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Contratos de suministro y
mantenimiento de la luz.
Tipología de tarifas. El PVPC.
La factura de la luz.
Conceptos facturables
Miguel Ángel Anaya Peláez
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Madrid, 5 de junio 2014
Cuestiones físicas del suministro de electricidad
suministro en España
 El Sector eléctrico, segmentos:
2
GENERACIÓN TRANSPORTE DISTRIBUCIÓN SUMINISTRO
Liberalizado LiberalizadoRegulado Regulado
1998-2003: Liberalización progresiva de los consumidores
2008: Fin de las tarifas de alta tensión
Se mantienen las tarifas reguladas en baja tensión para los consumidores
1 julio 2009: Aparece la Tarifa de Último Recurso (TUR) para consumidores P<10 kW
1 enero 2014: Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC)
 Contratación de la potencia
 Contratación de suministro
 Tipología de tarifas
 La factura de la luz
3
La contratación de la potencia
 La primera decisión y más importante es la
contratación de la potencia
 Se elige de un menú
 Depende de si el suministro es monofásico o
trifásico
 Depende del número de aparatos que queramos
conectar simultáneamente
 ¡La elige el consumidor!
4
La contratación de la potencia
5
La contratación de la potencia
• Sin embargo la potencia que se debe facturar, si
nos han ajustado la potencia a las potencias
normalizadas, ha de multiplicarse por: 0,956522
• La potencia a facturar sería:
1. 3,3 x el precio
2. 3,45 x 0,956522 x el precio
6
La contratación del suministro
 Opciones del consumidor:
1) Suministro regulado
El servicio técnico recae en el Distribuidor y el comercial en el
Comercializador de Ultimo Recurso
Estructura de precios y condiciones reguladas, según tarifas de
último recurso aprobadas por la Administración
Existe una autoridad donde reclamar (Comunidad autónoma)
La zona y la red de distribución condicionan una determinada calidad
del suministro.
El responsable es el distribuidor
7
Opciones del consumidor
2) Suministro a mercado liberalizado
El servicio comercial lo presta el comercializador
El servicio técnico, el DISTRIBUIDOR
Los precios y las condiciones son libres
Tienen que figurar en el contrato
El comercializador puede ofrecer otros servicios
Las discrepancias se dirimen en los tribunales
Se mantiene la misma calidad del suministro
El responsable es el distribuidor
8
Opciones del consumidor
El paso al mercado. Condiciones y plazos
Tener instalado el contador e ICP reglamentarios.
Tener firmado un contrato con un comercializador.
Si no es preciso realizar actuación sobre las
instalaciones:
9
Opciones del consumidor
Si la facturación es bimestral se puede elegir entre 15 días después de
la solicitud o cuando se realice la lectura. Se comunica directamente al
comercializador.
Si la facturación es mensual el paso al mercado se realiza cuando
corresponda según el ciclo de lectura
Si es preciso realizar actuaciones, el paso se produce cuando se
realicen las mismas (en los plazos establecidos normalmente 5 días)
Estos plazos se aplican para el cambio de comercializador
10
Opciones del consumidor
OPCIONES DEL CONSUMIDOR CON POTENCIA CONTRATADA < 10 kW
o Contratar el suministro de manera regulada
 Al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (Antes Tarifa de Último
Recurso. TUR)
 Al precio fijo anual ofrecido por los Comercializadores de Referencia
 Contratar el suministro en Mercado Libre
 Con una empresa comercializadora a un precio y condiciones libres.
 Si no hizo ninguna gestión el 1 julio 2009, ni ahora, su suministro eléctrico
ha de estar en el sistema regulado, siendo suministrado por la empresa
(COR grupo distribuidora), que desde entonces le envía las facturas y
gestiona los cobros por el suministro de energía.
11
Opciones del consumidor
o OPCIONES DEL CONSUMIDOR SUMINISTRO A PVPC
 Todo el suministro se contrata a un precio: “LA TARIFA” aprobado por el
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Desde el 1 de enero de 2014 se
denomina Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC)
 Se contratará con un COMERCIALIZADOR DE REFERENCIA ( antes CUR):
• ENDESA ENERGÍA XXI, S.L.U.
• IBERDROLA COMERCIALIZACIÓN DE ÚLTIMO RECURSO, S.A.U.
• GAS NATURAL S.U.R. SDG, S.A.
• EDP COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO, S.A.
• E.ON COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO, S.L.
12
Opciones del consumidor
 Si se era consumidor a tarifa con anterioridad a julio de 2009: No es preciso que el
consumidor realice ningún trámite.
 Contratar el suministro con una empresa comercializadora a un precio libremente
pactado.
 Si no contratase, su suministro pasa automáticamente a ser asumido por la CUR
(mismo grupo distribuidor), facturándole de la manera vista antes . Sus datos son
transferidos a la empresa de último recurso para continuar con el servicio.
13
OPCIONES DEL CONSUMIDOR SIN
DERECHO TUR
 OPCIONES DEL CONSUMIDOR CON POTENCIA CONTRATADA > 10 Kw
 El CUR perteneciente al grupo empresarial propietario de la red en una
zona de distribución deberá atender el suministro de aquellos
consumidores que, sin tener derecho a acogerse a la TUR, transitoriamente
carezcan de un contrato de suministro en vigor con un comercializador y
continúen consumiendo electricidad.
 En el caso de que el consumidor pertenezca a una zona de distribución
donde no exista comercializador de último recurso perteneciente al grupo
empresarial propietario de la red, el comercializador de último recurso será
el perteneciente al grupo empresarial propietario de la red al que esté
conectada su zona de distribución.
 No existe obligación cuando el contrato de suministro o de acceso previo
hubiera sido rescindido por impago.
14
EL CONTRATO DE ACCESO
 El contrato de acceso I
 Es de duración anual prorrogándose tácitamente por periodos idénticos
 Regula las relaciones entre el consumidor y el distribuidor
 Son las condiciones por el uso de la red del distribuidor
 Su coste está establecido mediante una tarifa fijada por el Ministro de Industria
 Se puede formalizar directamente con el distribuidor
 Se puede delegar en el comercializador para que contrate en nuestro nombre
 En este último caso el comercializador actúa como mandatario del consumidor
 En cualquier caso el titular del contrato es el consumidor
 El contrato de suministro con un comercializador deberá formalizarse por escrito
 En él deberá incluirse una autorización para que el comercializador pueda actuar
como mandatario del consumidor y contratar con el distribuidor la tarifa de acceso
15
EL CONTRATO DE ACCESO
 El contrato de acceso II
 Tendrá claramente especificado:
 Identidad y dirección de la empresa distribuidora
 CUPS, nº de póliza de acceso y potencias contratadas
 Tarifa aplicable y BOE. Se actualiza con la facturación
 Nivel mínimo de calidad, repercusiones por incumplimiento
 Las condiciones incluidas se ajustarán a lo establecido para los
contratos con consumidores
 Deberán comunicarse antes de la suscripción, bien se realice
directamente o a través de terceros
16
EL CONTRATO DE SUMINISTRO
 El contrato de suministro I
 Debe formalizarse por escrito
 Su duración máxima es de un año, pudiéndose prorrogar tácitamente por periodos
anuales
 Las prorrogas pueden ser rescindidas, por el consumidor, con un preaviso de 15
días, sin penalización
 Si se ha contratado algún servicio, también hay que rescindirlo por separado
 Si se rescinde el contrato en el primer año, por causa del consumidor, la penalización
no podrá exceder del 5% del valor de la energía no suministrada
 Tendrá claramente especificado:
 Identidad y dirección de la empresa suministradora
 Duración del contrato, condiciones de renovación y rescisión
 CUPS, nº de póliza de acceso y potencias contratadas
 Información sobre precios aplicables. Se actualizan con la facturación
17
EL CONTRATO DE SUMINISTRO
 El contrato de suministro II
 El nivel de calidad mínimo exigible y las repercusiones en la facturación
que correspondan por los incumplimientos
 Los plazos para la conexión inicial
 Otros servicios prestados
 Las penalizaciones por rescisión anticipada
 Diferenciación entre los precios y condiciones del contrato y su plazo de
vigencia y los de carácter promocional
 Condiciones del contrato: deberán adecuarse a la legislación de
consumo y comunicarse antes de la suscripción del mismo
 Avisos: Se deberá avisar a los consumidores de cualquier modificación
de las condiciones del contrato e informados de su derecho a resolverlo
sin penalización, cuando reciban el aviso
18
TIPOLOGÍA DE TARIFAS
 SUMINISTRO A PVPC
 Es una tarifa con tres términos, en vigor desde 1 de abril de 2014
 Término de potencia: TPU = TPA + MCF
 Donde: TPU: Término de potencia del PVPC. TPA: Término de potencia del peaje de acceso y
cargos de aplicación al suministro, expresado en euros/kW y año.
 TPA: Término de potencia del peaje de acceso y cargos de aplicación al suministro,
expresado en euros/kW y año. 38,043426 €/KW año
 MCF: Margen de comercialización, expresado en euros/kW y año que lo fija el Ministro
de Industria, Energía y Turismo. 4 €/KW año
 En la actualidad 42,043426 €/KW año
 Término de energía: TEUp = TEAp
 Donde: TEUp: Término de energía del PVPC en el periodo tarifario p. TEAp: Término de
energía del peaje de acceso y cargos en el periodo tarifario p.
 Término de coste horario de energía: TCUh = (1 + PERDh) × CPh.
 Donde: TCUh : Término de coste horario de energía del PVPC en cada hora. PERDh:
Coeficiente de pérdidas del peaje de acceso de aplicación al suministro en la hora h. CPh: Coste
de producción de la energía suministrada en cada hora
 Término de facturación de energía ∑﴾(Ep*TEUp) + ∑ (Eph* TCUh))
 www.esios.ree.es/web-publica/pvpc/
19
TIPOLOGÍA DE TARIFAS
 SUMINISTRO A PVPC
 El sistema de calculo de PVPC es de aplicación también a los suministros
facturados desde 1 de enero de 2014.
 La CNMC ha calculado la diferencia entre lo facturado en el primer
trimestre de 2014 y el PVC que debieron facturar.
 Por Resolución de 14 de mayo de 2014 de la DGPEyM esa diferencia, a
favor del consumidor, se establece en 23,75 €/MWh para tarifa plana y
23,91 €/MWh para el periodo 1, y 23,06 €/MWh para el periodo 2 de las
tarifas con discriminación horária.
 La cantidad a devolver es: KWh facturados 1º Trimestre * 0,02375 €/KWh
 Lo tienen que devolver en la primera factura posterior a que adapten sus
sistemas de facturación. Fecha límite de adaptación sistemas: 01/07/2014
 Misma fecha para corregir las facturas emitidas desde 01/04/2014 en las
que no hayan aplicado el PVPC, así como para devolver los excesos.
20
TIPOLOGÍA DE TARIFAS
 SUMINISTRO A PRECIO FIJO ANUAL
 Están obligadas a ofrecerlo las Comercializadoras de
Referencia (antes CUR)
 Tienen que recoger de manera diferenciada:
 Los precios de los peajes.
 El precio por el resto de costes, que será fijo durante un año.
 Comercializadora Término Potencia Precio fijo energía T. Energía
 EDP CUR, S.A. 38,043426 €/KW año 0,072732 €/KWh 0,138280 €/KWh
 IBERDROLA CUR, S.A.U. 38,043426 €/KW año 0,074843 €/KWh 0,140686 €/KWh
 E.ON CUR, S.L. 38,043426 €/KW año 0,079006 €/KWh 0,145432 €/KWh
 GN S.U.R. SDG, S.A. 38,043426 €/KW año 0,079943 €/KWh 0,146500 €/KWh
 ENDESA E. XXI, S.L.U 38,043426 €/KW año 0,081034 €/KWh 0,147743 €/KWh
21
TIPOLOGÍA DE TARIFAS
 SUMINISTRO A TARIFA DE ÚLTIMO RECURSO
TARIFAS PARA BONO SOCIAL
Se factura al PVPC y se hace un descuento del 25%
SUMINISTRO A CONSUMIDORES DE MÁS DE 10 KW
Se factura el peaje que les corresponde incrementado en el 20%
El resto de costes son los del PVPC incrementados en el 20%
22
TIPOLOGÍA DE TARIFAS
 TARIFAS CON DISCRIMINACIÓN HORARIA
23
¿Cómo son las tarifas con discriminación horaria (DH)?
Las tarifas de peajes con discriminación horaria tiene precios
diferenciados según la hora del día:
•Precio en horas punta: 0,062012 € / KWh
•Precio en horas valle: 0,002215 € / KWh
¿Qué diferencias hay con la antigua tarifa nocturna?
Se ha ampliado el total de horas valle de 8 a 14 h, añadiendo 5 horas
por la mañana y 1 hora al final de la jornada. Esto permite utilizar
electrodomésticos como la lavadora o lavavajillas fuera de las horas de
sueño, evitando molestias y ruidos.
A cambio, se incrementa el término de potencia (hay que contratar
toda la potencia) antes sólo la de las horas punta.
¿Cómo les afecta a los que tenían la antigua tarifa nocturna?
Se aplica la nueva discriminación horaria de forma automática a partir
del 1 de julio 2009.
Precio de la energía
con discriminación horaria
-95%
10h punta
14h valle
Periodos horarios Tarifa Supervalle
P1 P2 P3
0-1
7 - 13
23-24
13 - 23 1 - 7
LA FACTURA DE LA LUZ
 LA FACTURA DE LA LUZ Y SUS COMPONENTES
Información incluida en la factura
Anverso de la primera hoja
a) Logotipo, nombre, CIF y domicilio social del COR
b) Datos de la factura: importe total, núm. factura, periodo facturado,
fecha de cargo en banco o fecha límite de pago
c) Resumen de la factura con los conceptos del Anexo
d) Nombre y dirección, para comunicaciones, del titular del suministro
e) Información del consumo
f) Datos del contrato
 Referencia a la fuente en la que se publica la información sobre
impacto medioambiental, al menos de emisiones de CO2 y
residuos radiactivos
24
LA FACTURA DE LA LUZ
25
LA FACTURA DE LA LUZ
 LA FACTURA DE LA LUZ Y SUS COMPONENTES
Información incluida en la factura
Reverso de la primera hoja
g) Destino del importe de la factura
 Costes regulados
 Costes de producción y margen comercial
 Impuestos
h) Detalle de la factura
26
LA FACTURA DE LA LUZ
 LA FACTURA DE LA LUZ Y SUS COMPONENTES
Información incluida en la factura
Reverso de la primera hoja
g) Destino del importe de la factura
 Costes regulados
 Costes de producción y margen comercial
 Impuestos
h) Detalle de la factura
27
LA FACTURA DE LA LUZ
 LA FACTURA DE LA LUZ Y SUS COMPONENTES
Información incluida en la factura
Anverso de la segunda hoja
i) Información para el consumidor
Ver anexo
j) Información sobre el origen e impacto ambiental de la electricidad
consumid
Ver anexo
28
LA FACTURA DE LA LUZ
 LA FACTURA DE LA LUZ Y SUS COMPONENTES
Información incluida en la factura
Reverso de la primera hoja
g) Destino del importe de la factura
 Costes regulados
 Costes de producción y margen comercial
 Impuestos
h) Detalle de la factura
29
LA FACTURA DE LA LUZ
PERIODICIDAD. FORMAS DE PAGO
 Desde abril 2013:
La lectura y facturación será bimestral con lecturas reales
Si el equipo de medida tiene tele gestión: lectura mensual y facturación mensual.
Si el consumidor acuerda con el comercializador y distribuidor le seguirán facturando cada dos
meses.
 Formas de pago:
Domiciliación bancaria
En la cuenta que indique la empresa comercializadora
En las oficinas de cobro de la empresa comercializadora o en quién delegue
Suelen admitir el pago con tarjeta de crédito
Se puede pagar una cantidad fija al mes, en base al histórico y regularizar al año.
Tanto en mercado libre como en tarifa
El comercializador tiene que estar de acuerdo
Si no se puede leer, el distribuidor dejará un nº de telf. para facilitar la lectura, si el consumidor
no la facilita, la factura se hará por estimación.
30
LA FACTURA DE LA LUZ
 ESTIMACIONES DE LOS CONSUMOS:
31
En el periodo comprendido entre
dos lecturas, la facturación con
base en consumos estimados, se
establecerá por el procedimiento
siguiente
TÉRMINO DE POTENCIA Y ALQUILER
DE EQUIPOS DE MEDIDA: Será el que
corresponda a cada suministro
TÉRMINO DE ENERGÍA: Se
facturará como consumo estimado
el equivalente a la facturación por
este concepto en el mismo periodo
del año anterior
El consumo estimado se calculará tomando el consumo real del mismo periodo del año
anterior dividido por el número de días del mismo y multiplicado por el número de días
que comprenda la facturación. A este consumo estimado se aplicarán las tarifas vigentes
LEGISLACIÓN APLICABLE
REALES DECRETOS
1955/2000, de 1 de diciembre
1164/2001, de 26 de octubre
1435/2002, de 27 de diciembre
1454/2005, de 2 de diciembre
1718/2012, de 28 de diciembre
32
LEGISLACIÓN APLICABLE
 Pueden contactar con la CNMC a través de :
Tfno. : 91- 4329600
Fax : 91- 5776218
E-mail : consumidoresenergia@cnmc.es
 Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Área de consumidores
C/ Alcalá, 47- 28014 - Madrid.
 Pueden consultar la Pagina WEB de la CNMC - www.cnmc.es
 Especialmente : Consumidores de Energía
33
Gracias por su asistencia.

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  • 1. Contratos de suministro y mantenimiento de la luz. Tipología de tarifas. El PVPC. La factura de la luz. Conceptos facturables Miguel Ángel Anaya Peláez Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia Madrid, 5 de junio 2014
  • 2. Cuestiones físicas del suministro de electricidad suministro en España  El Sector eléctrico, segmentos: 2 GENERACIÓN TRANSPORTE DISTRIBUCIÓN SUMINISTRO Liberalizado LiberalizadoRegulado Regulado 1998-2003: Liberalización progresiva de los consumidores 2008: Fin de las tarifas de alta tensión Se mantienen las tarifas reguladas en baja tensión para los consumidores 1 julio 2009: Aparece la Tarifa de Último Recurso (TUR) para consumidores P<10 kW 1 enero 2014: Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC)
  • 3.  Contratación de la potencia  Contratación de suministro  Tipología de tarifas  La factura de la luz 3
  • 4. La contratación de la potencia  La primera decisión y más importante es la contratación de la potencia  Se elige de un menú  Depende de si el suministro es monofásico o trifásico  Depende del número de aparatos que queramos conectar simultáneamente  ¡La elige el consumidor! 4
  • 5. La contratación de la potencia 5
  • 6. La contratación de la potencia • Sin embargo la potencia que se debe facturar, si nos han ajustado la potencia a las potencias normalizadas, ha de multiplicarse por: 0,956522 • La potencia a facturar sería: 1. 3,3 x el precio 2. 3,45 x 0,956522 x el precio 6
  • 7. La contratación del suministro  Opciones del consumidor: 1) Suministro regulado El servicio técnico recae en el Distribuidor y el comercial en el Comercializador de Ultimo Recurso Estructura de precios y condiciones reguladas, según tarifas de último recurso aprobadas por la Administración Existe una autoridad donde reclamar (Comunidad autónoma) La zona y la red de distribución condicionan una determinada calidad del suministro. El responsable es el distribuidor 7
  • 8. Opciones del consumidor 2) Suministro a mercado liberalizado El servicio comercial lo presta el comercializador El servicio técnico, el DISTRIBUIDOR Los precios y las condiciones son libres Tienen que figurar en el contrato El comercializador puede ofrecer otros servicios Las discrepancias se dirimen en los tribunales Se mantiene la misma calidad del suministro El responsable es el distribuidor 8
  • 9. Opciones del consumidor El paso al mercado. Condiciones y plazos Tener instalado el contador e ICP reglamentarios. Tener firmado un contrato con un comercializador. Si no es preciso realizar actuación sobre las instalaciones: 9
  • 10. Opciones del consumidor Si la facturación es bimestral se puede elegir entre 15 días después de la solicitud o cuando se realice la lectura. Se comunica directamente al comercializador. Si la facturación es mensual el paso al mercado se realiza cuando corresponda según el ciclo de lectura Si es preciso realizar actuaciones, el paso se produce cuando se realicen las mismas (en los plazos establecidos normalmente 5 días) Estos plazos se aplican para el cambio de comercializador 10
  • 11. Opciones del consumidor OPCIONES DEL CONSUMIDOR CON POTENCIA CONTRATADA < 10 kW o Contratar el suministro de manera regulada  Al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (Antes Tarifa de Último Recurso. TUR)  Al precio fijo anual ofrecido por los Comercializadores de Referencia  Contratar el suministro en Mercado Libre  Con una empresa comercializadora a un precio y condiciones libres.  Si no hizo ninguna gestión el 1 julio 2009, ni ahora, su suministro eléctrico ha de estar en el sistema regulado, siendo suministrado por la empresa (COR grupo distribuidora), que desde entonces le envía las facturas y gestiona los cobros por el suministro de energía. 11
  • 12. Opciones del consumidor o OPCIONES DEL CONSUMIDOR SUMINISTRO A PVPC  Todo el suministro se contrata a un precio: “LA TARIFA” aprobado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Desde el 1 de enero de 2014 se denomina Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC)  Se contratará con un COMERCIALIZADOR DE REFERENCIA ( antes CUR): • ENDESA ENERGÍA XXI, S.L.U. • IBERDROLA COMERCIALIZACIÓN DE ÚLTIMO RECURSO, S.A.U. • GAS NATURAL S.U.R. SDG, S.A. • EDP COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO, S.A. • E.ON COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO, S.L. 12
  • 13. Opciones del consumidor  Si se era consumidor a tarifa con anterioridad a julio de 2009: No es preciso que el consumidor realice ningún trámite.  Contratar el suministro con una empresa comercializadora a un precio libremente pactado.  Si no contratase, su suministro pasa automáticamente a ser asumido por la CUR (mismo grupo distribuidor), facturándole de la manera vista antes . Sus datos son transferidos a la empresa de último recurso para continuar con el servicio. 13
  • 14. OPCIONES DEL CONSUMIDOR SIN DERECHO TUR  OPCIONES DEL CONSUMIDOR CON POTENCIA CONTRATADA > 10 Kw  El CUR perteneciente al grupo empresarial propietario de la red en una zona de distribución deberá atender el suministro de aquellos consumidores que, sin tener derecho a acogerse a la TUR, transitoriamente carezcan de un contrato de suministro en vigor con un comercializador y continúen consumiendo electricidad.  En el caso de que el consumidor pertenezca a una zona de distribución donde no exista comercializador de último recurso perteneciente al grupo empresarial propietario de la red, el comercializador de último recurso será el perteneciente al grupo empresarial propietario de la red al que esté conectada su zona de distribución.  No existe obligación cuando el contrato de suministro o de acceso previo hubiera sido rescindido por impago. 14
  • 15. EL CONTRATO DE ACCESO  El contrato de acceso I  Es de duración anual prorrogándose tácitamente por periodos idénticos  Regula las relaciones entre el consumidor y el distribuidor  Son las condiciones por el uso de la red del distribuidor  Su coste está establecido mediante una tarifa fijada por el Ministro de Industria  Se puede formalizar directamente con el distribuidor  Se puede delegar en el comercializador para que contrate en nuestro nombre  En este último caso el comercializador actúa como mandatario del consumidor  En cualquier caso el titular del contrato es el consumidor  El contrato de suministro con un comercializador deberá formalizarse por escrito  En él deberá incluirse una autorización para que el comercializador pueda actuar como mandatario del consumidor y contratar con el distribuidor la tarifa de acceso 15
  • 16. EL CONTRATO DE ACCESO  El contrato de acceso II  Tendrá claramente especificado:  Identidad y dirección de la empresa distribuidora  CUPS, nº de póliza de acceso y potencias contratadas  Tarifa aplicable y BOE. Se actualiza con la facturación  Nivel mínimo de calidad, repercusiones por incumplimiento  Las condiciones incluidas se ajustarán a lo establecido para los contratos con consumidores  Deberán comunicarse antes de la suscripción, bien se realice directamente o a través de terceros 16
  • 17. EL CONTRATO DE SUMINISTRO  El contrato de suministro I  Debe formalizarse por escrito  Su duración máxima es de un año, pudiéndose prorrogar tácitamente por periodos anuales  Las prorrogas pueden ser rescindidas, por el consumidor, con un preaviso de 15 días, sin penalización  Si se ha contratado algún servicio, también hay que rescindirlo por separado  Si se rescinde el contrato en el primer año, por causa del consumidor, la penalización no podrá exceder del 5% del valor de la energía no suministrada  Tendrá claramente especificado:  Identidad y dirección de la empresa suministradora  Duración del contrato, condiciones de renovación y rescisión  CUPS, nº de póliza de acceso y potencias contratadas  Información sobre precios aplicables. Se actualizan con la facturación 17
  • 18. EL CONTRATO DE SUMINISTRO  El contrato de suministro II  El nivel de calidad mínimo exigible y las repercusiones en la facturación que correspondan por los incumplimientos  Los plazos para la conexión inicial  Otros servicios prestados  Las penalizaciones por rescisión anticipada  Diferenciación entre los precios y condiciones del contrato y su plazo de vigencia y los de carácter promocional  Condiciones del contrato: deberán adecuarse a la legislación de consumo y comunicarse antes de la suscripción del mismo  Avisos: Se deberá avisar a los consumidores de cualquier modificación de las condiciones del contrato e informados de su derecho a resolverlo sin penalización, cuando reciban el aviso 18
  • 19. TIPOLOGÍA DE TARIFAS  SUMINISTRO A PVPC  Es una tarifa con tres términos, en vigor desde 1 de abril de 2014  Término de potencia: TPU = TPA + MCF  Donde: TPU: Término de potencia del PVPC. TPA: Término de potencia del peaje de acceso y cargos de aplicación al suministro, expresado en euros/kW y año.  TPA: Término de potencia del peaje de acceso y cargos de aplicación al suministro, expresado en euros/kW y año. 38,043426 €/KW año  MCF: Margen de comercialización, expresado en euros/kW y año que lo fija el Ministro de Industria, Energía y Turismo. 4 €/KW año  En la actualidad 42,043426 €/KW año  Término de energía: TEUp = TEAp  Donde: TEUp: Término de energía del PVPC en el periodo tarifario p. TEAp: Término de energía del peaje de acceso y cargos en el periodo tarifario p.  Término de coste horario de energía: TCUh = (1 + PERDh) × CPh.  Donde: TCUh : Término de coste horario de energía del PVPC en cada hora. PERDh: Coeficiente de pérdidas del peaje de acceso de aplicación al suministro en la hora h. CPh: Coste de producción de la energía suministrada en cada hora  Término de facturación de energía ∑﴾(Ep*TEUp) + ∑ (Eph* TCUh))  www.esios.ree.es/web-publica/pvpc/ 19
  • 20. TIPOLOGÍA DE TARIFAS  SUMINISTRO A PVPC  El sistema de calculo de PVPC es de aplicación también a los suministros facturados desde 1 de enero de 2014.  La CNMC ha calculado la diferencia entre lo facturado en el primer trimestre de 2014 y el PVC que debieron facturar.  Por Resolución de 14 de mayo de 2014 de la DGPEyM esa diferencia, a favor del consumidor, se establece en 23,75 €/MWh para tarifa plana y 23,91 €/MWh para el periodo 1, y 23,06 €/MWh para el periodo 2 de las tarifas con discriminación horária.  La cantidad a devolver es: KWh facturados 1º Trimestre * 0,02375 €/KWh  Lo tienen que devolver en la primera factura posterior a que adapten sus sistemas de facturación. Fecha límite de adaptación sistemas: 01/07/2014  Misma fecha para corregir las facturas emitidas desde 01/04/2014 en las que no hayan aplicado el PVPC, así como para devolver los excesos. 20
  • 21. TIPOLOGÍA DE TARIFAS  SUMINISTRO A PRECIO FIJO ANUAL  Están obligadas a ofrecerlo las Comercializadoras de Referencia (antes CUR)  Tienen que recoger de manera diferenciada:  Los precios de los peajes.  El precio por el resto de costes, que será fijo durante un año.  Comercializadora Término Potencia Precio fijo energía T. Energía  EDP CUR, S.A. 38,043426 €/KW año 0,072732 €/KWh 0,138280 €/KWh  IBERDROLA CUR, S.A.U. 38,043426 €/KW año 0,074843 €/KWh 0,140686 €/KWh  E.ON CUR, S.L. 38,043426 €/KW año 0,079006 €/KWh 0,145432 €/KWh  GN S.U.R. SDG, S.A. 38,043426 €/KW año 0,079943 €/KWh 0,146500 €/KWh  ENDESA E. XXI, S.L.U 38,043426 €/KW año 0,081034 €/KWh 0,147743 €/KWh 21
  • 22. TIPOLOGÍA DE TARIFAS  SUMINISTRO A TARIFA DE ÚLTIMO RECURSO TARIFAS PARA BONO SOCIAL Se factura al PVPC y se hace un descuento del 25% SUMINISTRO A CONSUMIDORES DE MÁS DE 10 KW Se factura el peaje que les corresponde incrementado en el 20% El resto de costes son los del PVPC incrementados en el 20% 22
  • 23. TIPOLOGÍA DE TARIFAS  TARIFAS CON DISCRIMINACIÓN HORARIA 23 ¿Cómo son las tarifas con discriminación horaria (DH)? Las tarifas de peajes con discriminación horaria tiene precios diferenciados según la hora del día: •Precio en horas punta: 0,062012 € / KWh •Precio en horas valle: 0,002215 € / KWh ¿Qué diferencias hay con la antigua tarifa nocturna? Se ha ampliado el total de horas valle de 8 a 14 h, añadiendo 5 horas por la mañana y 1 hora al final de la jornada. Esto permite utilizar electrodomésticos como la lavadora o lavavajillas fuera de las horas de sueño, evitando molestias y ruidos. A cambio, se incrementa el término de potencia (hay que contratar toda la potencia) antes sólo la de las horas punta. ¿Cómo les afecta a los que tenían la antigua tarifa nocturna? Se aplica la nueva discriminación horaria de forma automática a partir del 1 de julio 2009. Precio de la energía con discriminación horaria -95% 10h punta 14h valle Periodos horarios Tarifa Supervalle P1 P2 P3 0-1 7 - 13 23-24 13 - 23 1 - 7
  • 24. LA FACTURA DE LA LUZ  LA FACTURA DE LA LUZ Y SUS COMPONENTES Información incluida en la factura Anverso de la primera hoja a) Logotipo, nombre, CIF y domicilio social del COR b) Datos de la factura: importe total, núm. factura, periodo facturado, fecha de cargo en banco o fecha límite de pago c) Resumen de la factura con los conceptos del Anexo d) Nombre y dirección, para comunicaciones, del titular del suministro e) Información del consumo f) Datos del contrato  Referencia a la fuente en la que se publica la información sobre impacto medioambiental, al menos de emisiones de CO2 y residuos radiactivos 24
  • 25. LA FACTURA DE LA LUZ 25
  • 26. LA FACTURA DE LA LUZ  LA FACTURA DE LA LUZ Y SUS COMPONENTES Información incluida en la factura Reverso de la primera hoja g) Destino del importe de la factura  Costes regulados  Costes de producción y margen comercial  Impuestos h) Detalle de la factura 26
  • 27. LA FACTURA DE LA LUZ  LA FACTURA DE LA LUZ Y SUS COMPONENTES Información incluida en la factura Reverso de la primera hoja g) Destino del importe de la factura  Costes regulados  Costes de producción y margen comercial  Impuestos h) Detalle de la factura 27
  • 28. LA FACTURA DE LA LUZ  LA FACTURA DE LA LUZ Y SUS COMPONENTES Información incluida en la factura Anverso de la segunda hoja i) Información para el consumidor Ver anexo j) Información sobre el origen e impacto ambiental de la electricidad consumid Ver anexo 28
  • 29. LA FACTURA DE LA LUZ  LA FACTURA DE LA LUZ Y SUS COMPONENTES Información incluida en la factura Reverso de la primera hoja g) Destino del importe de la factura  Costes regulados  Costes de producción y margen comercial  Impuestos h) Detalle de la factura 29
  • 30. LA FACTURA DE LA LUZ PERIODICIDAD. FORMAS DE PAGO  Desde abril 2013: La lectura y facturación será bimestral con lecturas reales Si el equipo de medida tiene tele gestión: lectura mensual y facturación mensual. Si el consumidor acuerda con el comercializador y distribuidor le seguirán facturando cada dos meses.  Formas de pago: Domiciliación bancaria En la cuenta que indique la empresa comercializadora En las oficinas de cobro de la empresa comercializadora o en quién delegue Suelen admitir el pago con tarjeta de crédito Se puede pagar una cantidad fija al mes, en base al histórico y regularizar al año. Tanto en mercado libre como en tarifa El comercializador tiene que estar de acuerdo Si no se puede leer, el distribuidor dejará un nº de telf. para facilitar la lectura, si el consumidor no la facilita, la factura se hará por estimación. 30
  • 31. LA FACTURA DE LA LUZ  ESTIMACIONES DE LOS CONSUMOS: 31 En el periodo comprendido entre dos lecturas, la facturación con base en consumos estimados, se establecerá por el procedimiento siguiente TÉRMINO DE POTENCIA Y ALQUILER DE EQUIPOS DE MEDIDA: Será el que corresponda a cada suministro TÉRMINO DE ENERGÍA: Se facturará como consumo estimado el equivalente a la facturación por este concepto en el mismo periodo del año anterior El consumo estimado se calculará tomando el consumo real del mismo periodo del año anterior dividido por el número de días del mismo y multiplicado por el número de días que comprenda la facturación. A este consumo estimado se aplicarán las tarifas vigentes
  • 32. LEGISLACIÓN APLICABLE REALES DECRETOS 1955/2000, de 1 de diciembre 1164/2001, de 26 de octubre 1435/2002, de 27 de diciembre 1454/2005, de 2 de diciembre 1718/2012, de 28 de diciembre 32
  • 33. LEGISLACIÓN APLICABLE  Pueden contactar con la CNMC a través de : Tfno. : 91- 4329600 Fax : 91- 5776218 E-mail : consumidoresenergia@cnmc.es  Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia Área de consumidores C/ Alcalá, 47- 28014 - Madrid.  Pueden consultar la Pagina WEB de la CNMC - www.cnmc.es  Especialmente : Consumidores de Energía 33
  • 34. Gracias por su asistencia.