5. Con estos fondos sería posible financiar planes de viviendas con características de créditos sociales, con un interés no mayor al 3% anual y que no superen los 20 años de plazo.
6.
7.
8. La cantidad de viviendas o créditos deberán ser otorgadas a los municipios de acuerdo a la cantidad de habitantes y a sus recursos coparticipables, a los efectos de garantizar equidad al momento de ser otorgadas y evitar el “ amiguismo político” y la discriminación que sufren los gobiernos municipales no alineados con el gobernador.