2.
( U L T I M A R E V I S I Ó N )
T É R M I N O S C O M E R C I A L E S E N L A C O N T R AT É R M I N O S C O M E R C I A L E S E N L A C O N T R A
T A C I Ó N I N T E R N A C I O N A LT A C I Ó N I N T E R N A C I O N A L
Octubre, 2011 Lic. Ysa Pérez
J-00239014-0
J-00157741-6
3. Se definen como las reglas internacionales para la interpretación de los
términos comerciales usados en la compra-venta de bienes tangibles.
Son fijados por la Cámara de Comercio Internacional (CCI), organismo
internacional de carácter privado, constituido en 1919 y con sede en
Paris.
Desde 1936 la CCI se ha encargado de la elaboración y actualización
de estos términos, conforme a los cambios y evolución que ha tenido el
Comercio Internacional. Actualmente están en vigor los INCOTERMS
2010.
Los primeros Incoterms fueron publicados en 1936 y posteriormente en
1953, 1967, 1976, 1980, 1990, 2000 y 2010 fueron modificados.
Ahora existe un total de 11 INCOTERMS divididos en dos grupos, a
saber:
GRUPO 1: (7 INCOTERMS)
GRUPO 2: (4 INCOTERMS)
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4. J-00239014-0
J-00157741-6
Los INCOTERMS “NO” regulan la forma de pago del comprador, solo
describen:
tareas.
gastos.
riesgos.
que asume cada una de las partes involucradas en la compra-
venta.
Los INCOTERMS regulan 4 aspectos básicos del contrato compra-
venta:
1. la entrega de la mercancía.
2. la transmisión de los riesgos.
3. la distribución de los gastos.
4. los trámites de los documentos aduaneros.
¿Qué regulan?
5. DIVISION POR GRUPO
Grupo 1 Multimodales
EXW En fábrica
FCA Franco transportista
CPT Transporte pagado hasta
CIP Transporte y Seguro pagados hasta
DAT Entrega en Terminal
DAP Entrega en Lugar
DDP Entrega con Derechos de Aduana
pagados
Grupo 2 Solo Marítimo / Vías Navegables
Interiores
FAS Franco al Costado del Buque
FOB Franco a Bordo
CFR Costo y Flete
CIF Costo, Seguro y Flete
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6. GRUPO INCOTERMS PARTICULARIDAD
TIPO DE
VENTA
GRUPO 1 EXW MERCANCIA DE
SALIDA
EN ORIGEN
GRUPO 1
GRUPO 2
GRUPO 2
FCA
FAS
FOB
SIN PAGO DE
TRANSPORTE
PRINCIPAL
EN ORIGEN
EN ORIGEN
EN ORIGEN
GRUPO 2
GRUPO 2
GRUPO 1
GRUPO 1
CFR
CIF
CPT
CIP
CON PAGO DE
TRANSPORTE
PRINCIPAL
EN ORIGEN
EN ORIGEN
EN ORIGEN
EN ORIGEN
GRUPO 1
GRUPO 1
GRUPO 1
DAT
DAP
DDP
MERCANCIA DE
LLEGADA
EN DESTINO
EN DESTINO
EN DESTINO
DIVISION POR GRUPO
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7. DIVISION POR GRUPO
GRUPO 1 (MULTIMODALES)
EXW
FCA
CPT
CIP
DAT
DAP
DDP
ANTES DAF, DES, DEQ Y DDU
Uso en containers
GRUPO 2 (SOLO MARITIMOS)
FAS
FOB
CFR
CIF
Uso para
graneleros, buques
petroleros, alquiler
de espacios en
bodega…
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8. DAT (DELIVERED AT TERMINAL / ENTREGA EN TERMINAL)
• El vendedor asume todo, incluyendo flete principal más seguro,
hasta colocar la mercancía en terminal de puerto definido (todos
los riesgos hasta ese momento).
• El comprador asume la nacionalización o desaduanamiento de la
mercancía.
• Reemplaza al antiguo DEQ.
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9. DAP (DELIVERED AT PLACE / ENTREGA EN LUGAR)
• El vendedor asume todo incluyendo el flete
principal y seguro, hasta colocar la mercancía en
posición de “lista” para ser descargada.
• Reemplaza a DAF, DDU y DES.
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10. En:
CPT
CIP
CFR
CIF
En:
EXW
FCA
DAT
DAP
DDP
FAS
FOB
Coinciden, siendo el lugar
donde el riesgo se
transfiere de vendedor a
comprador.
No tienen que coincidir, siendo
el lugar designado el sitio de
destino hasta el cual se pagò el
flete internacional.
Lugar designado y/o lugar de entrega pueden o
no coincidir:
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11. No se aconseja el uso del EXW:
No incluye carga en vehículo, que usualmente lo hace
el vendedor (el FCA si lo incluye así como los trámites
de Aduana).
La idea es usar INCOTERMS que incluyan la Aduana de
exportación, que es más fácil hacerla por quien vive allá.
Más conveniente usar FCA, CPT y CIP, menos riesgo
para el que vende, al entregar al primer transportista de
la cadena y le es menos costoso negociar fletes y otros
gastos de exportaciòn en puerto de salida, lo cual en
teorìa se traslada al comprador.
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12. ANTIGUOS DAF, DES, DEQ Y DDU
En ambos INCOTERMS, el vendedor corre con todos los costos
(excepto costos de aduana en país importador)
y riesgos, llevando la mercancía hasta el lugar de
destino designado.
Ahora son:
DAT Entrega en Terminal
(Antes DEQ) - A disposición del comprador.
- Mercancía descargada.
DAP Entrega en Lugar
- A disposición del comprador.
- Mercancía preparada para la
descarga.
(Antes DAF,
DES y
DDU)
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13. COMO USARLOS
1) Incorpórelos en el contrato de compra-venta.
2) Especifique el lugar o el puerto de forma precisa.
3) Debemos verlos como parte del contrato de compra-venta, es
decir, a ese contrato siempre le faltarán las demás cláusulas o
condiciones específicas que lo rigen.
4) Se debe especificar en el contrato de compra-venta que el
mismo está sometido a las reglas de la Cámara de Comercio
Internacional.
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