CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA EN EL PERÚ
1. UNIVERSIDAD NACIONAL
“JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN”
“Maestría en Ecología y Gestión Ambiental”
Tema:
Conservación de la diversidad
Biológica
MAESTRANDO:
ING.JHON POUL ALVAREZ VELIZ
2. El Estado tiene como medios para
lograr el Bien Común, la Realidad
Nacional, que está conformada por
el Poder y el Potencial Nacional.
Es en este contexto en el que
podemos hablar de Biodiversidad
“No hay Desarrollo sin Defensa,
ni Defensa sin Desarrollo.”
3. ¿Qué es la biodiversidad?
• Conjunto de todas las especies de seres vivos que
se encuentran en el planeta:
– Las Plantas
– Animales
– Organismos
– Ecosistemas
• Niveles de biodiversidad:
1) Diversidad genética: La variedad de información
genético en todas las plantas, animales, y
organismos. Es la variabilidad que existe en la
herencia de una especie.
4. 2) Diversidad de especies: La variedad
de especies vivas (animales, plantas,
microorganismos).
5. Ecosistema
El ecosistema es el conjunto de especies de un área
determinada que interactúan entre ellas y con su
ambiente abiótico.
3) Diversidad de ecosistemas:
6. DIVERSIDAD
Los ecosistemas y los sistemas eco
sistemáticos ,nuestro capital
natural, deben ser conservados como
la base del bienestar de todos .
REPARTO EQUITATIVO
La gobernanza equitativa
de recursos es esencial
para disminuir y compartir
el uso del recurso.PROPUESTA DE FUTURO
Para vivir dentro de los
limites ecológicos se
requiere un equilibrio
entre los patrones
globales de consumo y
producción y la
biocapacidad de la tierra.
BIOCAPACIDAD
La tierra tarda 1,5 años
en regenerar los recursos
renovables que utiliza la
gente y absorber el CO2
que produce ese mismo
año.
7. Principales Problemas que Causa
la Perdida de Diversidad Biológica
Calentamiento Global
Destrucción de la capa
de ozono
Escasez y mal uso del agua Contaminación de mares y océanos
8. Efecto invernadero
Pérdida y degradación de
suelos
Desertificación
Desertización
Lluvia ácida (ácido nítrico o sulfúrico)
Principales Problemas que Causa
la Perdida de Diversidad Biológica
9. Agotamiento de los
recursos naturales
Contaminación de aguas y
suelo
Contaminación del aire
Producción de residuos y
desechos
Ambiente urbanoProductos químicos
Principales Problemas que Causa
la Perdida de Diversidad Biológica
10.
11. RELACIÓN ENTRE BIODIVERSIDAD, SERVICIOS
ECOSISTÉMICOS Y PERSONAS
• La biodiversidad es vital para la salud y el sustento de las personas.
Los organismos vivos, plantas, animales y microorganismos
interactúan para formar redes complejas e interconectadas de
ecosistemas y hábitats que, a su vez, aportan una miríada de
servicios ecosistémicos de los que depende toda la vida. Aunque la
tecnología puede sustituir algunos servicios ecosistémicos y
amortiguar su degradación, muchos no se pueden reemplazar.
• Entender las interacciones entre biodiversidad, servicios
ecosistémicos y personas es fundamental para revertir las
tendencias DEL ESTADO DEL PLANETA y optar por las PROPUESTAS
DE FUTURO PARA UN PLANETA VIVO, y de esta manera
salvaguardar la seguridad, salud y bienestar futuros de las
sociedades humanas.
• Todas las actividades humanas utilizan servicios ecosistémicos, pero
también pueden influir negativamente sobre la biodiversidad que
sostiene estos sistemas.
13. Biodiversidad Mundial
(Mittermeier et al., 1998 citado por Banco Interamericano de Desarrollo s/f).
VENEZUELA
BRASIL
INDONESIA
CHINA
AUSTRALIA
INDIA
MADAGASCAR
Los países del globo que tienen más de un 70% de la cobertura
forestal original, seis se encuentran en Sudamérica
16. Flores
El Perú alberga mas de 20000 especies
descritas de plantas con flor, con el
28% de endemismo
Plantas vasculares
El Perú es poseedor de aproximadamente
el 8,3% de las plantas vasculares
registradas en el mundo
20. Postulados Ecológicos
A medida que aumenta el poder del
hombre sobre la naturaleza y aparecen
nuevas necesidades como consecuencia
de la vida en sociedad, el medio
ambiente que lo rodea se deteriora
cada vez más.
Mientras los demás seres vivos se
adaptan al medio ambiente para
sobrevivir, el hombre adapta y modifica
ese medio según sus necesidades.
El progreso tecnológico, si no es
controlado, atenta contra el equilibrio
biológico de la Tierra.
21. Amenazas
• Tala ilegal.
• Extracción y caza de fauna.
• Extracción de flora.
• Sobrepastoreo.
• Pesca inadecuada.
• Avance de la frontera
agrícola.
• Turismo desordenado.
• Hidrocarburos y minería a
gran escala.
• Minería informal.
• Construcción inadecuada de
carreteras.
• Conflictos sociales con
algunas comunidades.
22. • LEY N° 28611 LEY GENERAL DEL AMBIENTE
TÍTULO III: INTEGRACIÓN DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL
CAPÍTULO 2: CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
Artículo 97°.- De los lineamientos para políticas sobre diversidad biológica.
Hasta el articulo 112
De acuerdo al artículo 12º del Reglamento del Procedimiento Administrativo
Sancionador del OEFA, aprobado por Resolución Nº 003-2011-OEFA/CD, las
sanciones aplicables son las siguientes:
• Ley 26834 Ley de Áreas Naturales Protegidas.
D.Leg. 1079 modifica la Ley 26834 Establece medidas que garanticen el patrimonio de
las áreas naturales protegidas.- La autoridad competente para administrar el
patrimonio forestal, flora y fauna silvestre de las áreas naturales protegidas y sus
servicios ambientales es el Ministerio del Ambiente.
23. TODO PARECE
IMPOSIBLE HASTA
QUE SE HACE
NELSON MANDELA
EL DESARROLLO SOSTENIBLE ES
CUESTION DE
DISCIPLINA.SIGNIFICA QUE LA
HUMANIDAD DEBE SATISFACER
LA NECESIDADES PRESENTES SIN
COMPROMETER LAS DE FUTURAS
GENERACIONES
GRO HARLEM BRUNDTLAND
DEBEMOS SER EL CAMBIO
QUE DESEAMOS EN EL
MUNDO
MAHATMA GANDHI
TENGO ALGO DENTRO
DE MI QUE ME DICE
QUE HAY UN PROBLEMA
Y QUE DEBE HACER
ALGO,
ASI QUE ESTOY
HACIENDO ALGO
WANGARI MAATHAI
NO SE PUEDE RESOLVER UN
PROBLEMA CON LA MISMA MENTE
QUE LOS CREÓ.SE TIENE QUE
APRENDER AVER EL MUNDO
OTRA VEZ
ALBERT EINSTEIN
24. RECOMENDACIÓN
•Modificar las leyes de acuerdo a las
necesidades actuales.
•Se debe sancionar de acuerdo a los niveles de
daño ocasionado a la diversidad biológica.
•Capacitación de concientización de la
diversidad biológica y su cuidado
25. Como país megadiverso, tenemos
el gran compromiso de conservar
nuestra diversidad biológica y
manejarla con criterios de
sustentabilidad, garantizándole a
las generaciones futuras la
permanencia de esta importante
riqueza biológica, cultural y social,
en el tiempo y el espacio.
30. CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA
• Ley N° 26842 Ley General de Salud (Capítulo VIII, art. 106)
• Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente (Art. 53)
• D.S. Nє 074-2001-PCM Reglamento de Estándares
Nacionales de Calidad Ambiental del Aire (Art. 12 y 13)
• D.S. N° 009-2003-S.A., su modificatoria y Directiva
• Reglamento de Niveles de Estados de Alerta
Nacionales de Contaminantes del Aire
• R.D. Nє 1404/2005/DIGESA
• Protocolo de Monitoreo de Calidad del Aire y Gestión de los
Datos
31. AREAS NATURALES PROTEGIDAS
• Ley 26834 Ley de Áreas Naturales Protegidas.
- Solo son aprobadas por Ley.
- Intervenían: INRENA, CONAM, MINISTERIO DE LA
PRODUCCION, MINISTERIO DE LA
MUJER, MINISTERIO DE EDUCACION, MINISTERIO DE
PESQUERIA Y EL MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS.
- (MODIFICADO – MINISTERIO DEL AMBIENTE).
32. AREAS NATURALES PROTEGIDAS
• D.Leg. 1079 modifica la Ley 26834 Establece
medidas que garanticen el patrimonio de las
áreas naturales protegidas.- La autoridad
competente para administrar el patrimonio
forestal, flora y fauna silvestre de las áreas
naturales protegidas y sus servicios
ambientales es el Ministerio del Ambiente.
33. DEGRADACION DE SUELOS
• La Ley 26505 ley de la Inversión Privada en el
Desarrollo de las Actividades Económicas en las
Tierras del Territorio Nacional y de las Comunidades
Campesinas, deroga el capítulo V del Cambio de Uso
y el capítulo VI del abandono de las tierras rústicas
del D. Leg. 653 Ley de Promoción de las Inversiones
en el sector Agrario. Al determinar en su Cuarta
Disposición Final la derogatoria de todas
disposiciones sobre intangibilidad y cambio de uso o
propiedad de tierras agrícolas incluyendo las áreas
agrícolas periféricas.
34. • LEY D CONTAMINACIÓN HÍDRICA E RECURSOS HÍDRICOS, LEY
29338
El aprovechamiento y la gestión de la gua se inspira en un
planteamiento basado en la participación de los usuarios, los
planificadores y los responsables de las decisiones a todos los
niveles: nacionales, regionales y locales. Involucra los aspectos
sociales, económicos y ambientales.
Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, Decreto
Supremo Nº 001-2010-AG [Publicado el 24 de marzo de 2010]
La ANA controla , supervisa y fiscaliza el cumplimiento de
las normas de calidad del agua sobre la base del ECA
(Estándar de Calidad Ambiental) para Agua.
CONTAMINACIÓN HÍDRICA
35. Creado el 13 de mayo de 2008 por el Decreto
Legislativo 1013 que establece la Ley de Creación,
Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente.
Reglamento de Organización y Funciones del
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -
Decreto Supremo Nº 001-2009-MINAM, [Publicado el 07
de enero de 2009 ].
Ley Nº 29325 del Sistema Nacional de Evaluación y
Fiscalización Ambiental (SINEFA), [Publicado el 01 de
marzo de 2009] .
El Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental (OEFA)
36. La Dirección de Fiscalización, Sanción y
Aplicación de Incentivos.
Está encargada de dirigir, coordinar y controlar el
proceso de fiscalización, sanción y aplicación de
incentivos que resulten de su competencia. A fin
de cumplir sus funciones a nivel
nacional, desarrolla las mismas a través del
personal asignado a las oficinas desconcentradas.
El Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental (OEFA)
37. ¿De qué manera se inicia un procedimiento
administrativo sancionador?
De acuerdo al numeral 1 del artículo 235º de la
Ley del Procedimiento Administrativo General,
Ley Nº 27444, el procedimiento administrativo
sancionador se inicia de oficio, ya por propia
iniciativa o como consecuencia de orden
superior, petición motivada de otros órganos o
entidades o por denuncia.
ACCIONES DE
FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
38. . ¿Cuáles son las instancias administrativas en
los procedimientos administrativos
sancionadores a cargo del OEFA?
Órgano de primera instancia: DFSAI, el que a su
vez, se subdivide en:
- Autoridad Instructora
- Autoridad Sancionadora
Órgano de segunda instancia: Tribunal de
Fiscalización Ambiental
ACCIONES DE
FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
39. ¿Qué medios impugnatorios cabe interponer
contra las resoluciones de sanción emitidas
por la DFSAI y ante qué órgano?
Los siguientes medios impugnatorios:
a) Recurso de Reconsideración.
b) Recurso de Apelación.
Ambos recursos administrativos se interponen ante
la DFSAI dentro del plazo de quince (15) días
hábiles contados a partir del día siguiente de
notificado el acto administrativo objeto de
impugnación, para su resolución o elevación al
superior jerárquico, según corresponda.
ACCIONES DE
FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
40. ¿Cuál es el plazo máximo de duración del
procedimiento administrativo sancionador?
De acuerdo al numeral 1 del artículo 235º de la Ley
del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº
27444, el procedimiento administrativo sancionador
se inicia de oficio, ya por propia iniciativa o como
consecuencia de orden superior, petición motivada
de otros órganos o entidades o por denuncia.
ACCIONES DE
FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
41. ¿En qué consisten las obligaciones ambientales
fiscalizables por el OEFA y en qué instrumentos
se encuentran previstas?
Se entiende por obligaciones ambientales
fiscalizables aquéllas cuyo cumplimiento tiene
carácter mandatorio para las personas naturales y
jurídicas bajo el ámbito de competencia del OEFA.
Dichas obligaciones se encuentran previstas en la:
a. Legislación ambiental.
b. Instrumentos de Gestión Ambiental.
c. Mandatos o disposiciones dictadas por la autoridad
en materia ambiental.
ACCIONES DE
FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
42. ¿Cuáles son las sanciones aplicables al interior de los procedimientos
administrativos sancionadores iniciados por el OEFA?
De acuerdo al artículo 12º del Reglamento del Procedimiento Administrativo
Sancionador del OEFA, aprobado por Resolución Nº 003-2011-OEFA/CD, las
sanciones aplicables son las siguientes:
a) Amonestación.
b) Multa no mayor de 10,000 Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la
fecha en que se cumpla el pago.
c) Decomiso, temporal o definitivo, de los objetos, instrumentos, artefactos o
sustancias empleados para la comisión de la infracción.
d) Paralización o restricción de la actividad causante de la infracción.
e) Suspensión o cancelación del permiso, licencia, concesión o cualquier otra
autorización, según sea el caso.
f) Clausura parcial o total, temporal o definitiva, del local o establecimiento
donde se lleve a cabo la actividad que ha generado la infracción.
g) Inmovilización.
ACCIONES DE
FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
43. ¿Cuáles son las conductas sancionables por el OEFA relativas al Plan de Cierre de
Pasivos Mineros?
Con relación a las infracciones sancionables en el marco del Reglamento de Pasivos
Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por D.S.059-2005-EM, modificado por el
D.S.003-2009-EM, cabe señalar que de acuerdo al artículo 4º del citado cuerpo legal
constituyen conductas sancionables por el OEFA, las siguientes:
a) Incumplir el cronograma del instrumento de remediación aprobado o la
ejecución de las medidas dispuestas por la autoridad según el artículo 41 del
Reglamento, en cuyo caso les resultará aplicable una multa de hasta 75 UIT. En
el caso de los generadores, se podrá proceder adicionalmente según lo
establecido en el artículo 48 del Reglamento.
b) Haber incumplido con la adopción inmediata de medidas de mitigación o
remediación ambiental y/o la ejecución de las medidas complementarias
dispuestas, según lo establecido en el artículo 35 del Reglamento, en cuyo
caso les resultará aplicable una multa de hasta 75 UIT.
c) Haber incumplido con el mantenimiento y monitoreo al que hace referencia el
artículo 43 del Reglamento, en cuyo caso les resultará aplicable una multa de
hasta 20 UIT.
d) Haber incumplido con presentar los informes semestrales a los que hace
referencia el artículo 44 del Reglamento, en cuyo caso les resultará aplicable
una multa de hasta 5 UIT.
e) En caso el interesado en el reaprovechamiento incumpla la obligación de
informar al Órgano Fiscalizador según lo establecido en el artículo 63 del
Reglamento, será sancionado con una multa de hasta 5 UIT .
ACCIONES DE
FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
44. ¿Cuáles son las medidas administrativas
aplicables y a qué órgano corresponde
dictarlas?
Las medidas administrativas susceptibles de ser
dictadas son:
Medida Preventiva - Dirección de Supervisión
Medida Cautelar- Presidencia del Consejo Directivo = PCD.
Medida Correctiva - DFSAI
FUENTE: OEFA http://www.oefa.gob.pe/?page_id=671
ACCIONES DE
FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
45. La fiscalización ambiental comprende las acciones de
vigilancia, control,
seguimiento, verificación y otras similares, que realiza las autoridades
competentes a fin de asegurar el cumplimiento de las normas y
obligaciones establecidas por ley y la normativa correspondiente.
Toda persona natural o jurídica está sometida a las acciones de
fiscalización que determine la autoridad competente, así como a las
sanciones administrativas que correspondan, de acuerdo a Ley.
El Estado promueve la participación ciudadana en las acciones de
vigilancia y fiscalización ambiental.
El Poder Ejecutivo, a propuesta del CONAM, establece mediante
Decreto
Supremo el Régimen de Incentivos y Sanciones, señalando las
atribuciones y responsabilidades correspondientes
FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN
AMBIENTAL
Art. 88 del Decreto Supremo N° 008-2005-PCM - Reglamento de la Ley Nº 28245