Bases subvenciones transporte cítricos Central Hortofrutícola
1. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 99, jueves 20 de mayo de 2010 12919
7.- Plazo de presentación de las solicitudes. Como distancia de referencia, se tomará en cuen-
ta la distancia existente entre el núcleo de población
Las solicitudes se formalizarán en el modelo que del municipio al que pertenece la explotación y La
se adjunta como anexo I a las Bases que rigen la pre- Central Hortofrutícola.
sente Convocatoria siendo el plazo de presentación
de 20 días a partir del día siguiente al de la publica- 2. Que hayan clasificado dichos cítricos en La Cen-
ción de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la tral Hortofrutícola en el período de tiempo que fije
Provincia. la correspondiente convocatoria de subvención.
8.- Plazo de resolución y notificación. Habrán de reunir a la finalización del plazo de pre-
sentación de solicitudes, los requisitos establecidos
El plazo máximo para resolver y notificar el pro- en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de no-
cedimiento de concesión de subvención será de seis viembre, General de Subvenciones, relativo a los re-
meses a partir del día siguiente al de finalización del quisitos para obtener la condición de beneficiarios,
plazo de presentación de solicitudes. debiendo mantenerse estos durante el período de eje-
cución de los proyectos y justificación de las sub-
9.- Criterios de valoración. venciones concedidas.
Prorrateo entre los beneficiarios dividiendo la can- 3.- Solicitudes y plazo de presentación.
tidad global dedicada a esta subvención entre los so-
licitantes a partes iguales. Las solicitudes se formalizarán en el modelo ofi-
cial específicamente elaborado por el Cabildo Insu-
10.- Medio de notificación o publicación. lar de La Palma que se adjunta como anexo I de las
presentes Bases.
El acuerdo por el cual se otorgue la subvención se-
rá notificado a los interesados individualmente. La documentación a presentar por los solicitantes
será la prevista en el anexo II de las Bases, la cuál
Con la presentación de la solicitud se presume la habrá de estar debidamente firmada por el solicitan-
aceptación incondicionada de las Bases con las con- te o su representante y deberá tener carácter auténti-
diciones, requisitos y obligaciones que en la misma co o copias compulsadas conforme a la legislación
se contienen. vigente.
El modelo de solicitud y las Bases se encuentran a En relación con la documentación general que ya
disposición de todos los interesados en las Agencias obre en esta Corporación, el solicitante podrá omitir
de Extensión Agraria y en las Dependencias del Área su presentación acogiéndose a lo establecido en el
de Agricultura, Ganadería y Pesca del Excmo. Ca- artículo 35.f) de la Ley 30/1992 de LRJ-PAC, siem-
bildo Insular de La Palma, sita en calle Apurón, nº 5 pre que no habiendo transcurrido más de cinco años
(entresuelo puerta izquierda), en Santa Cruz de La desde la finalización del procedimiento al que co-
Palma. rresponda y no habiendo sufrido modificación algu-
na desde su aportación, se haga constar la fecha, con-
Bases para subvencionar el transporte de cítricos a vocatoria y órgano o dependencia en que fueron
la central hortofrutícola. presentados.
1.- Objeto. Las instancias de solicitud, debidamente cumpli-
mentadas y dirigidas al Sra. Presidenta podrán pre-
Las presentes Bases tienen por objeto establecer sentarse en el Registro General de la Corporación,
las normas que han de regir la concesión de subven- en los ubicados en Los Llanos de Aridane y San An-
ciones destinadas a sufragar los gastos corrientes de- drés y Sauces, en las Agencias de Extensión Agra-
rivados del transporte de cítricos hasta La Central ria, así como en los lugares establecidos en el art.
Hortofrutícola para su posterior clasificación, en el 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régi-
período de tiempo que fije la correspondiente con- men Jurídico de las Administraciones Públicas y del
vocatoria de subvención. Procedimientos Administrativo Común.
2.- Beneficiarios. El plazo de presentación de solicitudes será de 20
días a contar a partir del día siguiente al de la publi-
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que cación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
regulan las presentes bases las personas físicas y ju- Provincia.
rídicas titulares de explotaciones agrícolas en La Pal-
ma que reúnan los siguientes requisitos: 4.- Subsanación de errores.
1. Que la explotación esté situada a más de 10 ki- Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos
lómetros de La Central Hortofrutícola. y/o cualquiera de los datos previstos en el artículo 70
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de la LRJ-PAC, se requerirá al interesado para que, que se concrete el resultado de la evaluación efec-
subsane las faltas o acompañe los documentos pre- tuada, al órgano instructor.
ceptivos en el plazo máximo e improrrogable de 10
días hábiles, con apercibimiento de que, si no lo hi-
ciese, se le tendrá por desistido de su petición, pre- El órgano instructor, recibido el informe de eva-
via resolución, de acuerdo con los términos y efec- luación, elevará la propuesta de resolución al órga-
tos previstos en el artículo 71.1 de dicha Ley. no competente para resolver.
5.- Procedimiento de concesión de la subvención.
El procedimiento de subvenciones será resuelto por
El procedimiento de concesión de subvenciones el órgano competente de la Corporación Insular, de
será el de prorrateo entre los beneficiarios de la sub- conformidad con lo dispuesto en las Bases de Eje-
vención del importe global máximo destinado a la cución del Presupuesto para el presente ejercicio eco-
misma, teniendo en cuenta la cantidad de cítricos nómico.
transportados a la Central Hortofrutícola y la distan-
cia desde el núcleo del municipio donde se ubica la
explotación hasta La Central Hortofrutícola. La Resolución de concesión deberá expresar:
En ningún caso tendrán derecho a percibir la sub-
vención aquellos beneficiarios cuyo importe a per- - Finalidad.
cibir resulte inferior a 30 euros.
- Importe.
6.- Instrucción del procedimiento.
- Forma de abono.
La instrucción del procedimiento corresponde al
Jefe del Servicio de Agricultura, Ganadería y Pesca. - Plazo de justificación.
El órgano competente para la instrucción deberá - Forma de justificación.
evacuar de oficio cuantas actuaciones estime nece-
sarias para la determinación, conocimiento y com-
probación de los datos en virtud de los cuales debe La Resolución o Acuerdo por el cuál se otorgue la
de formularse la propuesta de resolución. subvención será notificada a los interesados indivi-
dualmente.
Recibidas las solicitudes de subvención la valora-
ción y examen de las solicitudes se llevará a cabo por
una Comisión de Valoración. El plazo máximo para resolver y notificar el pro-
cedimiento de concesión de subvención será de seis
Esta comisión está compuesta por: meses a partir del día siguiente al de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
- Presidente, El Consejero Insular del Área de Agri-
cultura, Ganadería y Pesca o persona en quien dele-
gue. Los interesados podrán entender desestimadas sus
pretensiones por silencio administrativo, si transcu-
- Secretario, con voz pero sin voto, que recaerá en rrido el plazo máximo señalado en el párrafo ante-
el Jefe del Servicio de Agricultura, Ganadería y Pes- rior, no se ha dictado y notificado resolución expre-
ca. sa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
44.1 de la LRJ-PAC.
- Vocales:
- El Adjunto Técnico del Servicio. Contra los Acuerdos del Consejo Insular de Go-
bierno que resuelva la subvención, podrá interpo-
- Dos Técnicos del Servicio de Agricultura, Gana- nerse potestativamente Recurso de Reposición ante
dería y Pesca, propuestos por el Presidente de la ci- el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de 1
tada Comisión. mes, contado a partir del día siguiente al de la re-
cepción de la notificación, si el acto fuera expreso;
Esta comisión de valoración se regirá por lo pre- si no lo fuera, el plazo será de 3 meses, contado a
visto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, partir del día siguiente a aquél en que se produzcan
de 26 de noviembre de LRJ-PAC. los efectos del silencio administrativo; o bien podrá
interponerse directamente Recurso Contencioso-Ad-
A la vista de los criterios establecidos en la base ministrativo en los términos establecidos en la Ley
octava la Comisión de Valoración, tras la evaluación reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Adminis-
y examen de las solicitudes, elevará informe, en el trativa.
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En caso de interponerse el recurso potestativo de Se producirá la pérdida del derecho al cobro total
reposición, no se podrá interponer el recurso con- o parcial de la subvención en el supuesto de falta de
tencioso-administrativo hasta que sea resuelto ex- justificación o de concurrencia de alguna de las cau-
presamente o se haya producido la desestimación pre- sas previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de
sunta de aquél. 17 de noviembre, General de Subvenciones.
7.- Criterios de valoración. La justificación deberá presentarse en cualquiera
de los Registros (General o Auxiliares) de la Corpo-
ración Insular, a que hace referencia la Base tercera,
Para la concesión de esta subvención, se tendrá co- y dirigirse al Servicio de Agricultura, Ganadería y
mo criterio de valoración el siguiente: Pesca.
Cada kilogramo de cítrico transportado y recibido El plazo para justificar la subvención concedida fi-
en La Central Hortofrutícola se subvencionará con nalizará el mismo día en que finalice el plazo de pre-
0,001 euros. sentación de instancias.
Se tendrá en cuenta además la distancia en kiló-
metros desde el municipio en el que se encuentra em- 9.- Obligaciones de los beneficiarios.
plazada la finca de cítricos a la Central Hortofrutí-
cola, a la que se le descontará 10 kilómetros como
medida correctora. Con la presentación de la solicitud se presume la
aceptación incondicionada de las presentes Bases,
condiciones, requisitos y obligaciones que en la mis-
Para ello se utilizará la siguiente fórmula: ma se contienen.
S = V x 0,001euros x (D-10)
Los beneficiarios de las subvenciones quedarán
V= Cantidad de cítricos transportados (en Kg). obligados a:
D = Distancia en kilómetros desde el municipio en
el que se encuentra emplazada la finca de cítricos a a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, reali-
la Central Hortofrutícola. zar la actividad o adoptar el comportamiento que fun-
damenta la concesión de las subvenciones.
En caso de que la cantidad prevista en la convo-
catoria no alcance para aplicar la fórmula anterior, la b) Justificar ante el órgano concedente, el cumpli-
cantidad a aplicar por cada kilogramo se reducirá de miento de los requisitos y condiciones, así como la
forma proporcional. realización de la actividad y el cumplimiento de la
finalidad que determinen la concesión o disfrute de
la subvención.
8.- Importe de la subvención, abono y justificación.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación,
El importe de la subvención en ningún caso podrá a efectuar por el órgano concedente o la entidad co-
ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurren- laboradora, en su caso, así como cualesquiera otras
cia con otras subvenciones, ayudas o ingresos o re- de comprobación y control financiero que puedan re-
cursos, supere el coste de la actividad subvenciona- alizar los órganos de control competentes, tanto na-
da. cionales como comunitarios, aportando cuanta in-
formación le sea requerida en el ejercicio de las
actuaciones anteriores.
El pago de la subvención se realizará previa justi-
ficación, por el beneficiario, de la realización de la d) Comunicar al órgano concedente la obtención
actividad, proyecto, objetivo o adopción del com- de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
portamiento para el que se concedió en los términos que financien las actividades subvencionadas.
establecidos en las presentes bases.
Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto
La justificación habrá de comprender, en todo ca- como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a
so, los elementos que se detallan en el Anexo II a las la justificación de la aplicación dada a los fondos per-
presentes bases. cibidos.
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e) Acreditar que se halla al corriente en el cumpli- so la obtención concurrente de otras aportaciones fue-
miento de sus obligaciones tributarias y frente a la ra de los casos permitidos en las normas regulado-
Seguridad Social. ras, podrá dar lugar a la modificación de la resolu-
ción de concesión, siempre que se cumplan los siguientes
f) Disponer de los libros contables, registros dili- requisitos:
genciados y demás documentos debidamente audi-
tados en los términos exigidos por la legislación mer-
cantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada a) Que la actividad a realizar conforme a la modi-
caso, así como cuantos estados contables y registros ficación solicitada esté comprendida dentro de las
específicos sean exigidos por las bases reguladoras actividades y/o conceptos subvencionables previstas
de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el en las Bases de la convocatoria, sin que en ningún
adecuado ejercicio de las facultades de comproba- caso implique modificación de la finalidad de la ayu-
ción y control. da o subvención.
g) Conservar los documentos justificativos de la
aplicación de los fondos recibidos, incluidos los do- b) Que la modificación no cause perjuicio de ter-
cumentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de ceros afectando al principio de concurrencia.
las actuaciones de comprobación y control.
c) Que los nuevos elementos o circunstancias que
h) Adoptar las medidas de difusión contenidas en motivan la modificación, de haber concurrido en la
el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003 Ge- concesión inicial, no hubiesen determinado la dene-
neral de subvenciones. gación de la subvención o ayuda concedida.
i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en La solicitud de modificación de subvenciones otor-
los supuestos contemplados en el artículo 37 de la gadas habrá de formularse antes de que finalice el
Ley 38/2003 General de subvenciones y en la cláu- plazo de realización de la actividad o conducta para
sula 12ª de las presentes bases. la cual se solicitó la subvención.
j) Comunicar al órgano concedente las alteracio- 12.- Control financiero.
nes que se produzcan en las circunstancias y requi-
sitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la
concesión de la subvención/ayuda, antes de que fi- El control financiero de las subvenciones otor-
nalice el plazo de realización de la actividad o con- gadas con cargo a los presupuestos del Cabildo In-
ducta para la cual se solicitó la misma. sular de La Palma se ejercerá conforme a lo esta-
blecido en el Título III de la Ley 38/2003, de 18
de noviembre de 2003, General de Subvenciones,
10.- Incumplimiento y reintegro. por la Intervención General de la Corporación, sin
perjuicio de las funciones atribuidas a la Audien-
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, cia de Cuentas de Canarias y al Tribunal de Cuen-
así como la exigencia del interés de demora desde el tas.
momento del pago de la subvención, en los supues-
tos contemplados en la Ley 38/2003, de 17 de no-
viembre, General de Subvenciones. 13.- Régimen sancionador.
Con carácter general, serán aplicables las condi-
ciones y el procedimiento del reintegro previsto en La comisión de infracciones en materia de sub-
el Capítulo II, del Título II de la Ley 38/2003, de 17 venciones se regirá por lo dispuesto en el Título IV
de noviembre, General de Subvenciones, teniendo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
en cuenta que la referencia que en la misma se rea- Subvenciones.
liza a la Intervención General del Estado se entien-
de referida a la Intervención General del Cabildo In-
sular. 14.- Régimen jurídico.
11.- Modificación de las resoluciones de conce- En todo lo no previsto en las presentes bases se es-
sión. tará a lo dispuesto en los preceptos básicos de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subven-
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuen- ciones y en la Ordenanza General de Subvenciones
ta para la concesión de la subvención, y en todo ca- del Cabildo Insular de La Palma.
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6. 12924 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 99, jueves 20 de mayo de 2010
En Santa Cruz de La Palma, a 7 de mayo de 2010.- El Consejero Delegado, César Martín Pérez.