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ASIGNATURA.- LEGISLACIÓN INFORMÁTICA.




 ACTIVIDAD I.- DERECHO INFORMÁTICO.




                                        ALUMNO.- ARTURO FERNANDO LÓPEZ RIVERA.


                                                        20 de Febrero de 2013.
INTRODUCCION.




   En la a c tua lid a d la te c no lo g ía d e la info rm a c ió n y c o m unic a c ió n s o n
    p a rte p rim o rd ia l e n la v id a d e l s e r hum a no , e n s u e nto rno la bo ra l,
    fa m ilia r, e s c o la r, e tc . Es p o r e llo q ue e s d e s um a im p o rta nc ia c re a r
    le y e s q ue re g ule n e l us o d e e s ta s , y a q ue inc ie rto e s , q ue e l De re c ho
    va y a a la p a r d e la e v o luc ió n d e la te c no lo g ía . El d e re c ho re g ula la
    c o nd uc ta d e l s e r hum a no e n la s o c ie d a d , p o r m e d io d e le y e s y
    no rm a s a p lic a ble s e n e l Pa ís , Es ta d o , M unic ip io y Co lo nia .

    Sie nd o q ue no p o d e m o s re g ula r lo q ue a un no e x is te , y a q ue e l
    d e re c ho no p ue d e s e r ta n c a m bia nte c o m o a la p a r d e la te c no lo g ía ,
    p e ro p o d e m o s a p lic a r s up le to ria m e nte p e na s , s a nc io ne s a l s e r
    hum a no p o r e l us o d e e s ta s m is m a s . A c o ntinua c ió n s e te m o s tra ra
    un e je m p lo d e c o m o p ue d e n s e r a p lic a ble s la s le y e s , a un no
    e x is tie nd o la s q ue re g ule n la te c no lo g ía d e la info rm a c ió n y
    c o m unic a c ió n e n M x ic o .
                             é
CASO DE ESTUDIO.




      Policía Federal detiene a presuntos relacionados con PI.




   Jueves 14 de Febrero del 2013.

    Elementos de la Policía Federal adscritos a la División Científica ubicaron y
    detuvieron en las inmediaciones de la delegación Coyoacán, a dos sujetos
    presuntamente vinculados con el delito de almacenamiento, distribución y
    transmisión de pornografía de menores a través de la red pública de Internet.

    Este aseguramiento fue resultado de los trabajos de inteligencia y de gabinete
    realizados por policías federales mediante el uso de tecnología de vanguardia
    para analizar, investigar, monitorear y detectar sitios cuyos contenidos constituyan
    algún delito.
CASO DE ESTUDIO.


Además, mediante el cruce de información con el Banco de Datos del Centro
Nacional de Niños Desaparecidos y Explotados de Estados Unidos, se pudo
identificar una cuenta de correo electrónico relacionada con distintos perfiles en
redes sociales, desde la cual eran distribuidos varios videos de pornografía
infantil.
Con estos datos, se informó al Agente del Ministerio Público de la Federación,
quien solicitó la colaboración de la Oficina de Investigaciones de Seguridad
Interna de Estados Unidos (HSI, por sus siglas en inglés), para ubicar al
administrador de esta cuenta.
Derivado de lo anterior, el representante social giró una orden de cateo en un
domicilio de la colonia Campestre Churubusco, donde tras implementar un
operativo fueron asegurados dos presuntos delincuentes de 25 y 32 años, en
posesión de dos computadoras portátiles, dos memorias de almacenamiento de
datos USB, un equipo de telefonía celular y una tableta electrónica.
Los detenidos, a quienes les fue leída la “Cartilla de los Derechos que Asisten a
las Personas en Detención” y los objetos asegurados fueron puestos a disposición
del Agente del Ministerio Público de la Federación, adscrito a la Fiscalía Especial
para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA),
quien dará seguimiento a las investigaciones correspondientes.
CASO DE ESTUDIO.




Esta acción es resultado de las operaciones de patrullaje que la Policía Federal
realiza a través de la División Científica, para detectar a delincuentes que cometen
fraudes, intrusiones y organizan actividades delictivas en la red, la cual en
coordinación con la División de Inteligencia, efectúa el análisis e investigación de
campo sobre las actividades de organizaciones locales e internacionales de
pedofilia, así como redes de prostitución infantil para lograr su desarticulación.




Fuente:
Comisión Nacional de Seguridad. Comunicado 045/2013.
http://blog.derecho-informatico.org/policia-federal-detiene-a-presuntos-
relacionados-con-pi/2013/02/14/
ALISIS DEL CASO DE ESTUDIO.


APLICACIÓN DEL DERECHO.


 Ejemplificando este caso de estudio en el Estado de México (que es donde radico)
 basándonos en el Código Penal Federal para el Estado de México y ya que en
 México aun no existe ley que regule los medios de comunicación, nos basaremos
 en el Código Penal Federal; podemos tipificar los delitos cometidos.

 Los delitos que podemos observar son los siguientes:

 Asociación Delictuosa.
 Código Penal para el Estado de México, articulo 214 fracción II.

 Corrupción de Menores.
 Código Penal Federal articulo 201 inciso f.

 Secuestro.
 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos articulo 73 fracción XXI.
 Código Penal Federal articulo 64, 178 Bis.
 Código Penal para el Estado de México, articulo 259.
ALISIS DEL CASO DE ESTUDIO.



Trata de Personas.
Código Penal Federal articulo 200, 201, 204, 205 Bis, 206, 206 Bis fracción I, II, III
y 209.
Código Penal para el Estado de México articulo 268 Bis, 268 Bis 1, fracción I, II y
III.

Privación Ilegal de la Libertad.
Código Penal Federal articulo 364, fracción I.

Pornografía Infantil.
Código Penal Federal articulo 202, 202 Bis, 203, 203 Bis.
Código Penal para el Estado de México articulo 206, fracción I, II, III, IV, articulo
207 fracción I, II, 208, 209, 209 Bis, 210.
REGULACION DE      LOS   MEDIOS
                                         ELECTRONICOS.



Hoy en día en el Estado de México no existe Código alguno que regule los medios
de comunicación y el uso de los mismos. La elaboración de algún Código es de
suma importancia no solo a nivel Estatal si no Nacional por la cantidad de delitos
que se comenten por el mal uso que se le da a estos dispositivos.

La única Ley que existe a nivel nacional que regular lo anterior es la Ley Federal
de Telecomunicaciones, la cual regula a los prestadores de servicio no así el uso
y/o fin que tenga dicho servicio.

Así mismo como se hace mención en la introducción es imposible que el derecho
vaya a la par de la tecnología ya que no puede ser tan cambiante, no obstante no
es imposible crear Leyes que regulen estos medios de comunicación.

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Actividad I.- Derecho Informatico

  • 1. ASIGNATURA.- LEGISLACIÓN INFORMÁTICA. ACTIVIDAD I.- DERECHO INFORMÁTICO. ALUMNO.- ARTURO FERNANDO LÓPEZ RIVERA. 20 de Febrero de 2013.
  • 2. INTRODUCCION.  En la a c tua lid a d la te c no lo g ía d e la info rm a c ió n y c o m unic a c ió n s o n p a rte p rim o rd ia l e n la v id a d e l s e r hum a no , e n s u e nto rno la bo ra l, fa m ilia r, e s c o la r, e tc . Es p o r e llo q ue e s d e s um a im p o rta nc ia c re a r le y e s q ue re g ule n e l us o d e e s ta s , y a q ue inc ie rto e s , q ue e l De re c ho va y a a la p a r d e la e v o luc ió n d e la te c no lo g ía . El d e re c ho re g ula la c o nd uc ta d e l s e r hum a no e n la s o c ie d a d , p o r m e d io d e le y e s y no rm a s a p lic a ble s e n e l Pa ís , Es ta d o , M unic ip io y Co lo nia . Sie nd o q ue no p o d e m o s re g ula r lo q ue a un no e x is te , y a q ue e l d e re c ho no p ue d e s e r ta n c a m bia nte c o m o a la p a r d e la te c no lo g ía , p e ro p o d e m o s a p lic a r s up le to ria m e nte p e na s , s a nc io ne s a l s e r hum a no p o r e l us o d e e s ta s m is m a s . A c o ntinua c ió n s e te m o s tra ra un e je m p lo d e c o m o p ue d e n s e r a p lic a ble s la s le y e s , a un no e x is tie nd o la s q ue re g ule n la te c no lo g ía d e la info rm a c ió n y c o m unic a c ió n e n M x ic o . é
  • 3. CASO DE ESTUDIO. Policía Federal detiene a presuntos relacionados con PI.  Jueves 14 de Febrero del 2013. Elementos de la Policía Federal adscritos a la División Científica ubicaron y detuvieron en las inmediaciones de la delegación Coyoacán, a dos sujetos presuntamente vinculados con el delito de almacenamiento, distribución y transmisión de pornografía de menores a través de la red pública de Internet. Este aseguramiento fue resultado de los trabajos de inteligencia y de gabinete realizados por policías federales mediante el uso de tecnología de vanguardia para analizar, investigar, monitorear y detectar sitios cuyos contenidos constituyan algún delito.
  • 4. CASO DE ESTUDIO. Además, mediante el cruce de información con el Banco de Datos del Centro Nacional de Niños Desaparecidos y Explotados de Estados Unidos, se pudo identificar una cuenta de correo electrónico relacionada con distintos perfiles en redes sociales, desde la cual eran distribuidos varios videos de pornografía infantil. Con estos datos, se informó al Agente del Ministerio Público de la Federación, quien solicitó la colaboración de la Oficina de Investigaciones de Seguridad Interna de Estados Unidos (HSI, por sus siglas en inglés), para ubicar al administrador de esta cuenta. Derivado de lo anterior, el representante social giró una orden de cateo en un domicilio de la colonia Campestre Churubusco, donde tras implementar un operativo fueron asegurados dos presuntos delincuentes de 25 y 32 años, en posesión de dos computadoras portátiles, dos memorias de almacenamiento de datos USB, un equipo de telefonía celular y una tableta electrónica. Los detenidos, a quienes les fue leída la “Cartilla de los Derechos que Asisten a las Personas en Detención” y los objetos asegurados fueron puestos a disposición del Agente del Ministerio Público de la Federación, adscrito a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA), quien dará seguimiento a las investigaciones correspondientes.
  • 5. CASO DE ESTUDIO. Esta acción es resultado de las operaciones de patrullaje que la Policía Federal realiza a través de la División Científica, para detectar a delincuentes que cometen fraudes, intrusiones y organizan actividades delictivas en la red, la cual en coordinación con la División de Inteligencia, efectúa el análisis e investigación de campo sobre las actividades de organizaciones locales e internacionales de pedofilia, así como redes de prostitución infantil para lograr su desarticulación. Fuente: Comisión Nacional de Seguridad. Comunicado 045/2013. http://blog.derecho-informatico.org/policia-federal-detiene-a-presuntos- relacionados-con-pi/2013/02/14/
  • 6. ALISIS DEL CASO DE ESTUDIO. APLICACIÓN DEL DERECHO. Ejemplificando este caso de estudio en el Estado de México (que es donde radico) basándonos en el Código Penal Federal para el Estado de México y ya que en México aun no existe ley que regule los medios de comunicación, nos basaremos en el Código Penal Federal; podemos tipificar los delitos cometidos. Los delitos que podemos observar son los siguientes: Asociación Delictuosa. Código Penal para el Estado de México, articulo 214 fracción II. Corrupción de Menores. Código Penal Federal articulo 201 inciso f. Secuestro. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos articulo 73 fracción XXI. Código Penal Federal articulo 64, 178 Bis. Código Penal para el Estado de México, articulo 259.
  • 7. ALISIS DEL CASO DE ESTUDIO. Trata de Personas. Código Penal Federal articulo 200, 201, 204, 205 Bis, 206, 206 Bis fracción I, II, III y 209. Código Penal para el Estado de México articulo 268 Bis, 268 Bis 1, fracción I, II y III. Privación Ilegal de la Libertad. Código Penal Federal articulo 364, fracción I. Pornografía Infantil. Código Penal Federal articulo 202, 202 Bis, 203, 203 Bis. Código Penal para el Estado de México articulo 206, fracción I, II, III, IV, articulo 207 fracción I, II, 208, 209, 209 Bis, 210.
  • 8. REGULACION DE LOS MEDIOS ELECTRONICOS. Hoy en día en el Estado de México no existe Código alguno que regule los medios de comunicación y el uso de los mismos. La elaboración de algún Código es de suma importancia no solo a nivel Estatal si no Nacional por la cantidad de delitos que se comenten por el mal uso que se le da a estos dispositivos. La única Ley que existe a nivel nacional que regular lo anterior es la Ley Federal de Telecomunicaciones, la cual regula a los prestadores de servicio no así el uso y/o fin que tenga dicho servicio. Así mismo como se hace mención en la introducción es imposible que el derecho vaya a la par de la tecnología ya que no puede ser tan cambiante, no obstante no es imposible crear Leyes que regulen estos medios de comunicación.