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Prestaciones
            por desempleo
Prestación por desempleo
     de nivel contributivo
       Protección por desempleo



                       FEBRERO- 2013
Este folleto divulgativo publicado dentro de la colección «La protección por el
desempleo», recoge las principales características de la «Prestación por desempleo de
nivel contributivo», como son: quiénes pueden ser beneficiarios, duración y cuantía de
la prestación, causas de suspensión o de extinción y obligaciones que deben cumplir
los beneficiarios, etc.


Se incluye a la vez su tramitación (documentación a aportar, plazos de solicitud, lugar
de presentación, etc.), todo ello destinado a que los ciudadanos conozcan, respecto a
las prestaciones por desempleo, sus derechos y obligaciones.
Catálogo de publicaciones de la Administración General del Estado
http://publicacionesoficiales.boe.es




Edición realizada por el Servicio Público de Empleo Estatal
Subdirección General de Prestaciones por Desempleo
Condesa de Venadito, 9. 28027 - Madrid


NIPO 274 - 13 - 014 - 3


Esta información tiene carácter meramente divulgativo
Í N D I C E
•     La protección por desempleo de nivel contributivo............................. 	5
      - Beneficiarios................................................................................... 	6
     - Contenido de la protección por desempleo......................................... 	6
      - Requisitos para acceder a la prestación............................................. 	7
      - Situación legal del desempleo........................................................... 	7
      - Duración de la prestación................................................................. 	9
      - Cuantía de la prestación................................................................... 	10
      - Cuantía mínima de la prestación....................................................... 	11
      - Cuantía máxima de la prestación....................................................... 	11
      - Cuantías máxi. y mín. en caso de pérdida de empleo a tiempo parcial.. 	11
      - Cotización a la Seguridad Social....................................................... 	11
      - Retenciones a efectuar por la Entidad Gestora.................................... 	12
      - Tramitación de la solicitud de prestación........................................... 	12
      - Documentación a presentar para el reconocimiento de la prestación..... 	13
      - Pago de la prestación....................................................................... 	13
      - Suspensión de la prestación............................................................. 	14
      - Reanudación de la prestación........................................................... 	15
      - Extinción de la prestación................................................................. 	15
      - Derecho de opción........................................................................... 	16
      - Incompatibilidades de la prestación................................................... 	16
      - Compatibilidad de las prestaciones.................................................... 	17
      - Obligaciones de los trabajadores....................................................... 	17
      - Infracciones y sanciones................................................................... 	18

•     La prestación por desempleo del nivel contributivo para trabaj. eventuales
      incluidos en el Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social............ 	20
      - Beneficiarios................................................................................... 	20

      - Período cotizado.............................................................................. 	20
      - Duración......................................................................................... 	20
      - Otras consideraciones....................................................................... 	20

•     Direcciones de interés......................................................................	      21
La protección por desempleo de nivel contributivo




Esta prestación protege la situación de desempleo de quienes, pudiendo y queriendo
trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente
su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de 10 y un máximo de un 70 por ciento
respectivamente.
Para el acceso a la misma se requiere, además de cumplir los requisitos que más adelante se indican, la
cotización previa del trabajador a la Seguridad Social por esta contingencia, dado que su financiación
se efectúa por las cotizaciones de los trabajadores, empresarios y la aportación del Estado.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el Organismo Autónomo, dependiente
del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, encargado de la gestión y control de las
prestaciones por desempleo. El Instituto Social de la Marina (ISM) realiza la gestión de las
prestaciones por desempleo correspondientes a los trabajadores incluidos en el Régimen
Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.




                                                                                                          5
Unión Europea ni al Espacio Económico
     Beneficiarios                                      Europeo que residan legalmente en
                                                        nuestro país, y que cumplan los requisitos
    Podrán ser beneficiarios de esta prestación         legalmente exigidos, tendrán derecho a
    por desempleo, siempre que se encuentren en         las prestaciones por desempleo de nivel
    alguna de las situaciones legales de desempleo      contributivo siempre que estén inscritos
    establecidas, tengan el período mínimo de           como demandantes de empleo.
    cotización exigido por esta contingencia y no
                                                     •	 Los funcionarios de empleo y personal
    se encuentren en alguna de las situaciones
                                                        contratado de colaboración temporal
    de incompatibilidad, los colectivos que a
                                                        en régimen de derecho administrativo
    continuación se indican:
                                                        al servicio de las Administraciones
    •	 Los trabajadores por cuenta ajena incluidos      Públicas.
       en el Régimen General de la Seguridad
                                                     •	 Los militares de Complemento y los
       Social, que coticen por la contingencia de
                                                        militares profesionales de Tropa y
       desempleo.
                                                        Marinería.
    •	 Los trabajadores por cuenta ajena
                                                     •	 Los miembros de corporaciones locales
       incluidos en los Regímenes Especiales
                                                        y de Juntas Generales de los Territorios
       de la Seguridad Social que protegen esta
                                                        Históricos Forales, Cabildos Insulares
       contingencia de desempleo (trabajadores
                                                        Canarios y Consejos Insulares de
       de la Minería del Carbón, trabajadores
                                                        Baleares, que desempeñen dichos
       por cuenta ajena del Régimen Especial
                                                        cargos con dedicación exclusiva o
       de los Trabajadores del Mar, trabajadores
                                                        parcial y perciban una retribución por
       fijos por cuenta ajena del Sistema
                                                        el desempeño del cargo.
       Especial para trabajadores por cuenta
       ajena agrario de la Seguridad Social,         •	 Los cargos representativos que ejerzan
       y trabajadores eventuales por cuenta             funciones de dirección de los sindicatos
       ajena del mismo Sistema. (Ver las                constituidos al amparo de la Ley Orgánica
       especialidades de estos últimos en pág.          11/1985, de Libertad Sindical, que
       20)                                              ejerzan funciones sindicales de dirección
                                                        con dedicación exclusiva o parcial
    •	 Los socios trabajadores de Cooperativas          siempre que perciban una retribución.
       de Trabajo Asociado, y de Cooperativas
       de Explotación comunitaria de la tierra,      •	 Los altos cargos de las Administraciones
       así como los socios de trabajo de otras          Públicas que tengan dedicación
       cooperativas, incluidos en un Régimen            exclusiva, estén retribuidos y no sean
       de la Seguridad Social que proteja esta          funcionarios públicos ni tengan derecho
       contingencia.                                    a percibir cualquier tipo de prestación
                                                        compensatoria como consecuencia de su
    •	 Los penados que hubiesen sido liberados          cese.
       de prisión por cumplimiento de condena o
       libertad condicional.
                                                      Contenido de la protección por
    •	 Los trabajadores emigrantes retornados.        desempleo
    •	 Los trabajadores extranjeros en España,
       nacionales de países que pertenecen a la      Esta prestación por desempleo incluye:
       Unión Europea o al Espacio Económico          •	 La prestación económica por desempleo
       Eueropeo o que no pertenecen a la                total o parcial.

6
•	 El abono de parte de la cotización a la         jubilación, salvo que el trabajador
   Seguridad Social durante la percepción          no tuviera derecho a ella por falta
   de la prestación por desempleo.                 de acreditación del período de
La acción protectora comprenderá,                  cotización requerido para ello, o se
además, acciones específicas de                    trate de supuestos de suspensión de
formación, perfeccionamiento, orientación,         la relación laboral o reducción de
reconversión e inserción profesionales en          jornada autorizados por Expediente de
favor de los trabajadores desempleados,            Regulación de Empleo (ERE).
y aquellas otras que tengan por objeto el     •	 No estar incluido en alguna de las causas
fomento del empleo estable.                      de incompatibilidad (ver páginas 16 ).


 Requisitos para acceder a la prestación          Situación legal de desempleo

•	 Estar afiliado y en situación de alta      Las solicitudes de prestación por desempleo
   o asimilada al alta en la Seguridad        que correspondan a las situaciones
   Social, en un régimen que contemple la     legales de desempleo que se indican a
   contingencia por desempleo.                continuación, se acreditarán en el modelo
•	 Estar en situación legal de desempleo      normalizado de Certificado de Empresa,
   (ver situaciones legales de desempleo).    donde deberá constar expresamente su
   También se ha de acreditar la              causa y fecha de efectos y, en su caso,
   disponibilidad para buscar activamente     deberá ir acompañado de la documentación
   empleo y para aceptar una colocación       correspondiente.
   adecuada, mediante la suscripción de un
                                              a)	Despido.
   compromiso de actividad.
                                              b)	 Despido por causas objetivas.
•	 Tener cubierto un período mínimo de
   cotización por esta contingencia de 360    c)	 Cese por muerte del empresario.
   días, dentro de los seis años anteriores
                                              d)	 Cese por jubilación del empresario.
   a la situación legal de desempleo, o al
   momento en que cesó la obligación de       e)	 Cese por Incapacidad del em­ resario.
                                                                             p
   cotizar.
                                              f)	 Extinción de la relación laboral
•	 El incumplimiento por parte del                autorizada en ERE, o por auto del Juez
   empresario de las obligaciones de              (identificados con nº y fecha). Además
   afiliación, alta y cotización, no              se deberá aportar por una sola vez la
   impide que el trabajador obtenga               resolución del ERE o la Resolución
   su prestación por desempleo, y por             del Juez adoptada en el seno de un
   ello la Entidad Gestora le abonará             procedimiento concursal.
   las prestaciones sin perjuicio de
   las acciones que pueda adoptar             g)	 Suspensión de la relación laboral
   contra la empresa infractora y la              autorizada en ERE, o por auto del Juez
   responsabilidad que corresponda a              (identificados con nº y fecha).
   ésta por las prestaciones reconocidas.     	    Además deberá aportar por una sola vez
•	 No haber cumplido la edad ordinaria             la resolución del ERE o la Resolución
   que se exija en cada caso para causar           del Juez adoptada en el seno de un
   derecho a la pensión contributiva de            procedimiento concursal.



                                                                                             7
h)	 Reducción de jornada autorizada en ERE             involuntario y definitivo la dedicación
        (identificados con nº y fecha).                    exclusiva o parcial.
    	   Además deberá aportar por una sola vez          u)	 Extinción o suspensión de la relación
        la resolución del ERE.                              laboral de víctimas de violencia de
                                                            género, junto con la comunicación de
    i)	 Cese en período de prueba a instancia
                                                            la fecha final de la suspensión y la
        del empresario.
                                                            acreditación de la condición de víctima,
    j)	 Cese por voluntad del empresario en la              con orden de protección o informe del
        relación laboral de alta dirección.                 Ministerio Fiscal, salvo cuando ya conste
                                                            en el expediente.
    k)	 Fin del contrato temporal a instancia del
        empresario (identificando tipo y duración).     v)	 Cese por declaración de invalidez
                                                            permanente total del trabajador, junto
    l)	 Fin de la relación administrativa temporal
                                                            con la Resolución del INSS en la que
        de funcionarios de empleo y contratados
                                                            se reconoce la Incapacidad Permanente
        administrativos.
                                                            Total, acompañada del informe de
    m)	 Expulsión del socio de la cooperativa por           la Comisión de Valoración en el que
        acuerdo del Consejo Rector.                         conste que no se suspende el contrato
                                                            de trabajo en base al art. 48.2 del
    n)	 Cese en período de prueba del socio
                                                            Estatuto de los Trabajadores.
        de cooperativa por acuerdo del Consejo
        Rector.                                         w)	 Extinción o suspensión temporal o
                                                            reducción temporal de la jornada
    o)	 Traslado del centro de trabajo o
                                                            de trabajo entre un mínimo de 10 y
        modificación sustancial de las condiciones
                                                            un máximo de un 70 por ciento, de
        de trabajo.
                                                            la relación societaria de los socios
    p)	 Fin o interrupción de la actividad de los           trabajadores de las cooperativas,
        trabajadores fijos discontinuos, así como           por causas económicas, tecnológicas
        de los trabajadores que realicen trabajos           o de fuerza mayor, junto con la
        fijos y periódicos que se repiten en fechas         documentación acreditativa de que
        ciertas. Además se acompañaría en este              esas causas han sido debidamente
        caso de copia del contrato, y, en su caso, de       constatadas por la Autoridad Laboral.
        la certificación del empresario.
                                                        En cuanto a las situaciones legales de
    q)	 Finalización del vínculo societario de          desempleo que no se acreditan con el
        duración determinada, fijado en el              Certificado de Empresa, se indican las
        acuerdo de Admisión y en los estatutos de       siguientes formas de acreditación:
        la cooperativa.
                                                        a)	 Acta de conciliación administrativa
    r)	 Finalización o resolución involuntaria del          o judicial en la que se reconozca la
        compromiso con las Fuerzas Armadas.                 improcedencia del despido o la expulsión
                                                            improcedente de la cooperativa.
    s)	 Fin de actuación con finalización de
        contrato, en caso de artistas.                  b)	 Resolución judicial definitiva declarando
                                                            la extinción de la relación laboral o la
    t)	 Cese involuntario y con carácter definitivo
                                                            improcedencia del despido o acreditación
        en los correspondientes cargos públicos
                                                            de que el empresario, o el trabajador,
        o sindicales, o cuando, aun manteniendo
                                                            cuando sea representante legal de
        dicho cargo, se pierda con carácter
                                                            los trabajadores, no han optado por


8
la readmisión, o resolución judicial          a la prestación por desempleo anterior, con
   definitiva que declare expresamente la        arreglo a la siguiente escala:
   improcedencia de la expulsión del socio
   de la cooperativa.                                       Período               Período
                                                         de cotización         de prestación
c)	 Acta de conciliación administrativa o
                                                           (en días)             (en días)
    judicial, o resolución judicial definitiva
    declarando extinguida la relación laboral    Desde 360 hasta 539                120
    por alguna de las causas previstas           Desde   540 hasta 719              180
    en el artículo 50 del Estatuto de los        Desde   720 hasta 899              240
    Trabajadores.                                Desde   900 hasta 1.079            300
d)	 Certificación del Director del Centro        Desde   1.080 hasta 1.259          360
    Penitenciario, en la que conste la           Desde   1.260 hasta 1.439          420
    excarcelación por cumplimiento de            Desde   1.440 hasta 1.619          480
    condena o libertad condicional así           Desde   1.620 hasta 1.799          540
    como las fechas de ingreso en prisión        Desde   1.800 hasta 1.979          600
    y de excarcelación, y el período de          Desde   1.980 hasta 2.159          660
    ocupación cotizada en su caso, durante la    Desde   2.160                      720
    permanencia en la situación de privación
    de libertad.                                 •	 Sólo se tendrán en cuenta las
e)	 Certificación del Órgano Competente de          cotizaciones que no hayan sido
    Emigración en la que conste en todo caso        computadas para el reconocimiento
    la condición de emigrante retornado y           de un derecho anterior, tanto de nivel
    la fecha del retorno, cuando el retorno         contributivo como asistencial. No
    sea de países que no sean miembros              obstante, no se considerará como
    de la Unión Europea o del Espacio               derecho anterior el que se reconozca en
    Económico Europeo o con los que no              virtud de la suspensión de la relación
    exista convenio sobre protección por            laboral prevista en el caso de las víctimas
    desempleo.                                      de violencia de género [artículo 45.1.n)
                                                    del Estatuto de los Trabajadores].
f)	 En el caso de retorno de un país
    miembro de la Unión Europea el               •	 No se computarán las cotizaciones
    formulario U1. Si retorna de Islandia,          correspondientes al tiempo de abono de
    Noruega, Liechtenstein o Suiza el               la prestación por desempleo que efectúe
    formulario E301.                                la Entidad Gestora o, en su caso, la
                                                    empresa, excepto cuando la prestación
                                                    se perciba en virtud de la suspensión
                                                    de la relación laboral prevista en el caso
 Duración de la prestación                          de las víctimas de violencia de género
                                                    [artículo 45.1.n) del Estatuto de los
La duración de la prestación por desempleo          Trabajadores].
estará en función de los períodos de
ocupación cotizada en un régimen de              •	 En este caso, la fecha final de la
la Seguridad Social que proteja esta                suspensión se decidirá por parte de la
contingencia, en los seis años anteriores a la      trabajadora, pudiendo ser inicialmente de
situación legal de desempleo o al momento           hasta seis meses. Transcurrido el tiempo
en que cesó la obligación de cotizar o, en          de suspensión inicial, podrá mantenerse
su caso, desde el nacimiento del derecho            la protección, siempre que el juez


                                                                                                  9
prorrogue la suspensión por períodos de         momento en que cesó la obligación de
        tres meses, con un máximo de 18 meses           cotizar, y se dividirán entre 180.
        y con el límite de la duración del derecho
        reconocido, a condición de que la               La base reguladora diaria de los trabajadores
        trabajadora aporte nueva documentación          que en los últimos 180 días precedentes
        acreditativa de dicha prórroga, sin que         al día en que se haya producido la
        sea necesario volver a acreditar la orden       situación legal de desempleo o al que
        de protección o, en su defecto, el informe      cesó la obligación de cotizar, sólo tengan
        del Ministerio Fiscal.                          cotizaciones por jornadas reales trabajadas
                                                        en el SEASS, será la base de cotización de
     La duración de la prestación por desempleo         la última jornada real trabajada.
     de los emigrantes retornados o de los
     liberados de prisión se determinará en             La base reguladora diaria de los
     función de los períodos de ocupación               trabajadores que en los últimos 180
     cotizada, correspondientes a los seis              días, precedentes al día en que se haya
     años anteriores a la salida de España, o           producido la situación legal de desempleo,
     al ingreso en prisión, respectivamente,            o al del que cesó la obligación de cotizar,
     salvo cuando, los trabajadores tengan              tengan cotizaciones por jornadas reales
     cotizaciones efectuadas en el extranjero o         en el SEASS y en otros Regímenes, se
     en prisión, que sean computables para la           calculará dividiendo por 180 la suma de
     obtención de la prestación.                        las bases de cotización por la contingencia
                                                        de desempleo de ese número de días, y,
     Para el cálculo del período de ocupación           para ello, la base de cotización de la última
     cotizada, se tendrán en cuenta los períodos        jornada real realizada debe ser multiplicada
     de vacaciones anuales retribuidos y no             y dividida por el número de jornadas reales
     disfrutados antes de la extinción de la relación   incluidas en el período indicado.
     laboral, así como los correspondientes a los
     salarios de tramitación.                           Para determinar la base reguladora mensual
                                                        se multiplicará por 30 la base reguladora
     Cuando las cotizaciones acreditadas                diaria.
     correspondan a un trabajo a tiempo parcial o
                                                        El importe mensual de la prestación por
     a trabajo efectivo en los casos de reducción
                                                        desempleo es el 70% de la base reguladora
     de jornada, cada día trabajado se computará
                                                        mensual de la prestación en los seis
     como día cotizado cualquiera que haya sido la
                                                        primeros meses de derecho (180 días),
     duración de la jornada.
                                                        pasando a ser el 50% a partir de dicho
                                                        período.

      Cuantía de la prestación                          La prestación por desempleo parcial se
                                                        determinará, según las reglas señaladas
                                                        anteriormente, en proporción a la reducción de
     Estará en función de la base reguladora que
                                                        la jornada de trabajo.
     tenga el trabajador. Para determinar la base
     reguladora diaria se sumarán las bases de          Los importes de la prestación así calculados
     los últimos ciento ochenta días cotizados a        en ningún caso podrán ser inferiores o
     la Seguridad Social, por la contingencia de        superiores a los importes mínimos y máximos
     desempleo (Base de Accidentes de Trabajo           establecidos para las prestaciones por
     y Enfermedades Profesionales), precedentes         desempleo, en función de que el trabajador
     a la situación legal de desempleo o al             tenga o no hijos a cargo. A estos efectos se
                                                        entenderá que se tienen hijos a cargo cuando


10
éstos sean menores de 26 años o mayores con
                                               •	 Al 225 % del IPREM, con 2 o más hijos
una discapacidad en grado igual o superior
                                                  a cargo.
al 33%, carezcan de rentas de cualquier
naturaleza iguales o superiores al salario
mínimo interprofesional excluida la parte
proporcional de las pagas extraordinarias y     Cuantías máxima y mínima en caso de
convivan con el beneficiario.                   pérdida de empleo a tiempo parcial

La consideración del hijo común a cargo        En caso de pérdida de un trabajo a tiempo
del padre o de la madre no impedirá la         parcial, los importes máximo y mínimo de la
calificación como hijo a cargo del otro        prestación se calcularán teniendo en cuenta
progenitor.                                    el Indicador Público de Rentas de Efectos
Durante la percepción de la prestación por     Múltiples (IPREM) en función de las horas
desempleo, la cuantía máxima o mínima se       trabajadas.
adaptará al incremento o disminución de los
hijos a cargo.
                                                Cotización a la Seguridad Social

 Cuantía mínima de la prestación               Durante la percepción de la prestación por
                                               desempleo el trabajador permanecerá en
En ningún caso la cuantía mensual de la        alta en la Se­ u­idad Social y se efectuará
                                                              g r
prestación, calculada como se ha indicado      la cotización por las contingencias comu­
en el apartado anterior, podrá ser inferior:   nes (Protección a la Familia, Jubilación,
                                               In­va­li­dez Permanente, Muerte y Su­per­vi­
•	 Al 80% del Indicador Público de Renta       vencia, Incapacidad Tem­ o­al, Maternidad,
                                                                         p r
   de Efectos Múltiples (IPREM) mensual,       Asistencia Sanitaria y Farmacéutica).
   incrementado en 1/6 (parte proporcional
   de las pagas extraordinarias), cuando el    La base de cotización será el promedio de las
   trabajador no tenga hijos a cargo.          bases de cotización del trabajador por estas
                                               contingencias en los últimos seis meses de
•	 Al 107% del IPREM mensual,                  ocupación.
   incrementado en 1/6 (parte proporcional
                                               El abono de la aportación empresarial lo
   de las pagas extraordinarias), cuando
                                               efectuará el Servicio Público de Empleo
   el trabajador tenga, al menos, un hijo a
                                               Estatal (SEPE) en su totalidad, y la
   cargo.
                                               aportación correspondiente al trabajador
                                               será íntegra a cargo de éste. En los
                                               supuestos de trabajadores fijos del Sistema
 Cuantía máxima de la prestación               Especial Agrario de la Seguridad Social,
                                               el Servicio Público de Empleo Estatal
El importe máximo de la prestación por         (SEPE) abonará directamente al trabajador
desempleo a percibir, calculado según el       el 73,50% de la cuota correspondiente y
número de hijos a cargo, en ningún caso,       siendo por cuenta del trabajador, el 26,50%
podrá ser superior:                            restante.
•	 Al 175% del IPREM, sin hijos a cargo.       En los supuestos de percepción de
                                               prestaciones por desempleo, por reducción
•	 Al 200% del IPREM, con 1 hijo a cargo.
                                               de jornada o suspensión de contrato,


                                                                                               11
motivada por Expediente de Regulación de        o comunicaciones de baja u otras del
     Empleo, la empresa asumirá la aportación        interesado y los Certificados de Empresa.
     empresarial y la aportación correspondiente
                                                     En el momento de la solicitud, el trabajador
     al trabajador será íntegra a cargo de éste.
                                                     deberá suscribir un compromiso de
                                                     actividad.

      Retenciones a efectuar por la Entidad          El Servicio Público de Empleo competente
      Gestora                                        tendrá en cuenta la condición de
                                                     víctima de violencia de género a efectos
                                                     de atemperar, en caso necesario, el
     •	 A la cuantía de la prestación indicada
                                                     cumplimiento de las obligaciones que se
        con anterioridad, se procederá por el
                                                     deriven del compromiso suscrito.
        Servicio Público de Empleo Estatal
        (SEPE) a efectuar las siguientes             No realizar la inscripción o la solicitud
        retenciones: El 65% del importe de           en el plazo fijado, salvo casos de fuerza
        la cotización a la Seguridad Social a        mayor, supone la pérdida de tantos días
        efectuar por el trabajador. La cuota del     de derecho a la prestación como medien
        trabajador es el resultado de aplicar el     entre la fecha de nacimiento del derecho
        4,7% (tipo de cotización a cargo del         de haberse inscrito y solicitado en tiempo
        trabajador) a la base de cotización del      y forma y la fecha en que, efectivamente,
        trabajador por contingencias comunes         se formule la inscripción y la solicitud.
        (base media de los últimos seis meses
                                                     En los supuestos de situación legal de
        por esta contingencia).
                                                     desempleo por extinción de la relación
     •	 La retención a cuenta del Impuesto sobre     laboral, el trabajador puede reclamar
        la Renta de las Personas Físicas.            contra la decisión extintiva del empresario.

                                                     En este caso, si no se hubiese inscrito y
                                                     solicitado en el plazo antes mencionado,
      Tramitación de la solicitud de la              tendría un nuevo plazo de quince días
      prestación                                     para hacerlo, desde la fecha del acta de
                                                     conciliación o providencia de opción por
     Los trabajadores desempleados deberán           la indemnización, o, en su caso desde
     inscribirse como demandantes de empleo,         la resolución judicial. En los supuestos
     y solicitar la prestación en la Oficina del     en que el período que corresponde a
     Servicio Público de Empleo correspondiente      las vacaciones anuales retribuidas no
     o en los registros de otras Administraciones,   haya sido disfrutado con anterioridad a
     incluidas las de las Entidades locales          la finalización de la relación laboral, la
     con las que exista convenio, o dirigiendo       solicitud deberá presentarse en el plazo de
     a la Entidad Gestora los documentos o           los quince días siguientes a la finalización
     datos correspondientes por correo o por         de ese período, que debe constar en el
     procedimientos electrónicos, a través de        Certificado de Empresa.
     la página https://sede.sepe.gob.es, en el
                                                     El Servicio Público de Empleo Estatal
     plazo de quince días hábiles siguientes a la
                                                     (SEPE) o el Instituto Social de la Marina
     situación legal de desempleo, o del retorno
                                                     (ISM), debe dictar resolución en el plazo
     del extranjero o de la excarcelación.
                                                     de los 15 días siguientes a la fecha de
     De la misma manera se podrán presentar las      la solicitud y cursar la notificación en el
     reclamaciones, alegaciones, declaraciones


12
plazo de 10 días a partir de la fecha de su           considerándose documento válido para
dictado.                                              su acreditación.
                                                   •	 Documentos acreditativos de la situación
 Documentación a presentar para el                    legal de desempleo: en el supuesto
 reconocimiento de la prestación                      de emigrante retornado (formulario
                                                      E-301), si retorna de Noruega, Islandia,
                                                      Liechtenstein o Suiza; el formulario
Impreso de solicitud en modelo oficial que
                                                      U1 si retorna de la Unión Europea y si
incluye la solicitud de la prestación, el
                                                      es liberado de prisión Certificación del
compromiso de actividad, declaración de
                                                      Director del Centro Penitenciario con la
cargas familiares y domiciliación bancaria.
                                                      fecha de ingreso y excarcelación.
Documentos de identificación. Sólo se
                                                   •	 Copia de los documentos oficiales de
requiere su exhibición para el cotejo de los
                                                      cotización o salarios, correspondientes
datos identificativos del solicitante y de los
                                                      a los 180 últimos días cotizados, si
hijos que conviven o están a su cargo y que
                                                      la empresa no estuviera integrada en
figuran en la solicitud:
                                                      el sistema de Remisión Electrónica
•	 Españoles: Documento Nacional de                   de Documentos (RED) de la Tesorería
   Identidad (DNI).                                   General de la Seguridad Social:
                                                      Documento de afiliación.
•	 Extranjeros residentes en Es­ aña: Tarjeta de
                                p
   Identidad de Extranjeros (TIE), o documento
   identificativo en su país de origen si es
   nacional de un país perteneciente al Espacio     Pago de la prestación
   Económico Europeo o Suiza.
                                                   El Servicio Público de Empleo Estatal
•	 En todo caso: El NIE (n.º de identidad de
                                                   (SEPE) o el Instituto Social de la Marina,
   extranjeros).
                                                   una vez hayan procedido al reconocimiento
•	 Libro de familia o documento equivalente        de la prestación, remitirán al domicilio del
   en el caso de extranjeros (Formulario           solicitante la resolución adoptada, en la que
   E-302).                                         se indicará, entre otros datos, el período
                                                   reconocido, la base reguladora, la entidad
•	 Certificado del grado de minusvalía
                                                   pagadora, fecha de pago, etc.
   o Resolución de la condición de
   pensionista por incapacidad.                    El pago de la prestación se realizará por
                                                   meses vencidos, mediante el abono en la
•	 Resolución judicial o escrito de                cuenta de la entidad financiera colaboradora
   formalización del acogimiento.                  indicada por el solicitante o perceptor, de la
•	 Salvo que la empresa esté incorporada al        que sea titular.
   sistema Certific@2, último Certificado de       El derecho al percibo de cada mensualidad
   Empresa, en modelo normalizado, donde           caducará al año de su respectivo vencimiento.
   se incorporará en los supuestos en que se
   acredite la situación legal de desempleo        Pago único
   por comunicación, notificación escrita
                                                   Existe la posibilidad de percibir el valor
   o certificación del empresario, de
                                                   actual del importe total o parcial de la
   la Administración empleadora o de
                                                   prestación contributiva, en los supuestos
   la Cooperativa, la causa y fecha,
                                                   en los que el trabajador pretenda constituir


                                                                                                    13
o incorporarse como socio trabajador o          •	 Traslado de residencia al extranjero por
     de trabajo en cooperativas o sociedades            un período continuado inferior a doce
     laborales, o también cuando pretenda               meses, para la búsqueda o realización de
     iniciar una actividad como trabajador              trabajo, perfeccionamiento profesional o
     autónomo.                                          cooperación internacional, sin perjuicio
                                                        de la aplicación de lo previsto sobre la
     El importe de este pago único será, como
                                                        exportación de las prestaciones en los
     máximo, la cuantía necesaria para cubrir
                                                        convenios y normas comunitarios. No
     la aportación obligatoria a la sociedad o
                                                        tendrá consideración de traslado de
     cooperativa, o la inversión necesaria para
                                                        residencia la salida al extranjero por tiempo
     iniciar la actividad como autónomo, en caso
                                                        no superior a 15 días naturales por una
     de trabajador que acredite discapacidad en
                                                        sola vez cada año y previa autorización.
     grado igual o superior al 33%.
     Igualmente, los trabajadores que                •	 Pasar a situación de maternidad o
     pretendan iniciar una actividad como               paternidad. Una vez finalizada esta
     autónomos que no estén afectados de                situación el interesado deberá en el
     discapacidad podrán recibir el abono de            plazo de los 15 días hábiles siguientes
     una sola vez del importe que corresponda           solicitar la reanudación de la prestación
     a la inversión necesaria con el límite             contributiva. A instancia del interesado
     máximo del 60% de la prestación de nivel           en el plazo de los 15 días siguientes a la
     contributivo pendiente de percibir. Dicho          finalización causa de suspensión.
     límite se eleva al 80% para hombres con
                                                     •	 Cumplimiento de condena que implique
     una edad de hasta 30 años y mujeres
                                                        privación de libertad, salvo que el
     hasta 35 años, ambos inclusive, en la
                                                        trabajador tenga cargas familiares y no
     fecha de solicitud del pago único.
                                                        disponga de renta familiar alguna, en
     En todos los casos, si se reconoce el              cuyo caso, continuará percibiendo la
     derecho por un importe inferior al total           prestación, previa solicitud del interesado.
     de la cuantía pendiente de percibir, el
     remanente se puede obtener a través de          •	 Realización de un trabajo por cuenta
     pagos parciales para subvencionar las              ajena de duración inferior a doce meses.
     cuotas del trabajador a la Seguridad Social.    •	 Realización de un trabajo por cuenta propia
     Asimismo, se puede optar por solicitar             de duración inferior a veinticuatro meses.
     únicamente el abono del importe total de la
                                                     	   Se considerará trabajo toda actividad,
     cuantía pendiente de percibir en la modalidad
                                                         que genere o pueda generar retribución
     de pagos parciales para subvencionar las
                                                         o ingresos económicos, por cuenta ajena
     cuotas a la Seguridad Social.
                                                         o propia, que sea incompatible con la
                                                         prestación.

      Suspensión de la prestación                    •	 Sanción de suspensión por in­ racción
                                                                                      f
                                                        leve o grave (ver «Infracciones y
                                                        sanciones»).
     La suspensión del derecho, supone la
     interrupción del abono de prestaciones              La suspensión por sanción, además
     económicas y de cotización a la Seguridad           de la interrupción en el abono de las
     Social.                                             prestaciones supondrá la reducción de
     Las causas que la motivan son:                      la duración de la prestación reconocida



14
por tiempo igual al de la suspensión         prestación correspondiente a los períodos
   producida.                                   de desempleo del mes.

•	 En los supuestos a los que se refiere        Asimismo, la Entidad Gestora podrá
   el art. 295 de la Ley de Procedimiento       admitir para los colectivos de trabajadores
   Laboral, mientras el trabajador continúe     fijos discontinuos y para los que tengan
   prestando sus servicios, o no los preste     su jornada ordinaria de trabajo reducida
   por voluntad del empresario, durante la      o suspendida su relación laboral en
   tramitación del recurso.                     virtud de Expediente de Regulación de
                                                Empleo, que la solicitud de alta inicial
•	 Desempeño de cargos públicos o               surta efecto de solicitud de reanudación
   sindicales retribuidos que supongan          por los períodos de inactividad dentro del
   dedicación exclusiva.                        mismo expediente o dentro de la misma
                                                actividad fija discontinua, en cuyo caso,
                                                la empresa, autorizada por el trabajador,
 Reanudación de la prestación                   deberá comunicar a la entidad gestora
                                                cada mes la correspondiente información
                                                sobre los períodos de actividad de los
En todos los casos de suspensión, salvo
                                                trabajadores incluidos en esta modalidad
por sanción, el trabajador debe solicitar
                                                de reanudación única.
la reanudación del derecho en la Oficina
del Servicio Público de Empleo que le
corresponda en la página https://sede.sepe.
gob.es en el plazo de los quince días hábiles    Extinción de la prestación
siguientes a la finalización de la causa de
suspensión y acreditar la situación legal de    El derecho a la prestación por desempleo se
desempleo.                                      extingue por las causas siguientes:
La reanudación supondrá el derecho a            •	 Agotamiento del período de duración de
percibir la prestación por desempleo               la prestación.
por el período que restase y con la base
                                                •	 Traslado de residencia al extranjero
reguladora y porcentaje de la misma
                                                   del trabajador, salvo en los casos de
que correspondiese en el momento de la
                                                   suspensión.
suspensión.
                                                •	 Fallecimiento del beneficiario. Pasar
En caso de sanción, el derecho se                  a ser pensionista por jubilación o de
reanudará con el porcentaje de la                  invalidez permanente (total, absoluta
prestación que corresponda teniendo en             o gran invalidez), pudiendo en caso de
cuenta el período percibido y el período de        incapacidad permanente total, optar por
sanción.                                           la prestación más favorable.
Los colectivos que dentro del mes tengan        •	 Realización de un trabajo por cuenta ajena,
diversos períodos de actividad e inactividad       de duración igual o superior a doce meses.
podrán presentar la solicitud agrupada
de las prestaciones correspondientes            •	 Realización de un trabajo por cuenta
al mes anterior a la fecha de la última            propia de duración igual o superior a 24
situación legal de desempleo; podrán               meses.
acogerse a una modalidad de tramitación         •	 Renuncia voluntaria al derecho.
simplificada y presentar en una única
solicitud mensual la reanudación de la

                                                                                                 15
•	 Cumplimiento por parte del beneficiario
                                                     Incompatibilidad de la prestación
        de la edad ordinaria para causar
        derecho a la pensión contributiva de
        jubilación, salvo que el trabajador         La percepción de la prestación por
        no tuviera acreditado el período de         desempleo es incompatible:
        cotización requerido para ello, o se        •	 Con el trabajo retribuido por cuenta
        trate de supuestos de suspensión de            ajena, a tiempo completo, en régimen
        relaciones laborales o reducción de            laboral o administrativo, o con
        jornadas autorizadas por resolución            situaciones asimiladas, que supongan
        administrativa.                                la inclusión en cualquier Régimen
     •	 Imposición de sanción de extinción             del sistema de la Seguridad Social
        por reincidencia en infracciones leves         aunque no tenga previsto cotizar por la
        o graves, o por la comisión de una             contingencia de desempleo, salvo cuando
        infracción grave o muy grave de las            esté establecida la compatibilidad en
        sancionadas con la extinción del derecho       algún programa de fomento de empleo.
        (ver «Infracciones y sanciones»).           •	 Con el trabajo por cuenta propia, con
                                                       independencia del número de horas
                                                       que se dediquen a la actividad y de
      Derecho de opción                                los resultados económicos obtenidos y
                                                       aunque su realización no implique la
                                                       inclusión obligatoria en alguno de los
     Cuando el derecho a la prestación se
                                                       regímenes de la Seguridad Social.
     extinga por realizar un trabajo por cuenta
     ajena de duración igual o superior a doce      •	 La incompatibilidad se entenderá
     meses y se reconozca una nueva prestación         referida tanto al trabajo efectivo como
     por desempleo, sin haber agotado la               a los períodos de vacaciones y de
     prestación anterior, el trabajador podrá          descanso retribuido.
     optar, por escrito y en el plazo de diez
     días desde el reconocimiento, entre reabrir    •	 Con actividades de investigación o
     el derecho inicial por el período que le          cooperación retribuidas, que supongan
     restaba y las bases, porcentajes y topes que      dedicación exclusiva.
     le correspondían, o percibir la prestación     •	 Con el ejercicio por elección o
     generada por las nuevas cotizaciones              designación de cargos públicos
     efectuadas. El derecho de opción también          o sindicales o altos cargos de la
     podrá ejercitarse en www.sepe.es                  Administración, retribuidos, que
     •	 Si el trabajador opta por la prestación        supongan dedicación exclusiva.
        anterior, las cotizaciones que generó       •	 Con la obtención de pensiones o
        la nueva prestación por la que no ha           prestaciones de carácter económico
        optado no podrán computarse para               de la Seguridad Social tanto de nivel
        el reconocimiento de un derecho                contributivo como no contributivo, salvo
        posterior.                                     que éstas hubieran sido compatibles
                                                       con el trabajo que originó la prestación
                                                       por desempleo o salvo que se trate de la
                                                       prestación por hijo a cargo.




16
•	 Con la activación de la reserva retribuida        sindicales retribuidos que supongan
   a la que se refiere el Real Decreto               dedicación parcial, sin perjuicio de la
   1691/2003, de 12 de diciembre, por el             deducción correspondiente en la cuantía
   que se aprueba el Reglamento de acceso y          de la prestación.
   régimen de los reservistas voluntarios.
•	 Con cualquier otra situación que implique
   el derecho a percepciones económicas de         Obligaciones de los trabajadores
   carácter público como sustitutivas de las
   retribuciones dejadas de percibir por el
   cese en la actividad, manteniéndose un         Son obligaciones de los trabajadores:
   vínculo administrativo o laboral.
                                                  •	 Proporcionar la documentación
                                                     e información necesaria para el
                                                     reconocimiento, suspensión, extinción o
 Compatibilidad de las prestaciones                  reanudación del derecho a la prestación
                                                     y comunicar a los Servicios Públicos de
La percepción de la prestación por                   Empleo autonómicos (SPE) y al Servicio
desempleo es compatible:                             Público de Empleo Estatal (SEPE),
                                                     el domicilio y, en su caso, el cambio
•	 Con el trabajo retribuido por cuenta ajena a
                                                     de domicilio facilitado a efectos de
   tiempo parcial, sin perjuicio del descuento
                                                     notificaciones, en el momento en que
   correspondiente en la cuantía de la
                                                     éste se produzca.
   prestación.
                                                  • Cuando no quede garantizada la
•	 Con la indemnización que proceda por             recepción de las comunicaciones en el
   extinción del contrato de trabajo.               domicilio, debe proporcionar a los SPE
•	 Con la pensión de jubilación parcial y con       y al SEPE los datos necesarios para
   las pensiones o las prestaciones de carácter     realizar la comunicación por medios
   económico de la Seguridad Social que             electrónicos.
   hubieran sido compatibles con el trabajo       •	 Suscribir y cumplir las exigencias
   que originó la prestación.                        del compromiso de actividad. Buscar
•	 Con las becas y ayudas que se obtengan            activamente empleo y participar en las
   por asistencia a acciones de formación            acciones de mejora de la ocupabilidad
   ocupacional o para realizar prácticas en          que se determinen, en su caso, dentro
   entidades públicas o privadas que formen          del itinerario de inserción. Sin perjuicio
   parte del plan de estudios y se produzcan         de acreditar la búsqueda activa de
   en el marco de colaboración entre dichas          empleo, la participación en acciones de
   entidades y el centro docente de que se           mejora de la ocupabilidad será voluntaria
   trate.                                            para los beneficiarios de prestaciones
                                                     contributivas, durante los 100 primeros
•	 Con la realización de trabajo de                  días de percepción.
   colaboración social.
                                                  • Solicitar la baja de las prestaciones
•	 Con las prestaciones de la Seguridad             por desempleo cuando se produzcan
   Social por hijo a cargo.                         situaciones de suspensión o extinción
•	 Con el ejercicio por elección o                  del derecho o se dejen de reunir los
   designación de cargos públicos o                 requisitos exigidos para su percepción.


                                                                                                  17
•	 Renovar la demanda de empleo en la           sin perjuicio de otras responsabilidades
        forma y fecha que se indiquen en la          en que se puede incurrir, en función de su
        tarjeta de demanda de empleo.                clasificación.

     •	 Comparecer o presentarse a                   Infracciones leves
        requerimiento de la Entidad Gestora
                                                     •	 No comparecer ante la Entidad Gestora,
        en la Oficina del Servicio Público de
                                                        la Oficina del Servicio Público de
        Empleo, la Agencia de Colocación
                                                        Empleo, la Agencia de Colocación sin
        sin fines lucrativos o las Entidades
                                                        fines lucrativos o la Entidad Asociada de
        Asociadas de los Servicios Integrados
                                                        los Servicios Integrados para el Empleo,
        para el Empleo, en el lugar y fecha que
                                                        a requerimiento de éstas, salvo causa
        se indiquen.
                                                        justificada.
     • Presentar la documentación
                                                     •	 No renovar la demanda de empleo en la
       acreditativa de la situación de
                                                        forma y fechas que se determinen en el
       incapacidad temporal o maternidad
                                                        documento de renovación de la demanda,
       en la oficina del Servicio Público de
                                                        salvo causa justificada.
       Empleo correspondiente, de producirse
       ésta durante la percepción de la              •	 No devolver a la Oficina del Servicio
       prestación.                                      Público de Empleo o, en su caso, a
                                                        la Agencia de Colocación sin fines
     •	 Devolver, en el plazo de cinco días a la
                                                        lucrativos, en el plazo de cinco días,
        Oficina del Servicio Público de Empleo
                                                        el correspondiente justificante de
        o, en su caso, a la Agencia de Colocación
                                                        haber comparecido en el lugar y fecha
        sin fines lucrativos, el correspondiente
                                                        indicados, para cubrir las ofertas de
        justificante de haber comparecido en
                                                        empleo facilitadas por aquéllas, salvo
        el lugar y fecha indicados para cubrir
                                                        causa justificada.
        las ofertas de empleo facilitadas por
        aquéllas.                                    •	 No cumplir las exigencias del compromiso
                                                        de actividad, salvo causa justificada,
     •	 Aceptar la colocación adecuada ofrecida         siempre que la conducta no esté tipificada
        por la Oficina del Servicio Público de          como otra infracción leve o grave.
        Empleo o por la Agencia de Colocación
        sin fines lucrativos, y participar en        Sanciones correspondientes:
        trabajos de colaboración social,             •	 Pérdida de la prestación durante un mes.
        programas de empleo, o en acciones de
                                                     En el caso de reincidencia, la segunda
        promoción, formación o reconversión
                                                     infracción se sancionará con la pérdida de
        profesionales.
                                                     la prestación durante tres meses, la tercera
     •	 Reintegrar las prestaciones                  infracción, con la pérdida de la prestación
        indebidamente percibidas.                    durante seis meses y la cuarta infracción
                                                     con la extinción del derecho a la prestación.


      Infracciones y sanciones de los                Infracciones graves
      trabajadores
                                                     •	 Rechazar una oferta de empleo
                                                        adecuada, o negarse a participar
     Las infracciones son acciones u omisiones          en trabajos de colaboración social,
     contrarias a las disposiciones que regulan la      programas de empleo, o en acciones de
     protección por desempleo, sancionándose,

18
promoción, formación y reconversión          Infracciones muy graves
   profesionales, salvo causa justificada.
                                                •	 Compatibilizar el percibo de la prestación
•	 No comunicar, salvo causa justificada,          con el trabajo por cuenta propia o
   las bajas en la prestación cuando se            ajena, salvo en el caso de trabajo a
   produzcan situaciones de suspensión             tiempo parcial en el que el trabajador
   o extinción del derecho o se dejen de           haya optado por seguir percibiendo la
   reunir los requisitos para su percepción,       prestación.
   cuando por cualquiera de dichas causas
   se haya percibido indebidamente la           •	 Obtener fraudulentamente prestaciones
   prestación.                                     indebidas o superiores a las que
                                                   correspondan.
Sanciones correspondientes:
                                                •	 La connivencia con el empresario para la
•	 Las infracciones mencionadas en
                                                   obtención indebida de las prestaciones por
   el primer guión del punto anterior
                                                   desempleo.
   se sancionarán con la pérdida de la
   prestación durante tres meses.               •	 La no aplicación o la desviación en
La reincidencia en una segunda infracción          la aplicación de las prestaciones
se sancionará con la pérdida de la prestación      por desempleo capitalizadas por los
durante seis meses, y la tercera infracción        trabajadores.
con la extinción del derecho a la prestación.   Sanciones correspondientes:
•	 La infracción contemplada en el segundo      •	 Extinción de la prestación.
   guión del punto anterior se sancionará
                                                •	 Reintegro, en su caso, de las cantidades
   directamente con la extinción del
                                                   indebidamente percibidas.
   derecho a la prestación.
                                                •	 Igualmente, se le podrá excluir del
En todos los supuestos de extinción de la
                                                   derecho a percibir cualquier prestación
prestación, se requerirá, en su caso, el
                                                   económica por desempleo y, en su caso,
reintegro de las cantidades indebidamente
                                                   ayuda de fomento de empleo durante un
percibidas.
                                                   año.




                                                                                                19
La prestación por desempleo de nivel contributivo para trabajadores eventuales
                incluidos en el Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social



     A partir del 1 de junio de 2002 se establece la obligación de cotizar por desempleo y la
     ampliación del ámbito de protección por esta contingencia a los trabajadores eventuales del
     Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.




      Beneficiarios                                    Duración

     Podrán ser beneficiarios de la prestación        La duración de la prestación por desempleo
     por desempleo del nivel contributivo los         estará en función de los períodos de ocupación
     trabajadores eventuales del Régimen Especial     cotizada en los seis años anteriores a la
     Agrario de la Seguridad Social que cumplan los   situación legal de desempleo o al momento en
     requisitos establecidos con carácter general.    que cesó la obligación de cotizar, con arreglo a
                                                      la escala general (ver tabla pág. 9).

      Período cotizado
                                                       Otras consideraciones
     A las cotizaciones realizadas como
     trabajador eventual agrario se podrán            •	 El agotamiento de la prestación
     acumular otras obtenidas bien como                  contributiva o las cotizaciones realizadas
     trabajador por cuenta ajena agrícola fijo, o        por un período inferior al exigido para
     como trabajador por cuenta ajena en otro            obtener la prestación contributiva, no
     Régimen de la Seguridad Social en el que            darán derecho al acceso al subsidio
     se cotice por desempleo.                            asistencial.
     Independientemente de la naturaleza del          •	 Si se reúnen los requisitos para el acceso
     trabajo en el que se haya cesado y por el que       a esta prestación y también los del
     se genera la situación legal de desempleo,          subsidio por desempleo para trabajadores
     si el mayor período cotizado corresponde a          eventuales del Régimen Especial Agrario
     períodos de ocupación cotizada diferentes           de Andalucía y Extremadura, se podrá
     del de eventual agrario, se reconocerá              optar por cualquiera de los dos derechos.
     la prestación por desempleo con las                 En lo no afectado por las especialidades
     características generales ya explicadas. Si el      antes mencionadas, se aplicará todo lo ya
     mayor período computado es del trabajo              establecido con carácter general.
     como eventual agrario, se aplicarán las
     especialidades contempladas en este punto.




20
Direcciones de Interés

  Direcciones Provinciales del Servicio Público de
                  Empleo Estatal

      Oficinas del Servicio Público de Empleo

         Direcciones Provinciales del ISM

Áreas de Trabajo y Asuntos Sociales o Dependencias
Provinciales del Área de Trabajo y Asuntos Sociales
       de las Subdelegaciones del Gobierno

Subdirección General de Información Administrativa

  C/ Agustín de Bethencourt, 4 - 28003 MADRID
             Teléfonos: 914 561 665

    La información general sobre las prestaciones
  y subsidios de desempleo, así como la referida a
        otras acciones del Servicio Público de
Empleo Estatal, puede obtenerse también a través de
          Internet, en la siguiente dirección:

                http://www.sepe.es
Para más información:
Servicio Público de Empleo Estatal
www.sepe.es
901 11 99 99




                   www.sepe.es
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Desempleo

  • 1. Prestaciones por desempleo Prestación por desempleo de nivel contributivo Protección por desempleo FEBRERO- 2013
  • 2. Este folleto divulgativo publicado dentro de la colección «La protección por el desempleo», recoge las principales características de la «Prestación por desempleo de nivel contributivo», como son: quiénes pueden ser beneficiarios, duración y cuantía de la prestación, causas de suspensión o de extinción y obligaciones que deben cumplir los beneficiarios, etc. Se incluye a la vez su tramitación (documentación a aportar, plazos de solicitud, lugar de presentación, etc.), todo ello destinado a que los ciudadanos conozcan, respecto a las prestaciones por desempleo, sus derechos y obligaciones.
  • 3. Catálogo de publicaciones de la Administración General del Estado http://publicacionesoficiales.boe.es Edición realizada por el Servicio Público de Empleo Estatal Subdirección General de Prestaciones por Desempleo Condesa de Venadito, 9. 28027 - Madrid NIPO 274 - 13 - 014 - 3 Esta información tiene carácter meramente divulgativo
  • 4. Í N D I C E • La protección por desempleo de nivel contributivo............................. 5   - Beneficiarios................................................................................... 6  - Contenido de la protección por desempleo......................................... 6   - Requisitos para acceder a la prestación............................................. 7   - Situación legal del desempleo........................................................... 7   - Duración de la prestación................................................................. 9   - Cuantía de la prestación................................................................... 10   - Cuantía mínima de la prestación....................................................... 11   - Cuantía máxima de la prestación....................................................... 11   - Cuantías máxi. y mín. en caso de pérdida de empleo a tiempo parcial.. 11   - Cotización a la Seguridad Social....................................................... 11   - Retenciones a efectuar por la Entidad Gestora.................................... 12   - Tramitación de la solicitud de prestación........................................... 12   - Documentación a presentar para el reconocimiento de la prestación..... 13   - Pago de la prestación....................................................................... 13   - Suspensión de la prestación............................................................. 14   - Reanudación de la prestación........................................................... 15   - Extinción de la prestación................................................................. 15   - Derecho de opción........................................................................... 16   - Incompatibilidades de la prestación................................................... 16   - Compatibilidad de las prestaciones.................................................... 17   - Obligaciones de los trabajadores....................................................... 17   - Infracciones y sanciones................................................................... 18 • La prestación por desempleo del nivel contributivo para trabaj. eventuales incluidos en el Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social............ 20   - Beneficiarios................................................................................... 20   - Período cotizado.............................................................................. 20   - Duración......................................................................................... 20   - Otras consideraciones....................................................................... 20 • Direcciones de interés...................................................................... 21
  • 5. La protección por desempleo de nivel contributivo Esta prestación protege la situación de desempleo de quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de 10 y un máximo de un 70 por ciento respectivamente. Para el acceso a la misma se requiere, además de cumplir los requisitos que más adelante se indican, la cotización previa del trabajador a la Seguridad Social por esta contingencia, dado que su financiación se efectúa por las cotizaciones de los trabajadores, empresarios y la aportación del Estado. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el Organismo Autónomo, dependiente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, encargado de la gestión y control de las prestaciones por desempleo. El Instituto Social de la Marina (ISM) realiza la gestión de las prestaciones por desempleo correspondientes a los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. 5
  • 6. Unión Europea ni al Espacio Económico Beneficiarios Europeo que residan legalmente en nuestro país, y que cumplan los requisitos Podrán ser beneficiarios de esta prestación legalmente exigidos, tendrán derecho a por desempleo, siempre que se encuentren en las prestaciones por desempleo de nivel alguna de las situaciones legales de desempleo contributivo siempre que estén inscritos establecidas, tengan el período mínimo de como demandantes de empleo. cotización exigido por esta contingencia y no • Los funcionarios de empleo y personal se encuentren en alguna de las situaciones contratado de colaboración temporal de incompatibilidad, los colectivos que a en régimen de derecho administrativo continuación se indican: al servicio de las Administraciones • Los trabajadores por cuenta ajena incluidos Públicas. en el Régimen General de la Seguridad • Los militares de Complemento y los Social, que coticen por la contingencia de militares profesionales de Tropa y desempleo. Marinería. • Los trabajadores por cuenta ajena • Los miembros de corporaciones locales incluidos en los Regímenes Especiales y de Juntas Generales de los Territorios de la Seguridad Social que protegen esta Históricos Forales, Cabildos Insulares contingencia de desempleo (trabajadores Canarios y Consejos Insulares de de la Minería del Carbón, trabajadores Baleares, que desempeñen dichos por cuenta ajena del Régimen Especial cargos con dedicación exclusiva o de los Trabajadores del Mar, trabajadores parcial y perciban una retribución por fijos por cuenta ajena del Sistema el desempeño del cargo. Especial para trabajadores por cuenta ajena agrario de la Seguridad Social, • Los cargos representativos que ejerzan y trabajadores eventuales por cuenta funciones de dirección de los sindicatos ajena del mismo Sistema. (Ver las constituidos al amparo de la Ley Orgánica especialidades de estos últimos en pág. 11/1985, de Libertad Sindical, que 20) ejerzan funciones sindicales de dirección con dedicación exclusiva o parcial • Los socios trabajadores de Cooperativas siempre que perciban una retribución. de Trabajo Asociado, y de Cooperativas de Explotación comunitaria de la tierra, • Los altos cargos de las Administraciones así como los socios de trabajo de otras Públicas que tengan dedicación cooperativas, incluidos en un Régimen exclusiva, estén retribuidos y no sean de la Seguridad Social que proteja esta funcionarios públicos ni tengan derecho contingencia. a percibir cualquier tipo de prestación compensatoria como consecuencia de su • Los penados que hubiesen sido liberados cese. de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional. Contenido de la protección por • Los trabajadores emigrantes retornados. desempleo • Los trabajadores extranjeros en España, nacionales de países que pertenecen a la Esta prestación por desempleo incluye: Unión Europea o al Espacio Económico • La prestación económica por desempleo Eueropeo o que no pertenecen a la total o parcial. 6
  • 7. • El abono de parte de la cotización a la jubilación, salvo que el trabajador Seguridad Social durante la percepción no tuviera derecho a ella por falta de la prestación por desempleo. de acreditación del período de La acción protectora comprenderá, cotización requerido para ello, o se además, acciones específicas de trate de supuestos de suspensión de formación, perfeccionamiento, orientación, la relación laboral o reducción de reconversión e inserción profesionales en jornada autorizados por Expediente de favor de los trabajadores desempleados, Regulación de Empleo (ERE). y aquellas otras que tengan por objeto el • No estar incluido en alguna de las causas fomento del empleo estable. de incompatibilidad (ver páginas 16 ). Requisitos para acceder a la prestación Situación legal de desempleo • Estar afiliado y en situación de alta Las solicitudes de prestación por desempleo o asimilada al alta en la Seguridad que correspondan a las situaciones Social, en un régimen que contemple la legales de desempleo que se indican a contingencia por desempleo. continuación, se acreditarán en el modelo • Estar en situación legal de desempleo normalizado de Certificado de Empresa, (ver situaciones legales de desempleo). donde deberá constar expresamente su También se ha de acreditar la causa y fecha de efectos y, en su caso, disponibilidad para buscar activamente deberá ir acompañado de la documentación empleo y para aceptar una colocación correspondiente. adecuada, mediante la suscripción de un a) Despido. compromiso de actividad. b) Despido por causas objetivas. • Tener cubierto un período mínimo de cotización por esta contingencia de 360 c) Cese por muerte del empresario. días, dentro de los seis años anteriores d) Cese por jubilación del empresario. a la situación legal de desempleo, o al momento en que cesó la obligación de e) Cese por Incapacidad del em­ resario. p cotizar. f) Extinción de la relación laboral • El incumplimiento por parte del autorizada en ERE, o por auto del Juez empresario de las obligaciones de (identificados con nº y fecha). Además afiliación, alta y cotización, no se deberá aportar por una sola vez la impide que el trabajador obtenga resolución del ERE o la Resolución su prestación por desempleo, y por del Juez adoptada en el seno de un ello la Entidad Gestora le abonará procedimiento concursal. las prestaciones sin perjuicio de las acciones que pueda adoptar g) Suspensión de la relación laboral contra la empresa infractora y la autorizada en ERE, o por auto del Juez responsabilidad que corresponda a (identificados con nº y fecha). ésta por las prestaciones reconocidas. Además deberá aportar por una sola vez • No haber cumplido la edad ordinaria la resolución del ERE o la Resolución que se exija en cada caso para causar del Juez adoptada en el seno de un derecho a la pensión contributiva de procedimiento concursal. 7
  • 8. h) Reducción de jornada autorizada en ERE involuntario y definitivo la dedicación (identificados con nº y fecha). exclusiva o parcial. Además deberá aportar por una sola vez u) Extinción o suspensión de la relación la resolución del ERE. laboral de víctimas de violencia de género, junto con la comunicación de i) Cese en período de prueba a instancia la fecha final de la suspensión y la del empresario. acreditación de la condición de víctima, j) Cese por voluntad del empresario en la con orden de protección o informe del relación laboral de alta dirección. Ministerio Fiscal, salvo cuando ya conste en el expediente. k) Fin del contrato temporal a instancia del empresario (identificando tipo y duración). v) Cese por declaración de invalidez permanente total del trabajador, junto l) Fin de la relación administrativa temporal con la Resolución del INSS en la que de funcionarios de empleo y contratados se reconoce la Incapacidad Permanente administrativos. Total, acompañada del informe de m) Expulsión del socio de la cooperativa por la Comisión de Valoración en el que acuerdo del Consejo Rector. conste que no se suspende el contrato de trabajo en base al art. 48.2 del n) Cese en período de prueba del socio Estatuto de los Trabajadores. de cooperativa por acuerdo del Consejo Rector. w) Extinción o suspensión temporal o reducción temporal de la jornada o) Traslado del centro de trabajo o de trabajo entre un mínimo de 10 y modificación sustancial de las condiciones un máximo de un 70 por ciento, de de trabajo. la relación societaria de los socios p) Fin o interrupción de la actividad de los trabajadores de las cooperativas, trabajadores fijos discontinuos, así como por causas económicas, tecnológicas de los trabajadores que realicen trabajos o de fuerza mayor, junto con la fijos y periódicos que se repiten en fechas documentación acreditativa de que ciertas. Además se acompañaría en este esas causas han sido debidamente caso de copia del contrato, y, en su caso, de constatadas por la Autoridad Laboral. la certificación del empresario. En cuanto a las situaciones legales de q) Finalización del vínculo societario de desempleo que no se acreditan con el duración determinada, fijado en el Certificado de Empresa, se indican las acuerdo de Admisión y en los estatutos de siguientes formas de acreditación: la cooperativa. a) Acta de conciliación administrativa r) Finalización o resolución involuntaria del o judicial en la que se reconozca la compromiso con las Fuerzas Armadas. improcedencia del despido o la expulsión improcedente de la cooperativa. s) Fin de actuación con finalización de contrato, en caso de artistas. b) Resolución judicial definitiva declarando la extinción de la relación laboral o la t) Cese involuntario y con carácter definitivo improcedencia del despido o acreditación en los correspondientes cargos públicos de que el empresario, o el trabajador, o sindicales, o cuando, aun manteniendo cuando sea representante legal de dicho cargo, se pierda con carácter los trabajadores, no han optado por 8
  • 9. la readmisión, o resolución judicial a la prestación por desempleo anterior, con definitiva que declare expresamente la arreglo a la siguiente escala: improcedencia de la expulsión del socio de la cooperativa. Período Período de cotización de prestación c) Acta de conciliación administrativa o (en días) (en días) judicial, o resolución judicial definitiva declarando extinguida la relación laboral Desde 360 hasta 539 120 por alguna de las causas previstas Desde 540 hasta 719 180 en el artículo 50 del Estatuto de los Desde 720 hasta 899 240 Trabajadores. Desde 900 hasta 1.079 300 d) Certificación del Director del Centro Desde 1.080 hasta 1.259 360 Penitenciario, en la que conste la Desde 1.260 hasta 1.439 420 excarcelación por cumplimiento de Desde 1.440 hasta 1.619 480 condena o libertad condicional así Desde 1.620 hasta 1.799 540 como las fechas de ingreso en prisión Desde 1.800 hasta 1.979 600 y de excarcelación, y el período de Desde 1.980 hasta 2.159 660 ocupación cotizada en su caso, durante la Desde 2.160 720 permanencia en la situación de privación de libertad. • Sólo se tendrán en cuenta las e) Certificación del Órgano Competente de cotizaciones que no hayan sido Emigración en la que conste en todo caso computadas para el reconocimiento la condición de emigrante retornado y de un derecho anterior, tanto de nivel la fecha del retorno, cuando el retorno contributivo como asistencial. No sea de países que no sean miembros obstante, no se considerará como de la Unión Europea o del Espacio derecho anterior el que se reconozca en Económico Europeo o con los que no virtud de la suspensión de la relación exista convenio sobre protección por laboral prevista en el caso de las víctimas desempleo. de violencia de género [artículo 45.1.n) del Estatuto de los Trabajadores]. f) En el caso de retorno de un país miembro de la Unión Europea el • No se computarán las cotizaciones formulario U1. Si retorna de Islandia, correspondientes al tiempo de abono de Noruega, Liechtenstein o Suiza el la prestación por desempleo que efectúe formulario E301. la Entidad Gestora o, en su caso, la empresa, excepto cuando la prestación se perciba en virtud de la suspensión de la relación laboral prevista en el caso Duración de la prestación de las víctimas de violencia de género [artículo 45.1.n) del Estatuto de los La duración de la prestación por desempleo Trabajadores]. estará en función de los períodos de ocupación cotizada en un régimen de • En este caso, la fecha final de la la Seguridad Social que proteja esta suspensión se decidirá por parte de la contingencia, en los seis años anteriores a la trabajadora, pudiendo ser inicialmente de situación legal de desempleo o al momento hasta seis meses. Transcurrido el tiempo en que cesó la obligación de cotizar o, en de suspensión inicial, podrá mantenerse su caso, desde el nacimiento del derecho la protección, siempre que el juez 9
  • 10. prorrogue la suspensión por períodos de momento en que cesó la obligación de tres meses, con un máximo de 18 meses cotizar, y se dividirán entre 180. y con el límite de la duración del derecho reconocido, a condición de que la La base reguladora diaria de los trabajadores trabajadora aporte nueva documentación que en los últimos 180 días precedentes acreditativa de dicha prórroga, sin que al día en que se haya producido la sea necesario volver a acreditar la orden situación legal de desempleo o al que de protección o, en su defecto, el informe cesó la obligación de cotizar, sólo tengan del Ministerio Fiscal. cotizaciones por jornadas reales trabajadas en el SEASS, será la base de cotización de La duración de la prestación por desempleo la última jornada real trabajada. de los emigrantes retornados o de los liberados de prisión se determinará en La base reguladora diaria de los función de los períodos de ocupación trabajadores que en los últimos 180 cotizada, correspondientes a los seis días, precedentes al día en que se haya años anteriores a la salida de España, o producido la situación legal de desempleo, al ingreso en prisión, respectivamente, o al del que cesó la obligación de cotizar, salvo cuando, los trabajadores tengan tengan cotizaciones por jornadas reales cotizaciones efectuadas en el extranjero o en el SEASS y en otros Regímenes, se en prisión, que sean computables para la calculará dividiendo por 180 la suma de obtención de la prestación. las bases de cotización por la contingencia de desempleo de ese número de días, y, Para el cálculo del período de ocupación para ello, la base de cotización de la última cotizada, se tendrán en cuenta los períodos jornada real realizada debe ser multiplicada de vacaciones anuales retribuidos y no y dividida por el número de jornadas reales disfrutados antes de la extinción de la relación incluidas en el período indicado. laboral, así como los correspondientes a los salarios de tramitación. Para determinar la base reguladora mensual se multiplicará por 30 la base reguladora Cuando las cotizaciones acreditadas diaria. correspondan a un trabajo a tiempo parcial o El importe mensual de la prestación por a trabajo efectivo en los casos de reducción desempleo es el 70% de la base reguladora de jornada, cada día trabajado se computará mensual de la prestación en los seis como día cotizado cualquiera que haya sido la primeros meses de derecho (180 días), duración de la jornada. pasando a ser el 50% a partir de dicho período. Cuantía de la prestación La prestación por desempleo parcial se determinará, según las reglas señaladas anteriormente, en proporción a la reducción de Estará en función de la base reguladora que la jornada de trabajo. tenga el trabajador. Para determinar la base reguladora diaria se sumarán las bases de Los importes de la prestación así calculados los últimos ciento ochenta días cotizados a en ningún caso podrán ser inferiores o la Seguridad Social, por la contingencia de superiores a los importes mínimos y máximos desempleo (Base de Accidentes de Trabajo establecidos para las prestaciones por y Enfermedades Profesionales), precedentes desempleo, en función de que el trabajador a la situación legal de desempleo o al tenga o no hijos a cargo. A estos efectos se entenderá que se tienen hijos a cargo cuando 10
  • 11. éstos sean menores de 26 años o mayores con • Al 225 % del IPREM, con 2 o más hijos una discapacidad en grado igual o superior a cargo. al 33%, carezcan de rentas de cualquier naturaleza iguales o superiores al salario mínimo interprofesional excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias y Cuantías máxima y mínima en caso de convivan con el beneficiario. pérdida de empleo a tiempo parcial La consideración del hijo común a cargo En caso de pérdida de un trabajo a tiempo del padre o de la madre no impedirá la parcial, los importes máximo y mínimo de la calificación como hijo a cargo del otro prestación se calcularán teniendo en cuenta progenitor. el Indicador Público de Rentas de Efectos Durante la percepción de la prestación por Múltiples (IPREM) en función de las horas desempleo, la cuantía máxima o mínima se trabajadas. adaptará al incremento o disminución de los hijos a cargo. Cotización a la Seguridad Social Cuantía mínima de la prestación Durante la percepción de la prestación por desempleo el trabajador permanecerá en En ningún caso la cuantía mensual de la alta en la Se­ u­idad Social y se efectuará g r prestación, calculada como se ha indicado la cotización por las contingencias comu­ en el apartado anterior, podrá ser inferior: nes (Protección a la Familia, Jubilación, In­va­li­dez Permanente, Muerte y Su­per­vi­ • Al 80% del Indicador Público de Renta vencia, Incapacidad Tem­ o­al, Maternidad, p r de Efectos Múltiples (IPREM) mensual, Asistencia Sanitaria y Farmacéutica). incrementado en 1/6 (parte proporcional de las pagas extraordinarias), cuando el La base de cotización será el promedio de las trabajador no tenga hijos a cargo. bases de cotización del trabajador por estas contingencias en los últimos seis meses de • Al 107% del IPREM mensual, ocupación. incrementado en 1/6 (parte proporcional El abono de la aportación empresarial lo de las pagas extraordinarias), cuando efectuará el Servicio Público de Empleo el trabajador tenga, al menos, un hijo a Estatal (SEPE) en su totalidad, y la cargo. aportación correspondiente al trabajador será íntegra a cargo de éste. En los supuestos de trabajadores fijos del Sistema Cuantía máxima de la prestación Especial Agrario de la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal El importe máximo de la prestación por (SEPE) abonará directamente al trabajador desempleo a percibir, calculado según el el 73,50% de la cuota correspondiente y número de hijos a cargo, en ningún caso, siendo por cuenta del trabajador, el 26,50% podrá ser superior: restante. • Al 175% del IPREM, sin hijos a cargo. En los supuestos de percepción de prestaciones por desempleo, por reducción • Al 200% del IPREM, con 1 hijo a cargo. de jornada o suspensión de contrato, 11
  • 12. motivada por Expediente de Regulación de o comunicaciones de baja u otras del Empleo, la empresa asumirá la aportación interesado y los Certificados de Empresa. empresarial y la aportación correspondiente En el momento de la solicitud, el trabajador al trabajador será íntegra a cargo de éste. deberá suscribir un compromiso de actividad. Retenciones a efectuar por la Entidad El Servicio Público de Empleo competente Gestora tendrá en cuenta la condición de víctima de violencia de género a efectos de atemperar, en caso necesario, el • A la cuantía de la prestación indicada cumplimiento de las obligaciones que se con anterioridad, se procederá por el deriven del compromiso suscrito. Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a efectuar las siguientes No realizar la inscripción o la solicitud retenciones: El 65% del importe de en el plazo fijado, salvo casos de fuerza la cotización a la Seguridad Social a mayor, supone la pérdida de tantos días efectuar por el trabajador. La cuota del de derecho a la prestación como medien trabajador es el resultado de aplicar el entre la fecha de nacimiento del derecho 4,7% (tipo de cotización a cargo del de haberse inscrito y solicitado en tiempo trabajador) a la base de cotización del y forma y la fecha en que, efectivamente, trabajador por contingencias comunes se formule la inscripción y la solicitud. (base media de los últimos seis meses En los supuestos de situación legal de por esta contingencia). desempleo por extinción de la relación • La retención a cuenta del Impuesto sobre laboral, el trabajador puede reclamar la Renta de las Personas Físicas. contra la decisión extintiva del empresario. En este caso, si no se hubiese inscrito y solicitado en el plazo antes mencionado, Tramitación de la solicitud de la tendría un nuevo plazo de quince días prestación para hacerlo, desde la fecha del acta de conciliación o providencia de opción por Los trabajadores desempleados deberán la indemnización, o, en su caso desde inscribirse como demandantes de empleo, la resolución judicial. En los supuestos y solicitar la prestación en la Oficina del en que el período que corresponde a Servicio Público de Empleo correspondiente las vacaciones anuales retribuidas no o en los registros de otras Administraciones, haya sido disfrutado con anterioridad a incluidas las de las Entidades locales la finalización de la relación laboral, la con las que exista convenio, o dirigiendo solicitud deberá presentarse en el plazo de a la Entidad Gestora los documentos o los quince días siguientes a la finalización datos correspondientes por correo o por de ese período, que debe constar en el procedimientos electrónicos, a través de Certificado de Empresa. la página https://sede.sepe.gob.es, en el El Servicio Público de Empleo Estatal plazo de quince días hábiles siguientes a la (SEPE) o el Instituto Social de la Marina situación legal de desempleo, o del retorno (ISM), debe dictar resolución en el plazo del extranjero o de la excarcelación. de los 15 días siguientes a la fecha de De la misma manera se podrán presentar las la solicitud y cursar la notificación en el reclamaciones, alegaciones, declaraciones 12
  • 13. plazo de 10 días a partir de la fecha de su considerándose documento válido para dictado. su acreditación. • Documentos acreditativos de la situación Documentación a presentar para el legal de desempleo: en el supuesto reconocimiento de la prestación de emigrante retornado (formulario E-301), si retorna de Noruega, Islandia, Liechtenstein o Suiza; el formulario Impreso de solicitud en modelo oficial que U1 si retorna de la Unión Europea y si incluye la solicitud de la prestación, el es liberado de prisión Certificación del compromiso de actividad, declaración de Director del Centro Penitenciario con la cargas familiares y domiciliación bancaria. fecha de ingreso y excarcelación. Documentos de identificación. Sólo se • Copia de los documentos oficiales de requiere su exhibición para el cotejo de los cotización o salarios, correspondientes datos identificativos del solicitante y de los a los 180 últimos días cotizados, si hijos que conviven o están a su cargo y que la empresa no estuviera integrada en figuran en la solicitud: el sistema de Remisión Electrónica • Españoles: Documento Nacional de de Documentos (RED) de la Tesorería Identidad (DNI). General de la Seguridad Social: Documento de afiliación. • Extranjeros residentes en Es­ aña: Tarjeta de p Identidad de Extranjeros (TIE), o documento identificativo en su país de origen si es nacional de un país perteneciente al Espacio Pago de la prestación Económico Europeo o Suiza. El Servicio Público de Empleo Estatal • En todo caso: El NIE (n.º de identidad de (SEPE) o el Instituto Social de la Marina, extranjeros). una vez hayan procedido al reconocimiento • Libro de familia o documento equivalente de la prestación, remitirán al domicilio del en el caso de extranjeros (Formulario solicitante la resolución adoptada, en la que E-302). se indicará, entre otros datos, el período reconocido, la base reguladora, la entidad • Certificado del grado de minusvalía pagadora, fecha de pago, etc. o Resolución de la condición de pensionista por incapacidad. El pago de la prestación se realizará por meses vencidos, mediante el abono en la • Resolución judicial o escrito de cuenta de la entidad financiera colaboradora formalización del acogimiento. indicada por el solicitante o perceptor, de la • Salvo que la empresa esté incorporada al que sea titular. sistema Certific@2, último Certificado de El derecho al percibo de cada mensualidad Empresa, en modelo normalizado, donde caducará al año de su respectivo vencimiento. se incorporará en los supuestos en que se acredite la situación legal de desempleo Pago único por comunicación, notificación escrita Existe la posibilidad de percibir el valor o certificación del empresario, de actual del importe total o parcial de la la Administración empleadora o de prestación contributiva, en los supuestos la Cooperativa, la causa y fecha, en los que el trabajador pretenda constituir 13
  • 14. o incorporarse como socio trabajador o • Traslado de residencia al extranjero por de trabajo en cooperativas o sociedades un período continuado inferior a doce laborales, o también cuando pretenda meses, para la búsqueda o realización de iniciar una actividad como trabajador trabajo, perfeccionamiento profesional o autónomo. cooperación internacional, sin perjuicio de la aplicación de lo previsto sobre la El importe de este pago único será, como exportación de las prestaciones en los máximo, la cuantía necesaria para cubrir convenios y normas comunitarios. No la aportación obligatoria a la sociedad o tendrá consideración de traslado de cooperativa, o la inversión necesaria para residencia la salida al extranjero por tiempo iniciar la actividad como autónomo, en caso no superior a 15 días naturales por una de trabajador que acredite discapacidad en sola vez cada año y previa autorización. grado igual o superior al 33%. Igualmente, los trabajadores que • Pasar a situación de maternidad o pretendan iniciar una actividad como paternidad. Una vez finalizada esta autónomos que no estén afectados de situación el interesado deberá en el discapacidad podrán recibir el abono de plazo de los 15 días hábiles siguientes una sola vez del importe que corresponda solicitar la reanudación de la prestación a la inversión necesaria con el límite contributiva. A instancia del interesado máximo del 60% de la prestación de nivel en el plazo de los 15 días siguientes a la contributivo pendiente de percibir. Dicho finalización causa de suspensión. límite se eleva al 80% para hombres con • Cumplimiento de condena que implique una edad de hasta 30 años y mujeres privación de libertad, salvo que el hasta 35 años, ambos inclusive, en la trabajador tenga cargas familiares y no fecha de solicitud del pago único. disponga de renta familiar alguna, en En todos los casos, si se reconoce el cuyo caso, continuará percibiendo la derecho por un importe inferior al total prestación, previa solicitud del interesado. de la cuantía pendiente de percibir, el remanente se puede obtener a través de • Realización de un trabajo por cuenta pagos parciales para subvencionar las ajena de duración inferior a doce meses. cuotas del trabajador a la Seguridad Social. • Realización de un trabajo por cuenta propia Asimismo, se puede optar por solicitar de duración inferior a veinticuatro meses. únicamente el abono del importe total de la Se considerará trabajo toda actividad, cuantía pendiente de percibir en la modalidad que genere o pueda generar retribución de pagos parciales para subvencionar las o ingresos económicos, por cuenta ajena cuotas a la Seguridad Social. o propia, que sea incompatible con la prestación. Suspensión de la prestación • Sanción de suspensión por in­ racción f leve o grave (ver «Infracciones y sanciones»). La suspensión del derecho, supone la interrupción del abono de prestaciones La suspensión por sanción, además económicas y de cotización a la Seguridad de la interrupción en el abono de las Social. prestaciones supondrá la reducción de Las causas que la motivan son: la duración de la prestación reconocida 14
  • 15. por tiempo igual al de la suspensión prestación correspondiente a los períodos producida. de desempleo del mes. • En los supuestos a los que se refiere Asimismo, la Entidad Gestora podrá el art. 295 de la Ley de Procedimiento admitir para los colectivos de trabajadores Laboral, mientras el trabajador continúe fijos discontinuos y para los que tengan prestando sus servicios, o no los preste su jornada ordinaria de trabajo reducida por voluntad del empresario, durante la o suspendida su relación laboral en tramitación del recurso. virtud de Expediente de Regulación de Empleo, que la solicitud de alta inicial • Desempeño de cargos públicos o surta efecto de solicitud de reanudación sindicales retribuidos que supongan por los períodos de inactividad dentro del dedicación exclusiva. mismo expediente o dentro de la misma actividad fija discontinua, en cuyo caso, la empresa, autorizada por el trabajador, Reanudación de la prestación deberá comunicar a la entidad gestora cada mes la correspondiente información sobre los períodos de actividad de los En todos los casos de suspensión, salvo trabajadores incluidos en esta modalidad por sanción, el trabajador debe solicitar de reanudación única. la reanudación del derecho en la Oficina del Servicio Público de Empleo que le corresponda en la página https://sede.sepe. gob.es en el plazo de los quince días hábiles Extinción de la prestación siguientes a la finalización de la causa de suspensión y acreditar la situación legal de El derecho a la prestación por desempleo se desempleo. extingue por las causas siguientes: La reanudación supondrá el derecho a • Agotamiento del período de duración de percibir la prestación por desempleo la prestación. por el período que restase y con la base • Traslado de residencia al extranjero reguladora y porcentaje de la misma del trabajador, salvo en los casos de que correspondiese en el momento de la suspensión. suspensión. • Fallecimiento del beneficiario. Pasar En caso de sanción, el derecho se a ser pensionista por jubilación o de reanudará con el porcentaje de la invalidez permanente (total, absoluta prestación que corresponda teniendo en o gran invalidez), pudiendo en caso de cuenta el período percibido y el período de incapacidad permanente total, optar por sanción. la prestación más favorable. Los colectivos que dentro del mes tengan • Realización de un trabajo por cuenta ajena, diversos períodos de actividad e inactividad de duración igual o superior a doce meses. podrán presentar la solicitud agrupada de las prestaciones correspondientes • Realización de un trabajo por cuenta al mes anterior a la fecha de la última propia de duración igual o superior a 24 situación legal de desempleo; podrán meses. acogerse a una modalidad de tramitación • Renuncia voluntaria al derecho. simplificada y presentar en una única solicitud mensual la reanudación de la 15
  • 16. • Cumplimiento por parte del beneficiario Incompatibilidad de la prestación de la edad ordinaria para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación, salvo que el trabajador La percepción de la prestación por no tuviera acreditado el período de desempleo es incompatible: cotización requerido para ello, o se • Con el trabajo retribuido por cuenta trate de supuestos de suspensión de ajena, a tiempo completo, en régimen relaciones laborales o reducción de laboral o administrativo, o con jornadas autorizadas por resolución situaciones asimiladas, que supongan administrativa. la inclusión en cualquier Régimen • Imposición de sanción de extinción del sistema de la Seguridad Social por reincidencia en infracciones leves aunque no tenga previsto cotizar por la o graves, o por la comisión de una contingencia de desempleo, salvo cuando infracción grave o muy grave de las esté establecida la compatibilidad en sancionadas con la extinción del derecho algún programa de fomento de empleo. (ver «Infracciones y sanciones»). • Con el trabajo por cuenta propia, con independencia del número de horas que se dediquen a la actividad y de Derecho de opción los resultados económicos obtenidos y aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los Cuando el derecho a la prestación se regímenes de la Seguridad Social. extinga por realizar un trabajo por cuenta ajena de duración igual o superior a doce • La incompatibilidad se entenderá meses y se reconozca una nueva prestación referida tanto al trabajo efectivo como por desempleo, sin haber agotado la a los períodos de vacaciones y de prestación anterior, el trabajador podrá descanso retribuido. optar, por escrito y en el plazo de diez días desde el reconocimiento, entre reabrir • Con actividades de investigación o el derecho inicial por el período que le cooperación retribuidas, que supongan restaba y las bases, porcentajes y topes que dedicación exclusiva. le correspondían, o percibir la prestación • Con el ejercicio por elección o generada por las nuevas cotizaciones designación de cargos públicos efectuadas. El derecho de opción también o sindicales o altos cargos de la podrá ejercitarse en www.sepe.es Administración, retribuidos, que • Si el trabajador opta por la prestación supongan dedicación exclusiva. anterior, las cotizaciones que generó • Con la obtención de pensiones o la nueva prestación por la que no ha prestaciones de carácter económico optado no podrán computarse para de la Seguridad Social tanto de nivel el reconocimiento de un derecho contributivo como no contributivo, salvo posterior. que éstas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación por desempleo o salvo que se trate de la prestación por hijo a cargo. 16
  • 17. • Con la activación de la reserva retribuida sindicales retribuidos que supongan a la que se refiere el Real Decreto dedicación parcial, sin perjuicio de la 1691/2003, de 12 de diciembre, por el deducción correspondiente en la cuantía que se aprueba el Reglamento de acceso y de la prestación. régimen de los reservistas voluntarios. • Con cualquier otra situación que implique el derecho a percepciones económicas de Obligaciones de los trabajadores carácter público como sustitutivas de las retribuciones dejadas de percibir por el cese en la actividad, manteniéndose un Son obligaciones de los trabajadores: vínculo administrativo o laboral. • Proporcionar la documentación e información necesaria para el reconocimiento, suspensión, extinción o Compatibilidad de las prestaciones reanudación del derecho a la prestación y comunicar a los Servicios Públicos de La percepción de la prestación por Empleo autonómicos (SPE) y al Servicio desempleo es compatible: Público de Empleo Estatal (SEPE), el domicilio y, en su caso, el cambio • Con el trabajo retribuido por cuenta ajena a de domicilio facilitado a efectos de tiempo parcial, sin perjuicio del descuento notificaciones, en el momento en que correspondiente en la cuantía de la éste se produzca. prestación. • Cuando no quede garantizada la • Con la indemnización que proceda por recepción de las comunicaciones en el extinción del contrato de trabajo. domicilio, debe proporcionar a los SPE • Con la pensión de jubilación parcial y con y al SEPE los datos necesarios para las pensiones o las prestaciones de carácter realizar la comunicación por medios económico de la Seguridad Social que electrónicos. hubieran sido compatibles con el trabajo • Suscribir y cumplir las exigencias que originó la prestación. del compromiso de actividad. Buscar • Con las becas y ayudas que se obtengan activamente empleo y participar en las por asistencia a acciones de formación acciones de mejora de la ocupabilidad ocupacional o para realizar prácticas en que se determinen, en su caso, dentro entidades públicas o privadas que formen del itinerario de inserción. Sin perjuicio parte del plan de estudios y se produzcan de acreditar la búsqueda activa de en el marco de colaboración entre dichas empleo, la participación en acciones de entidades y el centro docente de que se mejora de la ocupabilidad será voluntaria trate. para los beneficiarios de prestaciones contributivas, durante los 100 primeros • Con la realización de trabajo de días de percepción. colaboración social. • Solicitar la baja de las prestaciones • Con las prestaciones de la Seguridad por desempleo cuando se produzcan Social por hijo a cargo. situaciones de suspensión o extinción • Con el ejercicio por elección o del derecho o se dejen de reunir los designación de cargos públicos o requisitos exigidos para su percepción. 17
  • 18. • Renovar la demanda de empleo en la sin perjuicio de otras responsabilidades forma y fecha que se indiquen en la en que se puede incurrir, en función de su tarjeta de demanda de empleo. clasificación. • Comparecer o presentarse a Infracciones leves requerimiento de la Entidad Gestora • No comparecer ante la Entidad Gestora, en la Oficina del Servicio Público de la Oficina del Servicio Público de Empleo, la Agencia de Colocación Empleo, la Agencia de Colocación sin sin fines lucrativos o las Entidades fines lucrativos o la Entidad Asociada de Asociadas de los Servicios Integrados los Servicios Integrados para el Empleo, para el Empleo, en el lugar y fecha que a requerimiento de éstas, salvo causa se indiquen. justificada. • Presentar la documentación • No renovar la demanda de empleo en la acreditativa de la situación de forma y fechas que se determinen en el incapacidad temporal o maternidad documento de renovación de la demanda, en la oficina del Servicio Público de salvo causa justificada. Empleo correspondiente, de producirse ésta durante la percepción de la • No devolver a la Oficina del Servicio prestación. Público de Empleo o, en su caso, a la Agencia de Colocación sin fines • Devolver, en el plazo de cinco días a la lucrativos, en el plazo de cinco días, Oficina del Servicio Público de Empleo el correspondiente justificante de o, en su caso, a la Agencia de Colocación haber comparecido en el lugar y fecha sin fines lucrativos, el correspondiente indicados, para cubrir las ofertas de justificante de haber comparecido en empleo facilitadas por aquéllas, salvo el lugar y fecha indicados para cubrir causa justificada. las ofertas de empleo facilitadas por aquéllas. • No cumplir las exigencias del compromiso de actividad, salvo causa justificada, • Aceptar la colocación adecuada ofrecida siempre que la conducta no esté tipificada por la Oficina del Servicio Público de como otra infracción leve o grave. Empleo o por la Agencia de Colocación sin fines lucrativos, y participar en Sanciones correspondientes: trabajos de colaboración social, • Pérdida de la prestación durante un mes. programas de empleo, o en acciones de En el caso de reincidencia, la segunda promoción, formación o reconversión infracción se sancionará con la pérdida de profesionales. la prestación durante tres meses, la tercera • Reintegrar las prestaciones infracción, con la pérdida de la prestación indebidamente percibidas. durante seis meses y la cuarta infracción con la extinción del derecho a la prestación. Infracciones y sanciones de los Infracciones graves trabajadores • Rechazar una oferta de empleo adecuada, o negarse a participar Las infracciones son acciones u omisiones en trabajos de colaboración social, contrarias a las disposiciones que regulan la programas de empleo, o en acciones de protección por desempleo, sancionándose, 18
  • 19. promoción, formación y reconversión Infracciones muy graves profesionales, salvo causa justificada. • Compatibilizar el percibo de la prestación • No comunicar, salvo causa justificada, con el trabajo por cuenta propia o las bajas en la prestación cuando se ajena, salvo en el caso de trabajo a produzcan situaciones de suspensión tiempo parcial en el que el trabajador o extinción del derecho o se dejen de haya optado por seguir percibiendo la reunir los requisitos para su percepción, prestación. cuando por cualquiera de dichas causas se haya percibido indebidamente la • Obtener fraudulentamente prestaciones prestación. indebidas o superiores a las que correspondan. Sanciones correspondientes: • La connivencia con el empresario para la • Las infracciones mencionadas en obtención indebida de las prestaciones por el primer guión del punto anterior desempleo. se sancionarán con la pérdida de la prestación durante tres meses. • La no aplicación o la desviación en La reincidencia en una segunda infracción la aplicación de las prestaciones se sancionará con la pérdida de la prestación por desempleo capitalizadas por los durante seis meses, y la tercera infracción trabajadores. con la extinción del derecho a la prestación. Sanciones correspondientes: • La infracción contemplada en el segundo • Extinción de la prestación. guión del punto anterior se sancionará • Reintegro, en su caso, de las cantidades directamente con la extinción del indebidamente percibidas. derecho a la prestación. • Igualmente, se le podrá excluir del En todos los supuestos de extinción de la derecho a percibir cualquier prestación prestación, se requerirá, en su caso, el económica por desempleo y, en su caso, reintegro de las cantidades indebidamente ayuda de fomento de empleo durante un percibidas. año. 19
  • 20. La prestación por desempleo de nivel contributivo para trabajadores eventuales incluidos en el Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social A partir del 1 de junio de 2002 se establece la obligación de cotizar por desempleo y la ampliación del ámbito de protección por esta contingencia a los trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social. Beneficiarios Duración Podrán ser beneficiarios de la prestación La duración de la prestación por desempleo por desempleo del nivel contributivo los estará en función de los períodos de ocupación trabajadores eventuales del Régimen Especial cotizada en los seis años anteriores a la Agrario de la Seguridad Social que cumplan los situación legal de desempleo o al momento en requisitos establecidos con carácter general. que cesó la obligación de cotizar, con arreglo a la escala general (ver tabla pág. 9). Período cotizado Otras consideraciones A las cotizaciones realizadas como trabajador eventual agrario se podrán • El agotamiento de la prestación acumular otras obtenidas bien como contributiva o las cotizaciones realizadas trabajador por cuenta ajena agrícola fijo, o por un período inferior al exigido para como trabajador por cuenta ajena en otro obtener la prestación contributiva, no Régimen de la Seguridad Social en el que darán derecho al acceso al subsidio se cotice por desempleo. asistencial. Independientemente de la naturaleza del • Si se reúnen los requisitos para el acceso trabajo en el que se haya cesado y por el que a esta prestación y también los del se genera la situación legal de desempleo, subsidio por desempleo para trabajadores si el mayor período cotizado corresponde a eventuales del Régimen Especial Agrario períodos de ocupación cotizada diferentes de Andalucía y Extremadura, se podrá del de eventual agrario, se reconocerá optar por cualquiera de los dos derechos. la prestación por desempleo con las En lo no afectado por las especialidades características generales ya explicadas. Si el antes mencionadas, se aplicará todo lo ya mayor período computado es del trabajo establecido con carácter general. como eventual agrario, se aplicarán las especialidades contempladas en este punto. 20
  • 21. Direcciones de Interés Direcciones Provinciales del Servicio Público de Empleo Estatal Oficinas del Servicio Público de Empleo Direcciones Provinciales del ISM Áreas de Trabajo y Asuntos Sociales o Dependencias Provinciales del Área de Trabajo y Asuntos Sociales de las Subdelegaciones del Gobierno Subdirección General de Información Administrativa C/ Agustín de Bethencourt, 4 - 28003 MADRID Teléfonos: 914 561 665 La información general sobre las prestaciones y subsidios de desempleo, así como la referida a otras acciones del Servicio Público de Empleo Estatal, puede obtenerse también a través de Internet, en la siguiente dirección: http://www.sepe.es
  • 22. Para más información: Servicio Público de Empleo Estatal www.sepe.es 901 11 99 99 www.sepe.es Trabajamos para ti