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20 de Abril de 2006



   Nota: La siguiente información no representa ninguna posición oficial de la Secretaría
   de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), del
   Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) ni de industrias avícolas
   de los Estados Unidos o México tales como USAPEEC o la Unión Nacional de
   Avicultores.

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                                     www.usapeec.org

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                       Resumen ejecutivo de noticias relevantes
► La modificación a la NOM-044 sobre Influenza Aviar se publica en el Diario Oficial del
  30 de enero del presente y entra en vigor a partir del 3 de abril de 2006
► De acuerdo a la SAGARPA, el Programa Nacional de Mejoramiento Avícola (NPIP,
  por sus siglas en inglés) del USDA se considera equivalente a la NOM-044
► La SAGARPA actualiza las hojas de requisitos zoosanitarios de importación (HRZ’s)
  para los productos avícolas de los Estados Unidos desde fines de marzo del presente
► La “Export Library” del USDA/FSIS para Mexico ha sido también actualizada
► Las importaciones de pierna y muslo de pollo de los Estados Unidos fuera de cupo están
  sujetas a un arancel del 39.5% en 2006; sin importar el precio de la pierna y muslo de
  pollo, el arancel se paga en función del precio de referencia de 0.30 centavos de dólar
  por libra. El precio de referencia tiene como propósito evitar prácticas de sub-
  facturación.
► Únicamente se mantienen cuarentenados once condados de Texas cuyas exportaciones a
  Mexico de carne cruda de ave y huevo están todavía prohibidas por la SAGARPA

                             Este boletín contiene dos secciones

 I. PREGUNTAS MAS FRECUENTES SOBRE LAS IMPORTACIONES AVICOLAS
    DE LOS ESTADOS UNIDOS………………………………………. Página 2

 II. ESTATUS DE LAS IMPORTACIONES DE PRODUCTOS AVICOLAS DE LOS
     ESTADOS   UNIDOS;  NUEVOS  REQUISITOS  ZOOSANITARIOS   DE
     IMPORTACION…………………………………………………….. Página 8
1. Cuáles son los principales mercados en México para pollo y pavo de los EEUU?

            Básicamente existen dos mercados/sectores para productos avícolas de
              importación en México: 1) Las áreas fronterizas para los muslos y piernas de
              pollo y carne de pavo para su venta al menudeo y 2) procesadoras de carne que
            utilizan pasta de ave (CMD) y muslos y piernas de pavo como materia prima.

2. Qué estados de los EEUU tienen prohibido exportar a México debido a la presencia de
   enfermedades de las aves?

SAGARPA levantó el embargo de los nueve estados afectados por incidentes menores de IA
de baja patogenicidad (IABP) el 4 de octubre de 2005. Estos estados fueron: California,
Carolina del Norte, Connecticut, Delaware, Maryland, Missouri, New Jersey, Pennsylvania y
Texas. Las importaciones de carne CRUDA de ave para consumo humano directo, proceso
térmico, y huevo de plato se pueden realizar de cualquier estado de los Estados Unidos; la
única excepción son once condados del Estado de Texas debido al incidente de IAAP en
febrero del 2004, estos son: Gonzalez, Guadalupe, Galdwell, Bastrop, Fayette, La Vaca, De
Witt, Karnes, Wilson, Comal y Hays.

Los condados afectados de Texas no pueden exportar a Mexico ningún tipo de carne cruda de
ave, huevo de plato y fértil y aves vivas.

Las importaciones de productos cocidos si se pueden llevar a cabo, ya que no son afectadas por
estas enfermedades avícolas.

3. Se siguen tomando muestras para Salmonella y Listeria para productos cocidos y pre-
   cocidos?

                  SAGARPA suspendió acciones punitivas en el supuesto de encontrar Listeria
                      en productos cocidos o precocidos importados. Inspectores fronterizos de
                      la SAGARPA indican que se continúa con el muestreo de productos
                     procesados a fin de realizar pruebas de laboratorio por Listeria. De
                  acuerdo al protocolo vigente, a la SAGARPA únicamente le corresponde
              notificar a la Secretaria de Salud (SSA) de algún caso positivo que se pudiera
presentar. En este caso, la Secretaria de Salud tiene la facultad de confiscar los lotes de
productos afectados. La SAGARPA y la SSA no han emitido algún reporte público sobre
incidentes positivos de Listeria en productos cocidos importados de los Estados Unidos en
alrededor de tres años.

La SAGARPA/SENASICA estuvo rechazando a mediados del 2005 embarques de carne cruda
de importación, en particular carne de res, debido principalmente a la presencia de hueso y a
presentar productos en estado de descomposición. No se han notificado de este tipo de
incidentes y problemas en meses recientes por la SAGARPA/SENASICA.



                                              2
4. Puedo importar muslos y piernas de pollo de los EEUU sin pagar arancel ?

Bajo el primer acuerdo bilateral de salvaguarda del TLCAN, sólo los
importadores elegibles de la frontera pueden obtener certificados de
importación libres del pago de arancel para importar muslos y piernas de
pollo de los EEUU (libres de arancel). Las importaciones de muslos y
piernas de pollo más allá de las áreas fronterizas, están sujetas al pago del 39.5% de arancel de
importación en el 2006. La siguiente tabla señala el nuevo periodo de eliminación de arancel
de los años 2003 al 2007.




   Periodo de eliminación de arancel de los años 2003 al 2007 - Toneladas y Porcentajes
                                       120                                                           100.0

                                                                         102    103    104           90.0
                                                           100    101
                                       100
                                                     90                                              80.0

                                              80                                                     70.0
                                        80
                  Miles de Toneladas




                                                                                                     60.0




                                                                                                             % Arancel
                                        60                                                           50.0

                                                                                                     40.0
                                        40
                                                                                                     30.0

                                                                                                     20.0
                                        20
                                                                                                     10.0
                                                                                               0
                                         0                                                           0.0
                                             2001   2002   2003   2004   2005   2006   2007   2008
Cupo de Importación                           80     90    100    101    102    103    104     0
Arancel sobre las                            98.8   49.4   98.8   79.0   59.3   39.5   19.8   0.0
importaciones fuera del cupo



Fuente: USAPEEC Mexico


Únicamente los importadores seleccionados qu están operando en las áreas fronterizas son
elegibles para recibir cupos de importación libres del pago de arancel, con base al registro de
importaciones anteriores (importadores tradicionales) y para los nuevos importadores
dependiendo de la capacidad en cuartos fríos de almacenaje o áreas de venta. Estos
importadores fronterizos, comúnmente son cadenas de supermercados o distribuidores. De
acuerdo con regulaciones internas, ellos deben vender el producto sólo dentro de la ciudad

                                                              3
fronteriza en donde la Secretaria de Economía ha aprobado y asignado el cupo. A diferencia
de asignaciones anteriores, la Secretaria de Economía asigna los cupos para todo el año y el
decreto publicado el 29 de diciembre de 2004 establece los criterios de asignación y entrega de
solicitudes para obtener los cupos libres de arancel desde el 2005, 2006 y 2007.

El 25 de febrero de 2005, la SHCP publico una resolución en el Diario Oficial que establece un
precio estimado de 30 centavos de dólar de los Estados Unidos por libra en el caso de
importaciones de pierna y muslo de pollo fuera del cupo establecido por el acuerdo bilateral de
salvaguarda. El precio estimado busca eliminar practicas ilegales de comercio como la sub-
facturación de los productos para evitar el pago del sobre-arancel cupo que es del 39.5% en el
2006. Las importaciones con cupo otorgados por la Secretaria de Economía a los importadores
fronterizos, como se ha mencionado, ingresan libre de arancel.

5. Yo no estoy importando muslos y piernas de pollo, sino otras piezas de pollo crudo,
   pavo entero, pavo en trozos y aún productos procesados de ave y productos de huevo:
   por ejemplo, nuguets, pateés, salchicha y cortes fríos. Puedo
   importar estos productos libres del pago de arancel?

Si, siempre y cuando cumpla con las regulaciones de importación de
salud animal y de inocuidad alimentaria de la Secretaria de Agricultura
de México (SAGARPA/SENASICA). Estas restricciones se señalan en las Hojas de
Requisitos Zoosanitarios de Importación (HRZ) por tipos de productos: carne cruda para
consumo humano directo y/o proceso térmico y/o salmuera (carne, pastas, vísceras y despojos);
carne precocida, cocida, ahumada; productos procesados de huevo; y otros productos avícolas
como aves menores a 3 días y huevo fértil. Actualmente las importaciones de carne cruda de
ave deben de cumplir con una de dos opciones: a) resultados negativos en 59 muestras
utilizando la prueba de gel de agar o la prueba de Elisa ó; b) que la granja/parvada de origen
esta inscrita en el Plan Nacional de Mejoramiento Avícola (NPIP, por sus siglas en ingles) del
USDA. Es importante mencionar que a partir de 2005 las HRZ’s ya no tienen costo debido a
los cambios de la Ley Federal de Derechos. A continuación damos a conocer el sitio web de
SAGARPA/SENASICA en donde se pueden obtener copias de las HRZ’s.

http://senasicaw.senasica.sagarpa.gob.mx/hojaweb/Producto.aspx

La segunda sección del boletín contiene un resumen de los principales requisitos sanitarios por
tipo de producto. El Consejo Mexicano de la Carne y otras asociaciones comerciales tuvieron
varias reuniones y sesiones de trabajo ante representantes del Congreso a fin de evitar la
aprobación de nuevos derechos por concepto de inspección de carnes rojas y de aves de
importación en el 2005 y 2006.

6. Quiero importar pollo y carne obscura de pavo de los EEUU para proceso, puedo
hacerlo?

Si, a excepción de los once condados de Texas que siguen cuarentenados por la
SAGARPA/SENASICA.




                                              4
7. Puedo importar productos de ave crudos de países diferentes a los Estados Unidos?

México tiene un acuerdo de libre comercio con Chile, el cual ha estado funcionando
plenamente desde 1998.

Con la excepción de patos enteros, todas las importaciones de aves y productos avícolas
canadienses fueron excluidas de las negociaciones del TLCAN. México ha excluido el sector
avícola de todos los otros Tratados de Libre Comercio.

8. Todavía tengo problemas para cruzar productos, como exportador de los Estados
   Unidos, que debería hacer?

              Debido a cambios en los requisitos de importación, sugerimos que proporcionen
                    información a la oficina de USAPEEC en Mexico tan detallada como sea
                        posible cuando se presenten problemas en la frontera: tipo de
                        producto, volumen, punto de entrada/frontera, detalles sobre el
                      problema, nombre y datos del importador y de su agencia aduanal.
Normalmente los problemas causados por la interpretación de los nuevos requisitos son
resueltos de gobierno a gobierno por conducto de la Embajada de los Estados Unidos en la
Ciudad de Mexico.

9.      Qué requisitos de importación de México deben cumplir los exportadores de los
      EEUU?

Los exportadores de los EEUU deben cumplir con los requisitos de tener plantas en los EEUU
aprobadas por la SAGARPA para ser elegibles para la exportación de productos cárnicos de
ave a México. Otros requisitos que deben cumplir los exportadores de los EEUU se relacionan
con las regulaciones de salud animal, primordialmente certificaciones de Influenza Aviar y la
NOM-030 referente al adecuado etiquetado de cajas y combos para su inspección. USDA/FSIS
emite certificados de exportación con leyendas específicas en la sección de observaciones y/o
carta membretada del USDA/FSIS, dependiendo si los productos son carne de ave cruda para
su venta al menudeo y/o ingredientes (materia prima) de ave para proceso o productos
totalmente cocidos.

Los productos avícolas pre-empacados importados a México también deben cumplir con
regulaciones de etiquetado especiales para el consumidor (en español) bajo la NOM-051. Las
importaciones de jamones totalmente cocidos deben cumplir con la NOM-158 del 14 de agosto
del 2003. Esta regla se implementó el 1º. de marzo del 2004. La mayoría de esta información
está disponible en el sitio web de FSIS, Biblioteca de Exportaciones, México.

http://www.fsis.usda.gov/regulations_&_policies/Mexico_Requirements/index.asp

10.      Cuales son la nuevas reglas sobre tarimas y material de embalaje de madera?

Los países miembros de la Organización de Protección de Plantas (sanidad
vegetal) de Norteamérica (NAPPO) ya adoptaron la imposición de medidas
sanitarias a fin de prevenir la propagación de plagas a través del uso de pallets

                                               5
y materiales de embalaje de madera que no ha sido tratada. La SEMARNAT publico la NOM-
144-SEMARNAT-2004, que establece las medidas fitosanitarias reconocidas internacionalmente
para el embalaje de madera, que se utiliza en el comercio internacional de bienes y mercancías,
el 18 de enero de 2005. A partir del 1º de febrero de 2006, inspectores de la SEMARNAT
llevan a cabo inspecciones aleatorias de los pallets y materiales de embalaje de madera que
acompañan a los productos importados. La inspección ha sido limitada hasta la fecha en
Mexico debida a falta de personal suficiente. Los inspectores se apoyan en el sistema de
semáforos rojos utilizados por la Aduana Mexicana para seleccionar los embarques a
inspeccionar. De acuerdo al comercio local, la mayoría de los embarques de productos
avícolas de los Estados Unidos cumplen con esta regulación, la cual ha sido adoptada por
muchos países alrededor del mundo, incluyendo los Estados Unidos, Canadá y México. De
hecho, las autoridades de los Estados Unidos están inspeccionando un porcentaje mayor de
embarques en comparación con México y rechazaran toda una carga si al menos un pallet no
trae el sello de tratamiento internacional. Esta es una norma que deben de cumplir todos los
países miembros de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria y que por lo tanto
afecta por igual a todas las exportaciones e importaciones de productos ya sean agropecuarios
o de cualquier otro tipo y que usen los pallets o tarimas de madera como material de embalaje .

11.       Cuáles son las principales dependencias en México encargadas de hacer cumplir
      los requisitos de importación?

Las dependencias nacionales que regulan las importaciones de productos avícolas son; la
Secretaria de Economía (cupos para muslos y piernas de pollo) y la Secretaría de
Agricultura (regulaciones en salud animal e inocuidad alimentaria). Las
disposiciones de importación que asignaron el cupo para muslos y piernas de
pollo para el 2005-2007 se publicaron en el diario Oficial de la Federación del 29
de diciembre del 2004. Se espera que en el futuro la Secretaría de Salud (SSA) se
involucre más en las inspecciones y muestreo de productos cárnicos importados, incluyendo la
carne de aves. Los protocolos y procedimientos de la Secretaría de Salud no se han emitido; sin
embargo las reuniones con oficiales de la SAGARPA se continúan llevando a cabo para evitar
la duplicidad de funciones de cada dependencia reguladora.

Los interesados en ser nuevos importadores deben obtener un registro tanto del Padrón General
de Importadores, así como del Padrón Sectorial. Se debe cumplir con estos procedimientos
ante la Secretaría de Hacienda (SHCP) a través de la Dirección General de Aduanas de
México.

http://www.aduanas.gob.mx/webadunet/aga.aspx?Q=r21

A partir del 1º de enero del 2004, es un requisito para los importadores de carne de ave en el
Padrón General de Importadores y en el Padrón Sectorial el enviar una carta oficial a la
Aduana Mexicana, a fin de proporcionar los nombres de los agentes aduanales mexicanos
contratados y autorizados por el importador. La SEMARNAT/PROFEPA ha publicado la
NOM-144 sobre el uso de tarimas de madera que no representen riesgos sanitarios (ver
pregunta 10).




                                              6
12.   Me sugeriría algunos sitios web de interés en el área avícola?

                          Estados Unidos de América (Inglés)

Consejo de Exportadores de Huevo y Aves de los EEUU         http://www.usapeec.org/
Consejo Americano del Huevo                                 http://www.aeb.org/
Consejo Nacional del Pollo                                  http://www.eatchicken.com/
Federación Nacional de Pavo                                 http://www.eatturkey.com/
Productores Unidos de Huevo                                 http://www.unitedegg.org/
Asociación Avícola y de Huevo de los EEUU                   http://www.poultryegg.org/
USDA/FAS                                                    http://www.fas.usda.gov/
Administración de Drogas y Alimentos (FDA por sus siglas    http://www.fda.gov/
en ingles)

                                   México (Español)

Unión Nacional de Avicultores                            http://www.una.com.mx/
Secretaría de Agricultura                                http://www.sagarpa.gob.mx/
Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la http://www.caaarem.org.mx/
República Mexicana




USAPEEC MEXICO
20 de abril de 2006




                                            7
Al 20 de abril de 2006

A) ARANCELES DE IMPORTACION Y CUPOS DE TLCAN

   Producto         Pierna y      Productos      Productos      Huevo de     Aves vivas
                    muslo de       avícolas      totalmente    plato, LPE
                   pollo crudo   crudos para       cocidos       y fértil
                                  su venta al
                                  menudeo y
                                 para proceso
Aranceles de          N.A.          CERO           CERO          CERO          CERO
Importación

Cupos de            103,000       NINGUNO        NINGUNO       NINGUNO       NINGUNO
importación         TM 1/
libres de
arancel en 2006
Arancel sobre        39.5%          CERO           CERO          CERO          CERO
las
importaciones
fuera del cupo
en 2006
Precio estimado       U.S.        NINGUNO        NINGUNO       NINGUNO       NINGUNO
para               $0.30/libra
importaciones
fuera de cupo 2/

N.A. - No aplica
LPE.- Libre de Patógenos Específicos
Productos avícolas crudos incluyen pollo, pavo pato, codorniz, ganso, faisán y la carne de
otras aves de caza.

1/ Salvaguarda definitiva publicada el 25 de julio de 2003 en el Diario Oficial de la
Federación. Las importaciones de muslos y piernas de pollo provenientes de los EEUU
bajo el acuerdo de salvaguarda han estado funcionando apropiadamente hasta la fecha.
El 29 de diciembre del 2004, el Gobierno Mexicano dio a conocer los cupos fronterizos
para el 2005-2007. La Secretaria de Economía asigno a mediados de enero de 2006 el
cupo anual por 103,000 toneladas métricas. México incluyó importaciones de monturas
de pollo de los EEUU en el acuerdo, ya que incluyen carne obscura predominantemente.
2/ Precio estimado publicado en la resolución de la SHCP en el Diario Oficial del 25 de
febrero de 2005. Este precio estimado aplica para el calculo del sobre-arancel cupo de
39.5% para las importaciones que no entren con cupo de la Secretaria de Economía

                                            8
durante el 2006. Los cupos otorgados son libres de arancel conforme al acuerdo a la
salvaguarda bilateral.


B) REQUISITOS DE IMPORTACION SOBRE SALUD ANIMAL E INOCUIDAD
   ALIMENTARIA

Las importaciones de productos avícolas incluidos en la tabla siguiente pueden ingresar a
México través de los siguientes puntos fronterizos (Ciudades y Estado):


Ciudad Juarez, Chihuahua; Reynosa (excepto pierna y muslo de pollo congelado), Nuevo
Laredo, Matamoros (excepto productos cocidos), Tamaulipas; Tijuana y Mexicali, Baja
California; Colombia, Nuevo Leon; Manzanillo, Colima; San Luis Río Colorado, Nogales
y Agua Prieta (excepto productos cocidos), Sonora; Puerto Morelos, Quintana Roo;
Tuxpan, Veracruz; Piedras Negras (excepto productos cocidos), Coahuila


Definición de las áreas fronterizas – Ver el mapa anexo

Región Fronteriza Norte.- Todo el Estado de Baja California, todo el Estado de Baja
                          California Sur y una parte del Estado de Sonora.
Franja Fronteriza Norte.- Esta comprende el territorio mexicano entre la línea
                          internacional con los Estados Unidos y una línea paralela de
                          20 kilómetros a partir del límite Internacional hacia el
                          interior, incluyendo una porción del Estado de Sonora hacia
                          el Golfo de México.
Región Fronteriza Sur.-   El único mercado relevante para las importaciones de
                          muslos y piernas de pollo y otra carne cruda de ave en esta
                          región es Cancún. El producto debe ser inspeccionado en
                          Puerto Morelos, Estado de Quintana Roo.




                                            9
RESUMEN DE REQUISITOS SANITARIOS 1/

Producto                     Pierna y   Productos        Productos    Huevo para Aves
                             muslo de   Avícolas         totalmente   mesa, LPE vivas
                             pollo      Crudos para su   cocidos,     y
                             crudo      venta al         carne y      fertilizados
                                        menudeo y        productos
                                        para proceso     procesados
                                        térmico          de huevo
Los 11 condados del Estado   NO         NO               SI           NO         NO
de Texas pueden exportar
2/
Se requiere una              SI         SI               NO           SI         SI
certificación de que los
camiones fueron lavados y
desinfectados
Se requiere flejar los       SI         SI               NO           SI         SI
camiones en el punto de
origen
Certificación de que el      SI         SI               NO           3/         3//
producto es apto para el
consumo humano y que se
comercializa libremente en
los EEUU.
Plantas, granjas y/o
parvadas estan registradas
en el NPIP

Se requiere la prueba de
Agar Gel o Elisa             NO         NO               NO           NO         NO
Plantas, granjas y/o
parvadas NO estan
registradas en el NPIP

Se requiere la prueba de
Agar Gel o Elisa              SI          SI             NO           SI         SI
Se mezclan los productos
de los estados afectados por
IABP en 11 condados de        NO          NO             SI           NO         NO
Texas.
Están sujetos a la NOM-
030 y al Artículo 24 de la    SI          SI             SI           N.A.       N.A.
Ley de Salud Animal sobre
la inspección y los
documentos de exportación
y etiquetado.
       N.A.- No aplica
       LPE .- Libre de Patógenos Específicos

                                               10
IABP.- Influenza Aviar de Baja Patogenicidad
IAAP.- Influenza Aviar de Alta Patogenicidad
Productos cárnicos avícolas incluyen, pollo, pavo, pato, codorniz, ganso, faisán y la carne
de otras aves de caza.

Nota: La SAGARPA/SENASICA levanto la prohibición a nueve estados afectados por
incidentes menores de IABP el 4 de Octubre del 2005. Los estados que estaban
cuarentenados eran: California, Carolina del Norte, Connecticut, Delaware, Maryland,
Missouri, New Jersey, Pennsylvania and Texas. Las importaciones de carne cruda de ave
para menudeo y proceso térmico, y huevo de plato se pueden llevar a cabo de cualquier
estado de los Estados Unidos con excepción de los 11 condados de Texas.

1/ Para la carne de aves y los productos de huevo, visite el sitio de la Biblioteca de
Exportación de USDA/FSIS de fecha 17 de abril de 2006.

http://www.fsis.usda.gov/regulations_&_policies/Mexico_Requirements/index.asp

2/ La SENASICA continúa prohibiendo la importación a cualquier tipo de carne de ave
cruda, huevo y aves vivas de once condados del Estado de Texas por el brote de Influenza
Aviar de Alta Patogenicidad en el mes de febrero del 2004. Estos condados son:
Gonzales, Guadalupe, Galdwell, Bastrop, Fayette, La Vaca, De Witt, Karnes, Wilson,
Comal y Hays. A excepción de algunas bodegas en frontera, también se prohíbe el
almacenamiento en bodegas de refrigeración y congelación del Estado de Texas y en
California. La SAGARPA aprueba maniobras de transferencia de cargas de camiones de
los Estados Unidos a camiones Mexicanos en puntos aprobados en ciudades fronterizas
del Estado de Texas y California. Se sugiere consultar que puntos son aprobados para
realizar estas maniobras y que bodegas han sido autorizadas por la
SAGARPA/SENASICA para almacenar productos con los agentes aduanales empleados
por los importadores.


3/ Se debe de certificar que el huevo LPE y fértil y aves vivas deben ser comercializadas
libremente en los Estados Unidos.




20 de abril de 2006
USAPEEC MEXICO




                                            11
Región Fronteriza Norte
Franja Fronteriza Norte
Región Fronteriza Sur - Cancún




                                 12
Glosario




CMD      Carne Mecánicamente Deshuesada
EEUU     Estados Unidos de América
EN       Enfermedad de Newcastle Exótico
FSIS     Servicio de Inspección y Control Sanitario de los Alimentos
HRZ      Hoja de Requisitos Zoosanitarios
IA       Influenza Aviar
IAAP     Influenza Aviar de Alta Patogenicidad
IABP     Influenza Aviar de Baja Patogenicidad
NOM      Norma Oficial Mexicana
OISA     Oficina de Inspección de Sanidad Agropecuaria
SAGARPA  Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
         Alimentación
SENASICA Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
SHCP     Secretaría de Hacienda y Crédito Público
SSA      Secretaría de Salubridad y Asistencia
TIF      Tipo Inspección Federal
TLCAN    Tratado de Libre Comercio de América del Norte
USAPEEC Consejo de Exportadores de Carne de Ave y Huevo de los Estados
         Unidos de América
USDA     Departamento de Agricultura de los Estados Unidos




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20 abril 2006

  • 1. 20 de Abril de 2006 Nota: La siguiente información no representa ninguna posición oficial de la Secretaría de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) ni de industrias avícolas de los Estados Unidos o México tales como USAPEEC o la Unión Nacional de Avicultores. LOS INVITAMOS A VISITAR NUESTRA PAGINAS EN INTERNET www.usapeec.org http://www.usapeec-mx.org/ Resumen ejecutivo de noticias relevantes ► La modificación a la NOM-044 sobre Influenza Aviar se publica en el Diario Oficial del 30 de enero del presente y entra en vigor a partir del 3 de abril de 2006 ► De acuerdo a la SAGARPA, el Programa Nacional de Mejoramiento Avícola (NPIP, por sus siglas en inglés) del USDA se considera equivalente a la NOM-044 ► La SAGARPA actualiza las hojas de requisitos zoosanitarios de importación (HRZ’s) para los productos avícolas de los Estados Unidos desde fines de marzo del presente ► La “Export Library” del USDA/FSIS para Mexico ha sido también actualizada ► Las importaciones de pierna y muslo de pollo de los Estados Unidos fuera de cupo están sujetas a un arancel del 39.5% en 2006; sin importar el precio de la pierna y muslo de pollo, el arancel se paga en función del precio de referencia de 0.30 centavos de dólar por libra. El precio de referencia tiene como propósito evitar prácticas de sub- facturación. ► Únicamente se mantienen cuarentenados once condados de Texas cuyas exportaciones a Mexico de carne cruda de ave y huevo están todavía prohibidas por la SAGARPA Este boletín contiene dos secciones I. PREGUNTAS MAS FRECUENTES SOBRE LAS IMPORTACIONES AVICOLAS DE LOS ESTADOS UNIDOS………………………………………. Página 2 II. ESTATUS DE LAS IMPORTACIONES DE PRODUCTOS AVICOLAS DE LOS ESTADOS UNIDOS; NUEVOS REQUISITOS ZOOSANITARIOS DE IMPORTACION…………………………………………………….. Página 8
  • 2. 1. Cuáles son los principales mercados en México para pollo y pavo de los EEUU? Básicamente existen dos mercados/sectores para productos avícolas de importación en México: 1) Las áreas fronterizas para los muslos y piernas de pollo y carne de pavo para su venta al menudeo y 2) procesadoras de carne que utilizan pasta de ave (CMD) y muslos y piernas de pavo como materia prima. 2. Qué estados de los EEUU tienen prohibido exportar a México debido a la presencia de enfermedades de las aves? SAGARPA levantó el embargo de los nueve estados afectados por incidentes menores de IA de baja patogenicidad (IABP) el 4 de octubre de 2005. Estos estados fueron: California, Carolina del Norte, Connecticut, Delaware, Maryland, Missouri, New Jersey, Pennsylvania y Texas. Las importaciones de carne CRUDA de ave para consumo humano directo, proceso térmico, y huevo de plato se pueden realizar de cualquier estado de los Estados Unidos; la única excepción son once condados del Estado de Texas debido al incidente de IAAP en febrero del 2004, estos son: Gonzalez, Guadalupe, Galdwell, Bastrop, Fayette, La Vaca, De Witt, Karnes, Wilson, Comal y Hays. Los condados afectados de Texas no pueden exportar a Mexico ningún tipo de carne cruda de ave, huevo de plato y fértil y aves vivas. Las importaciones de productos cocidos si se pueden llevar a cabo, ya que no son afectadas por estas enfermedades avícolas. 3. Se siguen tomando muestras para Salmonella y Listeria para productos cocidos y pre- cocidos? SAGARPA suspendió acciones punitivas en el supuesto de encontrar Listeria en productos cocidos o precocidos importados. Inspectores fronterizos de la SAGARPA indican que se continúa con el muestreo de productos procesados a fin de realizar pruebas de laboratorio por Listeria. De acuerdo al protocolo vigente, a la SAGARPA únicamente le corresponde notificar a la Secretaria de Salud (SSA) de algún caso positivo que se pudiera presentar. En este caso, la Secretaria de Salud tiene la facultad de confiscar los lotes de productos afectados. La SAGARPA y la SSA no han emitido algún reporte público sobre incidentes positivos de Listeria en productos cocidos importados de los Estados Unidos en alrededor de tres años. La SAGARPA/SENASICA estuvo rechazando a mediados del 2005 embarques de carne cruda de importación, en particular carne de res, debido principalmente a la presencia de hueso y a presentar productos en estado de descomposición. No se han notificado de este tipo de incidentes y problemas en meses recientes por la SAGARPA/SENASICA. 2
  • 3. 4. Puedo importar muslos y piernas de pollo de los EEUU sin pagar arancel ? Bajo el primer acuerdo bilateral de salvaguarda del TLCAN, sólo los importadores elegibles de la frontera pueden obtener certificados de importación libres del pago de arancel para importar muslos y piernas de pollo de los EEUU (libres de arancel). Las importaciones de muslos y piernas de pollo más allá de las áreas fronterizas, están sujetas al pago del 39.5% de arancel de importación en el 2006. La siguiente tabla señala el nuevo periodo de eliminación de arancel de los años 2003 al 2007. Periodo de eliminación de arancel de los años 2003 al 2007 - Toneladas y Porcentajes 120 100.0 102 103 104 90.0 100 101 100 90 80.0 80 70.0 80 Miles de Toneladas 60.0 % Arancel 60 50.0 40.0 40 30.0 20.0 20 10.0 0 0 0.0 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 Cupo de Importación 80 90 100 101 102 103 104 0 Arancel sobre las 98.8 49.4 98.8 79.0 59.3 39.5 19.8 0.0 importaciones fuera del cupo Fuente: USAPEEC Mexico Únicamente los importadores seleccionados qu están operando en las áreas fronterizas son elegibles para recibir cupos de importación libres del pago de arancel, con base al registro de importaciones anteriores (importadores tradicionales) y para los nuevos importadores dependiendo de la capacidad en cuartos fríos de almacenaje o áreas de venta. Estos importadores fronterizos, comúnmente son cadenas de supermercados o distribuidores. De acuerdo con regulaciones internas, ellos deben vender el producto sólo dentro de la ciudad 3
  • 4. fronteriza en donde la Secretaria de Economía ha aprobado y asignado el cupo. A diferencia de asignaciones anteriores, la Secretaria de Economía asigna los cupos para todo el año y el decreto publicado el 29 de diciembre de 2004 establece los criterios de asignación y entrega de solicitudes para obtener los cupos libres de arancel desde el 2005, 2006 y 2007. El 25 de febrero de 2005, la SHCP publico una resolución en el Diario Oficial que establece un precio estimado de 30 centavos de dólar de los Estados Unidos por libra en el caso de importaciones de pierna y muslo de pollo fuera del cupo establecido por el acuerdo bilateral de salvaguarda. El precio estimado busca eliminar practicas ilegales de comercio como la sub- facturación de los productos para evitar el pago del sobre-arancel cupo que es del 39.5% en el 2006. Las importaciones con cupo otorgados por la Secretaria de Economía a los importadores fronterizos, como se ha mencionado, ingresan libre de arancel. 5. Yo no estoy importando muslos y piernas de pollo, sino otras piezas de pollo crudo, pavo entero, pavo en trozos y aún productos procesados de ave y productos de huevo: por ejemplo, nuguets, pateés, salchicha y cortes fríos. Puedo importar estos productos libres del pago de arancel? Si, siempre y cuando cumpla con las regulaciones de importación de salud animal y de inocuidad alimentaria de la Secretaria de Agricultura de México (SAGARPA/SENASICA). Estas restricciones se señalan en las Hojas de Requisitos Zoosanitarios de Importación (HRZ) por tipos de productos: carne cruda para consumo humano directo y/o proceso térmico y/o salmuera (carne, pastas, vísceras y despojos); carne precocida, cocida, ahumada; productos procesados de huevo; y otros productos avícolas como aves menores a 3 días y huevo fértil. Actualmente las importaciones de carne cruda de ave deben de cumplir con una de dos opciones: a) resultados negativos en 59 muestras utilizando la prueba de gel de agar o la prueba de Elisa ó; b) que la granja/parvada de origen esta inscrita en el Plan Nacional de Mejoramiento Avícola (NPIP, por sus siglas en ingles) del USDA. Es importante mencionar que a partir de 2005 las HRZ’s ya no tienen costo debido a los cambios de la Ley Federal de Derechos. A continuación damos a conocer el sitio web de SAGARPA/SENASICA en donde se pueden obtener copias de las HRZ’s. http://senasicaw.senasica.sagarpa.gob.mx/hojaweb/Producto.aspx La segunda sección del boletín contiene un resumen de los principales requisitos sanitarios por tipo de producto. El Consejo Mexicano de la Carne y otras asociaciones comerciales tuvieron varias reuniones y sesiones de trabajo ante representantes del Congreso a fin de evitar la aprobación de nuevos derechos por concepto de inspección de carnes rojas y de aves de importación en el 2005 y 2006. 6. Quiero importar pollo y carne obscura de pavo de los EEUU para proceso, puedo hacerlo? Si, a excepción de los once condados de Texas que siguen cuarentenados por la SAGARPA/SENASICA. 4
  • 5. 7. Puedo importar productos de ave crudos de países diferentes a los Estados Unidos? México tiene un acuerdo de libre comercio con Chile, el cual ha estado funcionando plenamente desde 1998. Con la excepción de patos enteros, todas las importaciones de aves y productos avícolas canadienses fueron excluidas de las negociaciones del TLCAN. México ha excluido el sector avícola de todos los otros Tratados de Libre Comercio. 8. Todavía tengo problemas para cruzar productos, como exportador de los Estados Unidos, que debería hacer? Debido a cambios en los requisitos de importación, sugerimos que proporcionen información a la oficina de USAPEEC en Mexico tan detallada como sea posible cuando se presenten problemas en la frontera: tipo de producto, volumen, punto de entrada/frontera, detalles sobre el problema, nombre y datos del importador y de su agencia aduanal. Normalmente los problemas causados por la interpretación de los nuevos requisitos son resueltos de gobierno a gobierno por conducto de la Embajada de los Estados Unidos en la Ciudad de Mexico. 9. Qué requisitos de importación de México deben cumplir los exportadores de los EEUU? Los exportadores de los EEUU deben cumplir con los requisitos de tener plantas en los EEUU aprobadas por la SAGARPA para ser elegibles para la exportación de productos cárnicos de ave a México. Otros requisitos que deben cumplir los exportadores de los EEUU se relacionan con las regulaciones de salud animal, primordialmente certificaciones de Influenza Aviar y la NOM-030 referente al adecuado etiquetado de cajas y combos para su inspección. USDA/FSIS emite certificados de exportación con leyendas específicas en la sección de observaciones y/o carta membretada del USDA/FSIS, dependiendo si los productos son carne de ave cruda para su venta al menudeo y/o ingredientes (materia prima) de ave para proceso o productos totalmente cocidos. Los productos avícolas pre-empacados importados a México también deben cumplir con regulaciones de etiquetado especiales para el consumidor (en español) bajo la NOM-051. Las importaciones de jamones totalmente cocidos deben cumplir con la NOM-158 del 14 de agosto del 2003. Esta regla se implementó el 1º. de marzo del 2004. La mayoría de esta información está disponible en el sitio web de FSIS, Biblioteca de Exportaciones, México. http://www.fsis.usda.gov/regulations_&_policies/Mexico_Requirements/index.asp 10. Cuales son la nuevas reglas sobre tarimas y material de embalaje de madera? Los países miembros de la Organización de Protección de Plantas (sanidad vegetal) de Norteamérica (NAPPO) ya adoptaron la imposición de medidas sanitarias a fin de prevenir la propagación de plagas a través del uso de pallets 5
  • 6. y materiales de embalaje de madera que no ha sido tratada. La SEMARNAT publico la NOM- 144-SEMARNAT-2004, que establece las medidas fitosanitarias reconocidas internacionalmente para el embalaje de madera, que se utiliza en el comercio internacional de bienes y mercancías, el 18 de enero de 2005. A partir del 1º de febrero de 2006, inspectores de la SEMARNAT llevan a cabo inspecciones aleatorias de los pallets y materiales de embalaje de madera que acompañan a los productos importados. La inspección ha sido limitada hasta la fecha en Mexico debida a falta de personal suficiente. Los inspectores se apoyan en el sistema de semáforos rojos utilizados por la Aduana Mexicana para seleccionar los embarques a inspeccionar. De acuerdo al comercio local, la mayoría de los embarques de productos avícolas de los Estados Unidos cumplen con esta regulación, la cual ha sido adoptada por muchos países alrededor del mundo, incluyendo los Estados Unidos, Canadá y México. De hecho, las autoridades de los Estados Unidos están inspeccionando un porcentaje mayor de embarques en comparación con México y rechazaran toda una carga si al menos un pallet no trae el sello de tratamiento internacional. Esta es una norma que deben de cumplir todos los países miembros de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria y que por lo tanto afecta por igual a todas las exportaciones e importaciones de productos ya sean agropecuarios o de cualquier otro tipo y que usen los pallets o tarimas de madera como material de embalaje . 11. Cuáles son las principales dependencias en México encargadas de hacer cumplir los requisitos de importación? Las dependencias nacionales que regulan las importaciones de productos avícolas son; la Secretaria de Economía (cupos para muslos y piernas de pollo) y la Secretaría de Agricultura (regulaciones en salud animal e inocuidad alimentaria). Las disposiciones de importación que asignaron el cupo para muslos y piernas de pollo para el 2005-2007 se publicaron en el diario Oficial de la Federación del 29 de diciembre del 2004. Se espera que en el futuro la Secretaría de Salud (SSA) se involucre más en las inspecciones y muestreo de productos cárnicos importados, incluyendo la carne de aves. Los protocolos y procedimientos de la Secretaría de Salud no se han emitido; sin embargo las reuniones con oficiales de la SAGARPA se continúan llevando a cabo para evitar la duplicidad de funciones de cada dependencia reguladora. Los interesados en ser nuevos importadores deben obtener un registro tanto del Padrón General de Importadores, así como del Padrón Sectorial. Se debe cumplir con estos procedimientos ante la Secretaría de Hacienda (SHCP) a través de la Dirección General de Aduanas de México. http://www.aduanas.gob.mx/webadunet/aga.aspx?Q=r21 A partir del 1º de enero del 2004, es un requisito para los importadores de carne de ave en el Padrón General de Importadores y en el Padrón Sectorial el enviar una carta oficial a la Aduana Mexicana, a fin de proporcionar los nombres de los agentes aduanales mexicanos contratados y autorizados por el importador. La SEMARNAT/PROFEPA ha publicado la NOM-144 sobre el uso de tarimas de madera que no representen riesgos sanitarios (ver pregunta 10). 6
  • 7. 12. Me sugeriría algunos sitios web de interés en el área avícola? Estados Unidos de América (Inglés) Consejo de Exportadores de Huevo y Aves de los EEUU http://www.usapeec.org/ Consejo Americano del Huevo http://www.aeb.org/ Consejo Nacional del Pollo http://www.eatchicken.com/ Federación Nacional de Pavo http://www.eatturkey.com/ Productores Unidos de Huevo http://www.unitedegg.org/ Asociación Avícola y de Huevo de los EEUU http://www.poultryegg.org/ USDA/FAS http://www.fas.usda.gov/ Administración de Drogas y Alimentos (FDA por sus siglas http://www.fda.gov/ en ingles) México (Español) Unión Nacional de Avicultores http://www.una.com.mx/ Secretaría de Agricultura http://www.sagarpa.gob.mx/ Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la http://www.caaarem.org.mx/ República Mexicana USAPEEC MEXICO 20 de abril de 2006 7
  • 8. Al 20 de abril de 2006 A) ARANCELES DE IMPORTACION Y CUPOS DE TLCAN Producto Pierna y Productos Productos Huevo de Aves vivas muslo de avícolas totalmente plato, LPE pollo crudo crudos para cocidos y fértil su venta al menudeo y para proceso Aranceles de N.A. CERO CERO CERO CERO Importación Cupos de 103,000 NINGUNO NINGUNO NINGUNO NINGUNO importación TM 1/ libres de arancel en 2006 Arancel sobre 39.5% CERO CERO CERO CERO las importaciones fuera del cupo en 2006 Precio estimado U.S. NINGUNO NINGUNO NINGUNO NINGUNO para $0.30/libra importaciones fuera de cupo 2/ N.A. - No aplica LPE.- Libre de Patógenos Específicos Productos avícolas crudos incluyen pollo, pavo pato, codorniz, ganso, faisán y la carne de otras aves de caza. 1/ Salvaguarda definitiva publicada el 25 de julio de 2003 en el Diario Oficial de la Federación. Las importaciones de muslos y piernas de pollo provenientes de los EEUU bajo el acuerdo de salvaguarda han estado funcionando apropiadamente hasta la fecha. El 29 de diciembre del 2004, el Gobierno Mexicano dio a conocer los cupos fronterizos para el 2005-2007. La Secretaria de Economía asigno a mediados de enero de 2006 el cupo anual por 103,000 toneladas métricas. México incluyó importaciones de monturas de pollo de los EEUU en el acuerdo, ya que incluyen carne obscura predominantemente. 2/ Precio estimado publicado en la resolución de la SHCP en el Diario Oficial del 25 de febrero de 2005. Este precio estimado aplica para el calculo del sobre-arancel cupo de 39.5% para las importaciones que no entren con cupo de la Secretaria de Economía 8
  • 9. durante el 2006. Los cupos otorgados son libres de arancel conforme al acuerdo a la salvaguarda bilateral. B) REQUISITOS DE IMPORTACION SOBRE SALUD ANIMAL E INOCUIDAD ALIMENTARIA Las importaciones de productos avícolas incluidos en la tabla siguiente pueden ingresar a México través de los siguientes puntos fronterizos (Ciudades y Estado): Ciudad Juarez, Chihuahua; Reynosa (excepto pierna y muslo de pollo congelado), Nuevo Laredo, Matamoros (excepto productos cocidos), Tamaulipas; Tijuana y Mexicali, Baja California; Colombia, Nuevo Leon; Manzanillo, Colima; San Luis Río Colorado, Nogales y Agua Prieta (excepto productos cocidos), Sonora; Puerto Morelos, Quintana Roo; Tuxpan, Veracruz; Piedras Negras (excepto productos cocidos), Coahuila Definición de las áreas fronterizas – Ver el mapa anexo Región Fronteriza Norte.- Todo el Estado de Baja California, todo el Estado de Baja California Sur y una parte del Estado de Sonora. Franja Fronteriza Norte.- Esta comprende el territorio mexicano entre la línea internacional con los Estados Unidos y una línea paralela de 20 kilómetros a partir del límite Internacional hacia el interior, incluyendo una porción del Estado de Sonora hacia el Golfo de México. Región Fronteriza Sur.- El único mercado relevante para las importaciones de muslos y piernas de pollo y otra carne cruda de ave en esta región es Cancún. El producto debe ser inspeccionado en Puerto Morelos, Estado de Quintana Roo. 9
  • 10. RESUMEN DE REQUISITOS SANITARIOS 1/ Producto Pierna y Productos Productos Huevo para Aves muslo de Avícolas totalmente mesa, LPE vivas pollo Crudos para su cocidos, y crudo venta al carne y fertilizados menudeo y productos para proceso procesados térmico de huevo Los 11 condados del Estado NO NO SI NO NO de Texas pueden exportar 2/ Se requiere una SI SI NO SI SI certificación de que los camiones fueron lavados y desinfectados Se requiere flejar los SI SI NO SI SI camiones en el punto de origen Certificación de que el SI SI NO 3/ 3// producto es apto para el consumo humano y que se comercializa libremente en los EEUU. Plantas, granjas y/o parvadas estan registradas en el NPIP Se requiere la prueba de Agar Gel o Elisa NO NO NO NO NO Plantas, granjas y/o parvadas NO estan registradas en el NPIP Se requiere la prueba de Agar Gel o Elisa SI SI NO SI SI Se mezclan los productos de los estados afectados por IABP en 11 condados de NO NO SI NO NO Texas. Están sujetos a la NOM- 030 y al Artículo 24 de la SI SI SI N.A. N.A. Ley de Salud Animal sobre la inspección y los documentos de exportación y etiquetado. N.A.- No aplica LPE .- Libre de Patógenos Específicos 10
  • 11. IABP.- Influenza Aviar de Baja Patogenicidad IAAP.- Influenza Aviar de Alta Patogenicidad Productos cárnicos avícolas incluyen, pollo, pavo, pato, codorniz, ganso, faisán y la carne de otras aves de caza. Nota: La SAGARPA/SENASICA levanto la prohibición a nueve estados afectados por incidentes menores de IABP el 4 de Octubre del 2005. Los estados que estaban cuarentenados eran: California, Carolina del Norte, Connecticut, Delaware, Maryland, Missouri, New Jersey, Pennsylvania and Texas. Las importaciones de carne cruda de ave para menudeo y proceso térmico, y huevo de plato se pueden llevar a cabo de cualquier estado de los Estados Unidos con excepción de los 11 condados de Texas. 1/ Para la carne de aves y los productos de huevo, visite el sitio de la Biblioteca de Exportación de USDA/FSIS de fecha 17 de abril de 2006. http://www.fsis.usda.gov/regulations_&_policies/Mexico_Requirements/index.asp 2/ La SENASICA continúa prohibiendo la importación a cualquier tipo de carne de ave cruda, huevo y aves vivas de once condados del Estado de Texas por el brote de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad en el mes de febrero del 2004. Estos condados son: Gonzales, Guadalupe, Galdwell, Bastrop, Fayette, La Vaca, De Witt, Karnes, Wilson, Comal y Hays. A excepción de algunas bodegas en frontera, también se prohíbe el almacenamiento en bodegas de refrigeración y congelación del Estado de Texas y en California. La SAGARPA aprueba maniobras de transferencia de cargas de camiones de los Estados Unidos a camiones Mexicanos en puntos aprobados en ciudades fronterizas del Estado de Texas y California. Se sugiere consultar que puntos son aprobados para realizar estas maniobras y que bodegas han sido autorizadas por la SAGARPA/SENASICA para almacenar productos con los agentes aduanales empleados por los importadores. 3/ Se debe de certificar que el huevo LPE y fértil y aves vivas deben ser comercializadas libremente en los Estados Unidos. 20 de abril de 2006 USAPEEC MEXICO 11
  • 12. Región Fronteriza Norte Franja Fronteriza Norte Región Fronteriza Sur - Cancún 12
  • 13. Glosario CMD Carne Mecánicamente Deshuesada EEUU Estados Unidos de América EN Enfermedad de Newcastle Exótico FSIS Servicio de Inspección y Control Sanitario de los Alimentos HRZ Hoja de Requisitos Zoosanitarios IA Influenza Aviar IAAP Influenza Aviar de Alta Patogenicidad IABP Influenza Aviar de Baja Patogenicidad NOM Norma Oficial Mexicana OISA Oficina de Inspección de Sanidad Agropecuaria SAGARPA Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación SENASICA Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público SSA Secretaría de Salubridad y Asistencia TIF Tipo Inspección Federal TLCAN Tratado de Libre Comercio de América del Norte USAPEEC Consejo de Exportadores de Carne de Ave y Huevo de los Estados Unidos de América USDA Departamento de Agricultura de los Estados Unidos 13