2. Las Leyes de Reforma son un conjunto de leyes
expedidas entre 1855 y 1863, durante los gobiernos de
Juan Álvarez, Ignacio Comonfort y Benito Juárez.
Varias de ellas se elevaron a rango constitucional por el
Congreso Constituyente que redactó la Constitución
Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857.
3. Gobierno de Juan Álvarez
Ley Juárez o Ley de Administración de Justicia Orgánica de
los Tribunales de la Federación: suprimió los fueros en materia
civil del clero y del ejército, declarando a todos los ciudadanos
iguales ante la ley y la sociedad. Fue expedida por Benito
Juárez el 23 de noviembre de 1855. Esta ley fue rechazada por
los obispos y arzobispos de México y criticada por los
conservadores.
Ley Lafragua o Ley de libertad de imprenta: permitió la
libertad de expresión en los medios impresos, entró en vigor el
28 de diciembre de 1855. Fue promulgada por el secretario de
Relaciones Exteriores e Interiores José María Lafragua.
Derogó a la Ley Lares.
4.
5. Gobierno de Ignacio Comonfort
Decreto que suprimió la coacción civil de los votos religiosos. Se dio a conocer el
26 de abril de 1856.
Decreto que suprimió la Compañía de Jesús en México. Se dio a conocer el 5 de
junio de 1856.
Ley Lerdo o Ley de Desamortización de Fincas Rústicas y Urbanas Propiedad de
Corporaciones Civiles y Eclesiásticas: obligaba a las corporaciones cíviles y
eclesiásticas a vender casas y terrenos. Fue creada por Miguel Lerdo de Tejada
(hermano de Sebastián Lerdo de Tejada). Fue expedida el 25 de junio de 1856.
Ley Lafragua o Ley del Registro Civil. Por medio de esta ley se estableció el
Registro del Estado Civil. Fue expedida el 27 de enero de 1857.
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857 fue promulgada
el 5 de febrero de 1857. El primero en jurarla fue el republicano y federalista
Valentín Gómez Farías, quien luchó por estos ideales toda su vida, desde las
Cortes de Cádiz, la Independencia de México y la Constitución de 1824 que
había sido derogada por el régimen centralista y la dictadura de Antonio López
de Santa Anna.
Ley Iglesias o Ley sobre derechos y obvenciones parroquiales: prohibió el cobro
de derechos y obvenciones parroquiales y diezmo a las clases pobres. Fue
promulgada el 11 de abril de 1857 por José María Iglesias.
6.
7. Gobierno de Benito Juárez
Ley de Nacionalización de Bienes Eclesiásticos: esta ley complementa la
Ley Lerdo de desamortización de los bienes de la Iglesia, con un cambio
importante: los bienes ya no pasaban a manos de los rentistas. Fue
expedida en Veracruz el 12 de julio de 1859.
Ley de Matrimonio Civil: fue expedida en Veracruz el 23 de julio de 1859,
por medio de esta ley se estableció que el matrimonio religioso no tenía
validez oficial y estableció el matrimonio como un contrato civil con el
Estado, eliminando así la intervención forzosa de los sacerdotes y el
cobro del mismo por parte de las iglesias.
Ley Orgánica de Registro Civil: el registro del estado civil de las personas
quedaba a cargo de empleados de gobierno y no de la Iglesia. Se
declararon los nacimientos y defunciones como un contrato civil con el
Estado. Fue expedida en Veracruz el 28 de julio de 1859.
Decreto de secularización de cementerios: declaró el cese de toda
intervención del clero en Decreto supresión de festividades religiosas:
mediante este decreto se declararon los días que habrían de tenerse
como festivos, prohibieno la asistencia oficial a las funciones religiosas.
Fue dado a conocer en Veracruz el 11 de agosto de 1859.
8. cementerios y camposantos, fue dado a conocer en Veracruz el 31 de
julio de 1859.
Ley sobre libertad de cultos: con esta ley la relgión católica dejó se ser la
única permitida. Mediante esta ley se permitió que cada persona fuera
libre de prácticar y elegir el culto que deseara, asimismo se prohibió la
realización de ceremonias fuera de las iglesias o templos. Fue expedida
en Veracruz el 4 de diciembre de 1860.
Decreto de expulsión: por el cual se ordenó el exilio del delegado
apostólico Luis Clementi, al arzobispo José Lázaro de la Garza y
Ballesteros y a los obispos Pedro Espinosa y Dávalos y Pedro Barajas y
Moreno. Fue dado a conocer en la Ciudad de México el 21 de enero de
1861.
Decreto de hospitales y establecimientos de beneficencia: por el cual
quedaron secularizados dichos inmuebles. Fue dado a conocer en la
Ciudad de México el 2 de febrero de 1861.
Decreto de exclaustración de monjas y frailes: por el cual en toda la
república se extinguieron los claustros y conventos decretándose la
salida de religiosos y religiosas que ahí vivían, con la excepción de las
Hermanas de la Caridad.
9.
10. Reacciones y consecuencias
Mediante la expedición de estas leyes y decretos se logró en México la separación
Iglesia-Estado.[1] La nueva constitución polarizó a la sociedad, en diciembre de
1857 los conservadores desconocieron al gobierno y a la nueva carta magna
mediante el Plan de Tacubaya, el cual dio inicio a la guerra de Reforma o de los
tres años. Los liberales lograron la victoria, el 1 de enero de 1861, el presidente
Juárez regresó a la Ciudad de México. Es por esta razón que varios de los decretos y
leyes fueron expedidos en el puerto de Veracruz. Sin embargo la estabilidad del
país volvió a ser interrumpida, el gobierno tuvo que suspender los pagos a la deuda
extranjera. Mediante la Convención de Londres, los gobiernos de Francia, Reino
Unido y España decidieron intervenir en México. Se logró un acuerdo con los
británicos y los españoles, pero no así con los franceses, quienes con este pretexto
y con la ayuda de los conservadores comenzaron la intervención armada[3] y poco
después el Segundo Imperio Mexicano. Juárez se vio obligado a escapar de la
capital manteniendo su gobierno itinerante. Se logró restaurar la república hasta
1867.