3. 1. Según Ríos, ¿qué es comunicación y cuál es su
trascendencia?
La comunicación es la exteriorización del pensamiento del
hombre dentro de su esfera personal, mediante un proceso de
transmisión, a través de un canal a otra persona con el fin de
ejercer en este última cierta interacción o producir en él algún
estímulo. Asimismo, Ríos refiere que la comunicación es la
transmisión de información, ideas, emociones, habilidades,
etcétera, mediante símbolos: palabras, imágenes, cifras,
gráficos, entre otros.
Siendo así, su trascendencia radicaría en que si no hubiera
tal, no existirían los grupos humanos; pero esto último no se
manifiesta sino a partir de actos visibles, actos de
comunicación, reveladores indispensables de la existencia de
elementos comunes entre seres.
4. 2. ¿Cuáles son las tres funciones principales del lenguaje?
Las 3 funciones principales del lenguaje son:
a) Ser el vehículo primario para la
comunicación;
b) Reflejar simultáneamente la personalidad del
individuo y la cultura de su sociedad.
Contribuye a su vez a plasmar tanto la
sociedad como la cultura.
c) Hacer posible el crecimiento y la transmisión
de la cultura, la continuidad de las sociedades
y el funcionamiento y control efectivo de los
grupos sociales.
5. 3. ¿Qué es la semiótica? ¿En qué áreas la divide Morris?
La semiótica es la ciencia que se encarga del estudio de
los signos.
Morris la divide en 3 áreas:
a) La pragmática, que es la relación entre
signos y sus efectos sobre quienes hacen uso
de ellos.
b) La sintaxis, que es la que se ocupa de la
relación de los signos entre sí.
c) La semántica, que se ocupa del significado de
los mensajes.
6. 4. ¿Cuál es la relación entre la Informática Jurídica y el
Derecho?
La relación entre Derecho e Informática tiene dos
líneas de investigación: los aspectos normativos del
uso de la Informática, desarrollados por el Derecho
Informático, y la aplicación de la informática en el
tratamiento de la información jurídica conocida
como Informática Jurídica. En el primer caso se trata
de la regulación del derecho a las tecnologías y en el
segundo, de las tecnologías al servicio del jurista.
7. 5. ¿Cuál es la importancia de la información desde el punto
de vista jurídico?
Partiendo de que es un derecho fundamental
reconocido por la doctrina, la legislación y la
jurisprudencia denominado derecho a la
información. Es importante, ya que por medio del
cual se garantiza que el gobernado esté debidamente
enterado de los diversos procesos o factores de
diversa índole –social, político, o económico- que se
realicen en la sociedad y que afecten o no a la misma.
8. 6. ¿En qué consiste la Informática Jurídica Documental?
Consiste en la aplicación de técnicas informáticas a la
documentación jurídica en los aspectos sobre el
análisis, archivo y recuperación de información
contenida en la legislación, jurisprudencia, doctrina
o cualquier otro documento con contenido jurídico
relevante.
9. 7. Señale la utilidad de la Informática Jurídica de
Gestión. De un Ejemplo práctico.
La utilidad de la Informática Jurídica de Gestión se basa en llevar
el seguimiento de trámites y procesos con el objeto de mantener
actualizada la información y llevar un buen control de la misma.
La aplicación más evidente de la Informática Jurídica de Gestión,
sería a través de la Gestión Judicial, esta aplicación lo podemos
encontrar mediante la Web del Poder Judicial (http://www.pj.gob.pe/)
donde podemos realizar consultas del trámite de las demandas.
Cuando una persona presenta una demanda ante la Corte Superior
de Justicia de Tacna presenta un escrito, el cual es registrado a
través del sistema en la base de datos. Después cualquier abogado,
demandado o demandante puede consultar el estado de trámite de
esa demanda a través de la página Web.
10. 8. ¿En qué consiste la informática Jurídica
metadocumental?
Consiste en una gran variedad de esfuerzos y
proyectos que intentan obtener de las aplicaciones de
la informática al derecho, resultados que vayan más
allá de la recuperación y reproducción de
información (documental o no), con la pretensión de
que la máquina resuelva por sí misma problemas
jurídicos, o al menos auxilie a hacerlo, y contribuya
al avance de la teoría jurídica.
11. 9. ¿En qué consiste la Heurística y cuál es su relación
con la Informática Jurídica?
La heurística –encuentro o búsqueda- mediante su
método, consiste en, paso a paso decidiendo tras cada uno
de ellos la estrategia que conviene aplicar para dar el
siguiente, y así sucesivamente.
Su relación con la Informática Jurídica parte de que la
mayoría de los sistemas expertos legales se apoyan en
ella, que por medio de este método van introduciendo a
los usuarios (que casi siempre desconocen las reglas
jurídicas) al campo de la normatividad jurídica
relacionándolos con los hechos que se dan en un caso
específico.
12. 10. ¿En qué consiste la Teoría General de Sistemas
aplicada al derecho?
La Teoría General de Sistemas aplicada al derecho
consiste pues en delinear sus componentes y su
interrelación con el derecho mismo, es decir, en un
caso jurídico, proceso, asunto de derecho, etc., así
como también definir sus objetivos, especificar las
señales de entrada y de salida y el procesado de la
información jurídica en la computadora; y por
último diseñar el conjunto de subsistemas
especializados y operativos de jerarquía del sistema,
todo esto referido al derecho o a las ciencias
jurídicas.
13. 11. ¿De qué trataba la Jurimetría?
Es pues, el americano Lee Loevinger, quien introdujo
los ordenadores electrónicos en la aplicación de la
legislación antimonopolista: con esta actividad se
inicia la aplicación de los ordenadores en el derecho,
y le llama Jurimetría porque aplica criterios
cuantitativos al derecho. Aunque no determinó su
objeto mediante una definición.
14. 12. ¿Por qué se dice que la Teoría General del Control
es esencial para la Cibernética?
La Teoría General del Control es esencial para la
cibernética porque esta surge de la necesidad del dominio
de la máquina y se refiere al poder de gobernar y de
informar, mientras que la TGC tiene el conocimiento de
los datos suficientes para dirigir aquellos fenómenos
ocurridos en la naturaleza, o en la sociedad y el
comportamiento humano de forma matemática en una
máquina (servomecanismo). Entonces la Teoría General
de Control va a ayudar a que la cibernética pueda cumplir
con su función de gobernar, de informar, mediante la
máquina, a aquellos sucesos ocurridos, sean referidos a
un caso de derecho, etc., por lo que aquí se da lo que se
llama retroacción.