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Convocatoria Programa Escuelas de Calidad 2013
Estado de Nayarit
El Programa Escuelas de Calidad (PEC), forma parte de la política estatal y nacional de
transformación de la gestión educativa que busca fortalecer la participación de los centros
escolares en la toma de decisiones, corresponsabilizar a los diferentes actores sociales y
educativos, promoviendo la seguridad, la transparencia y la rendición de cuentas, impulsando
la participación entre la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, así como con
Organismos de la Sociedad Civil en sus respectivos ámbitos de actuación, para apoyar las
acciones que la comunidad educativa decida, con la finalidad de mejorar la calidad del
servicio educativo y los resultados de aprendizaje. Su principal objetivo es contribuir a
fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas y zonas escolares mediante el
fomento de la corresponsabilidad de la comunidad escolar en la resolución de los retos que
cada escuela enfrenta en la generación de condiciones que propicien la mejora del logro
educativo.
En tal sentido, el Gobierno del Estado de Nayarit, la Secretaría de Educación y los Servicios
de Educación Pública del Estado de Nayarit, a través de la Coordinación General Estatal del
Programa Escuelas de Calidad y el Consejo Estatal de Participación Social,
CONVOCAN
A las escuelas públicas de todos los niveles y modalidades de educación básica, de
Educación Especial, Centros de Desarrollo Infantil que proporcionen el servicio de preescolar
y centros comunitarios del Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE) de la
entidad, que no reciban recursos del Programa de Escuelas de Tiempo Completo, a
participar, de manera voluntaria, en el proceso de selección del Programa Escuelas de
Calidad para el ciclo escolar 2013-2014, Fase PEC XIII, con el fin de mejorar tanto la
calidad y equidad del servicio educativo como los niveles de logro académico, considerando
las prioridades de atención del Programa, los términos de las Reglas de Operación vigentes
y la disponibilidad de recursos, ajustándose a las siguientes
B A S E S
I. ESCUELAS PARTICIPANTES
Escuelas públicas de educación básica en todos sus niveles y modalidades; con énfasis en
aquellas, de nivel primaria y secundaria, con indicadores educativos desfavorables, o
ubicadas en localidades de alta y muy alta marginación conforme al índice determinado por
el Consejo Nacional de Población (CONAPO) y que cumplan los siguientes criterios:
A. Como Escuelas de nueva incorporación. Se favorecerá principalmente a aquellas de
nivel primaria y secundaria, con indicadores educativos desfavorables o ubicadas en
localidades de alta y muy alta marginación conforme al índice determinado por el
CONAPO y/o que cumplan al menos con una de las siguientes prioridades:
2. Que se encuentren ubicadas en localidades con población mayoritariamente indígena;
2
3. Que al menos el 50 por ciento de su matrícula tenga resultados de insuficiente en la
prueba ENLACE;
4. Integradoras e inclusivas, que en su matrícula cuenten con al menos 5 por ciento
de estudiantes que tenga discapacidad y/o dificultades de aprendizaje y/o desventajas;
5. Multigrado;
6. Centros Comunitarios del CONAFE en educación básica;
7. Espacios educativos ubicados en los campamentos de jornaleros agrícolas que atiendan
a estudiantes migrantes;
8. Centros de Desarrollo Infantil que imparten educación preescolar.
B. Escuelas reincorporadas. Podrán ser reincorporadas con financiamiento, asesoría y
acompañamiento aquellas escuelas que han participado cuando menos en una fase en el
PEC y que no han cumplido más de cinco años, siempre y cuando cumplan con las
siguientes condiciones:
1. Que hayan entregado en tiempo y forma sus informes trimestrales y anuales de
seguimiento técnico pedagógico y financiero, que no tengan adeudos o comprobación
pendientes con el PEC, sobre recursos recibidos en ciclos escolares anteriores.
2. Que al finalizar su participación en la fase correspondiente demuestren avance y
cumplimiento de las metas planeadas en su Plan Estratégico de Transformación Escolar
(PETE) y Programa Anual de Trabajo (PAT) revisado y avalado por su Supervisión
Escolar.
3. No haber rebasado los porcentajes en los componentes establecidos en las reglas de
operación de acuerdo a su antigüedad en el Programa.
4. Presentar una copia del registro del CEPS ante el REPUCE.
5. Demostrar avance en los indicadores educativos: deserción, reprobación, matricula,
aprobación, aprovechamiento escolar, eficiencia terminal.
6. En el caso de las primarias y secundarias, haber obtenido una mejora en sus niveles de
logro académico medido a través de los últimos resultados promedio obtenidos en la
aplicación de la prueba ENLACE en la que haya participado, comparada contra los
resultados de la prueba inmediata anterior.
C. Escuelas reincorporadas cinco años o más. Una vez atendidas las escuelas
consideradas en las prioridades anteriores y de acuerdo a la disponibilidad financiera del
Programa del Fideicomiso Estatal para Escuelas de Calidad, podrán ser beneficiadas
aquellas que se determinen por la Autoridad Educativa Estatal, así como a las
escuelas (Invitadas) que han sido beneficiadas por cinco años o más y que deseen
reincorporarse con financiamiento, incluyendo Educación Especial (Centros de Atención
Múltiple) y Centros de Desarrollo Infantil que proporcionan Servicio en el Nivel de Preescolar
(CENDIS) que imparten Educación Preescolar, siempre y cuando que cumplan con todas y
cada una de las condiciones descritas en el inciso B de este numeral.
Las escuelas que no resulten avaladas favorablemente, tendrán derecho a continuar
recibiendo asesoría y acompañamiento técnico en la consolidación de la gestión educativa
estratégica, así como pedagógica y académica para el fortalecimiento de los Consejos
Técnicos Escolares, con la finalidad de consolidar la transformación de su gestión escolar e
intenten reincorporarse nuevamente al Programa.
3
En todos los casos será necesario contar con la voluntaria y decidida participación de la
supervisión escolar, quien asumirá el enfoque de la gestión educativa estratégica y dará
asesoría y acompañamiento técnico, pedagógico y académico a los Consejos Técnicos
Escolares durante todo el proceso de mejora de las escuelas que integran la zona escolar.
II.REGISTRO
1. El periodo de inscripción iniciará a partir de la publicación de la presente
convocatoria y hasta el 23 de agosto del año en curso.
2. Es requisito indispensable que todas las escuelas aspirantes a incorporarse capturen
su solicitud de inscripción (Ficha Técnica y Carta Compromiso), en la dirección
electrónicasiie.sepen.gob.mx en la opción del Programa Escuelas de Calidad PEC XIII;
finalizado el proceso de captura deberá imprimir la Ficha Técnica y la Carta Compromiso
junto con el acuse de recibo de inscripción. Dichos documentos con las firmas
correspondientes, deberán ser entregados físicamente a más tardar el 30 de agosto de
2013, en la Oficina de la Coordinación General Estatal del Programa Escuelas de
Calidad, sito en Av. España N° 91, Fraccionamiento Cd. del Valle; Tepic,
Nayarit. Dicha entrega, en tiempo y forma, garantizará participar en los
procedimientos de capacitación, asesoría, dictaminarían y en su caso, incorporación
al Programa.
3. En el caso de las escuelas reincorporadas que durante el ciclo escolar 2013-
2014 cumplan 5 o menos de cinco ciclos escolares en el PEC, toda vez, y que
hayan solicitado su reincorporación de acuerdo a lo estipulado en el numeral 2.2,
deberán REESTRUCTURAR (actualizar) su PETE y su PAT 2013-2014, mismos
que deberán avalarse por su Supervisión Escolar y una vez que haya obtenido su
aprobación, una vez impreso, deberá firmarse y entregarse en tres tantos y en formato
digital a la Coordinación General Estatal del PEC, a través de la estructura educativa, a
más tardar el 24 de septiembre del presente año. La revisión por parte de la CGEPEC del
PAT reestructurado será del 24 al 30 de septiembre de 2013.
4. Asimismo deberán presentar, su constancia de no adeudo de recursos otorgados por el
PEC de fases anteriores para las escuelas de reincorporación, expedida por el
Responsable Financiero del PEC.
5. Adicionalmente, las escuelas solicitantes que compartan el mismo plantel, los Consejos
Escolares de Participación Social de ambas, deberán presentar un compromiso de
colaboración en el que establecerán la forma en que optimizarán el uso de los recursos
materiales y financieros, de manera que el beneficio sea común si ambas son
dictaminadas favorablemente. El cumplimiento del citado compromiso será un factor
determinante que tomará en cuenta para su futura reincorporación.
II. PROCESO DE CAPACITACIÓN, ASESORÍA Y DICTAMINACIÓN DEL PLAN
ESTRATÉGICO DE TRANSFORMACIÓN ESCOLAR (PETE) Y SU PROGRAMA
ANUAL DE TRABAJO (PAT)
A. Las escuelas aspirantes por primera vez, además de lo estipulado en el numeral II,
elaborarán un Plan Estratégico de Transformación Escolar (PETE) y su Programa
Anual de Trabajo (PAT) de su Centro de Trabajo, basados en el Modelo de Gestión
4
Educativa Estratégica (MGEE) y con atención a los Estándares para la Educación
Básica, dicha metodología, incluida las Reglas de Operación del Programa podrán ser
consultadas en las direcciones electrónicas:
http://educacion.nayarit.gob.mx/
http://www.sepen.gob.mx/pec/
En el icono de MATERIALES EN LÍNEA del Programa Escuelas de Calidad PEC XIII.
B. Para la elaboración o, en su caso, actualización del PETE y del PAT, la Coordinación
General Estatal del Programa de Escuelas de Calidad brindará un proceso de
capacitación y asesoría para las escuelas solicitantes por primera vez, así como
aquellas que la requieran y que durante el ciclo 2013-2014 cumplan cinco o menos de
cinco ciclos escolares de permanencia, de manera continua o discontinua, este proceso
se llevará a cabo en las sedes y fechas que oportunamente se darán a conocer a través
de los Departamentos de Educación Básica, en las direcciones
electrónicas www.sepen.gob.mx/pec,www.educación.nayarit.gob.mx y en la cuenta
de Facebook del Programa (pecnayarit).
C. La elaboración o actualización del PETE y PAT de las escuelas aspirantes a
incorporarse o reincorporarse, es responsabilidad del Consejo Técnico
Escolar (director y docentes), quienes deberán promover la participación de los padres
de familia, a través del Consejo Escolar de Participación Social (CEPS) y sus Comités, o
su equivalente en el caso de los Centros Comunitarios del CONAFE, o Asociación de
Padres de Familia, quien validará este documento conjuntamente con la Supervisión de
Zona Escolar correspondiente.
D. Es requisito que los PETE y PAT de cada Consejo Técnico Escolar de nuevo ingreso,
sean validados por el CEPS y la Supervisión Escolar correspondiente, una vez impreso,
deberá firmarse y entregarse en tres tantos y en formato digital, así como las
evidencias de la autoevaluación; dichos productos se entregarán vía estructura educativa
a la Coordinación General Estatal del PEC del 23 al 27 de septiembre de 2013.
E. Los Planes Estratégicos de Transformación Escolar y el Programa Anual de Trabajo de
las escuelas aspirantes por primera vez, y reincorporadas serán evaluados por
el Comité Dictaminador Estatal (CDE), del día 07 al 11 de octubre de 2013, tomando
como base los siguientes criterios:
1.- Que el PETE, incluya y se fundamente en una autoevaluación de la gestión escolar en
sus cuatro dimensiones: Pedagógica–Curricular, Organizativa, Administrativa y de
Participación Social; así como en: a) los resultados de aprovechamiento escolar alcanzados
por sus estudiantes (incluyendo los resultados de la prueba ENLACE para primarias y
secundarias), b) los propósitos educativos y principios pedagógicos establecidos en los
planes y programas de estudio, c) la mejora del aprendizaje respecto de la lectura,
escritura y razonamiento lógico matemático, d) los indicadores de permanencia y
eficiencia terminal, e) los estándares de gestión para la educación básica, f) los aspectos
5
básicos que favorecen las condiciones de aprendizaje en la escuela asociados a la
normalidad mínima escolar, con una mirada a mediano (PETE) y corto (PAT) plazo.
2.- Que, con base en la autoevaluación, el PETE establezca: Misión, Visión, Valores,
Compromisos específicos y Plan de Mejora (Objetivos, Estrategias y Metas a mediano
plazo) del Consejo Técnico Escolar y de la comunidad educativa en general, para
fomentar y desarrollar estrategias focalizadas en la mejora del aprendizaje respecto de
la lectura, escritura y razonamiento lógico matemático, elevar la permanencia y la
eficiencia terminal, mediante prácticas flexibles y de autonomía en el trabajo de aula, que
permitan el uso racional y efectivo del tiempo por parte de los docentes en cada una de las
actividades desarrolladas en clase, favoreciendo la equidad, garantizando la normalidad
mínima de operación y mejorando la calidad del servicio educativo que ofrece la escuela.
3.- Que en el PETE y PAT se establezca la autoevaluación sistemática de los avances y
logros, como parte de las acciones a desarrollar en las reuniones del Consejo Técnico
Escolar, con la finalidad de efectuar ajustes y cambios oportunos a lo largo del ciclo escolar,
en beneficio de todos los estudiantes del centro escolar.
4.- Que el PAT establezca y describa con claridad las metas y acciones específicas a
desarrollarse durante el ciclo escolar; los recursos y apoyos requeridos, así como una
estimación del costo de las acciones, tiempos y responsables de su ejecución, en
correspondencia con la autoevaluación y el plan de mejora (PETE), así como con sus
objetivos y estrategias y su relación con las actividades de fomento de la mejora del
aprendizaje de la lectura, escritura y razonamiento lógico matemático, elevar la
permanencia y la eficiencia terminal y favorecer las condiciones de aprendizaje en la
escuela asociados a la normalidad mínima escolar y los estándares de desempeño, todo
ello encaminado a mejorar los resultados de aprendizaje de los estudiantes.
5.- Que el Consejo Escolar de Participación Social (CEPS) o su equivalente, en el caso de
los Centros Comunitarios del CONAFE y la Asociación de Padres de Familia, esté
constituido y registrado en el Registro Público de Consejos Escolares (REPUCE) y que las
madres y padres de familia que los integran estén involucrados en las estrategias de mejora
del logro educativo de sus hijos.
III. PROCESO DE SELECCIÓN DE NUEVO INGRESO E INVITADAS
A. La selección final de las escuelas, será responsabilidad compartida del Consejo Estatal
de Participación Social en la Educación (CEPSE) y de la CGEPEC, tomando como base
los siguientes criterios:
 Deberá de apegarse a los dictámenes técnicos elaborados por el CDE, el cumplimiento a
la normatividad y criterios de focalización establecidos en Reglas de Operación y
pertinencia del PETE y PAT, y
 Los recursos financieros destinados para este proceso, deberán de distribuirse en un 15%
para preescolares, 60% para primarias y 25% en secundarias, atendiendo todas las
modalidades de los diferentes niveles educativos de los subsistemas federalizado, estatal
y CONAFE, dando primeramente prioridad a las escuelas ubicadas en zonas de alta y
muy alta marginación y que atiendan a estudiantes indígenas.
6
B. La publicación del resultado del proceso de selección de las escuelas será dado a
conocer el 23 de octubre de 2013, en las direcciones electrónicas:
http://educacion.nayarit.gob.mx/
http://www.sepen.gob.mx/pec/
En el icono de ESCUELAS ACEPTADAS en el Programa Escuelas de Calidad PEC XIII,
misma información que se difundirá a través de la estructura educativa.
OBLIGACIONES Y COMPROMISOS DE ESCUELAS ACEPTADAS
El Consejo Técnico Escolar (directivo y docentes), así como el Consejo Escolar de
Participación Social y sus Comités, o su equivalente en el caso de los Centros Comunitarios
del CONAFE, o Asociación de Padres de Familia de las escuelas que resulten seleccionadas
PARA LA FASE PECXIII, deberán cumplir entre otras, con las siguientes obligaciones y
compromisos:
A. Atender las recomendaciones técnico-pedagógicas y financieras que el Comité
Dictaminador y la Coordinación General Estatal del Programa emitan.
B. Administrar mancomunadamente una cuenta bancaria aperturada exclusivamente para los
recursos del Programa. En dicha cuenta deberá firmar el director de la escuela y un
representante de los padres de familia designado por el Consejo Escolar de Participación
Social o su equivalente.
C. Cumplir con los objetivos, metas y actividades establecidos en sus documentos de
planeación estratégica (PETE y PAT);
D. Desarrollar procesos de evaluación interna y seguimiento de sus avances durante la
implementación del PETE-PAT o equivalente principalmente de: las actividades de fomento
de la mejora del aprendizaje de la lectura, escritura y razonamiento lógico
matemático; la permanencia y la eficiencia terminal, y las condiciones de
aprendizaje en la escuela asociados a la normalidad mínima escolar y los estándares de
desempeño.
E. Colaborar con las evaluaciones externas efectuadas por instancias estatales, nacionales e
internacionales referidas a los procesos de transformación de su gestión escolar y logros
educativos;
F. Articular los recursos y acciones de otros programas y proyectos federales y/o estatales a
través del PETE-PAT o equivalente;
G. Constituir el CEPS y registrarlo en el Registro Público de Consejos Escolares de
Participación Social en la Educación (REPUCE), lo que podrá hacerse también de manera
opcional en el caso de su equivalente;
7
H. Firmar, el director de la escuela o docente a cargo de la función y un representante de los
padres de familia designado por el CEPS o equivalente, de manera mancomunada los
documentos del gasto y sujetar el ejercicio de los recursos del PEC, a lo establecido en su
PAT;
I. Entregar a la CGEPEC, al término de cada ciclo escolar, el informe técnico-pedagógico y
financiero de los resultados del trabajo realizado;
J. Reintegrar al FEEC los recursos no utilizados al 30 de septiembre de 2014 que le hayan
sido transferidos del mismo, dentro de los diez días hábiles siguientes;
K. Comprobar el ejercicio de los recursos conforme a la legislación estatal vigente y aplicable
en materia de adquisiciones de bienes, contratación de servicios y ejecución de obra pública,
integrando un expediente de acuerdo a lo establecido en los Lineamientos para el uso y
comprobación de los recursos emitido por la CGEPEC.
L. Acreditar la recepción de los recursos gestionados provenientes del gobierno municipal, de
los sectores privado y social, a más tardar el 15 de mayo de 2014 para estar en posibilidad
de recibir los recursos de contrapartida del FEEC, entre el mes de septiembre de 2013 y el
30 de mayo de 2014;
M. Integrar un expediente de cada fase de su participación en el PEC (Portafolio de
Evidencias), que incluya y salvaguarde como mínimo la siguiente documentación:
1. Solicitud de participación
2. PETE-PAT o equivalente
3. Convenio de colaboración, en su caso
4. Acta constitutiva del CEPS o equivalente
5. Informe de Dictaminación
6. Análisis de los resultados de evaluación de la prueba ENLACE, en su caso
7. Informe técnico pedagógico anual
8. Informe financiero con documentos comprobatorios de los gastos realizados en
contratación, pago de obras, bienes y servicios;
N. Cuando haya cambio de director en la escuela, el Consejo Técnico Escolar garantizará
que en el proceso de entrega recepción el expediente completo del PEC quede en resguardo
en la institución, con la finalidad de mantener el desarrollo de las estrategias y acciones
derivadas de su autoevaluación.
O. Las escuelas que se retiren del PEC y que cuenten aún con recursos otorgados por el
FEEC en su cuenta bancaria, deberán devolverlos al mismo, en un término no mayor a 10
días hábiles, así como comprobar la totalidad de los recursos ejercidos.
P. Las escuelas reincorporadas para el ciclo escolar 2013-2014, que no proporcionen la
información que permita el monitoreo y seguimiento de las acciones del PEC a través de los
canales que se determinen CGEPEC, no podrán recibir recursos del mismo hasta en tanto no
proporcionen dicha información.
8
Q. Participar en procesos de formación continua, en especial sobre el fortalecimiento de la
gestión escolar.
R. Garantizar una administración transparente y un uso eficiente de los recursos,
apegándose a las Reglas de Operación del Programa Escuelas de Calidad vigentes y a los
Lineamientos para el uso y comprobación de los recursos. Documentos que pueden ser
consultados en las direcciones electrónicas:
http://educacion.nayarit.gob.mx/
http://www.sepen.gob.mx/pec/
en el icono de MATERIALES EN LÍNEA Programa Escuelas de Calidad PEC XIII.
VI. ASIGNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS
A. Una vez que las escuelas sean seleccionadas, el Fideicomiso Escuelas de Calidad del
Estado de Nayarit (FECEN), entregará una aportación inicial diferenciada, por ciclo
escolar, de hasta $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) a cada escuela
beneficiada. Los recursos iniciales serán dispersados por la CGEPEC a las escuelas
beneficiadas teniendo como límite para ello el 29 de noviembre de 2013, y los de
contrapartida entre el mes de septiembre de 2013 y el 30 de mayo de 2014. Para ello se
tomará como criterio la disponibilidad de recursos, las condiciones socioeconómicas
determinadas en las AGEB y sus necesidades identificadas en su PETE-PAT, la
permanencia en el Programa y el tipo de organización de los centros de trabajo y
conforme a las estrategias de financiamiento encaminadas a la ampliación de la cobertura
del Programa en la entidad.
B. Excepcionalmente, una aportación inicial de hasta $70,000.00 (setenta mil pesos 00/100
M.N.) a las escuelas de nuevo ingreso o que tengan menos de cuatro años cumplidos de
permanencia en el PEC y que presenten indicadores educativos desfavorables, o
ubicadas en localidades de alta y muy alta marginación conforme al índice determinado
por el CONAPO
C. Adicionalmente a la aportación inicial, la contrapartida de hasta un peso por cada peso
que logren reunir las escuelas beneficiadas de aportaciones municipales, de padres de
familia o donaciones de organizaciones sociales y privadas, en especie o en efectivo. El
monto no podrá exceder los $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.). Las
efectuadas en especie deberán cumplir con las normas de calidad, cantidad y costo
correspondientes, y ser validadas por la CGEPEC.
D. La distribución de los recursos a las escuelas basada en los criterios anteriores, se
presenta en la siguiente tabla:
GENERACIÓ
N
TIPO DE
ORGANIZACIÓN
DISTRIBUCIÓN TOTAL
MÁXIMO
POR
ESCUELA
APORTACIÓ
N INICIAL
FECEN
CONTRAPARTID
A ESCOLAR
APORTACIÓ
N ADICIONAL
FECEN
IX UNITARIA- 20,000.00 10,000.00 10,000.00 40,000.00
9
BIDOCENTE
TRIDOCENTE 25,000.00 20,000.00 20,000.00 65,000.00
TETRADOCENTE 30,000.00 25,000.00 25,000.00 80,000.00
PENTADOCENTE
- HEXADOCENTE
35,000.00 30,000.00 30,000.00 95,000.00
ORGANIZACIÓN
COMPLETA
40,000.00 35,000.00 35,000.00
110,000.0
0
CONAFE
/ALTERNATIVAS
20,000.00 10,000.00 10,000.00 40,000.00
X
UNITARIA-
BIDOCENTE
25,000.00 20,000.00 20,000.00 65,000.00
TRIDOCENTE-
TETRADOCENTE
30,000.00 25,000.00 25,000.00 80,000.00
PENTADOCENTE
- HEXADOCENTE
35,000.00 30,000.00 30,000.00 95,000.00
ORGANIZACIÓN
COMPLETA
45,000.00 40,000.00 40,000.00
125,000.0
0
XI
UNITARIA-
BIDOCENTE
25,000.00 20,000.00 20,000.00 65,000.00
TRIDOCENTE-
TETRADOCENTE
30,000.00 25,000.00 25,000.00 80,000.00
PENTADOCENTE
- HEXADOCENTE
35,000.00 30,000.00 30,000.00 95,000.00
ORGANIZACIÓN
COMPLETA
50,000.00 40,000.00 40,000.00
130,000.0
0
CONAFE /
ALTERNATIVAS
20,000.00 10,000.00 10,000.00 40,000.00
XII
UNITARIA -
BIDOCENTE
30,000.00 20,000.00 20,000.00 70,000.00
TRIDOCENTE-
TETRADOCENTE
35,000.00 25,000.00 25,000.00 85,000.00
PENTADOCENTE
- HEXADOCENTE
40,000.00 30,000.00 30,000.00
100,000.0
0
ORGANIZACIÓN
COMPLETA
50,000.00 50,000.00 50,000.00
150,000.0
0
70,000.00 40,000.00 40,000.00
150,000.0
0
CONAFE /
ALTERNATIVAS
20,000.00 10,000.00 10,000.00 40,000.00
XIII
UNITARIA-
BIDOCENTE
30,000.00 20,000.00 20,000.00 70,000.00
TRIDOCENTE-
TETRADOCENTE
35,000.00 25,000.00 25,000.00 85,000.00
PENTADOCENTE
- HEXADOCENTE
40,000.00 30,000.00 30,000.00
100,000.0
0
ORGANIZACIÓN
COMPLETA
50,000.00 50,000.00 50,000.00
150,000.0
0
70,000.00 40,000.00 40,000.00
150,000.0
0
10
CONAFE
/ALTERNATIVAS
20,000.00 10,000.00 10,000.00 40,000.00
NOTA: Para efecto de la distribución de los recursos en esta Convocatoria, se
consideran como escuelas de organización completa aquellas que cuentan con
Director Técnico.
E. A las escuelas que hayan cumplido cinco ciclos escolares o más de permanencia en el
PEC y que hayan sido invitadas a continuar participando, se les podrá otorgar una
contrapartida de hasta un peso por cada peso que logren reunir, hasta un máximo de
$30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N.), con la posibilidad de poder contar con una
aportación inicial siempre y cuando exista disponibilidad financiera, misma que será
determinada y autorizada por el CTFEEC.
F. Los recursos otorgados a las escuelas se deberán utilizar de acuerdo a los componentes
y porcentajes mínimos y máximos de la tabla siguiente, tomando en cuenta los rubros que
se describen a posteriormente:
AÑOS DE
PERMANENCIA
EN EL
PROGRAMA
COMPONENTES
FORTALECIMIENTO
ACADÉMICO
(% MÍNIMO A
EJERCER)
INFRAESTRUCTURA
Y EQUIPAMIENTO
(% MÁXIMO A
EJERCER)
(Nuevo Ingreso) 30% 70%
1 35% 65%
2 40% 60%
3 45% 55%
4 50% 50%
5 50% 50%
Invitadas 90% 10%*
*Estos recursos no podrán destinarse a la construcción y ampliación de espacios
educativos.
1. Fortalecimiento Académico considera:
2. Equipo técnico, libros, útiles, software para la gestión de los aprendizajes, materiales
escolares y didácticos; así como actividades que enriquezcan el proceso de aprendizaje
de los estudiantes dando énfasis en el desarrollo de competencias lectoras y lógico
matemáticas, y fortalezcan las competencias profesionales y habilidades digitales para el
uso y aprovechamiento de las tecnologías de información y comunicación en la
educación del Consejo Técnico Escolar (docentes y directivos) y de padres de familia en
apoyo al aprendizaje, encaminadas a garantizar la normalidad mínima de operación y
mejorar la eficiencia de la jornada escolar, el logro del perfil de egreso, e incentiven la
permanencia e inclusión de estudiantes de educación básica.
3. La Infraestructura y equipamiento considera:
11
4. Mobiliario, equipo y servicios de conectividad para el uso de las tecnologías de
información y comunicación en la educación y obras de infraestructura escolar, tales
como rehabilitación de espacios educativos y/o mantenimiento del edificio escolar,
construcción de espacios educativos nuevos y ampliación de espacios educativos
existentes que generen condiciones que coadyuven a la normalidad mínima de
operación y la mejora del servicio educativo.
5. De manera gradual, las escuelas en reincorporación (de 1 a 5 años de permanencia)
deberán incrementar la inversión en el fortalecimiento académico por cada año de
permanencia.
6. Las escuelas con más de 5 años de permanencia no podrán destinar recursos a la
construcción y ampliación de espacios educativos.
7. Para recibir los recursos de contrapartida del FECEN, las escuelas beneficiadas deberán
comprobar la recepción de los recursos gestionados provenientes del gobierno municipal
y de los sectores privado y social, a partir de la aportación inicial proporcionada por este
organismo y hasta el 30 de mayo de 2014.
8. En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros asignados a los beneficiarios,
para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o
sobresueldos de los directivos, docentes o empleados que laboren en la SE, los SEPEN
o el CONAFE.
9. En el caso de no ejercer los recursos, deberán ser reintegrados en forma inmediata al
FECEN, antes de que finalice el ciclo escolar.
10.Las escuelas beneficiadas por el Programa, deberán considerar además los siguientes
aspectos:
a) La fecha límite para que las escuelas beneficiadas devenguen la totalidad de los recursos,
que reciban del FECEN será el 30 de agosto 2014 y deberán apegarse a lo que establezcan
los Lineamientos para el Uso y Comprobación de los Recursos vigente.
b)Los cursos de capacitación planteados en el PETE- PAT considerados para ser
financiados con recursos del PEC, deberán contar con previa autorización de la Coordinaron
General Estatal del PEC, quien cuidará en todo momento la calidad de los mismos y su
pertinencia al enfoque de los planes y programas vigentes.
c)Aquellas escuelas que decidan retirarse del Programa y que cuenten aún con recursos
otorgados por el FECEN en su cuenta bancaria, deberán devolverlos al mismo en un término
no mayor de 10 días naturales una vez que sea requerido, así como comprobar la totalidad
de los recursos ejercidos.
11.A fin de garantizar el uso transparente y eficaz de los recursos del PEC, la autoridad
educativa estatal podrá suspender, cancelar o exigir el reintegro de los apoyos
proporcionados a aquella escuela que incumpla con las Reglas de Operación 2013 y de
su normatividad aplicable en la materia, o bien cometa alguna irregularidad en el manejo
de los recursos.
VII. TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
A. Para dar cumplimiento a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información
Pública Gubernamental, tanto las Reglas de Operación 2013 (del 25 de febrero de 2013)
y esta convocatoria se encuentran publicadas en:
12
www.sepen.gob.mx/pec
www.educacion.nayarit.gob.mx .
B. La CGEPEC, publicará y difundirá la relación de escuelas seleccionadas. Informará al
Consejo Estatal de Participación Social y a los Municipales de Participación Social sobre
los beneficios otorgados a cada escuela; asimismo se asegurará que todas ellas tengan a
la vista el pizarrón de autoevaluación, en los que indique las acciones y recursos
aplicados (los que deberán estar expuestos de manera permanente toda vez que son
evidencia auditable).
C. Con el fin de garantizar la transparencia en el uso de los recursos, el ejercicio y
comprobación de los mismos, se hará de conformidad con lo establecido en la legislación
estatal vigente aplicable en materia de adquisiciones, contratación de servicios y
ejecución de obra pública, integrando un expediente de acuerdo a lo establecido en los
Lineamientos para el uso y comprobación de los recursos emitido por la Coordinación
General Estatal del Programa Escuelas de Calidad.
D. Asimismo, las acciones de transparencia y rendición de cuentas en cada escuela estarán
a cargo del CEPS y sus comités o su equivalente en el caso de los Centros Comunitarios
del CONAFE y de la APF mediante la participación de los padres y madres de familia, y
de otros miembros de la comunidad que los conformen, quienes recibirán capacitación
para constituirse en instancias de seguimiento y evaluación social, con la finalidad de
establecer una vinculación de las madres y padres de familia con la educación de sus
hijos en el ámbito escolar, con lo que realizan el Consejo Técnico Escolar (director y los
docentes) en el centro escolar, con los recursos que reciben y la manera en que los
aplican de acuerdo a su PETE y PAT, con procesos transparentes hacia la comunidad y
con una rendición de cuentas basada en los resultados educativos de los estudiantes y el
uso de los recursos utilizados para su consecución.
E. Para valorar el impacto del PETE, se contará con referentes iniciales y evaluaciones
periódicas de seguimiento y será obligación de la comunidad escolar facilitar y apoyar en
todo momento su realización:
*. Evaluaciones externas: cualitativas y cuantitativas que efectúen instancias nacionales e
internacionales referidas a los procesos de transformación de su gestión escolar y logros
educativos, así como las realizadas por la Instancia Estatal de Evaluación y por la CGEPEC.
*. Evaluaciones internas: La comunidad escolar evaluará periódicamente (autoevaluación)
las condiciones de la escuela y los resultados de las acciones realizadas, con el propósito de
identificar logros, dificultades y retos en el PETE, y en su caso, su actualización,
implementando el Instrumento de Seguimiento y Evaluación al Programa Anual de Trabajo
(PAT) en sus tres momentos: Inicial, Intermedio y Final.
*. Estándares e indicadores: En las evaluaciones (interna y externa) se considerarán los
estándares educativos establecidos para las escuelas de educación básica.
13
F. Las escuelas elaborarán y entregarán en cada periodo estipulado en los Lineamientos
para el uso y comprobación de los recursos a la Coordinación General Estatal del
PEC, informes que incluyan los resultados del desarrollo del PETE -PAT en el que se
destaque: el avance de sus estudiantes, el aprovechamiento escolar, particularmente
en lectura, escritura y razonamiento lógico matemático, los avances en materia de
permanencia, inclusión y eficiencia terminal de sus estudiantes y el cumplimiento de
sus metas, todo ello asociado a la normalidad del servicio educativo. Asimismo
entregarán la información del ejercicio de los recursos financieros asignados de acuerdo
con los Lineamientos respectivos y avances de los compromisos de esta convocatoria.
Las escuelas deberán hacer públicos estos informes ante su comunidad e incluir la
información en el REPUCE, a través del CEPS.
VIII. RECURSO DE REVISIÓN
A. Los directores que manifiesten alguna inconformidad con los resultados en la selección
de las escuelas, dispondrán de cinco días hábiles una vez publicados los resultados para
presentar una solicitud de revisión de su dictamen, ante el Consejo Estatal de
Participación social.
B. El Consejo Estatal de Participación Social deberá emitir una resolución en un término
máximo de cinco días hábiles posteriores a la presentación de la misma, la cual tendrá
carácter de inapelable.
TRANSITORIOS
Cualquier situación no prevista en la presente convocatoria será resuelta por el Consejo
Estatal de Participación Social, en colaboración con la Coordinación General Estatal del PEC
en la Entidad, utilizando como base las Reglas de Operación e Indicadores de Gestión y
Evaluación del Programa Escuelas de Calidad.
Para mayor información comunicarse con el Mtro. Odilón Sánchez Estrada, Coordinador
General Estatal del PEC en Nayarit o a los siguientes teléfonos en Tepic: al (01-311) 214-36-
06 y 2-10-62-39, o acudir al domicilio de la Coordinación General Estatal del PEC,
ubicado en: Av. España No. 91 Fraccionamiento Ciudad del Valle, Tepic, Nayarit.
Tepic, Nayarit a 26 de junio 2013
ATENTAMENTE
LIC. MARCO ANTONIO LEDESMA
GONZÁLEZ
SECRETARIO DE EDUCACIÓN
C.P. LETICIA PÉREZ GARCÍA
DIRECTORA GENERAL DE LOS
SEPEN
MTRO. ODILÓN SÁNCHEZ ESTRADA
COORDINADOR ESTATAL DEL
PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD
PROFR. LORENZO ROSAS ALEGRÍA
PRESIDENTE DEL CONSEJO
ESTATAL DE PARTICIPACIÓN
SOCIAL
14
“Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni
promovido por partido político alguno; y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con
fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los
establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de
este Programa deberá ser denunciado y sancionado de
acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”
En los siguientes enlaces puede encontrar las páginas
oficiales y tutoriales para la incorporación y el diseño del Plan
Estratégico de Transformación Escolar PETE, y Programa
Anual de Trabajo PAT
Incorporación PEC 2013
http://academiasefcnayarit.blogspot.mx/2012/08/pec-2012-
incorporacion.html
Planeación estratégica:
http://tutornay.blogspot.mx/2011/04/planeacion-
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Convocatoria Programa Escuelas Calidad Nayarit 2013-2014

  • 1. 1 Convocatoria Programa Escuelas de Calidad 2013 Estado de Nayarit El Programa Escuelas de Calidad (PEC), forma parte de la política estatal y nacional de transformación de la gestión educativa que busca fortalecer la participación de los centros escolares en la toma de decisiones, corresponsabilizar a los diferentes actores sociales y educativos, promoviendo la seguridad, la transparencia y la rendición de cuentas, impulsando la participación entre la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, así como con Organismos de la Sociedad Civil en sus respectivos ámbitos de actuación, para apoyar las acciones que la comunidad educativa decida, con la finalidad de mejorar la calidad del servicio educativo y los resultados de aprendizaje. Su principal objetivo es contribuir a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas y zonas escolares mediante el fomento de la corresponsabilidad de la comunidad escolar en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta en la generación de condiciones que propicien la mejora del logro educativo. En tal sentido, el Gobierno del Estado de Nayarit, la Secretaría de Educación y los Servicios de Educación Pública del Estado de Nayarit, a través de la Coordinación General Estatal del Programa Escuelas de Calidad y el Consejo Estatal de Participación Social, CONVOCAN A las escuelas públicas de todos los niveles y modalidades de educación básica, de Educación Especial, Centros de Desarrollo Infantil que proporcionen el servicio de preescolar y centros comunitarios del Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE) de la entidad, que no reciban recursos del Programa de Escuelas de Tiempo Completo, a participar, de manera voluntaria, en el proceso de selección del Programa Escuelas de Calidad para el ciclo escolar 2013-2014, Fase PEC XIII, con el fin de mejorar tanto la calidad y equidad del servicio educativo como los niveles de logro académico, considerando las prioridades de atención del Programa, los términos de las Reglas de Operación vigentes y la disponibilidad de recursos, ajustándose a las siguientes B A S E S I. ESCUELAS PARTICIPANTES Escuelas públicas de educación básica en todos sus niveles y modalidades; con énfasis en aquellas, de nivel primaria y secundaria, con indicadores educativos desfavorables, o ubicadas en localidades de alta y muy alta marginación conforme al índice determinado por el Consejo Nacional de Población (CONAPO) y que cumplan los siguientes criterios: A. Como Escuelas de nueva incorporación. Se favorecerá principalmente a aquellas de nivel primaria y secundaria, con indicadores educativos desfavorables o ubicadas en localidades de alta y muy alta marginación conforme al índice determinado por el CONAPO y/o que cumplan al menos con una de las siguientes prioridades: 2. Que se encuentren ubicadas en localidades con población mayoritariamente indígena;
  • 2. 2 3. Que al menos el 50 por ciento de su matrícula tenga resultados de insuficiente en la prueba ENLACE; 4. Integradoras e inclusivas, que en su matrícula cuenten con al menos 5 por ciento de estudiantes que tenga discapacidad y/o dificultades de aprendizaje y/o desventajas; 5. Multigrado; 6. Centros Comunitarios del CONAFE en educación básica; 7. Espacios educativos ubicados en los campamentos de jornaleros agrícolas que atiendan a estudiantes migrantes; 8. Centros de Desarrollo Infantil que imparten educación preescolar. B. Escuelas reincorporadas. Podrán ser reincorporadas con financiamiento, asesoría y acompañamiento aquellas escuelas que han participado cuando menos en una fase en el PEC y que no han cumplido más de cinco años, siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones: 1. Que hayan entregado en tiempo y forma sus informes trimestrales y anuales de seguimiento técnico pedagógico y financiero, que no tengan adeudos o comprobación pendientes con el PEC, sobre recursos recibidos en ciclos escolares anteriores. 2. Que al finalizar su participación en la fase correspondiente demuestren avance y cumplimiento de las metas planeadas en su Plan Estratégico de Transformación Escolar (PETE) y Programa Anual de Trabajo (PAT) revisado y avalado por su Supervisión Escolar. 3. No haber rebasado los porcentajes en los componentes establecidos en las reglas de operación de acuerdo a su antigüedad en el Programa. 4. Presentar una copia del registro del CEPS ante el REPUCE. 5. Demostrar avance en los indicadores educativos: deserción, reprobación, matricula, aprobación, aprovechamiento escolar, eficiencia terminal. 6. En el caso de las primarias y secundarias, haber obtenido una mejora en sus niveles de logro académico medido a través de los últimos resultados promedio obtenidos en la aplicación de la prueba ENLACE en la que haya participado, comparada contra los resultados de la prueba inmediata anterior. C. Escuelas reincorporadas cinco años o más. Una vez atendidas las escuelas consideradas en las prioridades anteriores y de acuerdo a la disponibilidad financiera del Programa del Fideicomiso Estatal para Escuelas de Calidad, podrán ser beneficiadas aquellas que se determinen por la Autoridad Educativa Estatal, así como a las escuelas (Invitadas) que han sido beneficiadas por cinco años o más y que deseen reincorporarse con financiamiento, incluyendo Educación Especial (Centros de Atención Múltiple) y Centros de Desarrollo Infantil que proporcionan Servicio en el Nivel de Preescolar (CENDIS) que imparten Educación Preescolar, siempre y cuando que cumplan con todas y cada una de las condiciones descritas en el inciso B de este numeral. Las escuelas que no resulten avaladas favorablemente, tendrán derecho a continuar recibiendo asesoría y acompañamiento técnico en la consolidación de la gestión educativa estratégica, así como pedagógica y académica para el fortalecimiento de los Consejos Técnicos Escolares, con la finalidad de consolidar la transformación de su gestión escolar e intenten reincorporarse nuevamente al Programa.
  • 3. 3 En todos los casos será necesario contar con la voluntaria y decidida participación de la supervisión escolar, quien asumirá el enfoque de la gestión educativa estratégica y dará asesoría y acompañamiento técnico, pedagógico y académico a los Consejos Técnicos Escolares durante todo el proceso de mejora de las escuelas que integran la zona escolar. II.REGISTRO 1. El periodo de inscripción iniciará a partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta el 23 de agosto del año en curso. 2. Es requisito indispensable que todas las escuelas aspirantes a incorporarse capturen su solicitud de inscripción (Ficha Técnica y Carta Compromiso), en la dirección electrónicasiie.sepen.gob.mx en la opción del Programa Escuelas de Calidad PEC XIII; finalizado el proceso de captura deberá imprimir la Ficha Técnica y la Carta Compromiso junto con el acuse de recibo de inscripción. Dichos documentos con las firmas correspondientes, deberán ser entregados físicamente a más tardar el 30 de agosto de 2013, en la Oficina de la Coordinación General Estatal del Programa Escuelas de Calidad, sito en Av. España N° 91, Fraccionamiento Cd. del Valle; Tepic, Nayarit. Dicha entrega, en tiempo y forma, garantizará participar en los procedimientos de capacitación, asesoría, dictaminarían y en su caso, incorporación al Programa. 3. En el caso de las escuelas reincorporadas que durante el ciclo escolar 2013- 2014 cumplan 5 o menos de cinco ciclos escolares en el PEC, toda vez, y que hayan solicitado su reincorporación de acuerdo a lo estipulado en el numeral 2.2, deberán REESTRUCTURAR (actualizar) su PETE y su PAT 2013-2014, mismos que deberán avalarse por su Supervisión Escolar y una vez que haya obtenido su aprobación, una vez impreso, deberá firmarse y entregarse en tres tantos y en formato digital a la Coordinación General Estatal del PEC, a través de la estructura educativa, a más tardar el 24 de septiembre del presente año. La revisión por parte de la CGEPEC del PAT reestructurado será del 24 al 30 de septiembre de 2013. 4. Asimismo deberán presentar, su constancia de no adeudo de recursos otorgados por el PEC de fases anteriores para las escuelas de reincorporación, expedida por el Responsable Financiero del PEC. 5. Adicionalmente, las escuelas solicitantes que compartan el mismo plantel, los Consejos Escolares de Participación Social de ambas, deberán presentar un compromiso de colaboración en el que establecerán la forma en que optimizarán el uso de los recursos materiales y financieros, de manera que el beneficio sea común si ambas son dictaminadas favorablemente. El cumplimiento del citado compromiso será un factor determinante que tomará en cuenta para su futura reincorporación. II. PROCESO DE CAPACITACIÓN, ASESORÍA Y DICTAMINACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE TRANSFORMACIÓN ESCOLAR (PETE) Y SU PROGRAMA ANUAL DE TRABAJO (PAT) A. Las escuelas aspirantes por primera vez, además de lo estipulado en el numeral II, elaborarán un Plan Estratégico de Transformación Escolar (PETE) y su Programa Anual de Trabajo (PAT) de su Centro de Trabajo, basados en el Modelo de Gestión
  • 4. 4 Educativa Estratégica (MGEE) y con atención a los Estándares para la Educación Básica, dicha metodología, incluida las Reglas de Operación del Programa podrán ser consultadas en las direcciones electrónicas: http://educacion.nayarit.gob.mx/ http://www.sepen.gob.mx/pec/ En el icono de MATERIALES EN LÍNEA del Programa Escuelas de Calidad PEC XIII. B. Para la elaboración o, en su caso, actualización del PETE y del PAT, la Coordinación General Estatal del Programa de Escuelas de Calidad brindará un proceso de capacitación y asesoría para las escuelas solicitantes por primera vez, así como aquellas que la requieran y que durante el ciclo 2013-2014 cumplan cinco o menos de cinco ciclos escolares de permanencia, de manera continua o discontinua, este proceso se llevará a cabo en las sedes y fechas que oportunamente se darán a conocer a través de los Departamentos de Educación Básica, en las direcciones electrónicas www.sepen.gob.mx/pec,www.educación.nayarit.gob.mx y en la cuenta de Facebook del Programa (pecnayarit). C. La elaboración o actualización del PETE y PAT de las escuelas aspirantes a incorporarse o reincorporarse, es responsabilidad del Consejo Técnico Escolar (director y docentes), quienes deberán promover la participación de los padres de familia, a través del Consejo Escolar de Participación Social (CEPS) y sus Comités, o su equivalente en el caso de los Centros Comunitarios del CONAFE, o Asociación de Padres de Familia, quien validará este documento conjuntamente con la Supervisión de Zona Escolar correspondiente. D. Es requisito que los PETE y PAT de cada Consejo Técnico Escolar de nuevo ingreso, sean validados por el CEPS y la Supervisión Escolar correspondiente, una vez impreso, deberá firmarse y entregarse en tres tantos y en formato digital, así como las evidencias de la autoevaluación; dichos productos se entregarán vía estructura educativa a la Coordinación General Estatal del PEC del 23 al 27 de septiembre de 2013. E. Los Planes Estratégicos de Transformación Escolar y el Programa Anual de Trabajo de las escuelas aspirantes por primera vez, y reincorporadas serán evaluados por el Comité Dictaminador Estatal (CDE), del día 07 al 11 de octubre de 2013, tomando como base los siguientes criterios: 1.- Que el PETE, incluya y se fundamente en una autoevaluación de la gestión escolar en sus cuatro dimensiones: Pedagógica–Curricular, Organizativa, Administrativa y de Participación Social; así como en: a) los resultados de aprovechamiento escolar alcanzados por sus estudiantes (incluyendo los resultados de la prueba ENLACE para primarias y secundarias), b) los propósitos educativos y principios pedagógicos establecidos en los planes y programas de estudio, c) la mejora del aprendizaje respecto de la lectura, escritura y razonamiento lógico matemático, d) los indicadores de permanencia y eficiencia terminal, e) los estándares de gestión para la educación básica, f) los aspectos
  • 5. 5 básicos que favorecen las condiciones de aprendizaje en la escuela asociados a la normalidad mínima escolar, con una mirada a mediano (PETE) y corto (PAT) plazo. 2.- Que, con base en la autoevaluación, el PETE establezca: Misión, Visión, Valores, Compromisos específicos y Plan de Mejora (Objetivos, Estrategias y Metas a mediano plazo) del Consejo Técnico Escolar y de la comunidad educativa en general, para fomentar y desarrollar estrategias focalizadas en la mejora del aprendizaje respecto de la lectura, escritura y razonamiento lógico matemático, elevar la permanencia y la eficiencia terminal, mediante prácticas flexibles y de autonomía en el trabajo de aula, que permitan el uso racional y efectivo del tiempo por parte de los docentes en cada una de las actividades desarrolladas en clase, favoreciendo la equidad, garantizando la normalidad mínima de operación y mejorando la calidad del servicio educativo que ofrece la escuela. 3.- Que en el PETE y PAT se establezca la autoevaluación sistemática de los avances y logros, como parte de las acciones a desarrollar en las reuniones del Consejo Técnico Escolar, con la finalidad de efectuar ajustes y cambios oportunos a lo largo del ciclo escolar, en beneficio de todos los estudiantes del centro escolar. 4.- Que el PAT establezca y describa con claridad las metas y acciones específicas a desarrollarse durante el ciclo escolar; los recursos y apoyos requeridos, así como una estimación del costo de las acciones, tiempos y responsables de su ejecución, en correspondencia con la autoevaluación y el plan de mejora (PETE), así como con sus objetivos y estrategias y su relación con las actividades de fomento de la mejora del aprendizaje de la lectura, escritura y razonamiento lógico matemático, elevar la permanencia y la eficiencia terminal y favorecer las condiciones de aprendizaje en la escuela asociados a la normalidad mínima escolar y los estándares de desempeño, todo ello encaminado a mejorar los resultados de aprendizaje de los estudiantes. 5.- Que el Consejo Escolar de Participación Social (CEPS) o su equivalente, en el caso de los Centros Comunitarios del CONAFE y la Asociación de Padres de Familia, esté constituido y registrado en el Registro Público de Consejos Escolares (REPUCE) y que las madres y padres de familia que los integran estén involucrados en las estrategias de mejora del logro educativo de sus hijos. III. PROCESO DE SELECCIÓN DE NUEVO INGRESO E INVITADAS A. La selección final de las escuelas, será responsabilidad compartida del Consejo Estatal de Participación Social en la Educación (CEPSE) y de la CGEPEC, tomando como base los siguientes criterios:  Deberá de apegarse a los dictámenes técnicos elaborados por el CDE, el cumplimiento a la normatividad y criterios de focalización establecidos en Reglas de Operación y pertinencia del PETE y PAT, y  Los recursos financieros destinados para este proceso, deberán de distribuirse en un 15% para preescolares, 60% para primarias y 25% en secundarias, atendiendo todas las modalidades de los diferentes niveles educativos de los subsistemas federalizado, estatal y CONAFE, dando primeramente prioridad a las escuelas ubicadas en zonas de alta y muy alta marginación y que atiendan a estudiantes indígenas.
  • 6. 6 B. La publicación del resultado del proceso de selección de las escuelas será dado a conocer el 23 de octubre de 2013, en las direcciones electrónicas: http://educacion.nayarit.gob.mx/ http://www.sepen.gob.mx/pec/ En el icono de ESCUELAS ACEPTADAS en el Programa Escuelas de Calidad PEC XIII, misma información que se difundirá a través de la estructura educativa. OBLIGACIONES Y COMPROMISOS DE ESCUELAS ACEPTADAS El Consejo Técnico Escolar (directivo y docentes), así como el Consejo Escolar de Participación Social y sus Comités, o su equivalente en el caso de los Centros Comunitarios del CONAFE, o Asociación de Padres de Familia de las escuelas que resulten seleccionadas PARA LA FASE PECXIII, deberán cumplir entre otras, con las siguientes obligaciones y compromisos: A. Atender las recomendaciones técnico-pedagógicas y financieras que el Comité Dictaminador y la Coordinación General Estatal del Programa emitan. B. Administrar mancomunadamente una cuenta bancaria aperturada exclusivamente para los recursos del Programa. En dicha cuenta deberá firmar el director de la escuela y un representante de los padres de familia designado por el Consejo Escolar de Participación Social o su equivalente. C. Cumplir con los objetivos, metas y actividades establecidos en sus documentos de planeación estratégica (PETE y PAT); D. Desarrollar procesos de evaluación interna y seguimiento de sus avances durante la implementación del PETE-PAT o equivalente principalmente de: las actividades de fomento de la mejora del aprendizaje de la lectura, escritura y razonamiento lógico matemático; la permanencia y la eficiencia terminal, y las condiciones de aprendizaje en la escuela asociados a la normalidad mínima escolar y los estándares de desempeño. E. Colaborar con las evaluaciones externas efectuadas por instancias estatales, nacionales e internacionales referidas a los procesos de transformación de su gestión escolar y logros educativos; F. Articular los recursos y acciones de otros programas y proyectos federales y/o estatales a través del PETE-PAT o equivalente; G. Constituir el CEPS y registrarlo en el Registro Público de Consejos Escolares de Participación Social en la Educación (REPUCE), lo que podrá hacerse también de manera opcional en el caso de su equivalente;
  • 7. 7 H. Firmar, el director de la escuela o docente a cargo de la función y un representante de los padres de familia designado por el CEPS o equivalente, de manera mancomunada los documentos del gasto y sujetar el ejercicio de los recursos del PEC, a lo establecido en su PAT; I. Entregar a la CGEPEC, al término de cada ciclo escolar, el informe técnico-pedagógico y financiero de los resultados del trabajo realizado; J. Reintegrar al FEEC los recursos no utilizados al 30 de septiembre de 2014 que le hayan sido transferidos del mismo, dentro de los diez días hábiles siguientes; K. Comprobar el ejercicio de los recursos conforme a la legislación estatal vigente y aplicable en materia de adquisiciones de bienes, contratación de servicios y ejecución de obra pública, integrando un expediente de acuerdo a lo establecido en los Lineamientos para el uso y comprobación de los recursos emitido por la CGEPEC. L. Acreditar la recepción de los recursos gestionados provenientes del gobierno municipal, de los sectores privado y social, a más tardar el 15 de mayo de 2014 para estar en posibilidad de recibir los recursos de contrapartida del FEEC, entre el mes de septiembre de 2013 y el 30 de mayo de 2014; M. Integrar un expediente de cada fase de su participación en el PEC (Portafolio de Evidencias), que incluya y salvaguarde como mínimo la siguiente documentación: 1. Solicitud de participación 2. PETE-PAT o equivalente 3. Convenio de colaboración, en su caso 4. Acta constitutiva del CEPS o equivalente 5. Informe de Dictaminación 6. Análisis de los resultados de evaluación de la prueba ENLACE, en su caso 7. Informe técnico pedagógico anual 8. Informe financiero con documentos comprobatorios de los gastos realizados en contratación, pago de obras, bienes y servicios; N. Cuando haya cambio de director en la escuela, el Consejo Técnico Escolar garantizará que en el proceso de entrega recepción el expediente completo del PEC quede en resguardo en la institución, con la finalidad de mantener el desarrollo de las estrategias y acciones derivadas de su autoevaluación. O. Las escuelas que se retiren del PEC y que cuenten aún con recursos otorgados por el FEEC en su cuenta bancaria, deberán devolverlos al mismo, en un término no mayor a 10 días hábiles, así como comprobar la totalidad de los recursos ejercidos. P. Las escuelas reincorporadas para el ciclo escolar 2013-2014, que no proporcionen la información que permita el monitoreo y seguimiento de las acciones del PEC a través de los canales que se determinen CGEPEC, no podrán recibir recursos del mismo hasta en tanto no proporcionen dicha información.
  • 8. 8 Q. Participar en procesos de formación continua, en especial sobre el fortalecimiento de la gestión escolar. R. Garantizar una administración transparente y un uso eficiente de los recursos, apegándose a las Reglas de Operación del Programa Escuelas de Calidad vigentes y a los Lineamientos para el uso y comprobación de los recursos. Documentos que pueden ser consultados en las direcciones electrónicas: http://educacion.nayarit.gob.mx/ http://www.sepen.gob.mx/pec/ en el icono de MATERIALES EN LÍNEA Programa Escuelas de Calidad PEC XIII. VI. ASIGNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS A. Una vez que las escuelas sean seleccionadas, el Fideicomiso Escuelas de Calidad del Estado de Nayarit (FECEN), entregará una aportación inicial diferenciada, por ciclo escolar, de hasta $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) a cada escuela beneficiada. Los recursos iniciales serán dispersados por la CGEPEC a las escuelas beneficiadas teniendo como límite para ello el 29 de noviembre de 2013, y los de contrapartida entre el mes de septiembre de 2013 y el 30 de mayo de 2014. Para ello se tomará como criterio la disponibilidad de recursos, las condiciones socioeconómicas determinadas en las AGEB y sus necesidades identificadas en su PETE-PAT, la permanencia en el Programa y el tipo de organización de los centros de trabajo y conforme a las estrategias de financiamiento encaminadas a la ampliación de la cobertura del Programa en la entidad. B. Excepcionalmente, una aportación inicial de hasta $70,000.00 (setenta mil pesos 00/100 M.N.) a las escuelas de nuevo ingreso o que tengan menos de cuatro años cumplidos de permanencia en el PEC y que presenten indicadores educativos desfavorables, o ubicadas en localidades de alta y muy alta marginación conforme al índice determinado por el CONAPO C. Adicionalmente a la aportación inicial, la contrapartida de hasta un peso por cada peso que logren reunir las escuelas beneficiadas de aportaciones municipales, de padres de familia o donaciones de organizaciones sociales y privadas, en especie o en efectivo. El monto no podrá exceder los $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.). Las efectuadas en especie deberán cumplir con las normas de calidad, cantidad y costo correspondientes, y ser validadas por la CGEPEC. D. La distribución de los recursos a las escuelas basada en los criterios anteriores, se presenta en la siguiente tabla: GENERACIÓ N TIPO DE ORGANIZACIÓN DISTRIBUCIÓN TOTAL MÁXIMO POR ESCUELA APORTACIÓ N INICIAL FECEN CONTRAPARTID A ESCOLAR APORTACIÓ N ADICIONAL FECEN IX UNITARIA- 20,000.00 10,000.00 10,000.00 40,000.00
  • 9. 9 BIDOCENTE TRIDOCENTE 25,000.00 20,000.00 20,000.00 65,000.00 TETRADOCENTE 30,000.00 25,000.00 25,000.00 80,000.00 PENTADOCENTE - HEXADOCENTE 35,000.00 30,000.00 30,000.00 95,000.00 ORGANIZACIÓN COMPLETA 40,000.00 35,000.00 35,000.00 110,000.0 0 CONAFE /ALTERNATIVAS 20,000.00 10,000.00 10,000.00 40,000.00 X UNITARIA- BIDOCENTE 25,000.00 20,000.00 20,000.00 65,000.00 TRIDOCENTE- TETRADOCENTE 30,000.00 25,000.00 25,000.00 80,000.00 PENTADOCENTE - HEXADOCENTE 35,000.00 30,000.00 30,000.00 95,000.00 ORGANIZACIÓN COMPLETA 45,000.00 40,000.00 40,000.00 125,000.0 0 XI UNITARIA- BIDOCENTE 25,000.00 20,000.00 20,000.00 65,000.00 TRIDOCENTE- TETRADOCENTE 30,000.00 25,000.00 25,000.00 80,000.00 PENTADOCENTE - HEXADOCENTE 35,000.00 30,000.00 30,000.00 95,000.00 ORGANIZACIÓN COMPLETA 50,000.00 40,000.00 40,000.00 130,000.0 0 CONAFE / ALTERNATIVAS 20,000.00 10,000.00 10,000.00 40,000.00 XII UNITARIA - BIDOCENTE 30,000.00 20,000.00 20,000.00 70,000.00 TRIDOCENTE- TETRADOCENTE 35,000.00 25,000.00 25,000.00 85,000.00 PENTADOCENTE - HEXADOCENTE 40,000.00 30,000.00 30,000.00 100,000.0 0 ORGANIZACIÓN COMPLETA 50,000.00 50,000.00 50,000.00 150,000.0 0 70,000.00 40,000.00 40,000.00 150,000.0 0 CONAFE / ALTERNATIVAS 20,000.00 10,000.00 10,000.00 40,000.00 XIII UNITARIA- BIDOCENTE 30,000.00 20,000.00 20,000.00 70,000.00 TRIDOCENTE- TETRADOCENTE 35,000.00 25,000.00 25,000.00 85,000.00 PENTADOCENTE - HEXADOCENTE 40,000.00 30,000.00 30,000.00 100,000.0 0 ORGANIZACIÓN COMPLETA 50,000.00 50,000.00 50,000.00 150,000.0 0 70,000.00 40,000.00 40,000.00 150,000.0 0
  • 10. 10 CONAFE /ALTERNATIVAS 20,000.00 10,000.00 10,000.00 40,000.00 NOTA: Para efecto de la distribución de los recursos en esta Convocatoria, se consideran como escuelas de organización completa aquellas que cuentan con Director Técnico. E. A las escuelas que hayan cumplido cinco ciclos escolares o más de permanencia en el PEC y que hayan sido invitadas a continuar participando, se les podrá otorgar una contrapartida de hasta un peso por cada peso que logren reunir, hasta un máximo de $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N.), con la posibilidad de poder contar con una aportación inicial siempre y cuando exista disponibilidad financiera, misma que será determinada y autorizada por el CTFEEC. F. Los recursos otorgados a las escuelas se deberán utilizar de acuerdo a los componentes y porcentajes mínimos y máximos de la tabla siguiente, tomando en cuenta los rubros que se describen a posteriormente: AÑOS DE PERMANENCIA EN EL PROGRAMA COMPONENTES FORTALECIMIENTO ACADÉMICO (% MÍNIMO A EJERCER) INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO (% MÁXIMO A EJERCER) (Nuevo Ingreso) 30% 70% 1 35% 65% 2 40% 60% 3 45% 55% 4 50% 50% 5 50% 50% Invitadas 90% 10%* *Estos recursos no podrán destinarse a la construcción y ampliación de espacios educativos. 1. Fortalecimiento Académico considera: 2. Equipo técnico, libros, útiles, software para la gestión de los aprendizajes, materiales escolares y didácticos; así como actividades que enriquezcan el proceso de aprendizaje de los estudiantes dando énfasis en el desarrollo de competencias lectoras y lógico matemáticas, y fortalezcan las competencias profesionales y habilidades digitales para el uso y aprovechamiento de las tecnologías de información y comunicación en la educación del Consejo Técnico Escolar (docentes y directivos) y de padres de familia en apoyo al aprendizaje, encaminadas a garantizar la normalidad mínima de operación y mejorar la eficiencia de la jornada escolar, el logro del perfil de egreso, e incentiven la permanencia e inclusión de estudiantes de educación básica. 3. La Infraestructura y equipamiento considera:
  • 11. 11 4. Mobiliario, equipo y servicios de conectividad para el uso de las tecnologías de información y comunicación en la educación y obras de infraestructura escolar, tales como rehabilitación de espacios educativos y/o mantenimiento del edificio escolar, construcción de espacios educativos nuevos y ampliación de espacios educativos existentes que generen condiciones que coadyuven a la normalidad mínima de operación y la mejora del servicio educativo. 5. De manera gradual, las escuelas en reincorporación (de 1 a 5 años de permanencia) deberán incrementar la inversión en el fortalecimiento académico por cada año de permanencia. 6. Las escuelas con más de 5 años de permanencia no podrán destinar recursos a la construcción y ampliación de espacios educativos. 7. Para recibir los recursos de contrapartida del FECEN, las escuelas beneficiadas deberán comprobar la recepción de los recursos gestionados provenientes del gobierno municipal y de los sectores privado y social, a partir de la aportación inicial proporcionada por este organismo y hasta el 30 de mayo de 2014. 8. En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros asignados a los beneficiarios, para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos de los directivos, docentes o empleados que laboren en la SE, los SEPEN o el CONAFE. 9. En el caso de no ejercer los recursos, deberán ser reintegrados en forma inmediata al FECEN, antes de que finalice el ciclo escolar. 10.Las escuelas beneficiadas por el Programa, deberán considerar además los siguientes aspectos: a) La fecha límite para que las escuelas beneficiadas devenguen la totalidad de los recursos, que reciban del FECEN será el 30 de agosto 2014 y deberán apegarse a lo que establezcan los Lineamientos para el Uso y Comprobación de los Recursos vigente. b)Los cursos de capacitación planteados en el PETE- PAT considerados para ser financiados con recursos del PEC, deberán contar con previa autorización de la Coordinaron General Estatal del PEC, quien cuidará en todo momento la calidad de los mismos y su pertinencia al enfoque de los planes y programas vigentes. c)Aquellas escuelas que decidan retirarse del Programa y que cuenten aún con recursos otorgados por el FECEN en su cuenta bancaria, deberán devolverlos al mismo en un término no mayor de 10 días naturales una vez que sea requerido, así como comprobar la totalidad de los recursos ejercidos. 11.A fin de garantizar el uso transparente y eficaz de los recursos del PEC, la autoridad educativa estatal podrá suspender, cancelar o exigir el reintegro de los apoyos proporcionados a aquella escuela que incumpla con las Reglas de Operación 2013 y de su normatividad aplicable en la materia, o bien cometa alguna irregularidad en el manejo de los recursos. VII. TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS A. Para dar cumplimiento a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental, tanto las Reglas de Operación 2013 (del 25 de febrero de 2013) y esta convocatoria se encuentran publicadas en:
  • 12. 12 www.sepen.gob.mx/pec www.educacion.nayarit.gob.mx . B. La CGEPEC, publicará y difundirá la relación de escuelas seleccionadas. Informará al Consejo Estatal de Participación Social y a los Municipales de Participación Social sobre los beneficios otorgados a cada escuela; asimismo se asegurará que todas ellas tengan a la vista el pizarrón de autoevaluación, en los que indique las acciones y recursos aplicados (los que deberán estar expuestos de manera permanente toda vez que son evidencia auditable). C. Con el fin de garantizar la transparencia en el uso de los recursos, el ejercicio y comprobación de los mismos, se hará de conformidad con lo establecido en la legislación estatal vigente aplicable en materia de adquisiciones, contratación de servicios y ejecución de obra pública, integrando un expediente de acuerdo a lo establecido en los Lineamientos para el uso y comprobación de los recursos emitido por la Coordinación General Estatal del Programa Escuelas de Calidad. D. Asimismo, las acciones de transparencia y rendición de cuentas en cada escuela estarán a cargo del CEPS y sus comités o su equivalente en el caso de los Centros Comunitarios del CONAFE y de la APF mediante la participación de los padres y madres de familia, y de otros miembros de la comunidad que los conformen, quienes recibirán capacitación para constituirse en instancias de seguimiento y evaluación social, con la finalidad de establecer una vinculación de las madres y padres de familia con la educación de sus hijos en el ámbito escolar, con lo que realizan el Consejo Técnico Escolar (director y los docentes) en el centro escolar, con los recursos que reciben y la manera en que los aplican de acuerdo a su PETE y PAT, con procesos transparentes hacia la comunidad y con una rendición de cuentas basada en los resultados educativos de los estudiantes y el uso de los recursos utilizados para su consecución. E. Para valorar el impacto del PETE, se contará con referentes iniciales y evaluaciones periódicas de seguimiento y será obligación de la comunidad escolar facilitar y apoyar en todo momento su realización: *. Evaluaciones externas: cualitativas y cuantitativas que efectúen instancias nacionales e internacionales referidas a los procesos de transformación de su gestión escolar y logros educativos, así como las realizadas por la Instancia Estatal de Evaluación y por la CGEPEC. *. Evaluaciones internas: La comunidad escolar evaluará periódicamente (autoevaluación) las condiciones de la escuela y los resultados de las acciones realizadas, con el propósito de identificar logros, dificultades y retos en el PETE, y en su caso, su actualización, implementando el Instrumento de Seguimiento y Evaluación al Programa Anual de Trabajo (PAT) en sus tres momentos: Inicial, Intermedio y Final. *. Estándares e indicadores: En las evaluaciones (interna y externa) se considerarán los estándares educativos establecidos para las escuelas de educación básica.
  • 13. 13 F. Las escuelas elaborarán y entregarán en cada periodo estipulado en los Lineamientos para el uso y comprobación de los recursos a la Coordinación General Estatal del PEC, informes que incluyan los resultados del desarrollo del PETE -PAT en el que se destaque: el avance de sus estudiantes, el aprovechamiento escolar, particularmente en lectura, escritura y razonamiento lógico matemático, los avances en materia de permanencia, inclusión y eficiencia terminal de sus estudiantes y el cumplimiento de sus metas, todo ello asociado a la normalidad del servicio educativo. Asimismo entregarán la información del ejercicio de los recursos financieros asignados de acuerdo con los Lineamientos respectivos y avances de los compromisos de esta convocatoria. Las escuelas deberán hacer públicos estos informes ante su comunidad e incluir la información en el REPUCE, a través del CEPS. VIII. RECURSO DE REVISIÓN A. Los directores que manifiesten alguna inconformidad con los resultados en la selección de las escuelas, dispondrán de cinco días hábiles una vez publicados los resultados para presentar una solicitud de revisión de su dictamen, ante el Consejo Estatal de Participación social. B. El Consejo Estatal de Participación Social deberá emitir una resolución en un término máximo de cinco días hábiles posteriores a la presentación de la misma, la cual tendrá carácter de inapelable. TRANSITORIOS Cualquier situación no prevista en la presente convocatoria será resuelta por el Consejo Estatal de Participación Social, en colaboración con la Coordinación General Estatal del PEC en la Entidad, utilizando como base las Reglas de Operación e Indicadores de Gestión y Evaluación del Programa Escuelas de Calidad. Para mayor información comunicarse con el Mtro. Odilón Sánchez Estrada, Coordinador General Estatal del PEC en Nayarit o a los siguientes teléfonos en Tepic: al (01-311) 214-36- 06 y 2-10-62-39, o acudir al domicilio de la Coordinación General Estatal del PEC, ubicado en: Av. España No. 91 Fraccionamiento Ciudad del Valle, Tepic, Nayarit. Tepic, Nayarit a 26 de junio 2013 ATENTAMENTE LIC. MARCO ANTONIO LEDESMA GONZÁLEZ SECRETARIO DE EDUCACIÓN C.P. LETICIA PÉREZ GARCÍA DIRECTORA GENERAL DE LOS SEPEN MTRO. ODILÓN SÁNCHEZ ESTRADA COORDINADOR ESTATAL DEL PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD PROFR. LORENZO ROSAS ALEGRÍA PRESIDENTE DEL CONSEJO ESTATAL DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
  • 14. 14 “Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno; y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.” En los siguientes enlaces puede encontrar las páginas oficiales y tutoriales para la incorporación y el diseño del Plan Estratégico de Transformación Escolar PETE, y Programa Anual de Trabajo PAT Incorporación PEC 2013 http://academiasefcnayarit.blogspot.mx/2012/08/pec-2012- incorporacion.html Planeación estratégica: http://tutornay.blogspot.mx/2011/04/planeacion- estrategica.html Consejos escolares: http://asesorandoenlaescuela.blogspot.mx/2013/06/consejo- tecnico-escolar.html