Plan Nacional De PrevencióN Del CáNcer Documento Final
1. República de Colombia
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
INSTITUTO DE CANCEROLOGIA
EMPRESA DEL ESTADO
NIT. 899.999.092-7
Plan Nacional para la Prevención del Cáncer Ocupacional en Colombia
Subdirección General de Investigaciones, Vigilancia Epidemiológica, Promoción y Prevención
Grupo Área de Investigaciones:
Grupo de Investigación Epidemiológica
Grupo Área de Salud Pública:
Grupo Vigilancia Epidemiológica del Cáncer
Grupo de Políticas, Legislación y Movilización Social
PROYECTO:
ESTUDIO PARA LA PREVENCIÓN DEL
CÁNCER OCUPACIONAL EN COLOMBIA
Convenio interadministrativo 0294 de 2008
Contrato de prestación de servicios No.
PLAN NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DEL CÁNCER OCUPACIONAL
(Versión 1.5)
Documento preparado por:
LELYS ARCHILA ESCORCIA
Equipo Investigador:
Investigadora Principal: MARIA TERESA ESPINOSA RESTREPO
Coinvestigadora: MARTHA PATRICIA ROJAS HURTADO
Bogotá, D.C. diciembre 02 de 2009
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Equipo Consultor:
ENRIQUE GUERRERO MEDINA
SILVIA RODRIGUEZ
FREDY ANDRADE
CONSUELO FINO
JOSE MANUEL LÓPEZ
FERNANDO LEAL
SANDRA PADILLA
CARLOS RAMIREZ
MARTHA PATRICIA ROJAS
IVET PERNETT
JULIETTA RODRIGUEZ
ULDY DELGADO
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CONTENIDO
ANTECEDENTES................................................................................................................. 4
1. LA OPS/OMS Y OTROS ACTORES INTERNACIONALES. ........................................................4
1.1 PARÁMETROS DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD PARA LA PREVENCIÓN DEL
CÁNCER OCUPACIONAL: .................................................................................................4
1.2 PARÁMETROS DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) PARA LA
PREVENCIÓN DEL CÁNCER OCUPACIONAL: ......................................................................6
2. CARACTERIZACION DE LA PROBLEMÁTICA DEL CÁNCER OCUPACIONAL EN EL MUNDO Y
COLOMBIA ................................................................................................................... 10
PLAN NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DEL CÁNCER OCUPACIONAL EN COLOMBIA.
2010-2014....................................................................................................................... 19
1. ALCANCE ..................................................................................................................... 20
2. PROPOSITO ................................................................................................................. 21
3. PRINCIPIOS ................................................................................................................. 21
4. PRIORIDADES, OBJETIVOS Y METAS EN LA PREVENCIÓN DE CÁNCER OCUPACIONAL ......... 22
4.1 PRIORIDADES .............................................................................................................. 22
4.2 OBJETIVO .................................................................................................................... 22
4.3 META........................................................................................................................... 23
5. LÍNEAS DE POLÍTICA Y ESTRATEGIAS............................................................................. 23
6. COMPETENCIAS DE LOS ACTORES DEL SGRP Y OTROS SECTORES GUBERNAMENTALES O NO
GUBERNAMENTALES ..................................................................................................... 29
7. FINANCIACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL CÁNCER OCUPACIONAL ........... 33
DEFINICIONES / GLOSARIO........................................................................................... 34
ANEXO TÉCNICO 1. CLASIFICACIÓN DE AGENTES CARCINÓGENOS............................. 36
ANEXO TECNICO 2. PREVENCION PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA........... ¡ERROR!
MARCADOR NO DEFINIDO.
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ANTECEDENTES
1. LA OPS/OMS Y OTROS ACTORES INTERNACIONALES.
1.1 PARÁMETROS DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD PARA LA
PREVENCIÓN DEL CÁNCER OCUPACIONAL:
De acuerdo con los parámetros establecidos para la prevención del cáncer general indicados por la
OMS, se atribuye un peso relativo significativo a la exposición ocupacional como causa de cáncer .
Es por ello que se ha avanzado en la determinación de la carga ambiental a nivel nacional y local de
los carcinógenos ocupacionales1 que además provee recomendaciones prácticas para estimar la
carga exposición ocupacional a carcinógenos tanto pasada como presente, capaces de causar
cáncer de pulmón, leucemia y mesotelioma maligno. Incluye además la clasificación de IARC con
150 agentes químicos y biológicos capaces de ser carcinógenos humanos, tales como benceno,
asbestos, cadmio, oxido de etileno, radiaciones ionizantes, radón, arsénico, cromo, sílice, berilio,
níquel, y gases de la combustión de diesel, entre otros.
Por tanto la prevención del cáncer ocupacional incluye, la regulación de los carcinógenos conocidos
presentes en el lugar de trabajo, seguido de evaluaciones sistemáticas de los mismos en los lugares
y procesos de trabajo, implementación de medidas técnicas para reducir la exposición de
mecanismos de sustitución por agentes no carcinógenos. La OMS recomienda los siguientes pasos
a seguir:
Paso 1 Básico:
+ Desarrollar reglamentaciones y reforzar la vigilancia y control de los carcinógenos.
+ Evitar la introducción de carcinógenos conocidos en el lugar de trabajo.
Paso 2 Expandido:
+ Monitorear y reducir las exposiciones ocupacionales a carcinógenos.
+ Organizar sistemas de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos
Paso 3 Deseado:
+ Desarrollar programas integrales de salud de los trabajadores basados en prevención
primaria para mejorar condiciones de trabajo y de vida.
+ Sustituir los carcinógenos por sustancias menos peligrosas.
En la actualidad, la Organización Panamericana de la Salud OPS, siguiendo los parámetros de la
OMS antes mencionados, viene adelantando un trabajo para promover estos planes a nivel de las
1
Driscoll, et al (2004) Occupational Carcinogens: assessing the environmental burden of disease at national and local levels.
World Health Organization, Protection of the Human environment, Geneva. ( Environmental Burden of disease Series, No. 6,
ISBN9241591471).
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Américas2. Para ello ha organizado una Red Regional de América Latina y el Caribe (LAC) orientada
a la prevención y el control del cáncer y está construyendo un Plan de Acción para minimizar la
ocurrencia de cáncer ocupacional en LAC.
El esquema general del plan de OPS se resume en el siguiente esquema:
A) OBJETIVO: Reducir la carga del cáncer mediante la reducción de su incidencia y mejorar la
calidad de vida de los trabajadores con cáncer.
B) LÍNEAS DE ACCIÓN: Cada una cuenta con la definición de objetivos y de indicadores, e
incluyen:
a. Políticas de cáncer y promoción de la iniciativa: incluye:
i. Promover la prevención y control de cáncer para que se posicione en las agendas
nacionales y subregionales, y logre obtener recursos apropiados.
ii. Apoyar a los países para establecer un Plan Nacional Integral de Control de Cáncer
iii. Desarrollar políticas y regulaciones nacionales para prevenir los cánceres ocupacionales y
ambientales.
b. Monitoreo y vigilancia, incluye:
i. Mejorar la capacidad del país para el seguimiento al cáncer, utilizando herramientas
existentes tales como los perfiles de enfermedades crónicas
ii. Promover la armonización del lenguaje y terminología, información estándar y
especificaciones de lenguaje para recolectar y reportar información de cáncer para la
salud pública y la investigación.
iii. Apoyar el fortalecimiento y capacidad institucional para el registro y la epidemiología del
cáncer en colaboración con IARC y el CDC
iv. Evaluación y seguimiento de indicadores para los planes de control de cáncer
ocupacional.
v. Apoyar el desarrollo de sistemas de vigilancia de la exposición ocupacional a
carcinógenos y fortalecer los sistemas de información para cáncer ocupacional
c. Promoción de la salud y prevención del cáncer:
i. Sensibilizar a todos los actores sociales sobre las causas y consecuencias del cáncer
ocupacional.
ii. Promover los hábitos saludables al comer, la actividad física y en control del tabaco.
iii. Eliminar, reducir o controlar la exposición a carcinógenos ocupacionales
d. Manejo del cáncer
i. Promover el uso de guías estándares para la prevención, tamizaje, diagnóstico,
tratamiento y cuidados paliativos.
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Pan American Health Organization PAHO (2008) Plan of Action for Cancer Prevention and Control 2008-2015- Working
document on Occupational cancers.
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ii. Colaborar con institutos de cáncer y asociaciones profesionales para mejorar la capacidad
técnica de los prestadores de servicios de salud para el manejo clínico.
iii. Mejorar el acceso y la calidad de los servicios de tratamiento y paliativos de cáncer.
iv. Mejorar la disponibilidad, el acceso y el uso racional de las medicinas anti-cancerígenas y
los opioides para el manejo de dolor del cáncer.
1.2 PARÁMETROS DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT)
PARA LA PREVENCIÓN DEL CÁNCER OCUPACIONAL:
La OIT cuenta con dos niveles de trabajo: uno en actividades de colaboración y cooperación
internacional con la OMS; y otro como agencia especializada en todos los asuntos laborales y del
trabajo a nivel global.
La coordinación con la OMS se hace a través del Comité Conjunto de Salud Ocupacional OIT/OMS
que se viene reuniendo desde 1952. Durante la Decimatercera Reunión del Comité Conjunto
OIT/OMS, realizada en diciembre del 20033, se definió una agenda de temas que se trabajarían e
impulsarían con cooperación y colaboración mutua entre la OMS y la OIT, como agencias dedicadas
y especializadas en el tema de la salud de los trabajadores y la seguridad y salud en el trabajo del
Sistema Global de las Nacionales Unidas. Específicamente el Comité recomendó que en el marco
de la colaboración entre la OIT y la OMS se prestase especial atención a los siguientes temas
críticos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo:
• Eliminación de la silicosis y de las enfermedades relacionadas con el amianto, directamente
relacionados con el tema de cáncer ocupacional;
• Ergonomía;
• Violencia en el trabajo;
• Lista de enfermedades profesionales, y
• Lesiones o accidentes profesionales.
Desde la perspectiva de fortalecimientos del marco regulatorio, la OIT cuenta con instrumentos
muy importantes dentro de los estándares y normas internacionales de trabajo4. Todos los
convenios y recomendaciones están disponibles en el Centro Internacional sobre Información de
Seguridad y Salud en el Trabajo, y accesibles en línea como se registra a pié de página5. Teniendo
en cuenta el conocimiento que existe sobre los agentes cancerígenos, se pueden tomar varios de
ellos para efectos de prevención y control del cáncer ocupacional:
1- Convenio 136 de 1971 sobre el benceno (ratificado por Colombia el 16 de noviembre de
1976): según el cual la concentración de esta sustancia en la atmósfera del trabajo no puede
3
OIT (2004) Informe de la decimotercera reunión del Comité Mixto OIT/OMS de Saluden el Trabajo. (Ginebra,
9-12 de diciembre de 2003) Disponible en línea en: http://www.ilo.org/public/libdoc/ilo/GB/289/GB.289_STM_7_span.pdf
4 OIT (2008) Guía sobre las normas internacionales de trabajo. Departamento de normas internacionales de trabajo.
ISBN 92-9049-459-1 disponible en línea y bajado de: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---
normes/documents/publication/wcms_087344.pdf
5 OIT/Safework (2008) Convenios y recomendaciones de la OIT en materia de seguridad y salud en el trabajo. Centro
Internacional sobre Información de Seguridad y Salud en el Trabajo CIS- disponible en línea y bajado de:
http://www.ilo.org/public/spanish/protection/safework/cis/oshworld/ilostd/index.htm
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exceder 25 ppm u 80mg/m3, obliga a realizar al trabajador, previo al inicio del empleo, un
examen médico completo por parte de un profesional calificado, además de un análisis de
sangre, sin costo para el trabajador, repetidos ulteriormente de manera periódica según la
legislacion nacional. Desde 1998 este valor límite es de 0,5 ppm para 8 horas diarias o 40
semanales de trabajo.
2- Convenio 139 de 1974, sobre el carácter ocupacional (no ratificado por Colombia): establece
normas internacionales para la prevención y el control de los riesgos ocupacionales debidos a la
exposición a agentes carcinógenos, obligando a los estados que lo ratifiquen a determinar
periódicamente los agentes carcinógenos a los que la exposición en el trabajo estará prohibida,
o sujeta a autorización o control. Ha sido reforzada con varias iniciativas conjuntas con la OMS
como ya se mencionó respecto al uso del asbesto y la minimización de la exposición a sílice.
Igualmente se obligan a sustituir los agentes carcinógenos a los que puedan estar expuestos
los trabajadores; a reducir al mínimo el número de trabajadores expuestos y el tiempo de
exposición; a proteger a los trabajadores expuestos y brindarles toda la información disponible
sobre los peligros que presentan tales exposiciones; a proporcionar los exámenes médicos o
investigaciones, durante el empleo o después de mismo, que sean necesarios para evaluar la
exposición o el estado de su salud en relación con los riesgos profesionales; y asegurar un
sistema apropiado de registros.
Derivada de éste convenio la Recomendación 147 sobre cáncer profesional, establece que
los empleadores deberían procurar por todos los medios utilizar procedimientos de trabajo que
no ocasionaran la formación, ni, en particular, la emisión de sustancias o agentes cancerígenos
en el lugar de trabajo. Los trabajadores y otras personas que participaran en actividades
profesionales que implicaran un riesgo de exposición a sustancias o agentes cancerígenos,
deberían conformarse a las instrucciones de seguridad prescritas y utilizar correctamente todos
los equipos suministrados para su protección o la de otras personas. La Recomendación
también precisa las modalidades de excepciones individuales a la prohibición de exposición
profesional y prevé las medidas que han de adoptarse cuando se trate de sustancias y de
agentes sujetos a autorización o a control. Por otra parte, alienta la vigilancia de la salud de los
trabajadores, al prever un examen médico previo a la asignación y, con posterioridad,
exámenes periódicos.
3- Convenio 155 de 1960 para la protección de los trabajadores contra las radiaciones
ionizantes (no ratificado por Colombia): Compromete a los países firmantes a evitar las
exposiciones inútiles de los trabajadores, a reducir al mínimo posible el nivel de exposición y a
la adopción de medidas de control ajustadas al avance del conocimiento. Los trabajadores
deberán desde el inicio y a intervalos regulares posteriores, ser sometidos a un examen
médico apropiado.
Derivada de este convenio, la Recomendación No. 164 enumera algunas esferas en las que
deberían adoptarse medidas complementarias, especialmente en lo que respecta a: a) los
lugares de trabajo, sus medios de acceso y de salida; b) la iluminación y la temperatura en los
lugares de trabajo; c) las sustancias y los agentes patógenos; d) el ruido y las vibraciones; e)
los incendios y las explosiones; y f) los equipos de protección individual.
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4- Convenio 160 de 1985, sobre la información y notificación de las condiciones laborales
(ratificado por Colombia el 23 de marzo de 1990): acuerda el acopio, compilación y publicación
de estadísticas básicas sobre la población laboral, previa concertación de los conceptos,
definiciones y metodología con las organizaciones representativas de los empleadores y
trabajadores. Recomienda compilar estadísticas sobre las enfermedades profesionales en todos
los sectores económicos y con representación nacional.
5- Convenio 161 de 1985: Servicios de salud en el trabajo: servicios investidos de funciones
esencialmente preventivas y encargados de asesorar al empleador, a los trabajadores y a sus
representantes en la empresa acerca de los requisitos necesarios para establecer y conservar
un medio ambiente de trabajo seguro y sano; y, la adaptación del trabajo a las capacidades
físicas y mentales de los trabajadores. Estos servicios podrán servir a una o varias empresas y
deberán, en particular: a) Identificar y evaluar los riesgos que puedan afectar a la salud en los
lugares de trabajo; b) Vigilar los factores del medio ambiente de trabajo y de las prácticas de
trabajo que puedan afectar la salud de los trabajadores; c) Participar en el desarrollo de
programas para la mejora de estas prácticas y para fomentar la adaptación del trabajo a los
trabajadores; d) Asesorar sobre la planificación y la organización del trabajo, la ergonomía y los
equipos de protección individual y colectiva; e) Vigilar la salud de los trabajadores en relación
con el trabajo; f) contribuir a las medidas de readaptación profesional; g) Colaborar en la
difusión de la información y en la formación de los trabajadores en los riesgos inherentes a su
trabajo; h) Organizar los primeros auxilios y la atención de urgencia; i) Participar en el análisis
de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales (incluido el cáncer
ocupacional), j) El Convenio precisa las modalidades de funcionamiento de estos servicios,
especialmente en lo que concierne a su personal y a las informaciones que se le deben
comunicar. K) La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con el trabajo no deberá
significar para ellos ninguna pérdida de ingresos; deberá ser gratuita y, en la medida de lo
posible, realizarse durante las horas de trabajo. l) Las autoridades nacionales competentes
deberán consultar con las organizaciones más representativas de empleadores y de
trabajadores acerca de las medidas que han de adoptarse para dar efecto a las disposiciones
del Convenio.
6- Convenio 162 de 1986, sobre la utilización del asbesto en condiciones de seguridad
(ratificado por Colombia con la Ley 436 de 1998): dentro de esta ley se enmarca la Resolución
935 de 2001, que “Conforma la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Asbesto,
como organismo operativo de las políticas y orientaciones del Sistema General de Riesgos
Profesionales, en relación con el uso, manejo, utilización, manipulación y mecanismos de
control de los riesgos derivados del asbesto, con el fin de consolidar programas de salud
ocupacional, medidas preventivas y sistemas de vigilancia epidemiológica.” Esta comisión en el
año 2008 se constituyó como la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Crisolito y otras
fibras e incorpora como miembro a un representante del Instituto Nacional de Cancerología –
INC.
7- Convenio 170 de 1990 sobre los productos químicos (ratificado por Colombia el 6 de
septiembre de 1994): obliga a evaluar toda sustancia química de uso laboral y a legislar sobre
su uso, etiquetaje, transporte y eliminación. Igualmente acuerda vigilar y registrar la
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exposición de los trabajadores y controlar la concentración de los productos químicos en el
ambiente de trabajo, de manera que se garantice la adecuada protección del trabajador.
La Recomendación 171 derivada del anterior convenio, contiene disposiciones detalladas
sobre las funciones que deberían asumir los servicios de salud en el trabajo, especialmente en
lo que respecta a la vigilancia del medio ambiente del trabajo (identificación y evaluación de los
riesgos) y a los medios de que deberían dotárseles (libertad de acceso a los lugares de trabajo,
posibilidad de tomar muestras y acceso a las informaciones). Asimismo, la vigilancia de la salud
de los trabajadores debería abarcar todas las evaluaciones necesarias para proteger su salud:
antes de que se les asignen tareas específicas que pudieran entrañar un peligro para su salud o
para la de los demás; a intervalos periódicos, durante todo empleo que implique una exposición
a riesgos particulares; cuando reanudan el trabajo tras una ausencia prolongada por motivos
de salud, con la finalidad de descubrir sus eventuales orígenes profesionales, de recomendar
una acción apropiada para proteger a los trabajadores, de determinar la adaptabilidad de los
trabajadores a sus tareas o la necesidad de una reclasificación y de una readaptación; al
terminar y después de terminar la asignación a puestos de trabajo que entrañaran riesgos que
pudieran provocar perjuicios ulteriores a la salud. La Recomendación contiene asimismo
disposiciones detalladas sobre las funciones de los servicios de salud en el trabajo en lo que
concierne a la información y a la formación en la salud, la higiene en el trabajo y la ergonomía,
y prevé que esos servicios deberían disponer de un personal técnico en número suficiente que
poseyera una formación y una experiencia especializadas, y que estuviese sujeto al secreto
profesional. Deberían adoptarse disposiciones para proteger la vida privada de los trabajadores
y asegurarse de que la vigilancia de su salud no fuese utilizada con fines discriminatorios o de
cualquier otra manera perjudicial para sus intereses.
8- Convenio 187 de 2006 y su Recomendación No. 197: sobre el marco promocional para la
seguridad y salud en el trabajo. El Convenio incorpora dos elementos fundamentales para
promocionar la SST:
a. Política nacional se refiere a la política nacional sobre seguridad y salud en el trabajo y el
medio ambiente de trabajo, elaborada de conformidad con los principios enunciados en el
artículo 4 del Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155).
b. Cultura nacional de prevención en materia de seguridad y salud se refiere a una cultura en
la que el derecho a un medio ambiente de trabajo seguro y saludable se respeta en todos
los niveles, en la que el gobierno, los empleadores y los trabajadores participan
activamente en iniciativas destinadas a asegurar un medio ambiente de trabajo seguro y
saludable mediante un sistema de derechos, responsabilidades y deberes bien definidos, y
en la que se concede la máxima prioridad al principio de prevención. La recomendación
amplía los componentes de un sistema y un programa nacional de SST, e incorpora la
elaboración y actualización de un perfil nacional de SST.
9- Recomendación No. 97 sobre la protección de la salud de los trabajadores expedido en
1953, establece que la legislación nacional debería contener disposiciones sobre los métodos
para prevenir, reducir o eliminar los riesgos que amenacen la s alud en los lugares de trabajo.
Además enumera una serie de medidas técnicas que el empleador debería adoptar para
asegurar una protección suficiente de la salud de los trabajadores y prevé que los trabajadores
deberían ser informados y consultados sobre las medidas de protección y la obligación de
colaborar en las mismas.
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10- Recomendación No. 191: sobre la lista de enfermedades profesionales expedido en el 2002,
se dirige a fortalecer los procedimientos de identificación, de registro y de notificación de los
accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales y de establecer un procedimiento
simple para mantener actualizada la lista de enfermedades profesionales. En el establecimiento,
la revisión y la aplicación de sistemas de registro y notificación de accidentes del trabajo y
enfermedades profesionales, la autoridad competente debería tener debidamente en cuenta el
Repertorio de recomendaciones prácticas sobre registro y notificación de accidentes del trabajo
y enfermedades profesionales, de 1996, y otros repertorios de recomendaciones prácticas o
guías relativos a este tema que la Organización Internacional del Trabajo pueda aprobar en el
futuro.
Otros Convenios relacionados:
1- Convenio 115 y Recomendación No. 114: sobre la protección contra las radiaciones
expedido en 1960
2- Convenio 136 y Recomendación No. 144: sobre la protección de los riesgos de
intoxicación con benceno expedido en 1971.
3- Convenio 148 y recomendación 156: sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación
del aire, ruido y vibraciones).
4- Convenio 174 y recomendación 181: sobre la prevención de accidentes industriales
mayores, 1993, particularmente cuando haya existencia de sustancias peligrosas presentes.
5- Convenio No. 167 y Recomendación 175: sobre seguridad y salud en la construcción,
1988
6- Convenio No. 176 y Recomendación 183: sobre seguridad y salud en las minas, 1995
7- Convenio No. 184 y Recomendación 192: sobre seguridad y salud en la agricultura de
2001
2. CARACTERIZACION DE LA PROBLEMÁTICA DEL CÁNCER OCUPACIONAL EN EL
MUNDO Y COLOMBIA
El cáncer aporta un gran porcentaje de la carga de morbilidad y mortalidad mundial. En el año
2000 se produjeron 10 millones de casos nuevos de cáncer en el mundo y se espera para el año
2020 aproximadamente unos 15 millones de casos nuevos, de los cuales el 60% se presentarán en
los países menos desarrollados.[1] En los países industrializados se estima que uno de cada 2 a 3
individuos desarrollará algún tipo de cáncer durante su vida (Ladou).
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El cáncer causa el 12% de todas las muertes de todo el mundo, actualmente corresponde a
aproximadamente 6 millones de defunciones y en aproximadamente en 20 años aumentarán a 10
millones de defunciones, debido a la mayor proporción de personas de la tercera edad (fenómeno
de transición epidemiológica), quienes tiene mayor probabilidad de padecer cáncer[2].
Causas del cáncer y clasificación de agentes carcinógenos.
La mayoría de los cánceres en adultos son el resultado de una combinación de factores
ambientales, genéticos y de estilo de vida (Ladou). Como parte de los factores ambientales se
encuentran los factores laborales. Se considera, en forma general, que entre un 5% a 10% de
todos los cánceres en humanos son causados por la exposición ocupacional a agentes
carcinógenos; este porcentaje es mayor cuando se refiere exclusivamente a población trabajadora
(Ladou). En las monografías de la Agencia Internacional para la Investigación de Cáncer (IARC),
un agente es definido como “carcinógeno” si éste produce un incremento de la incidencia de
neoplasias malignas, ya sea reduciendo su tiempo de latencia, o incrementando su severidad o su
capacidad de multiplicación.
Un número de exposiciones a agentes físicos, químicos o biológicos han demostrado causar
cambios genéticos por daño directo en el ADN o han causado daño tisular capaz de inducir
cáncer.[3] Aunque existen numerosas entidades que clasifican estos agentes carcinógenos, la más
aceptada es la que utiliza la IARC, que depende de la Organización Mundial de la Salud. La IARC
clasifica la probabilidad de ser carcinógeno de diferentes agentes biológicos, físicos, químicos,
mezclas de sustancias y circunstancias de exposición, con base en los resultados combinados de
pruebas in vitro, estudios en animales de experimentación, estudios epidemiológicos en humanos
(específicamente se tienen en cuenta tres tipos de estudios epidemiológicos: cohortes, casos y
controles, y ecológicos) y otros datos relevantes, cuyos resultados son estadísticamente
significativos. Algunas veces se revisan series de casos.
La IARC ha clasificado los agentes carcinógenos en cuatro grupos[4]:
GRUPO 1: El agente (o mezcla) es carcinógeno para los humanos. La circunstancia de
exposición supone exposiciones que son carcinógenas para humanos.
GRUPO 2A: El agente (o mezcla) es probablemente carcinógeno para los humanos. La
circunstancia de exposición supone exposiciones que son probablemente
carcinógenas para humanos.
GRUPO 2B: El agente (o mezcla) es posiblemente carcinógeno para los humanos. La
circunstancia de exposición supone exposiciones que son posiblemente
carcinógenas para humanos.
GRUPO 3: El agente (mezcla o circunstancia de exposición) no es clasificable según su
carcinogenicidad para humanos.
GRUPO 4: El agente (o mezcla) probablemente no es carcinógeno para humanos.
Dentro del grupo de enfermedades denominados como cáncer se encuentra el cáncer ocupacional,
el cual es causado por exposición a carcinógenos en el lugar de trabajo. Se ha encontrado que las
personas que trabajan en determinadas actividades o expuestas a ciertos agentes sufren cáncer en
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mayor número de veces o en edad más temprana.[5] Por lo general los cánceres ocupacionales
ocurren como resultado de exposiciones a una combinación de factores causales.
Si bien es cierto, se ha realizado investigaciones del cáncer ocupacional, es mucho lo que falta,
pues como referencia se tiene que hace más de dos siglos se inició con las observaciones de
Percivall Pott en 1775, quien describió la presencia de carcinoma escamocelular de escroto en los
deshollinadores de chimeneas de Londres (Boffeta y OIT). En 1878 Harter y Hesse observaron que
existía un aumento en la frecuencia del cáncer pulmonar en mineros de metales en Europa Central,
sugiriendo una relación entre cáncer y exposición a carcinógenos ambientales (1). Posteriormente,
en 1895, el cirujano alemán Rehn reportó varios casos de cáncer de vejiga en trabajadores de
industrias manufactureras de pinturas con base en alquitrán. Posteriormente se implicaron otras
exposiciones ocupacionales a diferentes sustancias como causa del cáncer tales como asbesto en
1934, cromo en 1935 y los compuestos de níquel en 1939 entre otras (1). Después de 1950 se
reportaron varios casos de cáncer pulmonar y de piel en trabajadores expuestos al arsénico. En la
década de 1970 se comprobó la relación causal entre angiosarcoma hepático y exposición a cloruro
de vinilo. A pesar de estos hallazgos, sólo hasta 1990 se empezó a estudiar formalmente la
asociación entre cáncer y exposición laboral en Europa. (Boffetta P, Kogevinas M. Introduction:
epidemiologic research and prevention of occupational cancer in Europe. Environ Health
Perspect.1999 May; 107 (Suppl 2): 229-31.i).
Igualmente es importante mencionar que como aporte al estado del conocimiento referente a
múltiples procesos industriales, sustancias químicas y agentes ambientales relacionados con la
inducción del cáncer en humanos, está contenida en las Monografías de la IARC, las cuales proveen
revisiones científicas detalladas de datos epidemiológicos y experimentales con respecto a la
carcinogenicidad de estos agentes en humanos y animales de experimentación (2). Para el tema
que nos ocupa, es decir, sustancias, mezclas y actividades laborales calificadas como
carcinogénicas, se presentan algunos ejemplos en las tablas 1 y 2 de los cancerígenos
ocupacionales clasificados por la IARC en el grupo 1 y 2A respectivamente.[6]
Tabla 1. Sustancias y procesos laborales clasificados por la IARC como grupo 1.
Agentes o grupos de agentes.
Aceite de esquisto.
Aceites minerales no o poco purificados.
Aflatoxinas.
Alquitrán y Breas de alquitrán.
Amianto.
4-Aminodifenilo.
Arsénico y sus compuestos.
Arseniuro de Galio (GaAs).
Benceno.
Bencidina y sus compuestos.
Berilio y sus compuestos.
Bis clorometileter.
Cadmio y sus compuestos.
Cloruro de vinilo.
Cromo hexavalente y sus compuestos.
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Agentes o grupos de agentes.
Erionita.
Formaldehído.
Gas mostaza.
Hollín.
Humo pasivo.
2-Naftilamina.
Nieblas de ácidos inorgánicos fuertes que contengan ácido sulfúrico.
Níquel y sus compuestos.
Oxido de etileno.
Polvos de maderas.
Radiación ionizante.
Radiación solar.
Sílice cristalina.
Talco con fibras de amianto.
2,3,7,8 -Tetraclorodibenceno-P-dioxina.
Industrias, ocupaciones y operaciones carcinógenas para el hombre.
Aluminio y sus productos.
Auramina, producción.
Industria y reparación de calzado y cuero.
Carbón gasificado.
Hornos de coke.
Fabricación de muebles.
Hematita , exposición subterránea con exposición a radón.
Hierro, acero y fundiciones.
Isopropanol fabricación por el método ácido fuerte.
Magenta, fabricación.
Pintor.
Industrias de caucho.
Fuente: IARC Monografías Volúmenes 1-88. Modificado del informe CANCER LABORAL EN ESPAÑA, Manolis
Kogevinas, noviembre de 2005, http://www.ila.org.pe/publicaciones/docs/cancer_laboral.pdf.
Tabla 2. Sustancias y procesos laborales clasificados por la IARC como grupo 2A.
Agentes y grupos de agentes
Acrilamida.
Benzoantraceno.
Benzopireno.
Bromuro de vinilo.
1,3-Butadieno.
Captafol.
Cloruro dimetilcarbamoil.
Cobalto con tungsteno.
Creosotos.
Dibenzoantraceno.
Dibromuro de etileno.
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Agentes y grupos de agentes
Difenilos policlorados.
Epiclorihidrina.
Escapes de motores diesel.
Fluoruro de vinilo.
Indio fosfato.
Insecticidas no arsenicales.
4,4 -Metileno bis(2-cloroanilina).
Orto-touidina.
7,8-óxido de estireno.
P- cloro-o toluidina.
Plomo inorgánico y sus compuestos.
Radiaciones ultravioletas A, B y C artificiales.
Sulfato de dietil.
Tetracloroetileno.
Tintes basados en bencidina.
Toluenos alfa-clorados.
Tricloroetileno.
Tris (2,3- dibromopropil ) fosfato.
Operaciones e industrias probablemente carcinógenas para el hombre
Barberos y peluqueros.
Fabricación de vidrio (artístico, recipientes y tensado).
Refinado de petróleo.
Fuente: IARC Monografías Volúmenes 1-88. Modificado del informe CANCER LABORAL EN ESPAÑA, Manolis
Kogevinas, noviembre de 2005, http://www.ila.org.pe/publicaciones/docs/cancer_laboral.pdf.
Problemática del cáncer ocupacional y su fracción atribuible.
Diversos autores en el ámbito internacional se han interesado por la determinación de las
fracciones de cáncer atribuibles a la ocupación. Al respecto, la Revista Colombiana de Cancerología
publicó en 2008 el artículo Fracción de cáncer atribuible a la ocupación en países desarrollados (6),
que entre otros resalta las cifras globales presentadas por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en el Informe de la Salud del Mundo de 2002, correspondientes a 9% y 2% para la
mortalidad y la morbilidad por cánceres de pulmón y leucemias, respectivamente (7), a la vez que
la propuesta planteada en 1999 por Boffeta y Kogevinas (6) para Europa Occidental, que coincide
con la estimación efectuada por Doll y Peto en 1981 para los Estados Unidos, referente a un valor
del 4% (8).
En Colombia la mortalidad por cáncer tiende al incremento, pasando de ser la sexta causa en 1960
al tercer lugar en el 2000; en el 2006 se presentaron más de 30.000 muertes por esta enfermedad
(9). A pesar de lo anterior, el Informe de Enfermedad Profesional 2003-2005 reportó sólamente un
caso de cáncer de origen ocupacional para el período 2003-2004 (10), lo que refleja un enorme
subregistro de la carga de esta enfermedad profesional en nuestro país, que se hace evidente al
tomar en consideración que:
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Para el periodo 1995-1999, Piñeros, Ferlay y Murillo (2005) (11) estimaron para Colombia un
promedio anual de 61.641 casos nuevos cáncer (28.137 casos en hombres –en orden
decreciente de importancia: próstata, estómago, pulmón y colon/recto– y 33.504 en mujeres
–en orden decreciente de importancia: cuello uterino, mama, estómago y colon/recto–. A
partir de lo anterior, al aplicar la fracción global de cáncer atribuible a la ocupación propuesta
por Doll y Peto (4%), se podría suponer que en nuestro país, en dicho período, se debió
presentar un promedio anual de 2.466 casos de cáncer ocupacional.
Según estimaciones de la IARC, en el 2002 se diagnosticaron en el ámbito nacional cerca de 70.750
casos nuevos de cáncer, lo que implicaría la aparición de aproximadamente 2.830 casos de cáncer
ocupacional en dicho año, si se aplica la fracción global atribuible a la ocupación propuesta por Doll
y Peto."
• Problemática en el diagnóstico del cáncer ocupacional.
En Colombia, El Decreto 1295 de junio 27 de 1994, en su artículo 11, define a la enfermedad
profesional como “todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como
consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, o del medio
en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad profesional
por el gobierno nacional”.
El Decreto 2566 de 2009 adoptó la Tabla de enfermedades profesionales, dentro de la cual incluye
al cáncer de origen ocupacional en el ítem 41. Para el establecimiento de la relación causa-efecto
entre la exposición previa a factores de riesgo presentes en las empresas y el desarrollo posterior
de una enfermedad determinada, este mismo Decreto exige identificar: a) la presencia de un factor
de riesgo causal-ocupacional en el sitio de trabajo en el cual estuvo expuesto el trabajador y b) la
presencia de una enfermedad diagnosticada médicamente, relacionada causalmente con ese factor
de riesgo.
Para cumplir con lo anterior se presentan numerosas limitaciones, algunas de ellas se presentan a
continuación:
Desconocimiento por parte de los trabajadores y empleadores sobre los agentes
carcinógenos.
La exposición a múltiples agentes carcinógenos o mezclas, ya sea en un solo oficio o por la
inestabilidad laboral
Largos periodos de latencia. en promedio el intervalo de latencia oscila entre 12 a 15 años,
siendo entre 3 a 5 años para radiaciones ionizantes o toxinas que inducen leucemias, hasta
40 a más años para mesotelioma maligno inducido por el asbesto (Ladou). Estos largos
periodos de latencia también favorecen el sesgo del recuerdo por parte del trabajador.
Ausencia o deficiencia de registros de exposición ocupacional a carcinógenos, tanto
cualitativos como cuantitativos.
Ausencia de registro histórico en los cambios de los procesos o materias primas.
Ausencia o deficiencia de registros de vigilancia médica y muchos de ellos no son
orientados al riesgo.
Ausencia o deficiencia de indicadores biológicos de exposición o de efecto en trabajadores
expuestos a agentes carcinógenos.
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No existe un criterio universalmente aceptado sobre lo que se considera “exposición
suficiente” factor importante para el diagnóstico de cáncer ocupacional.
Otros factores que se deben tener en cuenta para poblaciones de trabajadores expuestas a agentes
carcinógenos son los siguientes:
Existe controversias sobre un nivel umbral de dosis para agentes carcinógenos.
(Ladou)6. Esto también se relaciona con su mecanismo de acción genotóxico y no
genotóxico.
Existe una fuerte evidencia, para la mayoría de los carcinógenos, sobre el efecto dosis-
respuesta, soportado por estudios en animales y reportes epidemiológicos en humanos
(Ladou).
Existe una amplia diferencia en la potencia relativa del efecto carcinógeno entre estos
agentes. Por ejemplo, una dosis diaria de menos de 1mg/día de aflatoxinas induce
tumores en el 50% de los animales en estudios de largos periodos al igual que la
exposición mayor a 1 gr/día de tricloroetileno (Ladou). Es importante tener esto claro
dado que la clasificación de la IARC está dada en el peligro y no en el riesgo.
No existen suficientes estudios que demuestren los efectos a bajas dosis de
carcinógenos reconocidos y de la exposición múltiple a carcinógenos, tanto laborales
como extralaborales (Ladou).
Pocos estudios de biología molecular aplicada al estudio de cáncer ocupacional, tanto
para entender los mecanismos y etiología del cáncer ocupacional y la variabilidad
genética para metabolizar toxinas. (Ladou)
Existen fallas en el criterio preventivo en el enfoque médico, por lo que no se realizan
investigaciones de tipo analítico y las bases en la formación de profesionales que
laboral en el campo de la salud ocupacional son deficientes.
Siendo el cáncer ocupacional una enfermedad prevenible, existe deficiencia en las
medidas de control de ingeniería en la fuente y falsamente se cree que los EPP son una
medida de prevención.
Deficiente formación en medidas de control de ingeniería
Deficiente formación en los profesionales que atienden a los pacientes con cáncer
sobre el posible origen ocupacional de dicho evento
• Perspectivas para el control del cáncer ocupacional en Colombia
La mayoría de los canceres ocupacionales son prevenivles si se identifican y se controlan los
carcinógenos ocupacionales, si existe una estricta legislación sobre el tema (Ladou), y si se realizan
adecuadas actividades de promoción y prevención.
Si bien es cierto, que la identificación del cáncer ocupacional y la implementación de las medidas de
control son problemas no resueltos a nivel mundial y que el Ministerio de la Protección Social, a
través de la Dirección de Riesgos Profesionales, ha venido desarrollando diferentes actividades y
normas reglamentarias orientadas al control del cáncer ocupacional (inscripción de actividades de
6
LADOU: Hope S. Rugo. Occupational cancer. Chapter 16. Occupational and Environmental
Medicine. Joseph Ladou. Fourth Edition. Mc Graw Hill Edition.
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alto riesgo, vigilancia y control de las ARP a dichas empresas, reglamentos técnicos para sílice y
asbesto crisotilo, guías de atención integral para cáncer pulmonar, neumoconiosis (asbestosis y
silicosis), exposición a benceno, etc.), no se dispone aún de estadísticas confiables referentes a
casos de cáncer, proporción de expuestos y características de la exposición.
El Ministerio de la Protección Social para el año 2007 consignó como relevantes los siguientes
puntos en relación al cáncer ocupacional, así:
1. Diseño de un Plan nacional para la prevención del cáncer ocupacional, enmarcado en la
“Política pública para la protección de la salud en el mundo del trabajo”, presentada por
la Dirección General de Salud Ocupacional y Riesgos Profesionales del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social el 28 de julio de 2001, la cual tiene por objeto “convocar a la
sociedad en su conjunto, para que de manera permanente, a través de procesos de
diálogo social y concertación, logre mejores condiciones de trabajo para la población
laboral del país, como garantía de un derecho constitucional y como aporte al proceso de
paz.
2. Diseño de un Reglamento técnico para la prevención de cáncer ocupacional.
3. Elaboración de un Sistema de Vigilancia Epidemiológica Nacional para el cáncer
ocupacional, incluyendo la vigilancia del evento en salud y de la exposición a agentes
carcinógenos.
El INC, mediante el Convenio interadministrativo 0294 de 2008 con el MPS, realizó la investigación
“Cáncer Ocupacional en Colombia”, con el objeto de describir las características sociodemográficas
y laborales, de pacientes con cánceres primarios en 10 sitios anatómicos reconocidos por su
relación con la exposición a carcinógenos ocupacionales, además validó la “Matriz de Exposición
Laboral (MEL) a 60 agentes carcinógenos para 10 cánceres seleccionados como prioritarios” ,
denominada MEL-AGECAR-10, y el diseño de Colombia CAREX con un primer estimativo de la
proporción de trabajadores expuestos a agentes carcinógenos por actividad económica.
En 1986, la Organización Mundial de la Salud (OMS) en sus Asambleas 26 y 27 promulgó un
sistema de detección temprana del cáncer ocupacional; algunos puntos fueron ratificados en la 58°
Asamblea Mundial de la Salud (mayo del 2005) (en su ítem 13.12 sobre la prevención y el control
del cáncer). Los puntos son los siguientes:
• Desarrollo y estandarización para la detección, identificación y evaluación de agentes
carcinógenos ocupacionales.
• Identificación y caracterización de grupos a riesgo de cáncer por exposición ocupacional o
ambiental.
• Desarrollo, aplicación y evaluación de métodos para la protección contra carcinógenos
reconocidos.
• Desarrollo de fuentes de datos para la investigación del riesgo de cáncer mediante Registros
Poblacionales de Cáncer.
• Desarrollo de técnicas de tamización y diagnóstico para la detección temprana del cáncer
ocupacional.
• Programas educativos al personal de salud para la prevención del cáncer ocupacional.
• Educación y entrenamiento a todas las partes interesadas (administradores, empleadores,
supervisores y trabajadores) sobre los riesgos y su prevención, para lograr su participación
activa en el control del cáncer ocupacional.
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• Atención preventiva a través de servicios de Salud Ocupacional o de servicios generales de
salud, usando el enfoque de atención primaria.
• Comunicación del riesgo, que exige el suministro a todos los trabajadores de toda la
información disponible sobre los peligros y medidas preventivas para evitarlos, incluyendo
información sobre exámenes médicos, pruebas de laboratorio u otras investigaciones que
sean necesarias para evaluar la exposición y supervisar el estado de salud en relación con el
riesgo ocupacional.
Es importante fomentar la investigación en este campo, por lo cual se considera que las prioridades
de investigación descritas en 1996 por el National Institute for Occupational Safety and Health
(NIOSH) de los EEUU, son vigentes para Colombia:
• Bajos niveles de exposición a carcinógenos reconocidos
• Mezclas de sustancias
• Factores heredados del huésped
• Interacción con factores de riesgo no ocupacional
• Uso de biomarcadores para cáncer, dosis biológicamente efectiva y efecto biológico precoz
del cáncer
• Determinación de la exposición (evitar la subclasificación)
• Poblaciones específicas: mujeres, grupos minoritarios
• Determinar la efectividad de las regulaciones y medidas de prevención del cáncer
ocupacional.
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PLAN NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DEL CÁNCER OCUPACIONAL EN COLOMBIA.
2010-2014
El Plan Nacional para la Prevención del Cáncer Ocupacional en Colombia 2010-2014, está en
coherencia y concordancia con:
a) Los siguientes objetivos del Plan Nacional de Salud Ocupacional 2009-2012, así:
• Fortalecer la prevención de los riesgos profesionales a través de la promoción de la
seguridad y la salud en el trabajo y el fomento de la cultura del autocuidado. Líneas
estratégicas: fomento de estilos de vida y trabajo saludable, programas de formación y
capacitación.
• Fortalecer las entidades, instituciones e instancias del sistema general de riesgos
profesionales para consolidar la prevención y el control de los riesgos profesionales. Líneas
estratégicas y actividades: participación de las Comisiones sectoriales, fortalecer las
actividades de las Direcciones Territoriales, consolidar los programas de salud ocupacional
en las empresas, disminuir la frecuencia de enfermedad profesional no maligna asociada
con agentes carcinógenos, fortalecer la participación del sector sindical, fortalecer a las
ARP´s en actividades de promoción y prevención del cáncer ocupacional, fortalecer la Red
Nacional de Comités de Salud Ocupacional (Nacional, Seccionales y Locales), dotación de
herramientas para las Juntas de Calificación de Invalidez.
• Impulsar el desarrollo técnico, tecnológico y científico, el reconocimiento de las
prestaciones asistenciales y económicas al trabajador y la viabilidad financiera del sistema
general de riesgos profesionales. Líneas estratégicas: definir e incorporar las variables de
información sobre cáncer ocupacional al Sistema de Información del Sistema General de
Riesgos Profesionales, crear una red de información sobre salud ocupacional y riesgos
profesionales, adopción de normas internacionales referentes al cáncer ocupacional.
• Favorecer la ampliación de cobertura en el sistema general de riesgos profesionales,
establecer políticas y definir acciones de promoción de la seguridad y la salud en el
trabajo, así como la prevención de los riesgos ocupacionales en las poblaciones laborales
vulnerables. Líneas estratégicas: prevención de riesgos asociados a agentes carcinógenos
en el sector vulnerable.
b) La Política pública para la protección de la salud en el mundo del trabajo”, presentada por la
Dirección General de Salud Ocupacional y Riesgos Profesionales del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social el 28 de julio de 2001, así:
• Fomento de la cultura de la seguridad social: dirigido al fomento de la cultura de la
seguridad social considera acciones de tipo estructural en diversos sectores de la sociedad,
como pilar a mediando y largo plazo
• Fortalecimiento institucional: tiene por objeto consolidar la capacidad de gestión, de
negociación y de complementariedad de diversos actores sociales.
• Poblaciones especiales: busca priorizar las de mayor interés en las políticas sociales, como
son los niños, los discapacitados, los del sector agrícola, los informales, las pequeñas y
medianas empresas y las actividades de alto riesgo.
• Desarrollo técnico, tecnológico y científico: tiene por objeto desarrollar el conocimiento
técnico, tecnológico y científico, en salud ocupacional y sus diversas disciplinas como
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instrumentos para el desarrollo de los programas de salud ocupacional y los sistemas de
vigilancia en salud pública.
• Aplicación de sistemas de gestión de seguridad, salud en el trabajo y productividad: tiene la
misión de incorporar a los actores sociales los sistemas de información y los desarrollos
tecnológicos en los procesos y programas diseñados y aplicados al bienestar de la
población laboral del país.
c) La Constitución Política de Colombia, artículo 25, pues pretende lograr que las personas tengan
derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
d) Los artículos 64, 65, 66 y 67 del Decreto 1295 de junio 27 de 1994, referentes a la prevención,
supervisión e informe de actividades de las empresas de alto riesgo, por exposición a agentes
carcinógenos.
e) Modelo para el control del cáncer en Colombia. INC. Enero de 2006. Se contemplan aspectos
relacionados con prevención, diagnóstico precoz y tratamiento; ámbitos de intervención como
políticas públicas y en los servicios de salud; al igual que herramientas tales como la comunicación,
educación y movilización social. Los resultados de este modelo sobre investigación, vigilancia y
análisis deben enlazar los aspectos ocupacionales. A este punto se suma la publicación “Cáncer.
Aspectos básicos sobre su biología, clínica, prevención, diagnóstico y tratamiento. INC. 2004.”
f) Las políticas del Plan Nacional de Salud Pública 2007-2010 (Decreto Número 3039 de 2007).
g) OIT. Convenios adoptados por Ley por Colombia.
h) OMS. Plan Global para el control del Cáncer Ocupacional. El Plan presentado por la OMS es
complementario al Plan y estrategias regionales para las enfermedades crónicas. El Plan tiene 4
líneas de acción: Política y recomendaciones; vigilancia y monitoreo; promoción de la salud y
prevención de la enfermedad; manejo de la enfermedad.
1. ALCANCE
El Ministerio de la Protección Social previa consulta a expertos y concertación con los actores del
sector del Sistema de Riesgos Profesionales, formula el Plan Nacional para la prevención del Cáncer
Ocupacional en Colombia 2010-2014, cuyo propósito es definir la política que garantice las
condiciones para mejorar la salud de la población trabajadora Colombiana, expuesta a los
diferentes carcinógenos, promoviendo condiciones y estilos de vida saludables, previniendo y
superando los riesgos para la salud, y recuperando o minimizando el daño, mediante acciones
sectoriales e intersectoriales.
El Plan Nacional para la prevención del Cáncer Ocupacional en Colombia 2010-2014, en coherencia
con las políticas del Plan Nacional de Desarrollo 2006 - 2010, previstas en la Ley 1151 de 2007,
define las prioridades en promoción y prevención de cáncer ocupacional de los próximos cuatro
años, los objetivos, metas y estrategias para su cumplimiento, y las enmarca en las competencias
de todos los actores involucrados conforme a los recursos disponibles.
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Los futuros ajustes al Plan se harán en coherencia con los perfiles de cáncer ocupacional y las
características de la exposición a carcinógenos según los resultados regionales y nacionales que
determine el Sistema de vigilancia epidemiológica para cáncer ocupacional (SIVECAO).
2. PROPOSITO
Son propósitos del Plan Nacional para la prevención del cáncer ocupacional en Colombia los
siguientes:
a) Desarrollar y mantener un sistema de información para recolectar información acerca de la
morbimortalidad atribuible y de las características de la exposición a carcinógenos
presentes en el medio laboral. Parte de este punto tiene como objetivo dar cumplimiento a
los artículos 64, 65, 66 y 67 del Decreto 1295 de junio 27 de 1994, referentes a la
prevención, supervisión e informe de actividades de las empresas de alto riesgo, por
exposición a agentes carcinógenos, y además que se incluya el reporte de los niveles de
exposición a agentes carcinógenos de dichas empresas y la población trabajadora
expuesta, con el fin de mantener actualizado el sistema de vigilancia epidemiológica para
cáncer ocupacional (SIVECAO), con sus respectivas herramientas (Colombia CAREX y MEL –
Carcinógenos).
b) Investigar los agentes carcinógenos y las pruebas de tamizaje y el control de la exposición,
de acuerdo con las recomendaciones y parámetros del Reglamento técnico para la
prevención de cáncer ocupacional.
c) Implementar sistemas de monitoreo a nivel gubernamental (regulación, vigilancia y
control), basados en los resultados del SIVECAO.
d) Determinar prioridades en la vigilancia de la exposición a agentes carcinógenos por
regiones, por actividades económicas y a nivel nacional.
e) Evaluar periódicamente la efectividad de las medidas implementadas en el control de la
exposición y en el monitoreo biomédico.
f) Dar cumplimiento a las recomendaciones internacionales de la OMS y de la OIT en temas
relacionados con el cáncer ocupacional.
3. PRINCIPIOS
Los principios que guían el Plan Nacional para la prevención del cáncer ocupacional en Colombia
son la equidad, calidad, eficiencia, responsabilidad, participación social e intersectorialidad.
Equidad. El Estado garantiza igual acceso a la promoción, prevención y protección de la salud en
igualdad de oportunidades de acuerdo con las necesidades de la población ocupacionalmente
expuesta a agentes carcinógenos.
Calidad. El Estado y los particulares protegerán la salud de los trabajadores y los lugares de
trabajo mediante el desarrollo del sistema de garantía de la calidad en salud ocupacional y riesgos
profesionales.
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Eficiencia. El Estado y los particulares mediante la mejor utilización social y económica de los
recursos administrativos, técnicos y tecnológicos garantizarán el derecho a la salud y al
mejoramiento de las condiciones de trabajo con oportunidad, calidad y suficiencia.
Responsabilidad. El Estado, todas las personas naturales y jurídicas deberán asegurar el acceso a
los servicios, la calidad de la atención de la salud y el fomento de estilo de vida y trabajo saludable.
Participación social: La intervención de la comunidad en la planeación, gestión y control social y
evaluación del Plan, se deberá promover la vinculación efectiva de la población trabajadora para
garantizar que las prioridades en el tema de cáncer ocupacional y bienestar territorial respondan a
las necesidades sentidas de los grupos sociales, y que éstas se concreten en los planes de
prevención del cáncer ocupacional a nivel territorial.
Intersectorialidad: La interrelación y articulación de los distintos actores intra y extrasectoriales
con el fin de lograr resultados en la prevención del cáncer ocupacional de manera más eficaz,
eficiente y sostenible, orientadas a alcanzar las metas comunes en dicha prevención.
4. PRIORIDADES, OBJETIVOS Y METAS EN LA PREVENCIÓN DE CÁNCER
OCUPACIONAL
4.1 PRIORIDADES
El Plan Nacional para la Prevención del Cáncer Ocupacional en Colombia define las prioridades y los
parámetros de actuación en respuesta a las necesidades de salud, a los niveles de exposición a
agentes carcinógenos, a la magnitud de la población expuesta, a los recursos y tecnologías
disponibles y a los compromisos establecidos por la Nación en los acuerdos internacionales.
Las prioridades del Plan Nacional para la Prevención del cáncer ocupacional en Colombia son de
estricto cumplimiento en la Nación, en los planes de salud territoriales, en los planes operativos de
las entidades promotoras de salud - EPS, en los planes operativos de las administradoras de riesgos
profesionales – ARP, en los planes operativos de las agremiaciones, en los planes educativos de las
especializaciones en salud ocupacional y de las especialidades clínicas oncológicas, en coherencia
con los perfiles de salud territorial y en los planes de otros actores que se relacionen con temas de
prevención y/o promoción del cáncer ocupacional.
4.2 OBJETIVO
Responder a las necesidades expresas del país en materia de cáncer ocupacional, las cuales han
sido debatidas y consensuadas con los distintos actores del sector, de otros sectores y
representantes de los ciudadanos y usuarios de los servicios de salud ocupacional, a través de
mesas de discusión y aportes individuales y de diferentes colectividades.
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4.3 META
Reducir la incidencia del cáncer ocupacional.
Mejorar la calidad de vida de las personas que por su ocupación son afectadas por la exposición a
agentes carcinógenos.
5. LÍNEAS DE POLÍTICA Y ESTRATEGIAS
1. Promoción y Prevención del cáncer ocupacional.
Objetivos Estrategias Meta Indicadores de
producto y/o
Gestión
Mantener mecanismos de Incluir en el Sistema de
información para: Observatorio del Información
• Obtener un conocimiento Cáncer en general, implementado
actualizado del estado del un aparte referente y actualizado
arte sobre prevención del al cáncer
cáncer ocupacional y sobre ocupacional y
el control de agentes articularlo a la
carcinógenos en los sitios de información del
trabajo. SIVECAO y al
• Conocer métodos empleados Sistema de
por agencias internacionales información del
para calificación de Sistema General de
carcinógenos y la Riesgos
fundamentación científica y Profesionales
tecnológica empleada.
• Actualizar métodos y técnicas
para identificar y evaluar
carcinógenos en el trabajo y
usar marcadores biológicos
de exposición y efecto en
trabajadores.
Fomentar mediante la Definir líneas de
destinación de fondos específicos investigación los
(Fondos de Riesgos temas referentes a
Profesionales, Administradoras los tipos de cáncer
de Riesgos Profesionales, u otros ocupacional
organismos dedicados a tal fin), prioritarios para
el desarrollo de investigaciones Colombia o los
epidemiológicas - descriptivas y carcinógenos
principalmente analíticas relacionados con los
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Objetivos Estrategias Meta Indicadores de
producto y/o
Gestión
tendientes a determinar el riesgo cánceres declarados
de cáncer ocupacional en prioritarios
poblaciones expuestas a
carcinógenos reconocidos y su
control
Mantener actualizado un registro Diseñar un manual
de agentes carcinógenos con actualizable a partir
datos relativos a actividades de las empresas
económicas y empresas donde que utilizan en su
son usados, distribución por producción
regiones y ciudades, volúmenes sustancias
anuales de uso, procesos carcinógenas
industriales, población empleada reconocidas y que
y afiliada a la seguridad social. formen parte de el
sistema obligatorio
de reporte.
Elaborar un inventario de Se requerirá la
empresas usuarias de agentes participación de las
carcinógenos con datos sobre ARP las cuales
actividad económica, ubicación, deberán recolectar
tipo de utilización (materia prima, los datos de sus
insumo, producto, subproducto), empresas afiliadas y
cantidad anual, procesos procesarlas para
implicados, total población entregar el
empleada, resultados anuales de acumulado por
higiene industrial y distribución actividad
de la población empleada por económica, por
niveles de exposición a región, ciudad, por
carcinógenos, medidas de control tipo de agente con
en el fuente y en el medio para los datos anuales de
reducir la exposición y otras concentración en el
medidas preventivas aplicadas aire y de la
para la protección de la salud de población expuesta
los trabajadores. a cada nivel (en por
lo menos 4 niveles
igual o superior al
TLV-TWA; 2 = Entre
NA y TWA; 3 = del
25% TWA)
Divulgar entre las empresas y Adaptación del Lograr que el (# de empresas
trabajadores donde exista Manual de Agentes 100% de las con exposición
contacto potencial con agentes carcinógenos para empresas del menor a los límites
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Objetivos Estrategias Meta Indicadores de
producto y/o
Gestión
carcinógenos la información dar información que sector formal permisibles / Total
técnica sobre éstos agentes, en oriente al usuario que manejan de empresas
lenguaje corriente, para indicar sobre la utilidad e los cinco identificada) * 100
las medidas de prevención que importancia de la principales
deben aplicarse durante su prevención y sobre carcinógenos
manipulación la efectividad de las ocupacionales
medidas. tengan
niveles de
exposición
menores a los
límites
permisibles
Tecnificar la evaluación y el Fomentar la
control de agentes carcinógenos formación de
en los sitios de trabajo, mediante higienistas
la aplicación de métodos de ocupacionales
higiene ocupacional para la mediante la
evaluación y el control de creación de
agentes carcinógenos y incentivos (becas)
sustancias tóxicas.
2. Medidas Legislativas
Objetivos Estrategias Meta Indicadores de
producto y/o
Gestión
Elaboración de normas y Establecer
reglamentos legales para la claramente los TLV
prohibición (cuando se pueda frente a la
hacer sustitución), regulación y exposición a
control del uso de sustancias sustancias
comprobadas o sospechosas de cancerígenas
causar cáncer. generando a partir
de un marco legal
su monitoreo
obligatorio por
parte de las
empresas
Elaborar y promover la aplicación Establecer para Normas
de la normatización para la cada agente técnicas con
prevención, diagnóstico, carcinógeno una los
tratamiento del cáncer norma técnica para parámetros
ocupacional. el uso, diagnóstico, de
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Objetivos Estrategias Meta Indicadores de
producto y/o
Gestión
control diagnóstico,
(prevención) y control y
tratamiento del tratamiento
cáncer ocupacional
Generar mecanismos que Proponer Organizar dos Foros realizados en
permitan conocer las resoluciones mecanismos de foros un año.
emitidas por otros gobiernos para participación que nacionales por
el control de sustancias permitan la año.
cancerígenas, recordando que actualización sobre
existen múltiples ejemplos de discusiones,
países que prohíben la utilización conclusiones y
de ciertas sustancias, pero que resoluciones, con
son complacientes o promueven la participación de
su utilización en otros países. todos los actores
del sistema
productivo y de
seguridad social
3. Vigilancia.
Objetivos Estrategias Meta Indicadores de
producto y/o
Gestión
Garantizar mecanismos para la Diseñar e Tener diseña Herramienta
inspección periódica de las implementar una la diseñada
condiciones de trabajo y la herramienta para herramienta
utilización de sustancias inspectores, ARP y a más tardar
consideradas carcinógenas. empresas de tal 4 meses
forma que permita posterior a la
hacer una aprobación
evaluación y del plan.
prevención de los
riesgos y promoción
de la salud por la
exposición a
carcinógenos.
Mantener un listado Tener la Matriz de
de industrias y Matriz de Exposición Laboral
trabajadores Exposición a agentes
expuestos a Laboral a carcinógenos
sustancias más tardar 2 elaborada
carcinógenas meses
posterior a la
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Objetivos Estrategias Meta Indicadores de
producto y/o
Gestión
elaboración
del Plan.
Actualizar la
matriz cada
dos años
Mantener programas de Exigir a partir de la Inspección al (# de inspecciones
vigilancia y monitoreo a estandarización el 100% de las realizadas / total de
empresas y trabajadores obligatorio reporte empresas inspecciones
del uso de identificadas planeadas) * 100
sustancias
cancerígenas
reconocidas y la
incidencia y/o
prevalencia de
patologías de origen
laboral calificadas
y/o en proceso
Establecimiento de programas de Establecer un Reglamento (Número de
vigilancia epidemiológica protocolo para la técnico empresas con
Vigilancia aplicado por protocolo aplicad /
Epidemiológica del el 100% de Número de
cáncer ocupacional, las empresas empresas
el cual debe ser identificadas identificadas) * 100
aplicado por la
empresa con la
asesoría técnica de
la ARP.
Creación o En dos años Registro actualizado
actualización de los asegurar la
Registros de cáncer actualización
y desarrollo de sistemática
programas para su de los
análisis reportes y
epidemiológico en registros
relación a ocupación
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4. Protección y educación de los trabajadores
Objetivos Estrategias Meta Indicadores de
producto y/o
Gestión
Comunicar a los trabajadores Establecer a partir
acerca de los agentes de un comité
carcinógenos a los que están intersectorial de
expuestos, así como a los vigilancia el sistema
riesgos que puedan afectar de información y
su salud. divulgación efectiva.
Capacitación 100 % de los (# trabajadores
continua a los trabajadores capacitados / Total
trabajadores sobre formales trabajadores
el riesgo del agente expuestos a expuestos) * 100
carcinógeno. agentes
carcinógenos.
Para el (# trabajadores
primer año, informales
el 80% de los expuestos / Total
trabajadores trabajadores
informales informales
expuestos a expuestos por
agentes actividad
carcinógenos económica) * 100
por las
primeras 3
actividades
identificadas
como de alto
riesgos a
ésta
exposición
Generar medidas especiales Monitorear la
de protección y prevención aplicación del
para los trabajadores que decreto pensional
hayan estado sometidos a por exposición a
sustancias carcinógenas labores de alto
riesgo
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6. COMPETENCIAS DE LOS ACTORES DEL SGRP Y OTROS SECTORES
GUBERNAMENTALES O NO GUBERNAMENTALES
DE LA NACIÓN
Sin perjuicio de las competencias establecidas en las normas legales, corresponde a la Nación -
Ministerio de la Protección Social- asumir, frente al Plan Nacional de Prevención del Cáncer
Ocupacional, las siguientes competencias:
1. Realizar, actualizar y divulgar el análisis de la problemática del cáncer ocupacional en la
población trabajadora Colombiana (eventos en salud, intensidad de la exposición, tipos de
agentes carcinógenos y proporción de expuestos) y la capacidad de respuesta de los
diferentes actores, con base en los resultados de las investigaciones y en la información
generada por el SIVECAO.
2. Diseñar, desarrollar y articular con los actores intra y extrasectoriales la planeación, la
ejecución, el seguimiento y la evaluación de las metas del Plan Nacional para la Prevención
del cáncer Ocupacional en Colombia.
3. Definir las acciones que integran el Plan Nacional de Prevención del Cáncer Ocupacional con
otros Planes Nacionales (Salud Pública y Salud Ocupacional) a cargo de las entidades
territoriales de salud y trabajo.
4. Diseñar, implementar y evaluar el desarrollo normativo de carácter técnico-científico,
administrativo y financiero para todas las líneas de política del Plan Nacional de Prevención
del Cáncer Ocupacional.
5. Actualizar el Plan Nacional de Prevención del Cáncer Ocupacional.
6. Diseñar y desarrollar la supervisión, el seguimiento, la evaluación y la difusión de los
resultados del Plan Nacional de Prevención del Cáncer Ocupacional.
7. Brindar asesoría y asistencia técnica a los departamentos, distritos y municipios para la
implementación, seguimiento de la ejecución y evaluación de las metas incluidas en los
Planes de Prevención del Cáncer Ocupacional, a nivel territorial.
8. Definir, desarrollar, administrar, aplicar y ejucutar el SIVECAO, con la participación de las
entidades territoriales, EPS, IPS de salud y de salud ocupacional, observatorios para cáncer,
Juntas de Calificación de Invalidez, ARP, Fondo de pensiones y agremiaciones.
9. Promover, en concurrencia con el Programa Nacional de Ciencia y Tecnología de la Salud, el
desarrollo de investigaciones periódicas y sistemáticas sobre las necesidades y problemas
relacionados con el cáncer ocupacional y la respuesta sectorial, que provean evidencia para
el ajuste del Plan Nacional de Prevención del Cáncer Ocupacional.
10. Fortalecer y regular, en coordinación con el Instituto Nacional de Salud – INS y el Instituto
de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, la red nacional de laboratorios, el
sistema de gestión de la garantía de la calidad de los laboratorios de salud pública y la red de
laboratorios de química analítica, tanto para el monitoreo ambiental como biológico.
11. Definir las intervenciones de prevención, mitigación y superación de los riesgos para la salud
derivados de las condiciones propias del trabajo con exposición a agentes carcinógenos, en
especial a los del sector informal de la economía.
12. Coordinar la vigilancia y control de todos los aspectos relacionados con la administración,
prevención, atención y control de los agentes carcinógenos que adelanten las
administradoras de riesgos profesionales – ARP, la Direcciones Territoriales de Salud y de
trabajo y las Secretarías de Salud.
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