Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
tripticos
1. DEBERES DEL PEATÓN Es la persona
profesionalmente UNIDAD EDUCATIVA
capacitada para
Organizar, Regular, CARRERA SÁNCHEZ BRUNO
Vigilar, Dirigir y
Controlar el Tránsito
Vehicular y Peatonal
• Circular con prudencia por las aceras.
• Utilizar correctamente las zonas de seguridad “ Notifican a los
peatonal.
usuarios de las vías
• Ubicarse en las esquinas o intersecciones para las limitaciones,
cruzar la calzada. prohibiciones o
restricciones sobre su
• Cruzar la calzada por los cruces Peatonales. uso “
• Cruzar la calzada solamente en luz verde del
semáforo, en el mismo sentido de los vehículos.
“ Tienen por objeto
• En las intersecciones reguladas respetar las Señales advertir al usuario de
de Tránsito la vía, la existencia de
una condición
peligrosa y su
naturaleza “
PROHIBICIONES DEL PEATÓN
Informan y aconsejan
a los usuarios viales
CONTRAVENCIONES DE LOS
•Circular o detenerse en la calzada. de información
• Cruzar en forma diagonal las específica: servicios,
PEATONES
Intersecciones.
• Cruzar la calzada en medio de direcciones,
vehículos estacionados o en distancias, salidas,
circulación. “Las contravenciones a los peatones son
vías etc. aplicables solo con multa económica”
• Utilizar las vías públicas como
área de deporte.
“educacuionvialsantaelena@hotmail.com”
2. p.- Las personas
Es considerado el que, sin permiso
componente más de la autoridad
importante dentro del de transito
sistema vial y a la vez competente,
el más frágil porque realicen
tienden a sufrir daños actividades o
físicos irreversibles o competencias
irreparables al deportivas en las
suscitarse un vías publicas,
accidente de tránsito. con vehículos de
El elemento humano tracción humana
dentro del sistema o animal.
vial, indistintamente ART. 140
puede interactuar
como peatón,
pasajero, ciclista o
conductor.
CONTRAVENCIONES DEL PEATON
j) No transitar por las g.-Quien causare
aceras o zonas de un accidente de
seguridad destinados transito del que
para el efecto, que resulte herida o
ante las señales de lesionada alguna
alarma o toque de persona, etc.
sirenas de un vehículo ART. 131
de emergencia, no
dejen la vía libre .
ART. 139
En los casos de las
contravenciones
l.- Ejercer
actividad para los peatones la
comercial o de
servicio sobre
sanción será
zonas pecuniaria
peatonales o
calzadas.
ART. 139
3. MITOS Y RECETAS
LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE TERRESTRE,
TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL.
“La prevención en el marco del cambio
actitudinal es la única vacuna
ATENCION efectiva para reducir
la accidentalidad y
minimizar los
riesgos”
EFECTOS DEL ALCOHOL EN LA
CONDUCCION
PROCESO DE DESINTOXICACION
Si somos parte del problema también somos “Alcohol mas conducción
parte de la solución. combinación mortal …”
Respetemos las normas de Transito
eduvialsantaelena@hotmail.es
4. CONTRAVENCIÓN MUY GRAVE COMO PODEMOS OBSERVAR EL ALCOHOL ESTA PRESENTE EL ALCOHOL EN EL CUERPO ALCANZA LA MAXIMA
EN TODAS LAS CIRCUNSTANCIAS DE LA VIDA, ABSORCION DESPUES DE 30 A 90 MINUTOS DE SU
Art. 145.2.- Incurre en PRÁCTICAMENTE ES QUIEN NUNCA PUEDE ESTAR INGESTION
contravención muy grave quien AUSENTE EN UN ACONTECIMIENTO ESPECIAL.
condujere un vehículo bajo el
estado de embriaguez, en cuyo
caso será sancionado de acuerdo a la siguiente escala:
1.Si el nivel de alcohol por litro de sangre excede de
0,3 gramos y es inferior a 0, 8 gramos, se aplicará la
multa de una remuneración básica del trabajador en
general, pérdida de cinco (5) puntos en su licencia de
conducir y cinco (5) días de prisión.
2.Si el nivel de alcohol por litro de sangre es de 0,8
gramos o más, se aplicará la multa de una
remuneración básica del trabajador en general,
pérdida diez (10) puntos en su licencia de conducir y
quince (15) días de prisión.
Art. 145.3.- En el caso del
conductor que condujere un
vehículo de transporte público,
comercial o de carga, la
tolerancia al consumo de cualquier sustancia
estupefaciente o drogas es cero, y un nivel máximo de
alcohol de 0,1 gramos por cada litro de sangre. En caso
de exceder dicho límite será sancionado con una
multa de dos remuneraciones básicas unificadas del
trabajador en general, pérdida de treinta (30) puntos
en su licencia de conducir y sesenta (60) días de
prisión.