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                                   LAS ACCIONES
1.   CONCEPTO:

     Una acción es una parte, especialmente referido a una cantidad, generalmente
     económica, que es proporcional del capital social de una sociedad anónima.
     Representa la propiedad que una persona tiene de una parte de esa sociedad, la
     cual otorga derechos económicos y políticos a su titular (accionista), como el
     derecho a una parte de las utilidades y voto en las juntas de accionistas;
     normalmente, salvo excepciones, las acciones son transables libremente.

     Como inversión, supone una inversión en renta variable, dado que no tiene un
     retorno fijo establecido por contrato, sino que depende de la buena marcha de
     dicha empresa.

     Los instrumentos de renta variable son especialmente aquellos que son parte
     de un capital, como las acciones de las compañías anónimas.

     RENTA VARIABLE

     La denominación "variable" se relaciona con la variación que puede haber en
     los montos percibidos por concepto de dividendos. En tanto, los dividendos
     pueden ser en efectivo o en acciones.

     Las acciones son representativas del capital de una empresa; por tanto, los
     accionistas son copropietarios y por lo tanto solidarios con la responsabilidad
     de la compañía, ejerciendo su papel en las asambleas generales ordinarias y
     extraordinarias, que eligen a las autoridades y deciden sobre los cambios y
     expansión de actividades que les propone la junta directiva.

     2. TIPOS DE ACCIONES

       2.1.   Acciones comunes:
              Son valores emitidos por empresas constituidas como sociedades
              anónimas que otorgan algunos derechos a sus propietarios, como
              participar en el capital y utilidades de la empresa, votar en las juntas
              generales de accionistas, fiscalizar la gestión de los negocios de la
              empresa, entre otros.

       2.2.   Acciones de inversión:
              Son valores que no conllevan a derechos de voto, pero los
              propietarios de acciones de inversión suelen tener derecho a recibir
              dividendos (la ganancia de la compañía distribuida en efectivo) antes
              que los poseedores de acciones comunes.                                    1

              Los propietarios de acciones de inversión generalmente reciben
              dividendos en momentos específicos y en cantidades

                                                                             Finanzas|
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             predeterminadas, mientras que los poseedores de acciones comunes
             pueden o no recibir dividendos, dependiendo de la ganancia de la
             compañía.

      2.3.   Acciones en circulación:
             Son aquellas acciones emitidas por una sociedad anónima y se
             encuentran en poder de quienes las han adquirido. (Acciones suscritas
             y pagadas que están en poder de los inversionistas o en mercado de
             valores).

      2.4.   Acciones liberadas:
             Son aquellas acciones que se emiten y entregan de forma
             proporcional al número de acciones de cada propietario y surgen
             cuando la junta general de accionistas de la empresa acuerda
             capitalizar las utilidades o las reservas, es decir reinvertirlas en la
             empresa y a cambio entregar acciones.

      2.5.   Acciones líderes (blue chips):
             Acción de una empresa que tiene buena reputación y goza de una
             importante frecuencia de negociación y liquidez en la Bolsa. Además
             sus productos o servicios suelen contar con amplia aceptación en el
             mercado.

3. LA ACCIÓN COMO MÉTODO DE CONTROL DE UNA SOCIEDAD

   Salvo excepciones (acciones de inversión), una acción da a su poseedor derecho
   para emitir un voto en la Junta de Accionistas. Dicha Junta, aparte de decisiones
   estratégicas, es la encargada de nombrar un administrador o un Consejo de
   Administración para la sociedad. Por lo tanto, cuantas más acciones se posean,
   más votos se tienen, y mayor es el control de la sociedad (se tiene mayor
   capacidad de decisión dentro de la misma).

   En general, y salvo que existan pactos estatutarios que limiten el control total
   de una sociedad por un solo accionista, para ejercer el control de cualquier
   sociedad constituida por acciones se necesita poseer la llamada mayoría
   absoluta, es decir: más del 50% del total de acciones que se encuentran en
   circulación.

   Sin embargo, en la práctica, y en grandes compañías, basta con poseer entre el
   15 y el 20% del capital para ejercer una influencia decisiva en la dirección de la
   empresa.

  Regla general:                                                                        2
         Se pueden emitir acciones sin voto, con derechos económicos pero no
         políticos.


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             Se pueden establecer mayorías cualificadas para cierto tipo de decisiones
             (liquidación de la sociedad, ampliación de capital, fusiones y
             adquisiciones, etc.).
             Se puede limitar el número máximo de votos por persona.

4. FORMAS DE REPRESENTACIÓN DE LAS ACCIONES
   Las formas de representación de las acciones son:

      4.1.      Títulos al portador:
                Puede ejercer los derechos inherentes a la acción quien posee el
                título. Para su transmisión es suficiente la entrega del título.

      4.2.      Títulos nominativos:
                El propietario de las acciones debe estar plenamente identificado,
                para su transmisión es necesario realizar una cesión formal, que debe
                quedar registrada en el libro registro de accionistas, que se
                conservará en la entidad emisora de los títulos.

      4.3.      Escritura pública:
                Muy usado en empresas pequeñas o familiares, pero con poca
                flexibilidad para el tráfico de las acciones.

      4.4.      Anotación en cuenta:
                Muy importante en la actualidad para acelerar las transacciones. Es
                indispensable en sociedades que cotizan en bolsa. Representación
                electrónica de los derechos de un tenedor sobre un valor, en el
                registro contable que lleva un depósito centralizado de valores.
                (CAVALI).

5. DERECHOS QUE CONFIEREN LAS ACCIONES

   Según el tipo de acciones emitidas, estas confieren los siguientes derechos a sus
   propietarios:

    Derecho a percibir participación en las utilidades o beneficios de la empresa,
     es decir básicamente a cobrar los dividendos que reparta la sociedad emisora
     de las acciones. (Acciones comunes y de inversión)

    Derecho de información acerca de la marcha de la sociedad anónima. (En
     todos los tipos de acciones)

    Derecho a voz y a voto en la Junta General de Accionistas. (Acciones
     comunes)                                                                            3


    Derecho a ceder libremente las acciones. (Acciones en circulación)


                                                                             Finanzas|
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                                       BONOS
  I.   CONCEPTO

       Los bonos son valores que representan una deuda y pueden ser emitidos por
       una institución pública, un Estado, un gobierno regional, un municipio o por
       una institución privada, empresa industrial, comercial o de servicios y que
       pagan una renta fija (el término fija, se refiere al plazo de vencimiento de las
       obligaciones y no al precio, que está sujeto a las oscilaciones del mercado
       aunque no tan pronunciadas como sucede con las acciones). Se dice que los
       propietarios o portadores de bonos son “tenedores de obligaciones”.

       Cuando alguien compra bonos, está prestando dinero al emisor de los
       mismos. Los bonos se emiten por un período determinado de tiempo. Al final
       de ese período, o en la fecha de vencimiento del bono, el emisor está
       obligado a pagar la cantidad del préstamo original (o el valor par del bono).

       Durante el tiempo que transcurre entre la fecha de emisión y la fecha de
       vencimiento, el emisor del bono generalmente efectúa pagos de intereses al
       portador del bono. El importe de tales pagos depende de la tasa de interés
       fija establecida por el emisor del bono en el momento en que éste se vende.

       Esa tasa se denomina tasa de cupón. Los bonos también pueden ser
       vendidos o comprados a otros inversionistas antes de su vencimiento.

 II.   CARACTERÍSTICAS DE LOS BONOS
       Los bonos funcionan exactamente igual que un préstamo bancario, pero
       tiene algunas particularidades:

           Los prestamistas son una gran cantidad de inversores, que se
            denominan obligacionistas.

           La deuda se representa mediante títulos valores negociables en el
            mercado de valores, por lo que el inversor puede acudir al mercado y
            vender su participación para recuperar su inversión rápidamente.

           A cambio de prestar su capital, los inversionistas reciben un interés
            cada determinado tiempo según lo establecido al momento de ser
            adquiridos los bonos.

           Los portadores de bonos no poseen ni tienen derechos algunos
            respecto de la compañía.

III.   CLASIFICACIÓN DE BONOS                                                             4

       En la medida en que se va sofisticando el mercado financiero encontramos
       diferentes clases de bonos:

                                                                              Finanzas|
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      3.1. BONOS CORPORATIVOS:
             Son aquellos bonos que son emitidos por las empresas no financieras.

      3.2. BONOS SUBORDINADOS:
             Son emitidos por instituciones del sistema bancario financiero. Se les
             denomina subordinados debido a que los mismos se encuentran
             supeditados, en caso de incumplimiento al pago previo de los
             depósitos de los ahorristas.

      3.3. BONOS DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO:
             Son aquellos que tienen por objetivo el obtener recursos para
             operaciones de arrendamiento financiero.

      3.4.   BONOS CUPÓN CERO:
             Son aquellos bonos en los cuales no se pagan un cupón, sino que se
             colocan debajo de la par, y que se redimen a su vencimiento a su valor
             nominal, por lo que el interés implícito obtenido es la diferencia entre
             el menor valor que se paga y el valor nominal.

      3.5. BONOS CONVERTIBLES EN ACCIONES.
             Son bonos que contienen una cláusula por la cual es posible que en
             lugar de redimir el bono, el mismo se capitalice por acciones.

IV.   ELEMENTOS

          Fecha de emisión:
           Es el momento a partir del cual comienza a regir el plazo para los
           pagos de la renta y de la amortización.

          Moneda de emisión:
           Es relevante conocer la moneda en la cual está emitido el bono para
           así cubrirse de los posibles riesgos de inflación y/o de moneda.

          Valor Nominal (VN):
           Es el valor por el cual se emite cada bono y representa el monto de la
           deuda contraída por el emisor de los títulos, en el momento de su
           colocación inicial.

          Plazo y Vencimiento:
           El plazo indica la duración de un bono y el vencimiento es la fecha en
           la que los bonos serán amortizados totalmente.
                                                                                        5
          Renta:
           Es el rendimiento estipulado en las condiciones de emisión de un
           bono; cada pago periódico de éste se denomina cupón.

                                                                            Finanzas|
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          Garantías:
           Son el respaldo para el repago de los bonos, y varían de un tipo a
           otro.

V.    EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DE UN BONO

      Los bonos son evaluados por compañías especializadas denominadas
      Calificadoras de Riesgo, las que les colocan un puntaje para determinar su
      solidez y capacidad de pago. También observan el comportamiento del
      instrumento a través del tiempo.
      En su lanzamiento, el bono puede obtener una calificación mediana y luego
      mejorar su desempeño. Las calificadoras suelen difundir, semestral o
      anualmente, documentos en los que explican a los inversores las causas de
      los cambios en las calificaciones de los bonos.

      Las empresas calificadas por la SBS son las siguientes:

            Apoyo & Asociados Internacionales
            Class& Asociados S.A.
            PCR (PacificCredit Rating)
            Equilibrium
            MicrorateLatin América S.A.

VI.   RIESGOS EN LA EMISIÓN DE BONOS

      Dentro de las alternativas que ofrece el mercado bursátil, los bonos
      constituyen una opción conveniente para quienes buscan conformar una
      cartera de inversión conservadora.
      Las cotizaciones de los bonos, generalmente, tienen una volatilidad menor
      que las acciones, por lo que pueden considerarse activos de menor riesgo.

      RIESGO DE DEFAULT:
      Es el riesgo de impago de las obligaciones sobre los bonos recibidos.

      RIESGO MONEDA:
      Fluctuaciones en el tipo de cambio de la moneda extranjera, este riesgo
      tiene la agravante, con relación a otros riesgos financieros que implican
      variaciones en el valor económico de activos y pasivos, de que las variaciones
      cambiarias pueden ser significativas y darse en forma totalmente inesperada.

      RIESGO DE LIQUIDEZ:
      La liquidez de una empresa se refiere a la relación que, en un momento              6
      determinado, existe entre sus recursos líquidos y las obligaciones que le son
      exigibles en ese momento. El riesgo de iliquidez se refiere a la posibilidad de


                                                                              Finanzas|
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          que la empresa no pueda cumplir cabalmente sus exigibilidades como
          consecuencia de una falta de recursos líquidos.

                                     EL PAGARE
1.   Definición
     Es un título de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor
     (deudor) de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados a la
     orden del tomador (acreedor).

     Es un documento privado, suscrito entre personas físicas y/o morales
     (excepcionalmente con instancias de gobierno) y se denomina como un Título
     de Crédito, porque el tenedor (acreedor) podrá exigir el cumplimiento del pago
     del pagaré en los términos que están escritos en el mismo.

2.   Partes intervinientes en un pagaré:

             El librado. Es quien se compromete a pagar la suma de dinero, a la vista
             o en una fecha futura fija o determinable.

             El librador que es aquel que emite el pagaré y que tiene el derecho de
             cobro.

             El beneficiario o tenedor. Es aquel a cuya orden debe hacerse el pago de
             la suma de dinero estipulada en el pagaré, si este ha sido transmitido o
             endosado por el librador.

             El avalista. Es la persona que garantiza el pago del pagaré.

3.   ¿Qué debe de contener el pagaré?

     a)    La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento.
     b)   la promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero.
     c)   El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago.
     d)   El lugar y la fecha del pago.
     e)    La fecha y el lugar en que se suscriba el documento.
     f)   La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre.

     Adicionalmente al pagaré se le puede estipular un interés moratorio, mismo que
     empezará a correr o cobrarse a partir de que el deudor no pague en la fecha de
     su vencimiento, así como también puede obligarse uno o varios avales, mismos
     que responderán por el deudor principal en caso de que éste no cumpla con su
     obligación.
                                                                                         7
     El aval debe de firmar también el pagaré y en este caso, el acreedor podrá a su
     elección exigir el pago del documento al deudor principal o al aval, e incluso a
     los dos a la vez, hasta que alguno de ellos pague el importe del documento.

                                                                             Finanzas|
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4. Características del pagaré
   Al pagaré, los distinguen, entre otras, las siguientes características que son
   importantes que conozcas:

   1.- Literalidad. Que se refiere a que la exigencia del pago se va a limitar a lo
   que diga el mismo. El documento debe de pagarse en la fecha de
   vencimiento (o pagar los intereses moratorios en caso contrario) y la
   cantidad a pagar debe de ser la estipulada. Todos los demás arreglos,
   convenios, prórrogas o “tratos” que se celebren entre las partes, no surtirán
   efectos si no son incorporados al pagaré.

   2.- Incorporación. Que se refiere a que los derechos y obligaciones que
   consigan el pagaré se encuentran incorporados, adheridos al propio
   documento y que para ejercerlos, hay necesidad de que el documento exista
   y se exhiba.

   3.- Autonomía. Que significa que el pagaré al momento de pasar de una mano
   a otra, nacerá un nuevo derecho para el nuevo tenedor. Esto representa que,
   por ejemplo, Juan firma un pagaré a favor de Pedro, pero Pedro le endosa o
   transmite el pagaré a Rosa. La autonomía es entonces que Rosa tiene el
   derecho de cobrar el pagaré a Juan, aunque éste ni siquiera se hubiera
   enterado de que ella lo tenía y con independencia también, de “los tratos”
   que haya tenido con Pedro.

   4.- Abstracción. Que se refiere a que el pagaré subsistirá y será exigible
   independientemente de la causa que lo generó. Esto es, si el pagaré se firmó
   con motivo de la compraventa de un artículo y por razones “XX” no se
   concretó esa compraventa, pero ya se había firmado el pagaré y este no es
   devuelto o destruido al deshacer el trato, el tenedor (acreedor) podrá
   cobrarlo posteriormente y al deudor le costará mucho trabajo salir bien
   librado de una demanda mercantil, porque te insisto, el pagaré es un
   documento que subsiste por sí mismo. Es el principio y fin de una obligación
   y no un documento accesorio o complementario a otro acto jurídico.

   5.- Circulación o traslación. Que se refiere a que el pagaré es un documento
   que puede circular de mano en mano (como el dinero) y que el acreedor será
   el último tenedor (quien lo posee) y podrá exigir su pago aunque el
   suscriptor (deudor) no le haya firmado a él el documento. Podrá ser el caso
   que el deudor ni siquiera conozca al último tenedor, sin embargo tendrá la
   obligación de pagarle a él.

                                                                                      8




                                                                          Finanzas|

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Universidad Alas Peruanas - Acciones y bonos

  • 1. Universidad Alas Peruanas - Filial Chachapoyas LAS ACCIONES 1. CONCEPTO: Una acción es una parte, especialmente referido a una cantidad, generalmente económica, que es proporcional del capital social de una sociedad anónima. Representa la propiedad que una persona tiene de una parte de esa sociedad, la cual otorga derechos económicos y políticos a su titular (accionista), como el derecho a una parte de las utilidades y voto en las juntas de accionistas; normalmente, salvo excepciones, las acciones son transables libremente. Como inversión, supone una inversión en renta variable, dado que no tiene un retorno fijo establecido por contrato, sino que depende de la buena marcha de dicha empresa. Los instrumentos de renta variable son especialmente aquellos que son parte de un capital, como las acciones de las compañías anónimas. RENTA VARIABLE La denominación "variable" se relaciona con la variación que puede haber en los montos percibidos por concepto de dividendos. En tanto, los dividendos pueden ser en efectivo o en acciones. Las acciones son representativas del capital de una empresa; por tanto, los accionistas son copropietarios y por lo tanto solidarios con la responsabilidad de la compañía, ejerciendo su papel en las asambleas generales ordinarias y extraordinarias, que eligen a las autoridades y deciden sobre los cambios y expansión de actividades que les propone la junta directiva. 2. TIPOS DE ACCIONES 2.1. Acciones comunes: Son valores emitidos por empresas constituidas como sociedades anónimas que otorgan algunos derechos a sus propietarios, como participar en el capital y utilidades de la empresa, votar en las juntas generales de accionistas, fiscalizar la gestión de los negocios de la empresa, entre otros. 2.2. Acciones de inversión: Son valores que no conllevan a derechos de voto, pero los propietarios de acciones de inversión suelen tener derecho a recibir dividendos (la ganancia de la compañía distribuida en efectivo) antes que los poseedores de acciones comunes. 1 Los propietarios de acciones de inversión generalmente reciben dividendos en momentos específicos y en cantidades Finanzas|
  • 2. Universidad Alas Peruanas - Filial Chachapoyas predeterminadas, mientras que los poseedores de acciones comunes pueden o no recibir dividendos, dependiendo de la ganancia de la compañía. 2.3. Acciones en circulación: Son aquellas acciones emitidas por una sociedad anónima y se encuentran en poder de quienes las han adquirido. (Acciones suscritas y pagadas que están en poder de los inversionistas o en mercado de valores). 2.4. Acciones liberadas: Son aquellas acciones que se emiten y entregan de forma proporcional al número de acciones de cada propietario y surgen cuando la junta general de accionistas de la empresa acuerda capitalizar las utilidades o las reservas, es decir reinvertirlas en la empresa y a cambio entregar acciones. 2.5. Acciones líderes (blue chips): Acción de una empresa que tiene buena reputación y goza de una importante frecuencia de negociación y liquidez en la Bolsa. Además sus productos o servicios suelen contar con amplia aceptación en el mercado. 3. LA ACCIÓN COMO MÉTODO DE CONTROL DE UNA SOCIEDAD Salvo excepciones (acciones de inversión), una acción da a su poseedor derecho para emitir un voto en la Junta de Accionistas. Dicha Junta, aparte de decisiones estratégicas, es la encargada de nombrar un administrador o un Consejo de Administración para la sociedad. Por lo tanto, cuantas más acciones se posean, más votos se tienen, y mayor es el control de la sociedad (se tiene mayor capacidad de decisión dentro de la misma). En general, y salvo que existan pactos estatutarios que limiten el control total de una sociedad por un solo accionista, para ejercer el control de cualquier sociedad constituida por acciones se necesita poseer la llamada mayoría absoluta, es decir: más del 50% del total de acciones que se encuentran en circulación. Sin embargo, en la práctica, y en grandes compañías, basta con poseer entre el 15 y el 20% del capital para ejercer una influencia decisiva en la dirección de la empresa. Regla general: 2 Se pueden emitir acciones sin voto, con derechos económicos pero no políticos. Finanzas|
  • 3. Universidad Alas Peruanas - Filial Chachapoyas Se pueden establecer mayorías cualificadas para cierto tipo de decisiones (liquidación de la sociedad, ampliación de capital, fusiones y adquisiciones, etc.). Se puede limitar el número máximo de votos por persona. 4. FORMAS DE REPRESENTACIÓN DE LAS ACCIONES Las formas de representación de las acciones son: 4.1. Títulos al portador: Puede ejercer los derechos inherentes a la acción quien posee el título. Para su transmisión es suficiente la entrega del título. 4.2. Títulos nominativos: El propietario de las acciones debe estar plenamente identificado, para su transmisión es necesario realizar una cesión formal, que debe quedar registrada en el libro registro de accionistas, que se conservará en la entidad emisora de los títulos. 4.3. Escritura pública: Muy usado en empresas pequeñas o familiares, pero con poca flexibilidad para el tráfico de las acciones. 4.4. Anotación en cuenta: Muy importante en la actualidad para acelerar las transacciones. Es indispensable en sociedades que cotizan en bolsa. Representación electrónica de los derechos de un tenedor sobre un valor, en el registro contable que lleva un depósito centralizado de valores. (CAVALI). 5. DERECHOS QUE CONFIEREN LAS ACCIONES Según el tipo de acciones emitidas, estas confieren los siguientes derechos a sus propietarios:  Derecho a percibir participación en las utilidades o beneficios de la empresa, es decir básicamente a cobrar los dividendos que reparta la sociedad emisora de las acciones. (Acciones comunes y de inversión)  Derecho de información acerca de la marcha de la sociedad anónima. (En todos los tipos de acciones)  Derecho a voz y a voto en la Junta General de Accionistas. (Acciones comunes) 3  Derecho a ceder libremente las acciones. (Acciones en circulación) Finanzas|
  • 4. Universidad Alas Peruanas - Filial Chachapoyas BONOS I. CONCEPTO Los bonos son valores que representan una deuda y pueden ser emitidos por una institución pública, un Estado, un gobierno regional, un municipio o por una institución privada, empresa industrial, comercial o de servicios y que pagan una renta fija (el término fija, se refiere al plazo de vencimiento de las obligaciones y no al precio, que está sujeto a las oscilaciones del mercado aunque no tan pronunciadas como sucede con las acciones). Se dice que los propietarios o portadores de bonos son “tenedores de obligaciones”. Cuando alguien compra bonos, está prestando dinero al emisor de los mismos. Los bonos se emiten por un período determinado de tiempo. Al final de ese período, o en la fecha de vencimiento del bono, el emisor está obligado a pagar la cantidad del préstamo original (o el valor par del bono). Durante el tiempo que transcurre entre la fecha de emisión y la fecha de vencimiento, el emisor del bono generalmente efectúa pagos de intereses al portador del bono. El importe de tales pagos depende de la tasa de interés fija establecida por el emisor del bono en el momento en que éste se vende. Esa tasa se denomina tasa de cupón. Los bonos también pueden ser vendidos o comprados a otros inversionistas antes de su vencimiento. II. CARACTERÍSTICAS DE LOS BONOS Los bonos funcionan exactamente igual que un préstamo bancario, pero tiene algunas particularidades:  Los prestamistas son una gran cantidad de inversores, que se denominan obligacionistas.  La deuda se representa mediante títulos valores negociables en el mercado de valores, por lo que el inversor puede acudir al mercado y vender su participación para recuperar su inversión rápidamente.  A cambio de prestar su capital, los inversionistas reciben un interés cada determinado tiempo según lo establecido al momento de ser adquiridos los bonos.  Los portadores de bonos no poseen ni tienen derechos algunos respecto de la compañía. III. CLASIFICACIÓN DE BONOS 4 En la medida en que se va sofisticando el mercado financiero encontramos diferentes clases de bonos: Finanzas|
  • 5. Universidad Alas Peruanas - Filial Chachapoyas 3.1. BONOS CORPORATIVOS: Son aquellos bonos que son emitidos por las empresas no financieras. 3.2. BONOS SUBORDINADOS: Son emitidos por instituciones del sistema bancario financiero. Se les denomina subordinados debido a que los mismos se encuentran supeditados, en caso de incumplimiento al pago previo de los depósitos de los ahorristas. 3.3. BONOS DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO: Son aquellos que tienen por objetivo el obtener recursos para operaciones de arrendamiento financiero. 3.4. BONOS CUPÓN CERO: Son aquellos bonos en los cuales no se pagan un cupón, sino que se colocan debajo de la par, y que se redimen a su vencimiento a su valor nominal, por lo que el interés implícito obtenido es la diferencia entre el menor valor que se paga y el valor nominal. 3.5. BONOS CONVERTIBLES EN ACCIONES. Son bonos que contienen una cláusula por la cual es posible que en lugar de redimir el bono, el mismo se capitalice por acciones. IV. ELEMENTOS  Fecha de emisión: Es el momento a partir del cual comienza a regir el plazo para los pagos de la renta y de la amortización.  Moneda de emisión: Es relevante conocer la moneda en la cual está emitido el bono para así cubrirse de los posibles riesgos de inflación y/o de moneda.  Valor Nominal (VN): Es el valor por el cual se emite cada bono y representa el monto de la deuda contraída por el emisor de los títulos, en el momento de su colocación inicial.  Plazo y Vencimiento: El plazo indica la duración de un bono y el vencimiento es la fecha en la que los bonos serán amortizados totalmente. 5  Renta: Es el rendimiento estipulado en las condiciones de emisión de un bono; cada pago periódico de éste se denomina cupón. Finanzas|
  • 6. Universidad Alas Peruanas - Filial Chachapoyas  Garantías: Son el respaldo para el repago de los bonos, y varían de un tipo a otro. V. EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DE UN BONO Los bonos son evaluados por compañías especializadas denominadas Calificadoras de Riesgo, las que les colocan un puntaje para determinar su solidez y capacidad de pago. También observan el comportamiento del instrumento a través del tiempo. En su lanzamiento, el bono puede obtener una calificación mediana y luego mejorar su desempeño. Las calificadoras suelen difundir, semestral o anualmente, documentos en los que explican a los inversores las causas de los cambios en las calificaciones de los bonos. Las empresas calificadas por la SBS son las siguientes:  Apoyo & Asociados Internacionales  Class& Asociados S.A.  PCR (PacificCredit Rating)  Equilibrium  MicrorateLatin América S.A. VI. RIESGOS EN LA EMISIÓN DE BONOS Dentro de las alternativas que ofrece el mercado bursátil, los bonos constituyen una opción conveniente para quienes buscan conformar una cartera de inversión conservadora. Las cotizaciones de los bonos, generalmente, tienen una volatilidad menor que las acciones, por lo que pueden considerarse activos de menor riesgo. RIESGO DE DEFAULT: Es el riesgo de impago de las obligaciones sobre los bonos recibidos. RIESGO MONEDA: Fluctuaciones en el tipo de cambio de la moneda extranjera, este riesgo tiene la agravante, con relación a otros riesgos financieros que implican variaciones en el valor económico de activos y pasivos, de que las variaciones cambiarias pueden ser significativas y darse en forma totalmente inesperada. RIESGO DE LIQUIDEZ: La liquidez de una empresa se refiere a la relación que, en un momento 6 determinado, existe entre sus recursos líquidos y las obligaciones que le son exigibles en ese momento. El riesgo de iliquidez se refiere a la posibilidad de Finanzas|
  • 7. Universidad Alas Peruanas - Filial Chachapoyas que la empresa no pueda cumplir cabalmente sus exigibilidades como consecuencia de una falta de recursos líquidos. EL PAGARE 1. Definición Es un título de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor (deudor) de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados a la orden del tomador (acreedor). Es un documento privado, suscrito entre personas físicas y/o morales (excepcionalmente con instancias de gobierno) y se denomina como un Título de Crédito, porque el tenedor (acreedor) podrá exigir el cumplimiento del pago del pagaré en los términos que están escritos en el mismo. 2. Partes intervinientes en un pagaré: El librado. Es quien se compromete a pagar la suma de dinero, a la vista o en una fecha futura fija o determinable. El librador que es aquel que emite el pagaré y que tiene el derecho de cobro. El beneficiario o tenedor. Es aquel a cuya orden debe hacerse el pago de la suma de dinero estipulada en el pagaré, si este ha sido transmitido o endosado por el librador. El avalista. Es la persona que garantiza el pago del pagaré. 3. ¿Qué debe de contener el pagaré? a) La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento. b) la promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero. c) El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago. d) El lugar y la fecha del pago. e) La fecha y el lugar en que se suscriba el documento. f) La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre. Adicionalmente al pagaré se le puede estipular un interés moratorio, mismo que empezará a correr o cobrarse a partir de que el deudor no pague en la fecha de su vencimiento, así como también puede obligarse uno o varios avales, mismos que responderán por el deudor principal en caso de que éste no cumpla con su obligación. 7 El aval debe de firmar también el pagaré y en este caso, el acreedor podrá a su elección exigir el pago del documento al deudor principal o al aval, e incluso a los dos a la vez, hasta que alguno de ellos pague el importe del documento. Finanzas|
  • 8. Universidad Alas Peruanas - Filial Chachapoyas 4. Características del pagaré Al pagaré, los distinguen, entre otras, las siguientes características que son importantes que conozcas: 1.- Literalidad. Que se refiere a que la exigencia del pago se va a limitar a lo que diga el mismo. El documento debe de pagarse en la fecha de vencimiento (o pagar los intereses moratorios en caso contrario) y la cantidad a pagar debe de ser la estipulada. Todos los demás arreglos, convenios, prórrogas o “tratos” que se celebren entre las partes, no surtirán efectos si no son incorporados al pagaré. 2.- Incorporación. Que se refiere a que los derechos y obligaciones que consigan el pagaré se encuentran incorporados, adheridos al propio documento y que para ejercerlos, hay necesidad de que el documento exista y se exhiba. 3.- Autonomía. Que significa que el pagaré al momento de pasar de una mano a otra, nacerá un nuevo derecho para el nuevo tenedor. Esto representa que, por ejemplo, Juan firma un pagaré a favor de Pedro, pero Pedro le endosa o transmite el pagaré a Rosa. La autonomía es entonces que Rosa tiene el derecho de cobrar el pagaré a Juan, aunque éste ni siquiera se hubiera enterado de que ella lo tenía y con independencia también, de “los tratos” que haya tenido con Pedro. 4.- Abstracción. Que se refiere a que el pagaré subsistirá y será exigible independientemente de la causa que lo generó. Esto es, si el pagaré se firmó con motivo de la compraventa de un artículo y por razones “XX” no se concretó esa compraventa, pero ya se había firmado el pagaré y este no es devuelto o destruido al deshacer el trato, el tenedor (acreedor) podrá cobrarlo posteriormente y al deudor le costará mucho trabajo salir bien librado de una demanda mercantil, porque te insisto, el pagaré es un documento que subsiste por sí mismo. Es el principio y fin de una obligación y no un documento accesorio o complementario a otro acto jurídico. 5.- Circulación o traslación. Que se refiere a que el pagaré es un documento que puede circular de mano en mano (como el dinero) y que el acreedor será el último tenedor (quien lo posee) y podrá exigir su pago aunque el suscriptor (deudor) no le haya firmado a él el documento. Podrá ser el caso que el deudor ni siquiera conozca al último tenedor, sin embargo tendrá la obligación de pagarle a él. 8 Finanzas|