El documento presenta la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 de la Revolución Francesa. Luego, presenta la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana de 1791 escrita por Olympe de Gouges en respuesta, que exige igualdad de derechos para las mujeres. Finalmente, brinda contexto sobre Olympe de Gouges, una revolucionaria francesa que escribió la declaración para las mujeres y luchó por los derechos de la mujer.
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
1. Año 2, No. 5 Suplemento de la 5º edición Julio de 2003
“Mens agitat molem”**
Declaración de los derechos del
hombre y del ciudadano
Francia, 26 de agosto de 1789
L os representantes del pueblo francés, constituidos
en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, el
olvido o el desprecio de los Derechos del Hombre son las
únicas causas de las desgracias públicas y de la corrupción de
los gobernantes, han resuelto exponer, en una declaración
solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados del
hombre, para que esta declaración esté presente
constantemente en todos los miembros del cuerpo social y les
recuerde sus derechos y sus deberes; para que los actos del
poder legislativo y ejecutivo, al poder ser comparados en
cualquier momento con la finalidad de toda institución
política, sean más respetados; para que las reclamaciones de
los ciudadanos, fundadas en adelante en principios simples e
indiscutibles, contribuya siempre al mantenimiento de la
Constitución y el bienestar de todos.
En consecuencia, la Asamblea Nacional reconoce y
declara en presencia y bajo los auspicios del Ser Supremo los
siguientes Derechos del Hombre y del Ciudadano.
Artículo 1º - Los hombres nacen y permanecen libres
e iguales en derechos. Las diferencias sociales no pueden tener
otro fundamento que la utilidad común.
Artículo 2º - El fin de toda asociación política es el
mantenimiento de los derechos naturales e imprescriptibles del
hombre. Estos derechos son la libertad, la propiedad, la
seguridad y la resistencia a la opresión.
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2. Artículo 3º - El principio de toda soberanía severamente todo rigor que no resultare necesario para
reside esencialmente en la Nación. Ningún organismo asegurar su arresto.
ni individuo puede ejercer una autoridad que no emane Artículo 10º - Nadie debe ser perseguido por
expresamente de ella. sus opiniones, incluso religiosas, en la medida en que
Artículo 4º - La libertad consiste en poder sus manifestaciones no alteren el orden público
hacer todo aquello que no perjudique a los demás. Así establecido por la ley.
pues, el ejercicio de los derechos naturales de cada Artículo 11º - La libre comunicación de
hombre no tiene otra limitación que aquella que pensamientos y opiniones es uno de los derechos más
garantice el ejercicio de iguales derechos al resto de los valiosos del hombre. Por consiguiente, todo ciudadano
miembros de la sociedad. Sólo la ley puede establecer puede hablar, escribir e imprimir libremente,
estas limitaciones. haciéndose responsable de los abusos de esa libertad en
Artículo 5º - La ley sólo puede prohibir las los casos previstos por la ley.
acciones perjudiciales para la sociedad. Todo lo que no Artículo 12º - Para garantizar los derechos del
esté prohibido por la ley no puede ser impedido y nadie hombre y del ciudadano es necesaria la fuerza pública.
está obligado a hacer lo que la ley no ordena. Por consiguiente, se ha instituido esta fuerza en
Artículo 6º - La ley es la expresión de la beneficio de todos y no para la utilidad particular de
voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho aquellos a quienes se la confía.
a participar en su elaboración, personalmente o por Artículo 13º - Para mantener esta fuerza
medio de sus representantes. La ley debe ser igual para pública y para los gastos de administración, es
todos, tanto para proteger como para castigar. Puesto indispensable establecer una contribución común que
que todos los ciudadanos son iguales ante la ley, cada debe distribuirse equitativamente entre los ciudadanos,
cual puede aspirar a todas las dignidades, puestos y de acuerdo a sus posibilidades.
cargos públicos, según su capacidad y sin más Artículo 14º - Los ciudadanos tienen derecho a
distinción que la de sus virtudes y talentos. verificar por sí mismos o a través de sus representantes
Artículo 7º - Nadie puede ser acusado, la necesidad de la contribución pública, de consentirla
detenido ni encarcelado fuera de los casos libremente, de controlar su empleo y determinar las
determinados por la ley y de acuerdo a las formas por cuotas, la base tributaria, la recaudación y la duración
ella prescritas. Serán castigados quienes soliciten, de dicha contribución.
ejecuten o hagan ejecutar órdenes arbitrarias. Todo Artículo 15º - La sociedad tiene derecho a
ciudadano convocado o requerido en virtud de la ley exigir a todo agente público que le rinda cuentas de su
debe obedecer al instante; de no hacerlo, sería culpable administración.
de resistir a la ley. Artículo 16º - La sociedad en donde no estén
Artículo 8º - La ley no debe establecer más garantizados los derechos ni esté establecida la
penas que las estricta y evidentemente necesarias, y separación de los poderes, carece de Constitución.
nadie puede ser castigado si no es en virtud de una ley Artículo 17º - La propiedad es un derecho
establecida y promulgada con anterioridad al delito, y inviolable y sagrado del que nadie puede ser privado,
aplicada legalmente. excepto si la necesidad pública, legalmente establecida,
Artículo 9º - Todo hombre será considerado lo exige claramente y con la condición de una justa y
inocente hasta que haya sido declarado culpable. Si se previa indemnización
juzga indispensable detenerlo, la ley reprimirá
.
Declaración de los Derechos de la el desprecio de Tos derechos de la mujer son las únicas
causas de los males públicos y de la corrupción de 105
Mujer y de la Ciudadana gobiernos, han resuelto exponer en una declaración
Olimpia de Gouges, 1791* solemne, los derechos naturales, inalienables y
sagrados de la mujer a fin de que esta declaración,
[Para ser decretados por la Asamblea nacional en sus constantemente presente para todos los miembros del
ultimas sesiones o en la próxima legislatura.] cuerpo social les recuerde sin cesar sus derechos y sus
PREÁMBULO deberes, a fin de que los actos del poder de las mujeres
y los del poder de los hombres puedan ser, en todo
L as madres, hijas, hermanas, representantes instante, comparados con el objetivo de toda institución
de la nación, piden que se Tas constituya en asamblea política y sean más respetados por ella, a fin de que las
nacional. Por considerar que la ignorancia, el olvido o reclamaciones de las ciudadanas, fundadas a partir de
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ahora en principios simples e indiscutibles, se dirijan La Ley sólo debe establecer penas estricta y
siempre al mantenimiento de la constitución, de las evidentemente necesarias y nadie puede ser castigado
buenas costumbres y de la felicidad de todos. más que en virtud de una Ley establecida y promulgada
En consecuencia, el sexo superior tanto en anteriormente al delito y legalmente aplicada a las
belleza como en coraje, en los sufrimientos maternos, mujeres.
reconoce y declara, en presencia y bajo 105 auspicios IX
del Ser supremo, los Derechos siguientes de la Mujer y Sobre toda mujer que haya sido declarada
de la Ciudadana. culpable caerá todo el rigor de la Ley.
X
Nadie debe ser molestado por sus opiniones
ARTÍCULO PRIMERO incluso fundamentales; la mujer tiene el derecho de
La mujer nace libre y permanece igual al subir al cadalso; debe tener también igualmente el de
hombre en derechos, Las distinciones sociales sólo subir a la Tribuna con tal que sus manifestaciones no
pueden estar fundadas en la utilidad común. alteren el orden público establecido por la Ley.
II XI
El objetivo de toda asociación política es la La libre comunicación de los pensamientos y
conservación de los derechos naturales e de las opiniones es uno de los derechos más preciosos
imprescriptibles de la Mujer y del Hombre; estos de la mujer, puesto que esta libertad asegura la
derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y, legitimidad de los padres con relación a los hijos. Toda
sobre todo, la resistencia a la opresión. ciudadana puede, pues, decir libremente, soy madre de
III un hijo que os pertenece sin que un prejuicio bárbaro la
El principio de toda soberanía reside fuerce a disimular la verdad; con la salvedad de
esencialmente en la Nación que no es más que la responder por el abuso de esta libertad en los casos
reunión de la Mujer y el Hombre: ningún. cuerpo, determinados por la Ley.
ningún individuo, puede ejercer autoridad que no XII
emane de ellos. La garantía de los derechos de la mujer y de la
IV ciudadana implica una utilidad mayor; esta garantía
La libertad y la justicia consisten en devolver debe ser instituida para ventaja de todos y no para
todo lo que pertenece a los otros; así, el ejercicio de los utilidad particular de aquellas a quienes es confiada.
derechos naturales de la mujer sólo tiene por límites la XIII
tiranía perpetua que el hombre le opone; estos límites Para el mantenimiento de la fuerza pública y
deben ser corregidos por las leyes de la naturaleza y de para los gastos de administración, las contribuciones de
la razón. la mujer y del hombre son las mismas; ella participa en
V todas las prestaciones personales, en todas las tareas
Las leyes de la naturaleza y de la razón penosas, por lo tanto, debe participar en la distribución
prohiben todas las acciones perjudiciales para la de los puestos, empleos, cargos, dignidades y otras
Sociedad: todo lo que no esté prohibido por estas leyes, actividades.
prudentes y divinas, no puede ser impedido y nadie XIV
puede ser obligado a hacer lo que ellas no ordenan. Las Ciudadanas y Ciudadanos tienen el
VI derecho de comprobar, por sí mismos o por medio de
La ley debe ser la expresión de la voluntad sus representantes, la necesidad de la contribución
general; todas las Ciudadanas y Ciudadanos deben pública. Las Ciudadanas únicamente pueden aprobarla
participar en su formación personalmente o por medio si se admite un reparto igual, no sólo en la fortuna sino
de sus representantes. Debe ser la misma para todos; también en la administración pública, y si determinan
todas las ciudadanas y todos los ciudadanos, por ser la cuota, la base tributaria, la recaudación y la duración
iguales a sus ojos, deben ser igualmente admisibles a del impuesto.
todas las dignidades, puestos y empleos públicos, XV
según sus capacidades y sin más distinción que Ja de La masa de las mujeres, agrupada con la de los
sus virtudes y sus talentos. hombres para la contribución, tiene el derecho de pedir
VII cuentas de su administración a todo agente público.
Ninguna mujer se halla eximida de ser XVI
acusada, detenida y encarcelada en los casos Toda sociedad en la que la garantía de los
determinados por la Ley. Las mujeres obedecen como derechos no esté asegurada, ni la separación de los
los hombres a esta Ley rigurosa. poderes determinada, no tiene constitución; la
VIII constitución es nula si la mayoría de los individuos que
componen la Nación no ha cooperado en su redacción.
“Mens agitat molem”
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XVII mentiras. La antorcha de la verdad ha disipado todas
Las propiedades pertenecen a todos los sexos las nubes de la necedad y la usurpación. El hombre
reunidos o separados; son, para cada uno, un derecho esclavo ha redoblado sus fuerzas y ha necesitado apelar
inviolable y sagrado; nadie puede ser privado de ella a las tuyas para romper sus cadenas. Pero una vez en
como verdadero patrimonio de la naturaleza a no ser libertad, ha sido injusto con su compañera. ;Oh,
que la necesidad pública, legalmente constatada, lo mujeres! ¡Mujeres! ¿Cuando dejaréis de estar ciegas?
exija de manera evidente y bajo la condición de una ¿Qué ventajas habéis obtenido de la revolución? Un
justa y previa indemnización. desprecio más marcado, un desdén más visible. [...]
Cualesquiera sean los obstáculos que os opongan,
podéis superarlos; os basta con desearlo.
EPÍLOGO
Mujer, despierta; el rebato de la razón se hace
oír en todo el universo; reconoce tus derechos. El
potente imperio de la naturaleza ha dejado de estar
rodeado de prejuicios, fanatismo, superstición y
ciudadanas, es un ejemplo de la consecuencia práctica
Olimpia de Gouges de la construcción androcéntrica de los Derechos.
Revolucionaria francesa En este sentido, es legítimo preguntarnos por
(Montauban, 1748-París, 1793) qué si en teoría los Derechos Humanos son intrínsecos
al "ser" humano, los derechos de las mujeres y de otros
sectores de la sociedad eran entonces y son aún
Su nombre verdadero era Marie percibidos, tanto por los hombres como por las
mujeres, como otro tipo o clase de derechos, distintos y
Gouze. Gouges, considerada una en otra categoría que los derechos contemplados dentro
de las precursoras del feminismo, del conjunto de los derechos humanos.
escribió numerosas obras teatrales, además de novelas La comprensión de la condición femenina no
y opúsculos político-sociales, y dirigió el periódico L' avanzo mayormente con el desarrollo del capitalismo,
Impatient. Fundó la Société populaire de femmes, y en pues si bien Condorcet apunta a señalar su raíz social al
1791 redactó, en respuesta a la Declaración de los decir: “Se ha dicho que las mujeres (...)carecían del
Derechos del Hombre y el Ciudadano (1789), la sentimiento de justicia, y que obedecían antes a su
Declaración de los Derechos de la Mujer y de la sentimiento que a su conciencia (...)esa diferencia ha
Ciudadana, en la que Gouges reivindicaba la igualdad sido causada por la educación y la existencia social, no
de derechos de las mujeres. Adversaria de Robespierre, por la naturaleza”; y el gran materialista Diderot
publicó la carta Pronostic de Monsieur Robespierre escribía: “Os compadezco mujeres y en todas las
pour un animal amphibie, por la que fue acusada de de costumbres la crueldad de las leyes civiles se ha unido
intrigas sediciosas y guillotinada. a la crueldad de la naturaleza en contra de las mujeres.
En este sentido, es necesario conocer y Han sido tratadas como seres imbéciles”; Rousseau,
recordar que la revolución francesa dio pautas para un avanzado ideólogo de la revolución francesa dijo:
nuevo sistema, proclamó la igualdad, la libertad y la “Toda la educación de las mujeres debe ser relativa a
fraternidad como los pilares fundamentales del nuevo los hombres (... ) La mujer esta hecha para ceder al
orden constituido o que estaban por constituirse. Se hombre y soportar sus injusticias “.
dictó la ¨Declaración de los Derechos del Hombre y del Así vemos cómo a través del tiempo las clases
Ciudadano¨ (1791). Sin embargo, Olimpia de Gouges, explotadoras han predicado la naturaleza femenina
militante y protagonista de la revolución fue deficitaria. Sustentándose en concepciones idealistas
guillotinada por sus compañeros de lucha por publicar han reiterado la existencia de una naturaleza femenina
la ¨Declaraciòn sobre los Derechos de la Mujer¨. En independiente de las condiciones sociales, ésta no es
1793, después de su muerte, se prohibía toda clase de sino parte de la tesis anticientífica de la naturaleza
actividad. humana; pero a esta llamada naturaleza femenina,
La muerte de Olimpia de Gouges, a quien le esencia eterna e invariable, se le añade el adjetivo
cortaron la cabeza por haber osado creer y exigir que deficitaria para indicar que la condición de la mujer y
los derechos que la Revolución Francesa había ganado su opresión y tutelaje es producto de su natural
para los hombres libres y ciudadanos fuesen aplicados inferioridad frente al hombre. Con esta pseudo teoría se
también para las mujeres, que por cierto no eran
“Mens agitat molem”
5. Julio de 2003 Maneras de Bien Soñar | Suplemento 5
ha intentado mantener y justificar el sometimiento de la 1789 piden una Declaración de Derechos de la mujer y
mujer. crean periódicos como El impaciente para reivindicar
La revolución francesa, la mas avanzada de las su condición. En el desarrollo del proceso
que la burguesía condujo, fue un gran caldo de cultivo revolucionario las mujeres conquistaron la supresión
para la acción femenina. Las mujeres se movilizaron del derecho de primogenitura y abolición de los
junto a las masas y participando en los clubes políticos privilegios de masculinidad, obtuvieron igual derecho
desarrollaron acción revolucionaria; en estas luchas de sucesión que los varones y consiguieron el divorcio.
organizaron una Sociedad de Mujeres Republicanas y Su participación combatiente dio algunos frutos.
Revolucionarias y a través de Olimpia de Gouges, en
,
[Fundada el 15 de septiembre de 2002]
Revista de literatura y cultura de la palabra
El presente suplemento pertenece a la 5º edición
[Julio de 2003]
Agradecemos a Fernando Legrand por su colaboración desinteresada
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*Como homenaje a Fernando Pessoa (en su heterónimo Bernardo Soares)
** “El espíritu es quien mueve la materia”
“Mens agitat molem”