instituto Nacional de las Mujeres.
Creación Comisiones Municipales de la
Condición de la Mujer Art. 49 Código
Municipal.
Constitución Oficinas Municipales de la
Mujer.
Creación de Unidades o Programas
Equidad de Género
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24. LOGROS MUNICIPIOS
2008 Aprobación Política Nacional
Igualdad y Equidad Género.
Modificación artículos Código Municipal
perspectiva de género.
Formación de agendas mujeres
articulación necesidades agenda
municipal.
Inclusión perspectiva género y
asociatividad en los Concejos Distrito.
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25. LOGROS MUNICIPIOS
2008 constitución Red Costarricense
Mujeres Municipalistas.
Formación Plataforma Coordinación
Equidad Género.
Planificación enfoque género:
transversalización municipal.
Fortalecimiento derechos políticos y
participación mujeres.
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26. “Si las mujeres traspasan las
estructuras patriarcales de los partidos
políticos y logran ser candidatas, el
pueblo las elige”
(Presidenta Michele Bachelet de Chile)
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