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DERECHOS DE GRUPOS
VULNERABLES      Ma. Fernanda Rico
                     Mondragòn
INTRODUCCION
   Se considera como vulnerable a diversos grupos de la población
  entre los que se encuentran las niñas, los niños y jóvenes en
  situación de calle, los migrantes, las personas con
  discapacidad, los adultos mayores y la población indígena, que
  más allá de su pobreza, viven en situaciones de riesgo y
  desajustes sociales que ha crecido y se ha arraigado en nuestra
  sociedad. Denota carencia o ausencia de elementos esenciales
  para la subsistencia y desarrollo personal, e insuficiencia de las
  herramientas necesarias para abandonar situaciones en
  desventaja, estructurales o conyugales.
  Mujeres violentadas, refugiados, personas con
  VIH/SIDA, personas con preferencia sexual distinta a la
  heterosexual, personas con alguna enfermedad mental, personas
  con discapacidad, migrantes, jornaleros agrícolas, desplazados
  internos y adultos mayores; niños, adolescentes, adultos mayores
  y personas con discapacidad.
  Viven en condiciones de pobreza extrema. Los ingresos de los
  pobres extremos no les permiten adquirir una cantidad suficiente
  de alimentos para poder desempeñar sus actividades económicas
  y sociales satisfactoriamente.
GRUPOS VULNERABLES
DERECHO DE GRUPOS VULNERABLES
TODOS LOS NIÑOS, TODOS LOS DERECHOS

            Los derechos de los niños son de todas las personas que tienen menos de
dieciocho años. No importa su raza, su color o su religión; no importa en qué país
vivan, ni con quién vivan; no importa si son pobres o ricos; no importa en qué idioma
hablen o en qué religión crean. No importa que sean hombres o mujeres ni cómo sea su
familia.
Los derechos de los niños son tuyos y de todos los niños del mundo.
    •Derecho al juego
    • Derecho a la libertad de asociación y a compartir sus puntos de vista con
    otros
    • Derecho a una familia
    • Derecho a la protección durante los conflictos armados
    • Derecho A La Protección Contra El Trabajo Infantil
    • Derecho A La Libertad De Expresión
    • Derecho a la protección contra todas las formas de explotación y abuso sexual
    • Derecho a un hogar
    • Derecho a la intimidad
    • Derecho a la libertad de pensamiento
DERECHOS DE GRUPOS VULNERABLES
(POBREZA)
POR QUE SOMOS HUMANOS…. MERECEMOS
LOS MISMOS DERECHOS

                Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común
por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los
individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en
ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos
derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional
e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre
los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados
bajo su jurisdicción.
 Artículo 1
 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados
 como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con
 los otros.
En el siguiente link podrás conocer todos los derechos que tienes como persona,
No permitas que nada ni nadie te intimide por que tu vales lo mismo que los demás.

http://www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm
DERECHOS DE GRUPOS VULNERABLES (EL
MALTRATO A LA MUJER)
POR QUE NO IMPORTA EL SEXO… TODOS Y
TODAS MERECEMOS LOS MISMOS DERECHOS


            La violencia contra la mujer abarca los siguientes actos:

   a)La violencia física, sexual y sicológica que se produzca en la
  familia, incluidos los malos tratos, el abuso sexual de las niñas en el
  hogar la violencia relacionada con la dote, la violación por el marido, la
  mutilación genital femenina y otras practicas tradicionales nocivas para
  la mujer los actos de violencia perpetrados por otros miembros de la
  familia y la violencia relacionada con la explotación;
  b) La violencia física, sexual y sicológica perpetrada dentro de la
  comunidad en general, inclusive la violación, el abuso sexual, el acoso y
  la intimidación sexuales en el trabajo, en instituciones educacionales y
  en otros lugares, la trata de mujeres y la prostitución forzada;
  c) La violencia física, sexual y sicológica perpetrada o tolerada por el
  Estado, dondequiera que ocurra.
La mujer tiene derecho, en condiciones de igualdad, al goce y la protección
 de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas
 política, económica, social, cultural, civil y de cualquier otra índole. Entre
 estos derechos figuran:
 a)El derecho a la vida
 b) El derecho a la igualdad
 c) El derecho a h libertad y la seguridad de la persona
 d) El derecho a igual protección ante la ley
 e) El derecho a verse libre de todas las formas de discriminación
 f) El derecho al mayor grado de salud física y mental que se pueda
 alcanzar
 g) El derecho a condiciones de trabajo justas y favorables
 h) El derecho a no ser sometida a tortura, ni a otros tratos o penas crueles
 o inhumanos.
Los Estados deben condenar la violencia contra la mujer y no invocar
ninguna costumbre, tradición o consideración religiosa para eludir su
obligación de procurar eliminarla. Los Estados deben aplicar por todos los
medios apropiados y sin demora una política encaminada a eliminar la
violencia contra la mujer.
DERECHOS DE GRUPOS VULNERABLES (GENTE
DISCAPACITADA)
DERECHOS DE GRUPOS VULNERABLES (GENTE
DE LA TERCERA EDAD)
POR QUE EL SER HUMANO ES MÁS QUE UNA
  CAPACIDAD . . . . .

              “Las incapacidades actuales son deficiencias físicas o mentales que
quot;limitan marcadamente una o mas actividades principales de la vida” también se les
llama incapacitados a las personas que sufren una deficiencia física o mental, y que no
tienen las mismas habilidades que las personas comunes por su mismo problema. Los
incapacitados han sufrido en el largo del tiempo por discriminación hacia su persona.


 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados
como
están siguiente link podrás conocer todos los derechos que tienes como persona, otros.
En el de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los
No permitas que nada ni nadie te intimide por que tu vales lo mismo que los demás.


http://www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm
POR TU EXPERIENCIA DE VIDA….. MERECES
TRATOS ESPECIALES

             La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece:
quot;Toda
             persona como miembro de la sociedad tiene derecho a la seguridad
social y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación
internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la
satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables a
su dignidad y al libre desarrollo de su personalidadquot; (art. 25). El Pacto de los
Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 enumera los mismos
parámetros normativos y remarca que el Estado se obliga a proveer los recursos
necesarios quot;hasta el máximo de que dispongaquot;.
Art. 17: quot;Toda persona tiene derecho a protección especial durante su
ancianidad. En tal sentido, los Estados partes se comprometen a adoptar de
manera progresiva las medidas necesarias a fin de llevar este derecho a la
práctica, y en particular:
a) proporcionar instalaciones adecuadas, así como alimentación, atención
    médica especializada a las personas de edad avanzada que carezcan de
    ella y no se encuentren en condiciones de proporcionársela por sí mismo.
b) ejecutar programas laborales específicos destinados a conceder a los
    ancianos la posibilidad de realizar una actividad productiva adecuada a sus
    capacidades respetando su vocación o deseos;.
c) estimular la formación de organizaciones sociales destinadas a mejorar la
    calidad de vida de los ancianosquot;.

Aceptado este punto de partida, hay que concluir que la sociedad tiene la
obligación de priorizar la prevención y el cuidado de la calidad de vida de los
ancianos, manteniendo su autonomía, tan ligada a la dignidad de la persona.
CONCLUSIÓN
No importa el género, el color de piel, la situación física o económica, todos
y todas merecemos los mismos derechos y la ley debe respetarlo, ya que
por el simple hecho de estar aquí y tener las características de un ser
humano debemos ser respetados y tratados como a la demás gente, no
debe existir distinción en las comunidades ni en los pueblos
indígenas, todos sentimos y nos afecta lo que le pase a nuestro
planeta, debemos contribuir como sociedad a debatir la ignorancia y el
maltrato físico y psicológico que se les da a estas personas, ellos también
sienten, no debemos ser injustos, las comisiones de derechos
humanos, por su parte, debería cumplir sus leyes para brindar a toda la
gente la misma seguridad, los mismos valores y sobre todo “el mismo trato”.
DERECHOS DE GRUPOS VULNERABLES
(POBLACIONES INDÍGENAS)
“Es deber del Estado resguardar la seguridad de la nación, dar protección a la
 población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la
 integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho
 de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.
 Especialmente, la ley garantizará el derecho a conservar, desarrollar y
 fortalecer la
 identidad, idiomas, instituciones y tradiciones espirituales, sociales
 y culturales de los pueblos indígenas que habitan el territorio
“entre los derechos que no han sido reconocidos en la Reforma Constitucional
 nacional”.
propuesta, se encuentra el derecho colectivo de los Pueblos Indígenas a la
tierra, el territorio y a los recursos naturales que éstos albergan, tampoco
derechos políticos, como la participación en los órganos del estado, la autonomía
y el reconocimiento de los sistemas de justicia y derecho indígenas”.6 Ahora
bien, en relación a los argumentos del rechazo al proyecto, éstos fueron los
mismos que los empleados en ocasiones anteriores, es decir, la discrepancia a
raíz de la incorporación del concepto “pueblos indígenas”, argumentándose que
el concepto de “pueblos indígenas” resulta inconveniente porque podría dar pie a
reclamos de autodeterminación.7
En efecto, la bancada de la Alianza por Chile, en especial parlamentarios de la
UDI, una vez más insiste en que se reconozcan las “etnias indígenas”
FUENTES DE INFORMACIÓN
http://www.lospinos.org/derechos.html
http://www1.umn.edu/humanrts/instree/women/span-wmn.html#devaw

http://www.micolumbia.com/icuns2007/Backgrounds/8%20Derechos%20Humano
s/DH%20C%20TA.htm
http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S071834372006000100004&script=sci_arttext

http://www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm
http://www.udp.cl/derecho/derechoshumanos/informesddhh/informe_06/ddhh_ind
igenas.pdf

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  • 1. DERECHOS DE GRUPOS VULNERABLES Ma. Fernanda Rico Mondragòn
  • 2. INTRODUCCION Se considera como vulnerable a diversos grupos de la población entre los que se encuentran las niñas, los niños y jóvenes en situación de calle, los migrantes, las personas con discapacidad, los adultos mayores y la población indígena, que más allá de su pobreza, viven en situaciones de riesgo y desajustes sociales que ha crecido y se ha arraigado en nuestra sociedad. Denota carencia o ausencia de elementos esenciales para la subsistencia y desarrollo personal, e insuficiencia de las herramientas necesarias para abandonar situaciones en desventaja, estructurales o conyugales. Mujeres violentadas, refugiados, personas con VIH/SIDA, personas con preferencia sexual distinta a la heterosexual, personas con alguna enfermedad mental, personas con discapacidad, migrantes, jornaleros agrícolas, desplazados internos y adultos mayores; niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad. Viven en condiciones de pobreza extrema. Los ingresos de los pobres extremos no les permiten adquirir una cantidad suficiente de alimentos para poder desempeñar sus actividades económicas y sociales satisfactoriamente.
  • 4. DERECHO DE GRUPOS VULNERABLES
  • 5. TODOS LOS NIÑOS, TODOS LOS DERECHOS Los derechos de los niños son de todas las personas que tienen menos de dieciocho años. No importa su raza, su color o su religión; no importa en qué país vivan, ni con quién vivan; no importa si son pobres o ricos; no importa en qué idioma hablen o en qué religión crean. No importa que sean hombres o mujeres ni cómo sea su familia. Los derechos de los niños son tuyos y de todos los niños del mundo. •Derecho al juego • Derecho a la libertad de asociación y a compartir sus puntos de vista con otros • Derecho a una familia • Derecho a la protección durante los conflictos armados • Derecho A La Protección Contra El Trabajo Infantil • Derecho A La Libertad De Expresión • Derecho a la protección contra todas las formas de explotación y abuso sexual • Derecho a un hogar • Derecho a la intimidad • Derecho a la libertad de pensamiento
  • 6. DERECHOS DE GRUPOS VULNERABLES (POBREZA)
  • 7. POR QUE SOMOS HUMANOS…. MERECEMOS LOS MISMOS DERECHOS Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción. Artículo 1 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. En el siguiente link podrás conocer todos los derechos que tienes como persona, No permitas que nada ni nadie te intimide por que tu vales lo mismo que los demás. http://www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm
  • 8. DERECHOS DE GRUPOS VULNERABLES (EL MALTRATO A LA MUJER)
  • 9. POR QUE NO IMPORTA EL SEXO… TODOS Y TODAS MERECEMOS LOS MISMOS DERECHOS La violencia contra la mujer abarca los siguientes actos: a)La violencia física, sexual y sicológica que se produzca en la familia, incluidos los malos tratos, el abuso sexual de las niñas en el hogar la violencia relacionada con la dote, la violación por el marido, la mutilación genital femenina y otras practicas tradicionales nocivas para la mujer los actos de violencia perpetrados por otros miembros de la familia y la violencia relacionada con la explotación; b) La violencia física, sexual y sicológica perpetrada dentro de la comunidad en general, inclusive la violación, el abuso sexual, el acoso y la intimidación sexuales en el trabajo, en instituciones educacionales y en otros lugares, la trata de mujeres y la prostitución forzada; c) La violencia física, sexual y sicológica perpetrada o tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra.
  • 10. La mujer tiene derecho, en condiciones de igualdad, al goce y la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural, civil y de cualquier otra índole. Entre estos derechos figuran: a)El derecho a la vida b) El derecho a la igualdad c) El derecho a h libertad y la seguridad de la persona d) El derecho a igual protección ante la ley e) El derecho a verse libre de todas las formas de discriminación f) El derecho al mayor grado de salud física y mental que se pueda alcanzar g) El derecho a condiciones de trabajo justas y favorables h) El derecho a no ser sometida a tortura, ni a otros tratos o penas crueles o inhumanos. Los Estados deben condenar la violencia contra la mujer y no invocar ninguna costumbre, tradición o consideración religiosa para eludir su obligación de procurar eliminarla. Los Estados deben aplicar por todos los medios apropiados y sin demora una política encaminada a eliminar la violencia contra la mujer.
  • 11. DERECHOS DE GRUPOS VULNERABLES (GENTE DISCAPACITADA)
  • 12. DERECHOS DE GRUPOS VULNERABLES (GENTE DE LA TERCERA EDAD)
  • 13. POR QUE EL SER HUMANO ES MÁS QUE UNA CAPACIDAD . . . . . “Las incapacidades actuales son deficiencias físicas o mentales que quot;limitan marcadamente una o mas actividades principales de la vida” también se les llama incapacitados a las personas que sufren una deficiencia física o mental, y que no tienen las mismas habilidades que las personas comunes por su mismo problema. Los incapacitados han sufrido en el largo del tiempo por discriminación hacia su persona. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están siguiente link podrás conocer todos los derechos que tienes como persona, otros. En el de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los No permitas que nada ni nadie te intimide por que tu vales lo mismo que los demás. http://www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm
  • 14. POR TU EXPERIENCIA DE VIDA….. MERECES TRATOS ESPECIALES La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece: quot;Toda persona como miembro de la sociedad tiene derecho a la seguridad social y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidadquot; (art. 25). El Pacto de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 enumera los mismos parámetros normativos y remarca que el Estado se obliga a proveer los recursos necesarios quot;hasta el máximo de que dispongaquot;. Art. 17: quot;Toda persona tiene derecho a protección especial durante su ancianidad. En tal sentido, los Estados partes se comprometen a adoptar de manera progresiva las medidas necesarias a fin de llevar este derecho a la práctica, y en particular: a) proporcionar instalaciones adecuadas, así como alimentación, atención médica especializada a las personas de edad avanzada que carezcan de ella y no se encuentren en condiciones de proporcionársela por sí mismo.
  • 15. b) ejecutar programas laborales específicos destinados a conceder a los ancianos la posibilidad de realizar una actividad productiva adecuada a sus capacidades respetando su vocación o deseos;. c) estimular la formación de organizaciones sociales destinadas a mejorar la calidad de vida de los ancianosquot;. Aceptado este punto de partida, hay que concluir que la sociedad tiene la obligación de priorizar la prevención y el cuidado de la calidad de vida de los ancianos, manteniendo su autonomía, tan ligada a la dignidad de la persona.
  • 16. CONCLUSIÓN No importa el género, el color de piel, la situación física o económica, todos y todas merecemos los mismos derechos y la ley debe respetarlo, ya que por el simple hecho de estar aquí y tener las características de un ser humano debemos ser respetados y tratados como a la demás gente, no debe existir distinción en las comunidades ni en los pueblos indígenas, todos sentimos y nos afecta lo que le pase a nuestro planeta, debemos contribuir como sociedad a debatir la ignorancia y el maltrato físico y psicológico que se les da a estas personas, ellos también sienten, no debemos ser injustos, las comisiones de derechos humanos, por su parte, debería cumplir sus leyes para brindar a toda la gente la misma seguridad, los mismos valores y sobre todo “el mismo trato”.
  • 17. DERECHOS DE GRUPOS VULNERABLES (POBLACIONES INDÍGENAS)
  • 18. “Es deber del Estado resguardar la seguridad de la nación, dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional. Especialmente, la ley garantizará el derecho a conservar, desarrollar y fortalecer la identidad, idiomas, instituciones y tradiciones espirituales, sociales y culturales de los pueblos indígenas que habitan el territorio “entre los derechos que no han sido reconocidos en la Reforma Constitucional nacional”. propuesta, se encuentra el derecho colectivo de los Pueblos Indígenas a la tierra, el territorio y a los recursos naturales que éstos albergan, tampoco derechos políticos, como la participación en los órganos del estado, la autonomía y el reconocimiento de los sistemas de justicia y derecho indígenas”.6 Ahora bien, en relación a los argumentos del rechazo al proyecto, éstos fueron los mismos que los empleados en ocasiones anteriores, es decir, la discrepancia a raíz de la incorporación del concepto “pueblos indígenas”, argumentándose que el concepto de “pueblos indígenas” resulta inconveniente porque podría dar pie a reclamos de autodeterminación.7 En efecto, la bancada de la Alianza por Chile, en especial parlamentarios de la UDI, una vez más insiste en que se reconozcan las “etnias indígenas”