1. Un siglo de política y legislación de vivienda en España (1911-2011) José Luis BERMEJO LATRE Prof. Titular de Derecho Administrativo Universidad de Zaragoza mayo de 2010
2. AQUÍ HEMOS LLEGADO… DE LA MANO DE LEYES QUE HAN DADO EXPRESIÓN A UN SIGLO DE POLÍTICA PÚBLICA DE VIVIENDA
3. PERO… ¿QUÉ LEYES? Artículo 47 Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos. LEGISLACION DE VIVIENDA (V.P.O.) - fomento del acceso en propiedad y alquiler - fomento de la construcción y rehabilitación LEGISLACION CIVIL - arrendamientos urbanos (actualización de rentas, plazos, prórrogas forzosas, desahucios) - propiedad horizontal - protección de los consumidores - responsabilidad civil en la edificación LEGISLACION FINANCIERA - liberalización de la titulización de créditos hipotecarios LEGISLACIÓN URBANÍSTICA - reservas de suelo para V.P.O. - P.M.S. y edificación forzosa - I.T.E. y régimen de ruina LEGISLACION FISCAL - deducción de intereses de préstamos hipotecarios en el IRPF (< 9.000 EUR)
4. LAS LEYES DE “CASAS BARATAS” (1911, 1921, 1925): FOMENTO PÚBLICO DE LA PRODUCCIÓN PRIVADA DE VIVIENDA LEGADO: exenciones fiscales y subvenciones para promotores; “vivienda calificada”: precio limitado y estándares constructivos tasados; orientación a un colectivo concreto de destinatarios ; cesión gratuita de terrenos públicos; fomento de la intermediación (Juntas)
5. LAS LEYES REPUBLICANAS DE LUCHA CONTRA EL PARO: LA INSTRUMENTALIZACIÓN ECONÓMICA DE LA POLÍTICA DE VIVIENDA LEGADO: crédito oficial para subvencionar la construcción de pisos de alquiler tasado; sustitución de ruinas por edificaciones de nueva planta; exenciones fiscales a promotores y constructores para aumentar las inversiones en el mercado inmobiliario y así aumentar la oferta de empleo.
6. José Antonio GIRÓN DE VELASCO Ministro de Trabajo José Luis ARRESE Ministro de Vivienda LAS LEYES DE VIVIENDA DEL FRANQUISMO: LA PRODUCCIÓN PÚBLICA Y LA CONSOLIDACIÓN DEL FOMENTO DE LA CONSTRUCCIÓN PRIVADA DE VIVIENDA PROTEGIDA LEGADO: creación de Administraciones específicas: Ministerio de Vivienda, INV, OSHA, Patronatos; Adquisición y transformación de suelo para la promoción pública de vivienda; Calificación temporal de las viviendas protegidas; Exenciones fiscales a promotores y constructores.
10. RECUPERACIÓN DEL MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y REORIENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE VIVIENDA… … PERO IMPACTO DE LA DESCENTRALIZACIÓN COMPETENCIAL El Estado ejerce competencias de “política económica” aunque las competencias de “vivienda” son de las CCAA
14. “MAPA CIENTÍFICO” DEL DERECHO DE LA VIVIENDA Carlos Sambricio Historia José Luis Villar Ezcurra Felipe Iglesias González Julio Rodríguez Economía JuliPonce Solé Fernando López Ramón, coordinador del libro “Construyendo el Derecho a la vivienda, Marcial Pons, Madrid, 2010. María Castrillo Romón Arquitectura (derecho administrativo) Miguel Beltrán de Felipe
15. Universidad de Zaragoza Grupo consolidado de investigación José Luis BERMEJO LATREhttp://www.unizar.es/berlatreberlatre@unizar.es