2. NORMA JURÍDICA Son aquellas disposiciones del poder público que por medio de sus órganos señala obligatoria y en caso de su inoxservancia las hace cumplir de acuerdo con los órganos judiciales.
3. DATOS FORMALES Y REALES La Legislación, es el proceso por el cual los órganos del estado crean determinadas normas jurídicas. Jurisprudencia, es la interpretación que de la ley hacen los tribunales.
4. DATOS FORMALES Y REALES La Costumbre, no es fuente de Derecho cuando esta va en contra de la ley; para que la costumbre pueda considerarse como fuente del Derecho deben existir dos elementos al mismo tiempo: 1- Elemento Objetivo o Material: consiste en la repetición constante de un comportamiento. 2- Elemento subjetivo o formal: radica en la Convicción de la obligatoriedad que existe.
5. RELACIÓN JURÍDICA Es el vínculo surgido de la realización de un supuesto normativo entre dos o más sujetos. Ejemplo: La relación entre Vendedor y Comprador.
6. SUJETOS Y ELEMENTOS Sujeto: personas entre las cuales se da la relación jurídica. Objeto: es el contenido de derecho que tiene el sujeto activo. Causa: hecho o acto que hace nacer a la relación jurídica o que por el contrario la modifica o la extingue (Contrato).
7. ESTRUCTURA LÓGICA DE LA NORMA JURÍDICA Cuenta con dos partes fundamentales: Hecho: como la hipótesis de conducta que si se produce provocará la consecuencia. Consecuencia: que tiene por causal la sub sunción de una conducta humana. De aquí se formula la estructura lógica de una Norma Jurídica
8. ESTRUCTURA LÓGICA DE LA NORMA JURÍDICA De aquí se formula la estructura lógica de una Norma Jurídica: Si es A debe ser B Si no es B debe ser C. El nacimiento de esta estructura depende de forma directa de la materialización o cumplimiento de la hipótesis
9. SUPUESTO DE HECHO, CONSECUENCIA JURÍDICA Y SANCIÓN El supuesto de hecho, se define como la hipótesis o condición, el supuesto de hecho puede consistir : 1- Un hecho jurídico. 2- Un acto jurídico. Consecuencia jurídica, es la respuesta de todo ordenamiento. Sanción, positiva tiene consecuencia favorable y negativa tiene consecuencias desfavorables.
10. LA DOBLE ESTRUCTURA DE LA NORMA JURÍDICA Si no es A debe ser B Si no es B debe ser C Si no es supuesto de hecho debe ser consecuencia jurídica Si no es consecuencia jurídica debe ser sanción.
11. HECHOS JURÍDICOS Y NATURALES Concepto: son todos los acontecimientos de producir. Naturales: son los que ocurren sin que tenga participación el hombre. Actos Jurídicos: son los actos voluntarios lícitos que tengan por fin inmediato establecer entre las personas relaciones, crear, modificar, transferir, conservar o aniquilar derechos.
12. CLASES DE NORMA JURÍDICA Clasificación en función de la voluntad del individuo: Normas imperativas: Obligan independien-tementede la voluntad del individuo. Normas dispositivas: Obligan cuando no existe una voluntad expresa en contrario del individuo. Clasificación hartiana Normas primarias: son las normas de conducta. Normas secundarias: atribuyen poderes o facultades Normas de cambio: indican cómo pueden derogarse
13. CLASES DE NORMA JURÍDICA Según si pueden o no ser sustituidas o modificadas por los sujetos de la relación: Normas de orden público: deben ceñirse a ellas. Normas de orden privado: pueden modificarse o sustituirse por otras Según sean dictadas para una totalidad o determinada clase de personas, cosas o relaciones jurídicas: Normas de derecho común: para la totalidad de las personas Normas de derecho especial: para una determinada clase de personas
14. CLASES DE NORMA JURÍDICA Según el mandato que contengan las normas Normas imperativas: las que ordenan. Normas prohibitivas: las que impiden o niegan. Normas permisivas: las que toleran alguna cosa o reconocen o declaran un derecho. Según su función Normas supletivas o integradoras: suplen los vacíos del contenido. Normas interpretativas o explicativas: sirven de reglas.
15. CLASES DE NORMA JURÍDICA Según el tiempo de duración de las normas Normas permanentes: no tienen predeter-minada su vigencia Normas transitorias: que tienen duración puramente temporal. Según la aplicación de principios Normas regulares o normales: aplican los principios generales. Normas excepcionales o singulares: a casos que obedecen a principios antitéticos.
16. CLASES DE NORMA JURÍDICA Según disciplinen de forma directa o indirecta Normas reguladoras o referidas: regulan en forma directa Normas de aplicación, reenvío o referenciales: disponen que ésta ha de ser la que para casos distintos. Según su alcance Normas de derecho general o común: rigen en todo el territorio. Normas de derecho particular o local: imperan sólo en una parte determinada del territorio nacional.
17. CLASES DE NORMA JURÍDICA Según la sanción Normas perfectas: Son las dotadas de una sanción idónea. Normas imperfectas: Son las desprovistas de toda sanción. Normas menos que perfectas: esta no es adecuada.
18. CLASES DE NORMA JURÍDICA Según su ámbito de aplicación Normas rígidas o de derecho estricto: sólo pueden aplicarse a los supuestos que contemplan. Normas elásticas o de derecho flexible: puede extenderse a otros casos. Según sus características Normas sustantivas o materiales: tienen una finalidad propia y subsistente por sí. Normas adjetivas o formales: poseen una existencia dependiente y subordinada.
19. CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS JURÍDICAS Heteronomía: Significa que las normas jurídicas son creadas por otra persona distinta al destinatario de la norma. Bilateralidad: Consiste en que la norma jurídica al mismo tiempo que impone derechos, también concede derechos a uno o varios sujetos.
20. CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS JURÍDICAS Exterioridad: La norma jurídica únicamente toma en cuenta la adecuación externa de la conducta con el deber estatuido en la norma. Coercibilidad: Esta característica consiste en que el estado tiene la posibilidad de aplicar por medio de la fuerza pública una sanción si la persona se niega a acatarla.
21. CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS JURÍDICAS Generalidad: Expresa que la conducta que ella ordena se impone a un número indeterminado de personas.
22. NORMAS RELIGIOSAS Imponen conductas al hombre, de hacer o de no hacer, con la finalidad de lograr un mundo humano mejor, pero en el caso de las normas religiosas con una meta trascendente: recibir el premio a sus buenas acciones en la vida ultraterrena, o también allí, el castigo correspondiente.
23. NORMAS MORALES Imponen conductas, pero no son externas al sujeto, sino autónomas, dadas por la propia conciencia de cada uno. En general, las personas poseen una conciencia recta que les indica lo que está bien y lo que está mal, y actúan en consecuencia.