1. REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
MUNICIPIO DE HELICONIA
CONCEJO
ACUERDO No. 019
(31 de Agosto, 2000)
POR EL CUAL SE ADOPTA EL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE HELICONIA
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE HELICONIA, ANTIOQUIA, en uso de sus facultades constitucionales y
legales y en especial las que le confiere la Ley 136 de 1994, la Ley 388 de 1997, el Decreto 879 de 1988 y ley 546 de
1999.
ACUERDA:
PRIMERA PARTE
DE LAS NORMAS PREVIAS
ARTÍCULO 1. ADOPCIÓN DEL PLAN. Adóptese en todo su contenido el Esquema de Ordenamiento Territorial para el
municipio de Heliconia, Departamento de Antioquia, consignado en las siguientes partes, capítulos, artículos, parágrafos y
cuadros.
PARÁGRAFO. Cuando el presente proyecto de Acuerdo, se refiera al Esquema o E.O.T, se entenderá referido al Esquema de
Ordenamiento Territorial.
ARTÍCULO 2. ADOPCIÓN DE LOS ELEMENTOS DE APOYO. El Esquema de Ordenamiento Territorial se divide en tres
capítulos generales, generalidades de la planeación, la parte diagnóstica que contiene la estructura rural y estructura urbana y
el capitulo de Formulación que integra el componente General, componente Urbano, y componente rural y Programa de
Ejecución. Adicional a lo anterior se encuentra el Documento resumen de carácter divulgativo y la siguiente cartografía
elaborada en Escala 1:25.000 - territorial y 1:5.000 y 1:2000 - urbana, respectivamente.
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De los planos básicos del Esquema de Ordenamiento Territorial.
G1 Subregión de Occidente T16 Infraestructura de servicios públicos
G2 Subregión de Occidente T17 Infraestructura de Bienestar Social
T1 Estructura básica territorial T18 Infraestructura de vivienda
T2 Altimetría U1 Perímetro actual
T3 Zonas de vida U2 Geología urbana
T4 Pendientes U3 Eventos generadores de riesgo y amenaza
T5 Hidrografía U4 Morfología urbana
T6 Geología U5 Espacio público e infraestructura vial
T7 Eventos de eventos y procesos geomorfológicos PT1 Propuesta clases de suelo
evidenciadores de riesgos y amenazas
T8 Asociaciones edáficas PT2 Amenazas y riesgos
T9 Clasificación agrológica PT3 Propuesta espacio público territorial
T10 Uso actual del suelo PT4 Zonificación de usos del suelo rural
T11 Localización Productiva PU1 Propuesta de perímetro urbano, suburbano y suelo de
protección
T12 Vínculos y relaciones a nivel municipal y regional PU2 Zonas de Amenaza y riesgo
T13 División político – administrativa PU3 Propuesta Espacio público urbano
T14 Distribución de la población PU4 Propuesta de usos y tratamientos del suelo urbano
T15 Infraestructura de vías y transporte PE1 Programa de ejecución 2000 -2002
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SEGUNDA PARTE
DE LA VISIÓN, POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS
ARTÍCULO 3. El Componente General define una visión y seis políticas estructurantes: política Económica, política
Ambiental, Política Urbanística, Política del Espacio Público, Política Social y Política de Patrimonio de igual manera
contiene los objetivos y estrategias que se deben desarrollar a largo y mediano plazo en los cuales se fundamentará y
complementará el Esquema de Ordenamiento Territorial.
ARTÍCULO 4. VISIÓN MUNICIPAL. El desarrollo territorial y social del municipio de Heliconia se basará en la visión que se
planteo como elemento orientador y ordenador de las diferentes escenarios municipales así:
En el año 2008, Heliconia tendrá un DESARROLLO SOCIOECONÓMICO SOSTENIBLE, será la verdadera cuna de la
hospitalidad, la comunidad aguerrida, honesta y muy COMPROMETIDA con el USO RACIONAL DE LOS RECURSOS,
propiciando el BIENESTAR DE SU ENTORNO en armonía con las políticas de desarrollo de la GRAN REGIÓN
METROPOLITANA.
CAPITULO 1
POLITICA ECONÓMICA
ARTÍCULO 5. OBJETIVOS ECONÓMICOS. El desarrollo económico del territorio municipal se fundamentará en los
siguientes objetivos básicos.
109.2 Se orientará el Ordenamiento Territorial del municipio de Heliconia, hacia la construcción de un desarrollo económico
sostenible, basado en el uso racional del suelo.
109.3 Se orientaran y desarrollaran las actividades del sector secundario y terciario, en el casco urbano y los centros
poblados de las áreas suburbanas del municipio
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ARTÍCULO 6. ESTRATEGIÁS ECONÓMICAS. Los objetivos económicos tendrán como estrategias de desarrollo las
siguientes que se enumeran.
109.2 Se incentivará el desarrollo de explotaciones ecológicas.
109.3 Se realizará un estricto control de las diferentes formas de explotación y/o aprovechamiento del recurso suelo de
acuerdo con la vocación real de esté.
109.4 Se generarán programas educativos que incentiven el uso racional del suelo.
109.5 Se incentivará y apoyará los programas de crédito blando que las diferentes corporaciones financieras y cooperativas
implementen con el fin del mejoramiento de la producción agraria.
109.6 El desarrollo del campo tendrá como unidades fundamentales de desarrollo la implementación de empresas
agroindustriales y las cooperativas comercializadoras de los diferentes productos del territorio.
109.7 Como herramienta administrativa se generará alianzas estratégicas con municipios para la producción y comercialización
de productos.
CAPITULO 2
POLÍTICA AMBIENTAL
ARTÍCULO 7. OBJETIVO AMBIENTAL. El desarrollo ambiental del territorio municipal se fundamenta en proteger,
conservar y recuperar los componentes básicos del medio ambiente expresados en el agua, suelo, aire, flora, fauna, para lograr
la sostenibilidad ambiental.
ARTÍCULO 8. ESTRATEGIAS AMBIENTALES. El objetivo ambiental tendrá como estrategias de desarrollo las siguientes
que se enumeran.
109.2 Generación de programas de educación ambiental.
109.3 Incentivando la creación de instituciones y/o grupos ecológicos que dinamicen la cultura ambiental.
109.4 Estableciendo la normatividad básica para el manejo de los diferentes recursos naturales.
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109.5 Identificando permanentemente factores de riesgo y amenaza, que afecten los recursos del medio ambiente y el
hombre.
109.6 Reglamentación del manejo de las áreas identificadas como zonas de amenazas y riesgo.
CAPITULO 3
POLÍTICA URBANÍSTICA
ARTÍCULO 9. OBJETIVO URBANÍSTICO. Implementar tratamientos de consolidación, redensificación, conservación y
mejoramiento para un adecuado desarrollo urbano.
ARTÍCULO 10. ESTRATEGÍAS URBANÍTICAS. La política urbanística tendrá como elementos base de desarrollo las
siguientes estrategias.
109.2 Identificación de áreas dentro de las zonas urbanas y suburbanas, que admitan tratamientos urbanísticos.
109.3 Normatización para la implementación de los tratamientos urbanísticos.
109.4 Realización de programas de difusión de la normatización.
CAPITULO 4
POLÍTICA DE ESPACIO PÚBLICO
ARTÍCULO 11. OBJETIVO DE ESPACIO PÚBLICO. Construir la espacialidad del territorio - Centros poblados urbanos y
suburbanos rurales -, en función del eje estructurante espacio público.
ARTÍCULO 12. ESTRATEGIAS DE ESPACIO PÚBLICO. El desarrollo del espacio público del municipio de Heliconia se basa
en las siguientes estrategias.
109.2 Recuperación y adecuación del espacio público existente.
109.3 Construcción de nuevos espacios públicos.
109.4 Reglamentación del manejo y ocupación del espacio público.
109.5 Incorporación de espacios residuales a la estructura del espacio público.
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109.6 Mejorando de la infraestructura de vías, caminos y puentes.
CAPITULO 5
POLÍTICA SOCIAL
ARTÍCULO 13. OBJETIVOS SOCIALES. El Ordenamiento del territorio tiene como base fundamental lo social, como
elemento que representa el desarrollo y mide el mejoramiento de la calidad de vida de la población, el desarrollo social se basa
en los siguientes objetivos.
109.2 Desarrollar estrategias tendientes a que en el Ordenamiento del Territorio, se fortalezca la infraestructura básica y la
integralidad del Bienestar social y la participación comunitaria.
109.3 Propiciar y desarrollar espacios para la activa participación de la comunidad en los procesos de la implementación y
ejecución de los planes tendientes al ordenado desarrollo del territorio.
ARTÍCULO 14. ESTRATEGIAS SOCIALES. Los objetivos sociales se materializaran con base en las siguientes estrategias.
109.2 Construcción, adecuación y mejoramiento de la infraestructura básica de servicios públicos y saneamiento básico.
109.3 Adecuando y mejorando la infraestructura educativa y de apoyo.
109.4 Optimización de la infraestructura de salud.
109.5 Mejorando, adecuando y terminando la infraestructura deportiva y recreativa.
109.6 Construyendo espacios deportivos y recreativos.
109.7 Construcción y mejoramiento de vivienda en el territorio municipal.
109.8 Construcción y adecuación de espacios físicos en el área rural para el desarrollo de la actividad cultural.
109.9 Activando los diferentes organismos de participación comunitaria existentes y creados en el territorio municipal para
que sean actores en el desarrollo de los diferentes programas contenidos en el E.O.T.
109.10 Generando mecanismos de evaluación y seguimiento de las diferentes políticas territoriales.
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CAPITULO 6
POLÍTICA PATRIMONIO
ARTÍCULO 15. OBJETIVO DE PATRIMONIO. Se recuperará y conservará los diferentes niveles del patrimonio municipal.
ARTÍCULO 16. ESTRATEGIAS DE PATRIMONIO. La conservación y recuperación del Patrimonio del municipio de Heliconia
tendrá como directrices principales:
109.2 La identificación de la infraestructura patrimonial.
109.3 La normatización de las intervenciones sobre espacios y elementos de valor patrimonial.
109.4 Implementación de la restauración de la infraestructura patrimonial
TERCERA PARTE
SOBRE LA CONCEPCIÓN URBANA - RURAL Y SUBREGIONAL
ARTÍCULO 17. LA CONCEPCIÓN URBANA – RURAL. Entiendasé la concepción urbana - rural como el modelo de ocupación
del territorio que para el municipio de Heliconia esta contenido en el área de 117 km2, en donde la estructura rural se
caracteriza por tener población dispersa y desarrollar actividades económicas agrícolas, pecuarias y forestales, el sistema vial
esta compuesto por el eje estructurante, vía arteria que se desprende del alto de Chuscal hacia el municipio de Ebéjico
atravesando el casco urbano del Municipio de Heliconia, además de contener ejes estructurantes naturales conformado por las
quebradas la Sabaletas y La Guaca - La Sucia.
El sistema urbano se entiende como el área del municipio que contiene una estructura densa de vivienda y de infraestructura y
en donde las actividades de comercio y de prestación de servicios son fundamentales, además posee una red vial, conformada
por las vías primarias, secundarias y terciarias.
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ARTÍCULO 18. CONCEPCIÓN SUBREGIONAL. El sistema subregional comprende la estructura de relaciones como son las
vías arterias que comunican los centros poblados principales del territorio - área urbana y centros poblados de los
corregimientos de Pueblito y el Llano de San José. Y los elementos naturales que aportan a la estructura regional como son la
quebrada la Sabaletas, la Chachafruto, la Horcona y la quebrada la Guaca - la Sucia.
CUARTA PARTE
DETERMINANTES DEL E.O.T
ARTÍCULO 19. Serán determinantes del E.O.T en el municipio de Heliconia, las siguientes:
109.2 Los relacionados con la conservación y protección del medio ambiente. Las áreas de manejo especial identificadas por
la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia (Corantioquia): Zona de amortiguamiento del Cerro Padre
Amaya y la zona de amortiguamiento de la Cuchilla del Romeral. El manejo de estas zonas está determinadas por los
lineamientos que para el efecto define la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia - CORANTIOQUIA.
(Véase el plano G2).
109.3 Las políticas y normas sobre conservación y uso de las áreas e inmuebles que son patrimonio cultural. El manejo
para los elementos muebles e inmuebles identificados como Patrimonio Cultural en el municipio de Heliconia están dados
por las siguientes acciones:
a. Identificación técnica e histórica de cada una de los bienes.
b. Implementación de la evaluación física de cada uno de los elementos patrimoniales
c. Realización de tratamientos de restauración y conservación del bien patrimonial.
109.4 El señalamiento y localización de las infraestructuras de la red vial regional y los sistemas de suministros de
agua, energía y servicios de saneamiento básico. Para el municipio de Heliconia se identifican como suelos de
protección: las áreas de conservación y protección de las microcuencas abastecedoras del acueducto urbano y de cada
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uno de los acueductos veredales, así como la línea divisoria de las Subcuencas de las quebradas la Horcona, La Sabaletas
y la Guaca, cuyo tratamiento básico es el de conservación y protección de los recursos.
QUINTA PARTE
DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS ESTRUCTURALES
CAPÍTULO 1
DEL TERRITORIO MUNICIPAL.
ARTÍCULO 20. El territorio del municipio de Heliconia, limita por el norte con los municipios de Medellín y Ebéjico, por el
Oriente con los municipios de Medellín y Angelópolis, por el sur con los municipios de Angelópolis y Armenia Mantequilla y por el
oriente con los municipios de Armenia mantequilla y Ebéjico. Todos los planes, programas y proyectos del E.O.T se enmarcaran
dentro de los límites territoriales del municipio, además podrán generarse impactos regionales.
ARTÍCULO 21. Para fines administrativos y de gestión pública, se adopta la siguiente división territorial, comprendida por el
suelo urbano o cabecera municipal y el suelo rural que se divide en un total 3 corregimientos Pueblito, el Alto del corral y el
Llano de San José, y 15 veredas, La Pava, Palo Blanco, Pradera – Tamargal, Monteadentro, La Chorrera, Joly-Tablazo, El
Hatillo, El Chocho, Los Botes, La Hondura, Morritos, Crucero, Chuscal, Pueblo Viejo y Guamal.
CAPITULO 2
DE LAS NORMAS QUE CLASIFICAN, DEFINEN Y DELIMITAN LOS SUELOS.
ARTÍCULO 22. En el municipio de Heliconia el suelo se clasifica en suelo urbano, suelo rural, suelo suburbano y suelo de
Protección y se delimitan tal como aparecen en el plano de Propuesta de clases de suelo.
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ARTÍCULO 23. SUELO URBANO. El suelo urbano se constituye por las áreas destinadas a usos urbanos por el Esquema de
Ordenamiento Territorial, que concentra edificaciones, con usos del suelo en forma diversificada, cuenta con infraestructura
vial y redes primarias de energía, acueducto y alcantarillado, además de servicios comunales y actividades económicas del sector
secundario y terciario.
ARTÍCULO 24. CRITERIO DE DELIMITACIÓN DEL SUELO URBANO. El suelo urbano se delimita para el municipio de
Heliconia teniendo los siguientes parámetros: densidad poblacional, posee más de 2000 habitantes, infraestructura vial definida
con vías primarias, secundarias y terciarias, proximidad de las viviendas y densidad por hectáreas, por tener zonas homogéneas
y poseer la infraestructura básica de servicios públicos: de acueducto, alcantarillado, energía y telefonía, además de poseer
infraestructura de equipamientos básicos para la prestación de los servicios administrativos, servicios religiosos, servicios de
policía y de servicios de salud.
ARTÍCULO 25. DELIMITACIÓN Y ADOPCIÓN DEL PERÍMETRO URBANO. El perímetro urbano de la cabecera del
municipio de Heliconia esta delimitado así:
Punto Inicial - Mojón 1. Se inicia en el puente sobre la Quebrada Matasano, cruce entre la vía Departamental hacia Sevilla y
punto de acceso al barrio Ceferino, costado norte, de ahí se continua por el eje de la vía del barrio Ceferino, se toma 40 metros
a ambos lados hasta encontrar y bordear el límite posterior del predio del señor LUIS EDUARDO CASTAÑO JARAMILLO -
Mojón 2, de ahí se continua bordeando el límite (norte) posterior de los predios de propiedad de los señores JOSÉ LEONEL
MARTINEZ CANO y Otros, EDGAR DE J. DEOSSA, MANUEL ALVAREZ, ROGELIO DE J. ALVAREZ MEJIA, hasta encontrar
la Quebrada la Agustina - Mojón 3, de ahí se continua en línea recta 40 metros hacia el oriente, se continua paralelo al curso de
la quebrada, hasta encontrar la margen derecha de la Quebrada la Aburreña - Mojón 4, se continua por la margen derecha de la
Quebrada la Aburreña hasta encontrar el camino que desemboca en la Calle 22ª - Mojón 5, se continua por el camino que
conduce al predio del señor FELIX CORREA - Mojón 6, de ahí se continua bordeando los límites posteriores de los predios de la
manzana 29 hasta encontrar la calle 21 del sector La Chorrera - Mojón 7 , se continua bajando por la vía unos 27 metros
aproximadamente - Mojón 8, hasta encontrar el límite posterior del predio de la señora MARIA FANNY BEDOYA DE BEDOYA,
se deja la vía y se bordea el límite posterior de los predios de la manzana 24, hasta encontrar la Quebrada El Desecho - Mojón
9, bajando por está hasta encontrar el puente sobre la carrera 17 - Mojón 10, de ahí bordeando el límite posterior de los
predios de la manzana 23, hasta encontrar la carrera 18 - Mojón 11, de ahí en línea recta hasta encontrar y bordear el límite
frontal del predio del señor CARLOS ANTONIO CORREA CARO, se continua bordeando el límite oriental del predio de
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propiedad del señor LUIS ANGEL MUÑOZ CHAVERRA, de ahí se bordean los límites posteriores de los predios de la manzana
17 hasta encontrar el predio de propiedad del señor ALEJANDRINO PULGARIN VELÁZQUEZ, que da frente a la calle 21
Sector el Chocho - Mojón 12, se cruza la vía y se bordea el límite posterior del predio de JUAN DE LA CRUZ OLAYA
ATEHORTUA hasta encontrar la carrera 18, en este punto y por el borde de la vía se toma una distancia de 20 metros hacia
predios de la finca Carboneral, de ahí se continua bordeando los límites posteriores de predios de la manzana 16 que dan frente
a la calle 20, hasta encontrarla, de nuevo se toma una franja de 20 metros paralela al borde de la carrera 19, hasta encontrar el
puente sobre la Quebrada La Sucia, punto de acceso al sector Los Botes - Mojón 13, se continua bordeando la vía por su margen
oriental hasta encontrar el límite posterior de los predios de los señores JHON MAURICIO ALVAREZ, GERMAN AGUILAR
ORTIZ (Manga Grande) de la manzana 1, hasta encontrar la vía que conduce a Medellín, carrera 22ª - Mojón 14, se continua por
la vía hasta encontrar el límite sur del predio de propiedad del MUNICIPIO DE HELCONIA - CANCHA MUNICIPAL, sector el
Hatillo, bordeando este hasta encontrar el predio del señor JUVENAL ARENAS HERNÁNDEZ y encontrar la carrera 23 vía
Barrio El Hatillo - Mojón 15, por esta nos devolvemos aproximadamente 50 metros hasta encontrar la ¨Y¨, acceso a la finca la
Cantaleta, seguimos hasta encontrar los límites sur y occidental del predio de propiedad de la señora SARA OLIVA ARANGO
DEOSSA, hasta encontrar el límite posterior de los predios de NOE UBALDO PEREZ ALVAREZ, se continua hasta el predio
de la PARROQUIA SAN RAFAEL - Cementerio -, manzana 04, bordeando su límite posterior hasta encontrar el camino de
acceso a la finca El Chunto - Mojón 16, de ahí bordeando el límite posterior (occidental) de predios de propiedad de los
señores JOSÉ JOAQUIN DIEZ GARCÍA, PASTOR DE JESUS QUINTERO, ISRAEL ANTONIO CASTAÑO - Mojón 17, de ahí
en línea recta hasta el viaducto sobre la quebrada La Sucia, sector Las Salinas, se devuelve aguas arriba hasta el puente de la
Calle 21 - Sector Las Salinas - Mojón 18, de ahí bordeando el límite posterior (occidental) de los predios de la señora MERY
GRANADA MARTINEZ, sucesión de ABRAHAM ACEVEDO BAENA, JOSE RAFAEL GALLEGO GALLEGO, LUIS NORBERTO
VÁSQUEZ QUINTERO, de ahí en línea recta hasta encontrar el límite posterior de los predios de MARIA ADELFA TORRES
VALDERRAMA, del señor LUIS CARLOS ALVAREZ JARAMILLO Y la señora MARIA ELIGIA MIRANDA - Mojón 19, de ahí en
línea recta hasta encontrar la calle 23 vía que conduce a la vereda Joly - Mojón 20, de ahí se devuelve por la carretera, hasta
encontrar el límite posterior del predio del señor FRANCISCO PARRA, se continua bordeando el límite posterior de los lotes
que dan frente a la carrera 24 hasta el predio de la sucesión de ALFREDO GUEVARA GARCÍA - Mojón 21, se continua
bordeando la vía por su margen izquierda hasta encontrar el predio del señor LUIS EMILIO ARAQUE RESTREPO y ANA DE
JESUS BAENA, bordeando estos predios por su límite posterior (norte) hasta de nuevo encontrar el límite posterior de predios
de la sucesión de ALFREDO GUEVARA GARCÍA, hasta el punto de encuentro con la franja de 40 metros sector occidental
determinada en el Barrio Ceferino, donde cierra el perímetro urbano - Mojón 22 - PF.
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ARTÍCULO 26. SUELO RURAL. Lo constituye el territorio no apto para el uso urbano ó destinado a uso agrícola, ganadero,
forestal, de explotación de recursos naturales y otros análogos.
ARTÍCULO 27. CRITERIO DE DELIMITACIÓN DEL SUELO RURAL. El suelo rural del municipio de Heliconia esta
contenido en cada uno de los espacios de las veredas y los corregimientos que se relacionan en el ARTÍCULO 21 y que estan por
fuera del perímetro urbano.
ARTÍCULO 28. SUELO SUBURBANO. Es el territorio dentro del suelo rural en el que se mezclan los usos del suelo y las
formas de vida del campo y de la ciudad.
ARTÍCULO 29. CRITERIOS DE DELIMITACIÓN DEL SUELO SUBURBANO. Está dado por el tamaño de asentamiento
poblacional, cuyo índice para el municipio de Heliconia es inferior a los 1000 habitantes, la actividad económica que se presenta
es la mezcla de los usos rurales y algunos de tipo urbano: comercio - vivienda, la infraestructura básica de servicios
comunitarios y públicos es precaria, y la forma de ocupación es en un gran porcentaje dispersa. Las áreas suburbanas del
municipio de Heliconia se han conformado a lo largo de los ejes estructurantes del territorio.
ARTÍCULO 30. DELIMITACIÓN Y ADOPCIÓN DEL PERÍMETRO SUBURBANO. Los perímetros de las áreas suburbanas
determinadas para el municipio de Heliconia están delimitadas así:
109.2 ÁREA SUBURBANA DEL CORREGIMIENTO DE PUEBLITO. Mojón 1- PI. En el punto de unión donde se encuentra la
vía a Heliconia y la vía a Chuscal, se continua por la calle principal por el sector de la ¨Y¨, de ahí en dirección nororiental
por la margen izquierda hasta el punto de la ¨Y¨, sector Cristo Rey - Mojón 2, se sigue en línea recta con dirección
oriental, aproximadamente 40 metros - Mojón 3, se continua en línea recta dirección suroriental hasta el predio donde
se ubica el cementerio, bordeando este - Mojón 4, de ahí en línea recta con dirección suroccidental hasta el límite
entre los predios 08 y 116 de propiedad del señor SERGIO WALTER GAVIRIA GUTIERREZ y LUIS FERNANDO
MEJÍA PELAEZ, respectivamente, punto de encuentro con la carretera hacia Armenia - Mojón 5, se continua por la vía
hacia Armenia en su margen izquierda hasta el punto de encuentro entre esta y la calle de la Amistad (Y) - Mojón 6, se
continua por la calle de la Amistad aproximadamente 100 metros hasta encontrar el predio 194, La Cabañita de
propiedad de CARLOS ARTURO RESTREPO POSADA - Mojón 7, se continua por el límite posterior de los predios que
dan frente a la calle de la Amistad y de la calle principal hasta el punto de inicio. PI.
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109.3 ÁREA SUBURBANA DEL CORREGIMIENTO ALTO DEL CORRAL. Mojón 1-PI. Punto límite de la propiedad de la
señora MARIA CAROLINA GALLEGO CELIS y EFRAÍN HERRERA BEDOYA, punto sobre la carretera que de Heliconia
conduce al Alto del Corral, de esté punto se sigue por el límite Nororiental, parte posterior de los predios identificados
con los números 38 y 39 de propiedad de MARIA CAROLINA GALLEGO CELIS y LUISA PATIÑO - Mojón 2, se
continua desde el límite posterior de los predios 39 y 40 este último de propiedad de FERNANDO DE JESUS ESTRADA
ORTIZ, en línea recta hasta bordear el límite posterior del predio 41 de propiedad de LEONARDO SANCHEZ LUJAN -
Mojón 3, de ahí formando un ángulo de 90° perpendicular a la vía principal continuando por esta en dirección
noroccidental se coge una franja paralela a la vía de 40 metros - Mojón 4, desde el eje de la vía hacia la margen
derecha, se continua por esta hasta encontrar el límite de la Cancha se continua hasta encontrarse con el extremo
suroriental del predio 97 de propiedad de JUAN SANCHEZ CANO - Mojón 5, se continua bordeando el límite
Nororiental del mismo predio, se continua con los predios 92- sucesión de JESUS TORRES, y 93- JULIA ROSA
GONZALEZ, hasta encontrar el camino que conduce al sector el Carmelo - Mojón 6, se continua por la vía y una franja
paralela a esta de 40 metros en la margen derecha hasta encontrar el camino que parte del predio 62 de propiedad de
GILBERTO MONTOYA PATIÑO - Mojón 7, se continua por el límite de los predios que dan frente a este por la margen
derecha predios números 62,63,64,65,66,67 y 68 este último de propiedad de TERESA PATIÑO HOLGUIN - Mojón 8,
se continua por una franja de 40 metros paralela al camino hasta la ¨Y¨ - Mojón 9, se continua con la franja de 40
metros paralela a la vía hasta la el predio 48 de propiedad de LUIS ERNESTO PATIÑO ESTRADA, por la margen
derecha en dirección sur, hasta el límite del Corregimiento Alto del Corral y la vereda de la Hondura, localizada en el
predio 91 de propiedad de la sucesión de JUAN PATIÑO - Mojón 10, de ahí se sigue en línea recta hasta el Punto de
Inicio - PI.
109.4 ÁREA SUBURBANA DEL CORREGIMIENTO LLANO DE SAN JOSÉ. Mojón 1 - PI. En el cruce entre el predio 11
de la propiedad de LUIS OCTAVIO ORTIZ BEDOYA y la carretera que de Heliconia conduce a Sevilla, de ahí en línea
recta hasta encontrar la Quebrada la Llanera - Mojón 2, continuando por esta en dirección norte hasta encontrar
límites del predio 97 de propiedad de JOSE ANTONIO TORO HURTADO - Mojón 3, hasta la vía principal continuando
por esta en una franja de 40 metros por la margen izquierda hasta el límite con el camino en el predio 108 de JOSE
ANTONIO GUTIERREZ - Mojón 4, se devuelve por la vía principal por su margen izquierda hasta encontrar el límite de
la Cancha municipal con el predio 85 de propiedad del señor HERIBERTO BEDOYA VALENCIA - Mojón 5, de ahí en
línea recta hasta encontrar de nuevo la vía principal en el predio 50 de propiedad de JULIO ENRIQUE GALLEGO
BEDOYA - Mojón 6, se continua bordeando la margen izquierda de la carretera hasta encontrar el límite del predio 23
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de propiedad de JOSE BENITO GOMEZ TORO - Mojón 7, de ahí se bordea el límite Nororiental del predio 16 del
señor JUVENAL DE JESÚS PENAGOS RUIZ, y el 18 de JOSE VICENTE TORO ORTIZ hasta el punto de encuentro con
la vía principal - Mojón 8, se continua por la margen izquierda de la vía hasta encontrar el Punto de Inicio - PI.
109.5 ÁREA SUBURBANA DEL SECTOR JOLY. Desde el viaducto del sector de las Salinas, continuando por la quebrada La
Sucia aguas abajo hasta encontrar los predios de propiedad del señor FRANCISCO VERGARA CASTAÑO a encontrar la
carretera del sector La Cañada, de ahí en línea recta hasta encontrar el límite occidental del predio de la señora ANA
JULIA PEREZ VDA. DE CARDONA, se continua bordeando los predios de la señora ROSA ELVIRA DÁVILA BEDOYA,
señora RAMONA ELVIRA BEDOYA DE DÁVILA, señor FEDERICO CASTAÑO ORREGO hasta encontrar el puente sobre
la Quebrada Matasano, de ahí se continua por la vía hasta encontrar el Mojón 20 del perímetro del suelo urbano.
109.6 ÁREA SUBURBANA DEL SECTOR EL CHOCHO. Desde el Mojón 12 del perímetro urbano, continuando por el camino
hasta el predio de la señora MARIA BOLIVAR TAMAYO, cogiendo una franja de 30 metros a lado y lado de la vía.
109.7 ÁREA SUBURBANA DEL SECTOR LOS BOTES Y HATILLO. Desde el puente sobre la Quebrada la Sucia Mj13,
límite del Perímetro urbano se continua por el camino cogiendo los predios que dan frente a esté, hasta el predio de
propiedad de la señora ROSA AMELIA SOTO CANO, se continua por el límite del predio del señor DARIO OSPINA
ARENAS, y límite posterior de las propiedades de TERESA ARAQUE y FABIO OSSA, hasta encontrar la Quebrada La
Sucia, se continua aproximadamente 80 metros hasta el límite con la finca Villa Elizabeth, se continua por el límite sur
DE LA FINCA Villa Elizabeth hasta encontrar la vía a Medellín continuando por el predio de CANDIDA ROSA BAENA
hasta su límite sur, se continua bordeando el límite posterior del al propiedad del señor CARLOS ANTONIO CANO, se
continua bordeando los límites suroriental de las propiedades de OCTAVIO FRANCPO, MARTA GALLEGO, JOSÉ
DOMINGO TORRES, LIGIA GONZALEZ RESTREPO, de ahí línea perpendicular hasta encontrar la vía que conduce al
Alto del Corral, se continua por esta hasta encontrar el límite nororiental del lote No. 048 de propiedad del Municipio
antes de OMAR ESCOBAR, de ahí se continua por los lotes que dan frente a la carrera 23 en una franja de 100 metros
hasta encontrar el límite con el perímetro urbano en propiedad de NOE UBALDO PÉREZ.
ARTÍCULO 31. SUELO DE PROTECCIÓN. Son las zonas vedadas para la urbanización en razón de su destino a la localización
de las infraestructuras para los servicios públicos domiciliarios, las determinadas como áreas de amenazas y riesgo no mitigable
y aquellas zonas que por sus características paisajísticas, ambientales y geográficas no pueden consolidarse urbanísticamente.
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ARTÍCULO 32. DELIMITACIÓN DE LOS PERÍMETROS DE LAS ÁREAS DE CONSERVACIÓN. Las áreas de conservación
del municipio de Heliconia son las siguientes:
SUELO DE PROTECCIÓN DE LAS LÍNEAS DIVISORIAS DE LAS SUBCUENCAS Y MICROCUENCAS. Se establece un
retiro de 100 metros a cada lado de la línea divisoria de las Subcuencas de las Quebradas la Sucia - La Guaca, la
Sabaletas y la Horcona y de cada una de las líneas divisorias de las microcuencas abastecedoras de los acueductos urbano
y rural correspondientes a las quebradas la Aburreña, la Pueblita, La Buey, La Sucia parte alta, la Matasano, la Morros,
la Saladero, la Aguada, la Tachuelala, las Heliconias y la Cidrera.
109.2 SUELO DE PROTECCIÓN DEL RECURSO HÍDRICO. Se establece áreas de retiro a las quebradas de 30 metros a lado
y lado a partir de la cota de máxima de inundación y 100 metros alrededor de cada uno de los nacimientos. Esta norma es
aplicable a todas fuentes de agua del municipio, ha excepción de las quebradas La Aburreña y la Sucia en el transcurso
por el casco urbano que tienen una reglamentación diferente.
109.3 SUELO DE PROTECCIÓN DE LAS ÁREAS DE BOCATOMAS QUE SURTEN LOS ACUEDUCTOS MUNICIPALES. Se
establece como área de protección 30 metros alrededor de los sitios de bocatomas de cada una de las fuentes que
abastecen los acueductos veredales y urbano.
109.4 SUELO DE PROTECCIÓN POR AMENAZA ALTA. En el territorio municipal se identificaron las zonas de amenaza alta,
dentro de las zonas identificadas se tiene áreas de riesgo mitigables y no mitigables, a las cuales por las condiciones
básicas de tipo geológico se les deben realizar unas restricciones de utilización y manejo del suelo, donde predomine el
uso de tipo forestal como elemento básico de protección.
109.5 SUELOS CON PENDIENTE SUPERIOR AL 70%. En el municipio hay una gran cantidad de zonas en donde se presenta
este tipo de pendiente, suelo que se debe proteger con usos que mantengan cubierto el suelo, como son los de tipo
forestal: bosque natural o intervenido, rastrojo alto y bajo.
109.6 SUELOS DE PROTECCIÓN DE POSIBLE SITIO PARA MANEJO INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS. En el
territorio municipal se adopta como sitio para la ubicación del manejo integral de los residuos sólidos, el ubicado en la
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finca el Tirol de propiedad del señor JESUS EMILIO ESCOBAR, lote que debe ser protegido naturalmente de acuerdo a
la actividad que va albergar, para aminora los posibles impactos ambientales que genere.
109.7 SUELOS DE PROTECCIÓN POR SERVIDUMBRES. Se declara como suelo de protección todas las servidumbres
existentes en el territorio municipal que tengan como objeto principal la conducción de acueductos, alcantarillados y
líneas de energía, por utilidad pública.
109.8 SUELOS DE PROTECCIÓN POR PATRIMONIO. Las áreas determinada como patrimonio histórico, cultural,
urbanístico, en el territorio corresponden a las áreas en donde se han identificado nacimientos de Agua - sal
comúnmente reconocido por los habitantes como las Salinas, ubicada en su gran mayoría en el suelo suburbano, también se
hayan algunos yacimientos de agua - sal en las quebradas las Sabaletas y la Horcona. Además de los caminos antiguos
identificados: el que conduce al Alto del Corral, ubicado en el alto de Bogotá, el camino que del Chocho conduce a
Morritos, el camino que de la Chorrera conduce al Alto del Chuscal, el camino ubicado en el Llano de San José que
conduce al Alto de Matías y el camino ubicado en el Chocho que conduce del camino principal hasta el Mirador de la
virgen.
Las acciones que deben emprenderse para la conservación de estos recursos son la identificación total de cada uno de los
elementos que la conforman, determinar el área de influencia de cada una de las zonas identificadas, aislamiento de la
zona, formular un plan de manejo a cada una de estas áreas además de presentarlo como proyecto para la obtención de
recursos, las cuales se desarrollaran en el mediano y largo plazo
109.9 SUELO DE PROTECCIÓN POR PERTENECER A LA ZONA DE AMORTIGUAMIENTO DE PROYECTOS
AMBIENTALES REGIONALES. Existe la zona señalada de amortiguamiento de acuerdo a lo planteado por Corantioquia
en el plan de manejo del sistema Cuchilla del Romeral y el Cerro Padre Amaya, dentro del territorio municipal se tiene
establecido en la zona Oriental las franjas iguales ó superiores a la cota 2.400 m.s.n.m
CAPÍTULO 3
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DE LAS NORMAS PARA EL PATRIMONIO MUNICIPAL
ARTÍCULO 33. DEL PATRIMONIO. Comprende el conjunto de bienes tangibles e intangibles que identifican la forma de ser
y de vivir de la población.
En el municipio de Heliconia los diferentes bienes identificados como Patrimonio Municipal se les dará el tratamiento de
recuperación, conservación y adecuación.
ARTÍCULO 34. BIENES PATRIMONIALES. Declárese bienes patrimoniales del municipio de Heliconia los siguientes:
109.2 El sector de las Salinas, comprendido por la calle 21 desde el puente sobre la quebrada la Guaca (carrera 22) hasta el
viaducto sobre la quebrada la Guaca.
109.3 La Casa de la Cultura Luz Nelly Vargas Valdés
109.4 La Plaza Colón – La Placita.
109.5 La Iglesia San Rafael
109.6 La casa de habitación del señor Horacio Ruiz
Las intervenciones que se vayan a realizar en las edificaciones consideradas patrimonio del municipio, deben estar orientadas a
la restauración y conservación, además deberá contar con el concepto técnico de Planeación municipal ó el comité que se designe
para la evaluación de este tipo de edificaciones.
En el sector de las Salinas no se permite la construcción de nueva infraestructura de vivienda, ni tratamientos que generen un
impacto no acorde con las características de la zona
Los inmuebles de propiedad particular son del espacio público en cuanto a sus elementos arquitectónicos patrimoniales externos
únicamente, no se hace referencia al interior del inmueble.
CAPITULO 4
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DE LAS NORMAS RELACIONADAS CON LAS VÍAS.
ARTÍCULO 35. DEL SISTEMA VIAL PARA EL MUNICIPIO. El sistema vial del municipio de Heliconia estará conformado
por una red de vías principales, secundarias y terciarias, tanto en el sector urbano como rural del municipio
ARTÍCULO 36. DE LA JERARQUIZACIÓN VIAL ÁREA RURAL. Teniendo en cuenta los sistemas de transporte existentes,
las características de capacidad, demanda vehicular y de carga; y la relación con las actividades de la población, el sistema vial y
de transporte rural del Municipio de Heliconia se clasifica de la siguiente manera:
109.2 Carreteras Primarias
109.3 Carreteras Secundarias
109.4 Carreteras Terciarias o Caminos Veredales
ARTÍCULO 37. JERARQUÍA VIAL EN EL ÁREA URBANA. Teniendo en cuenta los sistemas de transporte existentes, las
características de capacidad, demanda vehicular y de carga, y la relación con las actividades de la población se clasifica de la
siguiente manera:
109.2 Vía Principal o arteria.
109.3 Vía Secundaria ó Colectora
109.4 Vía local o terciaria
ARTÍCULO 38. CONCEPTUALIZACIÓN DE LOS DISTINTOS TIPOS DE VÍA: Para los efectos de Comprensión y manejo
del Plan Vial del Municipio de Heliconia, defínase los siguientes tipos de vías:
109.2 Carreteras Primarias: Aquellas cuya función básica es la de comunicar la Capital del Departamento con los demás
centros urbanos de la subregión. Que para el Municipio de Heliconia la conforma la vía de orden Departamental que
parte del Alto del Chuscal y pasa por el área urbana del Municipio, continuando hacia el municipio de Ebéjico, y el tramo
que parte del Alto del Chuscal y pasa por el centro poblado del Corregimiento de Pueblito continuando hacia el municipio
de Armenia.
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109.3 Carreteras Secundarias: Aquellas cuya función es la de comunicar la cabecera Municipal con los centros poblados de
los corregimientos o estos centros poblados entre sí, Para el Municipio de Heliconia reciben esta clasificación las
siguientes vías
a. La carretera que de Crucero se dirige al Corregimiento del Alto del Corral y la vereda la Hondura.
b. La carretera que de Crucero se dirige al Corregimiento de Pueblito.
c. La carretera de acceso a la Vereda de Pradera – Tamargal.
d. La carretera de acceso a la vereda La Pava.
109.4 Carreteras Terciarias - Carretera de Penetración y/o Caminos Veredales: Es el conjunto de vías que distribuyen y
canaliza el transito vehicular y/o peatonal, hacia o desde las vías secundarias hasta diferentes lugares de la vereda. Se
denomina Carretera de penetración cuando permite el paso de vehículos automotores y Camino Veredal cuando se
permite el paso de personas y animales. Para el Municipio de Heliconia reciben esta clasificación, todas las vías que no
entraron en las clasificaciones anteriores y que forman parte del sistema vial del municipio.
109.5 Vía principal ó artería: Son las que conforman el sistema vial Urbano básico, que normalmente tienen continuidad
dentro del área urbana cuya función principal es atraer y canalizar el flujo vehicular de larga distancia dentro del área.
A ella convergen las vías secundarias ó colectoras. Para el Municipio de Heliconia recibe esta clasificación la vía
estructurante que tiene clasificación Departamental en el resto del territorio, pero cuando ingresa al área urbana se
convierte en municipal, esta vía se inicia en el sector del Hatillo - sector la cancha atraviesa el casco urbano hasta el
sector de los Araques.
109.6 Vía Secundaria ó Colectora: Es el conjunto de Vías que distribuyen y canalizan el flujo vehicular y peatonal desde la
vía principal hasta los sectores o barrios de mayor importancia del área urbana. A ella convergen las vías residenciales o
de servicio. Para el Municipio de Heliconia reciben esta clasificación las siguientes vías:
a. La Carrera 23, sector el Hatillo, parte alta.
b. La Calle 22ª, sector Morro Verde y la Chorrera.
c. La Calle 22, sector la Placita, la Popala.
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d. Carrera 21, sector central.
e. Vía que comunica al sector de Ceferino.
109.7 Vía Local o terciaria: Es el conjunto de vías que distribuyen y canalizan el flujo vehicular y peatonal desde las vías
secundarias ó colectoras hasta los sectores residenciales. Generalmente son las vías internas de barrios Urbanos. Su
función principal es facilitar el acceso directo a las propiedades o actividades adyacentes a la vía. Para este sistema de
vías debe restringirse el transporte público y de carga en cuanto sea posible y la velocidad de operación estará
condicionada al desarrollo de las actividades y flujos peatonales existentes. Muchas de ellas tienen la características
predominantes de flujo peatonal.
Para el Municipio de Heliconia reciben esta clasificación las siguientes vías:
a. La carrera 23 entre calles 15 y 17.
b. El sistema conformado en el sector del Tejar.
c. La Calle 20, sector del Chocho.
d. El sistema conformado en el sector de San Martín.
e. El sistema conformado en el sector de la Chorrera.
109.2 Calle: Se designa una vía con el nombre de “calle” cuando su alineamiento horizontal se ajusta al sentido Oriente -
Occidente.
109.3 Carrera: Se designa una vía con el nombre de “carrera ” cuando su alineamiento horizontal se ajusta al sentido Norte -
Sur.
ARTÍCULO 39. DE LA SECCIÓN VÍAL. Es el área conformada y contenida por los paramentos de construcción y/o por los
elementos naturales que conforman el espacio público, en el cual se identifican diversos elementos fijos, constitutivos de las
vías. Los elementos fijos de la sección vial son: La calzada, el anden, y la zona verde.
ARTÍCULO 40. DE LA DEFINICIÓN DE LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA SECCIÓN VIAL. Cuando se refiere
a la sección vial se debe tener los siguientes conceptos claros:
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109.2 CALZADA: Es la zona de la vía destinada a la circulación vehicular. De acuerdo con la función, localización, longitud e
intensidad de uso, se han determinado las dimensiones reglamentarias para soportar los diferentes tipos de transporte.
109.3 ANDEN: Es la franja que forma parte de la vía, componente fundamental y estructurante del espacio público,
destinado al uso peatonal. La franja de circulación peatonal debe ser tal que pueda albergar el mobiliario urbano y
además permita la circulación libre y continua del peatón.
109.4 ZONA VERDE: Es un componente de la sección vial, La zona verde se define como el área libre situada entre el
paramento de construcción de una edificación y la línea de demarcación del predio o línea de demarcación de la sección
vial.
Esta área constituye un elemento arquitectónico natural de los inmuebles, sobre la que prima el interés público. Por
definición el área de zona verde no es ningún caso edificable, y no puede ser cubierta o anexada para usos internos del
inmueble de cada predio. Por lo general, la zona verde en todas las áreas deber ser arborizado y no se permite su
cambio por pisos duros.
ARTÍCULO 41. DE LAS ESPECIFICACIONES DE LA SECCIÓN VIAL. Adóptense las siguientes especificaciones como las
mínimas para las secciones públicas de las vías vehiculares y peatonales con la respectiva distribución en las secciones, para los
proyectos viales que se pretendan desarrollar de construcción, consolidación, delimitación y mejoramiento dentro del Municipio
de Heliconia.
41.1 Vía Principal o arteria
Ancho de Calzada: 6 metros
Ancho de andén: 1.2 metros
Zona verde: 1.0 metros
Para una sección total de vía de 10,40 metros.
41.2 Vías Secundarias o colectoras
Ancho de calzada: 6 metros
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Ancho de andén: 1.2 metros
Zona verde: 0.80 metros
Para una sección total de vía de 10 metros.
41.3 Vías terciarias o locales
Ancho de circulación entre 3.0 y 3.50 metros
Ancho de andén: 0.80 metros
Para una sección total de 4.6 a 5.10 metros.
41.4 Vías rurales primarias y secundarias
Ancho de circulación: 6.00 metros
Vías rurales terciarias o caminos veredales
Ancho de circulación entre 3.00 y 3.50 metros
ARTÍCULO 42. OBSTÁCULOS EN LA VÍA PÚBLICA: En ningún caso se permitirá a particulares o a entidades públicas
colocar obstáculos permanentes sobre alguna de las partes componentes de la sección pública de las vías.
ARTÍCULO 43. OBRAS DE DRENAJE Y PROTECCIÓN PARA CARRETERAS. Todas las obras de drenaje y protección para
carreteras, incluyendo pocetas, cabezotes, alcantarillas circulares, en cajón, box culverts, filtros, carcamos, cunetas u similares
deben cumplir con la reglamentación que para el efecto tiene la Secretaria de Obras Públicas Departamentales.
ARTÍCULO 44. PUENTES VEHICULARES. Los puentes vehiculares que existan en el Municipio Heliconia deberán cumplir
todas las condiciones técnicas para garantizar la seguridad de los usuarios bajo condiciones normales de operación de los
vehículos y transito de peatones, además las siguientes:
Deben proveerse de andenes para la circulación peatonal con una sección mínima de 0.80 metros de ancho. Estos andenes
estarán a una altura de 0.20 metros por encima del nivel de rodadura de los vehículos.
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Deben tener pasamanos o antepechos en el borde exterior con una altura de 0.90 metros y en material resistente para su
función y la intemperie, pintado con colores reflectivos amarillo y negro.
Los puentes deben tener un sistema de drenaje que garantice la evacuación de aguas y se eviten empozamientos.
PARÁGRAFO. Todos los puentes localizados en el área urbana deben tener iluminación suficiente que garantice la segura
utilización bajo condiciones extremas de utilización – flujo turístico, lluvia, y peatones.
ARTÍCULO 45. DEL SISTEMA VIAL PEATONAL. Las vías peatonales de la cabecera urbana, deben cumplir con una sección
mínima de 3.00 metros para la circulación de los peatones.
La circulación peatonal, en las zonas pendientes debe conformarse con escalinatas que den seguridad al peatón, los materiales
para la construcción y adecuación de las áreas peatonales deben ser con materiales antideslizantes.
El acceso a las viviendas desde la estructura peatonal (vía local), debe tener un ancho mínimo de 1.20 metros.
CAPÍTULO 5
DE LAS REFERENTES A LOS PROGRAMAS DE VIVIENDA.
ARTÍCULO 46. DE LOS PROYECTOS DE VIVIENDA. Las propuestas de vivienda se realizarán, mediante programas de
mejoramiento de vivienda, construcción por etapas de la vivienda y legalización de la tenencia de la vivienda, donde se involucre
directamente a los usuarios en los diferentes procesos.
ARTÍCULO 47. LOTES CON SERVICIOS. El Municipio a través del FOVIS realizará el programa del Banco de Tierras,
llevando a cabo el inventario de los lotes de propiedad del Municipio – FOVIS o de particulares dentro del perímetro urbano,
que pueda en cualquier ocasión ser utilizados para desarrollar programas de vivienda.
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ARTÍCULO 48. DE LAS ESPECIFICACIONES MÍNIMAS PARA LA VIVIENDA DE INTERES SOCIAL. Se determina las
siguientes para la vivienda unifamiliar:
Frente mínimo: 6 metros
Área mínima: 72 m2
Altura máxima: 2 pisos
Lado mínimo de patio: 2.00 metros
ARTÍCULO 49. VIVIENDAS EN ZONA DE RIESGO. Las viviendas ubicadas en zona de alto riesgo, se deberán reubicar en
las área del municipio de menor riesgo y donde sea factible la construcción de la infraestructura dentro del perímetro urbano o
las áreas suburbanas rurales si es el caso.
Para el municipio de Heliconia serán las viviendas ubicada e identificadas en el sector de Joly y los Botes, además de las zonas
ubicadas en la zona de riesgo alto por avenida torrencial.
ARTÍCULO 50. PROHIBICIÓN DE UBICACIÓN DE VIVIENDAS. Se prohibe la construcción, mejoramiento, reforma y de
la infraestructura que se ubique en áreas de retiro de quebradas, retiros viales, zonas de espacio público y zonas de riesgo alto
y medio.
CAPÍTULO 6
DE LAS CORRESPONDIENTES AL ESPACIO PÚBLICO (E.P.)
ARTÍCULO 51. DE LA CONFORMACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO. El espacio público del municipio de Heliconia, esta
conformado por elementos constitutivos naturales y artificiales y elementos complementarios, estos elementos se constituyen
en patrimonio ecológico, paisajístico y cultural del municipio.
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ARTÍCULO 52. DE LA DEFINICIÓN Y DELIMITACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO EN EL NIVEL ESTRUCTURAL.
Determínese para el municipio de Heliconia los siguientes elementos desde lo hidrográfico, orográfico y de infraestructura
como estructurantes del espacio público territorial.
109.2 DESDE LO HIDROGRÁFICO.
a. La Quebrada la Sucia - La Guaca, afluente del Rió Cauca, elemento que atraviesa el territorio municipal de oriente a
Occidente hasta ingresar a los límites de los territorios de Ebéjico y Armenia.
b. La Quebrada La Chachafruto, que es afluente de la Guaca y es límite con el municipio de Ebéjico.
c. La Quebrada La Sabaletas, elemento natural afluente de la Guaca y sirve de límite con el municipio de Armenia
atraviesa el territorio de oriente a occidente por la parte sur.
d. La Quebrada La Horcona, elemento natural que sirve de límite con el municipio de Angelópolis.
109.3 DESDE LO OROGRÁFICO.
a. La línea divisoria de aguas de las subcuencas la Guaca y la Sabaletas.
b. El Alto de Chuscal como mirador natural hacia gran parte de la Subregión.
c. El Alto de Palo Blanco.
109.4 DESDE LA INFRAESTRUCTURA.
a. La carretera hacia el corregimiento del Alto del Corral por convertirse en un sector de mirador natural hacia la
cabecera municipal y áreas suburbanas aledañas a está. Y en otro sector es cima de una gran montaña desde donde
se observa el gran cañón de la quebrada la Guaca y el casco urbano del municipio de Armenia.
b. La carretera hacia el corregimiento de Sevilla desde el sector del Alto de Matías, por convertirse en mirador
natural hacia gran parte de la subregión de Occidente.
ARTÍCULO 53. DE LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESPACIO PÚBLICO. Los elementos constitutivos del espacio
público del área urbana y rural de municipio de Heliconia esta conformada por elementos naturales y artificiales así:
109.2 ELEMENTOS CONSTITUTIVOS NATURALES URBANOS.
a. Las montañas donde se ubican parte alta del Barrio Ceferino, la parte alta del Barrio el Chocho, parte alta del área
suburbana del Hatillo, por convertirsen en miradores naturales.
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b. El sector de las Salinas, por ser un área de interés paisajístico e histórico, además por hallarse algunos nacimientos
de agua - sal.
109.3 ELEMENTO CONSTITUTIVOS NATURALES RURALES.
a. La línea divisoria de las aguas de las microcuencas la Guaca - la Sucia, la cual atraviesa centros poblados
importantes dentro del territorio municipal.
b. El alto del Chuscal por ser Mirador natural hacia gran parte de la subregión del Occidente.
109.4 ELEMENTOS CONSTITUTIVOS ARTIFICIALES URBANOS. Conformado por
a. La estructura vial del casco urbano, en especial la estructura peatonal por ser predominante.
b. Los puentes del casco urbano en especial los que tienen estructura antigua del sector el Matadero y la Placita.
c. Los puentes que se encuentran en le sector de las Salinas por ser estructuras con alto valor histórico y patrimonio
arquitectónico.
d. El Parque Principal y la Plaza Colón como puntos de encuentro de la población donde se realizan todo tipo de
manifestaciones, desde las económicas hasta las políticas y religiosas.
e. Lugares que contienen hitos y se pueden convertir en nodos, por su ubicación y el valor representativo que tienen,
como son los lugares donde se ubican: Cristo Rey, Monumento a la Madre, Monumentos a la Virgen - sectores Placita,
Morro Verde, el Chocho y el Hatillo.
f. Los siguientes inmuebles por su valor arquitectónico e histórico:
- Casa del señor Horacio Ruiz – Sector La Placita.
- Calle de las Salinas.
- Cementerio San Rafael.
- Iglesia San Rafael.
- Casa de la Cultura Luz Nelly Vargas Valdés.
- Las Salinas de Guaca.
En los bienes inmuebles particulares son del espacio público sus elementos arquitectónicos externos, fachadas y
antejardines, pero no su interior.
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109.5 ELEMENTOS ARTIFICIALES RURALES
a. El sistema vial primario y secundario, así la vía Medellín - Heliconia - la Pava.
b. Los caminos de herradura que conducen del Chocho a Morritos, de la Chorrera al Alto del Chuscal y de la vía Alto
del Corral al Alto de Bogotá.
ARTÍCULO 54. DE LOS ELEMENTOS COMPLEMENTARIOS DEL ESPACIO PÚBLICO. Los elementos complementarios del
municipio de Heliconia es su área urbana y rural esta conformado así:
109.2 ELEMENTOS COMPLEMENTARIOS URBANOS:
54.1.1 En lo referente a vegetación natural:
a. La vegetación urbana la cual estará constituida preferentemente por las diferentes especies de
HELICONIAS, que se producen en el territorio municipal.
54.1.2 En lo referente a los componentes del amoblamiento urbano:
a. Las maquetas y cartografía de proyectos y programas específicos, siempre que se expongan en lugares
públicos para información de la comunidad.
b. Las placas de señalización de la nomenclatura con los nombres originales de las calles y de los barrios del
municipio así:
- Calle 22 (Casa de la Cultura – La Popala): Calle Atenas
- Carrera 20 (Iglesia - Hospital): Calle Robledo
- Calle 22ª (Morro verde – la Chorrera): Calle Lisboa
- Calle al liceo: Calle Mesina
- Carrera 22 (Placita – Matadero): Calle Boyacá
- Calle 21 (Placita – Las Salinas): Calle de las Salinas
- Carrera 21 (entre calle 21 y calle 22): Calle Turín
- Calle 20 (Sector el Chocho): Calle Sodoma
- Calle 19ª (Sector San Martín) Calle San Martín
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ARTÍCULO 55. DE LOS PROYECTOS Y PROGRAMAS PARA SUPLIR LAS NECESIDADES DE E.P. Se determina como
acciones prioritarias para incrementar y mejorar el Espacio Público del Municipio de Heliconia en sus áreas: urbana y suburbanas
las siguientes:
109.2 El proyecto de Las Salinas, como espacio de patrimonio natural, arquitectónico e histórico, proyecto que tiene vocación
arqueológica por los yacimientos de agua - sal que se han encontrado y la infraestructura que se utilizó para el
procesamiento de la sal y ecoturistico por que en sus alrededores se tiene un ambiente rico en bosque natural.
109.3 Consolidar como espacio público el sitio donde se ubica la virgen del Chocho para convertirse en el gran Mirador hacia el
casco urbano y áreas suburbanas aledañas.
109.4 Creación de un sendero paralelo a la vía de acceso y salida principal, desde la Cancha de Fútbol en el sector del Hatillo
hasta el sector de los Araques salida hacia Ebéjico, cuya vegetación primordial serán las diferentes especies de
Heliconias que se producen en el municipio.
109.5 Convertir en miradores naturales las partes altas de las montañas donde se ubican parte del Barrio Ceferino, del Barrio
el Chocho, del área suburbana del Hatillo.
109.6 Implementar un sistema de mejoramiento, adecuación, recuperación y consolidación de la estructura vial del casco
urbano, en especial la estructura peatonal por ser predominante.
109.7 Realizar el Plan de andenes en las áreas donde es predominante el sistema vial vehicular.
109.8 Realización del estudio técnico de cada uno de los puentes del casco urbano para su conservación en especial los que
tienen estructura antigua en el sector del Matadero y la Placita.
109.9 Restaurar y conservar los puentes que se encuentran en el sector de las Salinas por ser estructuras con alto valor
histórico y patrimonio arquitectónico.
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109.10 Adecuar y recuperar el Parque Principal y la Plaza Colón como puntos de encuentro de la población donde se realizan todo
tipo de manifestaciones, desde las económicas hasta las políticas y religiosas.
109.11 Integrar al sistema de espacio público, lugares que contienen hitos y se pueden convertir en nodos, por su ubicación y el
valor representativo que tienen, como son los lugares donde se ubican: Cristo Rey, Monumento a la Madre, Monumentos a
la Virgen en los sectores de: la Placita, Morro Verde, el Chocho y el Hatillo.
109.12 Realizar la valoración y conservación de los siguientes inmuebles por su valor arquitectónico e histórico:
a. Casa del señor Horacio Ruiz – Sector La Placita.
b. Calle de las Salinas.
c. Cementerio San Rafael.
d. Iglesia San Rafael.
e. Casa de la Cultura Luz Nelly Vargas Valdés.
f. Las Salinas de Guaca.
109.13 Valorar y recuperar las diferentes especies de HELICONIAS, que se producen en el territorio municipal y darle el
manejo adecuado en el amoblamiento natural urbano, especialmente en los sectores de acceso y salida del perímetro
urbano y en cada uno de los espacios públicos abiertos conformados y a conformar durante la vigencia del Esquema de
Ordenamiento Territorial.
109.14 Generar programas y proyectos de identificación gráfica del municipio, donde se utilice maquetas y cartografía
especifica, para esto último tiene un alto valor técnico la cartografía elaborada para el E.O.T.
109.15 Realizar y/o recuperar la planimetria de la Casa de la Cultura, hacer los levantamientos de los inmuebles particulares y
públicos que pueden ser considerados patrimonio arquitectónico municipal, enunciados en numeral 55.11.
109.16 Realizar el programa de recuperación de los nombres originales de las calles y de los barrios del municipio enunciados en
el numeral 54.1.2, literal c.
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109.17 Construir y consolidar plazas o plazoletas en el Corregimiento de Pueblito en la zona frente a la capilla, en el
corregimiento del Llano de San José en el sitio frente a la capilla y en el Corregimiento del Alto del Corral en la zona
donde se ubican el mayor número de sitios representativos para la comunidad.
ARTÍCULO 56. El espacio público actual y proyectado debe cumplir con las condiciones técnicas que garanticen la libre
accesibilidad a toda la población incluyendo las personas discapacitadas ó limitadas físicas, teniendo en cuenta los parámetros de
ley.
ARTÍCULO 57. DE LA DEFINICIÓN DE COBERTURA POR HABITANTE Y DEL DÉFICIT PROYECTADO, TANTO
CUALITATIVO COMO CUANTITATIVO. La definición del déficit cuantitativo del espacio público se hace con base en un
índice mínimo de espacio público efectivo, es decir el espacio público de carácter permanente, conformado por zonas verdes,
parques, plazas y plazoletas.
En el territorio municipal de Heliconia ante la carencia de espacio público efectivo, y para minimizar la diferencia con el índice
que contempla la ley se establece como meta a largo plazo 3 m 2/hab, metas alcanzables con la implementación por etapas de los
diferentes proyectos enunciados en el artículo 55.
CAPITULO 7
DE LAS REFERENTES A LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ARTÍCULO 58. DE LA DETERMINACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DEL MUNICIPIO.
Determínese como servicios públicos domiciliarios los establecidos por la ley: acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica y
telefonía.
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ARTÍCULO 59. DE LA RESPONSABILIDAD DEL MUNICIPIO EN CUANTO A LA REGLAMENTACIÓN Y
ACOMPAÑAMIENTO A LAS EMPRESAS QUE PRESTAN LOS SERVICIOS. El municipio de Heliconia, dará obligatorio
cumplimiento a lo establecido por la Ley para garantizar, la calidad, cobertura y prestación eficiente de cada uno de los
servicios enunciados en el artículo 59.
Todos las organizaciones que presten alguno de los servicios públicos establecidos por Ley dentro del Municipio de Heliconia, se
acogerán a las exigencias de la ley en cuanto a su conformación y forma de suministrar el servicio.
ARTÍCULO 60. DEL PLAN MAESTRO DE ACUEDUCTO. Se establece la revisión y actualización del Plan Maestro de
Acueducto existente en el municipio de Heliconia para el área urbana.
Las diferentes organizaciones que presten el servicio dentro del territorio municipal, deben realizar el plan Maestro de
Acueducto y presentar el programa control de gestión de resultados establecido por la ley.
ARTÍCULO 61. DE LOS PROYECTOS Y ACCIONES PRIORITARIAS EN EL SISTEMA DE ACUEDUCTO. En el municipio
de Heliconia se dispone como acciones importantes y prioritarias, las que a continuación se enuncian.
109.2 Construcción de la planta de potabilización, indispensable para el mejoramiento de la calidad de agua y poder así poner
en funcionamiento las redes construidas.
109.3 Reposición de redes urbanas, cuyo diámetro no debe ser inferior a 4": 100mm - normas de construcción de Empresas
Públicas de Medellín.
109.4 Realizar ampliación de las redes de acueducto en los sectores correspondientes al Barrio el Hatillo y tramos de la vía
hacia Sevilla entre el puente del Hospital y el sector de acceso a Ceferino.
109.5 Realización de un programa encaminado a la optimización y uso racional del recurso agua
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109.6 En la zona rural construir y/o reponer redes de acueducto en los centros poblados de Pueblito y el Corregimiento del
Llano de San José.
109.7 Ampliar y/o construir tanques de almacenamiento de agua, para poder mejorar la cantidad de agua suministrada y
ampliar cobertura en algunos sectores.
109.8 Realización de estudios para la construcción de plantas de potabilización de agua en los centros poblados de los
Corregimientos Alto del Corral, Llano de San José y Pueblito
ARTÍCULO 62. DEL PLAN MAESTRO DE ALCANTARILLADO. Se establece la elaboración y ejecución del Plan Maestro de
Alcantarillado para el área urbana del Municipio de Heliconia.
Las diferentes organizaciones que presten el servicio dentro del territorio municipal, deben realizar el plan Maestro de
Alcantarillado con prioridad en los centros pobladas de las áreas suburbanas de los corregimientos de Pueblito, el Llano de San
José, además de presentar el programa control de gestión de resultados establecido por la ley.
ARTÍCULO 63. DE LOS PROYECTOS Y ACCIONES PRIORITARIAS EN EL SISTEMA DE ALCANTARILLADO. En el
municipio de Heliconia se dispone como acciones importantes y prioritarias las que a continuación se enuncian.
109.2 Realización de los estudios de estado actual de la infraestructura y estudios de preinversión para construir un nuevo
sistema de alcantarillado.
109.3 Reposición y ampliación de redes de alcantarillado en los tramos en los que sea viable el manejo de estos, cuyos
diámetros no deben ser inferiores a las 15":375mm, según las normas que maneja Empresas Públicas de Medellín.
109.4 Implementación del proceso de mantenimiento, limpieza y reconstrucción de cámaras de inspección, tuberías y cunetas
que disminuyan las obstrucciones y taponamientos del alcantarillado.
109.5 En la formulación del Plan Maestro de alcantarillado del área urbana, debe contemplarse el sistema de tratamiento de
los residuos líquidos, en el que se debe definirse la ubicación de los sitios de descarga, elementos que se deben hacer
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paralelos a las quebradas La Sucia y la Aburreña, por los factores de tipo topográficos y de conformación morfológica
del casco urbano.
109.6 Lo optimo es la separación de las aguas lluvias y las aguas residuales, pero debido al alto costo que representaría esto
para el municipio se puede manejar combinadas.
109.7 En el área urbana es fundamental que la infraestructura que está a orillas de las quebradas la Aburreña y la Sucia se
conecten al alcantarillado y no boten a las fuentes de agua.
109.8 En el área rural, implementar el programa de UNISAFAS con pozos sépticos, para las zonas donde no se tenga un
sistema de redes de alcantarillado.
109.9 En el centro poblado del corregimiento Alto del Corral, se tiene una primera etapa del sistema de tratamiento de aguas
residuales, se debe terminar el resto de etapas del sistema de tratamiento para el adecuado funcionamiento de este.
109.10 En el centro poblado del corregimiento de Pueblito, se debe realizar e implementar el Plan maestro del alcantarillado,
que debe definir el sitio apropiado y contener el diseño de la infraestructura para el tratamiento de los residuos
líquidos, infraestructura que probablemente debe ubicarse en el área sur del corregimiento.
109.11 En el centro poblado del Llano de San José al carecer de un sistema de alcantarillado, se propone realizar un Plan
Maestro que tenga en cuenta la topografía y la distribución de las viviendas, las cuales se ubican de forma irregular. Se
recomienda que el sistema de tratamiento se realice en el sector sur del centro poblado.
ARTÍCULO 64. DEL PLAN MAESTRO DE ASEO. Se establece la elaboración y ejecución del Plan Maestro de Aseo y
disposición final de residuos sólidos para el área urbana del Municipio de Heliconia y los centros poblados del área rural.
ARTÍCULO 65. DE LOS PROYECTOS Y ACCIONES PRIORITARIAS EN EL SISTEMA DE ASEO Y DISPOSICIÓN FINAL
DE RESIDUOS SÓLIDOS. En el municipio de Heliconia se dispone como acciones importantes y prioritarias las que a
continuación se enuncian.
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109.2 Implementar un lugar para el manejo integral de los residuos sólidos, procurando su localización en el área rural o
suburbana del municipio, que sea de accesibilidad directa y que no deteriore el medio ambiente, para evitar conflictos
con particulares, sanciones de entidades ambientales y el deterioro de la imagen del municipio. Se tiene conceptos para
la adecuación de un relleno sanitario o la implementación del Manejo integral de los residuos, este último el más óptimo y
rentable socialmente. El lugar definido e identificado es:
a. Sobre la vía que conduce a Medellín a 4.5 kilómetros de la cabecera urbana, en la finca el Tirol. Este lugar tiene
concepto favorable por CORANTIOQUIA, según informe técnico No. 99 02723 del 15 de Diciembre de 1999
109.3 Implementación del programa de separación de basuras y reciclaje de estas, mediante campañas educativas a la
comunidad y a la población escolar.
109.4 Prohibir el arrojar las basuras a las fuentes de agua ó a campo abierto, programa acompañado de campañas educativas.
109.5 En el área rural implementar el programa de manejo de los residuos sólidos, con acompañamiento que debe ser liderado
por la UMATA y la unidad de saneamiento Básico del Hospital San Rafael, y lograr que el material orgánico sea utilizado
como abono para cultivos y el material reciclable se le pueda hacer el tratamiento en el sitio que tendrá dispuesto el
municipio para tal fin.
ARTÍCULO 66. DE LA DISPOSICIÓN FINAL DE ESCOMBROS. En el territorio municipal el volumen de escombros que se
maneja es relativamente bajo. La disposición final de escombros que resulten de las demoliciones de cualquier tipo de
infraestructura, se destinará con el previo concepto de la oficina de Planeación para:
a. Afirmado y llenos de la infraestructura vial.
b. Para el lleno de algunas obras de infraestructura (atraques de tubería) en los que se pueda utilizar.
ARTÍCULO 67. DEL MANEJO DEL MATADERO MUNICIPAL. Determínese la formulación y ejecución de un plan de manejos
que contemple en el mediano plazo: la construcción de la planta de tratamiento para los residuos líquidos (agua –sangre) que se
generan por la actividad de sacrificio, mejoramiento de las condiciones de sacrifico de los cerdos, programa de forestación de
las áreas exteriores de la infraestructura y mejoramiento del área de cargue y descargue de animales.
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CAPITULO 8
DE LAS QUE DEFINEN Y DELIMITAN LAS ZONAS DE AMENAZA Y RIESGO
ARTÍCULO 68. DE LOS EVENTOS GENERADORES DE AMENAZA Y RIESGO. En el municipio de Heliconia se presenta con
mayor frecuencia los siguientes eventos generadores de Amenaza:
109.2 AMENAZA POR MOVIMIENTO EN MASA. Hace referencia a los fenómenos de remoción en masa, los cuales
comprende procesos relacionados con los desplazamientos de volúmenes variables de suelo, detritos, bloques y fuerzas
de desplazamiento con incidencia de agua retenida por el suelo. Entre estos cabe mencionar desplomes,
desprendimientos, derrumbes, deslizamientos, reptación, solifluxión, golpes de cuchara, flujos de lodo. En el territorio
de Heliconia los factores de susceptibilidad es la estructura geológica del territorio.
109.3 AMENAZA POR AVENIDA TORRENCIAL. Esta dado por condiciones como el régimen de precipitaciones, las
condiciones orográficas e hidrográficas. Se presenta generalmente en áreas o tierras bajas donde la topografía y la
forma del terreno, favorecen la acumulación del agua lluvia o desbordada de los ríos o corrientes superficiales. Las
avenidas torrenciales e inundaciones en la mayor parte de los casos, son el resultado de las fuertes lluvias continuas que
sobrepasan la capacidad de absorción del suelo y la capacidad de carga de los ríos y quebradas, además se debe tener
en cuenta que los caudales, velocidad y otros parámetros del tránsito de crecientes que producen avenidas torrenciales
e inundaciones están en relación directa con la cobertura y uso de la tierra.
ARÍCULO 69. DE LA CLASIFICACIÓN DE LA AMENAZA. En el territorio municipal se identificaron las zonas de amenaza
alta, media y baja.
ARTÍCULO 70. DE LA ZONA DE AMENAZA ALTA POR MOVIMIENTO DE MASA. Comprende el área donde se ha
ubicado el mayor número de eventos y procesos geomorfológicos evidenciadores de riesgo y amenaza, en el territorio municipal
localiza y caracteriza así:
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109.2 Fragmento longitudinal de sur a norte. Atraviesa sectores del la vereda Guamal, Corregimiento Pueblito, vereda
Pueblo Viejo, vereda Crucero, Vereda Chuscal, Vereda el Hatillo, Vereda los Botes, Vereda Joly - Tablazo, vereda la
Chorrera, vereda Monteadentro, corregimiento del Llano de San José.
El sector comprende alturas que están entre los 1.200 y 2.600 m.s.n.m. Pertenece a la zona de vida bmh- PM y MB. El
70% esta ubicada en la subcuenca de la Quebrada la Guaca, un 20% en la subcuenca de la quebrada la Sabaletas y un
10% en la subcuenca de la Quebrada la Horcona.
El área sur, sector de Guamal comprende pendientes mayores al 50%, en el sector de Pueblo Viejo predomina la
pendiente entre el 12% y 25%, en Pueblito se presenta todas las pendientes con predominio de las superiores al 50%. La
zona central de la franja comprende el área urbana y veredas de los Botes, el Hatillo, Joly-Tablazo, en las que se
predomina la pendiente superior al 25%, el área urbana posee pendientes más leves. El sector norte y nor-oriental de
esta franja comprende pendientes superiores al 25%.
Los usos que se presentan con predominio son pastos para ganadería, y una zona de cultivos con predominio del café,
hacia el sector oriental de la franja hay una zona con pequeñas áreas de bosque.
Geológicamente se caracteriza por ubicarse básicamente sobre rocas sedimentarias de la formación Amagá, y una
pequeña área sobre rocas ígneas.
109.3 Fragmentos en el sector occidental. Se ubica en la zona noroccidental del territorio, comprende fragmentos aislados
de la vereda La Hondura, Corregimiento Alto del Corral y parte de la vereda Pradera - Tamargal.
Comprende alturas entre los 1.000 y 1.800 m.s.n.m, se ubica en la zona de vida bh-PM. Pertenece en su totalidad a la
subcuenca de la Quebrada La Guaca. Posee pendiente superior al 50%. El uso predominante de esta área son pastos
para la ganadería. Se ubica sobre rocas metamórficas.
ARTÍCULO 71. DE LA ZONA DE AMENAZA MEDIA POR MOVIMIENTO DE MASA. Se ubica mayormente en el área
centro occidental del territorio, hay presencia en sectores ubicados en el área oriental y pequeños fragmentos en el sector sur
del municipio. Comprende zonas de las veredas la Pava, Palo Blanco, el Corregimiento Alto del Corral, La Pradera, sector
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